DOF: 08/03/2005

CONVENIO Hábitat de Coordinación Vertiente General, que tiene por objeto sentar las bases de la operación y ejecución de proyectos y acciones en el marco del Programa Hábitat, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Guanajuato y el Municipio de Silao de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

CONVENIO HABITAT DE COORDINACION VERTIENTE GENERAL, QUE TIENE POR OBJETO SENTAR LAS BASES DE LA OPERACION Y EJECUCION DE PROYECTOS Y ACCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA HABITAT, QUE CELEBRAN LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO, ING. JUAN CARLOS LOPEZ RODRIGUEZ, QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA SEDESOL , POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO A TRAVES DEL COORDINADOR ESTATAL DE LA UNIDAD DE PLANEACION E INVERSION ESTRATEGICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y SECRETARIO TECNICO DEL COPLADEG, C.P. JOEL ARREDONDO GARCIA, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA EL ESTADO , Y POR ULTIMA PARTE, EL MUNICIPIO DE SILAO, GTO., A TRAVES DE SU H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. GUILLERMO AGUIRRE VELAZQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, ASISTIDO POR EL LIC. RAUL GUTIERREZ LUNA, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y L.A.E. ALVARO GUTIERREZ GUERRA, DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL, A QUIEN PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL SE LES DENOMINARA EL MUNICIPIO , AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

1. EL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004, EN SU CAPITULO VIII DE LAS REGLAS DE OPERACION PARA LOS PROGRAMAS ESTABLECE QUE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, SUSCRIBIRA CONVENIOS DE COORDINACION CON LOS GOBIERNOS ESTATALES QUE IMPULSEN EL TRABAJO CORRESPONSABLE EN MATERIA DE SUPERACION DE LA POBREZA Y MARGINACION Y QUE PROMUEVAN EL DESARROLLO HUMANO, FAMILIAR, COMUNITARIO Y PRODUCTIVO.

2. EL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO (CONVENIO MARCO) TIENE POR OBJETO COORDINAR A LOS EJECUTIVOS FEDERAL Y ESTATAL PARA VINCULAR LOS PROGRAMAS, ACCIONES Y RECURSOS CON EL FIN DE TRABAJAR DE MANERA CORRESPONSABLE EN LA TAREA DE SUPERAR LA POBREZA Y MEJORAR LAS CONDICIONES SOCIALES Y ECONOMICAS DE LA POBLACION, MEDIANTE LA INSTRUMENTACION DE POLITICAS PUBLICAS QUE PROMUEVAN EL DESARROLLO HUMANO, FAMILIAR, COMUNITARIO Y PRODUCTIVO, CON EQUIDAD Y SEGURIDAD, ATENDIENDO AL MISMO TIEMPO, EL DESAFIO DE CONDUCIR EL DESARROLLO URBANO Y TERRITORIAL, ASI COMO VINCULAR LAS ACCIONES DE LOS PROGRAMAS QUE DERIVAN DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2001-2006 QUE LLEVA A CABO EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE SUS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, SEAN CONGRUENTES CON LA PLANEACION DEL DESARROLLO INTEGRAL DEL ESTADO.

      POR ACUERDO DE LAS PARTES EL CITADO CONVENIO CONSTITUYE LA VIA DE COORDINACION ENTRE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS FEDERAL Y ESTATAL, PARA LA PLANEACION Y EJECUCION DE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS, ACCIONES, OBRAS Y SERVICIOS, ASI COMO PARA EL EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES Y RECURSOS ESTATALES QUE SE CONVENGAN, ESTE CONVENIO OPERARA ANUALMENTE A TRAVES DE LA SUSCRIPCION DE ACUERDOS O CONVENIOS DE COORDINACION Y ANEXOS DE EJECUCION, Y CUANDO PARTICIPEN GRUPOS SOCIALES ORGANIZADOS SE SUSCRIBIRAN CONVENIOS DE CONCERTACION.

3. EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, EL GOBIERNO DE CADA ENTIDAD SUSCRIBIO CON LA SEDESOL UN ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL DONDE SE ESTABLECE LA PARTICIPACION QUE EN SU CASO CORRESPONDA AL ESTADO, AL MUNICIPIO O CONJUNTO DE MUNICIPIOS Y OTRAS INSTANCIAS PARTICIPANTES EN LA INSTRUMENTACION DEL PROGRAMA, ASI COMO LOS INSTRUMENTOS JURIDICOS, TECNICOS Y OPERATIVOS QUE SE DESPRENDEN DE LAS REGLAS DE OPERACION NUMERAL 6.3, POR LO QUE LAS INSTANCIAS EJECUTORAS DEBERAN SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO HABITAT DE COORDINACION Y LOS ANEXOS TECNICOS QUE PROCEDAN.

