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DOF: 10/01/2002 |
INSUBSISTENCIA de declaratoria de libertad de terreno número I-104/2001. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. INSUBSISTENCIA DE DECLARATORIA DE LIBERTAD DE TERRENO I-104/2001 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o. y 14 párrafo segundo de la Ley Minera y 6o. párrafo final de su Reglamento, y de acuerdo con la atribución conferida por el artículo 33 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, se deja insubsistente la declaratoria de libertad contenida en la Relación de declaratorias de libertad de terreno 48/2001, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2001, cuyos datos se precisan a continuación: AGENCIA | EXPEDIENTE | NOMBRE DEL LOTE | SUPERFICIE (HAS.) | MUNICIPIO | ESTADO | GUADALAJARA, JAL. | 14915 | MARTHA LAURA | 50 | TECOLOTLAN | JAL. | GUADALAJARA, JAL. | 14931 | ANETTE | 60 | SAN MARTIN HIDALGO | JAL. | TEPIC, NAY. | 6438 | LA NEGRA | 40 | ACAPONETA | NAY. | Lo anterior, en virtud de que la libertad del terreno del lote minero citado ya fue publicada en la relación 19/99 en el Diario Oficial de la Federación de 19 de julio de 1999. México, D.F., a 17 de diciembre de 2001.- El Director General de Minas, Luis Raúl Escudero Chávez.- Rúbrica.
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