DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2005, NMX-J-325-ANCE-2005, NMX-J-395-ANCE-2005, NMX-J-507/1-ANCE-2005, NMX-J-521/2-95-ANCE-2005, NMX-J-538/1-ANCE-2005, NMX-J-538/2-ANCE-2005, NMX-J-538/3-ANCE-2005, NMX-J-552-ANCE-2005 y NMX-J-569-ANCE-2005.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) , lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicha asociación, ubicada en avenida Lázaro Cárdenas número 869 Fracc. 3 esquina con Júpiter, colonia Nueva Industrial Vallejo, Delegación Gustavo A. Madero, código postal 07700, México, D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.

Las presentes normas mexicanas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación a excepción de la Norma Mexicana NMX-J-010-ANCE-2005, que entrará en vigor a partir del 26 de octubre de 2006.

CLAVE O CODIGO TITULO DE LA NORMA
NMX-J-010-ANCE-2005 CONDUCTORES-CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-010-1996-ANCE).
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana específica los requisitos para los alambres y cables monoconductores con aislamiento termoplástico para 600 V, para utilizarse en instalaciones eléctricas. Además, especifica los requisitos para los cables para bombas sumergibles, con o sin cubiertas. Estos cables no se designan por alguna letra que los identifique. Así como se especifican los requisitos para los cables multiconductores con aislamiento y cubierta termoplásticos para 600 V. Los productos cubiertos en esta Norma pueden tener aplicaciones no descritas en la norma de instalaciones eléctricas.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60227-1, debido a las diferencias en diseño de los productos que están dentro del campo de aplicación de la Norma Mexicana y de la Norma Internacional, las diferencias existentes se originan principalmente por las tensiones eléctricas, las designaciones de los conductores, así como la designación de los tipos de aislamientos de los conductores, los cuales para esta Norma son en cumplimiento con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE.

NMX-J-325-ANCE-2005 ILUMINACION-PORTALAMPARAS PARA LAMPARAS FLUORESCENTES-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-325-1978).
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba para los portalámparas para uso en lámparas fluorescentes.

Esta Norma Mexicana aplica a los portalámparas con potencia desde 75 W hasta 660 W diseñados para utilizarse en lámparas fluorescentes con tensión de 2 500 V o menos, durante el arranque u operación normal.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60400 (2004-11), debido a que las características eléctricas tanto de tensión como de potencia y la designación de los portalámparas difieren de los establecidos en la norma internacional.

NMX-J-395-ANCE-2005 CONECTADORES-CONECTADORES PARA SUBESTACIONES ELECTRICAS-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-395-1998-ANCE).
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba para los conectadores sin aislamiento y soportes de barra, hechos de metal y destinados para utilizarse en subestaciones eléctricas.

Esta Norma Mexicana no aplica para los conectadores que se proveen en equipo los cuales quedan cubiertos por la norma del equipo correspondiente.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 61238-1, ya que difiere en la clasificación de los conectadores, designación de los conductores para los cuales están diseñados los conectadores, además de la metodología de prueba tanto eléctrica como mecánica, estas diferencias se deben a que la norma internacional es genérica para conectadores mecánicos y de compresión, mientras que esta Norma Mexicana evalúa a los conectadores con base en su aplicación, siendo más específica y explícita en su contenido.

NMX-J-507/1-ANCE-2005 LUMINARIOS-COEFICIENTES DE UTILIZACION DE LUMINARIOS PARA ALUMBRADO PUBLICO DE VIALIDADES-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-507/1-1998-ANCE).
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece los coeficientes de utilización (lado calle) que deben satisfacer los luminarios tipo OV de alumbrado público para vialidades con lámparas de descarga de alta intensidad, destinados para la iluminación de vialidades como autopistas, carreteras, vías principales, ejes viales, vías primarias y secundarias clasificadas en la NOM-001-SEDE.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

