ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, para el Ejercicio Fiscal 2010

ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, para el Ejercicio Fiscal 2010.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

JESUS HERIBERTO FELIX GUERRA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones de la CONEVAL, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Que esta Secretaría recibió el oficio de fecha 4 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias; asimismo, recibió oficio de fecha 16 de diciembre de 2009 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010
Unico: Se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, para el ejercicio fiscal 2010.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 4 de enero de 2010.
Segundo.- Las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias se publican en su totalidad para mayor entendimiento.
 
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 18 días del mes de diciembre de dos mil nueve.- El Secretario de Desarrollo Social, Jesús Heriberto Félix Guerra.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS, PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2010
1. Presentación
La situación de marginación y rezago social que presenta más de la mitad de los municipios del país y la contrastante desigualdad que se observa a nivel nacional entre entidades federativas, a nivel estatal entre los diferentes municipios de cada estado, y a nivel municipal entre sus diferentes localidades, determina la necesidad -en el ámbito de la política pública- de contar con estrategias diferenciadas de desarrollo local y regional, que tengan como objetivo último cerrar las brechas de desigualdad que existen en el país.
La Ley General de Desarrollo Social reconoce estas diferencias de desarrollo que persisten en el país y define las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) como las áreas o regiones rurales o urbanas que, de acuerdo con los criterios definidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (CONEVAL), presentan condiciones estructurales de marginación, pobreza y exclusión social, que limitan las oportunidades de sus habitantes para ampliar sus capacidades e insertarse en la dinámica del desarrollo nacional.
Considerando esta problemática, el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias (PDZP) constituye una herramienta fundamental de la política social con enfoque territorial, bajo la cual se articulan acciones necesarias para brindar oportunidades de desarrollo a la población que habita estos territorios. Producto de la fusión de los Programas de Desarrollo Local, Microrregiones y de Apoyo a Zonas de Atención Prioritaria, que funcionaron de forma independiente pero coordinada durante el ejercicio fiscal 2008, el PDZP facilitará la atención integral de los rezagos vinculados con la infraestructura social básica (en sus dimensiones local y regional), y la carencia de servicios básicos en las viviendas, ubicadas en los municipios de muy alta y alta marginación que conforman las ZAP, de manera particular, y otras localidades, territorios o regiones que presentan iguales condiciones de rezago.
Para realizar sus acciones, el Programa considera al Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012 como su eje rector, especialmente las acciones del Programa forman parte del Eje 3, Objetivo 1, que plantea fortalecer el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades, atendiendo de manera particular las condiciones del territorio y la infraestructura necesaria para tal fin.
Asimismo, las acciones del Programa se alinean al objetivo 3 del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007 2012, el que propone disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial y la infraestructura social comunitaria, que permita la integración de estos territorios a los procesos de desarrollo.
Como parte de la Estrategia Vivir Mejor, el Programa contribuye a mejorar el entorno a través del incremento del capital físico con la creación, rehabilitación y ampliación de la infraestructura social básica y el mejoramiento de las viviendas.
De manera particular, el PDZP contribuye con las acciones orientadas a los municipios que conforman el universo de la Estrategia 100x100, que tiene como objetivo la atención integral de los 125 municipios con mayor marginación y pobreza del país, bajo esquemas de coordinación interinstitucional y los tres órdenes de gobierno.
En el anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las Reglas de Operación.
2. Objetivos
2.1. Objetivo General (Misión)
Contribuir a la reducción de las desigualdades regionales a través del fortalecimiento del capital físico y del desarrollo de acciones que permitan la integración de las regiones marginadas, rezagadas o en pobreza a los procesos de desarrollo.
2.2. Objetivo Específico
Crear o mejorar la infraestructura social básica y de servicios, así como las viviendas, en las localidades y municipios de muy alta y alta marginación, rezago social o alta concentración de pobreza, para impulsar el desarrollo integral de los territorios que conforman las Zonas de Atención Prioritaria y otros que presentan condiciones similares de marginación y pobreza.
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El Programa podrá operar en las 32 entidades federativas y, de manera particular, en los territorios definidos como Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), conforme lo siguiente:
·  Los municipios de alta y muy alta marginación que forman parte de las ZAP;
·  Los municipios catalogados como predominantemente indígenas, de acuerdo con los criterios establecidos por el CONAPO, independientemente de su grado de marginación (40% o más de la población hablante de lengua indígena mayor de cinco años);
·  Las localidades identificadas como estratégicas para el desarrollo de las regiones establecidas en la Declaratoria de ZAP, y sus áreas de influencia;
·  Las localidades de alta y muy alta marginación, ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja, siempre y cuando no se duplique con las actividades del programa Hábitat.
Para el caso de las acciones en las viviendas, según las que se precisan en el punto 3.5.1, el Programa podrá actuar en todos los casos en que los habitantes de dichas viviendas presenten condiciones de pobreza, rezago social o marginación, independientemente de la cobertura territorial mencionada anteriormente, siempre y cuando las acciones propuestas no se dupliquen con las de otros programas.
La relación de los municipios y localidades en los que opera el Programa se encuentran disponibles en la páginas de Internet http://www.sedesol.gob.mx y http://microrregiones.sedesol.gob.mx.
El Programa podrá actuar en municipios y localidades distintos a los ya señalados anteriormente en casos de emergencia o de atención a la población de zonas afectadas por desastres o contingencias naturales como huracanes, terremotos, deslaves, y otros eventos similares. En estos casos, se deberá contar con el dictamen del Comité de Validación Central, para lo cual se presentará una justificación de las obras o acciones, señalando la importancia de los proyectos para aminorar los rezagos o las condiciones de emergencia o de excepción generadas por las contingencias naturales.
3.2 Población Objetivo
La población objetivo la constituyen los habitantes de los municipios y localidades señalados en el numeral 3.1.
3.3 Criterios y Requisitos de Elegibilidad
Las propuestas de inversión elegibles para desarrollarse en el marco de este Programa deberán:
-      Estar ubicadas en los espacios territoriales señalados en el numeral 3.1 de estas Reglas de Operación;
-      Corresponder a alguno de los tipos de apoyo señalados en el numeral 3.5.1 de estas Reglas;
-      En el caso de inversiones en infraestructura, las propuestas deberán:
·  Contar con estudio técnico o proyecto ejecutivo;
·  Contar, en su caso, con el compromiso de todas las instancias involucradas en la prestación del servicio correspondiente;
·  Presentar un programa de mantenimiento y conservación;
La SEDESOL podrá rechazar propuestas de inversión de una instancia ejecutora que haya incumplido compromisos de mantenimiento, operación, o comprobación documental, de otras obras que le hayan sido autorizadas con anterioridad, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar.
3.4 Criterios de selección
El Programa dará prioridad a las obras y acciones que:
·  Contribuyan a la consecución de los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012;
·  Incidan de manera directa en las metas establecidas por el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012;
 
