ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a Senadores y Diputados por ambos principios, presentadas por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Ver

ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, relativo a las solicitudes de sustitución de candidaturas a Senadores y Diputados por ambos principios, presentadas por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como por las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG222/2012.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, RELATIVO A LAS SOLICITUDES DE SUSTITUCION DE CANDIDATURAS A SENADORES Y DIPUTADOS POR AMBOS PRINCIPIOS, PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLITICOS ACCION NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO Y NUEVA ALIANZA, ASI COMO POR LAS COALICIONES COMPROMISO POR MEXICO Y MOVIMIENTO PROGRESISTA.
ANTECEDENTES
I.     Con fecha veintinueve de marzo de dos mil doce, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión especial, aprobó el registro de las candidaturas a Senadores y Diputados tanto de mayoría relativa como de representación proporcional que cumplieron con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, mediante Acuerdos identificados con claves de control CG192/2012 y CG193/2012, denominados: "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Senadores por el principio de mayoría relativa presentadas por los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y Nueva Alianza, así como por las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista, y las candidaturas a Senadores por el principio de representación proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido de la Revolución Democrática, del Trabajo, y Movimiento Ciudadano, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2011-2012" y "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como por las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista, y las candidaturas a Diputados por el principio de representación proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2011-2012", respectivamente, mismos que en adelante sólo se identificarán con sus claves de control.
II.     En sesión extraordinaria celebrada el día once de abril de dos mil doce, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, respecto al cumplimiento al punto séptimo de los Acuerdos CG192/2012 y CG193/2012 de dicho órgano máximo de dirección, por los que se registraron las candidaturas a senadores y diputados por ambos principios para el Proceso Electoral Federal 2011-2012, así como a las solicitudes de sustitución de candidaturas a senadores y diputados presentadas por los partidos políticos y coaliciones".
CONSIDERANDO
1.     Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1; y 105, párrafo 2, ambos del Código de la materia, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, cuya función estatal es la organización de las elecciones federales y en la que tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
2.     Que conforme a lo establecido por el artículo 41, párrafo segundo, Base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los numerales 36, párrafo 1, inciso d); 93, párrafo 2; y 218 párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es derecho exclusivo de los partidos políticos y, para este Proceso Electoral Federal, de las coaliciones formadas por ellos, el registrar candidatos a cargos de elección popular.
 
3.     Que el artículo 118, párrafo 1, inciso h), del Código Electoral determina como atribución del Consejo General: "[...] Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas se desarrollen con apego a este Código y cumplan con las obligaciones a que están sujetos [...]".
4.     Que el artículo 227, párrafo 1, inciso b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que los partidos políticos y coaliciones podrán sustituir a sus candidatos por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia.
5.     Que mediante escritos recibidos con fecha doce de abril de dos mil doce, el Licenciado Rogelio Carbajal Tejada, Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Senadores por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos, al tenor de lo siguiente:
·    De la ciudadana Villada Martínez Lizbeth Ariana, candidata suplente a Senadora por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al Estado de México, por la ciudadana Alonso Quintana María Guadalupe.
·    De la ciudadana Reyes Hernández Ivideliza, candidata propietaria a Senadora por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al estado de Nayarit, por la ciudadana Dueñas Joya Rosa Guillermina.
6.     Que mediante oficios CEMM-273/12 y CEMM-305/12 recibidos los días treinta de marzo y diez de abril de dos mil doce, el Maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid, Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Senadores por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos, al tenor de lo siguiente:
·    Del ciudadano Domínguez Priego José María candidato suplente a Senador por el principio de mayoría relativa en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Chiapas, por el ciudadano Díaz Saldaña Carlos.
·    De los ciudadanos Romero Lainas Adolfo y Vicente Castillo Mariano, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Senadores por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al estado de Oaxaca, por los ciudadanos López Lena Cruz Humberto y Velasco Román Silverio de Jesús.
7.     Que mediante escritos recibidos los días nueve, trece, dieciséis y diecisiete de abril de dos mil doce, el ciudadano Roberto Pérez de Alba Blanco, Coordinador Ejecutivo Político Electoral del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Senadores por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos al tenor de lo siguiente:
·    De las ciudadanas Ornelas Fernández Marina de Jesús y Juárez Granados María de los Angeles, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Senadoras por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al Distrito Federal, por las ciudadanas Martínez Cárdenas Adriana y Ornelas Fernández Marina de Jesús.
·    De las ciudadanas Tellez Díaz Tania Melisa y Bejarano Reyes Bertha Itze, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Senadoras por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al Distrito Federal, por las ciudadanas Banquells Núñez María del Rocío y Juárez Granados María de los Angeles.
·    De las ciudadanas Lazcano Contreras Leticia y Torres Reyes Dulce Rosario, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Senadoras por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Hidalgo, por los ciudadanos Herrera León Pablo y Torres Albor Eduardo Germán.
·    De los ciudadanos Herrera León Pablo y Torres Albor Eduardo Germán, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Senadores por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al estado de Hidalgo, por las ciudadanas Lazcano Contreras Leticia y Torres Reyes Dulce Rosario.
·    De las ciudadanas Tafolla Escamilla Marisela y Reyes Avila Angélica, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Senadoras por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Michoacán, por las ciudadanas Reyes Avila Angélica y Méndez Mendoza Olivia.
 
