Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

JOSE ANGEL GURRIA TREVIÑO, Secretario de Hacienda y Crédito Público; ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGAN, Secretario de Desarrollo Social; MIGUEL LIMON ROJAS, Secretario de Educación Pública; y JUAN RAMON DE LA FUENTE RAMIREZ, Secretario de Salud, en su carácter de integrantes del Consejo de la Coordinación Nacional de Programa de Educación, Salud y Alimentación y JOSE GOMEZ DE LEON CRUCES, Coordinador Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación, con fundamento en los artículos 17, 31, 32, 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 32 de la Ley de Planeación; 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999; 1o., 3o., 5o., 6o. y 9o. del Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA) tiene como propósito apoyar a las familias que viven en condición de pobreza extrema con el fin de ampliar las oportunidades y capacidades de sus miembros para alcanzar mejores niveles de bienestar y que, asimismo, se propone llevar a cabo acciones que propicien la elevación de sus condiciones de vida a través del mejoramiento de oportunidades de educación, salud y alimentación como aspectos básicos para este fin;

Que los recursos federales asignados a dicho programa son considerados como un subsidio federal y por tanto sujetos a criterios de selectividad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, debiéndose identificar claramente a la población beneficiaria, tanto por grupo específico como por región del país y asegurar la coordinación de acciones con otras áreas para evitar duplicaciones en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos, así como incorporar procesos periódicos de seguimiento y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación y, de esta manera, garantizar que los mecanismos de operación y administración facilitan la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y ampliación;

Que en el marco de los Convenios de Desarrollo Social, el Programa de Educación, Salud y Alimentación, se basa en el compromiso conjunto del Ejecutivo Federal y los Estatales, para establecer la coordinación necesaria para alcanzar sus objetivos y que el Gobierno Federal es el responsable de establecer los lineamientos de dicho Programa, de aportar los recursos necesarios para su operación, de mantener el seguimiento y evaluación del mismo y de asegurar el cumplimiento de sus objetivos. En la operación del programa participan, en el nivel federal, las secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social;

Que con fundamento en el artículo 73 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó los lineamientos para la operación e indicadores de evaluación de los subsidios con cargo al Programa de Educación, Salud y Alimentación, asegurando que los mismos se apliquen efectivamente para alcanzar los objetivos y metas contenidos en los programas autorizados, así como a los sectores o población objetivo, además de ser plenamente justificados y que la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo autorizó los indicadores de gestión de dichos subsidios, hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACION

DEL PROGRAMA DE EDUCACION, SALUD Y ALIMENTACION (PROGRESA)

UNICO.- Se establecen los Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA) aplicables al ejercicio fiscal de 1999, mismos que se contienen en el anexo de este Acuerdo y que para todos los efectos se consideran como parte integrante del mismo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Con la finalidad de dar continuidad a los lineamientos contenidos en el presente Acuerdo, éstos serán aplicables en lo conducente, al ejercicio fiscal del año 2000, en tanto no se emitan otros.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Angel Gurría Treviño.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Miguel Limón Rojas.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación, José Gómez de León Cruces.- Rúbrica.

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA DE EDUCACION, SALUD Y ALIMENTACION

CONTENIDO

1. PRESENTACION

2. OBJETIVOS Y ORIENTACIONES DE PROGRESA

2.1 Objetivos de Progresa

2.2 Orientaciones de Progresa

2.2.1 Progresa es un programa focalizado

2.2.2 Transparencia

2.2.3 La familia como ámbito y unidad de acción

2.2.4 Enfoque de género

2.2.5 Fomento de la corresponsabilidad

2.2.6 Ayuda estructural más que asistencial

2.2.7 Apoyo comunitario y de autoridades locales

2.2.8 Enfoque integral

2.2.9 Complementariedad con otros programas

2.2.10 Coordinación

2.2.11 Seguimiento del Programa y evaluación de impactos

3. CRITERIOS PARA LA INCLUSION DE LOCALIDADES EN EL PROGRAMA

3.1 Indice de marginación

3.2 Estimación del índice de marginación

3.3 Determinación de las condiciones de acceso a servicios

4. CRITERIOS PARA LA IDENTIFICACION DE FAMILIAS BENEFICIARIAS DE PROGRESA

4.1 Obtención de la información

4.2 Cédula de información socioeconómica de los hogares

4.3 Sistema de puntajes

4.4 Características del procedimiento de identificación de familias beneficiarias

5. INCORPORACION DE FAMILIAS BENEFICIARIAS A PROGRESA

5.1 Titulares beneficiarias de Progresa

5.2 Proceso de incorporación inicial al Programa

5.2.1 Relación Base de Familias Beneficiarias

5.2.2 Proceso de incorporación

5.3 Nuevas solicitudes de incorporación a Progresa en localidades que atiende el Programa

5.4 Documento de identificación de las titulares beneficiarias

5.5 Promotoras comunitarias voluntarias de Progresa

5.6 Vigencia de la identificación de la familia beneficiaria

6. PADRON DE FAMILIAS BENEFICIARIAS

6.1 Relación Base de Familias Beneficiarias

6.2 Padrón Activo de Familias Beneficiarias

6.3 Relación Histórica de Identificación de Beneficiarios

7. COMPONENTES DE PROGRESA

7.1 Componente educativo

7.1.1 Becas educativas

7.1.1.1 Población que recibe las becas educativas

7.1.1.2 Características de las becas

7.1.2 Utiles escolares

7.2 Componente de salud

7.2.1 Atención de la salud

7.2.2 Prevención y atención de la desnutrición

7.2.2.1 Vigilancia nutricional

7.2.2.2 Suplemento alimenticio

7.2.3 Información y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene para la participación activa de la comunidad y el fomento de una cultura de autocuidado de la salud

7.2.4 Reforzamiento de la oferta de servicios de salud para satisfacer la demanda adicional

7.3 Componente alimentario

8. CORRESPONSABILIDAD DE LAS FAMILIAS BENEFICIARIAS

9. INTEGRACION DE LOS BENEFICIOS DE PROGRESA

9.1 Forma y periodicidad de la entrega de apoyos monetarios

9.1.1 Apoyo alimentario

9.1.2 Becas educativas y apoyo para útiles escolares

9.2 Monto máximo de los apoyos económicos

9.3 Actualización de los montos de los apoyos

10. SUSPENSION DE LOS BENEFICIOS DE PROGRESA

10.1 Suspensión temporal

10.2 Suspensión por tiempo indefinido

10.3 Suspensión definitiva

11. ESQUEMA DE OPERACION DE PROGRESA

11.1 Coordinación para los procesos de selección de localidades e identificación de familias beneficiarias

11.1.1 Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

11.1.2 Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

11.2 Incorporación a Progresa de las familias beneficiarias

11.3 Certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad de parte de las familias beneficiarias

11.4 Integración y entrega de los apoyos monetarios

11.5 Entrega de los paquetes de útiles escolares

11.6 Entrega de los suplementos alimenticios

11.7 Prestación de los servicios de educación y salud

12. INTEGRACION DEL LISTADO DE LIQUIDACION DE LOS APOYOS

12.1 Emisión del Primer Listado de Liquidación de los Apoyos

12.2 Emisión del Segundo Listado de Liquidación de los Apoyos

12.3 Listados subsecuentes de Liquidación de los Apoyos

12.4 Documento de identificación de los beneficiarios

13. ENTREGA DE APOYOS A TRAVES DE INSTITUCIONES LIQUIDADORAS

13.1 Apoyos no entregados

14. PROGRAMACION Y EJERCICIO DEL GASTO

14.1 Programación del gasto

14.2 Ejercicio del gasto

15. EVALUACION Y SEGUIMIENTO

15.1 Seguimiento del Programa

15.1.1 Contraloría Social

15.2 Evaluación

16. TRANSICION DE PROGRAMAS DE SUBSIDIO ACTUALES PARA EVITAR DUPLICACION DE APOYOS

17. MANEJO DE LA INFORMACION

18. REVISIONES Y CONSULTAS A PROGRESA

19. INTERACCION Y COMPLEMENTARIEDAD CON OTROS PROGRAMAS Y ACCIONES

1. Presentación

El Programa de Educación, Salud y Alimentación, Progresa, es un programa del Ejecutivo Federal que promueve, en el marco de una política social integral, acciones intersectoriales para la educación, la salud y la alimentación de aquellas familias que viven en situación de pobreza extrema, con el fin de impulsar y fortalecer sus capacidades y potencialidades, elevar su nivel de vida y propiciar su incorporación al desarrollo nacional.

Los recursos federales que se asignan a Progresa son considerados como un subsidio federal, por lo que su ejercicio y control debe cumplir con lo estipulado en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999.

En consecuencia, los apoyos otorgados por Progresa deben estar sujetos a criterios de selectividad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad; identificándose claramente a la población beneficiaria, tanto por grupo específico como por región del país, asegurando la coordinación de acciones con otras áreas para evitar duplicaciones en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos; incorporando procesos periódicos de seguimiento y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación; así como garantizando que los mecanismos de funcionamiento y administración faciliten tanto la obtención de información como la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación.

Para el despliegue de sus acciones y con el fin de asegurar una operación eficiente, Progresa se basa en el compromiso conjunto de los Ejecutivos Federal y Estatal, dentro del marco y en el espíritu de los Convenios de Desarrollo Social, de establecer la coordinación necesaria que haga posible alcanzar sus objetivos.

Con el objetivo de contar con criterios de operación uniformes en todo el territorio nacional, las políticas y normas generales de Progresa se definen a nivel federal. Este orden de gobierno es el responsable de establecer los lineamientos del Programa, aportar los recursos necesarios para su operación, mantener el seguimiento y evaluación del mismo y asegurar el cumplimiento de sus objetivos.

La Secretaría de Desarrollo Social es responsable de la coordinación general del Programa, a través de la Coordinación Nacional de Progresa, Conprogresa, órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social que fue creado por Decreto Presidencial el 8 de agosto de 1997, con el objeto de formular, coordinar y evaluar la ejecución de Progresa. Conprogresa cuenta con un Consejo, integrado por los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, quien lo preside, de Educación Pública, de Salud y de Hacienda y Crédito Público.

En la operación de Progresa participan, a nivel federal, las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud. Bajo la coordinación de esta última, en la que recae la articulación de acciones del Sector Salud, participa también el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del Programa IMSS-Solidaridad, y podrán participar otras dependencias del Sector en la medida en que la población que se incorpore como beneficiaria de Progresa se incluya en el ámbito de su responsabilidad.

A nivel estatal, los gobiernos de las entidades federativas son los responsables de los servicios de educación básica y de la atención a la salud de la población abierta, así como de la operación de los componentes respectivos de Progresa.

Progresa cuenta también con el apoyo de las autoridades municipales para el desarrollo de sus acciones: participan en la revisión de las localidades a incorporar, con el fin de apoyar en la verificación de que cuenten con acceso adecuado a los servicios de educación y salud; promueven y apoyan la ampliación de la cobertura de servicios de educación y salud a localidades sin acceso a estos beneficios; impulsan la oferta de productos básicos y el abasto en comunidades de difícil acceso; dedican personal que sirve de apoyo y enlace a nivel municipal para las acciones de Progresa; y facilitan los operativos de entrega de los apoyos a las familias beneficiarias.

Progresa promueve la participación social, apoyándose en la organización de asambleas comunitarias para la incorporación de familias beneficiarias. Además, las mismas comunidades eligen de entre las beneficiarias a una promotora voluntaria, quien es una valiosa participante para asegurar la adecuada operación de Progresa, para ayudar a dar seguimiento a las acciones, además de constituirse en un vínculo de apoyo para las mismas familias beneficiarias del Programa.

La participación del Progresa en cada entidad federativa se formaliza mediante la firma de Acuerdos de Coordinación, en los cuales se enmarca la participación de las autoridades del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal, quienes establecen un compromiso conjunto para promover las acciones necesarias para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa.

Los presentes Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Educación, Salud y Alimentación dan cumplimiento a lo establecido en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999 en sus artículos 68, 73 y 12 Transitorio.

2. Objetivos y orientaciones de Progresa

Progresa tiene como objetivo apoyar a las familias que viven en condición de pobreza extrema con el fin de potenciar las capacidades de sus miembros y ampliar sus oportunidades para alcanzar mejores niveles de bienestar. El Programa propone llevar a cabo acciones que propicien la elevación de sus condiciones de vida a través del mejoramiento de oportunidades en educación, cobertura de salud y alimentación.

2.1 Objetivos de Progresa

Para cumplir de forma eficaz con los propósitos de beneficio familiar y comunitario, las acciones de Progresa se sustentan en cinco objetivos fundamentales:

Mejorar sustancialmente las condiciones de educación, salud y alimentación de las familias en condición de pobreza extrema, particularmente las de la población más vulnerable, como son los niños, niñas y mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, mediante servicios suficientes y de calidad en materia educativa y de cuidado de la salud, así como ayudas alimentarias.

Integrar las acciones de educación y salud para que el aprovechamiento escolar no se vea afectado por enfermedades o desnutrición de los niños y jóvenes, ni porque se vean en la necesidad de realizar labores que dificulten su asistencia escolar.

Procurar que los padres de familia dispongan de medios y recursos suficientes para que sus hijos completen la educación básica.

Inducir la responsabilidad y la participación activa de los padres y de todos los integrantes de las familias en favor del beneficio que significa para los niños y los jóvenes mejorar su educación, salud y alimentación.

Promover la participación y el respaldo comunitario en las acciones de Progresa para que los servicios educativos y de salud beneficien al conjunto de las familias de las localidades donde opera, así como sumar los esfuerzos y las iniciativas de la comunidad en acciones afines o complementarias al Programa.

Progresa realiza acciones en materia de educación, salud y alimentación, que operan en estrecha vinculación para lograr los objetivos del Programa, y que encuentran su aplicación en los siguientes tres grandes componentes:

· Apoyos educativos que facilitan que los niños y jóvenes cursen la educación básica completa, fomentando su matriculación, su asistencia regular a la escuela, y la participación de los padres en el mejor aprovechamiento escolar de sus hijos.

· Atención a la salud de todos los miembros de la familia, al tiempo que promueve una nueva actitud ante la utilización de los servicios de salud, generando un enfoque predominantemente preventivo.

· Apoyos para mejorar el consumo alimenticio y el estado nutricional de los miembros de las familias de menores recursos.

La importancia de la convergencia de estos tres componentes se desprende de sus mutuas interacciones y complementariedades, ya que su confluencia acrecienta su efectividad y fomenta el desarrollo de las capacidades y potencialidades de los individuos y las familias.

2.2 Orientaciones de Progresa

Progresa persigue las siguientes orientaciones generales de principios y estrategias:

2.2.1 Progresa es un programa focalizado

El objetivo de la focalización es asegurar que los beneficios de Progresa favorezcan a las familias más pobres. Las acciones del Programa buscan contrarrestar las causas críticas que generan las condiciones en las que viven las familias en pobreza extrema, por lo que es primordial que estas acciones lleguen efectivamente a quienes más las necesitan y que se articulen de forma integral para que logren el beneficio pleno que persiguen. Por esta razón, la focalización es el medio para alcanzar la adecuada concordancia entre las acciones del Programa y la identificación de las familias potencialmente beneficiarias, para de ese modo volver eficientes los esfuerzos y los recursos que se aplican.

La focalización pretende no sólo la eficiencia, sino que se traduce en un principio de equidad. En virtud de que los recursos, por abundantes que sean, siempre serán necesariamente escasos para combatir la pobreza, es imprescindible asegurarse que beneficien a quienes más lo necesitan, no destinarlos a quienes reciben otros apoyos o no se encuentran en una situación apremiante. Paralelamente, la focalización busca asegurar que no se dupliquen los beneficios del Programa entre las familias beneficiarias, con los de otros programas sociales financiados con presupuesto federal que despliegan acciones similares de apoyo educativo y de alimentación.

2.2.2 Transparencia

El propósito primordial de Progresa es el combate a la pobreza extrema. La selección de localidades y la identificación de las familias beneficiarias se lleva a cabo a partir de procedimientos rigurosos, objetivos e imparciales, homogéneos a nivel nacional, así como verificables y auditables, de modo que en su etapa final cuentan con la opinión de la comunidad que habita en las localidades donde opera.

Los beneficios del Programa se hacen llegar a las familias identificadas en forma individual a través de las madres de familia, evitando cualquier interferencia en la entrega, que es completa y directa a quienes están destinados. Especial énfasis se da a la imparcialidad y el respeto del Programa a las preferencias políticas de las personas, así como a las costumbres y características culturales de las comunidades.

2.2.3 La familia como ámbito y unidad de acción

Progresa reconoce que la familia es al mismo tiempo el espacio privilegiado para hacer frente a las adversidades económicas y sociales, y en ocasiones el lugar donde residen los factores que tienden a perpetuar de generación en generación la pobreza extrema.

En las familias pobres, padres e hijos se ven obligados a concentrar todas sus energías hacia una precaria subsistencia, que inhibe la posibilidad de emprender actividades que les permitan desarrollar su potencial productivo y alcanzar una mayor integración social. Con frecuencia, los niños que nacen en una familia pobre tienden a mostrar bajo peso al nacer y corren altos riesgos de fallecer antes de alcanzar un año de vida. En la edad escolar, son presa de enfermedades recurrentes que medran sus capacidades de desarrollo normal, lo que a menudo se complica con deficiencias nutricionales críticas. Además, el apremio por resolver las necesidades económicas del hogar lleva a los niños a tratar de complementar el ingreso familiar en detrimento de su asistencia a la escuela y de la terminación de su educación básica. Ya en su juventud, su escasa escolaridad y capacitación los orilla a realizar tareas de baja productividad y exiguamente retribuidas. Por su parte, las mujeres tienden a casarse a muy corta edad y comienzan su reproducción muy jóvenes, la cual se caracteriza por nacimientos muy numerosos.

Para romper este círculo vicioso, es primordial remover los obstáculos que impiden a las familias pobres beneficiarse de la educación básica y acceder a niveles suficientes de nutrición y cuidado de su salud.

Por todo lo anterior, Progresa trabaja para que las familias que viven en condiciones de pobreza extrema tengan a su alcance oportunidades genuinas para satisfacer sus necesidades básicas de educación, salud y alimentación, para el desarrollo de sus miembros y el bienestar familiar.

2.2.4 Enfoque de género

Progresa reconoce que la pobreza adquiere modalidades particulares a la luz de las desigualdades sociales que prevalecen entre hombres y mujeres. Casi siempre estas desigualdades se traducen en desventajas aun mayores para las mujeres, que las vuelven más vulnerables a condiciones de pobreza y minan sus esfuerzos por mejorar su situación personal y la de sus hijos. Para combatir esta realidad, Progresa promueve la igualdad de género y busca potenciar a las mujeres para que cuenten con oportunidades auténticamente igualitarias para su pleno desarrollo personal, al tiempo que reconoce que, al mejorar la condición de las mujeres se logra colocarlas en una mejor posición para elevar la condición de vida de los miembros del hogar, especialmente de sus hijos.

Por esta razón, Progresa canaliza los apoyos económicos que brinda a las familias beneficiarias (las becas y la ayuda para alimentos) a través de las madres de familia, reconociendo así su importancia para el desarrollo de la familia y su compromiso y responsabilidad para hacer el mejor uso de estos apoyos. Por otro lado, para contrarrestar el hecho de que con frecuencia las niñas interrumpen más tempranamente que los niños sus estudios, las ayudas escolares que Progresa proporciona en forma de becas son ligeramente más elevadas para las niñas que para los niños durante los estudios de secundaria.

2.2.5 Fomento de la corresponsabilidad

Para el logro de los objetivos del Programa es fundamental la convicción plena de parte de los padres de familia sobre el beneficio que traen consigo las acciones del Programa y de que su activa participación es primordial para que sean efectivamente de provecho. Las familias son el sujeto activo de su propio desarrollo. Es indispensable concretar este involucramiento como una corresponsabilidad de parte de las familias, que si no se cumple cancela la continuidad de las ayudas. Progresa alienta y apoya, nunca sustituye ni aminora los esfuerzos de los padres de familia para lograr la superación de sus hijos.

Al fomentar la corresponsabilidad, los apoyos del Programa se otorgan con pleno respeto a las decisiones de las familias; y, como se ha mencionado, los apoyos se orientan hacia ampliar opciones y oportunidades, en un marco de estímulo a la elección informada.

Asimismo, los apoyos del Programa representan una inversión temporal en las familias que viven en condiciones de pobreza; al tomar en consideración las condiciones variantes de su conformación y del ciclo de vida de sus integrantes, se establecen procedimientos continuos para fortalecer las capacidades de las personas, evitando que dependan de los beneficios otorgados.

2.2.6 Ayuda estructural más que asistencial

Las ayudas asistenciales contra la pobreza no van más allá de lo que dura su presencia, y a su término no generan resultados perdurables que incidan en las causas adversas que la propician. Por eso, Progresa se aleja de este enfoque: busca primordialmente aumentar las capacidades básicas de las personas que viven en pobreza extrema, facilitando su acceso a los bienes y servicios sociales que les permitan adquirir las habilidades y aptitudes necesarias para que, mediante su esfuerzo personal, alcancen una vida plena y autosuficiente.

El trabajo es el principal recurso (y muchas veces el único) con el que cuentan las familias en estado de pobreza para hacerse de un ingreso, por lo que la inversión en sus capacidades básicas es una vía estratégica para mejorar su condición y que accedan a mejores oportunidades de desarrollo. Por ello, el factor cardinal es la educación (acompañada de buena alimentación y salud) ya que provee las aptitudes para aumentar la productividad en las actividades que desempeñan esas familias, a la vez que propicia la movilidad social. De ahí que Progresa impulse genuinas oportunidades educativas para las familias en condiciones de pobreza, ya que la educación básica provee a los niños y jóvenes de los valores, actitudes y conocimientos que les permiten la oportunidad de lograr su desarrollo individual y social y, en consecuencia, mejorar su condición socioeconómica y la de sus familias.

Una mayor capacidad productiva y una mayor educación se fundamentan ambas en una buena salud, con base en acciones preventivas desde las primeras etapas del ciclo de vida de los individuos, así como en un estado nutricional que favorezca el crecimiento y el aprendizaje.

2.2.7 Apoyo comunitario y de autoridades locales

Si bien el compromiso y la corresponsabilidad con las familias beneficiarias se acuerdan individualmente con cada una de ellas, Progresa reconoce que la participación comunitaria y el apoyo de las autoridades locales, en particular de los presidentes municipales, es un elemento fundamental para el buen desarrollo del Programa y para el logro de sus objetivos. Sin embargo, la promoción de las acciones comunitarias siempre guarda un carácter voluntario y en ningún momento la participación en dichas acciones será un requisito para recibir los apoyos de Progresa.

