SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
ACUERDO mediante el cual se delega en los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de suscribir en representación de la dependencia los contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios con personas físicas, con cargo al capítulo de servicios personales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGA EN LOS TITULARES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA, LA FACULTAD DE SUSCRIBIR EN REPRESENTACION DE LA DEPENDENCIA LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS CON PERSONAS FISICAS, CON CARGO AL CAPITULO DE SERVICIOS PERSONALES.
MARIA TERESA HERRERA TELLO, Secretaria de la Reforma Agraria, con fundamento en los artículos 14, 16 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 4o. y 10 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, y
CONSIDERANDO
Que con la finalidad de dar cumplimiento a las acciones y prioridades a cargo de esta dependencia del Ejecutivo Federal, se tiene previsto en el presupuesto para el ejercicio fiscal 2001, recursos para la contratación de personas físicas con cargo al capítulo de servicios personales.
Que con el propósito de simplificar y agilizar los trámites administrativos relacionados con dichas contrataciones, se hace necesario delegar en los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de suscribir en nombre y representación de la dependencia, los contratos respectivos, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1o.- Para el ejercicio fiscal del año 2001 se delega en los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de suscribir en cada una de sus áreas, los contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios con personas físicas, los que deberán ser previamente autorizados por la Oficialía Mayor del ramo.
Artículo 2o.- El titular de la Dirección General de Administración de la Secretaría de la Reforma Agraria será responsable de observar las previsiones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001, aprobado por la H. Cámara de Diputados, así como emitir los lineamientos internos correspondientes.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de enero de dos mil uno.- La Secretaria de la Reforma Agraria, María Teresa Herrera Tello.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 4 de enero de 2001
Jueves 4 de enero de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|