·    Del ciudadano Alonso Granados Héctor Eduardo, candidato suplente a Senador por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Puebla, por el ciudadano Cañedo Carrión José Rafael.
·    De la ciudadana Soto López América, candidata suplente a Senadora por el principio de mayoría relativa, en el número 2 de la lista correspondiente al estado de Puebla, por la ciudadana López Aguirre Lidia Felisa.
·    Del ciudadano Parra Medina Jesús David, candidato propietario a Senador por el principio de mayoría relativa, en el número 1 de la lista correspondiente al estado de Sonora, por el ciudadano Coronado Acuña Rafael.
8.     Que mediante escrito recibido el día trece de abril de dos mil doce, el Diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, Coordinador Ejecutivo Político Electoral del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en virtud de la renuncia del ciudadano Ferro López Arturo Jesús, como candidato propietario a Senador por el principio de representación proporcional en el número 10 de la lista nacional, solicitó la sustitución respectiva por el ciudadano Flores Ramírez José Fernando.
9.     Que mediante escritos recibidos los días doce, trece y diecisiete de abril de dos mil doce, el Licenciado Rogelio Carbajal Tejada, Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos al tenor de lo siguiente:
·    De las ciudadanas Celedón Cobos Araceli y Lozano López Adela, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 03 del estado de Baja California, por las ciudadanas Mata Lozano Lizbeth y Hernández Sánchez María del Carmen.
·    De la ciudadana Mendoza Rojas Raquel, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Hidalgo, por la ciudadana Domínguez Ramos Ma. de los Angeles.
·    De la ciudadana Saucedo Delgado Graciela Olivia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 06 del estado de Hidalgo, por el ciudadano Jiménez Juárez José Alfredo.
·    De la ciudadana Villegas Chavarría Soyla Dellanira, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 07 del estado de Hidalgo, por la ciudadana Flores Meléndez Nadia.
·    De la ciudadana Salido Castro Claudia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Michoacán, por la ciudadana Jiménez Valdovinos Ma. Guadalupe.
·    De los ciudadanos Castro Mata José Angel y Barajas Rivas Carmen Adriana, candidatos propietario y suplente, respectivamente a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Nayarit, por los ciudadanos Hernández Ibarria Carlos y Sandoval Cervantes Cristal.
·    De los ciudadanos Rubio Castañeda Amado y Pineda Bermúdez América Karina, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Nayarit, por los ciudadanos Castro Mata José Angel y Barajas Rivas Carmen Adriana.
·    De la ciudadana Morales Castro Adriana Cristina, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Puebla, por la ciudadana Martínez Alonso Sharain Guadalupe.
·    De la ciudadana Salas Rojas Leticia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Puebla, por la ciudadana Flores Espinoza María de los Angeles.
·    De la ciudadana Rodríguez Motolinía Rocío Berenice, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 07 del estado de Puebla, por la ciudadana Lagunes Viveros Violeta del Pilar.
·    De la ciudadana Jiménez Ortiz Ana María, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 09 del estado de Puebla, por la ciudadana Huerta Villegas Genoveva.
 
