RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una ae

RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave, publicado el 8 de septiembre de 2010.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTUDIOS TECNICOS PARA LAS MODIFICACIONES O ALTERACIONES QUE AFECTEN EL DISEÑO ORIGINAL DE UNA AERONAVE
FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracciones I, III y XVI, 41, 45, 47, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 4, 6 fracción III y último párrafo, 7 fracciones I, V y VI y 7 bis fracciones IV y VII, 17 y 32 de la Ley de Aviación Civil; 135 fracción IV, 139 y 145 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 28, 33 y 80 al 82 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 fracciones III y XVI, 6 fracción XIII y 21 fracciones XIII, XV, XXVI y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010 aprobadas por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo el día 8 de febrero de 2011 y el cual establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave.
Los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana durante los 60 días naturales posteriores al 8 de septiembre de 2010, fecha en la cual dicho Proyecto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, fueron recibidos y atendidos ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, en sus oficinas correspondientes, sitas en Providencia número 807, 3er. piso, colonia Del Valle, código postal 03100, México, Distrito Federal, teléfono 50-11-64-08, fax 55-23-62-75, o al correo electrónico pcarranp@sct.gob.mx.
Atentamente
México, D.F., a 14 de septiembre de 2011.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, Felipe Duarte Olvera.- Rúbrica.
Una vez que los comentarios fueron estudiados y discutidos en la sesión ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo (CCNNTA), celebrada el 8 de febrero del año en curso y atendiéndose todos los comentarios recibidos, y a través de este documento se emiten las respuestas a los mismos, tal como lo marca la Ley de la materia.
RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS DURANTE EL PLAZO DE CONSULTA PUBLICA AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-
NOM-021/3-SCT3-2010, "QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTUDIOS TECNICOS PARA LAS MODIFICACIONES O
ALTERACIONES QUE AFECTEN EL DISEÑO ORIGINAL DE UNA AERONAVE", PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 8 DE
SEPTIEMBRE DE 2010
PROMOVENTE
Numeral
DESCRIPCION DEL COMENTARIO
RESPUESTA
RESOLUCION
QUEDA COMO
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de...
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
...40 fracciones I, III y XVI, 41, 45, 47 fracción l, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización...
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
...40 fracciones I, III y XVI, 41, 45, 47, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
...Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demás disposiciones aplicables, he tenido a bien ordenar...
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
...Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ordenar...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
Federación del proyecto de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010 aprobado aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo el día 78 de abrilfebrero de 20102011 y...
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
...Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2010 aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo el día 8 de febrero de 2011...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
ElLa presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que dentro de entre en vigor posterior a los siguientes 60 días naturales, contados a partir...
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
La presente Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que entre en vigor posterior a los siguientes 60 días naturales, contados a partir...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
Fundamento
jurídico
..., los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, en sus oficinas correspondientes, sitas en Providencia número 807, 3er. piso, colonia Del Valle, código postal 03100, México, Distrito Federal, teléfono 50-11-64-08, fax 55-23-62-75, o al correo electrónico acanogal@sct.gob.mx.
Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Norma Oficial Mexicana en cuestión y la Manifestación de Impacto Regulatorio, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado.
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
 
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
TITULO
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTUDIOS TECNICOS PARA LAS MODIFICACIONES O ALTERACIONES QUE AFECTEN EL DISEÑO ORIGINAL DE UNA AERONAVE
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-021/3-SCT3-2010, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTUDIOS TECNICOS PARA LAS MODIFICACIONES O ALTERACIONES QUE AFECTEN EL DISEÑO ORIGINAL DE UNA AERONAVE
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
PREFACIO
La Ley de Aviación Civil establece las atribuciones que en materia de aviación civil tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de aviación civil, entre las cuales destacase encuentra la de expedir las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones administrativas en materia de aviación civil.
