ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sonora y los municipios de Agua Prieta, Caborca, Cajeme, Guaymas, Empalme, Hermosillo, Nogales, Navojoa y San Luis Río Colorado de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

  ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE SONORA LIC. GUSTAVO ADOLFO DE UNANUE GALLA; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO SONORA, EN LO SUCESIVO EL ESTADO REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS DE HACIENDA, LIC. GUILLERMO HOPKINS GAMEZ Y DESARROLLO SOCIAL EN EL ESTADO DE SONORA, EL LIC. FRANCISCO AARON CELAYA CELAYA Y LOS MUNICIPIOS DE AGUA PRIETA, CABORCA, CAJEME, GUAYMAS, EMPALME, HERMOSILLO, NOGALES, NAVOJOA Y SAN LUIS RIO COLORADO, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS C.C. M.V.Z JOSE ANTONIO CUADRAS GARCIA, DR. HERNAN MENDEZ OROS, LIC. FRANCISCO VILLANUEVA SALAZAR, LIC. ANTONIO FRANCISCO ASTIAZARAN GUTIERREZ, C. HECTOR SAMUEL RODRIGUEZ SANCHEZ, LIC. ERNESTO GANDARA CAMOU, LIC. MARCO ANTONIO MARTINEZ DABDOUB, PROF. ONESIMO MARISCALES DELGADILLO, LIC. HECTOR RUBEN ESPINO SANTANA Y SECRETARIOS DE LOS H. AYUNTAMIENTOS LOS C.C. BAUDELIO VILDOSOLA TERAN, I.Q. HECTOR MANUEL PESQUEIRA PERALTA, LIC. ALBERTO FLORES CHONG, ING. MANUEL VILLEGAS RODRIGUEZ, PROF. JOSE TRINIDAD FLORES MENDOZA, LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ, ING. CUAUHTEMOC GALINDO DELGADO, LIC. JOSE ABRAHAM MENDIVIL LOPEZ, LIC. CRISTIAN GILBERTO LARDIN APODACA, RESPECTIVAMENTE.

ANTECEDENTES

1. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa de Rescate de Espacios Públicos, que conforme a lo establecido en sus Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de febrero de 2007, tiene como objetivo general, recuperar espacios públicos, para fomentar la identidad comunitaria, la cohesión social y la generación e igualdad de oportunidades, así como contribuir a la disminución de la pobreza urbana y a la prevención de conductas antisociales.

2. Mediante oficio número 312.A.-000004, de fecha 4 de enero de 2007, la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la Secretaría de Desarrollo Social, el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año, conforme lo establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007.

3. La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.30.32/00248/07, de fecha 20 de febrero de 2007, le comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año.

  Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación, 1, 4, 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 32 de la Ley General de Desarrollo Social; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2, 25, 26 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, 1, 56, 85, 176, 223 y 224 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría; 6, 8, 11, 12, 16 y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, así como en lo previsto por los artículos 22 fracciones II y IX y 24 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; 1, 2, y 25 fracción VI de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Sonora; 1 fracción III, 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación en el Estado de Sonora; 65 fracción V y 69 fracción VII de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; 1, 2 y aplicables de la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

  CAPITULO I. DEL OBJETO

  PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas.

  SEGUNDA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, la legislación federal aplicable y a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y sus Lineamientos Específicos.

  CAPITULO II. DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS SELECCIONADOS

  TERCERA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos se llevarán a cabo en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, que se señalan en el Anexo I: Ciudades y Municipios Seleccionados, que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  CUARTA. Con el fin de apoyar la ejecución de acciones interinstitucionales, LA SEDESOL promoverá la concurrencia de acciones de otras instituciones en los espacios públicos donde intervenga el Programa de Rescate de Espacios Públicos, tanto de instancias del propio sector Desarrollo Social como de otras dependencias y entidades de la administración pública federal. “EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan apoyar a LA SEDESOL en la ejecución de dichas acciones.