·    De las ciudadanas, Ulin Arias Alondra Patricia y Luna Acosta María Isabel, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Tabasco, por las ciudadanas Luna Acosta María Isabel y Ulin Arias Alondra Patricia.
·    De la ciudadana Gordillo Enríquez Silvia del Carmen, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Zacatecas, por la ciudadana Medina Arenas Martha Patricia.
10.   Que mediante escritos recibidos los días once y dieciséis de abril de dos mil doce, el Licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos al tenor de lo siguiente:
·    De la ciudadana Peñaloza Rivera Griselda, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa en el Distrito 01 del estado de Michoacán, por la ciudadana Sandoval Rentería Lucía.
·    De la ciudadana Delgado Rodríguez Paula, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa en el Distrito 07 del estado de San Luis Potosí, por la ciudadana Terán Guevara María Rebeca.
·    De la ciudadana Sánchez Chiu Iris Fernanda, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa en el Distrito 05 del estado de Sonora, por la ciudadana León Chávez Martha Carolina.
11.   Que mediante escrito recibido el día once de abril de dos mil doce, el Licenciado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de la ciudadana Benavente Rodríguez Beatriz Eugenia, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, postulada por la Coalición Compromiso por México, en el Distrito 02 del estado de San Luis Potosí, solicitó la sustitución respectiva por la ciudadana Martínez Cárdenas Esther Angélica.
12.   Que mediante oficios CEMM-301/12, CEMM-311/12, CEMM-312/12 y escrito recibidos con fechas diez, doce y trece de abril, respectivamente, todos de dos mil doce, la coalición Movimiento Progresista, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos al tenor de lo siguiente:
·    De las ciudadanas Ruiz Alarcón Ma. del Rosario y Sánchez Pacheco María Isabel, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Chihuahua, por las ciudadanas Sánchez Pacheco María Isabel y Sánchez Aguilar María Magdalena.
·    De las ciudadanas Sánchez González Noemí del Rocío y González Angeles Claudia Estela, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 11 del estado de Guanajuato, por las ciudadanas Campos Gutiérrez Susana y Calderilla Rangel Rosa.
·    De la ciudadana Granillo Cruz Florencia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 04 del estado de Hidalgo, por la ciudadana Morales Martínez Stephany Nallely.
·    Del ciudadano Cruz Cruz Marco Antonio, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 06 del Estado de México, por el ciudadano González Gaistardo Humberto.
·    De las ciudadanas Reyes Montiel Carla Guadalupe y Díaz Magaña Daniela, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 08 del estado de México, por las ciudadanas Zamudio Villagrana Mónica y Alonso Palacios Leticia.
·    De las ciudadanas, Bonilla Jaime Juana y Sánchez Lira Ma. De los Angeles, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 29 del estado de México, por los ciudadanos González Bautista Valentín y Rosas Esparza Rodrigo.
 
·    De las ciudadanas, Ruiz Méndez Victoria y Méndez Cisneros María Elvira, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Michoacán, por las ciudadanas Nájera Alvarado Judith y Mora Alvarez Beatriz.
·    Del ciudadano Torres Mendoza Cristóbal, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 11 del estado de Michoacán, por la ciudadana Saucedo Reyes Araceli.
·    De los ciudadanos Peña Garza Eugenio y Venzor Acosta Juan, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 04 del estado de Nuevo León, por las ciudadanas Jara Bautista Minerva Betsabé y Rodríguez López Lourdes Mayela.
·    De las ciudadanas Acosta Moreno Brenda Yajaira y Gasca Muñoz Miriam Alejandra, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 06 del estado de Nuevo León, por los ciudadanos Flores Flores Horacio Ervey y Gándara Tovar Aida Judith.
·    De la ciudadana Jara Bautista Minerva Betsabé, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 11 del estado de Nuevo León, por la ciudadana Sánchez Garza Marisa.
·    Del ciudadano Arroyo González José Antonio, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Oaxaca, por el ciudadano García Enríquez Lucio.
·    De las ciudadanas Almanza Armas Silvia Leticia y García García Edna Martha, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 04 del estado de Tamaulipas, por las ciudadanas Sánchez Látigo Ma. del Rosario y Sánchez Látigo Elvia.
·    De la ciudadana Ascanio Vázquez Cruz Olivia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 20 del estado de Veracruz, por la ciudadana Ramón Bautista Matilde.
·    De las ciudadanas Borges Pasos Teresita de Jesús y Rojas Canché Isabel, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Yucatán, por las ciudadanas De Lille Cabrera María Consuelo y Presuel Heredia Silvia Leticia.
·    De los ciudadanos Cuevas Mena Mario Alejandro y Mex Cab Nelson Melchor, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Yucatán, por las ciudadanas Cetz Martín Elmy y Góngora Marín Angélica María.
13.   Que mediante escrito recibido el día once de abril de dos mil doce, los ciudadanos Jorge Legorreta Ordorica y Diego Guerrero Rubio, Secretario Ejecutivo y Secretario Técnico, respectivamente, del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México, en virtud del fallecimiento del ciudadano Torrres Chiwo Héctor Aníbal y la renuncia del ciudadano Contreras Martínez Irving Sinney, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de San Luis Potosí, solicitaron la sustitución respectiva por los ciudadanos Domínguez Hernández Julio Daniel y Morales Aguado Ignacio.
14.   Que mediante escritos recibidos los días nueve, trece y dieciséis de abril de dos mil doce, el ciudadano Roberto Pérez de Alba Blanco, Coordinador Ejecutivo Político Electoral del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa, solicitó la sustitución de los mismos al tenor de lo siguiente:
·    De la ciudadana Lozano Aguirre Blanca Irene, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Coahuila, por la ciudadana Gallardo Sánchez Zelma Yanett.
·    Del ciudadano Quijano Valdés Luis Miguel, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 03 del estado de Coahuila, por el ciudadano Cázares Delgado Juan.
 