En todas las localidades donde opera, Progresa busca y fomenta el apoyo de la comunidad, siempre respetando la pluralidad y las particularidades sociales y culturales. En todos los casos, para la incorporación de las familias beneficiarias del Programa en una localidad se realiza una asamblea, convocada con el apoyo de las autoridades municipales y en su presencia, para explicar los propósitos y características del Programa y obtener su apoyo para velar por sus objetivos.

La participación de los presidentes municipales es fundamental en varios aspectos importantes de Progresa, destacando, entre otras acciones, su colaboración para la realización de los trabajos de campo para identificar a las familias beneficiarias, para efectuar las asambleas de incorporación al Programa de dichas familias, así como para la instalación de los módulos de entrega de los apoyos económicos. Por otro lado, en prácticamente todas las localidades donde opera, se cuenta con una promotora voluntaria (elegida por la comunidad) que se constituye en un valioso apoyo para asegurar la adecuada operación de Progresa, y que junto con las autoridades locales, municipales y estatales, da seguimiento a las acciones, asumiendo el papel de Contraloría Social.

2.2.8 Enfoque integral

Educación, salud y alimentación constituyen una triada estratégica de acciones para el combate a la pobreza extrema. Además de los beneficios sociales y privados que representa la inversión en cada uno de esos componentes, sus efectos se multiplican y potencian recíprocamente por las interrelaciones positivas que los vinculan.

Existe un amplio consenso sobre la importancia de su mutua complementariedad y de que para potenciar su efectividad es necesario que confluyan simultáneamente a nivel individual. Un mayor nivel de educación mejora el uso de los servicios, y los beneficios de la atención de la salud, porque favorece una mejor comprensión de la importancia de las medidas preventivas de salud e higiene. A mayor escolaridad, las familias desarrollan una mayor iniciativa para valerse de la información y servicios a su alcance. Asimismo, la salud en los niños propicia un mejor rendimiento en la escuela al favorecer la continua asistencia escolar y un mayor nivel de atención en el aula.

Desde el punto de vista de la alimentación, un buen estado nutricional es fundamental para el desarrollo y el ejercicio de las capacidades de aprendizaje de las personas. En correspondencia, un mayor nivel de escolaridad repercute sobre el estado nutricional, ya que puede favorecer la adopción de patrones alimentarios adecuados, así como la disponibilidad de más y mejores alimentos, por los mayores niveles de ingreso que generalmente se asocian con la mayor escolaridad.

2.2.9 Complementariedad con otros programas

Progresa propicia la complementariedad de sus acciones con otros programas de desarrollo social orientados a mejorar el nivel de vida de las familias y de las comunidades. La pobreza no sólo es causa y resultado de escasas capacidades básicas, y por ende, del bajo rendimiento en el trabajo y de ingresos precarios, sino que obedece también a otros factores, como la falta de acceso a empleos productivos y a servicios sociales esenciales. Por eso, la sola adquisición de herramientas básicas entre los miembros de las familias que viven en condiciones de pobreza no es condición suficiente para reducir su marginación: es imprescindible generar oportunidades productivas y mejor remuneradas, y medios que alienten y faciliten su integración a los procesos sociales.

Para que exista convergencia de sus apoyos con los de otros programas, Progresa se coordinará para la implementación de acciones de desarrollo social en las microrregiones prioritarias en que opere con las instituciones a cargo de éstas. Asimismo, mantendrá un vínculo sistemático de información sobre las localidades y familias atendidas, con el objeto de propiciar la confluencia de tales programas.

2.2.10 Coordinación

Como se ha mencionado con anterioridad, el Programa se desarrolla en un marco de participación multisectorial de los tres órdenes de gobierno. La participación de Progresa en cada entidad federativa se formaliza mediante la firma de Acuerdos de Coordinación en los cuales se enmarca la participación de las autoridades del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal, se especifican los objetivos y componentes del Programa, y se identifican los organismos estatales que participan en la operación de Progresa.

Las dependencias del Gobierno Federal establecen una estrecha coordinación para la planeación, operación, seguimiento y evaluación del Programa, así como mantienen actividades conjuntas y comunicación continua con las autoridades estatales para atender cualquier situación particular que requiera su atención.

2.2.11 Seguimiento y evaluación de impactos del Programa

El seguimiento sistemático y la integración de procedimientos para su realización como parte misma de la operación de Progresa, favorecen la supervisión y control de los mecanismos de operación establecidos en estos Lineamientos, así como un permanente mejoramiento de las actividades de acuerdo con su desarrollo y alcance.

Una evaluación rigurosa de los impactos y resultados del Programa sobre la población beneficiaria permite verificar el cumplimiento de sus objetivos, sus logros, y sus metas, así como aportar elementos para el diseño de actividades de política social. El esquema de evaluación de resultados e impactos contempla el análisis de los efectos de corto, mediano y largo plazo del Programa sobre la población beneficiaria, usando diversas aproximaciones metodológicas, que incluyen instrumentos cuantitativos y cualitativos, así como estudios repetidos en el tiempo. A través de estos mecanismos, se busca identificar con precisión los resultados e impactos que efectivamente son atribuibles al Programa, distinguiendo los efectos correspondientes de otros factores, tanto en la esfera individual, como en la familiar o en el contexto comunitario, lo que permite conocer los impactos reales del Programa en sus áreas de atención, las sinergias que ocurren entre sus componentes y las repercusiones en la dinámica familiar y en la condición de la mujer.

3. Criterios para la inclusión de localidades en el Programa

La identificación de las familias beneficiarias de Progresa consta de tres etapas: en primer lugar hay una focalización geográfica, a través de la cual se determinan las localidades con mayor marginación y se verifica su acceso a servicios de educación básica y salud; en segundo lugar, en todas las localidades seleccionadas se recolecta, a modo de censo, información socioeconómica de cada hogar, con la cual se identifica a las familias beneficiarias; finalmente, una vez hecha la identificación, la relación de las familias resultante se presenta a las comunidades en asamblea para que, en su caso, emitan opiniones para su depuración o sugerencias de inclusiones.

Los criterios para la selección de localidades en las que opera Progresa consisten, en primera instancia, en el nivel de marginación, dando prioridad a la selección y atención de localidades con los más elevados niveles de marginación, que indiquen una alta presencia de hogares en condición de pobreza extrema. En casos específicos, se identifican zonas determinadas que se caracterizan por sus condiciones de alta marginación dentro de localidades con bajos niveles de marginación.

Conjuntamente con el análisis de marginación por localidad, se comparan datos geográficos y estadísticos que permiten definir zonas en las que se concentran localidades con mayor marginación, tanto en términos de número de localidades, como de densidad poblacional. El propósito de este proceso es identificar agrupamientos geográficos de comunidades en los cuales se puedan alcanzar mayores beneficios con la puesta en marcha de Progresa para los hogares que experimentan pobreza extrema.

Al establecer la distribución territorial de las localidades marginadas, se pueden delimitar regiones cuyos contornos no necesariamente coinciden con límites estatales o municipales.

3.1 Indice de marginación

La selección de las localidades según su grado de marginación se basa en elementos homogéneos a nivel nacional, siguiendo un procedimiento estandarizado, que se obtiene mediante la construcción de un Indice Básico de Marginación para cada una de las localidades en el territorio nacional para las que se cuenta con información censal sociodemográfica. Este índice se construye mediante indicadores de marginación, sobre los que se aplica la técnica de componentes principales para obtener una variable resumen que concentra la mayor variación de la información entre las localidades. Los valores del índice adquieren su interpretación mediante el análisis comparativo entre las localidades.

La base de información para la identificación de las características de marginación de las localidades son los datos del XI Censo General de Población y Vivienda 1990, el Conteo de Población y Vivienda 1995 y el Catálogo de Integración Territorial 1995, realizados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). El análisis se centra en las localidades con información completa de la población y viviendas particulares.

Los indicadores utilizados para construir el índice de marginación de las localidades son los siguientes:

  · porcentaje de población analfabeta de 15 años o más

  · porcentaje de viviendas sin agua

  · porcentaje de viviendas sin drenaje

  · porcentaje de viviendas sin electricidad

  · número promedio de ocupantes por cuarto

  · porcentaje de viviendas con piso de tierra

  · porcentaje de población ocupada en el sector primario.

3.2 Estimación del índice de marginación

El índice de marginación para cada localidad se calcula mediante la siguiente expresión:

En donde:

es el índice de marginación obtenido a partir del componente k, correspondiente a la localidad r (nueva variable que resume la información de los siete indicadores);

Xi, r es el indicador estandarizado i (uno de los siete señalados arriba) que se observó en la localidad r;

Wi, k  es la ponderación del indicador estandarizado Xi obtenida a partir de la componente k.

El índice de marginación permite normar un criterio en el que se clasifica a las localidades en cinco categorías: muy alta, alta, media, baja y muy baja marginación. Para la determinación de estos grados de marginación, se aplica el método de estratificación óptima, el cual permite agrupar a las localidades basándose en la función de densidad f(x) definida a partir del índice de marginación.

Adicionalmente, en la selección de las localidades para la puesta en operación de Progresa se consideran las condiciones de accesibilidad a servicios de educación básica y de salud, ponderando la aguda dispersión que caracteriza a muchas de las localidades altamente marginadas. En este sentido, la operación del Programa es más eficaz al establecerse zonas de acción prioritaria en donde la población beneficiaria tiene mejor acceso a servicios de salud y educación básica, en cualquiera de las modalidades utilizadas por los sectores para la prestación de los mismos. El acceso a los servicios es una condición necesaria en el proceso de selección de las localidades, sin el cual no es posible que entre en operación el Programa.

En este procedimiento se utiliza un sistema de información geográfico estadístico (SIG), al cual se integra información digital sobre los límites de las entidades federativas y municipios, localidades, vías de comunicación, escuelas primarias y secundarias, así como de las unidades de salud del sector público, utilizando para ello la clave oficial de localidad del INEGI. De esta forma, se dispone de información consistente en un despliegue de los recursos educativos y de salud en el territorio nacional.

3.3 Determinación de las condiciones de acceso a servicios

Para facilitar la selección de las localidades, éstas se clasifican de acuerdo con áreas de influencia de la red de carreteras federales y estatales considerando que la distancia respecto a las carreteras genera una comunicación diferenciada entre localidades. Se atribuyen a las carreteras federales zonas de influencia mayores a las de las carreteras estatales, asociadas al tamaño y el aforo. A una localidad en la proximidad de una carretera federal se le asigna un radio de influencia mayor que el de una localidad que se encuentra cerca de una carretera estatal, y, a su vez, mayor que el de una localidad que se encuentra lejana de cualquiera de estos tipos de carretera.

A partir de los radios de influencia de las localidades según la proximidad a los diferentes tipos de carreteras, se establecen a su vez áreas de influencia de los servicios educativos y/o de salud públicos, de acuerdo con la información proporcionada por los sectores educativo y de salud.

Para aquellas localidades que no disponen de centro de educación y/o salud públicos dentro de ellas mismas, se estima la accesibilidad a estos servicios de acuerdo con su ubicación geográfica dentro del radio de influencia de alguna localidad con dichos centros, utilizando los siguientes criterios:

· para las escuelas ubicadas en localidades vecinas de una carretera federal, cinco y diez kilómetros para primaria y secundaria, respectivamente

· para las escuelas ubicadas en localidades vecinas de una carretera estatal, tres y seis kilómetros para primaria y secundaria, respectivamente

· para las escuelas ubicadas en localidades rurales (sin vecindad de carreteras pavimentadas), dos y medio kilómetros y cinco para primaria y secundaria, respectivamente

· para los centros de salud ubicados en localidades cercanas a una carretera federal, a una carretera estatal o en localidades rurales, quince, diez y cinco kilómetros respectivamente.

Estas áreas de influencia han sido calculadas y ajustadas conforme se ha tenido disponibilidad de información del uso de los servicios por parte de la población de las localidades más marginadas del país, de acuerdo con la distancia que reportan a los servicios de salud y educación más próximos a sus comunidades.

Todas las localidades marginadas con servicios en ellas o con acceso a los mismos dentro de los rangos propuestos, son consideradas en primera instancia como seleccionables para ser incorporadas a Progresa. Mediante el análisis de la confluencia y cercanía de este grupo de localidades, se delinean zonas de mayor densidad de marginación y se identifican y seleccionan aquellas localidades que se encuentran dentro de los conglomerados para ser incorporadas al Programa en sus distintas fases de ampliación gradual de cobertura.

El listado de localidades propuesto a partir del proceso descrito para cada ampliación del Programa, se analiza para definir el listado definitivo de localidades, de acuerdo a lo señalado en el numeral 11.1, en las que se realizan los trabajos de recolección de información en todos los hogares para la identificación de familias beneficiarias.

En este análisis se pone especial énfasis en confirmar la accesibilidad de servicios de educación y salud para las familias beneficiarias, considerando la regionalización operativa existente en cada entidad federativa, lo que garantiza el acceso para la atención de las familias, de acuerdo con lo señalado en el numeral 11.1.

4. Criterios para la identificación de las familias beneficiarias de Progresa

En el proceso de identificación de los hogares beneficiarios, Progresa parte de la perspectiva de que la pobreza extrema es esencialmente el resultado de capacidades individuales y familiares inadecuadas, que se traducen en niveles muy bajos de funcionamiento social. Los criterios utilizados buscan identificar el conjunto de características socioeconómicas del hogar y de sus miembros, para definir dos condiciones, vivir en condiciones de pobreza extrema y no vivir en esas condiciones, a partir de las interrelaciones que múltiples características guardan entre sí y que determinan la condición de pobreza de las familias. Esta rigurosa identificación evita discrecionalidades en la toma de decisiones.

4.1 Obtención de la información socioeconómica de los hogares

La identificación de las familias beneficiarias se basa en el análisis de la información socioeconómica de cada uno de los hogares de las localidades marginadas seleccionadas de acuerdo con los criterios del Capítulo 3 y del numeral 11.1, información que se obtiene mediante una cédula diseñada específicamente para tal propósito y a través de la cual se obtienen datos sobre las características del hogar y de las condiciones de vida de todos sus miembros.

La unidad de atención de Progresa es el hogar, definido como el conjunto de personas que hacen vida en común dentro de la vivienda, unidos o no por parentesco, que comparten gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.

La información de la cédula la proporciona un informante con residencia habitual en el hogar, con al menos 15 años de edad y que conoce los datos de los miembros. Cada informante incluye en la cédula, al término de la entrevista, su firma o huella digital como elemento de certificación de aplicación del instrumento. Además, mediante un engomado se indica que la vivienda fue visitada y se le entrega una copia del mismo al informante.

Los datos se capturan y guardan en archivos magnéticos para su procesamiento. A cada hogar y a sus miembros se les asigna un número de identificación que permite mantener la confidencialidad de la información, mientras que los documentos físicos son resguardados por Conprogresa.

El proceso de recolección de datos se supervisa mediante mecanismos muestrales de control de cobertura y calidad de la información a cargo de grupos independientes de los encargados del levantamiento de la cédula de los hogares. Asimismo, las autoridades municipales y los representantes locales apoyan el proceso, ayudando a la identificación de los límites geográficos de la localidad y certificando la realización de las acciones de los grupos encargados de la recolección de información.

4.2 Cédula de información socioeconómica de los hogares

La información que se obtiene mediante la cédula de características socioeconómicas de los hogares, para realizar el proceso de identificación de las familias beneficiarias de Progresa, se diseñó tomando en cuenta los múltiples factores que intervienen en la determinación de la condición de pobreza. Estos factores fueron definidos a partir del análisis detallado de fuentes de datos socioeconómicos de los hogares con representatividad nacional. Los datos que se incluyen en la cédula son:

Estructura del hogar

· Número de personas

· Identificación del jefe o jefa del hogar

· Atributos de la jefatura del hogar: toma de decisiones, principal aportante de ingresos, responsable del cuidado de la salud de los hijos

· Edad y sexo de cada miembro del hogar

· Parentesco de cada individuo con el jefe o la jefa del hogar

· Identificación del padre de cada individuo entre los miembros del hogar

· Identificación de la madre de cada individuo entre los miembros del hogar

· Estado civil, para cada miembro del hogar de 12 y más años

· Identificación de los cónyuges o parejas de los miembros del hogar

Características individuales

· Alfabetismo:

      si sabe leer y escribir un recado, para cada miembro del hogar de 5 y más años

· Escolaridad:

      asistencia a la escuela alguna vez durante su vida, para cada miembro del hogar de 5 y más años

      último grado y nivel de estudios aprobado, para cada miembro del hogar de 5 y más años

      asistencia actual a la escuela, para cada miembro del hogar de 5 y más años

· Uso de lengua indígena y monolingüismo:

      personas que hablan lengua indígena, para cada miembro del hogar de 5 y más años

      personas que no hablan español, para cada miembro del hogar de 5 y más años

Ocupación

· Condición de trabajo:

      para cada miembro del hogar de 8 y más años: condición de trabajo, con las siguientes categorías: trabaja, está jubilado, incapacitado, no trabaja; días trabajados la semana pasada, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

      tiempo de trabajo, que identifica el tipo de trabajo como temporal o fijo, para miembros del hogar de 8 y más años

· Posición en la ocupación:

      posición en el trabajo, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja con las siguientes categorías: asalariado, cuenta propia, trabajador familiar sin remuneración, patrón, jornalero

Ingresos de los miembros del hogar

· Ingresos por trabajo:

      monto de ingresos por trabajo principal, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

      monto de ingresos por otros trabajos, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

· Ingresos de otras fuentes distintas al trabajo (hasta dos fuentes adicionales):

      ingresos por jubilación, pensión, becas o alquiler, para cada miembro del hogar de 8 y más años

Apoyos de diversos programas sociales

· Apoyos de programas sociales que reciben los miembros del hogar

      Estímulos a la Educación Básica

      Apoyos del Instituto Nacional Indigenista

      Beca de capacitación PROBECAT

      Programa de Empleo Temporal

      PROCAMPO

      Leche Liconsa o Conasupo

      Despensas del DIF

      Programa Tortilla de Fidelist

Migración

· Migración

      edad y sexo de las personas que antes vivían en el hogar, que emigraron y no han regresado

      lugar a donde emigraron las personas que antes vivían en el hogar en los últimos 5 años y que no han regresado

      monto de las aportaciones económicas que han hecho en el último año las personas que emigraron y no han regresado

· Migración por trabajo temporal

      lugar a donde emigró a trabajar la persona (en los últimos doce meses), para personas del hogar de 8 y más años

      duración de la ausencia temporal, para personas del hogar de 8 y más años

      monto de los ingresos que envió a su casa cada migrante, para personas de 8 y más años que emigraron en el último año

Servicios de salud y salud de los miembros del hogar

· Derechohabiencia

      acceso a seguridad social, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

· Servicios de salud

      servicios a los que recurren los miembros del hogar

· Discapacitados

      número y edades de miembros del hogar con alguna discapacidad por ceguera, mudez, sordera, falta de miembros, uso de prótesis o problemas mentales

Características de la vivienda

· Materiales de la vivienda

      principal material de los pisos, techos y paredes

· Número de cuartos en la vivienda, número de cuartos que se utilizan para dormir

· Equipamiento

      disponibilidad de agua dentro de la vivienda, agua dentro de la propiedad, agua corriente en el excusado, electricidad

· Condición de propiedad de los bienes inmuebles del hogar

      alquiler o préstamo de la vivienda, existencia de una deuda por pago de vivienda

· Propiedad de bienes y enseres

      bienes y enseres domésticos: licuadora, refrigerador, estufa de gas, calentador para agua que funciona con gas, radio o grabadora, tocadiscos o modular, televisión, lavadora de ropa, ventilador, vehículos

· Uso de tierra y animales

      número de predios y extensión

      uso de tierra para trabajo agrícola, ganadero o forestal

      tipo de tierra de los predios: temporal, agostadero, riego

      propiedad de ganado o animales de trabajo: número y tipo

Durante la recolección de información en los hogares, se recolecta también información sobre diversas características de la localidad mediante una cédula diseñada específicamente para obtener datos sobre los servicios de educación, salud y comunicaciones a los que tiene acceso la población de la localidad, las localidades con las que se mantiene un mayor contacto, el tipo de transportes que utilizan los habitantes y su costo, así como las características generales de abasto de alimentos y precios de los mismos en la comunidad. La información de la cédula de la localidad se obtiene entrevistando a uno o más representantes locales.

4.3 Sistema de puntajes

Una vez que se cuenta con la información de cada hogar, se procede a la evaluación individual de sus características socioeconómicas, la cual es estandarizada a nivel nacional. Los datos socioeconómicos de cada uno de los hogares se analizan aplicando un sistema de puntajes. Este sistema permite la identificación de beneficiarios del Programa con base en criterios objetivos, homogéneos para todo el país, a fin de asegurar la equidad de trato a la población en condición de pobreza extrema, con independencia de la entidad federativa en la que habite la familia. Este procedimiento está documentado y resguardado para todas las etapas de identificación de las familias beneficiarias de Progresa.

El sistema de puntajes por el que se identifica la condición social de los hogares es el resultado del análisis de los datos socioeconómicos de las familias en cada una de las regiones en las que se encuentran las localidades marginadas, con respecto a los aspectos típicos de un hogar pobre extremo y uno que no lo es. Los puntajes reflejan la precariedad de los recursos económicos de la familia de acuerdo con un conjunto de indicadores básicos. Estos toman valores entre 0 y 100; el valor más bajo siempre se asocia con algún rasgo de los hogares vinculado con una mayor propensión a ser pobres (aunque dicho valor no siempre es 0) obtenido a partir de los datos por el método de análisis de discriminante, que refleja la distancia entre las familias no pobres y las pobres respecto a cada uno de los indicadores utilizados.

El proceso de identificación de los hogares beneficiarios del Programa parte de una aproximación inicial a la condición de pobreza de los hogares mediante el cálculo de la línea de pobreza extrema. Esta línea se obtiene mediante la evaluación del ingreso mensual per cápita de los hogares en comparación con el costo de una canasta básica alimentaria.

El ingreso mensual per cápita que se utiliza corresponde al cociente del ingreso corriente monetario total de los miembros del hogar mayores de 15 años respecto al total de miembros del hogar. El costo de la canasta básica corresponde a la Canasta Normativa Alimentaria definida por la Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos Marginados (COPLAMAR), que satisface los requerimientos mínimos para evitar la desnutrición, enfermedades y deficiencias antropométricas. Al costo de la canasta básica se le aplica un factor de expansión para tomar en cuenta cierto mínimo irreductible de gastos que se utilizan para la compra de productos no alimentarios. La línea de pobreza extrema se actualiza actualizando el costo de la canasta básica con el Indice Nacional de Precios al Consumidor, en el rubro de alimentos, bebidas y tabaco, publicado por el Banco de México.