NMX-J-521/2-95-ANCE-2005 APARATOS ELECTRODOMESTICOS Y SIMILARES-SEGURIDAD-PARTE 2-95: REQUISITOS PARTICULARES PARA MOTORIZACIONES PARA PUERTAS DE GARAJE DE APERTURA VERTICAL PARA USO RESIDENCIAL.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana especifica las características de seguridad de las motorizaciones eléctricas para puertas de garaje de uso residencial que abren y cierran en dirección vertical, siendo la tensión asignada de las motorizaciones no superior a 250 V para aparatos monofásicos y 480 V para otros aparatos. También cubre los riesgos asociados con el movimiento de estas puertas de garaje accionadas eléctricamente.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60335-2-95 (2002-11), debido a que difiere en las desviaciones nacionales referentes tales como que la Norma Internacional toma en consideración la designación de conductores IEC, mientras que en la Norma Mexicana no se considera la clasificación con este tipo de conductores por no contar con un equivalente a la designación 60245 IEC 57, ya que se debe cumplir con la designación de conductores especificada en la Norma Oficial Mexicana NOM-063-SCFI. Asimismo, la Norma Internacional hace referencia a la Norma IEC 60068-2-52 para el método de prueba de niebla salina, la Norma Mexicana incluye el contenido parcial de la Norma Internacional IEC 60068-2-52 en el apéndice AA, únicamente para el grado de severidad 2, tomando en consideración las especificaciones que indica esta parte 2-95 para las condiciones de temperatura y humedad en la cámara de niebla salina.

NMX-J-538/1-ANCE-2005 PRODUCTOS DE DISTRIBUCION Y DE CONTROL DE BAJA TENSION-PARTE 1: REGLAS GENERALES.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana aplica, cuando lo requiera la norma especifica de producto, a los productos de control y de distribución, en lo sucesivo referidos como equipo , que están diseñados para conectarse a circuitos con una tensión asignada no mayor que 1 000 V corriente alterna (c.a.) o 1 500 V corriente directa (c.d.).

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60947-1 (2001-12), debido a que difiere en las desviaciones nacionales tales como las prácticas nacionales en materia de puesta a tierra ya que el conductor PEN referido en la Norma Internacional como parte de la puesta a tierra de una instalación no está permitido por la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE. Asimismo, los requisitos para el marcado de la terminal de puesta a tierra incluidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE difieren con relación a la especificada por la Norma Internacional. Además, difiere en la frecuencia de la tensión de suministro ya que en los Estados Unidos Mexicanos se tiene una frecuencia de 60 Hz, lo cual requiere consideración especial en las tensiones de prueba. Asimismo, la Norma Internacional requiere el uso de tuberías y conductores que si bien cumplen los requisitos nacionales de seguridad no son las comúnmente utilizadas en nuestro país, por lo cual se permite el uso de ambos tipos. Así como la Norma Internacional incluye especificaciones en materia de compatibilidad electromagnética y a la fecha no se cuenta con la infraestructura necesaria para evaluar este tipo de requisitos en los Estados Unidos Mexicanos. Por otra parte, los equipos de control y distribución industrial aún no se han definido los límites y métodos de prueba correspondientes.

NMX-J-538/2-ANCE-2005 PRODUCTOS DE DISTRIBUCION Y DE CONTROL DE BAJA TENSION PARTE 2: INTERRUPTORES AUTOMATICOS.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana aplica a interruptores automáticos en los cuales los contactos principales se diseñan para conectarse en circuitos que no excedan una tensión asignada de 1 000 V c.a. o 1 500 V c.d.; esta Norma también contiene requisitos adicionales para interruptores automáticos con fusibles integrados.

Esta Norma Mexicana aplica a cualquiera de las corrientes asignadas, métodos de construcción o aplicaciones propuestas en que puedan utilizarse los interruptores automáticos.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60947-2 (2003-04), debido a que difiere en las desviaciones nacionales tales como que la tensión de suministro en los Estados Unidos Mexicanos tiene una frecuencia de 60 Hz, lo cual requiere consideración especial en las tensiones de prueba ya que varía con relación a las frecuencias especificadas en la Norma Internacional. Además, la Norma Internacional requiere el uso de conductores que si bien cumplen los requisitos nacionales de seguridad no son los comúnmente utilizados en los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual se permite el uso de ambos tipos. Así como la Norma Internacional considera especificaciones en materia de compatibilidad electromagnética y a la fecha no se cuenta con la infraestructura necesaria para evaluar este tipo de requisitos en nuestro país. Para los equipos de control y distribución industrial aún no se han definido los límites y métodos de prueba correspondientes.