·    De la ciudadana Villarreal Flores Claudia Vanesa, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 04 del estado de Coahuila, por la ciudadana Rodríguez Espinosa María Teresa.
·    De las ciudadanas De la Parra García María de Jesús y Santana Valencia Edith Angélica, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del Distrito Federal por las ciudadanas Guzmán Juárez María de Jesús y Falomir Sánchez Emma.
·    De la ciudadana Victoria Cerón Marcela, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 08 del Distrito Federal, por el ciudadano Reyes Díaz Constantino.
·    Del ciudadano Miranda Montiel Jorge, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 12 del Distrito Federal, por el ciudadano Rangel Albarrán Alejandro.
·    De las ciudadanas Maguey Vilchis María de la Luz y Solano Avila Rosario, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 20 del Distrito Federal, por las ciudadanas Martínez Márquez Gloria Camerina y Maguey Vilchis María de la Luz.
·    De la ciudadana Falconi Guzmán Mary Francis, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 23 del Distrito Federal, por la ciudadana Ramos Estrada Elida Guadalupe Irma.
·    De la ciudadana Salcido Hernández Edtna Vanessa, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 14 del estado de Jalisco, por la ciudadana Gómez Gálvez Erika.
·    De los ciudadanos García Juárez César y Aguilar Juárez Laura, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 32 del estado de México por los ciudadanos Aguilar Juárez Laura y Guerrero González Mirian.
·    De las ciudadanas, Laguna Hernández Noemí y Gama Curiel Aurora Sirahí, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 33 del estado de México por los ciudadanos Quesnel Martínez Luis Alejandro y López Lozano Ma. del Carmen.
·    De las ciudadanas, Vázquez Vázquez Genoveva y Razo Sánchez Ignacia Virginia, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Michoacán por las ciudadanas Elizalde Arroyo Gema del Consuelo y Téllez Hernández Yelitza Saraí.
·    Del ciudadano Rojas Turja José Dante, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 06 del estado de Michoacán, por la ciudadana Sánchez Alvarez Alma Ivón.
·    De la ciudadana Méndez Mendoza Olivia, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 10 del estado de Michoacán, por la ciudadana González Ponce María del Carmen.
·    Del ciudadano López Maldonado Josué, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Morelos, por la ciudadana Román Castro Matilde.
·    De las ciudadanas García Pereda Angélica Rosalba y Cerqueda García Guadalupe, candidatas propietaria y suplente, respectivamente, a Diputadas por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 02 del estado de Oaxaca por los ciudadanos Ortiz Soriano Pedro y Bolaños Carrera Erasto.
·    Del ciudadano Santiago Ortiz Martimiano Eulogio, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 06 del estado de Oaxaca, por el ciudadano Villavicencio Rojas Genaro.
·    De la ciudadana García Ceja Dianarely, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 01 del estado de Puebla, por la ciudadana Vaylón Gutiérrez Nancy Eugenia.
 