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 32 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 53, 55, 56 Y 57 DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004; 6, 8 Y 43 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL; EL ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES A LOS DELEGADOS DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE OCTUBRE DE 2001; 1 FRACCION II, 3, 4, 6, 7, 28, 29, 30, 50, 51 Y DEMAS RELATIVOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO FEDERAL; 1 FRACCION II, 3, 4, 5, 7, 8, 13, 30, 31, 51 Y DEMAS RELATIVOS DE LA LEY DE LA LEY DEL PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO FEDERAL, 46 DE SU REGLAMENTO; 33, 34, 35 Y 44 DE LA LEY DE PLANEACION; EN EL ACUERDO POR EL QUE SE EMITAN Y PUBLICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION; Y LAS CLAUSULAS APLICABLES DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO; EN EL ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL SUSCRITO ENTRE LAS PARTES CON FECHA 14 DE ABRIL, DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO; DE LA LEY DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO; LAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DE SILAO, DE LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, LAS PARTES CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

CLAUSULAS

PRIMERA.- LAS PARTES CONVIENEN EN SENTAR LAS BASES DE LA OPERACION Y EJECUCION DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA HABITAT.

SEGUNDA.- LAS PARTES CONVIENEN EN CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS, PARA FORTALECER LA OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT EN LAS CIUDADES Y ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA SELECCIONADAS ESTABLECIENDO LOS COMPROMISOS Y ALCANCES DE LOS PROYECTOS A REALIZAR.

TERCERA.- EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS, SERAN LOS RESPONSABLES DE EJERCER LOS SUBSIDIOS ASIGNADOS AL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, CON ESTRICTO APEGO A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT VIGENTES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y SUS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS EMITIDOS POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ASI COMO LAS NORMAS Y DISPOSICIONES JURIDICO ADMINISTRATIVAS QUE RIGEN ESTE PROGRAMA.

CUARTA.- LA DEPENDENCIA ESTATAL, EL MUNICIPIO O, EN SU CASO, LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PODRAN SER EL EJECUTOR DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES QUE DETERMINEN LAS PARTES EN LAS ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA SELECCIONADAS QUE SEÑALEN EL ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, Y SE FORMALIZARA EN ANEXOS TECNICOS O CONVENIO DE CONCERTACION QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONVENIO.

QUINTA.- CUANDO LOS EJECUTORES SEAN EL ESTADO O EL MUNICIPIO EN LAS DIFERENTES MODALIDADES DEL PROGRAMA, PODRAN EJERCER PARTE DE LOS SUBSIDIOS ASIGNADOS AL PROYECTO A TRAVES DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y, EN SU CASO, CELEBRARAN CONVENIOS DE CONCERTACION CON LAS MISMAS. CUANDO SEA ESTE EL CASO, LA SEDESOL, EL ESTADO Y EL MUNICIPIO PODRAN VERIFICAR EN CUALQUIER MOMENTO, SOBRE LAS ACCIONES QUE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL REALICEN CON RECURSOS FEDERALES.

SEXTA.- LA SEDESOL, EN CORRESPONSABILIDAD CON EL ESTADO Y EL MUNICIPIO, REALIZARA SEGUIMIENTO DEL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO TECNICO Y LA INFORMACION COMPLEMENTARIA QUE SE ACOMPAÑA Y QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL MISMO.

SEPTIMA.- LA SEDESOL EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, LLEVARA A CABO EL CONTROL PRESUPUESTAL, SEGUIMIENTO, REGISTRO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS Y DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO, ASI COMO DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES QUE SE APORTEN.

OCTAVA.- LA INSTANCIA DEL GOBIERNO ESTATAL O MUNICIPAL, COMO EJECUTOR DE LOS PROYECTOS O ACCIONES DEL PROGRAMA SEÑALADOS EN LOS ANEXOS TECNICOS, SE COMPROMETE A:

1.- IDENTIFICAR, CONJUNTAMENTE CON LA INSTANCIA NORMATIVA, LAS ZONAS DONDE SE DESARROLLARAN LAS ACCIONES DEL PROGRAMA EN SUS DIFERENTES MODALIDADES, EL TIPO DE ACCIONES A REALIZAR Y SUS ALCANCES, CONFORME A LOS CRITERIOS CONTENIDOS EN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT Y SUS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS.