  CAPITULO III. DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES

  QUINTA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyan por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  SEXTA. La ministración de los subsidios federales para el Programa Recuperación de Espacios Públicos se efectuará considerando el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

  SEPTIMA. De conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos vigentes, “EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, así como LA SEDESOL, incluyendo sus órganos desconcentrados y sus entidades sectorizadas, podrán constituirse como ejecutores del Programa Recuperación de Espacios Públicos. Los ejecutores serán los responsables del ejercicio y comprobación de los subsidios federales y de los recursos locales aportados al Programa.

  OCTAVA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativa que no se comprometan en las fechas señaladas en el Oficio para la Asignación de Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos por Entidad Federativa, y de acuerdo a lo que se establece en las Reglas de Operación del Programa, podrán ser reasignados por “LA SEDESOL a otros municipios del mismo estado o a otras entidades federativas del país, de conformidad a lo establecido en el punto 4.3 de las Reglas de Operación del Programa. Dichas reasignaciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación de la SEDESOL a la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Sonora y a LOS MUNICIPIOS que corresponda.

  CAPITULO IV. DE LOS RECURSOS ASIGNADOS POR EL ESTADO Y POR LOS MUNICIPIOS

  NOVENA. “LOS MUNICIPIOS, se comprometen a aportar recursos financieros para las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos, de conformidad con lo señalado en las Reglas de Operación del Programa y en este Acuerdo de Coordinación. Estos recursos serán distribuidos conforme a lo señalado en el Anexo II: Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  DECIMA. “LA SEDESOL, y LOS MUNICIPIOS, acuerdan que con los recursos de los dos órdenes de gobierno, destinados al Programa, se dará prioridad a las obras y acciones que permitan alcanzar las metas presupuestarias del Programa; en tal caso, éstas deberán distinguirse por su carácter integrado y complementario. Por ello, el conjunto de proyectos que se proponga realizar deberán comprender tanto el mejoramiento físico de los espacios públicos, como de desarrollo social y seguridad comunitaria y aquellos que garanticen accesibilidad y movilidad de las personas.

  CAPITULO V. DE LAS RESPONSABILIDADES

  DECIMA PRIMERA. “LA SEDESOL se compromete a:

a) Apoyar con subsidios la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos en la entidad federativa y en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, con la participación que corresponda a “EL ESTADO y a LOS MUNICIPIOS.

b) Aprobar las obras y acciones y la radicación de los subsidios federales, de manera oportuna y por conducto de la Delegación de LA SEDESOL en la entidad federativa.

c) Aplicar los subsidios federales y las aportaciones locales, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa y en la legislación federal aplicable.

d) Brindar capacitación y asistencia técnica para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos.

  DECIMA SEGUNDA. “EL ESTADO y “LOS MUNICIPIOS se comprometen a:

a) Apoyar la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de febrero de 2007.

b) Aplicar los subsidios federales y las aportaciones locales, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa y en la legislación federal aplicable.

c) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas del Programa.

d) Elaborar y mantener actualizado un registro de sus aportaciones de recursos, de conformidad con la normatividad aplicable.

e) Garantizar, en su caso, la aportación que corresponda a los beneficiarios, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa.

f) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable, los subsidios federales no ejercidos al cierre del año, al igual que los recursos no comprobados en la fecha límite establecida para este fin.

g) Hacer explícito en el acta de entrega-recepción o en el informe de resultados, cuando funjan como ejecutores, el compromiso de dar mantenimiento, conservar, vigilar y sufragar la continua y adecuada operación de los Espacios Públicos apoyados con recursos del Programa.

h) Proporcionar a las instancias correspondientes de control y auditoría, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias.

  CAPITULO VI. DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA

  DECIMA TERCERA. “EL ESTADO y “LOS MUNICIPIOS, como ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, otorgarán las facilidades necesarias a “LA SEDESOL, para que ésta realice visitas de seguimiento a las obras y acciones realizadas con recursos del Programa, así como de la información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas.

  DECIMA CUARTA. “EL ESTADO, en su caso y “LOS MUNICIPIOS, como ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, asumen el compromiso de proporcionar a LA SEDESOL información sobre los avances y resultados del Programa de Rescate de Espacios Públicos, como sigue:

a) Informar mensualmente sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el Programa.

b) Informar trimestralmente del avance físico-financiero de las obras y acciones, en los primeros cinco días hábiles del mes posterior en el que concluye el trimestre.

c) Notificar de la conclusión de obras y acciones, así como de sus resultados físicos y financieros, a los treinta días naturales de la fecha de su conclusión.

d) Elaborar el Cierre de Ejercicio correspondiente.