·    Del ciudadano Cocoletzi Téllez Adrián, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 09 del estado de Puebla, por el ciudadano Castillo Ponce Héctor Manuel.
·    De la ciudadana Domínguez Narváez Alejandra, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 11 del estado de Puebla, por la ciudadana García Ruiz Malinalli Aurora.
·    De la ciudadana Ramírez Sánchez María Cristina, candidata suplente a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 12 del estado de Puebla, por la ciudadana Domínguez Narváez Alejandra.
·    De los ciudadanos, Alonso Merlo Eduardo y Díaz Soriano Cristino Serapio, candidatos propietario y suplente, respectivamente, a Diputados por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 13 del estado de Puebla por los ciudadanos Hernández Flores Francisco y Ayala Camarillo Raquel.
·    Del ciudadano Flores Bermejo José Luis, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 14 del estado de Puebla, por el ciudadano Tenorio Rosas Jorge.
·    De la ciudadana Alcocer Cahum Rosaura Ileana, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 03 del estado de Quintana Roo, por la ciudadana Aguilar y Cupul Eva del Rosario.
·    Del ciudadano Guzmán Campas Jelinek, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 03 del estado de Sinaloa, por el ciudadano Araujo Diarte Mario.
·    Del ciudadano Félix Angulo Iván Rodrigo, candidato suplente a Diputado por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 05 del estado de Sinaloa, por el ciudadano Verdugo Aguilar Carlos Alberto.
·    De la ciudadana Ríos Santiago Erika, candidata propietaria a Diputada por el principio de mayoría relativa, en el Distrito 20 del estado de Veracruz, por la ciudadana Vázquez Castillo Ma. Concepción.
15.   Que mediante escrito recibido con fecha diecisiete de abril de dos mil doce, el Lic. Rogelio Carbajal Tejada, Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia del ciudadano Castellanos Mijares Carlos Octavio, candidato propietario a Diputado por el principio de representación proporcional, en el número 18 de la lista correspondiente a la tercera circunscripción electoral plurinominal, solicitó la sustitución respectiva por el ciudadano Coutiño López Carlos Francisco.
16.   Que mediante escrito recibido el día dieciséis de abril de dos mil doce, el Diputado Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General de este Instituto, en virtud de la renuncia de la ciudadana Olguín Rojas Victoria Anahí, candidata suplente a Diputada por el principio de representación proporcional en el número 10 de la lista correspondiente a la primera circunscripción electoral plurinominal, solicitó la sustitución respectiva por la ciudadana Manzo Chávez Consuelo.
17.   Que mediante escrito recibido el día dieciséis de abril de dos mil doce, los ciudadanos Jorge Legorreta Ordorica y Diego Guerrero Rubio, Secretario Ejecutivo y Secretario Técnico, respectivamente, del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México, en virtud de la renuncia del ciudadano Castellanos Cal y Mayor Luis Fernando, candidato suplente a Diputado por el principio de representación proporcional en el número 01 de la lista correspondiente a la tercera circunscripción electoral plurinominal, solicitaron la sustitución respectiva por el ciudadano Castellanos Mijares Carlos Octavio.
18.   Que mediante escritos recibidos los días trece y dieciséis de abril de dos mil doce, el Diputado Roberto Pérez de Alba Blanco, Coordinador Ejecutivo Político Electoral del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza, en virtud de la renuncia de algunos de sus candidatos a Diputados por el principio de representación proporcional, solicitó la sustitución de los mismos, al tenor de lo siguiente:
·    Del ciudadano Cárdenas Fonseca Manuel, candidato propietario a Diputado por el principio de representación proporcional, en el número 05 de la lista correspondiente a la primera circunscripción electoral plurinominal, por el ciudadano Mendivil Zazueta José.
·    Del ciudadano Mendivil Zazueta José, candidato propietario a Diputado por el principio de representación proporcional, en el número 21 de la lista correspondiente a la primera circunscripción electoral plurinominal, por el ciudadano Cíntora Castañeda César Octavio.
 