·  Se lleven a cabo en los municipios definidos por la Estrategia 100x100;
·  Tengan un impacto regional o intermunicipal dentro su universo de acción, particularmente las regiones establecidas en la Declaratoria de las ZAP, bajo el enfoque territorial.
3.5 Tipos y montos de apoyos
3.5.1 Tipo de Apoyo
El Programa apoyará obras y acciones en los siguientes principales rubros:
a) Infraestructura Social y de Servicios
Elaboración de estudios o proyectos ejecutivos y construcción, ampliación, mejoramiento, equipamiento o rehabilitación de:
·  Sistemas para la provisión de agua potable;
·  Obras de saneamiento, incluyendo alcantarillado, drenaje, colectores y plantas de tratamiento de aguas residuales, entre otras;
·  Rellenos sanitarios o similares;
·  Redes o sistemas de energía eléctrica, incluyendo el acercamiento de este servicio a los domicilios de los beneficiarios;
·  Infraestructura educativa (rehabilitación, equipamiento y construcción de aulas, escuelas, entre otros);
·  Centros de salud o similares (rehabilitación, equipamiento y construcción de centros de salud, entre otros);
·  Infraestructura productiva comunitaria (invernaderos, silos, infraestructura pecuaria, entre otros);
·  Sistemas de comunicación (telefonía y conectividad digital, entre otros);
·  Centros comunitarios digitales y otros espacios para el desarrollo comunitario.
b) Mejoramiento de la Vivienda
Primordialmente se apoyarán acciones para la construcción o instalación de:
·  Pisos firmes (eliminación de pisos de tierra);
·  Servicio sanitario (baños, letrinas, fosas sépticas, pozos de absorción o similares);
·  Fogones altos, estufas rústicas o similares;
·  Muros reforzados y techos.
En situación de emergencia originada por un fenómeno natural, previo a la emisión y publicación de la Declaratoria de Emergencia y/o del boletín de prensa del Sistema Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, el Programa podrá realizar acciones durante y después de la contingencia, de acuerdo con lo que disponga el Comité de Validación Central, el que tendrá en cuenta la magnitud de los daños y la inmediatez requerida para atender a la población afectada.
Con el fin de evitar duplicidades, se llevarán a cabo acciones de coordinación con las instancias federales y locales competentes, así como con el Fondo de Desastres Naturales. El Programa podrá operar en los territorios afectados por desastres naturales con recursos federales no comprometidos, que son subsidios disponibles al momento de las contingencias y/o aquellas ampliaciones de recursos del Programa destinados a atender dichas situaciones.
En los casos de emergencia, sólo se ejercerán subsidios en los territorios objetivo del Programa, salvo cuando el Comité de Validación Central determine la intervención en municipios y localidades diferentes a aquéllos. Se podrán realizar acciones de infraestructura social de emergencia, tales como el acondicionamiento o construcción de albergues temporales, comedores y baños comunitarios, entre otras. Además se podrán realizar acciones que tengan la finalidad de garantizar y reestablecer el abasto entre la población afectada.
3.5.2 Apoyos complementarios
Entre otras actividades, se podrán apoyar:
 