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
La Ley de Aviación Civil establece las atribuciones que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de aviación civil, entre las cuales se encuentra la de expedir las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones administrativas;...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
PREFACIO
...la aeronave, su cuerpo básico para el caso de helicópteros, motores, hélices, componentes y accesorios;
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's.
de la aeronave, su cuerpo básico, motores, hélices, componentes y accesorios;
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
PREFACIO
Normanorma
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's y en todo el documento.
norma
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
PREFACIO
...cumplir los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos en los...
Procedente
Adecuación y homologación
...cumplir los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos en los...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
PREFACIO
En cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), para la emisión de Normas Oficiales Mexicanas, el 8 de septiembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave, a efecto de que en términos de los artículos 47 fracción I y II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, los interesados, presentaran comentarios al Proyecto en un periodo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana.
Posterior a ese periodo de 60 días naturales, y en cumplimento con los artículos 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, se presentaron y fueron evaluados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, los comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana aprobándose los mismos, así como la Norma Oficial Mexicana, siendo publicada dicha respuesta a los comentarios en el Diario Oficial de la Federación el X de XXXXX del 2011.
En tal virtud y por lo establecido en el artículo 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave.
Procedente
Adecuación y homologación
En cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), para la emisión de Normas Oficiales Mexicanas, el 8 de septiembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave, a efecto de que en términos de los artículos 47 fracción I y II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, los interesados, presentaran comentarios al Proyecto en un periodo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana.
Posterior a ese periodo de 60 días naturales, y en cumplimento con los artículos 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, se presentaron y fueron evaluados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, los comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana aprobándose los mismos, así como la Norma Oficial Mexicana, siendo publicada dicha respuesta a los comentarios en el Diario Oficial de la Federación el X de XXXXX del 2011.
En tal virtud y por lo establecido en el artículo 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para
En tal virtud y por lo establecido en el artículo 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-021/3-SCT3-2010, Que establece los requerimientos que deben cumplir los estudios técnicos para las modificaciones o alteraciones que afecten el diseño original de una aeronave.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
INDICE
...con las Normas Mexicananormas mexicanas tomadas como base para su elaboración
Procedente
Adecuación y homologación con todas las NOM's y en todo el documento.
...con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboración
AEROMAR
1.
El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer los requerimientos que deben cumplir los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos en los estudios...
Procedente
La aplicabilidad de una NOM no puede requerirse a una cosa u objeto, por lo cual debe de ser a una persona, sea esta física o moral.
Se adecua el objetivo del proyecto de Norma.
El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer los requerimientos que deben cumplir los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos en los estudios...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
3.9.
Diseño original: Todas las características de un producto aeronáutico, incluidos su diseño, limitaciones e instrucciones sobre mantenimiento de la aeronavegabilidad, determinadas por el fabricante, las cuales determinan sus condiciones de aeronavegabilidad.
Procedente
Se incluyen estas definiciones basadas en el glosario aprobado por el SC
3.9. Diseño original: Todas las características de un producto aeronáutico, incluidos su diseño, limitaciones e instrucciones sobre mantenimiento de la aeronavegabilidad, determinadas por el fabricante, las cuales determinan sus condiciones de aeronavegabilidad.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
3.10.
3.10. Disposición legal aplicable: Publicaciones técnicas aeronáuticas tales como: Alertas, Cartas de política, Circulares obligatorias y Circulares de asesoramiento, mismas que deben ser consideradas de carácter explicativo y reglamentario, en los casos que corresponda.
Procedente
Se incluyen estas definiciones basadas en el glosario aprobado por el SC
3.10. Disposición legal aplicable: Publicaciones técnicas aeronáuticas tales como: Alertas, Cartas de política, Circulares obligatorias y Circulares de asesoramiento, mismas que deben ser consideradas de carácter explicativo y reglamentario, en los casos que corresponda.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
3.11.
 
3.11. Estudio técnico: Es un documento que contiene información técnica, que demuestra por medio de una memoria de cálculo, que las modificaciones o alteraciones mayores que se pretendan realizar al diseño original de un producto, no afecten la aeronavegabilidad del mismo.