2.- PRESENTAR EN LA DELEGACION SEDESOL, LAS PROPUESTAS DE APLICACION DE SUBSIDIOS, ASI COMO LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA AUTORIZACION, APROBACION Y LIBERACION DE SUBSIDIOS PARA LOS PROYECTOS Y ACCIONES DE LAS MODALIDADES DEL PROGRAMA HABITAT.

3.- ORGANIZAR LA PARTICIPACION QUE CORRESPONDA A LOS BENEFICIARIOS DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN LAS REGLAS DE OPERACION Y SUS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS.

4.- GESTIONAR ANTE LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES LOS PERMISOS, AUTORIZACIONES Y DOCUMENTACION NECESARIA QUE SE REQUIERA PARA LA REALIZACION DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES QUE INTEGRAN LOS ANEXOS TECNICOS Y EXPEDIENTES TECNICOS QUE FORMAN PARTE DE ESTE CONVENIO HABITAT DE COORDINACION.

5.- EJECUTAR, CUANDO CORRESPONDA, LOS PROYECTOS Y ACCIONES CONVENIDAS CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y NORMATIVAS DETERMINADAS EN CADA ANEXO TECNICO.

6.- MANEJAR LA APLICACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA CONFORME A LA NORMATIVIDAD DEL PROGRAMA HABITAT Y SUS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS.

7.- SUPERVISAR DIRECTAMENTE EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBRAS Y ACCIONES QUE SE EJECUTEN Y RESGUARDAR LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA Y JUSTIFICATIVA, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS FISCALES FEDERALES, POR LO QUE LA MISMA DEBERA DAR TODAS LAS FACILIDADES A LAS INSTANCIAS DE CONTROL COMPETENTES PARA EL EJERCICIO DE SUS FACULTADES.

8.- INTEGRAR LA INFORMACION PROGRAMATICA Y PRESUPUESTARIA QUE SE REQUIERA, EN PARTICULAR LA QUE FORMARA PARTE DEL CIERRE DEL EJERCICIO, DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL Y DEL INFORME DE GOBIERNO CORRESPONDIENTE, PARA SU REVISION Y VALIDACION.

9.- FORMULAR PERIODICAMENTE LOS REPORTES SOBRE EL AVANCE FISICO-FINANCIERO DE LAS OBRAS Y/O ACCIONES BAJO SU RESPONSABILIDAD Y REMITIRLAS A LA SEDESOL, DURANTE LOS PRIMEROS CINCO DIAS NATURALES DEL MES INMEDIATO AL QUE SE REPORTA.

ASIMISMO, LAS INSTANCIAS EJECUTORAS ENVIARAN LOS INFORMES DE AVANCE Y CONSOLIDACION DEL EJERCICIO Y OPERACION DE LAS OBRAS Y ACCIONES A LA SEDESOL, A TRAVES DE SU DELEGACION ESTATAL, DE MANERA PERIODICA Y CUANDO PARA FINES DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO LO REQUIERAN LAS INSTANCIAS NORMATIVAS. PARA ELLO, LA SEDESOL DEFINIRA LOS METODOS DE CAPTACION DE INFORMACION.

10.- LLEVAR A CABO OBRAS QUE SE APRUEBEN POR ADMINISTRACION DIRECTA O POR CONTRATO, ESPECIFICADOS EN LOS ANEXOS TECNICOS, CONFORME A LAS LEYES DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, Y DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO FEDERAL, Y DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y REGLAMENTOS FEDERALES Y LOCALES APLICABLES.

11.- GENERAR LAS ACTAS DE ENTREGA-RECEPCION DE CADA UNA DE LAS OBRAS Y ACCIONES Y TRAMITAR SU DESCARGO CONTABLE. LA INSTANCIA DE GOBIERNO QUE RECIBA LA OBRA REALIZADA DEBERA HACER EXPLICITO SU COMPROMISO DE DARLE MANTENIMIENTO, DE CONSERVARLA Y DE VIGILAR Y SUFRAGAR SU ADECUADA OPERACION.