·  Actividades de apoyo para la organización comunitaria y la planeación participativa;
·  Promoción social y acciones para la coordinación entre los órdenes de gobierno, con instituciones de educación superior y de investigación, así como con organizaciones de la sociedad civil, que contribuyan a los objetivos del Programa;
·  Proyectos de servicio social comunitario promovidos por instituciones de educación superior y media superior;
·  Estudios e investigaciones para el desarrollo municipal y regional que contribuyan de manera directa a orientar o potenciar las inversiones del Programa para incrementar el impacto social de las mismas;
·  Acciones de difusión y promoción del Programa entre la población objetivo, así como de capacitación y asesoría a autoridades locales, que permitan un mejor direccionamiento de las inversiones.
3.5.3 Importe (Montos máximos de Apoyo).
El monto federal máximo de apoyo será de hasta $ 4,500,000.00 (cuatro millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) para las obras relacionadas con plantas de tratamiento de aguas residuales y electrificación; el resto de los proyectos, obras o acciones tendrá un monto máximo de apoyo federal de $ 2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
Podrán autorizarse montos superiores si la magnitud o el impacto social del proyecto, obra o acción lo justifica, previo dictamen del Comité de Validación Central, para lo cual se deberá presentar una justificación, en la que se describa la importancia e impacto social esperado del proyecto; en este proceso se considerarán los elementos señalados en el numeral 3.4 de estas reglas.
3.5.4 Temporalidad
Conforme a los objetivos señalados en estas Reglas, la SEDESOL, con base en los avances que se registren en los territorios apoyados, determinará la terminación del otorgamiento de los subsidios; para ello, se tomará en cuenta si dichos espacios territoriales cuentan con la infraestructura social y de servicios suficiente para poder cerrar las brechas de desigualdad a nivel estatal o nacional, así como la suficiencia presupuestaria con que se cuente.
3.6 Derechos y obligaciones de los beneficiarios
3.6.1 Derechos
La población beneficiaria tiene derecho a recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna.
3.6.2 Obligaciones
Los beneficiarios manifestarán, si les fuera requerido y sin faltar a la verdad, datos personales relativos a nombre, edad, sexo, domicilio, situación socio-económica, fecha de nacimiento, CURP, grado máximo de estudios, número de dependientes económicos; así como la información relativa al ejercicio de los recursos otorgados (tal como el destino final de los recursos).
3.7 Instancias participantes
3.7.1 Instancias Ejecutoras
Las instancias ejecutoras del Programa podrán ser las Delegaciones de la SEDESOL, otras dependencias o entidades federales, los municipios o demarcaciones territoriales, los gobiernos de las entidades federativas, organizaciones de la sociedad civil (de acuerdo con la legislación y disposiciones vigentes), instituciones académicas o de investigación, así como los propios beneficiarios de los proyectos, dependiendo del tipo de acción a realizar.
En su caso, se suscribirán los acuerdos, anexos o convenios de ejecución, coordinación o concertación correspondientes, donde deberá incluirse la conformidad de las partes para acatar la normatividad de este Programa y asegurar el establecimiento de mecanismos de información sobre los recursos y las erogaciones realizadas, que permitan el puntual seguimiento de los proyectos, obras y acciones.
Las personas morales sin fines de lucro consideradas organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones constituidas por los propios beneficiarios de los programas, que reciban recursos públicos federales deberán destinar los mismos (incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen dichos recursos), exclusivamente a los fines de este Programa.
3.7.2 Instancia Normativa.
La SEDESOL, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, es la instancia facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación y para resolver los casos no previstos en las mismas.
3.7.3 Coordinación Institucional
La SEDESOL establecerá los mecanismos de coordinación necesaria para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal; la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Con este mismo propósito, la SEDESOL podrá establecer acciones de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes Reglas de Operación y de la normatividad aplicable.
4. Mecánica de Operación
4.1. Ejercicio y Aprovechamiento de los Recursos
Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, la UARP, en coordinación con las Delegaciones SEDESOL, realizará la calendarización de los recursos de manera que el gasto se ejerza con oportunidad; adicionalmente, las Delegaciones SEDESOL establecerán las acciones de coordinación necesarias con las autoridades estatales y municipales, a efecto de que las aportaciones, que en su caso hubieren sido acordadas con dichos órdenes de gobierno, sean aplicadas con oportunidad.
Adicionalmente, a partir del 30 de junio la SEDESOL podrá realizar una evaluación del avance de las acciones y ejercicio de los recursos en cada entidad. Los recursos que no hubieren sido ejercidos o comprometidos o cuyas acciones no tuvieren avance de acuerdo a lo programado, serán reasignados por la UARP.
Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, a partir del 30 de junio la SEDESOL podrá realizar una evaluación del avance de las acciones y ejercicio de los recursos en cada entidad federativa. Los recursos que no hubieren sido ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no tuvieren avance satisfactorio, serán reasignados.
4.2. Proceso de operación
Los interesados deberán presentar las solicitudes de apoyo y propuestas de inversión a la Delegación, instancia que de acuerdo con el análisis técnico-normativo de cada uno de los proyectos y conforme a la disponibilidad presupuestaria del Programa, validará e informará por escrito al solicitante, sobre la viabilidad de los mismos en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la recepción de la propuesta en la Delegación; si al término de este plazo no hubiere sido emitida resolución, se entenderá que la solicitud o proyecto no fue aprobado.
En el caso de que a las solicitudes les faltare algún dato o hubiera error o duda, la Delegación tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de recibida la solicitud, para informar al solicitante, quien a su vez contará con el mismo plazo para solventar los pendientes a partir de la notificación.
Los procedimientos de operación, flujos de información, formatos, así como la apertura programática para los proyectos, que aplican a instancias gubernamentales, se encuentran definidos en los Lineamientos de los Programas de Desarrollo Social y Humano, emitidos por la SEDESOL, y que deberán guardar congruencia con lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
En el caso de que los beneficiarios u organizaciones de la sociedad civil se constituyan en ejecutores de los proyectos, las propuestas de inversión para todos los tipos de proyectos se presentarán en escrito libre señalando el nombre del ejecutor, su RFC, teléfono, domicilio para recibir notificaciones, así como el nombre y la firma del representante legal y se acompañarán de la siguiente información:
-      Nombre y descripción del proyecto, obra o acción en forma detallada, el objetivo que persigue su realización, la problemática a resolver y plan de trabajo.
-      Ubicación del proyecto, incluyendo entidad federativa, municipio y localidad.
-      Costo total del proyecto, incluyendo la mezcla financiera a aplicar y la fuente de financiamiento (federal, estatal, municipal o de participantes).
-      Número de personas a beneficiar, desagregando por género y grupos de edad, en su caso.
-      Metas a alcanzar en el periodo de ejecución, sin rebasar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal que
corresponda.
Las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar en copia y en original para su cotejo: acta constitutiva, CLUNI, cédula de identificación fiscal, identificación oficial del representante legal, comprobante de domicilio, formulario de registro ante SHCP, estado de cuenta y contrato de apertura bancario, carta de cumplimiento de obligaciones fiscales en escrito libre, currículum, carta manifestando que no presenta irregularidades con la SEDESOL u otra instancia Federal.
Antes de la ejecución de los proyectos, obras o acciones, los beneficiarios y organizaciones de la sociedad civil, deberán suscribir el convenio de concertación correspondiente. El modelo de convenio de concertación se incorpora como anexo a estas Reglas de Operación (Formato PDZP-A).
Los ejecutores, incluyendo los beneficiarios y organizaciones de la sociedad civil que ejerzan recursos públicos, deberán:
a)    Conservar bajo su custodia la documentación comprobatoria y justificativa de los recursos, la cual deberá estar resguardada, ordenada y disponible para su revisión o fiscalización correspondiente, al menos durante cinco años.
b)    Presentarla en original y copia, para compulsa y revisión, ante la SEDESOL a la conclusión del proyecto, o a más tardar en los primeros cinco días hábiles del año siguiente al del ejercicio o cuando les sea requerida.
4.3 Gastos de Operación
Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación externa del Programa, la SEDESOL podrá destinar recursos de hasta el 8% del presupuesto total asignado al Programa.
4.4 Registro de operaciones
4.4.1 Avances físico-financieros
Las instancias ejecutoras deberán reportar trimestralmente a la Delegación SEDESOL, durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al trimestre que se reporta los avances físico-financieros de los proyectos autorizados.
En el caso de que los beneficiarios, organizaciones de la sociedad civil u otras instancias diferentes a las gubernamentales se constituyan en ejecutores de los proyectos, el reporte de avance físico-financiero se presentará a la SEDESOL en original y tres copias en el formato PDZP-B que se adjunta a las presentes Reglas, en el mismo plazo establecido en el párrafo anterior. En caso de que la documentación no se encuentre completa o de la forma como fue solicitada, se informará de ello a los ejecutores, en los siguientes diez días hábiles a partir de la recepción, quienes contarán con un plazo de 5 días hábiles, a partir de la recepción del aviso, para solventar los faltantes.
4.4.2 Recursos no devengados
Los ejecutores deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo, deberán remitir copia del reintegro a la Delegación para su registro correspondiente.
4.4.3 Cierre de ejercicio
La Delegación, con apoyo de las dependencias y entidades ejecutoras, integrará el Cierre de Ejercicio y lo remitirá a la Dirección General de Seguimiento (DGS) en impreso y medios magnéticos. La DGS verificará la congruencia de la información con la Cuenta Pública.
En el caso de que los beneficiarios u organizaciones de la sociedad civil se constituyan en ejecutores de los proyectos, obras o acciones, deberán presentar a la SEDESOL el informe final de actividades en impresión y medios magnéticos, en los mismos términos señalados en el numeral 4.4.1. La comprobación de recursos deberá efectuarse conforme a la normatividad Federal vigente.
4.4.4 Acta de Entrega-Recepción.
Para cada una de las obras, proyectos o acciones terminadas por los ejecutores se deberá formular la correspondiente acta de entrega-recepción, a la que deberá incluirse un programa de conservación y mantenimiento de la obra o proyecto, cuando se trate de infraestructura. En el acta de entrega-recepción deberá participar el ejecutor de la obra y la comunidad beneficiada.
El acta deberá entregarse a la Delegación SEDESOL a más tardar a los 5 días hábiles de haberse efectuado; el acta deberá contener el compromiso de la comunidad, de los beneficiarios o de la instancia de gobierno que recibe la obra concluida sobre su mantenimiento, conservación, vigilancia y operación (formato PDZP-C).
4.4.5 Causas de suspensión
Cuando la SFP, la SEDESOL, o algún órgano de fiscalización de los tres órdenes o instancias de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento a los convenios o acuerdos, o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, la SEDESOL, previamente enterada por la Delegación Estatal, el Gobierno de la Entidad Federativa o del Municipio, podrá suspender los apoyos e inclusive solicitar su reintegro, así como los rendimientos financieros que en su caso se hubieren generado, de acuerdo con el origen de los recursos aportados, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables.
4.5.6 Comité de Validación Central
La SEDESOL constituirá un Comité de Validación Central que será presidido por quien designe el C. Subsecretario de Desarrollo Social y Humano y contará con la participación de representantes de las Unidades Administrativas adscritas a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, en calidad de vocales.
Este Comité contará con un Reglamento Interior y además, a consideración de su Presidente, se designará un Secretario Técnico y podrán participar invitados cuya experiencia pueda aportar mejoras a este proceso.
El Comité será responsable de conocer las propuestas que se le presenten, valorar su viabilidad y congruencia; y, emitir las recomendaciones que estime procedentes a la UARP; asimismo, dicho Comité tendrá la facultad de aprobar las inversiones centrales que en su caso se presenten, aquellos proyectos con cobertura territorial distinta a la señalada en el numeral 3.1, y los casos considerados de excepción, previa justificación sobre el impacto social del proyecto.
El Comité sesionará por lo menos una vez al año o más, de ser necesario, con la finalidad de dictaminar y, en su caso, aprobar los proyectos, obras o acciones que se presenten.
5. Evaluación Externa
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias o entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector deberán realizar una evaluación de resultados, de carácter externo, de los programas sujetos a Reglas de Operación.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS) conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el Programa Anual de Evaluación que emitan el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública. Los Lineamientos generales para la evaluación y el Programa anual de evaluación pueden consultarse en la página electrónica www.coneval.gob.mx.
Adicionalmente, la Sedesol podrá realizar evaluaciones complementarias a las establecidas en el Programa Anual de evaluación referido en el párrafo anterior, siempre y cuando el programa tenga disponibilidad presupuestal y la DGEMPS, en coordinación con las instancias competentes, las determinen pertinentes y viables técnica y económicamente.
La DGEMPS presentará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente y los difundirá a través de la página de Internet de la SEDESOL.
6. Indicadores
 