Procedente
Se incluyen estas definiciones basadas en el glosario aprobado por el SC
3.11. Estudio técnico: Es un documento que contiene información técnica, que demuestra por medio de una memoria de cálculo, que las modificaciones o alteraciones mayores que se pretendan realizar al diseño original de un producto, no afecten la aeronavegabilidad del mismo.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
3.12.
3.9.12. Operador aéreo: El propietario o poseedor de una aeronave de Estado, de las comprendidas en el artículo 5 fracción II inciso a) de la Ley de Aviación Civil, así como de transporte aéreo privado no comercial, mexicano o extranjero.
 
Procedente
Se incluyen estas definiciones basadas en el glosario aprobado por el SC
3.12. Operador aéreo: El propietario o poseedor de una aeronave de Estado, de las comprendidas en el artículo 5 fracción II inciso a) de la Ley de Aviación Civil, así como de transporte aéreo privado no comercial, mexicano o extranjero.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
3.13.
3.14.
3.15.
3.16.
3.17.
3.13. Permisionario...
3.11.14. Producto: Aeronaves...
3.12.15. Secretaría...
3.13.16. Taller Aeronáutico
3.14.17. Vuelo de prueba...
Procedente
Se adecua numeración
3.13. Permisionario...
3.14. Producto: Aeronaves...
3.15. Secretaría...
3.16. Taller Aeronáutico...
3.17. Vuelo de prueba...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
4.2
...numeral 3.11.14. de la presente Norma Oficial Mexicana, no deben operar aquellos productos que han sido sometidos a una alteración o modificación mayor, excepto cuando se cumpla con los requerimientos del estudio técnico conforme a los lineamientos establecidos en la presente Norma Oficial Mexicana, que justifique que ésta no afecta la aeronavegabilidad de la aeronave, su cuerpo...
Procedente
Adecuación y
homologación
...numeral 3.14. de la presente Norma Oficial Mexicana, no deben operar aquellos productos que han sido sometidos a una alteración o modificación mayor, excepto cuando se cumpla con los requerimientos del estudio técnico conforme a los lineamientos establecidos en la presente Norma Oficial Mexicana, que justifique que ésta no afecta la aeronavegabilidad de la aeronave, su cuerpo...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.1.
5.1.1
...aeronave, su cuerpo básico, para el caso de helicópteros...
Procedente
Adecuación y
homologación
...aeronave, su cuerpo básico...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.1.2.
...presente Norma Oficial Mexicananorma, y de conformidad con lo que estipule la Nnormatividad y/o disposición legal aplicable...
Procedente
Adecuación y
homologación
...presente norma, y de conformidad con lo que estipule la normatividad y/o disposición legal aplicable...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.2.
...presente Norma Oficial Mexicananorma, debe ser avalado por un Iingeniero en aeronáutica y, si aplica, por el especialista que haya realizado el mismo y que cuente con los conocimientos necesarios referentes a la modificación o alteración que se pretenda realizar, misma que debe de acreditarse oficialmente ante la Autoridad Aeronáutica y. El estudio debe...
Procedente
Adecuación y
homologación
...presente norma, debe ser avalado por un ingeniero en aeronáutica y, si aplica, por el especialista que haya realizado el mismo y que cuente con los conocimientos necesarios referentes a la modificación o alteración que se pretenda realizar, misma que debe de acreditarse oficialmente ante la Autoridad Aeronáutica. El estudio debe...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.3.1
...involucrados, peso de los componentes removidos e instalados, así como su instalación indicando cantidad, número de parte, una vez efectuada la alteración o modificación mayor y en caso de requerirse, las instrucciones de peso y determinación del efectuar el peso y balance de la aeronave, para determinar el nuevo centro...
Procedente
Mayor certeza en el control de la modificación.
...involucrados, peso de los componentes removidos e instalados, así como su instalación indicando cantidad, número de parte, una vez efectuada la alteración o modificación mayor y en caso de requerirse efectuar el peso y balance de la aeronave, para determinar el nuevo centro...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.3.2.