Una primera aproximación tentativa de las familias que viven en condición de pobreza extrema se hace a partir del ingreso familiar y de la línea de pobreza extrema, clasificando a los hogares en dos grupos. A partir de esta identificación preliminar, se lleva a cabo una segunda clasificación de los hogares a partir de un conjunto de indicadores sociales y económicos derivados de la información obtenida en los hogares. El propósito es lograr una aproximación multidimensional a la condición de pobreza del hogar; para ello se utiliza el procedimiento de análisis discriminante, mediante el cual es posible la clasificación de un hogar en alguno de los dos grupos de interés, en condición de pobreza extrema y no en pobreza extrema, en términos de las características particulares del hogar.

El aspecto central del análisis discriminante es tipificar los perfiles multidimensionales (sobre diversas características socioeconómicas) de las familias pobres extremas y las que no lo son, y a partir de ello determinar una regla que permita asignar a cada hogar en uno de los dos grupos, en función de su perfil particular. El ingreso se emplea únicamente como un marcador preliminar de la condición de pobreza de los hogares; la clasificación final se realiza a partir del perfil de las características socioeconómicas de cada hogar.

Dada la heterogeneidad regional del país, el análisis se hace reconociendo varias particularidades regionales específicas, buscando agrupar las localidades marginadas que comparten características geográficas. Este criterio, si bien busca considerar las diferentes características regionales del territorio, en ningún caso afecta el principio de consistencia y homogeneidad del análisis para el país en su conjunto, al emplearse un mismo procedimiento basado en un conjunto comparable de características de los hogares.

La elección de las características socioeconómicas sobre las que se evalúa la condición de pobreza se lleva a cabo a partir de un proceso de selección exhaustivo, en el que se analiza su poder discriminante y se retiene el conjunto que mejor satisfaga la identificación de la condición de pobreza. Por lo general, este conjunto de características no cambia mayormente de una región a otra, pero si sus puntajes discriminantes.

4.4 Características del procedimiento de identificación de familias beneficiarias

El procedimiento de identificación de familias beneficiarias de Progresa (como se denomina a los hogares identificados en condición de pobreza mediante el procedimiento descrito) sigue mecanismos operativos transparentes, rigurosos y objetivos, que evitan la discrecionalidad en la asignación de los beneficios del Programa a las familias.

Asimismo, evita la determinación unidimensional (sólo basado en un criterio, como es el ingreso, por ejemplo) de la condición de pobreza extrema de los hogares en favor de un criterio de agrupación que considera la utilización simultánea de múltiples factores.

En el procedimiento se utiliza una regla de clasificación en gran medida endógena, que se desprende de la información misma de los hogares que se busca clasificar. Además, permite clasificar nuevas observaciones así como a los hogares que no reportan su ingreso, de acuerdo con sus características socioeconómicas.

La metodología empleada eleva la confiabilidad del proceso de identificación de los hogares beneficiarios, al disminuir el riesgo de evaluar su condición social sobre mediciones del ingreso que pueden ser erróneas, o que contengan imprecisiones.

El proceso se aplica mediante criterios y lineamientos homogéneos y consistentes, sin establecer de antemano a nivel de las localidades, municipios o regiones un número predeterminado de familias que deban ser beneficiadas por el Programa, sino que éste es el resultado derivado específicamente del procedimiento de identificación de hogares en pobreza extrema. Esto implica que en la planeación de las fases de crecimiento gradual de la cobertura de Progresa, se utilizan proporciones esperadas de hogares beneficiarios por localidad y región asociados al índice de marginación de las localidades, calculados con base en los resultados previos del proceso de identificación, pero manteniendo un margen que incluye la probabilidad de que las proporciones reales sean más elevadas.

5. Incorporación de familias beneficiarias a Progresa

Progresa está dirigido a atender a las familias mexicanas que viven en condición de pobreza extrema. Su cobertura se extiende por fases en localidades marginadas, seleccionadas de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos por Conprogresa.

Las familias beneficiarias de Progresa son única y exclusivamente las que se identifican en las localidades seleccionadas, mediante los criterios y procedimientos establecidos en los capítulos 3 y 4, y que estén incorporadas en el Padrón de Beneficiarios.

5.1 Titulares beneficiarias de Progresa

Para cada familia beneficiaria de Progresa, a través de la información recabada en cada hogar para cada uno de sus miembros, se identifica a la titular beneficiaria, que es la persona que recibe directamente los apoyos monetarios para la familia beneficiaria. La titular beneficiaria es la madre de familia. En caso de que en un hogar no esté presente la madre de familia o esté incapacitada para actuar como tal, se identifica como titular a la persona responsable del cuidado de los niños. Cuando en un hogar beneficiario se encuentran dos o más madres de familia, se siguen los siguientes criterios jerárquicos para identificar a la titular beneficiaria:

  · madre que tenga hijos o hijas de 0 a 16 años

  · mayor número de hijos e hijas de 8 a 16 años

  · mayor número de hijas

  · mayor número de hijos e hijas de 0 a 5 años

  · mujer de mayor edad pero menor a 55 años de edad

  · esposa del jefe del hogar

Cuando en un hogar no hay menores de edad, para la identificación de la titular beneficiaria se siguen los siguientes criterios:

  · jefa del hogar

  · esposa del jefe del hogar

  · mujer entre 15 y 55 años

  · mujer de 56 y más años

Cuando en un hogar no hay mujeres, el jefe de hogar es el titular beneficiario.

5.2 Proceso de incorporación de las familias beneficiarias a Progresa

5.2.1 Relación Base de Familias Beneficiarias

A partir del resultado del proceso de identificación de las familias beneficiarias del Programa, se integra una Relación Base de Familias Beneficiarias. Esta información es el punto de partida para el proceso de incorporación de las familias a Progresa y contiene datos de la familia beneficiaria: clave de la cédula de identificación, nombre de la titular y nombre, edad, fecha de nacimiento y sexo de cada uno de los integrantes de la familia beneficiaria.

5.2.2 Proceso de incorporación inicial al Programa

En la incorporación de las familias se establece el contacto formal de Progresa con sus titulares, para informar de su identificación como beneficiarias del Programa, explicar el funcionamiento del mismo y distribuir material informativo impreso, hacer entrega de la cédula de identificación que las acredita como beneficiarias, así como de los formatos para su registro en los servicios de educación y salud. Cada titular beneficiaria incorporada firma o pone su huella en el Acuse de Recibo de estos documentos, que forma parte de la identificación.

La incorporación de las familias se realiza en asamblea comunitaria, mediante convocatoria a las titulares de las familias que fueron identificadas como beneficiarias del Programa. A esta asamblea pueden asistir otros integrantes de la comunidad. En la asamblea se explica a los participantes los objetivos y apoyos de Progresa, así como las responsabilidades que adquieren las familias beneficiarias para recibir los apoyos.

Se les informa a las beneficiarias que deben acudir a la unidad de salud del sector público más próxima para establecer su registro y se les explica que se establecerán citas programadas para su atención. Asimismo, se solicita que realicen la certificación de la inscripción de los niños en la escuela a la que asista cada uno de ellos, conforme a formatos específicos.

Se aclara que en las localidades en las que opera el Programa, los beneficiarios de Progresa no pueden recibir el beneficio de otros programas federales que proporcionan apoyos equivalentes en materia de educación, salud o alimentación, como se señala en el capítulo 16 de estos Lineamientos.

Asimismo, se presenta a la comunidad el listado de familias beneficiarias identificadas para que, en caso de haber observaciones, se revisen los casos de acuerdo con los criterios establecidos para la identificación de familias beneficiarias, realizando inclusive una nueva visita a los hogares para obtener la información requerida para la revisión, cuando sea necesario.

También en la asamblea se pueden presentar los casos de familias cuya información no se obtuvo durante la visita a los hogares para el levantamiento de la cédula de información socioeconómica, para que Conprogresa atienda su solicitud de incorporación al Programa, de acuerdo con lo señalado en el numeral 11.2.

Todo hogar identificado como beneficiario en los procesos de revisión es notificado y se lleva a cabo su incorporación al Programa.

Al final de cada asamblea, se levanta un Acta de Acuerdo de Asamblea Comunitaria, dando fe las autoridades municipales de su realización.

En casos particulares y de excepción, en las localidades donde no es posible la realización de la asamblea comunitaria, la incorporación se lleva a cabo mediante visita domiciliaria a cada familia beneficiaria dentro de la Relación Base.

Las titulares de las familias beneficiarias que no asistan a la asamblea comunitaria, pueden acudir posteriormente a un Módulo de Atención Progresa (MAP) para ser incorporadas cuando se hace la entrega del primer apoyo monetario a las familias beneficiarias de la comunidad.

El MAP se establece temporalmente en un sitio próximo a las localidades atendidas por el Programa, para efectuar la entrega de los apoyos monetarios, en un lugar que reúna condiciones básicas de seguridad. En el momento de la entrega de los primeros apoyos monetarios a las familias, se ofrece atención para aclarar dudas y realizar la incorporación de familias que no asistieron a la asamblea de su comunidad.

5.3 Nuevas solicitudes de incorporación a Progresa en localidades que atiende el Programa

Las familias que habiten en una localidad seleccionada para formar parte de Progresa y que no hayan sido identificadas como beneficiarias en el proceso de análisis de su información sobre características socioeconómicas, pueden solicitar la revisión de su caso. Para ello, se analiza de nuevo la información socioeconómica recolectada, visitando los hogares para obtener los datos necesarios para la revisión, cuando así se requiera.

En los casos de familias que viven en una localidad seleccionada para ser atendida por Progresa, pero que no fue posible recolectar su información socioeconómicas, ya sea por ausencia de sus miembros durante el periodo de levantamiento de datos en la localidad, porque no contestaron la entrevista en su oportunidad, o por tratarse de un hogar de nueva incorporación a la localidad, para obtener esta información se realiza la entrevista a través de los criterios establecidos, para posteriormente llevar a cabo el análisis para identificar si el hogar reúne las características correspondientes a un hogar beneficiario del Programa, conforme a lo indicado en el capítulo 4 y el numeral 11.2.

Todo hogar solicitante identificado como beneficiario es notificado y se lleva a cabo su incorporación al Programa mediante visita al hogar o convocatoria para que acuda a un MAP para ser atendido.

5.4 Documento de identificación de las titulares beneficiarias

En su incorporación al Programa, las titulares de las familias beneficiarias reciben una identificación provisional, misma que es sustituida posteriormente en los MAP a más tardar en la tercer entrega de los apoyos económicos a estas familias, por una planilla de hologramas. La cédula de identificación Progresa es el documento que da testimonio oficial de la identidad de la titular de la familia beneficiaria, para que tenga acceso a los apoyos que recibe a través del Programa.

La identificación provisional se entrega a la titular de la familia beneficiaria, quien debe identificarse con cualquiera de las siguientes identificaciones: una credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral, acta de nacimiento expedida por el registro civil, fe de bautismo, una credencial con fotografía o constancia de la autoridad local. En caso de que la titular no presente su identificación, ésta se verifica corroborando la información de nombres y edades de los integrantes de la familia. Además, se corrobora la identidad por parte de la autoridad presente y/o por otras titulares beneficiarias. La identificación provisional no se entrega cuando la identidad de la titular de la familia beneficiaria no pueda ser validada.

Las identificaciones no entregadas en la asamblea comunitaria se resguardan para su eventual entrega a solicitud de la titular de la familia beneficiaria.

La familia puede solicitar el cambio de la titular beneficiaria en caso de fallecimiento, incapacidad física o mental, o ausencia definitiva de la persona que se identificó como titular, o cuando se ha cometido un error en la identificación de la titular beneficiaria.

La nueva titular se acredita entre las personas registradas que aparecen en los listados correspondientes como parte de la familia. Deben ser mayores de 15 años de edad, vivir permanentemente en el domicilio de la familia beneficiaria y ser responsables de la preparación de los alimentos o del cuidado de los niños.

5.5 Promotoras comunitarias voluntarias de Progresa

En la asamblea, las titulares beneficiarias eligen de entre ellas mismas a una promotora comunitaria, que es el enlace entre las familias beneficiarias y el Programa. Estas promotoras son voluntarias, no reciben ninguna remuneración por su actividad, y se reúnen periódicamente para recibir capacitación y externar comentarios sobre la operación del Programa. En la asamblea se les extiende una constancia que las acredita como promotora comunitaria.

Las promotoras comunitarias se eligen en localidades con un mínimo de 10 familias beneficiarias. En las localidades de mayor tamaño, se elige a una promotora por cada 100 familias, aproximadamente.

Las promotoras ayudan en la orientación a las titulares beneficiarias para que cuenten con la información para cumplir su corresponsabilidad dentro de Progresa y para el buen uso de los apoyos del Programa en el mejoramiento de la salud y educación de la familia.

Se busca que la promotora comunitaria establezca una adecuada relación con las titulares beneficiarias de su comunidad, pues es electa por ellas, comparte sus características culturales y realiza una labor en beneficio de las familias en condición de pobreza de su comunidad. Asimismo, contribuye a establecer una mejor vinculación entre las titulares beneficiarias de Progresa y el personal de los servicios de salud y educación, para canalizar solicitudes y sugerencias de las familias.

5.6 Vigencia de la identificación de la familia beneficiaria

La familia beneficiaria puede recibir los apoyos de Progresa hasta por 3 años a partir de su incorporación al Programa, siempre y cuando cumpla con las acciones de corresponsabilidad y sus condiciones socioeconómicas siguen ameritando los beneficios del Programa en función de los criterios de identificación expuestos en el capítulo 4. Al término de este periodo las familias podrán solicitar su reinclusión al Padrón de Beneficiarios. Para ello se evaluarán nuevamente sus condiciones socioeconómicas.

La nueva evaluación se llevará a cabo mediante entrevista individual a las titulares beneficiarias, que serán invitadas a asistir al MAP que les corresponda para poder recolectar de nuevo la información socioeconómica pertinente para la actualización de su puntaje. Esta información será verificada directamente en una proporción de dichos hogares mediante muestreo probabilístico, asignando una mayor probabilidad de selección a aquellos cuyo puntaje original era más elevado y, por lo tanto, tienen mayor posibilidad de presentar cambios favorables en sus características socioeconómicas. Las familias que no asistan para esta nueva evaluación dejarán de recibir los apoyos de Progresa.

Una vez realizado el análisis de la información conforme a los criterios establecidos, se informará de manera individual a las familias del resultado y se llevará a cabo su reincorporación en los MAP.

6. Padrón de familias beneficiarias

6.1 Relación base de familias beneficiarias

A partir del proceso de análisis de la información socioeconómica de los hogares en las localidades seleccionadas para ser atendidas por Progresa, el conjunto de las familias identificadas como beneficiarias del Programa conforma la Relación Base de Familias Beneficiarias. Esta Relación constituye el elemento básico para contactar a las familias y llevar a cabo su incorporación formal a Progresa.

6.2 Padrón activo de familias beneficiarias

A partir de la información proveniente de los acuses de recibo obtenidos en el proceso de incorporación de familias beneficiarias se define el Padrón Activo de Beneficiarios de Progresa, que contiene la información de las familias cuyas titulares aceptaron incorporarse al Programa y recibieron su identificación como beneficiarias de Progresa. Cada familia beneficiaria tiene dentro del padrón un número de folio, en que se incorpora información de su localidad de residencia; este folio permite la vinculación de toda la información de la familia, así como la de cada uno de sus miembros, incluida la relativa a la información de la cédula de información socioeconómica y la de certificación de las corresponsabilidades o de la entrega de apoyos.

En este Padrón se integra la información del cumplimiento de la corresponsabilidad por parte de las familias en los distintos componentes, haciéndose un resguardo secuencial del registro en las unidades de salud, la inscripción de los niños en las escuelas, la asistencia a la atención médica programada, la asistencia mensual de cada alumno beneficiario a la escuela, así como la información sobre la suspensión temporal o definitiva de los apoyos a las familias y los alumnos beneficiarios, de acuerdo con lo señalado en los capítulos 8 y 9 de estos Lineamientos.

Con ello, se cuenta en el Padrón no sólo con información sobre los beneficiarios de Progresa, sino que también se dispone de un Padrón Histórico de los mismos.

Asimismo, en el padrón se registran los cambios en la titular beneficiaria (conforme a lo indicado en el numeral 5.4), correcciones, obtenidas en el proceso de incorporación o en los formatos de certificación de corresponsabilidades, en el nombre y sexo de los miembros de los hogares beneficiarios con respecto a los datos recolectados en la entrevista a los hogares; así como adecuaciones del grado escolar de sus integrantes conforme a la información que se obtiene de la certificación de corresponsabilidades.

6.3 Relación histórica de identificación de beneficiarios

Toda la información recolectada en los hogares de las localidades para ser atendidos por Progresa, tanto de los hogares identificados como beneficiarios como la de los que no lo fueron, incluido el puntaje del hogar, constituye la Relación Histórica de Identificación de Beneficiarios.

7. Componentes de Progresa

7.1 Componente educativo

La educación es un factor fundamental para la incorporación plena de los individuos a la vida social, política y económica del país. Es clave también para desarrollar el potencial de las personas en los diversos ámbitos de la vida y para adquirir las capacidades que se requieren para realizar actividades productivas y bien remuneradas. Finalmente, la educación y en especial la educación de las mujeres tiene un impacto sustancial en el bienestar de las familias, ya que por esta vía logran el acceso a la información y a los conocimientos necesarios para aprovechar los recursos y servicios a su alcance, y están en mejores condiciones para cuidar su salud y su alimentación.

En el área educativa, Progresa orienta sus acciones para apoyar la incorporación, permanencia y aprovechamiento escolar de los hijos de las familias beneficiarias inscritos en los niveles de primaria y secundaria, enfatizando la equidad de género, para que un número creciente de niñas y adolescentes concluyan con éxito la educación básica.

Los esfuerzos por ofrecer mejores oportunidades para que asistan y permanezcan en la escuela deben verse necesariamente complementados con el fortalecimiento de los servicios que se proporcionan. Por esta razón, los gobiernos estatales, como parte de sus responsabilidades y a través de la autoridad educativa, llevarán a cabo acciones para el mejoramiento de los servicios en las zonas en donde Progresa opera.

El componente educativo se integra por los siguientes apoyos:

  · Becas educativas

  · Utiles escolares

7.1.1 Becas educativas

7.1.1.1 Población que recibe las becas educativas.

Las becas educativas se asignan a cada uno de los niños, niñas y jóvenes integrantes de las familias beneficiarias de Progresa, menores de 18 años, que estén inscritos y asistan a la escuela de acuerdo con los criterios establecidos en el capítulo 8, del tercer grado de primaria al tercer grado de secundaria en escuelas de primaria y secundaria de modalidad escolarizada.

7.1.1.2 Características de las becas.

Las becas se otorgan durante los meses del ciclo escolar. Su monto es creciente a medida que el grado que se cursa es más alto. Además, en el nivel de secundaria las becas para las mujeres son ligeramente superiores a las de los hombres, para estimular una mayor asistencia escolar de las educandas, en tanto existen evidencias de que en las familias en condición de pobreza son ellas quienes tienden a abandonar sus estudios en mayor proporción y más tempranamente que los hombres.

7.1.2 Utiles escolares.

Los integrantes de las familias beneficiarias inscritos entre el tercer y sexto grados de primaria reciben al inicio del ciclo escolar un apoyo monetario para adquirir útiles escolares o un paquete de dichos útiles (de acuerdo con las normas del Consejo Nacional de Fomento Educativo). Al inicio del segundo semestre del ciclo escolar se otorga a todos los alumnos beneficiarios del Programa inscritos entre tercer y sexto grados de primaria un apoyo monetario adicional para la reposición de útiles escolares.

Los alumnos de familias beneficiarias menores de 18 años que están inscritos entre el primer y tercer grados de secundaria reciben un único apoyo monetario anual para la adquisición de útiles escolares al inicio del ciclo escolar.

7.2 Componente de salud

El componente de salud establece cuatro estrategias específicas:

· proporcionar, de manera gratuita, el Paquete Básico de Servicios de Salud

· prevenir la desnutrición de los niños, desde la etapa de gestación

· fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de las familias y de la comunidad mediante información y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene

· reforzar la oferta de servicios de salud para satisfacer la demanda adicional

Estas acciones se destinan a todos los miembros de las familias beneficiarias, con especial cuidado en la población más vulnerable, como son las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, así como los niños menores de cinco años.

7.2.1 Atención de la salud

La atención de la salud se proporciona mediante la aplicación del Paquete Básico de Servicios de Salud, definido por el Consejo Nacional de Salud, compuesto por trece acciones que se caracterizan por su alta efectividad y su carácter principalmente preventivo, sin descuidar aspectos curativos y de control de los principales padecimientos (cuadro 1). Desde el punto de vista de su impacto sobre el estado de salud general de la población, resalta la importancia de tener una orientación que se anticipe a la presencia de enfermedades.

Cuadro 1 Paquete Basico de Servicios de salud

Saneamiento basico a nivel familiar
Planificacion familiar
Atencion prenatal, del parto y puerperio, y del recien nacido
Vigilancia de la nutricion y el crecimiento infantil
Inmunizaciones
Manejo de casos de diarrea en el hogar
Tratamiento antiparasitario a las familias
Manejo de infecciones respiratorias agudas
Prevencion y control de la tuberculosis pulmonar
Prevencion y control de la hipertension arterial y la diabetes mellitus
Prevencion de accidentes y manejo inicial de lesiones
Capacitacion comunitaria para el autocuidado a la salud
Deteccion y control del cancer cervico uterino

Las características de las acciones del Paquete Básico de Servicios de Salud son las siguientes:

Saneamiento básico a nivel familiar

Comprende una serie de medidas eficaces para impulsar la higiene en el ambiente en el que viven las familias y las comunidades, así como en el agua y los alimentos que consumen, además del mejoramiento de la vivienda.

Acciones: saneamiento básico a nivel familiar; control de la fauna nociva; desinfección domiciliaria del agua; eliminación sanitaria de la basura y excreta; y educación para la salud.

Planificación familiar

Es un servicio estratégico para la salud materno-infantil y el bienestar familiar, ya que favorece en los individuos y las parejas la posibilidad de una vida sexual y reproductiva satisfactoria y sin riesgo, con libertad para decidir de manera responsable e informada sobre el número y espaciamiento de los hijos que desean, con pleno respeto a su dignidad.

Acciones: orientación y provisión de métodos anticonceptivos; identificación de la población en riesgo; referencia para la aplicación del DIU, salpingoclasia, vasectomía, y manejo de infertilidad; educación y promoción de la salud reproductiva.

Atención prenatal, del parto y puerperio, y del recién nacido

Se orienta a reducir y atender los riesgos durante el embarazo, parto y puerperio, con el objeto de reducir la mortalidad materna e infantil en el periodo perinatal. Reviste especial importancia por el grupo estratégico de población al que está dirigida.

Acciones: identificación de embarazadas; consulta prenatal de primera vez; consulta prenatal subsecuente; aplicación del toxoide tetánico, ministración de hierro y ácido fólico; identificación y referencia de mujeres con embarazo de alto riesgo; consejería en planificación familiar, individual o a la pareja; atención del parto y cuidados inmediatos del recién nacido; detección y referencia del recién nacido con problemas; aplicación de las vacunas SABIN y BCG al recién nacido; atención del puerperio; promoción de la lactancia materna; educación para la salud.