·    De la ciudadana Martínez Mendoza Yolanda, candidata propietaria a Diputada por el principio de representación proporcional, en el número 2 de la lista correspondiente a la segunda circunscripción electoral plurinominal, por la ciudadana Cerda Franco María Sanjuana.
·    Del ciudadano González de la Vega Otero Jorge Alfredo, candidato propietario a Diputado por el principio de representación proporcional, en el número 03 de la lista correspondiente a la cuarta circunscripción electoral plurinominal, por el ciudadano Santillán Arredondo Francisco Arturo.
19.   Que las solicitudes de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como de las coaliciones denominadas Compromiso por México y Movimiento Progresista, motivo del presente Acuerdo, se acompañaron de la información y documentación a que se refiere el artículo 224, párrafos 1, 2 y 3, del código de la materia, por lo que se dio cabal cumplimiento a dicho precepto legal, así como a lo señalado en el Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas ante los Consejos del Instituto Federal Electoral.
20.   Que de conformidad con lo establecido por el artículo 218, párrafo 3, de la ley de la materia, la Secretaría del Consejo General, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, constató que las coaliciones y los partidos políticos nacionales que solicitaron la sustitución de candidatos a Diputados por ambos principios, promovieron y garantizaron la igualdad de oportunidades y procuraron la paridad de género en la vida política del país, a través de su postulación a cargos de elección popular.
21.   Que los porcentajes de género de las candidaturas a Senadores y Diputados por ambos principios de los partidos políticos y las coaliciones, actualizado una vez realizadas las respectivas sustituciones, es el que se indica a continuación:
SENADORES
MAYORIA RELATIVA
PARTIDO ACCION NACIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
26
40,62 %
Hombres
38
59,38 %
Total
64
100,00 %
 
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
18
40,91 %
Hombres
26
59,09 %
Total
44
100,00 %
 
COMPROMISO POR MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
8
40,00 %
Hombres
12
60,00 %
Total
20
100,00 %
 
MOVIMIENTO PROGRESISTA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
26
40,62 %
Hombres
38
59,38 %
Total
64
100,00 %
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
19
43,18 %
Hombres
25
56,82 %
Total
44
100,00 %
 
NUEVA ALIANZA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
28
43,75 %
Hombres
36
56,25 %
Total
64
100,00 %
 
REPRESENTACION PROPORCIONAL
PARTIDO ACCION NACIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
14
43,75 %
Hombres
18
56,25 %
Total
32
100,00 %
 
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
16
50,00 %
Hombres
16
50,00 %
Total
32
100,00 %
 
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
16
50,00 %
Hombres
16
50,00 %
Total
32
100,00 %
 
PARTIDO DEL TRABAJO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
16
50,00 %
Hombres
16
50,00 %
Total
32
100,00 %
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
15
48,39 %
Hombres
16
51,61 %
Total
31
100,00 %
 
MOVIMIENTO CIUDADANO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
15
46,88 %
Hombres
17
53,12 %
Total
32
100,00 %
 
NUEVA ALIANZA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
16
50,00 %
Hombres
16
50,00 %
Total
32
100,00 %
 
DIPUTADOS
MAYORIA RELATIVA
PARTIDO ACCION NACIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
121
40,33 %
Hombres
179
59,67 %
Total
300
100,00 %
 
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
41
40,59 %
Hombres
60
59,41 %
Total
101
100,00 %
 
COMPROMISO POR MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
80
40,20 %
Hombres
119
59,80 %
Total
199
100,00 %
 
MOVIMIENTO PROGRESISTA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
120
40,00 %
Hombres
180
60,00 %
Total
300
100,00 %
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
44
43,56 %
Hombres
57
56,44 %
Total
101
100,00 %
 
NUEVA ALIANZA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
135
45,00 %
Hombres
165
55,00 %
Total
300
100,00 %
 
REPRESENTACION PROPORCIONAL
PARTIDO ACCION NACIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
90
45,00 %
Hombres
110
55,00 %
Total
200
100,00 %
 
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
100
50,00 %
Hombres
100
50,00 %
Total
200
100,00 %
 
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
100
50,00 %
Hombres
100
50,00 %
Total
200
100,00 %
 
PARTIDO DEL TRABAJO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
101
50,50 %
Hombres
99
49,50 %
Total
200
100,00 %
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
99
49,75 %
Hombres
100
50,25 %
Total
199
100,00 %
 
MOVIMIENTO CIUDADANO
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
104
52,00 %
Hombres
96
48,00 %
Total
200
100,00 %
 
NUEVA ALIANZA
Género
Cantidad
Porcentaje
Mujeres
100
50,00 %
Hombres
100
50,00 %
Total
200
100,00 %
 