NOVENA.- LAS PARTES CONVIENEN QUE EN CASO DE DUDA, ASI COMO PARA CUALQUIER ASPECTO NO CONTEMPLADO EN EL PRESENTE CONVENIO HABITAT DE COORDINACION VERTIENTE GENERAL, RESPECTO A SU INSTRUMENTACION, FORMALIZACION Y CUMPLIMIENTO, SE ESTE SUPLETORIAMENTE A LO PREVISTO EN EL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, Y EN EL ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL, CELEBRADOS ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL, ASI COMO A LA NORMATIVIDAD DEL PROGRAMA HABITAT Y EN GENERAL A LA LEGISLACION FEDERAL APLICABLE.

DECIMA.- SERAN CAUSAS DE INOBSERVANCIA DEL PRESENTE CONVENIO HABITAT, LAS SIGUIENTES:

1.- EL INCUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN LOS ANEXOS TECNICOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONVENIO, A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004, ASI COMO A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT, SUS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS, O DEMAS NORMATIVIDAD VIGENTE RELACIONADA.

2.- LA APLICACION DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES ASIGNADOS AL ESTADO A FINES DISTINTOS DE LOS PACTADOS, Y

3.- LA FALTA DE ENTREGA DE LA INFORMACION, REPORTES Y DEMAS DOCUMENTACION PREVISTA EN ESTE CONVENIO Y EN LOS DIVERSOS INSTRUMENTOS DERIVADOS DEL MISMO.

EN EL EVENTO DE QUE SE PRESENTEN CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR QUE MOTIVEN EL INCUMPLIMIENTO A LO PACTADO, LA CONTRAPARTE QUEDARA LIBERADA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE LE SON CORRELATIVAS, DEBIENDO COMUNICAR DICHAS CIRCUNSTANCIAS POR ESCRITO, A LA BREVEDAD POSIBLE.

DECIMA PRIMERA.- EN CASOS DE INCUMPLIMIENTO POR UNA DE LAS PARTES, SE CONVIENE EN:

1.- LA PARTE AFECTADA SOLICITARA UN INFORME PARA VALORAR EL INCUMPLIMIENTO DETECTADO Y ESCUCHAR A LA OTRA PARTE.

2.- DE SER LAS AUTORIDADES LOCALES LAS RESPONSABLES:

A. LA DELEGACION DE LA SEDESOL EN LA ENTIDAD FEDERATIVA, DEBERA SOLICITAR A LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO LA SUSPENSION PARCIAL O DEFINITIVA DE LAS RADICACIONES EFECTUADAS AL GOBIERNO DEL ESTADO O MUNICIPIO BENEFICIARIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA.

B. CUANDO DETECTE DESVIACIONES, POR INCUMPLIMIENTO DE LO CONVENIDO, O POR NO ENTREGAR LOS INFORMES PERIODICOS CORRESPONDIENTES, DEBERA INFORMARLO A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, A TRAVES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL DE LA SEDESOL, ASI COMO A LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL DEL GOBIERNO DEL ESTADO O MUNICIPIO CORRESPONDIENTES, DEPENDIENDO DEL AMBITO DE QUE SE TRATE.

C. LA SEDESOL, POR CONDUCTO DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DETERMINARA RETENCION O SUSPENSION DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES EN EL CASO DE NO RECIBIR OPORTUNAMENTE CONFORME A LO PACTADO LA APORTACION DE LAS OTRAS INSTANCIAS O CUANDO LOS SUBSIDIOS NO SE DESTINEN A LOS FINES AUTORIZADOS, DE CONFORMIDAD CON LOS ACUERDOS O CONVENIOS ESTABLECIDOS CON ANTERIORIDAD.

LOS SUBSIDIOS QUE NO SE DESTINEN A LOS FINES AUTORIZADOS Y AQUELLOS PENDIENTES DE EJERCER AL CIERRE DEL AÑO FISCAL, DEBERAN REINTEGRARSE A LA TESORERIA DE LA FEDERACION EN LOS TERMINOS DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y APLICABLE.

DECIMA SEGUNDA.- EL CONTROL, VIGILANCIA Y EVALUACION DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES QUE SE REFIERE LA CLAUSULA CUARTA DEL ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, CORRESPONDERA A LA SEDESOL, A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO (SHCP) A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA (SFP) Y A LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, LA LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES, SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES DE VIGILANCIA, CONTROL Y EVALUACION QUE EN COORDINACION CON LA SFP, REALICE LA CONTRALORIA DEL EJECUTIVO ESTATAL.

