EXTRACTO de la Resolución correspondiente a DeAcero, S.A. de C.V./Aceros Nacionales, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.

DeAcero, S.A. de C.V./Aceros Nacionales, S.A. de C.V.

Concentración

Expediente: CNT-14-99

Fecha de inicio: 18 de febrero de 1999

Fecha de resolución: 17 de marzo de 1999

  Versión resumida de la resolución adoptada por el Pleno.

El presente texto se publica con propósitos estrictamente informativos y de orientación, por lo que no tiene efectos jurídicos ni vinculativos.

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió no objetar ni condicionar la concentración entre DeAcero, S.A. de C.V., y Aceros Nacionales, S.A. de C.V. Los elementos más importantes considerados en la resolución del Pleno son los siguientes:

1. Las partes

De Acero, S.A. de C.V. (De Acero). Empresa mexicana dedicada a la elaboración de alambre de acero y sus derivados a través de la fundición de chatarra y minerales. Cuenta con plantas industriales en las ciudades de Monterrey, Saltillo, Ramos-Arizpe, Puebla y Celaya. Las acciones representativas de su capital social son propiedad de personas físicas.

Aceros Nacionales, S.A. de C.V. (Aceros). Empresa mexicana dedicada principalmente a la producción de acero, así como a la fabricación y distribución de alambres y productos de alambre de acero, mallas y clavos. Aceros es subsidiaria de Altos Hornos de México, S.A. de C.V. (AHMSA), la cual se dedica a la fabricación y venta de productos relacionados con la industria siderúrgica. Además de Aceros, AHMSA tiene varias subsidiarias: Ryerson de México, S.A. de C.V.; Minera Carbonífera Río Escondido, S.A. de C.V.; Minera del Norte, S.A. de C.V.; Minerales Monclova, S.A. de C.V.; Cerro del Mercado, S.A. de C.V.; La Perla Minas de Fierro, S.A. de C.V.; Hojalata Mexicana, S.A. de C.V.; Forjacero, S.A. de C.V.; Stacks, S.A. de C.V.; Servicios Corporativos AHMSA, S.A. de C.V.; Redinsa, S.A. de C.V., y GAN International Trading, S.A. de C.V.

2. Transacción notificada

La operación consiste en la adquisición de la totalidad de las acciones representativas del capital social de Aceros por De Acero.

La transacción se notifica con fundamento en la fracción III del artículo 20 de la Ley Federal de Competencia Económica.

3. Análisis de la transacción

Los mercados relevantes involucrados en la transacción corresponden a la producción de alambrón y productos derivados como mallas, alambre y clavos en el territorio nacional. Las importaciones de estos bienes abastecen una proporción importante del consumo nacional, las cuales provienen en su mayoría de Ucrania, Trinidad y Tobago e Indonesia.

Para esta actividad no existen restricciones a la inversión extranjera y los aranceles a las importaciones no constituyen barreras de entrada a los competidores del exterior. Por otra parte, DeAcero también enfrenta una competencia significativa de las empresas mexicanas Hylsa y Sicartsa. Con base en estos elementos, el Pleno de la Comisión determinó que de la concentración no se desprenden elementos que dañen o impidan el proceso de competencia y libre concurrencia.

4. Conclusiones

El Pleno de la Comisión resolvió no objetar ni condicionar la transacción notificada en virtud de que no pone en riesgo el proceso de competencia y libre concurrencia.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 15 de abril de 1999.- El Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia, Luis A. Prado Robles.- Rúbrica.