Vigilancia de la nutrición y el crecimiento infantil

La nutrición es esencial para la salud, especialmente durante la etapa gestacional y en los niños menores de cinco años. Las acciones se enfocan a la vigilancia, detección y atención o referencia de casos de desnutrición severa o moderada. Está dirigida a un grupo etáreo en el que los daños por desnutrición, tanto en crecimiento como en desarrollo, son irreversibles.

Acciones: identificación de menores de cinco años; diagnóstico; seguimiento del niño sin desnutrición; seguimiento del niño con desnutrición; diagnóstico del estado nutricional; orientación nutricional; referencia y contrarreferencia; capacitación a las madres; ministración de micronutrientes; educación para la salud.

Inmunizaciones

Este servicio está dirigido a la prevención de enfermedades evitables con vacunas, a mantener la erradicación de la poliomielitis y avanzar en la de otros padecimientos inmunoprevenibles; a asegurar que todas las vacunas lleguen a todas las localidades mediante la sensibilización de la población, el oportuno abasto y distribución de los biológicos, y el correcto funcionamiento de la red de distribución y conservación en todas las unidades.

Acciones: administración de vacunas conforme a los lineamientos de la Cartilla Nacional de Vacunación; promoción y educación para la salud.

Manejo de casos de diarrea en el hogar

Las diarreas son una patología común en las áreas marginadas rurales y son causa de muerte todavía frecuente en menores de cinco años. Sin embargo, las acciones para prevenirlas, evitar la deshidratación y detectar oportunamente los signos de alarma, son factibles y ofrecen resultados trascendentes.

Acciones: capacitación y adiestramiento a las madres; tratamiento de los casos; distribución y uso de sobres Vida Suero Oral; educación para la salud; referencia de casos complicados.

Tratamiento antiparasitario a las familias

La frecuencia de parasitosis en la población menor de 15 años en las áreas marginadas es muy alta; en estas zonas es indispensable su combate, tanto para resolver los casos aislados, como por la alta tendencia a la infestación de todo el núcleo familiar.

Acciones: ministración periódica de antiparasitarios al núcleo familiar; educación para la salud.

Manejo de infecciones respiratorias agudas

Estos padecimientos son muy comunes y causa frecuente de mortalidad infantil en las áreas marginadas. Es de primordial importancia el reconocimiento oportuno de los signos de alarma, su adecuado tratamiento y la referencia de los casos graves.

Acciones: capacitación a las madres; referencia para el tratamiento; tratamiento específico; educación para la salud.

Prevención y control de la tuberculosis pulmonar

Con esta acción se enfrenta un problema de salud pública nuevamente en ascenso. Requiere de la amplia participación comunitaria, especialmente en cuanto a la detección oportuna de enfermos potenciales, y se requiere de un monitoreo constante del tratamiento de los casos confirmados y de sus contactos, así como del impulso intensivo de las medidas preventivas.

Acciones: identificación de tosedores; tratamiento primario; estudio de contactos y medidas de protección; tratamiento reforzado; educación para la salud.

Prevención y control de la hipertensión arterial y la diabetes mellitus

La reducción de la prevalencia y mortalidad por hipertensión arterial y diabetes mellitus implica inducir cambios en los estilos de vida, así como intensificar su detección oportuna y tratamiento adecuados, sobre todo en función de su frecuencia creciente en la edad productiva.

Acciones: detección, diagnóstico y tratamiento de casos de hipertensión arterial y diabetes mellitus; control de casos; educación para la salud.

Prevención de accidentes y manejo inicial de lesiones

Dirigida a un problema de salud también creciente en diferentes grupos de edad, esta acción prevé el otorgamiento de primeros auxilios en el caso de accidentes, pero especialmente la referencia para la atención adecuada y, desde luego, el impulso a la educación y orientación tendientes a evitarlos.

Acciones: otorgar los primeros auxilios en caso de heridas, quemaduras, luxaciones, fracturas expuestas, envenenamientos; referencia de los casos; educación y promoción para la salud, incluyendo la prevención de accidentes.

Capacitación comunitaria para el autocuidado de la salud

Esta estrategia se inscribe en el terreno de la promoción de la salud y cruza por todos los demás servicios del paquete básico. Se fundamenta en la participación de la población, en el mejor uso de los recursos comunitarios y en el esfuerzo de auxiliares y agentes locales y comités representativos y capacitados, para favorecer su vinculación con el sector salud, así como en brindar información a la población acerca de los recursos disponibles para la salud y, en general, sobre la forma de ejercer un mayor control sobre la misma.

Acciones: promoción de la salud; apoyo a las campañas de salud; protección de las fuentes de abastecimiento de alimentos para el autoconsumo, el cuidado de la salud en general y el uso de los servicios; educación para la salud.

Prevención y detección del cáncer cérvico uterino

Esta acción está dirigida a la población femenina, dentro del grupo de 25 a 64 años de edad en quienes el cáncer cérvico uterino es la causa primera de muerte por tumores malignos. En México se considera un problema de salud pública que muestra incremento en su incidencia. Las acciones de prevención constituyen una intervención estratégica que exige la participación de los integrantes del equipo de salud y del personal comunitario.

Acciones: promoción de la salud a grupos de riesgo; detección oportuna a través del estudio de citología cervical, orientado a la identificación temprana de alteraciones en las células del cuello uterino y al manejo oportuno de los estudios con resultados positivos.

Todas las acciones del Paquete Básico constituyen un conjunto irreductible de servicios que guardan correspondencia con las normas oficiales mexicanas, lo que permite asegurar su aplicación homogénea bajo principios científico-técnicos plenamente validados.

De forma especial e intensiva, en el marco del Paquete Básico, se prevé la atención de grupos vulnerables específicos, entre los que se incluye a los menores de 5 años, a las mujeres embarazadas, multíparas y en periodo de lactancia, a las personas seniles y discapacitadas y, desde luego, a quienes se detecten con algún grado de desnutrición u otro proceso patológico.

El Paquete Básico se proporciona en el primer nivel de atención de los servicios de salud. En caso de requerirse atención curativa especializada, se realiza la referencia correspondiente de los miembros de las familias beneficiarias.

Para procurar atención a los pacientes con problemas complejos que rebasen la capacidad resolutiva del personal de las unidades de salud del primer nivel, éstos deberán ser referidos a otros servicios -en coordinación con los niveles jurisdiccional, zonal, regional y estatal- como es el caso del programa de Cirugía Extramuros, brigadas médicas especializadas, o la red de hospitales.

Cuando se efectúe la referencia de pacientes a otros niveles de atención, se deberá remitir la nota diagnóstica y realizar su notificación; posteriormente, se hará registro y seguimiento sistemático.

Las acciones del Paquete Básico de Servicios de Salud se proporcionan gratuitamente a las familias beneficiarias, a través de citas programadas. Para ello, se cuenta con un protocolo de la frecuencia de atención, según la edad y la condición de vulnerabilidad de los miembros de cada familia (cuadro 2).

Cuadro 2 Frecuencia de atencion de salud y acciones prioritarias

Niños

Grupo de edad Frecuencia de revision Acciones
Menores de 4 meses 3 revisiones:

A los 7 y 28 dias, y a los 2 meses

Inmunizaciones

Control del crecimiento, peso y talla

De 4 meses a 24 meses 8 revisiones:

A los 4, 6, 9, 12, 15, 18, 21 y 24 meses

adicionalmente, 1 revision mensual de peso y talla

Inmunizaciones

Control de peso, talla y desarrollo

Vigilancia de la alimentacion

Deteccion temprana de enfermedades

De 2 a 4 años 3 revisiones al año:

1 cada 4 meses

Inmunizaciones

Control de crecimiento, peso y talla

Desparasitacion

Deteccion temprana de enfermedades

De 5 a 16 años 2 revisiones al año:

1 cada 6 meses

Inmunizaciones

Valoracion del crecimiento y desarrollo

Deteccion temprana de enfermedades

Mujeres

Grupo de edad Frecuencia de revision Acciones
embarazadas 5 revisiones prenatales Orientacion nutricional

Vigilancia del desarrollo del embarazo

Administracion de hierro y toxoide tetanico

En periodo de puerperio y lactancia 2 revisiones:

1 en el puerperio inmediato y

1 en el periodo de lactancia

Planificacion familiar

Orientacion Nutricional

Cuidados del recien nacido

Fomento de la lactancia materna

Jovenes y Adultos

Grupo de edad Frecuencia de revision Acciones
Personas de 17 a 60 años 1 revision al año Salud reproductiva y planificacion familiar

Deteccion temprana de enfermedades

Personas mayores de 60 años 1 revision al año Deteccion temprana de enfermedades cronicas y neoplasias

Nota: En los menores de 5 años detectados con algun grado de desnutricion la revision debe ser mensual

7.2.2 Prevención y atención de la desnutrición

7.2.2.1 Vigilancia nutricional

Mediante la vigilancia nutricional, la entrega de suplementos alimenticios y la educación alimentario-nutricional, se apoya la alimentación y nutrición de la población.

A través de la vigilancia nutricional se evalúa sistemáticamente el estado de nutrición de los niños menores de cinco años, de las mujeres embarazadas y de las que alimentan a sus hijos mediante el seno materno.

Para los niños y niñas menores de 5 años, la evaluación del estado de nutrición se realiza mediante los indicadores especificados para la edad en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, considerando la evolución de su peso en el tiempo, ya que se puede identificar si están recibiendo una alimentación suficiente y adecuada para su crecimiento y desarrollo físico.

En el caso de la mujer embarazada, se utiliza el indicador de peso esperado para la talla, según edad gestacional.

La toma de medidas antropométricas se realiza periódicamente, a fin de seguir de cerca tanto el crecimiento y desarrollo físico de los niños menores de 5 años (los menores de 2 años tienen una revisión mensual y la dotación del suplemento alimenticio), como el estado y evolución de la mujer embarazada. Las mediciones se hacen conforme a los procedimientos establecidos en las normas oficiales mexicanas correspondientes.

7.2.2.2 Suplemento alimenticio

Para prevenir y atender la desnutrición infantil, se entregan, en forma gratuita, suplementos alimenticios a los niños y niñas de entre 4 meses y menores de 2 años de edad, a los niños y niñas de 2 a 4 años que presenten algún grado de desnutrición, y a las mujeres embarazadas y en lactancia de las familias beneficiarias.

Mediante la vigilancia sistemática del crecimiento y del desarrollo infantil, se identifican tempranamente desviaciones en los niveles nutricionales y se informa a los padres sobre su evolución. Asimismo, se orienta y capacita a las madres de familia sobre el uso adecuado del suplemento alimenticio.

Para el desarrollo del suplemento alimenticio se integró un Grupo Consultivo compuesto por expertos de cinco institutos nacionales: Hospital Infantil de México Federico Gómez, Instituto Nacional de la Nutrición Salvador Zubirán, Instituto Nacional de Pediatría, Instituto Nacional de Perinatología e Instituto Nacional de Salud Pública. Se desarrollaron dos tipos de suplemento: para niños y para mujeres embarazadas y en lactancia. Ambos aportan 100 por ciento de los micronutrientes diarios requeridos y 20 por ciento de las necesidades calóricas. En los cuadros 3 y 4 se presenta su composición. Cada uno de ellos se presenta en tres sabores diferentes, con el objetivo de incrementar su aceptabilidad.

CUADRO 3 CONTENIDO NUTRIMENTAL DEL SUPLEMENTO ALIMENTICIO PARA NIÑAS Y NIÑOS*

(DOSIS DIARIA: 44g)

PROTEINA 5,8 G
ENERGIA 194 Kcal
GRASAS 6,6 G
CARBOHIDRATOS 27,9 G
SODIO 24,5 Mg
HIERRO 10 Mg
ZINC 10 Mg
VITAMINA "A" 400 mg
VITAMINA "E" 6 Mg
VITAMINA "C" 40 Mg
VITAMINA "B12" 0,7 mg
ACIDO FOLICO 50 mg

* Se presenta en tres sabores: chocolate, plátano y vainilla.

CUADRO 4 CONTENIDO NUTRIMENTAL DEL SUPLEMENTO ALIMENTICIO PARA MUJERES (EMBARAZADAS O EN LACTANCIA)*

(DOSIS DIARIA: 52g)

PROTEINA 12,0 G
ENERGIA 250 Kcal
GRASAS 11,2 G
CARBOHIDRATOS 25,3 G
SODIO 81,2 Mg
HIERRO 15 Mg
ZINC 15 Mg
YODO 100 mg
VITAMINA "E" 10 Mg
VITAMINA "C" 70 Mg
VITAMINA "B12" 2,6 mg
ACIDO FOLICO 100 mg

* Se presenta en tres sabores: plátano, vainilla y natural (leche).

El suplemento alimenticio se entrega bajo el siguiente esquema: 

Niños entre 4 meses y 2 años de edad

· El total de niños y niñas de este grupo de edad reciben suplemento alimenticio

Niños entre dos y cuatro años

· Se valora el estado nutricional de los niños y niñas de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana (NOM-008 SSA2-1993)

· Los niños y niñas que se clasifican con algún grado de desnutrición reciben el suplemento y deben asistir a consulta mensualmente para darle seguimiento

· Una vez que el niño o la niña alcanza el peso normal de acuerdo con su edad, se le clasifica como niño sin desnutrición; sin embargo, se debe continuar con la vigilancia nutricional mensual y con la ministración del suplemento. Para considerarlo como un niño recuperado, y suspender la entrega del suplemento, el peso del niño debe continuar como normal de acuerdo con la edad durante seis meses continuos

Mujeres embarazadas y en periodo de lactancia

· Todas las mujeres en periodo de gestación o de lactancia reciben suplemento alimenticio

El suplemento alimenticio destinado para los tres grupos antes mencionados se entrega mensualmente por parte del personal de los servicios de salud. Debe ser ingerido diariamente en dosis de 44 gramos, preparado en forma de papilla para el caso de los niños, y de 52 gramos, preparado en forma de bebida para las mujeres. El procedimiento para la preparación del suplemento es explicado por el personal de salud; adicionalmente, está impreso en el empaque.

7.2.3 Información y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene para la participación activa de la comunidad y el fomento de una cultura de autocuidado de la salud.

El componente de salud de Progresa prevé el reforzamiento de la acción educativa para promover cambios de actitudes y hábitos a favor de la salud, en el corto plazo. Se trata de arraigar, en primer lugar, una actitud preventiva, ofreciendo a la población información suficiente y accesible, sustentada en una comunicación y promoción sistemáticas, que considere sus particularidades étnicas y culturales, así como los valores, usos y costumbres de la población.

Lograr en la población la práctica cotidiana y sostenida de estilos de vida saludables requiere del desarrollo de un proceso educativo, dirigido por los integrantes del equipo de salud. Este proceso implica el reconocimiento, por parte de los individuos, de que sus formas y condiciones de vida pueden favorecer un desarrollo saludable o un proceso de enfermedades.

Esta situación se puede modificar siempre y cuando se logren: a) la reflexión de las personas sobre sus problemas de salud; b) la identificación de aquellos hábitos, costumbres, situaciones o prácticas nocivas para la salud; c) el reconocimiento de las formas para modificarlo y d) el uso adecuado de los servicios de salud a su alcance. Sin embargo, promover la educación para la salud requiere de varios elementos que deben de ser cuidados para que el beneficio para las familias sea real y efectivo.

Lo que se pretende con la promoción y las acciones de educación para la salud es lograr la preservación y el fortalecimiento de la salud, así como la vigilancia y el reforzamiento de la alimentación.

En esta tarea es esencial impulsar la participación de los niveles de gobierno estatal y municipal, así como de la población, mediante formas de organización específicamente diseñadas para ello, como son los comités de salud y las asambleas comunitarias de trabajo.

En Progresa, la educación para la salud está dirigida fundamentalmente a las madres, como el eje del grupo familiar. Las acciones de educación para la salud se desarrollan principalmente bajo dos modalidades: las sesiones de educación para la salud y el reforzamiento de mensajes educativos durante las consultas.

Las sesiones educativas para las titulares de las familias beneficiarias se llevan a cabo mensualmente, y se imparten 25 temas educativos que se derivan de las acciones del Paquete Básico de Servicios de Salud (cuadro 5). La cantidad de grupos y el número de madres en cada grupo, depende de cuántas familias incorporadas a Progresa estén asignadas a la unidad de salud y de los miembros que integren el equipo de salud. Para cada tema se cuenta con materiales impresos de apoyo, con el objeto de unificar los criterios y contenido de la capacitación.

Cuadro 5 Temas de educacion y promocion de la salud

Presentacion de Progresa Lactancia materna
Suplemento alimenticio Cancer de mama y cervico uterino
Alimentacion y salud El menor de un año
Saneamiento basico El mayor de un año
Capacitacion comunitaria para el autocuidado de la salud Vacunas Diarreas
Adolescencia y sexualidad Vida suero oral
Planificacion familiar Parasitosis
Maternidad sin riesgo Infecciones respiratorias agudas
Embarazo Tuberculosis pulmonar
Alimentacion durante el embarazo y la lactancia Hipertension y diabetes
Parto y puerperio Prevencion de accidentes
El recien nacido Manejo inicial de lesiones

Cabe destacar la importancia de la educación alimentaria y nutricional, mediante la cual se transmitirán conceptos básicos de alimentación, higiene y técnicas de preparación de alimentos, que ayuden a conformar una dieta completa, variada, equilibrada, suficiente e higiénica.

En este sentido, la orientación a las madres les permitirá:

· utilizar los alimentos disponibles de la región en favor de una mejor alimentación de lactantes y preescolares, así como de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia

· reforzar e introducir los hábitos tradicionales favorables para la alimentación familiar

· realizar preparaciones y efectuar las comidas de acuerdo con la disponibilidad estacional de los alimentos, platillos regionales y preferencias de la comunidad

· manejar en forma higiénica los alimentos

Del mismo modo, se fomenta la conveniencia de estimular y apoyar en forma colectiva la producción de alimentos para autoconsumo.

Para la modalidad de educación para la salud durante las consultas médicas, el equipo de salud aprovecha la asistencia periódica a la unidad de salud de todos los miembros de la familia, para reforzar los mensajes educativos relacionados con el motivo de la consulta, así como dar recomendaciones específicas para promover el autocuidado de su salud.

7.2.4 Reforzamiento de la oferta de servicios de salud para satisfacer la demanda adicional

Las instituciones estatales de salud, a través de los programas regulares del sector con la participación que corresponda al Gobierno Federal, aplican una estrategia de fortalecimiento de la infraestructura de salud disponible en las regiones donde opera el Programa. Se busca que las unidades médicas cuenten con el personal y el equipamiento, así como con los medicamentos y materiales suficientes y necesarios para dar respuesta, con una atención de calidad, a la demanda que genera el Programa.

7.3 Componente alimentario

Progresa otorga, a través de Conprogresa apoyos monetarios directos a las familias beneficiarias para contribuir a que mejoren la cantidad y la diversidad de su consumo de alimentos y, por esta vía, elevar su estado nutricional, así como para mejorar el bienestar de los miembros de la familia, en especial los niños. Los apoyos tienen un monto mensual único por familia, independientemente de su localidad de residencia, tamaño o composición, tal como se detalla en el capítulo 9.

8. Corresponsabilidad de las familias beneficiarias

Como se ha mencionado en los numerales 2.2.5 y 2.2.7 de estos Lineamientos, la participación de las familias, así como de la comunidad, es un elemento fundamental para el buen desarrollo de Progresa y el logro de sus objetivos. Progresa impulsa la participación de la sociedad con pleno respeto a la pluralidad y particularidades sociales y culturales de las familias que reciben sus apoyos.

Fomentar una actitud de corresponsabilidad requiere, a su vez, de pleno respeto a las decisiones de las familias. Los apoyos de Progresa buscan ampliar las opciones y oportunidades de las familias y dotarlas de elementos de información suficientes para que puedan hacer una elección informada y responsable. Deben ser ellas quienes decidan sobre el buen uso de los apoyos brindados, así como quienes perseveren en la asistencia regular de sus niños a la escuela y en el cuidado de su salud y alimentación.

La participación activa y responsable de las familias beneficiarias es indispensable para la superación de sus condiciones de pobreza. Al incorporarse a Progresa, las familias se comprometen con las siguientes corresponsabilidades:

· inscribir a los niños menores de 18 años en las escuelas de educación primaria o secundaria y apoyarlos para que asistan en forma regular a clases y mejoren su aprovechamiento

· registrarse en la unidad de salud que les corresponda y cumplir con las citas periódicas que les indique el personal de salud para seguir las acciones del Paquete Básico de Servicios de Salud

· asistir a las pláticas mensuales de educación para la salud, convocadas por la unidad de salud

· destinar los apoyos monetarios para el mejoramiento del bienestar familiar, en especial la alimentación de los hijos y para su aprovechamiento escolar

El incumplimiento de las familias en materia de los compromisos de asistencia a los servicios de educación y salud lleva a la suspensión de los apoyos, de acuerdo con los criterios señalados en el capítulo 10 de estos Lineamientos. Cabe señalar que, en el caso de los apoyos monetarios, se estimula su uso para el bienestar familiar, en particular para alimentación, vestido y calzado de los niños y niñas, o para el pago del transporte a la escuela, pero el destino que la familia le dé no condiciona ninguno de los apoyos ni está sujeto a verificación. Sin embargo, se promueve activamente el buen uso de estos apoyos para elevar las condiciones de vida de las familias en pobreza extrema.

Para recibir el apoyo de útiles escolares, se certifica la inscripción de los hijos de las familias beneficiarias entre el tercer grado de primaria y el tercer grado de secundaria, como se indica en el numeral 11.3. Para ello, la titular beneficiaria entrega un formato requisitado en cada escuela a la que asiste cada uno de sus hijos. En este formato se encuentran preimpresos los nombres de los niños y niñas en edad escolar del hogar beneficiario. La familia decide en qué escuela desea inscribir a cada uno de sus hijos. En caso de que se haya omitido a alguno, la titular de la familia beneficiaria solicita una constancia de inscripción en la escuela correspondiente, que entrega junto con una copia del acta de nacimiento del menor. Sólo son aceptadas las solicitudes de registro cuando el menor es hija o hijo de una de los integrantes de la familia beneficiaria cuyo nombre aparece en el listado de miembros del hogar beneficiario.

Asimismo, para recibir la beca educativa, cada niño o niña debe acudir al menos 85 por ciento de los días hábiles señalados dentro del calendario escolar oficial correspondiente a cada mes. Solamente una vez que se ha certificado la asistencia de los niños de conformidad con los parámetros señalados, se emiten los apoyos correspondientes. Las faltas de los niños a clases sólo pueden ser justificadas en caso de enfermedad, accidente o desastres naturales. Para obtener el justificante, en los primeros dos casos, la titular de familia debe acudir a la unidad de salud que le corresponda para que el médico se lo extienda. El justificante debe llevar el sello de la unidad de salud y la firma del médico, y deberá entregarse al maestro.