NMX-J-538/3-ANCE-2005 PRODUCTOS DE DISTRIBUCION Y DE CONTROL DE BAJA TENSION-PARTE 3: DESCONECTADORES, SECCIONADORES, DESCONECTADORES-SECCIONADORES Y UNIDADES COMBINADAS CON FUSIBLES.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana aplica a desconectadores, seccionadores, desconectadores-seccionadores y unidades combinadas con fusibles, usados en circuitos de distribución y de motor en los cuales la tensión asignada no excede 1 000 V c.a. o 1 500 V c.d. Para cualquier fusible incorporado, los fabricantes deben especificar el tipo, valores nominales y características de acuerdo con la norma específica del fusible.

Nota.- Esta Norma Mexicana puede tomarse como norma alternativa a la Norma Mexicana NMX-J-162-ANCE.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60947-3 (2001-05), debido a que difiere en las desviaciones nacionales tales como que la tensión de suministro en los Estados Unidos Mexicanos tiene una frecuencia de 60 Hz, lo cual requiere consideración especial en las tensiones de prueba ya que varía con relación a las frecuencias especificadas en la Norma Internacional. Además, la Norma Internacional establece especificaciones en materia de compatibilidad electromagnética y a la fecha no se cuenta con la infraestructura necesaria para evaluar este tipo de requisitos en nuestro país. Para los equipos de control y distribución industrial aún no se han definido los límites y métodos de prueba correspondientes.

NMX-J-552-ANCE-2005 CONECTADORES-HERRAJES Y REMATES PARA LINEAS AEREAS-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba para los herrajes para líneas aéreas de tensión nominal superior a 45 kV. También puede aplicarse a los herrajes de tensión nominal inferior, tanto de líneas aéreas como de subestaciones.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana es no equivalente a la Norma Internacional IEC 61284, debido a que difiere en las desviaciones nacionales que son el resultado de eliminar o cambiar las referencias a normas internacionales, por la normativa nacional correspondiente.

NMX-J-569-ANCE-2005 ACCESORIOS ELECTRICOS-INTERRUPTORES AUTOMATICOS PARA PROTECCION CONTRA SOBRECORRIENTE EN INSTALACIONES DOMESTICAS Y SIMILARES-INTERRUPTORES AUTOMATICOS PARA OPERACION CON c.a.
Campo de aplicación

Esta Norma Mexicana aplica a interruptores automáticos, cuyo medio de apertura de los contactos es el aire, de c.a. para operación a 60 Hz, con una tensión asignada que no exceda 440 V (entre fases), una corriente asignada que no exceda 125 A y una capacidad de cortocircuito asignada que no exceda 25 000 A.

Nota.- Esta Norma Mexicana puede ser tomada como norma alternativa a la Norma Mexicana NMX-J-266-ANCE.

Concordancia con normas internacionales

Esta Norma Mexicana no es equivalente a la Norma Internacional IEC 60898-1 (2002-08), debido a que difiere en las desviaciones nacionales tales como que la tensión de suministro en los Estados Unidos Mexicanos tiene una frecuencia de 60 Hz, lo cual requiere consideración especial en las tensiones de prueba ya que varía con relación a las frecuencias especificadas en la Norma Internacional. Además, la Norma Internacional requiere el uso de conductores que si bien cumplen los requisitos nacionales de seguridad no son los comúnmente utilizados en nuestro país, por lo cual se permite el uso de ambos tipos. Así como la Norma Internacional establece especificaciones en materia de compatibilidad electromagnética y a la fecha no se cuenta con la infraestructura necesaria para evaluar este tipo de requisitos en nuestro país. Para los equipos de control y distribución industrial aún no se han definido los límites y métodos de prueba correspondientes.

México, D.F., a 12 de abril de 2005.- El Director General, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.