  DECIMA QUINTA. “LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por LA SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. LA SEDESOL proporcionará a EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades.

  DECIMA SEXTA. Las actividades de control y auditoría de los subsidios federales corresponderán al Organo Interno de Control en la SEDESOL; a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; a la Secretaría de la Función Pública (SFP), en coordinación con los órganos de control de los gobiernos de las entidades federativas; así como a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables.

  DECIMA SEPTIMA. “EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a apoyar a LA SEDESOL en las acciones que se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa de Rescate de Espacios Públicos.

  CAPITULO VII. ESTIPULACIONES FINALES

  DECIMA OCTAVA. “LA SEDESOL podrá efectuar la reducción, la retención o la suspensión parcial o definitiva de las radicaciones efectuadas a EL ESTADO o a LOS MUNICIPIOS, cuando detecte desviaciones, por incumplimiento de lo convenido, o por no entregar los informes periódicos previstos en las Reglas de Operación. De igual forma se procederá en el caso de no recibir oportunamente la aportación de recursos de EL ESTADO o LOS MUNICIPIOS, o cuando los subsidios no se destinen a los fines autorizados.

  DECIMA NOVENA. El presente Acuerdo de Coordinación y sus anexos se podrán modificar de común acuerdo por las partes.

  VIGESIMA. Los anexos y, en su caso, sus modificaciones, serán suscritos por los siguientes servidores públicos debidamente acreditados en la fecha en que se firmen los documentos: el Delegado Federal de la “LA SEDESOL, el Secretario de Desarrollo Social del Estado de Sonora de EL ESTADO y por los presidentes municipales de LOS MUNICIPIOS.

  VIGESIMA PRIMERA. Serán causas de inobservancia del presente Acuerdo, las siguientes:

a) El incumplimiento a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, en las Reglas de Operación del Programa Recuperación de Espacios Públicos y en las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

b) La aplicación de los subsidios federales asignados a la entidad federativa y a LOS MUNICIPIOS, a fines distintos de los pactados; y,

c) La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo y en los diversos instrumentos derivados del mismo.

  VIGESIMA SEGUNDA. Las partes realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en el presente Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor, que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible, a las partes, a través de las instancias que suscriben el presente Acuerdo.

  VIGESIMA TERCERA. Las partes acuerdan que el presente instrumento jurídico deberá guardar absoluta congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y el Convenio Marco, que en términos del artículo 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007 se suscriba, por lo que de existir alguna diferencia o contradicción entre este instrumento y aquéllos, prevalecerán el Plan Nacional de Desarrollo y el Convenio Marco.

  VIGESIMA CUARTA. Las partes manifiestan su conformidad para que en caso de controversia que se suscite por la operación, formalización y cumplimiento del Presente Acuerdo de Coordinación, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, Sonora.

  VIGESIMA QUINTA. Este Acuerdo de Coordinación surte sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2007. Los anexos de este Acuerdo que, en su caso, se modifiquen, serán elaborados en los términos de la legislación federal aplicable para los efectos del cierre del ejercicio fiscal.

  VIGESIMA SEXTA. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente Acuerdo de Coordinación y sus Anexos, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas de la Federación con el Estado.

  Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus subsidios provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los subsidios de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en tres ejemplares, en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los doce días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Sonora, Gustavo Adolfo de Unanue Galla.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Hacienda, Guillermo Hopkins Gámez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Francisco Aarón Celaya Celaya.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Agua Prieta, José Antonio Cuadras García.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Agua Prieta, Baudelio Vildosola Terán.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Hernán Méndez Oros.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Caborca, Héctor Manuel Pesqueira Peralta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Francisco Villanueva Salazar.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Cajeme, Alberto Flores Chong.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Samuel Rodríguez Sánchez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Empalme, José Trinidad Flores Mendoza.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Antonio Francisco Astiazaran Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Guaymas, Manuel Villegas Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Ernesto Gandara Camou.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Hermosillo, Enrique Palafox Paz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Marco Antonio Martínez Dabdoub.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Nogales, Cuauhtémoc Galindo Delgado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Navojoa, Onésimo Mariscales Delgadillo.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Navojoa, José Abraham Mendivil López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Héctor Rubén Espino Santana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de San Luis Río Colorado, Cristian Gilberto Lardin Apodaca.- Rúbrica.

