ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat 2005 del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Tamaulipas y los municipios de San Fernando, Victoria, Altamira, Madero, Mante, Tampico, Matamoros, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo y Valle Hermoso de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT 2005, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DR. RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR LA DELEGADA EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, C. MA. LUCIA IRENE ALZAGA MADARIA; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO EL ESTADO, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, CULTURA Y DEPORTE, LIC. HOMAR ZAMORANO AYALA Y EL COORDINADOR ESTATAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, LIC. GERARDO TERAN CANTU; Y LOS MUNICIPIOS REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, SECRETARIOS DEL AYUNTAMIENTO Y SU PRIMER SINDICO MUNICIPAL, RESPECTIVAMENTE; SAN FERNANDO: ING. MARIA DELIA GARZA GUTIERREZ, LIC. JOEL GALVAN SEGURA Y PROFRA. MARIA DE JESUS DAVILA MOYA; VICTORIA: ARQ. ALVARO VILLANUEVA PERALES, LIC. GUSTAVO ALBERTO RIVERA RODRIGUEZ, Y LIC. JUAN ANTONIO ORTEGA JUAREZ; ALTAMIRA: C.P. JUVENAL HERNANDEZ LLANOS, LIC. NOE SALVADOR RIVERA RIOS Y C. PAULINO SALAZAR RODRIGUEZ; MADERO; LIC. JOSE GUADALUPE GONZALEZ GALVAN, LIC. ROBERTO AVALOS JUAREZ Y LIC. MONIR CHAIN MASSO; MANTE: LIC. JOSE LUIS CASTELLANOS GONZALEZ, LIC. RODOLFO SANDOVAL CASTELAN Y LIC. SALOMON RODRIGUEZ SANDOVAL; TAMPICO: LIC. FERNANDO AZCARRAGA LOPEZ, LIC. ERICK VELAZQUEZ ROMERO Y LIC. GERARDO GOMEZ IBARRA; MATAMOROS: LIC. BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, LIC. JOSE IVES SOBERON TIJERINA Y DR. LUIS ENRIQUE LEAL GARCIA; MIGUEL ALEMAN: ING. ALFONSO RAMIREZ RODRIGUEZ, LIC. RICARDO RODRIGUEZ GARCIA E ING. MANFREDO GUERRA GARCIA; NUEVO LAREDO: C. DANIEL PEÑA TREVIÑO, LIC. RAFAEL GARCIA ORTEGA Y LIC. LUIS EDMUNDO GONZALEZ ELIZONDO; REYNOSA: LIC. FRANCISCO JAVIER GARCIA CABEZA DE VACA, LIC. HORACIO ORTIZ RENAN Y LIC. LUIS ALBERTO ELIAS LEAL; RIO BRAVO: C. JUAN DE DIOS CAVAZOS CARDENAS, LIC. BENITO ALANIS MARQUEZ Y QUIM. JUAN ANGEL ZAMORA MORIN; Y VALLE HERMOSO: DR. ALBERTO ALANIS VILLARREAL, LIC. JUAN ANTONIO PORTALES GONZALEZ Y LIC. OFELIA MARINES SARABIA; EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS; EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO 2005-2006, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO.
ANTECEDENTES
1. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2005-2006, tiene por objeto: concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.
Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos Federal y Estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.
LA SEDESOL manifiesta que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios circular número 307-A-1318 y 307-A-1372 de fecha 20 y 30 de diciembre de 2004, respectivamente, y mediante oficio 312.A.-001258 de fecha 19 de agosto de 2004 que emite la Dirección General de Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de las asignaciones de recursos que le corresponden conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005; y para efectos de este Acuerdo de Coordinación, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.20/0050/05, de fecha 7 de enero de 2005, se comunicó la autorización para comprometer recursos asignados al Programa Hábitat.