Para recibir el apoyo para reposición de útiles escolares a mitad del ciclo escolar, los alumnos de primaria beneficiarios de Progresa deben estar inscritos en la escuela y asistir regularmente, conforme a la certificación acumulada hasta el bimestre de emisión del apoyo. 

Para recibir las acciones del Componente de salud, las titulares beneficiarias se registran en la unidad de salud de primer nivel del sector público que atiende a la población de su localidad o bien con el equipo de campo o unidad itinerante que visita la localidad, la auxiliar o la promotora de salud.

Al registrar a su familia en la unidad de salud, la titular beneficiaria recibe una Cartilla Familiar. Este es el instrumento para registrar la programación de las citas y pláticas a las que deben acudir los integrantes de la familia beneficiaria.

La entrega del apoyo alimentario mensual tiene como acción de corresponsabilidad de parte de las familias beneficiarias la asistencia a los servicios de salud de todos los miembros de la familia, de acuerdo con la periodicidad establecida en el numeral 7.2.1, así como la asistencia a la plática mensual de educación para la salud. Solamente una vez que se ha certificado la asistencia de los miembros del hogar, de conformidad con los parámetros señalados, se emite el apoyo correspondiente.

Para recibir los suplementos alimenticios para los niños y las mujeres embarazadas y en lactancia, las familias beneficiarias acuden mensualmente a las unidades de salud. Toda la información relativa a la certificación de estas corresponsabilidades se integra al registro específico de cada familia en el Padrón Activo de Familias Beneficiarias.

9. Integración de los beneficios de Progresa

Progresa proporciona a las familias beneficiarias apoyos en forma monetaria y en especie. Entre los primeros se encuentran el apoyo alimentario, las becas educativas y la ayuda para la adquisición de útiles escolares; entre los segundos, los suplementos alimenticios, así como la entrega de paquetes de útiles escolares en determinados planteles.

Las transferencias monetarias y en especie que reciben las familias beneficiarias, más los apoyos en acciones de salud, constituyen un paquete integral que busca revertir las principales deficiencias que han impedido a la población en condiciones de extrema pobreza romper el círculo vicioso de esa condición.

En todos los casos, los miembros de la familia reciben los servicios de salud correspondientes. Los niños y las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia reciben los suplementos alimenticios que necesitan al acudir la familia por ellos a la unidad de salud que les corresponde.

Los alumnos de primaria beneficiarios de Progresa reciben un apoyo monetario para útiles escolares. Los alumnos de determinados planteles educativos reciben, al inicio del ciclo escolar, el paquete de útiles escolares distribuido por las autoridades educativas estatales con el apoyo del Conafe, conforme a los catálogos de la Secretaría de Educación Pública. En este caso, no recibirán el apoyo monetario mencionado. Por su parte, en todos los casos el apoyo para reposición de útiles escolares para los alumnos de primaria se entrega como apoyo monetario. Los apoyos para útiles escolares se otorgan para cada uno de los hijos becarios de las familias beneficiarias.

9.1 Forma y periodicidad de la entrega de apoyos monetarios

Los apoyos monetarios, en todos los casos, se entregan en forma individual a la titular beneficiaria.

El apoyo monetario que recibe una familia varía conforme al número de niños y jóvenes que ingresen a la escuela, a su permanencia y avance en los diferentes niveles escolares de primaria y secundaria, así como a la conclusión de la educación básica.

La liquidación del valor monetario total, que incluye el apoyo alimentario, las becas y, en su caso, el apoyo para útiles escolares, se realizará bimestralmente, considerando la validación mensual de la certificación de asistencia a las unidades de salud y a los planteles educativos, presentada en el numeral 11.3. La entrega de los apoyos monetarios a las familias se efectúa, mediante una sola exhibición, en los MAP.

La información sobre los apoyos monetarios integrados para cada familia se incorpora a su registro correspondiente en el Padrón Activo de Familias Beneficiarias, y contiene los datos específicos de su composición.

9.1.1 Apoyo alimentario

El apoyo económico para alimentación vigente para el semestre enero-junio de 1999 es de $115.00 mensuales por familia. El monto es el mismo en todo el país. Este apoyo se determina tomando como base la acreditación del cumplimiento de asistencia a los servicios de salud de todos los integrantes de la familia que les corresponda, según lo especificado en el numeral 7.2.1.

9.1.2 Becas educativas y apoyo para útiles escolares

Las becas educativas que recibe una familia varían dependiendo del número de menores inscritos en la escuela, así como del grado escolar y el sexo de los menores (cuadro 6). Sin embargo, el monto máximo que puede recibir una familia por este concepto es de $580.00 mensuales (monto vigente para el semestre enero-junio de 1999). Al estimar el primer apoyo mensual correspondiente a las becas por familia, se verifica que no rebase el monto máximo de becas. Si éste se rebasa, se ajustan proporcionalmente los montos de las becas que recibe la familia, para que la suma de las mismas no rebase el monto máximo. El ajuste correspondiente implica reducir los montos de cada beca en la proporción que representan de la suma total de los apoyos en becas del hogar hasta que esta suma no rebase el monto máximo.

Si en alguna de las familias beneficiarias que rebasan el monto máximo por becas, se suspende por todo el ciclo escolar el apoyo a un alumno por no asistir regularmente a la escuela de acuerdo con los criterios establecidos, el ajuste realizado al monto de los demás estudiantes de la familia se mantendrá hasta el siguiente ciclo escolar.

En cuanto al apoyo monetario para útiles escolares, el monto correspondiente al inicio del ciclo escolar 1998-1999 para cada uno de los alumnos de primaria es de $90.00 por niño entre tercero y sexto grados de primaria y por concepto de reposición de útiles es de $45.00 por cada niño. Para los alumnos beneficiarios en secundaria, el apoyo para útiles escolares es de $170.00 para cada niño y se entrega una vez al año.

9.2 Monto máximo de los apoyos económicos

El límite de apoyos económicos que puede recibir una familia, al sumar los apoyos por becas educativas y para alimentación, no puede exceder la cantidad de $695.00 al mes (monto vigente para el semestre enero-junio de 1999). En el cálculo de este monto máximo no se incluye el correspondiente al apoyo de útiles escolares.

9.3 Actualización de los montos de los apoyos

Los apoyos monetarios se ajustarán cada seis meses, en enero y julio de cada año, tomando en consideración el incremento acumulado a partir de julio de 1997 hasta el mes inmediato anterior al de la actualización, del Indice Nacional de Precios de la Canasta Básica que publica quincenalmente el Banco de México en el Diario Oficial. Este incremento se aplica a los montos que fueron asignados al arranque del Programa.

El monto resultante, se redondea a múltiplos de $5.00, a la alta a partir de $2.51 y a la baja de $2.50 o menos.

La revisión de los montos considerados en los apoyos aplica para: apoyo alimentario, becas educativas, ayuda para la adquisición de útiles escolares y tope máximo por familia.

Cuadro 6 Monto mensual de las becas educativas

primaria de enero a junio de 1999
  niños y niñas
Tercero $ 75.0
Cuarto $ 90.0
Quinto $ 115.0
Sexto $ 150.0
secundaria  
Niños  
Primero $ 220.0
Segundo $ 235.0
Tercero $ 245.0
Niñas  
Primero $ 235.0
Segundo $ 260.0
Tercero $ 285.0
Estos montos son vigentes para el periodo de enero a junio de 1999. Conforme al numeral 9.3, serán actualizados en julio de 1999.

10. Suspensión de los beneficios de Progresa

Los beneficios de Progresa para las familias beneficiarias pueden suspenderse si éstas no cumplen con las acciones de corresponsabilidad. La suspensión puede ser temporal, por tiempo indefinido o definitiva.

10.1 Suspensión temporal

La beca educativa mensual de Progresa se suspenderá cuando un alumno beneficiario registre más del 15 por ciento de inasistencias no justificadas, con respecto al total de días hábiles dentro del calendario escolar del mes correspondiente. La suspensión corresponderá al mes del cual se registran las inasistencias.

El apoyo educativo de beca y en su caso, para reposición de útiles escolares, se suspenderá por todo el periodo restante del ciclo escolar a partir de que el alumno acumule más del 15 por ciento de días de inasistencia injustificadas con respecto al total de días hábiles del calendario escolar correspondiente.

El apoyo alimentario mensual se suspenderá cuando los integrantes de la familia beneficiaria no cumplan con el total de las visitas periódicas de cuidados a la salud programadas en su Cartilla Familiar en el mes correspondiente, o cuando la titular de la familia no asista a la plática mensual de educación para la salud. La suspensión corresponderá al mes del cual se registran las inasistencias.

El que uno de los alumnos beneficiarios rebase el número de inasistencias permitido en el mes o durante el ciclo escolar, no invalida que otro que sí cumplió reciba su beca correspondiente.

10.2 Suspensión por tiempo indefinido

Los apoyos del Programa se suspenderán por tiempo indefinido cuando:

en tres ocasiones consecutivas la titular no asista a recibir los apoyos monetarios

en tres bimestres consecutivos la familia no cumpla con sus corresponsabilidades de asistencia a los servicios de salud, en los términos del capítulo 8.

La familia podrá solicitar su reactivación en el Padrón Activo de Familias Beneficiarias, y a partir de los criterios establecidos en los numerales 12.1 y 13.1, de cumplir nuevamente sus corresponsabilidades para recibir los apoyos, éstos serán emitidos y entregados.

10.3 Suspensión definitiva

El apoyo educativo, tanto de beca como de apoyo para útiles escolares, se suspenderá en forma definitiva para un hijo de una familia beneficiaria, cuando al alumno se le haya suspendido la beca en dos ciclos escolares consecutivos o cuando repruebe el mismo grado escolar en dos ocasiones.

Todos los apoyos del Programa serán suspendidos para las familias beneficiaras en forma definitiva por:

· proporcionar información falsa respecto a las condiciones socioeconómicas de la familia

· dar mal uso a la Cédula de Identificación (como venderla o prestarla a personas no beneficiarias para intentar hacer uso de los servicios de salud gratuitos)

· después de tres años en el Programa y no solicitar su reincorporación en los términos del numeral 5.6

· desvirtuar el proceso de la certificación de corresponsabilidad por falsificar la información de la misma

· por vender los suplementos alimenticios recibidos

En todos los casos de suspensión definitiva, se notifica la causa de la misma, por escrito, a la familia. 

Toda la información sobre las suspensiones de los apoyos se integra al registro correspondiente de la familia en el Padrón Activo de Familias Beneficiarias, conteniendo datos específicos del tipo de suspensión y, en su caso, del integrante a quien se le suspenderán los apoyos de Progresa.

11. Esquema de operación de Progresa

Para la adecuada operación del Programa, las dependencias y organismos del Gobierno Federal que participan en la ejecución de Progresa, desarrollan e instrumentan mecanismos y procesos de coordinación entre ellas y con las instancias estatales y municipales.

11.1 Coordinación para los procesos de selección de localidades e identificación de familias beneficiarias

Con el fin de apoyar los trabajos de preparación de los listados preliminares de localidades seleccionadas para ser incorporadas a Progresa, en cuanto a la identificación de las escuelas del Sistema Educativo Nacional, la Secretaría de Educación Pública entrega a Conprogresa el Directorio Nacional de Escuelas. En colaboración con Conprogresa, la Secretaría de Educación Pública ajusta los datos de identificación de los centros educativos, para así hacer compatibles las bases de datos de los servicios estatales y las de las localidades del sistema georreferenciado. Por lo menos una vez al año se actualizará el citado Directorio.

Asimismo, la Secretaría de Salud y el IMSS-Solidaridad, entregan a Conprogresa el catálogo de unidades de salud. En colaboración con Conprogresa, la Secretaría de Salud y el IMSS-Solidaridad ajustan los datos de identificación de las unidades de salud, para lograr compatibilidad con las bases de datos de las localidades. Del mismo modo, por lo menos una vez al año se actualizará el citado catálogo. Para los casos en que se pongan en actividad unidades móviles de salud, se informará a Conprogresa de las localidades atendidas por tales unidades.

Conprogresa elabora y entrega a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Salud un primer listado de localidades propuestas para su posible incorporación al Programa.

Conprogresa es responsable del análisis conjunto con los Gobiernos Estatales del listado preliminar de localidades que, con base en sus condiciones de marginalidad y en el supuesto de contar con la cobertura de servicios de educación y salud, conforme a lo señalado en el capítulo 3, son susceptibles de ser incorporadas al Programa. En las sesiones de análisis participan, de acuerdo con la temática, las autoridades federales de salud y el Conafe.

11.1.1 Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

La Secretaría de Salud, conjuntamente con las instituciones del sector y los Gobiernos Estatales, a través de los titulares de los servicios estatales de salud, realizan la verificación de la accesibilidad a los servicios de salud de la población de las localidades propuestas por Conprogresa, de acuerdo con el análisis de marginación e identificación en los sistemas georreferenciados de servicios de educación y salud, e informan a ésta de dicha verificación. En el caso del sector educativo, las autoridades educativas de los estados son las responsables de llevar a cabo e informar a Conprogresa de la verificación de accesibilidad a los servicios. Además, las autoridades sectoriales estatales participan en la definición de los universos de atención del Programa y validan la operación y capacidad de atención de los servicios educativos y de salud instalados en las localidades propuestas.

Los resultados de la verificación de los servicios educativos y de salud instalados son informados a Conprogresa por la Secretaría de Salud y los Gobiernos Estatales, para que Conprogresa realice los ajustes correspondientes en los listados preliminares de planeación de nuevas localidades a ser atendidas por Progresa, conforme a la accesibilidad a los servicios de salud y educación. Se busca incluir en el reporte de la verificación de los servicios las claves de identificación que sean compatibles con los sistemas georreferenciados empleados por Conprogresa, descritos en el capítulo 3. Las partes definen conjuntamente los tiempos requeridos para realizar las verificaciones, de acuerdo con el número de localidades incluidas en los listados preliminares y el calendario de actividades para iniciar los trabajos de campo, destinados a recolectar la información socioeconómica de los hogares.

La Secretaría de Salud, las autoridades estatales sectoriales, y el IMSS-Solidaridad llevan a cabo la primera regionalización operativa de los servicios de salud para la población beneficiaria de Progresa, de conformidad con el listado de localidades y el número de familias beneficiarias esperadas en cada una de ellas. Esta actividad formaliza la verificación del acceso a los servicios, con los señalamientos correspondientes de las unidades a ser incorporadas al Programa, lo que implica el compromiso formal de que las unidades dispongan del equipamiento y materiales necesarios, que el personal esté oportunamente capacitado sobre la operación de Progresa, y se realice la programación de la distribución de los suplementos alimenticios a las unidades. 

Las autoridades educativas de los estados, al verificar la accesibilidad de los servicios para la población de las localidades propuestas para ser incorporadas a Progresa, establecen las acciones de capacitación sobre el Programa para el personal de las escuelas que se espera atenderán a los niños y jóvenes de las familias beneficiarias.

Conprogresa lleva a cabo las adecuaciones en la planeación de las localidades a ser atendidas por Progresa, e informa a las Secretarías de Educación Pública y Salud, así como al IMSS-Solidaridad y a los Gobiernos Estatales, en un plazo no mayor a 15 días hábiles, de las modificaciones al listado preliminar. En esa oportunidad se informa también del calendario preliminar de incorporación al Programa de las familias beneficiarias y del inicio de su asistencia a los servicios de salud y educación.

Asimismo, se informa de las modificaciones a los listados de localidades a la Secretaría de Desarrollo Social, para efectos de coordinación con otros programas sociales, y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para efecto de la planeación del ejercicio y ministración de recursos.

Cuando se dispone de la verificación de los servicios de salud y educación en las localidades propuestas para ser incorporadas al Programa en sus etapas de gradual ampliación de acuerdo con los criterios establecidos, Conprogresa entrega a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Salud, al IMSS- Solidaridad y a las autoridades educativas y de salud estatales, con antelación al inicio de los trabajos de campo para la identificación de las familias beneficiarias, el listado preliminar de localidades que, con base en sus condiciones de marginalidad y en la verificación de que se cuente con la cobertura de los servicios de educación y salud, son susceptibles de ser incorporadas al Programa, de conformidad con los criterios señalados en el capítulo 3; el número estimado de familias beneficiarias en cada una de ellas, el número esperado de miembros por familia; y los parámetros de cálculo de posibles niños y jóvenes beneficiarios de becas, así como los niños y las mujeres beneficiarios de suplementos alimenticios. Esta información se entregará al menos 40 días hábiles previos al inicio de la incorporación de familias beneficiarias señalado en el numeral 5.2.2, de tal manera que, a la fecha de incorporación, las unidades de salud y las escuelas estén preparadas para la atención a los beneficiarios de Progresa.

11.1.2 Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

Conprogresa es responsable de los trabajos de recolección de información socioeconómica de los hogares, siguiendo el procedimiento y utilizando los instrumentos descritos en el capítulo 4, informando por lo menos 8 días hábiles antes del inicio de los mismos a las autoridades estatales y municipales. Se solicita a la autoridad municipal su apoyo para comunicar a los representantes de las localidades sobre los trabajos que habrán de llevarse a cabo en su comunidad, así como su colaboración para la realización de los mismos. A su vez, se requiere que dichos representantes reporten sobre la realización efectiva del levantamiento de la información socioeconómica de los hogares, los hechos relevantes que se hayan presentado, y que ayuden a responder la cédula de información de la localidad.

Los trabajos de recolección de la información socioeconómica no se inician en ninguna localidad hasta que no se haya verificado la accesibilidad a los servicios de educación y salud, de acuerdo con lo señalado en el numeral 11.1.1, o se cuente con el compromiso formal de la autoridad estatal de establecer dichos servicios y el calendario para su puesta en operación, que en el caso de los servicios de salud requerirá de la validación de la Secretaría de Salud.

Conprogresa es responsable de los trabajos de captura y procesamiento de datos recolectados mediante las cédulas de información socioeconómica, así como de identificar los hogares cuyas condiciones de pobreza extrema requieran del apoyo y beneficios del Programa, conforme a los mecanismos y criterios establecidos en el capítulo 4. Asimismo, Conprogresa está a cargo del resguardo de los instrumentos, bases de datos y la descripción de los procedimientos seguidos.

Para efectos de actualización de los trabajos de programación, así como para que puedan realizar los ajustes en la preparación de las unidades de salud y las escuelas a fin de garantizar la adecuada prestación de los servicios a las familias beneficiarias, Conprogresa informa a las Secretarías de Educación Pública y Salud, así como al IMSS-Solidaridad y a las autoridades estatales, del avance en la conformación de la Relación Base de Familias Beneficiarias por localidad, municipio y estado, en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la conclusión del proceso de identificación de las familias en las localidades. Asimismo, informa a su Consejo en la primera sesión que tenga lugar después del plazo señalado.

11.2 Incorporación a Progresa de las familias beneficiarias

Conprogresa es responsable de la integración de la Relación Base de Familias Beneficiarias del Programa, así como de los trabajos de incorporación en cada localidad para la activación del Padrón Activo de Beneficiarios derivados de cada fase de levantamiento y análisis de datos de los hogares. Para ello, integra los catálogos de municipios y localidades activadas, así como de familias y becarios beneficiarios potenciales, al tiempo que programa la incorporación de familias por municipios y localidades.

La integración, administración y actualización del Padrón de Beneficiarios está a cargo de Conprogresa, único órgano facultado para realizar las altas, bajas y cambios resultantes del proceso de operación, la cual cada bimestre informará a su Consejo de la situación y movimiento en el mismo.

De conformidad a lo establecido, Conprogresa entrega a las autoridades federales y estatales de los sectores salud y educación tanto en forma impresa como magnética, información de los resultados definitivos de la recolección de datos y de la conformación de la Relación Base de Familias Beneficiarias, para actividades de programación y operación del Programa.

Conprogresa proporciona a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Educación Pública, y a los Gobiernos Estatales, el programa de incorporación de familias beneficiarias y la información correspondiente a los padrones y catálogos referentes a la cobertura y universo de atención de los municipios y localidades, con el propósito de que se afinen las bases correspondientes a la organización e instrumentación respecto a los servicios de educación y salud correspondientes.

Para ello, Conprogresa entrega a la Secretaría de Salud y al IMSS-Solidaridad, por lo menos 10 días hábiles antes de iniciar los trabajos de incorporación, el listado de localidades a ser activadas, así como las familias beneficiarias a incorporar. Con esta información, la Secretaría de Salud, en coordinación con IMSS-Solidaridad y los titulares de los servicios estatales de salud, concluye la definición de regionalización operativa de los servicios de salud en las localidades, que se ha venido desarrollando durante el proceso de verificación de la accesibilidad y capacidad de los servicios. Asimismo, entrega a las autoridades estatales de salud y al IMSS-Solidaridad el listado de familias beneficiarias, en que se detalla su composición.

Simultáneamente, Conprogresa proporciona a la Secretaría de Educación Pública, a Conafe y a las autoridades educativas de los estados, la relación de alumnos que potencialmente pueden ser beneficiarios de las becas del Programa por estado, municipio y localidad, para continuar con los procesos de programación.

Conprogresa es responsable de la preparación, impresión, distribución y entrega de los documentos de identificación de las familias beneficiarias de acuerdo con los procedimientos establecidos en el numeral 5.4, así como de los formatos básicos para la certificación de la inscripción de los niños en las escuelas y el registro en las unidades de salud descritos en el capítulo 8. Además, verifica la identidad de la persona que los recibe, de conformidad con los criterios establecidos. Adicionalmente, es responsable del diseño, impresión, distribución y entrega de los materiales de información del Programa en las asambleas de incorporación.

Conprogresa remplazará a las titulares de las familias beneficiarias la identificación provisional que se les entrega por la planilla de hologramas, como máximo en la tercer entrega de apoyos económicos a esas familias.

Conprogresa, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, realiza y difunde la convocatoria para las asambleas de incorporación, y las lleva a cabo. Las autoridades municipales y las autoridades estatales de salud y educación son informadas por Conprogresa del calendario de realización de las asambleas por lo menos 10 días hábiles antes de que se efectúen y se les invita a participar en ellas. En las localidades en que se identifica un alto porcentaje de población que habla alguna lengua indígena, se solicita a las autoridades municipales que brinden apoyo con personal bilingüe.

Conprogresa solicita a las autoridades de los municipios el nombramiento de un enlace entre el municipio y Progresa, el cual deberá ser una persona adscrita y con cargo presupuestal a la propia presidencia municipal y que desarrollará actividades de vinculación entre el Programa y las familias beneficiarias a partir de la fase de incorporación de las localidades seleccionadas en el municipio. El enlace se designa antes de la realización de las asambleas de incorporación.