Nombre del Indicador
Unidad de
medida
Frecuencia de
medición
 
Número de pisos firmes en proyectos aprobados
Vivienda
Trimestral
 
Número de viviendas con servicio de agua entubada en proyectos aprobados
Vivienda
Trimestral
 
Número total de proyectos aprobados
Proyecto
Trimestral
 
7. Seguimiento, control y auditoría
7.1 Seguimiento
Con el propósito de mejorar la operación del programa, la DGS llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de recursos fiscales y, en coordinación con la UARP, a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas. Asimismo, realizará o coordinará acciones de seguimiento físico (monitoreo en campo), de proyectos, obras y acciones, cuya metodología deberá ser acordada con la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación.
7.2 Control y Auditoría
Los ejecutores serán responsables de la supervisión directa de las obras o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable.
Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o por los municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por el Organo Interno de Control en la SEDESOL; por la SFP, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales; así como por la Auditoría Superior de la Federación.
El ejecutor dará todas las facilidades a dichas instancias para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinentes, las auditorias que consideren necesarias; asimismo, efectuará el seguimiento y la solventación de las observaciones planteadas por los órganos de control. La inobservancia de esta disposición, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
8. Transparencia
8.1 Difusión
Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles para la población en las Delegaciones, así como en las páginas electrónicas de la SEDESOL: www.sedesol.gob.mx y www.microrregiones.sedesol.gob.mx.
Las Delegaciones, en coordinación con la UARP, serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del Programa, con la participación de las instancias ejecutoras.
Las características de la población, tipos de apoyo, procedimientos y trámites para obtener los beneficios que brinda el Programa, expresados en las presentes Reglas (así como de todos los programas que están a cargo de la SEDESOL, sus órganos administrativos desconcentrados y entidades del sector), se encontrarán disponibles para su consulta en la dirección electrónica www.sedesol.gob.mx, en el vínculo "Transparencia Focalizada: Programas y servicios para el ciudadano".
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del presente ejercicio fiscal, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
8.2 Contraloría Social
 
Se propiciará la participación de los beneficiarios del Programa a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
La UARP deberá ajustarse a los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril del 2008, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el esquema que se indica en el Formato PDZP-CS.
8.3 Padrones de Beneficiarios
El Padrón de Beneficiarios se conformará con base en los lineamientos específicos que para tal fin emitan la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios y la UARP, mismos que estarán disponibles en la página www.sedesol.gob.mx
9. Perspectiva de Género
El Programa impulsará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación gradual de la Perspectiva de Género en las diversas fases de su operación, específicamente en materia de desagregación de información e indicadores y evaluación externa.
10. Quejas y denuncias
Los beneficiarios pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable.
Las quejas y denuncias se podrán captar en las siguientes instancias:
a) En la SEDESOL
Area de Atención Ciudadana
Teléfonos: 5141-7972 o 51417974
Larga distancia sin costo: 01-800-0073-705
Correo electrónico: demandasocial@sedesol.gob.mx
Domicilio:
-      Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, D.F.
-      Avenida Paseo de la Reforma No. 51, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F.
Organo Interno de Control en la SEDESOL:
Teléfono: 5328-5000, Ext. 51413, 51445, 51452, 51453, 51460, 51462, 51463, y 51465
Fax D.F. Ext. 51484 y 51487
Larga distancia sin costo: 01-800-7148-340
Correos electrónicos: organo.interno@sedesol.gob.mx, quejasoic@sedesol.gob.mx, alejandro.morales@sedesol.gob.mx, raul.gomez@sedesol.gob.mx
Página electrónica: www.sedesol.gob.mx
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 116, piso 11, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, D.F.
b) En la Secretaría de la Función Pública
Teléfono D.F. y área metropolitana: 2000-2000
 
Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466
De Estados Unidos 01-800-4752-393
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F.
c) En Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas, a través del buzón colocado para tal efecto.
Anexo 1. Glosario de Términos
Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias
Acta de entrega-recepción: Es el documento que da constancia de la terminación de una obra y se elabora con el propósito de efectuar el descargo en el sistema de contabilidad gubernamental.
Apertura programática: Herramienta para la identificación y clasificación de acciones y obras por su tipo, en la cual se establecen las unidades de medida que permiten cuantificar las metas.
Centros Comunitarios Digitales y/o de Aprendizaje: nombre genérico para los espacios de aprendizaje y capacitación para la comunidad, con una oferta educativa flexible en tiempo y espacio, a través del uso de computadoras conectadas en red y con servicio de Internet.
CONAPO: El Consejo Nacional de Población, por mandato de la Ley de Población, tiene la misión de regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que ésta participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social.
Comité: Comité de Validación Central del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritaria
CLABE: La Clave Bancaria Estandarizada se utiliza para realizar transferencias y operaciones interbancarias.
Convenio de Concertación: Instrumento jurídico que se firma cuando un particular es aportante de recurso o ejecutor, mediante el cual se asegura el cumplimiento de la normatividad del programa y el establecimiento de mecanismos de información para el seguimiento de obras o acciones en el transcurso de su ejecución.
Contraloría Social: Es la participación ciudadana orientada a la vigilancia, seguimiento y mantenimiento de las obras o acciones realizadas dentro del programa.
Coordinación institucional: Proceso a través del cual se da orden al esfuerzo institucional de las dependencias y entidades del gobierno federal y de los gobiernos estatales, municipales. Los propósitos primordiales de esta coordinación son evitar la duplicidad de esfuerzos, transparentar y hacer más eficiente el uso de los recursos.
CONEVAL. Es el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
CURP: Clave Unica de Registro de Población.
CLUNI: Clave Unica de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
DGEMPS: Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales, Unidad Administrativa adscrita a la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social.
Delegación o Delegaciones: De acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, son las Delegaciones de la Secretaría en las entidades federativas.
Declaratoria de desastre natural: Es el documento oficial emitido por la Secretaría de Gobernación que señala cuando una Entidad Federativa se encuentre en condiciones de desastre natural a causa de un fenómeno natural perturbador. Esta declaratoria se emite a solicitud de la Entidad Federativa afectada.
 