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1o., 2o. y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 49, 52, 53 y 61 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005; en los artículos 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2005-2006 del Estado de Tamaulipas, así como en lo previsto por los artículos 4a., 91 fracción XXI y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 7, 13, 21, 23 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; en los artículos 47, 48 y 49 de la Ley Estatal de Planeación; artículo primero, segundo fracción III del Decreto de Creación del COPLADET; 53, 54, 55 fracción XIV y 60 fracción XII del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas; 8, 56 fracciones I, III y IV de la Ley de Desarrollo Social para el Estado, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.
SEGUNDA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.
La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y, en su caso, municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.
CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR
TERCERA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO, por lo que las partes convienen la atención a las siguientes ciudades y municipios:
Vertiente: General
Ciudad | Municipio |
San Fernando | San Fernando |
Victoria | Victoria |
Vertiente: Ciudades Petroleras
Ciudad | Municipio |
Altamira | Altamira |
Madero | Madero |
Mante | Mante |
Tampico | Tampico |
Vertiente: Fronteriza
Ciudad | Municipio |
Matamoros | Matamoros |
Miguel Alemán | Miguel Alemán |
Nuevo Laredo | Nuevo Laredo |
Reynosa | Reynosa |
Río Bravo | Río Bravo |
Valle Hermoso | Valle Hermoso |
CAPITULO III DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA HABITAT
III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS ORDENES DE GOBIERNO
Distribución Federal.
CUARTA. LA SEDESOL asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, conforme a lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, por la cantidad total de: $121474,565.00 (ciento veintiún millones cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.), conforme la siguiente distribución:
Vertiente: General Monto para la Vertiente: $18824,566.00
Municipio | Monto |
San Fernando | 4346,489.00 |
Victoria | 14478,077.00 |
Vertiente: Ciudades Petroleras Monto para la Vertiente: $19951,352.00
Municipio | Monto |
Altamira | 9947,121.00 |
Madero | 3362,885.00 |
Mante | 1574,365.00 |
Tampico | 5066,981.00 |
Vertiente: Fronteriza Monto para la Vertiente: $82698,647.00
Ciudad | Monto |
Matamoros | 24546,953.00 |
Miguel Alemán | 1729,626.00 |
Nuevo Laredo | 17461,864.00 |
Reynosa | 27445,047.00 |
Río Bravo | 8648,052.00 |
Valle Hermoso | 2867,105.00 |
Dichos recursos serán destinados en las modalidades del Programa Hábitat, conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social y sus Lineamientos Específicos vigentes.
QUINTA. La ministración de recursos federales para el Programa Hábitat se hará considerando la estacionalidad de gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal.
SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los subsidios señalados será responsable EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS, beneficiarios y demás ejecutores, de acuerdo con los instrumentos que se suscriban al efecto y de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, publicadas en el Diario Oficial de la Federación por LA SEDESOL.
III.2 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DEL ESTADO
Distribución Estatal.
SEPTIMA. EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS se comprometen a su vez a aportar recursos en el Programa Hábitat por la cantidad total de $121474,565.00 (ciento veintiún millones cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para los proyectos y acciones que se ejecutarán en las zonas de atención prioritarias, concertadas por las partes que celebran este documento. Dichas zonas se señalan en el anexo 1, el cual se integrará en un plazo máximo de 30 días, posterior a la firma de este instrumento, y se suscribirá por la Delegación de la SEDESOL en la entidad, el Estado por conducto del COPLADET y los municipios. Los recursos serán aportados conforme a la siguiente distribución:
Vertiente: General El Estado aportará $9412,283.00
Municipio | Aportará |
San Fernando | 2173,245.00 |
Victoria | 7239,038.00 |
El Municipio de San Fernando aportará $2173,244.00 (dos millones ciento setenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Victoria aportará $7239,039.00 (siete millones doscientos treinta y nueve mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.).