Conprogresa resguarda en sus oficinas en los estados la información del proceso de incorporación en expedientes individuales por familia beneficiaria, así como las actas de las asambleas.

El expediente familiar contiene el Acuse de Recibo, y conforme se van cumpliendo las acciones de corresponsabilidad, se integra la certificación del registro en la unidad de salud y de inscripción de los niños y jóvenes en las escuelas. En los casos de familias no incorporadas, el expediente contiene toda la documentación preparada para la familia y que no fue entregada, como se describe en el numeral 5.4.

Las solicitudes de cambio de titular expuestas en el numeral 5.4 pueden solicitarse directamente a Conprogresa durante la asamblea de incorporación, en los MAP, a través de comunicación escrita, por conducto de la promotora comunitaria voluntaria o mediante el enlace municipal. Las solicitudes únicamente pueden ser autorizadas por Conprogresa, que revisa las propuestas presentadas, y en su caso comprueba la causa que motiva la petición de cambio, pudiendo solicitar la corroboración de la autoridad municipal o local.

Conprogresa es responsable del análisis de las solicitudes de revisión de los casos y de nuevas solicitudes de incorporación de familias en las localidades atendidas por el Programa, de acuerdo con lo señalado en el numeral 5.3. Dicho análisis se realiza a más tardar en 45 días hábiles posteriores a la recepción de las solicitudes.

Cuando se presenten nuevas solicitudes de incorporación a Progresa, se evaluará el calendario para llevar a cabo una vez al año la recolección de la información socioeconómica de los hogares solicitantes en la localidad, sujeto a la disponibilidad presupuestal y metas autorizadas para el Programa.

Conprogresa informa a las Secretarías de Educación Pública y de Salud, así como a los Titulares de los Servicios de Salud Estatales y a las Autoridades Educativas de los Estados, de los avances del proceso de incorporación por lo menos cada mes. Asimismo, comunica a su Consejo cada trimestre de los resultados de los procesos de incorporación de familias beneficiarias.

11.3 Certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad por parte de las familias beneficiarias

Conprogresa es responsable de elaborar los formatos de registro de la familia en la unidad de salud y de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela. La entrega de los mismos a las familias se da al momento de su incorporación al Programa.

Las autoridades de los servicios estatales de salud y las autoridades educativas de los estados, con apoyo de la Secretaría de Salud, el IMSS-Solidaridad y Conafe, son responsables de informar al personal directivo de las escuelas y de las unidades de salud de la solicitud que recibirán por parte de las familias beneficiarias de Progresa para realizar el registro en dichos formatos, para lo cual se utilizan los procesos normales de información y capacitación establecidos, dentro de los plazos descritos en el numeral 11.1. El personal de las escuelas y de las unidades de salud es el responsable de la requisición fidedigna de estos formatos.

En el proceso de incorporación de cada familia al Programa, Conprogresa entrega a cada titular un formato con una sección desprendible, para que se registren en la unidad de salud de primer nivel del sector público que atiende a la población de su localidad, o bien con el equipo de campo o unidad itinerante que visita la localidad, la auxiliar o la promotora de salud.

En la parte desprendible, el personal de salud debe registrar los datos que identifiquen a la unidad de salud: nombre, clave, tipo de unidad e institución a la que pertenece. Esta sección del formato se regresa a la titular de la familia, quien se encarga de entregarla al personal de Conprogresa que participa en la primera entrega de apoyos.

En el formato principal se encuentran prerregistrados todos los integrantes de la familia. En este documento el personal de salud registra los datos de la unidad médica, abre un expediente familiar (si no contaba con uno) y programa las citas de cada uno de los integrantes de acuerdo con el esquema mencionado en el numeral 7.2.1, así como la asistencia para recibir la capacitación mensual en salud. Dicho formato debe anexarse al expediente familiar que se conserva en la unidad. Este formato sirve como base para que el personal de salud registre si los integrantes de la familia asistieron a las citas programadas y la capacitación mensual en salud, para certificar si la familia cumplió con los compromisos establecidos.

El personal de salud puede registrar en este formato los cambios de los integrantes de las familias en caso de nacimientos o defunciones. Con esta información, el personal de los servicios de salud actualiza la Cartilla Familiar y el calendario de visitas de la familia a la unidad de salud. Anualmente, las autoridades de salud estatales y el IMSS-Solidaridad recolectan y entregan a Conprogresa estos formatos, a fin de que Conprogresa lleve a cabo las actualizaciones correspondientes en el Padrón Activo de Familias Beneficiarias. A su vez, Conprogresa resguarda los formatos.

Adicionalmente a los procedimientos anteriores, la titular beneficiaria recibe una Cartilla Familiar que es distribuida a las unidades de salud por las autoridades estatales de este sector en cada estado. La Cartilla es el instrumento para que la familia disponga de la información sobre la programación de las citas y pláticas a las que deben acudir sus integrantes.

El formato de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela debe ser llenado para cada uno de ellos en las escuelas en que estén inscritos. La certificación de la inscripción la realiza el personal responsable del plantel educativo, con la firma del responsable del plantel, y en su caso con el sello de la escuela.

Conprogresa es responsable de la recepción en los MAP de estos formatos de registro e inscripción requisitados, durante la entrega del primer apoyo monetario, conforme a lo descrito en el capítulo 8. Los formatos son entregados por las titulares beneficiarias. En un periodo de máximo 20 días hábiles posteriores a la conclusión de los operativos del MAP, Conprogresa procede a la captura de la información para registrar la inscripción de los menores y la asistencia de la familia a la unidad, para que, con base en ella, se genere la información base de alumnos inscritos con acceso a apoyos educativos de Progresa. Esta información se integra en su totalidad y se comunica, en un término máximo de 5 días hábiles a partir de su disponibilidad, a la Secretaría de Educación Pública, a las autoridades educativas de los estados, y a Conafe.

La corresponsabilidad de los beneficiarios es esencial para el logro de los objetivos del Programa y es requisito indispensable para que las familias puedan recibir los beneficios de Progresa. Para la certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad por parte de las familias, Conprogresa emite y entrega bimestralmente a las autoridades de los sectores de salud y de educación en los estados los formatos para la comprobación de la asistencia a la atención de salud programada y a las escuelas, cuando menos 10 días hábiles antes del inicio del bimestre a comprobar.

Las autoridades educativas de los estados, entregan a las escuelas los formatos de certificación de asistencia en el transcurso del primer mes del bimestre a comprobar. Por su parte, la Secretaría de Salud, en colaboración con los titulares de los servicios estatales de salud, entregan a las unidades de salud los formatos de comprobación de asistencia de las familias beneficiarias durante el primer mes del bimestre a que corresponde el registro de asistencia.

La asistencia a la escuela de cada uno de los alumnos beneficiarios es registrada diariamente y reportada por los maestros bimestralmente a Conprogresa en el formato correspondiente a través del sector educativo, una vez certificada la asistencia de los niños y jóvenes de conformidad con los criterios señalados en el capítulo 8.

A su vez, el personal de las unidades de salud es el responsable de requisitar los formatos de certificación de asistencia conforme a lo programado en la Cartilla Familiar.

La certificación de la asistencia a los servicios de salud y educación, bajo ningún concepto estará sujeta a cuota o contraprestación por parte de las familias beneficiarias de Progresa.

En caso de identificarse posibles desviaciones en el proceso de certificación de la asistencia a los servicios de educación y salud por parte de los prestadores de servicios, ya sea como parte de las acciones de Contraloría Social descritas en el numeral 15.1.1, o en las verificaciones en sitio señaladas en el numeral 15.1, Conprogresa informará a las autoridades sectoriales federales o estatales correspondientes para que éstas procedan de conformidad con la normativa aplicable.

Los responsables de los servicios de salud y de educación de los estados, entregan a Conprogresa en los estados los formatos de comprobación de asistencia debidamente requisitados, en un periodo máximo de 20 días hábiles después de la fecha de vencimiento del bimestre a comprobar.

Para verificar el adecuado flujo de los formatos de certificación de corresponsabilidad, se sigue un registro de entrega de los mismos, que verifica en cada etapa la recepción y validación de la información. Conprogresa informa bimestralmente a las autoridades estatales y trimestralmente a su Consejo de los resultados de este registro.

Conprogresa realiza la captura de la información y su integración en las bases de datos del Padrón Activo de Familias Beneficiarias en un periodo máximo de 10 días hábiles. Asimismo, resguarda en sus oficinas en los estados los formatos de certificación de asistencia de las familias beneficiarias a los servicios de salud y educación.

En caso de retraso en la recepción de la certificación de las acciones de corresponsabilidad, Conprogresa sigue para la emisión de los apoyos los criterios que se describen en el capítulo 12 de este documento.

Conprogresa informa bimestralmente a la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud y el IMSS-Solidaridad, y a los gobiernos estatales, de los resultados de esta certificación, así como de la integración del Padrón Activo de Beneficiarios y sus modificaciones, con el fin de mantener actualizada la información, así como del cumplimiento de las metas, para llevar a cabo las acciones de control y seguimiento.

11.4 Integración y entrega de los apoyos monetarios

Conprogresa es responsable de la entrega de los apoyos monetarios a las familias beneficiarias. El operativo de entrega de los apoyos monetarios se inicia en un periodo máximo de 15 días hábiles después de la fecha de cierre de recepción de la certificación de asistencias en cada estado.

Para realizar la transferencia de recursos de la Secretaría de Educación Pública para los apoyos monetarios del componente educativo del Programa, incluido el apoyo bimestral de las becas educativas y el destinado a la adquisición de útiles escolares de los alumnos de primaria que no reciben paquete de útiles, y a los de secundaria; así como a la reposición de útiles escolares de los alumnos de primaria, Conprogresa solicita a dicha instancia los recursos requeridos al menos 20 días hábiles antes del inicio del mes en que se ejercen.

La entrega de los apoyos monetarios se realiza a través de las instituciones liquidadoras especializadas, en las instalaciones de la institución o mediante las unidades que se instalan temporalmente en localidades sede para realizar la entrega del apoyo a las familias de un conjunto de localidades cercanas previamente determinado, denominadas MAP.

Conprogresa entrega en medio magnético a la institución liquidadora los Listados de Liquidación de los Apoyos por lo menos 8 días hábiles antes del inicio del operativo de entrega de apoyos. Los recursos financieros correspondientes se depositan en la institución liquidadora conforme al contrato respectivo.

La institución liquidadora se compromete a:

· entregar los apoyos monetarios a las beneficiarias, con base en la relación de familias beneficiarias y montos de los apoyos para cada una de ellas proporcionados por Conprogresa y de acuerdo con los procedimientos establecidos.

· conciliar con Conprogresa los resultados al término de cada entrega de apoyos monetarios y del vencimiento de los documentos valorados, enviando la documentación correspondiente de acuerdo con lo establecido en el contrato respectivo

La titular de la familia beneficiaria acude al MAP a recibir el apoyo monetario que le corresponde, para lo cual debe presentar la identificación de Progresa, así como alguna otra identificación, descritas en el numeral 5.4. Conprogresa, en coordinación con las autoridades municipales, informa a las familias beneficiarias de la fecha de apertura, horario de servicio y ubicación del MAP por lo menos con 5 días hábiles de anticipación.

Conprogresa conserva la documentación justificatoria de los recursos entregados a las familias, con el objeto de proporcionar la información que sea requerida por parte de los organismos de control y fiscalización. La documentación comprobatoria de la entrega de los apoyos monetarios permanece en resguardo de la institución liquidadora en los términos normativos para efectos de auditabilidad.

A través de las promotoras comunitarias, de los enlaces municipales, de materiales de apoyo y de mensajes radiofónicos, Conprogresa informa oportunamente a las familias beneficiarias de los ajustes que se realizan al monto de los apoyos económicos, según se describe en el numeral 9.3.

11.5 Entrega de los paquetes de útiles escolares

Las autoridades educativas de los estados, con el apoyo de Conafe, entregan el paquete de útiles escolares a los becarios de Progresa que se encuentran inscritos en las escuelas comprendidas en su universo de atención. La Secretaría de Educación Pública, a través de Conafe en coordinación con las autoridades educativas estatales, informa a Conprogresa por lo menos 20 días hábiles antes del inicio del ciclo escolar los planteles en los que se tiene programada la distribución de paquetes de útiles. De este modo, se establece conjuntamente el universo de beneficiarios que recibirán el apoyo para útiles escolares en forma monetaria.

11.6 Entrega de los suplementos alimenticios

La Secretaría de Salud es responsable de la adquisición, la distribución y la entrega de los suplementos alimenticios. La producción de los suplementos se realiza a través de Liconsa, asignándose la adquisición en un futuro mediante licitación pública conforme a los procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, cuidando siempre de preservar los estándares de calidad en la producción establecidos por la propia Secretaría de Salud. La distribución de los suplementos la lleva a cabo Diconsa, de acuerdo con un programa de entrega a puntos establecidos por la Secretaría de Salud, la que en un futuro licitará este servicio de manera semejante a lo propuesto para el proceso de producción.

La Secretaría de Salud calcula anualmente el volumen y la distribución del suplemento alimenticio, revisándolo bimestralmente con base en la información que proporciona Conprogresa, de acuerdo con lo señalado en el numeral 11.3, sobre el número y ubicación de las familias beneficiarias.

La Secretaría de Salud entrega tanto a la institución encargada de elaborar los suplementos alimenticios, como a la institución encargada de su distribución, el programa de producción del suplemento alimenticio, así como los lugares de destino en donde debe entregarse. Este programa comprende las necesidades de todas las instituciones de salud participantes. La información sobre los puntos de destino será proporcionada por las instituciones del sector a la Secretaría de Salud.

La institución o empresa encargada de la producción de los suplementos es responsable de enviarlo a los centros de almacenamiento indicados por la institución contratada para su distribución a fin de cumplir con el programa establecido por la Secretaría de Salud, que cubre el costo de producción de los suplementos y su distribución a los centros de almacenamiento.

Por su parte, la institución o empresa encargada de la distribución de los suplementos es responsable de la entrega de los mismos a las unidades de salud u otros puntos de destino que hayan sido indicados por el Sector Salud. El costo de este proceso es cubierto por cada institución de salud.

La institución o empresa encargada de la distribución de los suplementos revisa, conjuntamente con las instituciones de salud en los estados, el programa de envío a destinos finales para efectuar, en su caso, los ajustes correspondientes, que de llevarse a cabo, se informan a sus respectivos niveles centrales.

Una vez entregado el suplemento a las instituciones de salud, éstas son las responsables de su manejo hasta su entrega gratuita de forma personal a la titular beneficiaria en las unidades de salud durante la asistencia a una cita programada o a las pláticas de capacitación mensual en salud.

Todos los procedimientos de distribución se respaldan por un registro de flujos de los suplementos, que lleva a cabo la Secretaría de Salud en coordinación con el IMSS-Solidaridad y los servicios estatales de salud, cuyo informe se presenta a Conprogresa bimestralmente. Este sistema debe garantizar el abasto suficiente y oportuno de los suplementos, así como permitir el control de inventarios en todas sus etapas. 

11.7 Prestación de los servicios de educación y salud

Con la finalidad de satisfacer la demanda educativa en las regiones de atención de Progresa, así como para mejorar el equipamiento de los centros educativos, los gobiernos estatales, por conducto de la autoridad educativa del estado, son los responsables de participar con Conprogresa en la definición de los universos de atención del Programa y validar los servicios educativos instalados en las localidades seleccionadas; de asignar oportunamente a los docentes al inicio del ciclo escolar, a efecto de brindar atención a los titulares de las familias beneficiarias en la inscripción de sus hijos al Programa; de construir, acondicionar o en su caso mantener en buen estado los inmuebles y el equipamiento escolares; de realizar la sustitución oportuna de docentes cuando éstos sean cambiados de adscripción o hayan causado baja, con objeto de mantener la atención del servicio educativo; así como restablecer los servicios cuando las comunidades les hagan saber que han sido interrumpidos.

La participación de los padres de familia en la formación de sus hijos es fundamental. Por ello, los servicios educativos estatales orientan y capacitan a los padres de familia, sean beneficiarios o no de Progresa, sobre los beneficios que aporta la educación en los menores y jóvenes.

Los servicios estatales de salud, con el apoyo y asistencia técnica de la Secretaría de Salud, y el IMSS-Solidaridad, son los responsables de capacitar al personal de las unidades médicas que brindan atención a las familias beneficiarias del Progresa sobre la aplicación de las acciones del paquete básico de salud siguiendo el principio de gratuidad de las mismas, de los protocolos de atención, preparación de los suplementos alimenticios, así como del manejo administrativo y de la operación organizativa para dar atención a los beneficiarios del Programa. Para ello, la capacitación del personal de salud estará concluida antes de los trabajos de incorporación de las familias beneficiarias, y se programarán sesiones de actualización en los periodos de cambio del personal que atiende las unidades de salud o cuando las autoridades sectoriales lo consideren necesario.

11. 8 Acuerdos de Coordinación

En los Acuerdos de Coordinación que establecen el Gobierno Federal y el Gobierno Estatal, referidos en el capítulo 1 de estos Lineamientos, se incluirá un anexo en el cual Conprogresa, conjuntamente con la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud, acuerde con las autoridades estatales, los responsables específicos de los procedimientos a que hace referencia este capítulo.

12. Integración del listado de liquidación de los apoyos

El Listado de Liquidación de los Apoyos incluye la relación del importe de los diferentes apoyos monetarios que se entregan directamente a las titulares de las familias beneficiarias de Progresa. El Listado contiene información sobre:

· estado, municipio y localidad donde habita la familia beneficiaria

· clave del punto de entrega de los apoyos (MAP)

· folio de identificación y nombre de la titular beneficiaria

· periodo, definición y monto de los apoyos (apoyo alimentario, becas y ayuda para útiles escolares) para cada una de las familias beneficiarias de Progresa

· monto total de los apoyos para las familias beneficiarias de Progresa

12.1 Emisión del Primer Listado de Liquidación de los Apoyos

El primer Listado de Liquidación de los Apoyos para las familias de nueva incorporación a Progresa se elabora con base en la Relación Base de Familias Beneficiarias identificadas en cada comunidad en la que opera el Programa, e incluye únicamente el monto del primer apoyo alimentario, correspondiente al bimestre en que se realizó la asamblea comunitaria para la incorporación de las familias a Progresa. Para recibir sus apoyos, las familias presentan la certificación de su registro en la unidad de salud, descrita en el numeral 11.3.

En el caso de las familias de nueva incorporación en localidades en las que ya operaba el Programa, éstas empezarán a recibir sus apoyos para el bimestre correspondiente a los meses de julio y agosto, una vez que se haya realizado la certificación de su asistencia a los servicios de salud de conformidad con el calendario de visitas a las unidades del sector establecido en el numeral 7.2.

12.2 Emisión del Segundo Listado de Liquidación de los Apoyos

El segundo Listado de Liquidación de los Apoyos se elabora con base en el Padrón Activo de Beneficiarios, que considera a las familias incorporadas como beneficiarias del Programa. Los importes considerados en este Listado incluyen los apoyos correspondientes al segundo apoyo alimentario y al primer apoyo educativo.

La procedencia del apoyo alimentario en este Listado se determina tomando como base la acreditación del cumplimiento de asistencia a los servicios de salud de la familia beneficiaria de acuerdo a las citas establecidas conforme la edad, sexo y condición de sus integrantes, cuya certificación se realiza bimestralmente en el Registro de Cumplimiento de Asistencia a los Servicios de Salud (formato S-2).

Con respecto al apoyo educativo que corresponda incluirse en el Segundo Listado de Beneficiarios, la procedencia de este apoyo se determina tomando como base la acreditación del cumplimiento de la inscripción de los niños y jóvenes beneficiarios del Programa en los planteles educativos, cuya certificación se realiza a través de la Constancia de Inscripción a Primaria y Secundaria (formato E-1). En este caso se otorga únicamente la beca correspondiente al mes de septiembre.

Cuando las familias se incorporan antes de la terminación del segundo bimestre del ciclo escolar, el monto del primer apoyo del componente educativo incluye, además de la beca del primer mes del bimestre, el apoyo para útiles escolares de los alumnos inscritos en secundaria, así como de todos los menores en primaria que no hayan recibido el paquete de útiles escolares distribuido por las autoridades educativas estatales con el apoyo de Conafe, conforme a los catálogos de la Secretaría de Educación Pública y lo establecido en el numeral 11.5. Para ello, se requiere la certificación de la asistencia escolar de los niños desde el inicio del ciclo escolar correspondiente.

Cuando no se cuenta con la información sobre el sexo del estudiante en los datos socioeconómicos recolectados en los hogares para la identificación de familias beneficiarias, el monto que se asigna en el nivel de secundaria corresponde al establecido para el sexo masculino.

Las correcciones que deriven de los datos relativos al sexo o grado que cursen los niños dan lugar a los ajustes correspondientes en los montos del apoyo. En la entrega del siguiente apoyo se integra el ajuste correspondiente a la información corregida.

12.3 Listados Subsecuentes de Liquidación de los Apoyos

Los subsecuentes Listados de Liquidación de los Apoyos se elaboran con base en el Padrón Activo de Beneficiarios y los importes considerados en ellos integran los recursos correspondientes a los apoyos alimentarios y educativos, en que se incluye la ministración a mitad el ciclo escolar para reposición de útiles escolares para los alumnos de primaria. La entrega de apoyos de Progresa se acredita mediante el cumplimiento de asistencia a los servicios de salud y a los planteles educativos. Esta última se certifica bimestralmente durante todo el ciclo escolar en el Registro de Asistencia a Primaria y Secundaria (formato E-2).

Cabe señalar que para el inicio de cada ciclo escolar, el primer mes de los apoyos educativos y el apoyo para útiles escolares se integra con la certificación de la inscripción de los hijos de las familias beneficiarias en la escuela. El segundo apoyo educativo del ciclo escolar se emitirá con base en el registro de asistencia a la escuela de los primeros dos bimestres. En caso de incumplimiento de la asistencia escolar mínima durante el mes de septiembre, de acuerdo con los criterios expuestos en el capítulo 8, se realizarán los ajustes correspondientes que se reflejarán en el monto del segundo apoyo de becas del ciclo escolar. 

La certificación de la asistencia a los servicios educativos y de salud se acumulará solamente por dos bimestres para efecto de entrega extemporánea de apoyos; si llegara a existir retraso o error en el registro de asistencia, el monto de los apoyos alimentario y educativo entregados a las familias beneficiadas no acumulará el importe correspondiente a más de dos bimestres. Así, retrasos, errores u omisiones en la certificación de la asistencia a los servicios da lugar al ajuste en el importe del apoyo respectivo de manera extemporánea únicamente al bimestre anterior al que corresponde la entrega de los beneficios de Progresa.

