AVISO por el que se informa al público en general, que están a su disposición los estudios para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Santuario la zona conocida como Cañada de las Brisas, localizada en el Municipio de Acapulco de Juárez, Gro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
VICTOR LICHTINGER, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 58 primer párrafo de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5o. fracción I y 91 del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO
Se informa al público en general que están a su disposición los estudios realizados para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Santuario la zona conocida como Cañada de las Brisas, con una superficie total de 29-89-94.795 hectáreas (veintinueve hectáreas, ochenta y nueve áreas, noventa y cuatro punto setecientas noventa y cinco centiáreas), localizada en el Municipio de Acapulco de Juárez, en el Estado de Guerrero.
Dichos estudios pueden ser consultados en las oficinas de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas de esta Secretaría, ubicadas en avenida Revolución número 1425, colonia Tlacopac, San Angel, Delegación Alvaro Obregón, en México, Distrito Federal, y en la Delegación Federal de la propia dependencia en el Estado de Guerrero, ubicada en Costera Miguel Alemán número 330, edificio Abed, colonia Centro, código postal 39300, Acapulco, Guerrero.
Los estudios justificativos a que se hace mención en el párrafo anterior quedan a disposición para opinión, por un término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, del Estado y Municipio, en cuyas circunscripciones territoriales se localiza el Santuario de que se trata, de las dependencias de la Administración Pública Federal que deban intervenir, de conformidad con sus atribuciones, así como de las organizaciones sociales, públicas o privadas, pueblos indígenas, universidades, centros de investigación, instituciones de los sectores público, social y privado, interesados en el establecimiento, administración y vigilancia del área de referencia.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Lichtinger.- Rúbrica.
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