Vertiente: Ciudades Petroleras El Estado aportará $9975,676.00
Municipio | Aportará |
Altamira | 4973,560.00 |
Madero | 1681,443.00 |
Mante | 787,183.00 |
Tampico | 2533,490.00 |
El Municipio de Altamira aportará $4973,561.00 (cuatro millones novecientos setenta y tres mil quinientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Madero aportará $1681,442.00 (un millón seiscientos ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Mante aportará $787,182.00 (setecientos ochenta y siete mil ciento ochenta y dos pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Tampico aportará $2533,491.00 (dos millones quinientos treinta y tres mil cuatrocientos noventa y un pesos 00/100 M.N.).
Vertiente: Fronteriza El Estado aportará $41349,324.00
Municipio | Aportará |
Matamoros | 12273,476.00 |
Miguel Alemán | 864,813.00 |
Nuevo Laredo | 8730,932.00 |
Reynosa | 13722,524.00 |
Río Bravo | 4324,026.00 |
Valle Hermoso | 1433,553.00 |
El Municipio de Matamoros aportará $12273,477.00 (doce millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos setenta y siete pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Miguel Alemán aportará $864,813.00 (ochocientos sesenta y cuatro mil ochocientos trece pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Nuevo Laredo aportará $8730,932.00 (ocho millones setecientos treinta mil novecientos treinta y dos pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Reynosa aportará $13722,523.00 (trece millones setecientos veintidós mil quinientos veintitrés pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Río Bravo aportará $4324,026.00 (cuatro millones trescientos veinticuatro mil veintiséis pesos 00/100 M.N.).
El Municipio de Valle Hermoso aportará $1433,552.00 (un millón cuatrocientos treinta y tres mil quinientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.).
CAPITULO IV. DE LAS METAS
OCTAVA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan en alcanzar 43,533 hogares beneficiarios, con los recursos y esfuerzos convenidos en la entidad y de acuerdo a los principios y criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes.
Asimismo, las partes acuerdan que las metas para las acciones emblemáticas del Programa, definidas para las ciudades participantes, se especificarán en el anexo 2, el cual se integrará en un plazo máximo de 30 días, posterior a la firma de este instrumento, y se suscribirá por la Delegación de la SEDESOL en la entidad, el Estado por conducto del COPLADET y los municipios.
CAPITULO V DE LAS RESPONSABILIDADES
NOVENA. El Programa Hábitat, se sujetará en su instrumentación, operación, ejecución, evaluación, medición y seguimiento, a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, a las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes y a los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos derivados de las mismas, así como a las demás disposiciones legales federales aplicables.
DECIMA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS convienen en que los subsidios destinados a la entidad que no se comprometan en las fechas señaladas en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, podrán reasignarse por LA SEDESOL a otras ciudades y municipios dentro de la misma entidad o a otras entidades del país. Dichas modificaciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación de LA SEDESOL en la entidad al Coordinador Estatal del COPLADET y, cuando corresponda, a los MUNICIPIOS. Al final del ejercicio, a través de un Acuerdo Modificatorio, se especificarán todas y cada una de las asignaciones que se hayan modificado, integrándose al presente Acuerdo de Coordinación.
DECIMA PRIMERA. Las partes se comprometen a:
A) LA SEDESOL
a) Cumplir en el ámbito de su responsabilidad, lo que señalan las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social y los Lineamientos Específicos del Programa Hábitat vigentes.
b) Que cuando en la ejecución de los proyectos, obras o acciones financiados por el Programa Hábitat corresponda a LOS MUNICIPIOS, la asunción de dichos compromisos deberá ser con la participación de los tres órdenes de gobierno y, en su caso, con organizaciones de la sociedad civil y la población beneficiaria.
c) A través de su Delegación apoyar en coordinación con EL ESTADO, las gestiones de autorización y radicación de los subsidios en el ámbito de su responsabilidad.
B) EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS
Se comprometen en la distribución de los recursos.
a) Cumplir en el ámbito de su responsabilidad, lo que señalan las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social y los Lineamientos Específicos del Programa Hábitat vigentes.
b) A la correcta aplicación de los subsidios federales materia del presente Acuerdo de Coordinación, que se le asignen, sujetándose para estos efectos para su ejercicio a las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes y demás disposiciones normativas del Programa Hábitat.
c) Que sus dependencias y entidades ejecutoras cumplan con los compromisos asumidos a nivel presupuestario y de metas que involucren tanto aportaciones federales como estatales, diferenciando para estos efectos su fuente de origen y de aplicación.
d) Que cuando en la ejecución de los proyectos, obras o acciones financiados por el Programa Hábitat corresponda a LOS MUNICIPIOS la asunción de dichos compromisos, deberá ser con la participación de los tres órdenes de gobierno y, en su caso, con organizaciones de la sociedad civil y la población beneficiaria.
e) En el ámbito de su jurisdicción, como instancia de ejecución de los recursos, elaborar cuando le sea requerida la justificación de las obras y acciones ejecutadas en la entidad federativa. En el caso de que la ejecución corresponda a LOS MUNICIPIOS, se hará por conducto de EL ESTADO, conforme a los lineamientos expedidos al efecto.
f) Que conforme a las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, en su caso, garanticen la aportación correspondiente de los beneficiarios.
CAPITULO VI DE LOS TRABAJOS DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y CONTROL DE LOS RECURSOS DEL PROGRAMA HABITAT.
DECIMA SEGUNDA. EL ESTADO asume el compromiso de proporcionar al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, informes trimestrales de seguimiento del Programa Hábitat, cuando el responsable ejecutor de dichos recursos sea el Ejecutivo Estatal. Para el caso de que el responsable ejecutor sea el municipio, éste informará al Ejecutivo Estatal, el que a su vez informará a LA SEDESOL en un lapso de 15 días naturales después de concluido el trimestre correspondiente, conforme a los lineamientos que emita esa dependencia.
Las Instancias Ejecutoras enviarán los informes de avance y consolidación del ejercicio y operación de obras y acciones a LA SEDESOL, a través de la Delegación Estatal, de manera periódica y cuando para fines de evaluación y seguimiento lo requieran las instancias normativas. Para ello LA SEDESOL definirá los métodos de captación de información.
EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, estos últimos, a través del primero señalado, podrán solicitar a LA SEDESOL apoyo, asistencia técnica y capacitación sobre los trabajos de seguimiento, evaluación y control de dichos recursos.
Asimismo, LA SEDESOL, EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, en la operación de un sistema de información y acciones de capacitación que apoyen las actividades de medición, seguimiento y evaluación.
DECIMA TERCERA. LA SEDESOL, promoverá la aplicación de diferentes métodos de captación de información y medición de avances para el seguimiento y evaluación del Programa Hábitat. Para ello, EL ESTADO apoyará estas tareas, promoviendo la colaboración de LOS MUNICIPIOS y de los beneficiarios, especialmente en lo que corresponde a la captación de la información que se requiera de los estudios de campo.
DECIMA CUARTA. El control, vigilancia y evaluación de los subsidios federales a que se refiere la cláusula cuarta del presente instrumento corresponderá a la SEDESOL, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP, realice la Contraloría del Ejecutivo Estatal.
DECIMA QUINTA. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, LA SEDESOL, El ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen en que la SFP podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS en los términos del presente instrumento.
DECIMA SEXTA. Las partes acuerdan que las instancias ejecutoras deberán permitir a LA SEDESOL, en cualquier momento que ésta lo requiera, la inspección de las obras o acciones en cuanto a los equipos, materiales, registros y documentos que estime pertinente conocer, relacionados con la ejecución de las mismas. El personal enviado por LA SEDESOL para el cumplimiento de este propósito, deberá contar con la más amplia colaboración de las autoridades respectivas.
CAPITULO VII ESTIPULACIONES FINALES
DECIMA SEPTIMA. En caso de incumplimiento de los términos del presente instrumento, atribuible a EL ESTADO o LOS MUNICIPIOS, el Ejecutivo Federal, con fundamento en lo señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 y las leyes federales aplicables de la materia, a través de la LA SEDESOL podrá suspender la radicación de recursos, o bien, solicitar su reintegro, escuchando previamente la opinión de la dependencia estatal competente.