5.3.2. Referencias al manual de mantenimiento de la bibliografía utilizada, especificaciones, o equivalente de la entidad estándares utilizados por el(los) responsable(s) del diseño de tipo e información adicional requerida para efectuar estudio técnico que sustente o demuestre que la alteración o modificación mayor aeronave se encuentra en condiciones de aeronavegabilidad.
Procedente
Adecuación del texto, para realizar énfasis en aeronavegabilidad.
5.3.2. Referencias de la bibliografía utilizada, especificaciones, o estándares utilizados por el(los) responsable(s) del estudio técnico que sustente o demuestre que la aeronave se encuentra en condiciones de aeronavegabilidad.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.3.3.
Listado de equipo, material consumible y herramienta especial requerida para efectuar los trabajos de alteración o modificación mayor.
Procedente
Se adopta respecto a los materiales que deben ser aprobados y utilizados en la modificación.
Listado de equipo, material consumible y herramienta especial requerida para efectuar los trabajos de alteración o modificación mayor.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.4.
Las alteraciones o modificaciones mayores efectuadas pueden ser recomendadas por el fabricante del tipo de aeronave, parte o componente, en cuyo caso deben ser incorporadas de acuerdo con la información técnica recomendada por el fabricante. Unicamente si no cuenta con la aprobación del Estado de diseño.
Procedente
Adecuación y
homologación
Las alteraciones o modificaciones mayores efectuadas pueden ser recomendadas por el fabricante del tipo de aeronave, parte o componente, en cuyo caso deben ser incorporadas de acuerdo con la información técnica recomendada por el fabricante. Unicamente si no cuenta con la aprobación del Estado de diseño.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
5.6.2.
Se debe efectuar el vuelo de prueba cumpliendo con lo preescrito en la Nnormatividad y/o disposición legal aplicable que regule el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves.
Procedente
Adecuación y
homologación
Se debe efectuar el vuelo de prueba cumpliendo con lo prescrito en la normatividad y/o disposición legal aplicable que regule el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
 
5.7.
...información de vuelo. Así como cambios a las publicaciones técnicas afectadas o cambios al programa de mantenimiento.
Procedente
Se debe realizar la revisión de información técnica tanto de operación como de mantenimiento correspondiente.
...información de vuelo. Así como cambios a las publicaciones técnicas afectadas o cambios al programa de mantenimiento y demás que aplique.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
6.1.
...Internacional, en relación y con las normas y métodos recomendados en el Anexo 6 al mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Parte I, Capítulo 8, numerales 8.1 y 8.6, Anexo 6, Parte II, Sección II, Capítulo 2.6, numerales 2.6.1 y 2.6.3, Sección III, Capítulo 3.8, y Anexo 6, Parte III, Sección II, Capítulo 6, numerales 6.1 y 6.6, Sección III, Capítulo 6, numerales 6.1 y 6.4., emitidos por la Organización de Aviación Civil Internacional.
Procedente
Adecuación y
homologación
...Internacional y con las normas y métodos recomendados en el Anexo 6 al mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Parte I, Capítulo 8, numerales 8.1 y 8.6, Anexo 6, Parte II, Sección II, Capítulo 2.6, numerales 2.6.1 y 2.6.3, Sección III, Capítulo 3.8, y Anexo 6, Parte III, Sección II, Capítulo 6, numerales 6.1 y 6.6, Sección III, Capítulo 6, numerales 6.1 y 6.4., emitidos por la Organización de Aviación Civil Internacional.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
6.2.
No existen Normasnormas mexicanas que hayan servido de base para su elaboración, dado que al momento no existen antecedentes regulatorios públicos en este sentido
Procedente
Adecuación y
homologación
No existen normas mexicanas que hayan servido de base para su elaboración, dado que al momento no existen antecedentes en este sentido
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
9.2.