Enfoque Territorial: Es una alternativa metodológica que permite plantear políticas sociales de carácter diferenciado a partir de las capacidades y características del territorio. Bajo este enfoque se hace más evidente la necesidad de articular acciones diversas a través de la coordinación interinstitucional para lograr un desarrollo regional equilibrado.
Estrategia 100x100: Es un esquema de coordinación que conjunta las acciones de los diferentes programas federales con la que se busca promover la concurrencia de los recursos asignados presupuestamente a cada programa, con el objetivo de transformar, de manera integral, las condiciones de rezago de los municipios con menor Indice de Desarrollo Humano (IDH) del país, a través del mejoramiento de las condiciones de vida de la población y del incremento de las posibilidades para una mayor productividad y empleo. La relación de municipios que la integran se encuentra disponible en: http://microrregiones.sedesol.gob.mx/
FONDEN: El Fondo de Desastres Naturales (Fonden) es un instrumento financiero del Sistema Nacional de Protección Civil, que tiene como finalidad apoyar a las entidades federativas de la República Mexicana, así como a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la atención y recuperación de los efectos que produzca un fenómeno natural, de conformidad con los parámetros y condiciones previstos en sus Reglas de Operación.
Impacto Social: Es el efecto previsto de un proyecto en las condiciones de vida de la población; engloba los diversos beneficios que proporciona el proyecto y que en términos cualitativos o cuantitativos- justifican el monto de la inversión.
Instancia Ejecutora: Dependencia, Entidad u Organismo responsable de la realización de los proyectos obras o acciones.
Lineamientos de los Programas de Desarrollo Social y Humano: Documento que contiene los procesos operativos y administrativos internos a los que se deben apegar las instancias gubernamentales (Delegaciones de la SEDESOL en las entidades federativas o, en su caso, gobiernos locales) que participan en el Programa. Para tener vigencia, estos Lineamientos deben ser dictaminados por el Comité de Mejora Regulatoria Interna de la SEDESOL, no implican costos de cumplimiento para la población objetivo ni para los beneficiarios del Programa y están disponibles para su consulta en la página electrónica de la Normateca Interna de la SEDESOL: http://normatecainterna.sedesol.gob.mx;
LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LFTAIPG: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Marginación: Es un fenómeno estructural de rezago de un territorio determinado que, de manera general, refleja la falta de acceso de la población a bienes y servicios básicos. El Consejo Nacional de Población establece una medida-resumen de marginación, i.e., el índice de marginación, con base en nueve variables de rezago y con la cual se clasifican a las entidades federativas, municipios, localidades, áreas geoestadísticas básicas, de acuerdo a su grado de marginación: muy alto, alto, medio, bajo y muy bajo.
Participación comunitaria: Es la intervención de los habitantes de las localidades en la planeación de su propio desarrollo.
Perspectiva de género. Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
Programa: Se referirá al Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritaria.
Programa Sectorial de Desarrollo Social: es el documento que establece los objetivos y las estrategias nacionales en materia de Desarrollo Social con apego al Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
Reglas: Las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritaria.
RFC: Registro Federal de Contribuyentes.
Sedesol: La Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal.
SHCP: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.
UARP: Unidad Administrativa Responsable del Programa.
ZAP: Zonas de Atención Prioritaria, son las localidades, municipios, áreas o regiones, tanto de carácter rural como urbano, cuya población registra índices de pobreza, marginación o vulnerabilidad, determinadas conforme a lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social.

ANEXO 2
FORMATO PDZP-A CONVENIO DE CONCERTACION TIPO
PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS
CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA POR SU DELEGADO ESTATAL, EL C. ____________________, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE __________________________, REPRESENTADO POR ______________________________________; POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE _________________, REPRESENTADO POR _______________; Y LA ORGANIZACION DE LA SOCIEDAD CIVIL ______________________________________________ A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL _________________________________________; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA SEDESOL", "EL GOBIERNO DEL ESTADO", "EL MUNICIPIO" Y "LA ORGANIZACION", RESPECTIVAMENTE; CON EL OBJETO DE FORTALECER LA OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS A TRAVES DEL PROYECTO DENOMINADO ________________________________________________________, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
1.- El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como eje de la política de desarrollo social y humano, lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades, señala como estrategias fortalecer los programas existentes de superación de la pobreza, ampliándolos para incluir otras vertientes de apoyo social y asegurar que lleguen a la población que realmente lo necesita; impulsar prioritariamente el desarrollo de municipios de mayor marginación. A través de una efectiva focalización de recursos y coordinación de esfuerzos entre el Gobierno Federal y los demás órdenes de gobierno; asegurar que los mexicanos en situación de pobreza resuelvan sus necesidades de alimentación y vivienda digna, con pleno acceso a servicios básicos y a una educación y salud de calidad; mejorar los procesos de planeación, operación y evaluación de los programas para la superación de pobreza, y promover la participación responsable de la sociedad civil en el combate a la pobreza.
2.- El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año ______, publicado en el Diario Oficial de la Federación el ______________________, en su Artículo __ establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo a los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, Consejo Nacional de Población y las evaluaciones del CONEVAL,
mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.
3.- El Ejecutivo Federal a través del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" ha instrumentado el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, cuyo objetivo general es ___________________________
____________________________________________________________________________________.
4.- En las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, aprobadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el apartado de requisitos, se establece que los proyectos a presentar deberán ________________________________________________________________________.
5.- Los Gobiernos Federal, Estatal, Municipal y las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la localidad o municipio objeto del presente instrumento.
DECLARACIONES
1. "LA SEDESOL", declara:
A.   Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
B.   Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda; coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida en lo que convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y el establecimiento de medidas de seguimiento y control; así como evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a favor de los estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas.
C.   Que el C. ________________________ tiene facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto por el artículo ____, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.
D.   Que para efectos del presente Convenio señalan como domicilio el ubicado en ____________________________________________________________________________.
2. Declara "EL GOBIERNO DEL ESTADO":
       A. Que __________________________________________________________________________.
3. Declara "EL MUNICIPIO":
A.   Que ________________________________________________________________________.
4. Declara "LA ORGANIZACION":
A.   Que tiene como objeto social, entre otras, __________________________________________.
B.   Que está constituida conforme a las leyes mexicanas, por escritura pública No. _______, de fecha ___________________, pasada ante la fe del Notario Público No. ______ de la ciudad de ___________, Lic. _______________________. (En caso de que no contenga acta notariada deben redactarse los datos del instrumento de creación de la organización, grupo o comité que
permitan su plena identificación, debiendo contar con validación de la autoridad local).
C.   Que el C. ____________________________, es actualmente su representante legal de acuerdo a los poderes que le han sido otorgados por "LA ORGANIZACION" para representar a la misma, y que no le han sido revocados de acuerdo a la escritura pública No. ____________ _______, pasada ante la fe del Notario Público No. _______ de la ciudad de ________, Lic. _______________. (En caso de que no contenga acta notariada debe redactarse los datos del instrumento donde se le otorgan los poderes al representante por parte de la organización, grupo o comité que permitan su plena identificación, debiendo contar con validación de la autoridad local).
D.   Que cuenta con CLUNI número: ____________________________________________.
E.   Que no persigue fines de lucro, ni de proselitismo partidista, político, electoral o religioso, en términos de lo señalado en la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
5. Las partes declaran:
UNICA. Que es su voluntad fortalecer y participar en la operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, mediante la realización del proyecto objeto de este convenio.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26, 105, 115, y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 37, 38, 39 y 44 de la Ley de Planeación; 4 y 19 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; los aplicables de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; ________ del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 20__; las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias publicadas en el Diario Oficial de la Federación el ___ de____ de ____; 1, 2, ____________ del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; _______________ de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de ________________________________; ____________________________________ (espacio para las leyes locales) y en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano; las partes celebran el presente Convenio de Concertación, al tenor de las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- "LA SEDESOL", "EL GOBIERNO DEL ESTADO", "EL MUNICIPIO" y "LA ORGANIZACION", convienen en conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, a través de la participación en la ejecución del (proyecto, obra o acción) denominado: _____________________________________________.
SEGUNDA.- Las partes acuerdan que la instancia ejecutora de este proyecto, obra o acción será ___________________________, en lo sucesivo "EL EJECUTOR", quién será el responsable de ejecutar los recursos asignados a la obra, acción o proyecto en el marco del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, con estricto apego a las Reglas de Operación y demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público.
TERCERA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio se prevé una inversión total de $ ____________ (__________________________M.N.) cantidad que se desglosa de la siguiente manera:
"LA SEDESOL" aportará $ _________ (_____M.N.), recursos que provienen del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social".
"EL GOBIERNO DEL ESTADO" aportará $ ____________ (________M.N.).
 