DECIMA TERCERA.- CON EL OBJETO DE ASEGURAR LA APLICACION Y EFECTIVIDAD DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LA SEDESOL, EL ESTADO, EL MUNICIPIO Y, EN SU CASO, CUANDO PARTICIPE LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA, SE COMPROMETEN A REVISAR PERIODICAMENTE SU CONTENIDO, ASI COMO ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ESTABLECER EL ENLACE Y LA COMUNICACION REQUERIDA PARA DAR EL DEBIDO SEGUIMIENTO A LOS COMPROMISOS ASUMIDOS.

LAS PARTES CONVIENEN EN QUE LA SFP PODRA VERIFICAR EN CUALQUIER MOMENTO EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS A CARGO DEL ESTADO Y/O MUNICIPIO EN LOS TERMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

ASIMISMO, LAS PARTES CONVIENEN QUE SE DESTINE EL EQUIVALENTE AL DOS AL MILLAR DEL MONTO TOTAL DE LOS RECURSOS APORTADOS EN EFECTIVO QUE SEÑALE CADA ANEXO TECNICO, A FAVOR DE LA CONTRALORIA DEL EJECUTIVO ESTATAL PARA QUE ESTA REALICE LA VIGILANCIA, INSPECCION, CONTROL Y EVALUACION SOBRE LAS ACCIONES, SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS EJECUTADAS POR ADMINISTRACION DIRECTA CON DICHOS RECURSOS, IMPORTE QUE SERA EJERCIDO CONFORME A LOS LINEAMIENTOS QUE EMITA LA SFP. LA MINISTRACION DE DICHOS RECURSOS SE HARA CONFORME AL CALENDARIO PROGRAMADO PARA EL EJERCICIO DE LOS MISMOS. ESTO SIGNIFICA QUE DEL TOTAL DE RECURSOS EN EFECTIVO, SE RESTARA EL DOS AL MILLAR, Y LA DIFERENCIA SE APLICARA A LOS PROYECTOS O ACCIONES QUE SE DETALLAN EN LOS ANEXOS TECNICOS DERIVADOS DE ESTE DOCUMENTO, O BIEN SE TOMEN DE LOS INTERESES FINANCIEROS DE LA CUENTA BANCARIA APERTURADA ESPECIFICAMENTE PARA LA ADMINISTRACION DEL ERARIO. PARA EL CASO DE LAS OBRAS PUBLICAS EJECUTADAS POR CONTRATO, APLICARA LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 191 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.

DECIMA CUARTA.- DE LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CON MOTIVO DE LA EJECUCION DEL PRESENTE CONVENIO, ASI COMO DE LOS INSTRUMENTOS DE COORDINACION QUE DE EL DERIVEN, CONOCERAN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA CIUDAD DE SILAO, ESTADO DE GUANAJUATO.

DECIMA QUINTA.- EL PRESENTE CONVENIO HABITAT DE COORDINACION SURTE SUS EFECTOS DESDE EL DIA PRIMERO DE ENERO HASTA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO Y DEBERA PUBLICARSE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 36 DE LA LEY DE PLANEACION, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL ORGANO OFICIAL DE DIFUSION DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON EL PROPOSITO DE QUE LA POBLACION CONOZCA LAS ACCIONES COORDINADAS DE LA FEDERACION CON EL ESTADO.

EL PRESENTE CONVENIO SE PODRA REVISAR, ADICIONAR O MODIFICAR POR ACUERDO DE LAS PARTES, CONFORME A LOS PRECEPTOS Y LINEAMIENTOS QUE LO ORIGINAN. DICHAS MODIFICACIONES DEBERAN CONSTAR POR ESCRITO, Y ENTRARAN EN VIGOR A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCION POR LAS PARTES.

Enteradas las partes de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Hábitat de Coordinación, en la ciudad de Silao, Guanajuato, a los catorce días del mes de abril de dos mil cuatro.- Por el Ejecutivo Federal: el Delegado de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado, Juan Carlos López Rodríguez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Secretario Técnico del COPLADEG, Joel Arredondo García.- Rúbrica.- Ejecutor: el Presidente Municipal, Guillermo Aguirre Velázquez.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Raúl Gutiérrez Luna.- Rúbrica.- El Director de Desarrollo Social, Alvaro Gutiérrez Guerra.- Rúbrica.


 



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