12.4 Documento de identificación de los beneficiarios

Para la entrega de los apoyos, Conprogresa proporciona a las familias recién incorporadas una identificación provisional, que se sustituye a más tardar durante la entrega del tercer apoyo monetario por una planilla de hologramas que es la identificación de la titular beneficiaria de Progresa con validez de operación anual. La titular de la familia beneficiaria debe presentar su identificación provisional o la planilla de hologramas para recibir los apoyos, así como alguna otra identificación personal de las señaladas en el numeral 5.4. En los casos de fuerza mayor en los cuales la titular no pueda asistir a recibir sus apoyos, la persona que asista en su lugar deberá presentar, además de la identificación de Progresa de la titular beneficiaria, una constancia de incapacidad expedida por el personal de los servicios de salud y una identificación.

Los hologramas contienen información de seguridad y se encuentran ligados de manera específica a la información de la titular beneficiaria, así como a las distintas entregas de apoyos del programa.

En cada ocasión en que la titular recibe un apoyo monetario en el MAP, se retira un holograma de la planilla, se verifica que los números de identificación correspondan a los códigos de seguridad del holograma, y éste queda en resguardo como comprobante de la entrega del apoyo monetario de Progresa. El holograma correspondiente a un apoyo no entregado debe permanecer en la planilla y sirve a la familia como prueba de que no recibió su apoyo correspondiente.

Conprogresa reemplaza esta planilla de hologramas anualmente. Para recibirla, es requisito que la titular entregue la planilla correspondiente al año anterior. La sustitución se realiza al inicio del año en los MAP.

En caso de extravío de la planilla de hologramas, la titular beneficiaria debe notificar a Conprogresa para su reposición. Conprogresa procede a la reposición de la misma, notifica a la institución liquidadora, que a su vez boletina el número de los hologramas de la planilla extraviada, y modifica los números de identificación de la familia beneficiaria, para invalidar el uso de la planilla extraviada.

En caso de que la titular beneficiaria no reporte el extravío de la planilla de hologramas, y no solicite oportunamente su reposición, si los apoyos son recibidos por otra persona, no se repondrá el apoyo a la familia beneficiaria.

13. Entrega de apoyos a través de instituciones liquidadoras

Conprogresa procede a la entrega de los apoyos monetarios a las familias beneficiarias del Programa a través de instituciones especializadas en el suministro de recursos monetarios, que garanticen la cobertura y seguridad del procedimiento, y la calidad de la atención a las titulares beneficiarias, a la vez que le proporcionen la comprobación de las entregas con la oportunidad y el detalle requeridos.

Conprogresa elabora el Listado de Beneficiarios, que es la base utilizada por la institución liquidadora para la emisión de los documentos valorados, mismos que serán otorgados a cada una de las familias beneficiarias con los montos de los apoyos monetarios directos correspondientes. En el documento valorado se especifican los montos que recibe la familia beneficiaria por los distintos componentes de Progresa, así como el periodo a que corresponden.

El documento valorado emitido por la institución pagadora tiene una vigencia de 30 días naturales e invariablemente debe ser endosable, para que la titular beneficiaria pueda canjearlo fácilmente por efectivo.

La institución liquidadora debe presentar a la Conprogresa la relación de documentos valorados entregados a las familias beneficiarias (cubiertos y cancelados), en un máximo de 15 días hábiles después del vencimiento de la vigencia de los documentos valorados entregados.

Los documentos que avalen que el documento valorado y/o el dinero fue entregado a la titular beneficiaria, deben estar en custodia de la institución liquidadora por un mínimo de cinco años, quedando disponibles en el momento en que Conprogresa o algún organismo fiscalizador los soliciten.

13.1 Apoyos no entregados

La institución liquidadora proporciona a Conprogresa la relación de los apoyos emitidos no entregados a las titulares beneficiarias en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la fecha de realización de la entrega de los apoyos. Asimismo, deberá entregar una conciliación complementaria que incluirá el listado de los apoyos no entregados en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento de la vigencia del documento valorado.

Con base en la información de los apoyos emitidos no entregados, en la subsecuente elaboración de los Listados de Beneficiarios éstos se incluyen de nueva cuenta para que la familia beneficiaria pueda recibirlos. Esta integración de apoyos emitidos (esto es, respaldados por la certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad familiar) no entregados, se lleva a cabo hasta en tres bimestres consecutivos. En caso de que por tercera ocasión consecutiva la titular beneficiaria no acuda a la entrega de sus apoyos monetarios, se suspenden y cancelan los mismos y la familia causa baja del Padrón Activo por tiempo indefinido. La familia beneficiaria podrá solicitar su reinclusión al programa otra vez, siguiendo los criterios para una familia de nuevo ingreso al Programa en una localidad en que éste ya opera, descritos en el numeral 10.2 y 12.1.

14. Programación y ejercicio del gasto

14.1 Programación del gasto

Tomando en cuenta que Progresa tiene carácter multi-sectorial, las acciones relacionadas con el mismo, que lleven a cabo las dependencias y entidades participantes (Secretaría de Educación Pública a través de Conafe, Secretaría de Salud, IMSS-Solidaridad y la Secretaría de Desarrollo Social a través de Conprogresa), deberán estar contempladas en los programas institucionales que correspondan.

Por ello, para el ejercicio de los recursos destinados a Progresa, cada uno de los participantes deberá elaborar su Programa Operativo Anual, que contenga las previsiones de gasto público que habrán de realizar para el desarrollo del Programa, considerando los objetivos y metas, y en su oportunidad el Anteproyecto de Presupuesto, que se someterá a la aprobación de la H. Cámara de Diputados.

Las Secretarías de Educación Pública, de Salud y el IMSS-Solidaridad determinarán sus previsiones de gasto con base en la información que Conprogresa les proporcionará a más tardar el 30 de junio de cada año, respecto a:

· número de familias y de integrantes

· edad, sexo y grado escolar de los integrantes de las familias

· ubicación de las familias por localidad y municipio

· listado de localidades potenciales a ser atendidas por Progresa.

Considerando su participación en Progresa, el Programa Operativo Anual que elaboren Salud e IMSS-Solidaridad para proporcionar de manera gratuita el Paquete Básico de Servicios de Salud; prevenir la desnutrición de los niños desde la etapa de gestación; fomentar y mejorar el autocuidado de la salud y de la comunidad mediante información y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene; así como reforzar los servicios de salud, deberán estimar las previsiones de gasto.

En las localidades donde opera el Programa de Ampliación de Cobertura y el IMSS-Solidaridad, el presupuesto correspondiente a Progresa sólo considerará los recursos para satisfacer la demanda adicional que se genera con la operación de este Programa, así como los recursos para los suplementos alimenticios.

La Secretaría de Educación Pública, a través del Consejo Nacional de Fomento Educativo, integrará en su Programa Operativo Anual los requerimientos para becas educativas y útiles escolares destinados a los niños beneficiarios del Progresa, considerando como prioritarias las previsiones de gasto específicas.

La Secretaría de Desarrollo Social, a través de Conprogresa, por su parte, para la entrega de los apoyos a las familias beneficiadas y beneficiarias; para el proceso de levantamiento de encuestas; así como para la incorporación y atención permanente a las familias, deberá contemplar en su Programa Operativo Anual Anteproyecto de Presupuesto las previsiones de gasto necesarias.

Los Programas Operativos Anuales elaborados por las dependencias y organismos, deberán ser remitidos a Conprogresa a más tardar el 30 de julio de cada año, para su análisis y opinión, respecto a la congruencia de los planteamientos contenidos que garanticen el cumplimiento de los objetivos del Progresa.

Los Programas Operativos Anuales, una vez analizados conjuntamente con Conprogresa, en un plazo que no excederá de 5 días hábiles, serán enviados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su incorporación en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de acuerdo con el proceso de programación-presupuestación que ésta autorice.

14.2 Ejercicio del gasto

Con base en las disponibilidades aprobadas por la H. Cámara de Diputados y en las disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación del correspondiente año fiscal, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se compromete a ministrar los recursos aprobados a las dependencias y organismos participantes, de conformidad al calendario de recursos autorizados; por su parte, las dependencias y organismos deberán entregar oportunamente los requerimientos de información establecidos en la normativa vigente. El calendario autorizado deberá contemplar un flujo de recursos adecuado a los requerimientos del Programa.

Las asignaciones de gasto autorizadas para Progresa a las dependencias y organismos participantes, deberán aplicarse exclusivamente al Programa, siendo motivo de responsabilidad el destinar estos recursos a acciones diferentes a las contenidas en Progresa.

Los titulares de las dependencias y los directores generales, en el ejercicio de sus presupuestos aprobados serán directamente responsables de que se alcancen con oportunidad y eficiencia las metas y acciones consideradas en Progresa.

Toda vez que Conprogresa tiene a su cargo la responsabilidad de distribuir los apoyos educativos, recibirá de Conafe los recursos presupuestales autorizados para becas y útiles escolares para la población que recibe los beneficios de Progresa, quedando a su cargo la distribución de los mismos entre las familias beneficiadas.

Conprogresa reportará mensualmente a Conafe sobre la aplicación de los recursos transferidos para el Programa, así como el avance correspondiente de la meta estimada.

Los participantes en el Programa, de acuerdo con sus funciones, deberán instrumentar los registros y controles específicos que aseguren la aplicación de los recursos destinados a Progresa.

Las dependencias y organismos participantes, independientemente de la información que por normativa estén obligados a proporcionar a las dependencias globalizadoras, asumen el compromiso de reportar mensualmente a Conprogresa sobre la aplicación de los recursos autorizados para el Programa.

Conprogresa llevará a cabo la evaluación sobre la aplicación de los recursos autorizados a las dependencias y organismos participantes, en función de los avances programático presupuestales reportados, e informará al Consejo de Conprogresa los logros alcanzados y, en su caso, la problemática identificada, así como las alternativas de solución correspondientes.

15. Evaluación y seguimiento

Progresa es un programa sujeto a un sistemático proceso de monitoreo, seguimiento y evaluación. Las actividades en esta materia están dirigidas no sólo a la medición de los procesos, resultados e impactos del Programa, sino también a proporcionar información que permita la reorientación de acciones, mejorar la funcionalidad de los procesos y, en general, aumentar la efectividad y el uso eficiente de los recursos asignados para el logro de las metas planteadas.

En el desarrollo de las acciones de seguimiento se establece la vinculación de la información correspondiente a cada etapa de operación del Programa, de manera que si es necesario se puede realizar un análisis nominal de los datos.

La evaluación es responsabilidad de Conprogresa, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud, así como con las diversas áreas operativas involucradas en el Programa. Los resultados de la evaluación se reportan trimestralmente al Consejo de Conprogresa. 

Adicionalmente, en los términos de los artículos 68 y 73 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, se presentan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, el detalle del ejercicio de cada componente, informando del número de localidades y de familias beneficiarias, así como los apoyos otorgados.

Conprogresa presentará mensualmente los avances del proceso de seguimiento y evaluación, así como toda la información a que se refiere en los capítulos 11 y 12 de estos Lineamientos, ante el Comité de su Consejo, integrado por el Subsecretario de Desarrollo Regional de la Secretaría de Desarrollo Social, quien lo preside, el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Planeación de la Secretaría de Educación Pública, el Subsecretario de Coordinación Sectorial de la Secretaría de Salud, el Subsecretario de Atención Ciudadana y Contraloría Social de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y el Coordinador Nacional de Progresa.

El Comité del Consejo de Conprogresa se constituye para evaluar los avances de Progresa, mediante el análisis del avance programático presupuestal de las Dependencias participantes, en función de los compromisos concertados, definir las acciones de seguimiento que aseguren el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las familias beneficiarias del Programa, revisar los mecanismos de operación y, en su caso, proponer medidas correctivas y aprobar, cuando así proceda, las modificaciones a dichos mecanismos, así como estudiar y aprobar las políticas y medidas que permitan la programación y acción coordinada entre las dependencias involucradas en la operación de Progresa.

Asimismo, anualmente se informará de los avances del Programa al Consejo Consultivo Ciudadano de la Secretaría de Desarrollo Social, de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 Transitorio del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999.

15.1  Seguimiento del Programa

El seguimiento de Progresa se orienta a establecer los alcances de la operación del Programa, en términos de la consecución de las acciones y resultados planeados, así como de la identificación de los aspectos que requieren ser corregidos. De este modo, el seguimiento sirve tanto como punto de referencia para obtener información sobre el funcionamiento del programa, como para dar la pauta de cómo puede ser mejorado.

En el seguimiento del Programa, se analizan los datos derivados de los sistemas de: certificación de las corresponsabilidades de las familias beneficiarias, la entrega de los apoyos, y de la cobertura y provisión de servicios educativos y de salud; adicionalmente, se emplean resultados de encuestas con muestras probabilísticas y estudios cualitativos (como grupos de enfoque y entrevistas cualitativas), para conocer periódicamente el conocimiento, percepciones y opiniones de la población sobre el Programa y su operación, así como para verificar la transparencia y confiabilidad de los procesos de entrega de los apoyos.

Las acciones de monitoreo de los servicios involucrados en Progresa, siguen los mecanismos, metodología y periodicidad establecidos sectorialmente. Las autoridades sectoriales informan a Conprogresa de los instrumentos y mecanismos empleados en el monitoreo, y mensualmente informan al Comité del Consejo de Conprogresa de los resultados y acciones derivadas del mismo. 

La información requerida para reportar los indicadores del componente de salud y alimentación es generada por las unidades de salud de conformidad con los indicadores acordados. La información se recopila por la delegación o jurisdicción sanitaria, que realiza un reporte mensual y otro anual, y de acuerdo con la periodicidad de medición del indicador, los que envían a las autoridades de los Servicios Estatales de Salud, quien a su vez entrega dicho reporte a la Secretaría de Salud. Esta hace entrega mensualmente a Conprogresa del reporte de indicadores del componente.

Anualmente, la Secretaría de Educación Pública y Conprogresa realizan el análisis de la información sobre matrícula y aprovechamiento escolar en los planteles que atienden a niños beneficiarios de Progresa, preparando reportes correspondientes. Asimismo, en colaboración con Conafe, se elabora un reporte anual de los apoyos para útiles escolares entregados a las familias beneficiarias.

Con la información de la certificación de la asistencia a la escuela por parte de los alumnos beneficiarios, así como de la asistencia a las unidades de salud, Conprogresa realiza cada bimestre un análisis para verificar los resultados a nivel de localidad, plantel escolar o unidad de salud, e identificar aquellas que presenten comportamientos que difieran de los parámetros generales observados en los datos estatales y en el conjunto de las localidades atendidas por Progresa. Este análisis permite detectar posibles fallas en la certificación de corresponsabilidades o incidencia de incumplimiento de las mismas, para informar a las autoridades sectoriales estatales, y federales cuando corresponda, así como para mejorar el flujo de los registros de certificación de asistencia a los servicios de educación y salud por parte de las familias beneficiarias.

Asimismo, da lugar al análisis de las características de las familias que cumplen con sus corresponsabilidades. En el caso de la asistencia a las sesiones de educación para la salud, esta información permitirá revisar la frecuencia establecida de las mismas para grupos específicos de familias beneficiarias, como son los hogares conformados solamente por personas de la tercera edad.

El análisis de la información de la certificación de la asistencia a la escuela por parte de los alumnos beneficiarios, así como de la asistencia de los miembros de las familias a las unidades de salud, permitirá identificar la coincidencia en la certificación de la asistencia a ambos servicios a nivel de cada familia beneficiaria. Esto con el fin de someter a consideración del Consejo eventuales modificaciones a los criterios para otorgar los apoyos de Progresa que tomen en consideración el cumplimiento simultáneo de corresponsabilidades en los componentes de salud y educación.

El sistema permite que la generación de los análisis de certificación se lleve a cabo a nivel de los estados, como parte integral de los trabajos de captura de la información señalados en el numeral 11.3. Este sistema complementará el reporte derivado del registro de entrega de los formatos de certificación, indicado en el mismo numeral 11.3.

Adicionalmente, los órganos de control de los estados, en el marco de sus atribuciones, realizarán verificaciones en sitio para corroborar que el registro de corresponsabilidad en los formatos corresponda con los registros institucionales. En estas verificaciones, se comparará la información registrada en los formatos con la que existe, para el caso de la asistencia a las unidades de salud, en el expediente familiar o en otro tipo de registro de atención y, en el caso de las escuelas, con los registros de asistencia.

En el cuadro 7 se presentan los indicadores que serán reportados. Con excepción de los indicadores que específicamente señalan otra periodicidad, el reporte será bimestral.

Se buscará que los mecanismos de supervisión del programa sean semejantes entre instituciones participantes, con el propósito que la información que se genere sea comparable.

De manera adicional, se operará un registro de indicadores básicos de gestión local de los componentes de Progresa, mediante informes de "puntos centinelas". Estos serán proporcionados periódicamente por promotoras comunitarias con respecto a la acción cotidiana, en muestras a nivel estatal, de unidades de salud, escuelas y puntos de entrega de apoyos que ofrecen atención a la población beneficiaria. 

La cobertura de los indicadores varía de acuerdo con la fuente de obtención de datos pero se busca que éstos tengan especificidad estatal. Conforme se vayan adecuando los sistemas de información institucionales, se actualizarán los indicadores de seguimiento para ofrecer un mayor detalle del desarrollo de las acciones y de los resultados de Progresa. Al efecto, se ha previsto que a más tardar en el mes de septiembre de 1999 estén disponibles los nuevos indicadores, mismos que serán presentados al Comité del Consejo para su revisión y al Consejo de Conprogresa para su aprobación.

En caso de que, como resultado de las acciones de seguimiento, se identifiquen localidades en las cuales se desvirtúan las condiciones para la certificación rigurosa y fidedigna de las corresponsabilidades de las familias beneficiarias y no pueda continuarse con el cumplimiento de los propósitos y la operación del Programa en apego a los presentes Lineamientos, Conprogresa informará al Gobierno Estatal de dicha situación. Si en 40 días hábiles persiste esta falta de condiciones, Conprogresa cancelará la operación del Programa en dichas localidades, notificando previamente al Gobierno Estatal, y procederá a retirar sus apoyos de esas localidades.

Cuadro 7: Indicadores de Seguimiento y Evaluación de Progresa (por entidad federativa)

I.  Padrón de Familias Beneficiarias
I.1. Municipios y localidades atendidas por Progresa.
I.2. Padrón de familias beneficiarias en el bimestre.
I.3. Altas y bajas en el padrón de familias beneficiarias en el bimestre y acumulado anual.
I.4. Encuestas realizadas para la identificación de familias beneficiarias en el bimestre y acumulado anual.
I.5. Número de nuevas familias beneficiarias identificadas en el bimestre y acumulado anual.
I.6. Estructura del padrón de beneficiarios por edad y sexo (anual).
II. Apoyo Alimentario
II.1. Familias beneficiarias a las que se les emitió el apoyo alimentario respecto a familias listadas en el Padrón en el bimestre.
II.2. Familias beneficiarias que no cumplieron con la corresponsabilidad para recibir el apoyo alimentario respecto a familias listadas en el Padrón en el bimestre.
II.3. Familias sin registro de certificación de asistencia a los servicios de salud respecto a familias en el Padrón en el bimestre.
II.4. Monto de los apoyos alimentarios emitidos a las familias beneficiarias en el bimestre y acumulado anual.
II.5. Monto de los apoyos entregados a las familias beneficiarias respecto a los apoyos emitidos (semestral).
II.6. Características sociales, individuales, familiares y comunitarias de las familias que cumplieron con la corresponsabilidad para recibir el apoyo alimentario respecto a las que no cumplieron (semestral).
III.  Apoyo Educativo
III.1. Niños beneficiarios que recibieron beca educativa con respecto a niños inscritos en el Padrón por grado y sexo en el bimestre.
III.2. Niños beneficiarios que no cumplieron con la corresponsabilidad para recibir la beca educativa con respecto a niños inscritos en el Padrón por grado y sexo en el bimestre.
III.3. Niños sin registro de certificación de asistencia escolar con respecto a niños inscritos en el Padrón por grado y sexo en el bimestre.
III.4. Monto de las becas educativas emitidas a las familias beneficiarias en el bimestre y acumulado anual.
III.5. Monto de las becas entregadas a las familias beneficiarias respecto a las becas emitidas en el bimestre y acumulado anual.
III.6. Características sociales, individuales, familiares y comunitarias de los niños que cumplieron con la corresponsabilidad para recibir la beca educativa respecto a los que no cumplieron (semestral).
IV. Indicadores de Seguimiento del Componente Salud
IV.1. Porcentaje de familias beneficiarias en control.
IV.2. Promedio de consultas otorgadas por familia en control.
IV.3. Porcentaje de consultas otorgadas al menor de 5 años.
IV.4. Porcentaje de consultas a niños menores de 5 años con desnutrición.
IV.5. Porcentaje de consultas otorgadas a niños recuperados.
IV.6. Promedio de consultas otorgadas a la mujer embarazada.
IV.7. Total de sesiones de educación para la salud.
IV.8. Sobres de suplemento alimenticio entregados por población objetivo.
V. Indicadores de Seguimiento del Componente Educativo
V.1. Beneficiarios inscritos en primaria y secundaria por grado y sexo (inicio del ciclo escolar).
V.2. Proporción de niños de 8 a 17 años que se inscribieron en la escuela respecto a total de niños de 8 a 17 años inscritos en el Padrón por sexo y edad (inicio del ciclo escolar).
V.3. Proporción de alumnos beneficiarios respecto a la matrícula atendidos por escuela (inicio del ciclo escolar).
V.4. Proporción de alumnos beneficiarios que continúan inscritos con respecto al ciclo escolar anterior por sexo y nivel (inicio del ciclo escolar).
V.5. Proporción de alumnos beneficiarios que continúan inscritos y aprobaron el año con respecto al ciclo escolar anterior por sexo y nivel (inicio del ciclo escolar).
V.6. Proporción de alumnos beneficiarios que continúan inscritos y no aprobaron el año con respecto al ciclo escolar anterior por sexo y nivel (inicio del ciclo escolar).
V.7. Proporción de alumnos beneficiarios que no asistían a la escuela y que se reincorporaron a la escuela por sexo y nivel (inicio del ciclo escolar).
V.8. Proporción de alumnos beneficiarios que recibieron apoyo para útiles escolares por sexo y nivel, diferenciando entrega en especie y en apoyo monetario (semestral).
V.9. Promedio de niños por plantel donde existen alumnos beneficiarios de Progresa por nivel educativo (inicio del ciclo escolar).
V.10. Características sociales, individuales, familiares y comunitarias de los niños beneficiarios que se inscribieron en la escuela respecto a los que no se inscribieron (anual).
VI.  Indicadores de Seguimiento Operativo a Nivel Nacional
VI.1. Proporción de familias beneficiarias con conocimiento del Programa sobre los compromisos de corresponsabilidad para recibir las becas educativas, el apoyo monetario de alimentación, los montos de los mismos, el monto máximo posible de los apoyos y su periodicidad (semestral).
VI.2. Proporción de familias beneficiarias satisfechas con los apoyos de Progresa (semestral).
VI.3. Proporción de familias beneficiarias que perciben que han mejorado los servicios de salud desde la implementación de Progresa (semestral).
VI.4. Proporción de familias que recibieron su apoyo en concordancia con la cantidad que se emite (semestral).
VI.5. Número de planteles escolares y unidades de salud equipados y acondicionados (semestral).
VI.6. Reporte de "puntos centinelas" (cuatrimestral).