"EL MUNICIPIO", aportará $ ___________________________ (________M.N.).
"LA ORGANIZACION", aportará $___________________________ (_________M.N.), de recursos propios.
Los recursos federales que se comprometan en este Convenio de Concertación, están sujetos a la disponibilidad del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal ____ y a las autorizaciones jurídico-administrativas correspondientes.
Las partes aportarán los recursos correspondientes de acuerdo al siguiente procedimiento _________________________________________; y la entregarán a "EL EJECUTOR" mediante _____________________________________________________________________________.
CUARTA.- Una vez que se cumpla con lo estipulado en la Cláusula Tercera del presente Convenio de Concertación, la instancia ejecutora de los recursos se apegará estrictamente a lo estipulado en las Reglas de Operación y al presente instrumento, además, tendrá las responsabilidades siguientes:
a)     Verificar que los proyectos cumplan con los lineamientos normativos y las especificaciones técnicas correspondientes.
b)     Presentar proyecto, que estipule metas, acciones, servicios, costos, número de beneficiarios, entre otros, mismo que deberá ser dictaminado en cuanto a su viabilidad técnica y disponibilidad presupuestal por "LA SEDESOL".
c)     Aplicar los recursos federales ministrados, única y exclusivamente a lo que establecen las Reglas de Operación del Programa objeto del presente instrumento, así como ejercerlos y comprobarlos, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
d)     En caso de celebrar contratos, adquirir bienes muebles o bien ejecutar directamente las obras, deberá observar las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y demás ordenamientos aplicables.
e)     Llevar un control del ejercicio de cada uno de los recursos que se aportan mediante el Convenio de Concertación, el avance físico de las acciones en ejecución, así como formular el acta de entrega-recepción de las obras terminadas.
f)     Formular trimestralmente reportes sobre el avance físico-financiero de las obras y/o acciones bajo su responsabilidad y remitirlos a "LA SEDESOL" en el Estado, durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior a la fecha del reporte.
g)     Mantener un registro específico y actualizado mediante una subcuenta en el registro contable del ejercicio, para los recursos federales, estatales y municipales a que se refiere la Cláusula Tercera, así como presentar a "LA SEDESOL", para su validación, control y seguimiento, los documentos comprobatorios.
h)     Las personas morales sin fines de lucro, consideradas organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones legalmente constituidas por los propios beneficiarios de los programas, que reciban recursos públicos federales deberán destinar los mismos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen dichos recursos, exclusivamente a los fines de este Programa.
QUINTA.- La instrumentación de los proyectos seleccionados se formalizará mediante Anexos Técnicos, elaborados por la Delegación Sedesol y que firmados por las partes se integrarán al mismo.
SEXTA.- El incumplimiento de cualquiera de los compromisos y de las obligaciones asumidas por la
instancia ejecutora, "LA ORGANIZACION" o los beneficiarios en el marco del presente Convenio, dará lugar a la rescisión administrativa del mismo. En tal caso las partes se sujetan a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Si se rescindiera el Convenio, el Organismo Ejecutor se compromete a reintegrar a los aportantes los recursos entregados para la realización del objeto del presente instrumento, junto con los intereses que se hubieren generado. Este reintegro será por el monto total o la proporción que no haya sido erogada al momento de la rescisión del presente convenio, según lo determine "LA SEDESOL". El Organismo Ejecutor tendrá el plazo que establece la legislación aplicable para realizar el reintegro.
SEPTIMA.- El incumplimiento de las obligaciones que asumen las partes en este instrumento jurídico o la desviación de los recursos que se comprometen, originará la suspensión de los apoyos, y en su caso su reintegro, aplicándose las disposiciones a que hubiere lugar en materia de responsabilidad. Los recursos federales que no se destinen a los fines que se establecen en este Convenio de Concertación, y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, en términos de lo establecido en el artículo ___ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 20__ y demás normatividad aplicable.
OCTAVA.- En el caso de que "EL EJECUTOR" incurriera en mal uso o disposición de los recursos entregados, o en incumplimiento de los compromisos adquiridos en este Convenio, "LA SEDESOL" y/o "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y/o "EL MUNICIPIO" independientemente de la rescisión administrativa del instrumento jurídico, está (n) facultado (s) para iniciar las acciones jurídicas ante la autoridad competente en contra de quien resulte responsable.
NOVENA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la Cláusula Cuarta del presente instrumento, corresponderá a la SEDESOL, a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP, realice la Contraloría del Ejecutivo Estatal.
DECIMA.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento las partes se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
DECIMA PRIMERA.- Para el caso de que se suscitase alguna duda o controversia respecto a la interpretación del presente Convenio, las partes acuerdan expresamente desde ahora, someterse a la jurisdicción de los tribunales federales con sede en el Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle en razón a su domicilio presente o futuro.
DECIMA SEGUNDA.- "LA SEDESOL" en el ámbito de su competencia, llevará a cabo el control presupuestal, seguimiento, registro y control de las acciones derivadas del presente Convenio, así como de los recursos que se aporten.
DECIMA TERCERA.- El presente Convenio de Concertación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el ____de ___ de _____.
El presente Convenio se podrá revisar, adicionar o modificar por las partes, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. Dichas modificaciones deberán constar por escrito, y entrarán en vigor a partir de su suscripción por las partes.
Enteradas las partes de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Concertación por cuadruplicado en la Ciudad de _________; a los _________ días del mes de __________ de ________.
POR: "LA SEDESOL"
POR: "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
 