Anexo I

Ciudades y Municipios Seleccionados

Ciudad o Zona Metropolitana Municipio
AGUA PRIETA AGUA PRIETA
CABORCA CABORCA
CUIDAD OBREGON CAJEME
EMPALME EMPALME
GUAYMAS GUAYMAS
HERMOSILLO HERMOSILLO
NOGALES NOGALES
NAVOJOA NAVOJOA
SAN LUIS RIO COLORADO SAN LUIS RIO COLORADO

  Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus subsidios provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los subsidios de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los diez días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Sonora, Gustavo Adolfo de Unanue Galla.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Hacienda, Guillermo Hopkins Gámez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Francisco Aarón Celaya Celaya.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Agua Prieta, José Antonio Cuadras García.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Agua Prieta, Baudelio Vildosola Terán.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Hernán Méndez Oros.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Caborca, Héctor Manuel Pesqueira Peralta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Francisco Villanueva Salazar.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Cajeme, Alberto Flores Chong.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Samuel Rodríguez Sánchez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Empalme, José Trinidad Flores Mendoza.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Antonio Francisco Astiazaran Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Guaymas, Manuel Villegas Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Ernesto Gandara Camou.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Hermosillo, Enrique Palafox Paz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Marco Antonio Martínez Dabdoub.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Nogales, Cuauhtémoc Galindo Delgado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Navojoa, Onésimo Mariscales Delgadillo.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Navojoa, José Abraham Mendivil López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Héctor Rubén Espino Santana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de San Luis Río Colorado, Cristian Gilberto Lardin Apodaca.- Rúbrica.

Anexo II

Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales por Municipio

(pesos)

Municipio Recursos aportados por LA SEDESOL Recursos aportados por “EL ESTADO Recursos aportados por “LOS MUNICIPIOS Total de recursos
AGUA PRIETA 2027,531 0.00 2027,531 4055,062
CABORCA 1930,583 0.00 1930,583 3861,166
CAJEME 4371,002 0.00 4371,002 8742,004
GUAYMAS 2279,594 0.00 2279,594 4559,188
EMPALME 1000,000 0.00 1000,000 2000,000
HERMOSILLO 5071,795 0.00 5071,795 10143,590
NOGALES 3515,038 0.00 3515,038 7030,076
NAVOJOA 3132,788 0.00 3132,788 6265,576
SAN LUIS RIO COLORADO 3321,143 0.00 3321,143 6642,286
TOTALES 26649,474 0.00 26649,474 53298,948

  Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus subsidios provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los subsidios de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los diez días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Sonora, Gustavo Adolfo de Unanue Galla.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Hacienda, Guillermo Hopkins Gámez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Francisco Aarón Celaya Celaya.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Agua Prieta, José Antonio Cuadras García.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Agua Prieta, Baudelio Vildosola Teran.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Hernán Méndez Oros.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Caborca, Héctor Manuel Pesqueira Peralta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Francisco Villanueva Salazar.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Cajeme, Alberto Flores Chong.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Samuel Rodríguez Sánchez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Empalme, José Trinidad Flores Mendoza.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Antonio Francisco Astiazaran Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Guaymas, Manuel Villegas Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Ernesto Gandara Camou.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Hermosillo, Enrique Palafox Paz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Marco Antonio Martínez Dabdoub.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Nogales, Cuauhtémoc Galindo Delgado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Navojoa, Onésimo Mariscales Delgadillo.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Navojoa, José Abraham Mendivil López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Héctor Rubén Espino Santana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento de San Luis Río Colorado, Cristian Gilberto Lardin Apodaca.- Rúbrica.