En el supuesto de que LA SEDESOL incumpla los términos del presente Acuerdo, EL ESTADO, después de escuchar la opinión de LA SEDESOL podrá suspender las acciones y recursos complementarios suscritos a través del presente instrumento.
DECIMA OCTAVA. Las partes acuerdan que los saldos disponibles de los subsidios federales que no se encuentren devengados al término del ejercicio fiscal 2005, así como los recursos que no se destinen a los fines autorizados, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación. Lo anterior, sin perjuicio de las adecuaciones presupuestarias que se realicen durante el ejercicio, tal como lo establece el artículo 49 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005. En cuanto a los rendimientos financieros de dichos saldos, éstos serán reintegrados invariablemente dentro de los primeros cinco días siguientes al mes de su correspondiente generación. En ambos casos los reintegros se efectuarán en los términos de las disposiciones aplicables.
DECIMA NOVENA. El presente Acuerdo de Coordinación se podrá revisar, adicionar o modificar de común acuerdo por las partes. Dichas modificaciones deberán constar por escrito y entrarán en vigor a partir de su suscripción.
VIGESIMA. Las partes realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible.
VIGESIMA PRIMERA. Serán causas de inobservancia del presente Acuerdo, las siguientes:
1. El incumplimiento a los lineamientos que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, a las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables,
2. La aplicación de los subsidios federales asignados por medio de este Acuerdo a EL ESTADO y a través de éste a LOS MUNICIPIOS a fines distintos de los pactados, y
3. La falta de entrega de la información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo y en los diversos instrumentos derivados del mismo.
VIGESIMA SEGUNDA. Este Acuerdo surte sus efectos a partir de la fecha de su firma hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil cinco y deberá publicarse, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el Organo Oficial de Difusión del Gobierno del Estado, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas de la Federación con el Estado.
Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en tres ejemplares, en la ciudad de Victoria, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- La Delegada, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Desarrollo Social, Cultura y Deporte, Homar Zamorano Ayala.- Rúbrica.- El Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por los Municipios: San Fernando: la Presidente Municipal, María Delia Garza Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Joel Galván Segura.- Rúbrica.- La Primer Síndico, María de Jesús Dávila Moya.- Rúbrica.- Victoria: el Presidente Municipal, Alvaro Villanueva Perales.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Gustavo Alberto Rivera Rodríguez.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Juan Antonio Ortega Juárez.- Rúbrica.- Altamira: el Presidente Municipal, Juvenal Hernández Llanos.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Noé Salvador Rivera Ríos.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Paulino Salazar Rodríguez.- Rúbrica.- Madero: el Presidente Municipal, José Guadalupe González Galván.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Roberto Avalos Juárez.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Monir Chain Masso.- Rúbrica.- Mante: el Presidente Municipal, José Luis Castellanos González.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Rodolfo Sandoval Castelan.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Salomón Rodríguez Sandoval.- Rúbrica.- Tampico: el Presidente Municipal, Fernando Azcárraga López.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Erick Velázquez Romero.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Gerardo Gómez Ibarra.- Rúbrica.- Matamoros: el Presidente Municipal, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, José Ives Soberón Tijerina.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Luis Enrique Leal García.- Rúbrica.- Miguel Alemán: el Presidente Municipal, Alfonso Ramírez Rodríguez.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Ricardo Rodríguez García.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Manfredo Guerra García.- Rúbrica.- Nuevo Laredo: el Presidente Municipal, Daniel Peña Treviño.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Rafael García Ortega.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Luis Edmundo González Elizondo.- Rúbrica.- Reynosa: el Presidente Municipal, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Horacio Ortiz Renan.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Luis Alberto Elias Leal.- Rúbrica.- Río Bravo: el Presidente Municipal, Juan de Dios Cavazos Cárdenas.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Benito Alanís Márquez.- Rúbrica.- El Primer Síndico, Juan Angel Zamora Morín.- Rúbrica.- Valle Hermoso: el Presidente Municipal, Alberto Alanís Villarreal.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Juan Antonio Portales González.- Rúbrica.- La Primer Síndico, Ofelia Marines Sarabia.- Rúbrica.