Nota: Salvo indicación, los reportes son bimestrales.

15.1.1 Contraloría Social

Un instrumento básico en el seguimiento del programa es la Contraloría Social. La participación ciudadana representa un valioso mecanismo de control preventivo en los programas de desarrollo social, en el ejercicio de los recursos, en la supervisión de las acciones, y en la atención a la demanda de servicios públicos de calidad. Por medio de la Contraloría Social se apoyará la participación de las familias de las comunidades atendidas por Progresa en acciones de control, vigilancia y evaluación, con el fin de que los apoyos en materia de educación, salud y alimentación se entreguen de acuerdo con los lineamientos establecidos. Asimismo, se ayudará a garantizar la transparencia, honestidad y eficiencia en la operación de los servicios y recursos comprometidos.

Para poner en marcha, impulsar, operar y consolidar el modelo de Contraloría Social en Progresa, se instrumentan tres acciones fundamentales:

  · información y difusión

  · capacitación

  · sistema de atención a la población.

Para que la población beneficiaria pueda participar en las actividades de Contraloría Social, es imprescindible que disponga de información completa, clara y fidedigna sobre los objetivos, componentes, normatividad y forma de operación del Programa, así como sobre los derechos y corresponsabilidades de la población, a fin de evitar confusión y desconfianza de la comunidad.

Lo anterior implica el compromiso de realizar amplias y sistemáticas acciones de información dirigidas a la población (especialmente a las familias beneficiarias) de las regiones en que opera Progresa.

Esta tarea es responsabilidad de Conprogresa, que promueve e impulsa la colaboración de los prestadores de servicios de educación y salud, conforme a lo señalado en el capítulo 9 de este documento, así como de personal técnico de campo de otros organismos y dependencias que operan en las localidades atendidas por Progresa.

Estas acciones se deberán llevar a cabo con pleno respeto a la cultura y organización social de las comunidades, con especial atención en la difusión de información en la lengua propia de la población y por medios que aseguren su comprensión. Debe tomarse en cuenta que una alta proporción de población beneficiaria es indígena y que las condiciones de marginalidad de los beneficiarios de Progresa se ve reflejada en una alta tasa de analfabetismo.

Para que las acciones de la Contraloría Social tengan el resultado que de ella se espera, se requiere desarrollar un programa de capacitación a las familias beneficiarias de las localidades atendidas por Progresa. Para ello, se definirá el programa de trabajo a partir de los calendarios planeados por Conprogresa para establecer contacto directo con las familias beneficiarias. Conprogresa recibirá asesoría y capacitación por parte de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en lo relativo al funcionamiento de la Contraloría Social y el Sistema de Atención a la Población, para, a su vez, capacitar a la población de las localidades atendidas por el Programa, así como a los distintos agentes involucrados.

En las actividades de capacitación se pondrá especial énfasis en las promotoras comunitarias de Progresa, para que ellas a su vez impulsen la Contraloría Social en sus localidades.

Para apoyar las acciones de la Contraloría Social, así como para alentar su labor, propiciando un cambio de actitud ciudadana, se desarrollará un modelo para la recepción y resolución oportuna y eficiente de las sugerencias, peticiones, dudas, quejas y denuncias que presentan las familias beneficiarias o no del Programa. Este Sistema será operado por Conprogresa, en coordinación con el Organo Estatal de Control, y con la participación de las autoridades locales y el personal de las diversas instancias que participan en Progresa. Para esto último, se establecerán acuerdos específicos de Conprogresa con estas instancias, promoviendo la verificación de la certificación de corresponsabilidades.

Se contará con tres instancias para presentar sugerencias, peticiones, dudas, quejas y denuncias: reuniones periódicas con promotoras comunitarias; encuentros con las familias beneficiarias; e instalación de buzones ubicados en las presidencias municipales y en los MAP. Conprogresa analizará lo recogido en cada una de estas instancias y, en un plazo no mayor a 45 días hábiles a partir de que se registren las peticiones, se emitirá una respuesta por escrito.

Conprogresa informará trimestralmente a su Consejo de los avances en la implementación y operación de las acciones de Contraloría Social y preparará con la misma periodicidad un reporte de las comunicaciones recibidas y del seguimiento a las mismas. En coordinación con la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, establecerá la metodología para dar seguimiento a las estrategias de difusión, capacitación y operación de la Contraloría Social.

15.2 Evaluación

Una adecuada evaluación de resultados e impactos guarda la mayor relevancia para Progresa. En este sentido, es importante identificar si los resultados esperados se alcanzaron, pero además se enfatiza el análisis de las causas y factores que contribuyeron a dichos resultados. El reconocimiento de los mecanismos que intervienen para que determinado resultado sea o no alcanzado permite ofrecer explicaciones respecto a los resultados favorables del Programa. En este sentido, se destaca la estrecha relación entre la correcta interpretación de los resultados y el seguimiento continuo y la identificación de la problemática en la operación.

Progresa prevé el uso de diversas aproximaciones metodológicas en las tareas de evaluación. Estas comprenden tanto instrumentos cuantitativos como cualitativos, que permitirán una clara apreciación de los resultados e impactos del Programa en los individuos, las familias beneficiarias, las localidades atendidas por el Programa y las distintas regiones, lo que conduce a una aproximación de análisis multinivel para el estudio de los factores que intervienen en cada uno de los ámbitos señalados.

Asimismo, en los trabajos de evaluación se llevan a cabo estudios transversales y longitudinales, los cuales operan mediante la aplicación de encuestas a hogares e individuos. Las encuestas permiten seguir la evolución de una muestra de familias que han recibido los apoyos de Progresa a lo largo del tiempo, para evaluar no solamente los impactos del Programa, sino cómo estos cambian en distintas etapas de la observación.

Las fuentes de información que se emplean en el proceso de evaluación, además de los datos de la cédula de recolección de datos para la identificación de familias beneficiarias y los registros institucionales, incluyen encuestas aplicadas a los hogares. Para obtener datos a nivel de las localidades, recolección de datos mediante estudios de opinión, así como entrevistas a informantes clave, como son las promotoras comunitarias. Esta información se complementa con los sistemas actuales de información de los sectores de educación y salud. 

Como parte de los trabajos de evaluación, se valora el proceso de selección de las localidades y los modelos empleados en la identificación de las familias en condición de pobreza extrema con el propósito de aportar elementos para, en caso de ser necesario, llevar a cabo su actualización. El reporte busca evaluar la inclusión de los factores apropiados, corroborando los resultados conforme a métodos alternativos de análisis. Cada semestre, además, se presenta un estudio de las características de las localidades Progresa y su población beneficiaria. Asimismo, se presenta semestralmente un resumen de los casos en los que se solicitó volver a evaluar las características de los hogares y la resolución de los casos.

Dentro de la evaluación se incluyen reportes periódicos sobre el impacto de Progresa en la población beneficiaria en los siguientes conceptos: a) la educación de los niños, b) la salud y nutrición, c) la dinámica de consumo de la familia y d) la condición de las mujeres.

En el área de educación, se analiza el impacto de Progresa en la asistencia y permanencia escolar. Se examina la información para verificar si existen impactos diferenciales por sexo, edad, y nivel en la escuela, considerando las características de las familias en donde hay mayor impacto de los beneficios de Progresa y tomando en cuenta indicadores sociodemográficos de los miembros del hogar (como la edad, escolaridad, e inserción laboral). Finalmente, se toma en cuenta la accesibilidad a la escuela y la calidad de la misma en las medidas del impacto.

En el área de salud y nutrición, se mide el impacto de Progresa en la asistencia a consulta médica preventiva, en especial la vigilancia del estado nutricional de los niños, el uso de medidas de salud preventiva (esquemas de vacunación completos para la edad, el uso de sobres de rehidratación oral en caso de enfermedad diarréica aguda), la incidencia de enfermedades en los beneficiarios y la desnutrición. Se analiza la existencia de impactos diferenciales de acuerdo con las características sociodemográficas y con las condiciones de accesibilidad y oferta de servicios de salud, así como su calidad.

En cuanto a los resultados e impactos en el consumo de los hogares, se considera cómo afecta Progresa la composición de los gastos y el consumo de las familias y los individuos en rubros como alimentación, vestido, calzado, enseres domésticos básicos, así como transporte y ahorro. Se analizan las características de las familias asociadas a los patrones de gasto, tomando en cuenta su condición sociodemográfica, que incluye el tamaño, composición del hogar, y los niveles de educación del jefe del hogar y su cónyuge. También se identifica la distribución de recursos dentro del hogar, mediante la búsqueda de patrones de consumo diferenciales entre los miembros del hogar, en especial para averiguar si se está alcanzando una distribución más equitativa hacia las mujeres y las niñas.

En Progresa se da un énfasis particular al papel de las mujeres en el ámbito familiar, por lo que se requiere reconocer si el modelo de operación de Progresa incide en favor de una mejor condición social de la mujer y en relaciones de mayor equidad entre hombres y mujeres.

En la evaluación de los impactos de Progresa, se busca identificar la integralidad de sus acciones entre las familias beneficiarias, así como los efectos sinérgicos entre sus tres componentes.

Asimismo, se reconoce que puede haber algunos efectos no deseables o no anticipados. Con frecuencia, los programas focalizados incentivan cambios en el comportamiento de la población para que, por ejemplo, los beneficiarios puedan recibir más beneficios y los no beneficiarios puedan ser beneficiarios. En la estructura de beneficios y el diseño del programa, se ha puesto atención especial para minimizar impactos negativos potenciales; sin embargo es importante vigilar e identificar posibles efectos de este tipo que podrían reducir la efectividad del Programa. Por tal motivo, la evaluación contempla el análisis de los impactos del Programa en áreas como la fecundidad, la migración hacia localidades Progresa y las transferencias entre familias.

16. Transición de programas de subsidio actuales para evitar duplicación de apoyos

Es indispensable reconocer que el combate a la pobreza extrema representa un reto de enorme magnitud que requiere de un uso eficiente y racional de los recursos, buscando la mayor equidad en su asignación y velando por su adecuada canalización hacia los individuos en mayor estado de pobreza.

Debido a los componentes y al enfoque integral que caracteriza a Progresa, así como a la pertinencia de evitar duplicaciones en la entrega de apoyos por parte del Gobierno Federal, su presencia en algunas localidades hará necesaria la revisión de la confluencia y permanencia de otros esfuerzos del Gobierno Federal que en su actual esquema de operación proporcionan apoyos similares a los que forman parte de alguno de los componentes de Progresa.

Para ello, Conprogresa notificará como máximo en 10 días hábiles después de la identificación de las familias beneficiarias, a las dependencias e instituciones que operan los programas de Abasto Social de Leche, de Tortilla, y al Instituto Nacional Indigenista, sobre las localidades en que opera Progresa y sobre las familias beneficiarias que, de acuerdo con los datos recolectados en la cédula de información socioeconómica de los hogares, reciben apoyos de dichos programas. Los programas de Abasto Social de Leche y de Tortilla no proporcionarán sus apoyos entre las familias beneficiarias de Progresa, a partir de la entrega del primer apoyo monetario del Programa.

Asimismo, para cumplir con lo establecido en el artículo 68 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999, en relación a los criterios de selectividad y no duplicación de acciones, los programas que tengan como propósito otorgar apoyos de tipo alimentario a la misma población objetivo que Progresa, como los programas de Abasto Social de Leche y de Tortilla, usarán los mismos criterios y metodología de identificación de beneficiarios que Progresa.

Con el objeto de evitar duplicidades en los gastos de identificación de familias y de revisión de padrones de beneficiarios, Conprogresa, en el curso de los siguientes 10 días hábiles después de la identificación de las familias, proporcionará a Liconsa, Fidelist y al Instituto Nacional Indigenista la información derivada del levantamiento de encuestas y sus resultados, en las localidades en que haya presencia de esos programas, para que esas dependencias realicen la depuración de sus padrones correspondientes a más tardar en los 40 días hábiles siguientes. Asimismo, Conprogresa asesorará y coadyuvará con estas dependencias en la revisión continua de sus padrones.

En el caso de las familias beneficiarias de Progresa que tienen niños que acuden a los albergues del Instituto Nacional Indigenista, éstas podrán decidir respecto al componente de becas de uno u otro programa, pero no podrán recibir los beneficios de ambos.

Los niños beneficiarios de becas escolares de otros programas federales, estatales o municipales no deberán recibir simultáneamente las becas de Progresa. Por el beneficio que estas becas representa para la asistencia y el aprovechamiento escolar de los niños de las familias de escasos recursos, debe velarse que se mantengan cuando no exista duplicidad con las becas de Progresa.

17. Manejo de la información

El Gobierno Federal conviene que la información captada del levantamiento de las cédulas de características socioeconómicas de los hogares, así como la contenida en el Padrón de Familias Beneficiarias de Progresa, será utilizada bajo los principios de confidencialidad y reserva.

Los datos e informes que los participantes hayan proporcionado no podrán comunicarse, en ningún caso, en forma nominativa o individualizada, ni harán prueba ante autoridad administrativa o fiscal, en juicio o fuera de él.

Conprogresa es responsable de conformar y comunicar a su Consejo sobre la integración de la Relación Base de Familias Beneficiarias y de las bases de datos correspondientes, en un periodo máximo de 60 días una vez concluido el proceso de levantamiento, captura y análisis de la información.

El Padrón Activo de Familias Beneficiarias de Progresa y las bases de datos adquirirán un carácter oficial. La notificación de los resultados agregados de forma estadística y geográfica sobre las bases será por escrito y la información será enviada en forma magnética a las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública, de Salud y al IMSS-Solidaridad, a las entidades federativas (para efectos de planeación), a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Conprogresa establece módulos de consulta jerarquizada al Padrón de Beneficiarios, garantizando que ninguna persona no autorizada pueda realizar modificaciones en la información, incluidas altas de familias en el Padrón o la certificación de las acciones de corresponsabilidad. Las consultas al Padrón de Beneficiarios que las distintas dependencias consideren necesarias, se llevan a cabo a través de Conprogresa.

Cuando se divulgue la información estadística de las cédulas de características socioeconómicas de los hogares, ésta no podrá referirse, en ningún caso, a datos relacionados con menos de 3 unidades de observación y estará integrada de tal manera que se preserve el anonimato de los informantes.

Conprogresa es el organismo responsable del manejo de la base de datos y es el conducto para transmitir y vigilar la utilización y aplicación de la información, y se compromete a que el área que opere el Padrón Activo de Beneficiarios lo haga de forma independiente a su área operativa.

Conprogresa podrá compartir las bases de información en forma agregada con los gobiernos estatales y municipales, para ser utilizadas exclusivamente en actividades de planeación e implantación de otros proyectos de desarrollo social. Para ello, se establecerá un acuerdo específico, en el que se especifique el tipo de información que se requiere de las bases de datos, así como el objetivo de su utilización.

Conprogresa podrá proporcionar la información de otras bases de datos que genere en forma agregada y exclusivamente para la operación, seguimiento y evaluación de Progresa a las Secretarías de Desarrollo Social, de Salud, de Educación Pública, de Hacienda y Crédito Público, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo. Estas dependencias manejarán la información que se les brinde con los criterios de confidencialidad y reserva establecidos.

Conprogresa, previo acuerdo del Consejo, también está facultada para proporcionar la información de sus bases de información sobre hogares y de las localidades donde opera Progresa, a universidades e instituciones académicas, a través de convenios específicos y conforme a los criterios de confidencialidad y reserva establecidos.

18. Revisiones y consultas

En función de los resultados del seguimiento de la operación y de la evaluación de su impacto, el Consejo de Conprogresa, previo análisis y a propuesta de su Comité, podrá modificar y adecuar los componentes y el esquema operativo del Programa, así como los mecanismos de entrega de los apoyos, respetando los principios establecidos de identificación y corresponsabilidad de las familias beneficiarias.

El flujo de los formatos de certificación de registro de asistencia a los servicios educativos se realiza por conducto de la estructura educativa, en tanto se concluye el análisis de posibles adecuaciones en el procedimiento de entrega del registro de asistencia escolar de los niños y jóvenes, que permita una vinculación más próxima en el tiempo de este registro y la entrega de las becas a las familias beneficiarias. El Consejo evaluará y, en su caso, aprobará las modificaciones en este procedimiento que conjuntamente propongan la Secretaría de Educación Pública y Conprogresa.

El flujo de los formatos de certificación de registro de asistencia a los servicios de salud se realiza, a su vez, por conducto de la estructura del sector salud en los estados, en tanto se concluye el análisis de posibles adecuaciones en el procedimiento del registro de la asistencia a los servicios de salud por parte de las familias y la entrega del apoyo alimentario. El Consejo evaluará y, en su caso, aprobará las modificaciones a este procedimiento que conjuntamente propongan la Secretaría de Salud y Conprogresa.

Asimismo, se está analizando la viabilidad de nuevos mecanismos para la entrega de apoyos monetarios, combinando diversas instituciones e instrumentos.

Los gobiernos federal y estatal podrán realizar las consultas y sugerencias necesarias, con el objeto de mejorar el desempeño y resultados de Progresa.

Cuando su Consejo apruebe cambios en el Programa, Conprogresa dará aviso oportuno a los gobiernos estatales y difundirá a quien corresponda sobre dichos cambios, según sea el caso, por lo menos 20 días hábiles antes de ponerlos en operación.

Conforme se presenten situaciones imprevistas, los gobiernos de los estados podrán consultar en todo momento a Conprogresa, para buscar resolver las consultas. Conprogresa deberá atender estas consultas en un periodo máximo de 20 días hábiles, apegada a los presentes Lineamientos de Operación del Programa. En su caso, el Consejo de Conprogresa resolverá sobre los aspectos no previstos en los presentes Lineamientos.

19. Interacción y complementariedad con otros programas y acciones

Progresa requiere para alcanzar sus objetivos de la decidida participación de los gobiernos estatales y de las autoridades municipales. Los servicios de educación y de salud requeridos para la adecuada operación de los componentes del Programa son responsabilidad de los estados, por lo que la consecución de los objetivos de Progresa requiere de la acción conjunta y coordinada de la Federación, los estados y los municipios. Por ello, Conprogresa difundirá y promoverá el uso de la información que recaba para que apoye las tareas de planeación regional y microrregional.

Los esfuerzos de Progresa para proveer educación, salud y alimentación, se verán fortalecidos con la suma de las iniciativas de los gobiernos estatales y municipales, así como de las propias comunidades.

De conformidad con el artículo 13 de la Ley General de Educación, es facultad exclusiva de las autoridades educativas de los estados la prestación de los servicios de educación básica. En consecuencia, llevarán a cabo las acciones necesarias para que la oferta de educación básica sea suficiente y de calidad en las escuelas que brinden servicios a los niños y jóvenes beneficiarios del Programa.

En el marco de lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley General de Educación, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo Nacional de Fomento Educativo, Conafe, y los gobiernos de los estados, al tenor de los convenios establecidos, revisarán dentro de los tres primeros meses de cada año, los montos y modalidades de los apoyos que el propio Gobierno Federal otorgue para el fortalecimiento de la infraestructura educativa, como parte de los programas compensatorios del propio Conafe, con sujeción a su disponibilidad presupuestal. En tales revisiones se precisarán los apoyos para la capacitación y actualización de los docentes, la dotación de materiales didácticos, y la construcción, rehabilitación y equipamiento de los espacios educativos.

Con el objeto de asegurar que las acciones de Progresa en el área de salud se integren a los programas y lineamientos establecidos por los Servicios de Salud de los gobiernos estatales, deberá propiciar y orientar, a través de ellos, la participación municipal en este campo, principalmente para el fortalecimiento de la infraestructura de salud disponible en las regiones en que opera Progresa. La Secretaría de Salud presenta y analiza ante el Consejo Nacional de Salud el esquema de operación de Progresa en la materia, los indicadores sobre su desarrollo y cualquier asunto que requiera de la atención de esta instancia colegiada, de acuerdo con sus atribuciones.

Se buscará que Progresa se complemente con otros programas sociales federales, estatales y municipales, en un marco de pluralidad y diversidad para avanzar más rápidamente en el combate a la pobreza. Una tarea fundamental para lograr una adecuada interacción y complementariedad de Progresa con otros programas es la difusión amplia y clara de su esquema de operación, tanto a la población como a las autoridades municipales. Para ello, se dará gran importancia las actividades de capacitación al personal de los servicios educativos y de salud que realizan las autoridades sectoriales. Asimismo, la Secretaría de Desarrollo Social, por medio del Instituto de Desarrollo Social (Insol) y del Instituto Nacional Indigenista (INI), podrá coadyuvar a la difusión, capacitación y asistencia técnica relacionada con Progresa.

Adicionalmente, se ha ampliado la difusión de las características y operación de Progresa a otros organismos cuyo personal técnico de campo despliega acciones en las mismas regiones, para propiciar, por una parte, posibilidades de interacción y, por otra, multiplicar los canales de comunicación con la población respecto al Programa.

Al ir ampliando sus acciones, Progresa aspira a favorecer la convergencia de diversos programas de desarrollo social precisamente hacia las localidades que experimentan mayor marginación, para de esta forma maximizar los efectos positivos de los mismos, a fin de que la población que habita en esas localidades disponga de una más sólida infraestructura básica y cobertura social que le permita acceder a nuevas oportunidades de desarrollo e incorporarse al desarrollo nacional.

En este último sentido destaca la convergencia de esfuerzos para facilitar que la población que experimenta condiciones de extrema pobreza pueda contar con su Clave Unica del Registro Nacional de Población (CURP), que es un documento de identidad básico. También con el fin de que la población en condiciones de pobreza mejore sus oportunidades de desarrollo, se busca que los servicios del Instituto Nacional de Educación para Adultos (INEA) confluyan hacia los integrantes de las familias beneficiarias de Progresa que no saben leer o escribir o que no concluyeron su educación básica.

Progresa procura fomentar acciones de desarrollo y proyectos productivos en las regiones prioritarias en las que opera, con el fin de elevar los ingresos y ampliar las oportunidades de la población. Conprogresa informará a los organismos involucrados sobre las localidades que atiende y las familias que reciben sus apoyos, en el marco de lo establecido en el capítulo 17, y se coordinará con ellos para promover la instrumentación de programas y acciones hacia la población que beneficia. Asimismo, pone a disposición de las autoridades federales, estatales y municipales las bases de datos que ha generado, de conformidad con lo establecido en el capítulo 17 de estos Lineamientos, que contienen información actualizada de utilidad para la planeación de las actividades de desarrollo social.