AVISO mediante el cual se comunica al público en general el otorgamiento de permiso de transporte de gas natural G/163/TRA/2004 a la empresa Tejas Gas de la Península, S. de R.L. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.- SE/0241/2005.
Asunto: Se comunica el otorgamiento de permiso de transporte de gas natural G/163/TRA/2004 a la empresa Tejas Gas de la Península, S. de R.L. de C.V.
Al público en general:
En cumplimiento con lo establecido por el artículo 37 del Reglamento de Gas Natural, la Comisión Reguladora de Energía hace del conocimiento general que el 16 de diciembre de 2004 resolvió otorgar, mediante Resolución número RES/353/2004 a Tejas Gas de la Península, S. de R.L. de C.V., el Permiso de Transporte de Gas Natural G/163/TRA/2004. El domicilio de Tejas Gas de la Península, S. de R.L. de C.V., para oír y recibir todo tipo de notificaciones con respecto al permiso es el ubicado en: Pedro Luis Ogazón 59, colonia Guadalupe Inn, 01020, México, Distrito Federal.
El objeto del permiso consiste en que Tejas Gas de la Península, S. de R.L. de C.V., lleve a cabo la actividad y preste el servicio de transporte de gas natural por medio de ductos en el trayecto aprobado por esta Comisión, en los términos del permiso G/163/TRA/2004.
El proyecto plantea dos trayectos alternativos de suministro de gas natural con las características siguientes:
1. Para el trayecto Valladolid-Nizuc. La interconexión se realiza en el sistema de transporte de Energía Mayakan, S. de R.L. de C.V., y está sujeto a la capacidad disponible de dicho sistema. En este esquema y tomando en cuenta la condición prevista de flujo y presión en la interconexión con Energía Mayakan, se instalará una estación de compresión en Valladolid, con 2,200 HP disponibles, para aumentar la presión del gas natural de 2448 kPa (355 psig) a 4379 kPa (635 psig).
2. Para el trayecto Punta Venado-Valladolid-Nizuc. La interconexión se realizará en una terminal de almacenamiento de gas natural licuado (GNL), a ser ubicada en Punta Venado, Quintana Roo. En este esquema, el gas fluye en sentido inverso al del primer trayecto, desde Punta Venado, y se entrega en Valladolid, Yucatán y por otro lado en Nizuc, Quintana Roo.
El sistema de transporte tendrá una longitud total de ductos de 234.5 kilómetros y una capacidad total de conducción de 5.2 millones de metros cúbicos diarios de gas natural (183.7 millones de pies cúbicos diarios), capacidad máxima garantizable del sistema que es función del trayecto de flujo máximo desde Punta Venado.
El programa de inversión del sistema, considera un total previsto de 139,523,214 millones de dólares de los Estados Unidos de América.
La resolución por la cual se otorgó el permiso y el título del mismo podrán ser consultados en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Reguladora de Energía, o en su página electrónica: (http://www.cre.gob.mx).
Lo anterior, para todos los efectos legales a que haya lugar y con fundamento en los artículos 1, 2, 3 fracciones XII, XVI y XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 31 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 1 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 37 del Reglamento de Gas Natural.
Atentamente
México, D.F., a 14 de febrero de 2005.- El Secretario Ejecutivo, Francisco J. Valdés López.- Rúbrica.
(R.- 208430)
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