C. __________________________
 
C._______________________
 
POR: "EL MUNICIPIO"
 
POR "LA ORGANIZACION"
 
C. _________________________
 
C. ______________________
 
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
NOTA: La Leyenda que antecede, deberá imprimirse en todas las hojas del Convenio de Concertación. El convenio será elaborado por la Sedesol y firmado y rubricado por quienes en él intervienen.
Ejercicio Fiscal ____________________                       Fecha de Reporte _______________________
I.- Datos del Proyecto
Nombre del Proyecto ___________________________________________________________________
Entidad Federativa ______________________ Municipio ________________________________
Localidad ____________________________________________________________________________
Fecha de Inicio ____________________ Fecha de Término Programada _______________________
II.- Avance Financiero
II.1.- Inversión Aprobada:                                (Cifras en pesos)
Total
Federal
Estatal
Municipal
Participantes
 
 
 
 
 
 
II.2.- Inversión Ejercida:
Total
Federal
Estatal
Municipal
Participantes
 
 
 
 
 
 
II.3-Avance Financiero (II.2 / II.1 X 100):
Total
Federal
Estatal
Municipal
Participantes
 
 
 
 
 
 
III.- Avance Físico
III.1.- Metas Aprobadas:                    III.2.- Metas Alcanzadas:                      III.3.- Avance Porcentual:
Unidad de Medida       Cantidad         Unidad de Medida         Cantidad
____________          _______         ____________             _______             ____________
____________          _______         ____________             _______             ____________
____________          _______         ____________             _______             ____________
Avance Físico del Periodo que se Reporta: ______________ Avance Físico Acumulado:_____________________
IV.- Observaciones
_____________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
________________________________________
Representante de la Instancia Ejecutora
(Nombre, Firma, Domicilio, Teléfono y RFC)
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTE INFORME SON VERIDICOS
Llenar a máquina o letra de molde, o bien, capturar extrayendo el formato de la página www.microrregiones.gob.mx
Presentar original y dos copias / Contacto para consultas sobre este formato guillermo.huerta@sedesol.gob.mx
Sistema de Atención Telefónica a la Ciudadanía (SACTEL) 01-800-112-05-84 en el interior de la República y 30 03 20 00 en el DF y área metropolitana
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
INSTRUCTIVO DE LLENADO
FORMATO PDZP-B / REPORTE DE AVANCE FISICO FINANCIERO
Ejercicio Fiscal
Indicar el año en el que se realizará la obra, proyecto o acción.
Fecha de Reporte
Señalar la fecha del reporte mensual o trimestral de que se trate indicando día, mes y año.
Datos del proyecto
Señalar el nombre del proyecto, obra o acción, la entidad federativa, municipio y localidad, así como la fecha de inicio de la obra, proyecto o acción y la fecha de término programada.
Avance financiero
Indicar la inversión aprobada por Sedesol desagregando los importes Federal, Estatal, Municipal y de Participantes; señalar la inversión ejercida en el periodo que se reporta desagregando los importes Federal, Estatal, Municipal y de Participantes; indicar en porcentaje el avance financiero por cada uno de los rubros Federal, Estatal, Municipal y de Participantes; este último dato resulta de dividir el monto ejercido entre el monto aprobado, multiplicando por 100.
Avance físico
Indicar las metas aprobadas al proyecto, obra o acción, así como las metas alcanzadas desagregando unidad de medida y cantidad; el avance porcentual resulta de dividir las metas alcanzadas entre las metas aprobadas, multiplicando por 100.
Ejemplo:
Metas Aprobadas                  Metas Alcanzadas            Avance Porcentual
Unidad de medida    Cantidad      Unidad de medida  Cantidad
Transformador           10         Transformador          8               80 %
Avance físico del periodo que se reporta
Señalar el avance físico al mes o trimestre del reporte.
Avance físico acumulado
Indicar el avance físico acumulado, es decir el avance total desde que la obra inició hasta la fecha de reporte.
Observaciones
Espacio para comentarios que se consideren relevantes.
Nombre, firma, domicilio, teléfono y RFC del representante de la instancia ejecutora
Señalar el nombre completo, firma, domicilio, teléfono y registro federal de contribuyentes (con homo clave) del representante de la instancia ejecutora.
 
EN LA LOCALIDAD DE ______________________________________, MUNICIPIO DE _______________________, DEL ESTADO DE____________________________; SIENDO LAS _______HORAS DEL DIA _____ DE ___________DEL 20____, SE REUNIERON EN LAS INSTALACIONES DE____________________________________, LAS SIGUIENTES PERSONAS:
NOMBRE
CARGO
DEPENDENCIA
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
__________________________
 
QUIENES ASISTEN COMO REPRESENTANTES AUTORIZADOS DE LAS DEPENDENCIAS SEÑALADAS AL ACTO DE ENTREGARECEPCION DE LA OBRA (EQUIPAMIENTO O PROYECTO) DENOMINADA:_______________________ ___________________________________________________________________________________________________
EJECUTADA POR: ________________________________________________________________________________
EL FINANCIAMIENTO PARA LA CONSTRUCCION DE ESTA OBRA (EQUIPAMIENTO O PROYECTO) SE REALIZO EN EL MARCO DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS, CON LA SIGUIENTES CARACTERISTICAS:
No. DE OBRA
TOTAL
FEDERAL
ESTATAL
MUNICIPAL
PARTICIPANTES
 
 
 
 
 
 
 
FECHA DE INICIO__________ FECHA DE TERMINO ___________MODALIDAD DE EJECUCION ________________
UNA VEZ VERIFICADA LA OBRA MEDIANTE RECORRIDO O INSPECCION, POR LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN ESTE ACTO, SE CONCLUYE QUE LA OBRA (EQUIPAMIENTO O PROYECTO) SE ENCUENTRA TOTALMENTE TERMINADA Y FUNCIONANDO, POR LO QUE SE HACE ENTREGA DE LA MISMA A____________________________ _________________________________________________________________________, QUIEN RECIBE Y MANIFIESTA EXPLICITAMENTE EL COMPROMISO DE DARLE MANTENIMIENTO, CONSERVARLA, VIGILAR Y SUFRAGAR SU CORRECTA OPERACION.
EL EJECUTOR SE OBLIGA A RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACION APLICABLE.
DE EXISTIR INCONFORMIDAD SOBRE LA EJECUCION DE LA OBRA (EQUIPAMIENTO O PROYECTO) SE ANOTARAN LAS CAUSAS
_______________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________
 