Serán sujetos de evaluación de la conformidad, los concesionarios, permisionarios, operadores aéreos y la persona que cuente con los conocimientos necesarios referentes a la modificación o alteración que se pretenda realizar, a través de los estudios técnicos, que hayan avalado los mismos y, en su caso, de la verificación de la alteración o modificación mayor que afecte el diseño original de una aeronave., los concesionarios, permisionarios, operadores aéreos y los ingenieros en Aeronáutica que hayan avalado los estudios
Procedente
Adecuación y
homologación
Serán sujetos de evaluación de la conformidad, los concesionarios, permisionarios, operadores aéreos y la persona que cuente con los conocimientos necesarios referentes a la modificación o alteración que se pretenda realizar, a través de los estudios técnicos, que hayan avalado los mismos y, en su caso, de la verificación de la alteración o modificación mayor que afecte el diseño original de una aeronave.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
9.3
Los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos y los ingenieros en Aeronautica al solicitar...
... dentro de lo previsto en esta Norma Oficial Mexicana...
Procedente
Adecuación y
homologación
Los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos al solicitar...
... dentro de lo previsto en esta Norma Oficial Mexicana...
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
9.6.
Para dar cumplimiento con lo previsto en el numeral 9.3. de la presente norma, el concesionario, permisionario, y operador aéreo, y los ingenieros en Aeronautica que pretendan realizar una alteración o modificación a una aeronave, deben llenar el formulario correspondiente, descrito en el Apéndice "B" Nnormativo de la presente Norma Oficial Mexicana.
procedente
Adecuación y
homologación
Para dar cumplimiento con lo previsto en el numeral 9.3. de la presente norma, el concesionario, permisionario y operador aéreo, que pretendan realizar una alteración o modificación a una aeronave, deben llenar el formulario correspondiente, descrito en el Apéndice "B" normativo de la presente Norma Oficial Mexicana.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
10.1
México, Distrito Federal, a 26 de agosto de 2010.- El Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, Humberto Treviño Landois.- Rúbrica.
APENDICE " México, Distrito Federal, a
Procede
Adecuación y
homologación
México, Distrito Federal, a
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
APENDICE A
APENDICE "A" NORMATIVO
Alteraciones o Modificaciones Mayores
A continuación se enlistan algunas alteraciones o modificaciones mayores, siendo éstas enunciativas mas no limitativas.
Procede
Adecuación y
homologación
APENDICE "A" NORMATIVO
Alteraciones o Modificaciones Mayores
A continuación se enlistan algunas alteraciones o modificaciones mayores, siendo éstas enunciativas mas no limitativas.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
APENDICE A
(h) Elementos del fuselaje como incluyendo largueros, costillas, componentes sujetadores, amortiguadores, refuerzos abrazaderas, cubiertas, carenado de motor, carenados y los pesos y balances contrapesos
Procede
Adecuación y homologación de acuerdo al FAR USA
(h) Elementos del fuselaje incluyendo largueros, costillas, sujetadores, amortiguadores, abrazaderas, cubiertas de motor, carenados y contrapesos
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
APENDICE A
Alteraciones o modificaciones en motores
(a) La conversión del motor de una aeronave de un modelo a otro, implicando cambios en la relación de compresión, reductor de la hélice, impulsor de las relaciones de transmisión o la sustitución de las piezas del motor que requiere rehacer extensa la prueba del motor
(a) Cambio del motor o hélice a un modelo diferente o distinto al aprobado en el Certificado Tipo.
Procede
Adecuacion y homologación de acuerdo al FAR USA
Alteraciones o modificaciones en motores
(a) Cambio del motor o hélice a un modelo diferente o distinto al aprobado en el Certificado Tipo.
DIRECCION
GENERAL DE
AERONAUTICA
CIVIL
APENDICE B
Usar lápiz o tinta, preferiblemente de color negro.
Procedente
Adecuación y
homologación
Usar tinta, preferiblemente de color negro.
 
Ciudad de México, D.F., a 14 de septiembre de 2011.