EXTRACTO de la Resolución correspondiente a Corn Products International, Inc./Promociones Industriales Aralia, S.A. de C.V./Aracorn, S.A. de C.V./Arancia-CPC, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.
Corn Products International, Inc./Promociones Industriales Aralia, S.A. de C.V./Aracorn, S.A. de C.V./Arancia-CPC, S.A. de C.V.
Concentración Expediente: CNT-128-98 Fecha de inicio: 7 de octubre de 1998 Fecha de resolución: 12 de noviembre de 1998 | | Versión resumida de la resolución adoptada por el Pleno. El presente texto se publica con propósitos estrictamente informativos y de orientación, por lo que no tiene efectos jurídicos ni vinculativos. |
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió no objetar ni condicionar la concentración entre Corn Products International, Inc.; Promociones Industriales Aralia, S.A. de C.V.; Aracorn, S.A. de C.V., y Arancia-CPC, S.A. de C.V.
Los elementos más importantes considerados por el Pleno en su resolución son los siguientes.
1. Las partes
Corn Products International, Inc. (Corn). Sociedad estadounidense dedicada principalmente a la producción de diversos derivados del maíz como glucosa, maltosa, dextrosa, aceite refinado de maíz. Estos productos se utilizan en más de sesenta industrias como alimentos y bebidas, farmacéutica, papelera y cervecera.
Promociones Industriales Aralia, S.A. de C.V. (Aralia). Sociedad mexicana tenedora de acciones. Su objeto social consiste en promover, constituir, organizar y tomar participación en el capital o patrimonio de toda clase de sociedades. Las acciones representativas del capital social de Aralia son propiedad de personas físicas.
Aracorn, S.A. de C.V. (Aracorn). Sociedad mexicana subsidiaria de Aralia. El objeto social de Aracorn consiste en negociar todo tipo de acciones y partes sociales, entre otros.
Arancia-CPC, S.A. de C.V. (Arancia-CPC). Empresa mexicana cuya principal actividad consiste en la fabricación y venta de almidón, glucosa y fécula de maíz. Las acciones representativas del capital social de Arancia-CPC son propiedad de Aracorn y Arancia Industrial, S.A. de C.V.
2. Transacción notificada
La operación notificada consiste en la adquisición de la totalidad de las acciones de Aracorn y Arancia-CPC por parte de Corn. De esta manera, Aralia recibirá acciones representativas del capital social de Corn como contraprestación por la venta de las acciones de Aracorn y Arancia-CPC.
La transacción se notifica con fundamento en la fracción I del artículo 20 de la Ley Federal de Competencia Económica.
3. Análisis de la transacción
Arancia-CPC se dedica a la producción de derivados del maíz, entre los que se encuentran almidones, glucosa, alta fructuosa, jarabes y carbohidratos especiales los cuales tienen múltiples usos como insumos en diversas industrias. Para estos bienes existen diversos sucedáneos producidos por empresas no vinculadas con los promoventes, además de otras que fabrican los productos relevantes. En virtud del número de competidores y que Corn no ofrece sus productos en el territorio nacional, la concentración no otorga poder sustancial ni modifica la estructura del mercado relevante.
4. Conclusiones
El Pleno de la Comisión resolvió no objetar ni condicionar la transacción notificada en virtud de que no pone en riesgo el proceso de competencia y libre concurrencia.
México, D.F., a 15 de diciembre de 1998.- El Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia, Luis A. Prado Robles.- Rúbrica.