ACUERDO mediante el cual se destina al servicio de la Secretaría de Marina, un inmueble con superficie de 1,804.17 metros cuadrados, ubicado en Avenida Uno y Calle 24, del fundo legal de Bacalar, Municipio de Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo, a efecto de que lo continúe utilizando en el desarrollo de actividades castrenses.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
FRANCISCO JAVIER BARRIO TERRAZAS, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción I, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 37, 39, 41 y 44 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones VI, XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentra un inmueble con superficie de 1,804.17 metros cuadrados, ubicado en Avenida Uno y Calle 24, del fundo legal de Bacalar, Municipio de Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo, el cual viene siendo utilizado por la Secretaría de Marina en el desarrollo de actividades castrenses;
La propiedad del inmueble se acredita mediante título de propiedad número 462/973 de fecha 5 de julio de 1973, expedido por el Gobierno del Estado de Quintana Roo, en el que consta la transmisión de dominio a favor del Gobierno Federal del inmueble a que alude el párrafo precedente, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 28180 el 16 de mayo de 1991, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título de propiedad, el cual obra en el expediente respectivo;
Que la Secretaría de Marina, por oficio número DRM-GRI/00780 de fecha 27 de abril de 2001, ha manifestado su interés para que se destine a su servicio el inmueble descrito en el párrafo primero de estos considerandos, a efecto de continuar utilizándolo en el fin mencionado en el propio párrafo;
Que la Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo, mediante oficio número DGDUE/444/2000 de fecha 7 de abril de 2000, autorizó el uso que se le viene dando al inmueble objeto del presente ordenamiento, ya que resulta compatible con las disposiciones en materia de desarrollo urbano de la localidad en que se ubica, y
Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a las dependencias de la Administración Pública Federal con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destina al servicio de la Secretaría de Marina el inmueble descrito en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que lo continúe utilizando en el desarrollo de actividades castrenses.
SEGUNDO.- Si la Secretaría de Marina diere al inmueble que se le destina un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, o bien lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta dependencia.
TERCERO.- La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil uno.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Francisco Javier Barrio Terrazas.- Rúbrica.
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