ENTREGA LA OBRA
(EQUIPAMIENTO O PROYECTO)
RECIBE
_______________________________________
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE
LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTE INFORME SON
VERIDICOS
 
_____________________________________
 
TESTIGOS
          ___________________________________          ___________________________________
          ___________________________________          ___________________________________
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Presentar los ejemplares de acuerdo al número de participantes. / Contacto para consultas sobre este formato guillermo.huerta@sedesol.gob.mx
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"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
INSTRUCTIVO DE LLENADO
FORMATO PDZP-C / ACTA DE ENTREGA RECEPCION
Datos del lugar de la realización del evento de entrega-recepción de la obra, proyecto, acción o equipamiento
Señalar el nombre de la localidad, municipio, entidad federativa, hora y fecha del evento de entrega-recepción.
Nombre, cargo y dependencia de las personas que participan en el evento de entrega-recepción de la obra, proyecto, acción o equipamiento
Indicar el nombre, cargo y dependencia de adscripción de las personas participantes en el evento de entrega-recepción de la obra, proyecto, acción o equipamiento; se señalarán los datos de quien entrega la obra, de quien recibe, así como de los testigos que participan y presencian el acto.
Datos de la obra y de la instancia ejecutora
Señalar el nombre de la obra, proyecto, acción o equipamiento, así como de la instancia ejecutora.
Fecha de inicio, fecha de término y modalidad de ejecución
Indicar la fecha de inicio de la obra, proyecto, acción o equipamiento; la fecha en que fue concluida, así como la modalidad de ejecución (administración directa, contrato).
Identificación de la instancia que recibe la obra, proyecto, acción o equipamiento
Señalar el nombre completo de la instancia que recibe la obra, proyecto, acción o equipamiento.
Causas de inconformidad
De existir inconformidad sobre la obra, proyecto, acción o equipamiento, en este espacio se señalará lo correspondiente.
Datos de quien entrega la obra, proyecto, acción o equipamiento
Señalar el nombre completo del responsable de la instancia que entrega la obra, proyecto, acción o equipamiento.
Datos de quien recibe la obra, proyecto, acción o equipamiento
Señalar el nombre completo del responsable de la instancia que recibe la obra, proyecto, acción o equipamiento.
Testigos
Nombre y firma de los testigos que presenciaron el evento de entrega-recepción de la obra, proyecto, acción o equipamiento.
 
ANEXO 5
Formato PDZP-CS
ESQUEMA DE CONTRALORIA SOCIAL
EN EL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS
PRESENTACION
Conforme a lo establecido en los "Lineamientos para la promoción y operación de la contraloría social en los programas federales de desarrollo social", se expide el presente documento rector para la planeación, operación y el seguimiento de las actividades de contraloría social.
OBJETIVO
Definir la estrategia mediante la cual se realizarán las actividades de promoción de contraloría social que deben ejecutar tanto la Unidad de Microrregiones, a través de la Dirección General Adjunta de Planeación Microrregional (DGAPM), como instancia normativa, así como las Coordinaciones Microrregionales (Representaciones Federales), en las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad federativa.
1.- DIFUSION
La difusión de la operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, así como los mecanismos correspondientes a las actividades de contraloría social, se llevará a cabo de la siguiente forma:
1.1 La Unidad de Microrregiones a través de la DGAPM (Instancia Normativa)
La promoción de las actividades de contraloría social del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias se realizará a través de los siguientes medios.
·  Dípticos
·  Página Web: www.mirorregiones.gob.mx
·  Reuniones grupales informativas
Los materiales producidos por la instancia normativa deberán ser enviados a la Unidad de Comunicación Social de la SEDESOL, así como a la SFP, para su validación en imagen y contenido, respectivamente.
1.2 Coordinaciones Microrregionales (Representaciones Federales)
 
La promoción de las actividades de contraloría social en el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias se realizará a través de los siguientes medios.
·  Dípticos
·  Carteles
·  Reuniones grupales informativas
Los materiales producidos por las representaciones federales deberán ser enviados a la instancia normativa para promover su validación ante la Unidad de Comunicación Social de la SEDESOL, así como de la SFP.
2.- CAPACITACION Y ASESORIA
Con el fin de impulsar adecuadamente la realización de las actividades de contraloría social, la Unidad de Microrregiones brindará capacitación y asesoría, tanto a los servidores públicos que intervienen en la operación del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias como a los integrantes de los Comités de Contraloría Social a través de las siguientes etapas:
2.1 Constitución de Comités
La constitución de los Comités de Contraloría Social será responsabilidad de las Coordinaciones Microrregionales de las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad.
2.2 Capacitación a servidores públicos y a los integrantes de los comités
La capacitación a servidores públicos de la SEDESOL será proporcionada por la Unidad de Microrregiones -Unidad Administrativa Responsable de la Operación del Programa y el área normativa-, y con la participación de los Organos Estatales de Control. La capacitación a los Comités será responsabilidad del personal de la Delegación de la Sedesol, a través de las Coordinaciones de Microrregiones en cada entidad.
2.3 Asesoría a los comités
Las Coordinaciones Microrregionales en las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad, deberá asesorar a los comités en las actividades de contraloría social.
2.4 Captación de cédulas de vigilancia e informe anual
El personal de las Coordinaciones Microrregionales en las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad, será el encargado de captar las cédulas de vigilancia y elaborar los informes anuales.
3.- SEGUIMIENTO
El seguimiento y la evaluación de las actividades de contraloría social del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias lo realizará el personal de las Coordinaciones Microrregionales en las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad, mismo que se desarrollará mediante los siguientes instrumentos:
3.1 Cédulas de Vigilancia
Las Coordinaciones Microrregionales en las Delegaciones de la SEDESOL en cada entidad deberán recabar trimestralmente las cédulas de vigilancia, así mismo deberán ser capturadas en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS) a cargo de la Secretaría de la Función Pública (SFP).
3.2 Informes Trimestrales y Anuales
 
El instrumento para monitorear el cumplimiento de las actividades de promoción de la contraloría social serán los informes trimestrales y anuales que entregarán los integrantes de los comités al personal de las Coordinaciones Microrregionales; los cuales serán remitidos a la Unidad de Microrregiones (Instancia Normativa), en particular a la Dirección General Adjunta de Planeación Microrregional.
Los resultados que se obtengan de dichos informes por parte de los Comités de Contraloría Social se registrarán en el Sistema Informático de Contraloría Social de la SFP
4.- ACTIVIDADES DE COORDINACION
Las Delegaciones de la SEDESOL podrán solicitar el apoyo de las entidades federativas y de los municipios para llevar a cabo la promoción de la contraloría social, de acuerdo con los objetivos planteados en el Esquema de Contraloría Social correspondiente al Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias. En estos casos se deberá registrar un programa de trabajo conjunto, en el que destaquen las actividades de planeación, promoción y seguimiento, conforme los acuerdos a los que se arribe con los estados, mediante sus Organos Estatales de Control, o con los municipios involucrados.
 

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