ANEXO I
Zonas de Atención Prioritaria concertadas en los municipios de: San Fernando, Victoria, Altamira, Madero, Mante, Tampico, Matamoros, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo y Valle Hermoso.
De acuerdo a lo señalado en la cláusula séptima, del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y los municipios de San Fernando, Victoria, Altamira, Madero, Mante, Tampico, Matamoros, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo y Valle Hermoso; las partes convienen en que las Zonas de Atención Prioritaria donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat, son las siguientes:
Vertiente | Ciudad | Municipio | Zona de Atención Prioritaria (ZAP) |
General | San Fernando | San Fernando | 28107, 28108 y 28109 |
| Victoria | Victoria | 28085, 28086, 28087, 28088, 28089 y 28090 |
Petrolera | Altamira | Altamira | 28019, 28021, 28023, 28025 y 28028 |
| Madero | Madero | 28003, 28004 y 28005 |
| Mante | Mante | 28096 |
| Tampico | Tampico | 28010, 28012, 28014, 28016 y 28017 |
Fronteriza | Matamoros | Matamoros | 28064, 28070 y 28075 |
| Miguel Alemán | Miguel Alemán | 28110 y 328052 |
| Nuevo Laredo | Nuevo Laredo | 28078, 28079 y 28081 |
| Reynosa | Reynosa | 28031, 28032, 28033, 28034 y 28050 |
| Río Bravo | Río Bravo | 28099 |
| Valle Hermoso | Valle Hermoso | 28100, 28101, 28102, 28103, 28104 y 28105 |
Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo I en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de San Fernando, María Delia Garza Gutiérrez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Victoria, Alvaro Villanueva Perales.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Altamira, Juvenal Hernández Llanos.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Madero, José Guadalupe González Galván.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Mante, José Luis Castellanos González.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Tampico, Fernando Azcárraga López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Matamoros, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Miguel Alemán, Alfonso Ramírez Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nuevo Laredo, Daniel Peña Treviño.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Reynosa, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Río Bravo, Juan de Dios Cavazos Cárdenas.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Valle Hermoso, Alberto Alanís Villarreal.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MANTE
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Mante, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
ADECUACION DE CASA TALLER | 2 OBRAS |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE RED DE DRENAJE SANITARIO (3 OBRAS) | 2,588.62 M.L. |
CONSTRUCCION DE RED DE AGUA POTABLE | 545 M.L. |
CONSTRUCCION DE SUBCOLECTOR | 600.00 M.L. |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Mante, José Luis Castellanos González.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MATAMOROS
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Matamoros, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
HABILITACION DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 3 |
CONSTRUCCION DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 3 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
INTRODUCCION DE RED DRENAJE SANITARIO (8 OBRAS) | 4,755.50 M.L. |
ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS NEGRAS | 1 |
INTRODUCCION DE LINEA DE PRESION DE AGUAS NEGRAS Y COMPLEMENTO DE LINEAS DE DRENAJE DE PVC | 301.00 M.L. |
ESTUDIO DE PLANEACION MICRORREGIONAL | 1 |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la Ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Matamoros, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE REYNOSA
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Reynosa, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
REHABILITACION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL (CAIC) | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
AMPLIACION DE RED DE DRENAJE SANITARIO (6 OBRAS) | 6,974.00 M.L. |
INTRODUCCION DE RED DE DRENAJE SANITARIO (7 OBRAS) | 45,321.00 M.L. |
CONSTRUCCION DE SUBCOLECTOR (3 OBRAS) | 4,278.00 M.L. |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Reynosa, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE RIO BRAVO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Río Bravo, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 1 |
CONSTRUCCION DE CENTRO PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR | 1 |
REHABILITACION DE CASA DE OFICIO | 1 |
REHABILITACION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
INSTALACION DE RED ELECTRICA | 16 POSTES |
RECONSTRUCCION DE CARCAMO DE BOMBEO | 1 |
ESTUDIO DE VIALIDAD EN LA ZONA CENTRO | 1 |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Río Bravo, Juan de Dios Cavazos Cárdenas.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE VALLE HERMOSO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Valle Hermoso, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
HABILITACION DE ESPACIO PARA ASILO DE ANCIANOS, DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 1 |
HABILITACION DE ESPACIO DE CENTRO DE REHABILITACION INFANTIL | 1 |
HABILITACION DE ESPACIO PARA CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 1 |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Valle Hermoso, Alberto Alanís Villarreal.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE SAN FERNANDO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de San Fernando, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
REHABILITACION DE CASA DE OFICIO | 6 |
REHABILITACION DE CASA DE DIA PARA ADULTO MAYOR | 1 |
REHABILITACION DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO (CEDIF) | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
DRENAJE SANITARIO | 300.00 ML |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de San Fernando, María Delia Garza Gutiérrez.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE TAMPICO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Tampico, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL (GUARDERIA) | 1 |
CONSTRUCCION DE OBRA COMPLEMENTARIA Y HABILITACION DE LA EXISTENTE PARA CENTRO DE ATENCION INFANTIL (GUARDERIA) | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE LA RED DE ELECTRIFICACION | 601 M.L. |
INTRODUCCION DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y DESCARGAS DOMICILIARIAS | 1 |
INTRODUCCION DE LA RED DE AGUA POTABLE TOMAS DOMICILIARIAS | 1 |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Tampico, Fernando Azcárraga López.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MIGUEL ALEMAN
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Miguel Alemán, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
REHABILITACION DE CASA DE DIA PARA ADULTO MAYOR | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
REHABILITACION DE COLECTOR GENERAL | 85 M.L. |
REHABILITACION DE CARCAMO GENERAL | 1 |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Miguel Alemán, Alfonso Ramírez Rodríguez.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Nuevo Laredo, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL | 2 |
CONSTRUCCION DE CASA DE DIA PARA ADULTOS MAYORES | 1 |
CONSTRUCCION DE CENTRO DE ATENCION A LAS MUJERES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA | 1 |
REHABILITACION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL | 1 |
Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
REFORZAMIENTO DE RED DE AGUA POTABLE (4 OBRAS) | 7,654.08 M.L. |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Nuevo Laredo, Daniel Peña Treviño.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE ALTAMIRA
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Altamira, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE COLECTOR E INTRODUCCION DE RED DE DRENAJE SANITARIO | 3,871 M.L. |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Altamira, Juvenal Hernández Llanos.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MADERO
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Madero, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE ESCUELA TALLER O CASA DE OFICIO | 1 |
REHABILITACION DE CENTRO DE ATENCION INFANTIL | 2 |
REHABILITACION DE VILLA O ASILO PARA ADULTOS MAYORES | 1 |
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Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE DRENAJE SANITARIO | 650 M.L. |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Madero, José Guadalupe González Galván.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE VICTORIA
De acuerdo a lo señalado en la cláusula octava del Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat, signado el 17 de marzo de 2005, entre la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Victoria, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las Zonas de Atención Prioritaria son:
Acciones emblemáticas de desarrollo social:
Acción | Meta |
CONSTRUCCION DE OBRA COMPLEMENTARIA EN CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 6 |
CONSTRUCCION DE ESTANCIA DE DIA PARA ADULTOS MAYORES EN CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO | 1 |
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Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo II en la ciudad de Victoria, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Delegada Estatal, Ma. Lucía Irene Alzaga Madaria.- Rúbrica.- Por el Estado: el Coordinador Estatal del COPLADET, Gerardo Terán Cantú.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Victoria, Alvaro Villanueva Perales.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 28 de diciembre de 2005
Miércoles 28 de diciembre de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)