22.   Que los partidos políticos que realizaron cambios en sus listas de candidatos por el principio de representación proporcional, observaron lo dispuesto por el artículo 220, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
23.   Que asimismo, se constató que las fórmulas de candidatos que corresponden al género minoritario, esto es con el que se cumple el cuarenta por ciento a que se refiere el artículo 219, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, se encontraran integradas por candidatos del mismo género.
24.   Que mediante escritos diversos, acompañados de la documentación comprobatoria respectiva, presentados entre el veintinueve de marzo y el trece de abril del presente año, algunos ciudadanos que se encuentran registrados como candidatos a algún cargo federal de elección popular, solicitaron que en las boletas electorales su nombre aparezca como son conocidos públicamente, de conformidad con lo siguiente:
No.
Partido o
coalición
Cargo por el que se
postula
Nombre registrado
Conocido públicamente
1
PRI
Diputado Propietario MR 03 Sonora
Salido Pavlovich Jesús Epifanio
"Pano" Salido
2
PRI
Diputado Propietario MR 03 Querétaro
García Quiroz Ma. del Socorro
Ma. Del Socorro "Coco" García Quiroz
3
Compromiso por México
Diputado Propietario MR 02 Colima
Zepeda González Francisco Alberto
"Pico" Zepeda
4
Compromiso por México
Diputado Propietario MR 06 Chiapas
Ochoa Gallegos Williams Oswaldo
"Willy" Ochoa
5
Movimiento Progresista
Diputado Propietario MR 11 Distrito Federal
Espinosa Cházaro Luis Angel Xariel
"Luis Cházaro"
6
Movimiento Progresista
Diputado Propietario MR 16 Veracruz
Sacre Lara Félix Emilio
Sacre Luna Félix Emilio
7
PAN
Diputado Propietario MR 02 Sonora
Galindo Delgado David Cuauhtémoc
David Cuauhtémoc Galindo Delgado "Temo Galindo"
 
25.   Que al no oponerse las solicitudes a la legislación aplicable esta autoridad electoral considera procedente autorizar que los nombres de los ciudadanos enlistados en el Considerando anterior, aparezcan como son conocidos públicamente, en el entendido de que será únicamente para tales efectos, puesto que en el libro de registro que lleva la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 129, párrafo 1, inciso i) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, aparecerá el nombre legal de los mismos.
26.   Que en caso de que alguno de los candidatos enlistados en el Considerando 24 del presente Acuerdo obtuviera el triunfo, el Presidente del Consejo Distrital respectivo, expedirá la constancia de mayoría y validez a los candidatos con el nombre que se encuentre registrado en los libros de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, lo anterior conforme al artículo 296 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
27.   Que de conformidad con lo establecido por el artículo 226 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales este Consejo General solicitará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los nombres de los candidatos, así como de los partidos o coaliciones que los postulan. Asimismo, publicará y difundirá, por el mismo medio, las sustituciones de candidatos y/o cancelaciones de registro que, en su caso, sean presentadas.
Que en razón de los considerandos expresados y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, Bases I y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, párrafo 1; 36, párrafo 1, incisos d); 93, párrafo 2; 104, párrafo 1; 105, párrafo 2; 118, párrafo 1, inciso h); 129, párrafo 1, inciso i); 218, párrafos 1 y 3; 219, párrafo 1; 220; 224, párrafos 1, 2 y 3; 226; 227, párrafo 1, inciso b) y 296 del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y el Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2011-2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 118, párrafo 1, incisos o) y p); del citado ordenamiento legal, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se dejan sin efecto las constancias de registro de las fórmulas de candidatos a Senadores y Diputados por ambos principios, referidas en los Considerandos 5 a 18, del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se registran las fórmulas de candidatos a Senadores por el principio de mayoría relativa para las elecciones federales del año dos mil doce, presentadas por los partidos Acción Nacional y Nueva Alianza, así como por la coalición Movimiento Progresista, ante este Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos que a continuación se relacionan:
PARTIDO ACCION NACIONAL
Entidad: México
Fórmula
Suplente
02
ALONSO QUINTANA MARIA GUADALUPE
 
Entidad: Nayarit
Fórmula
Propietario
02
DUEÑAS JOYA ROJA GUILLERMINA
 
MOVIMIENTO PROGRESISTA
Entidad: Chiapas
Fórmula
Suplente
01
DIAZ SALDAÑA CARLOS
 
Entidad: Oaxaca
Fórmula
Propietario
Suplente
02
LOPEZ LENA CRUZ HUMBERTO
VELASCO ROMAN SILVERIO DE JESUS
 
NUEVA ALIANZA
Entidad: Distrito Federal
Fórmula
Propietario
Suplente
01
MARTINEZ CARDENAS ADRIANA
ORNELAS FERNANDEZ MARINA DE JESUS
02
BANQUELLS NUÑEZ MARIA DEL
ROCIO
JUAREZ GRANADOS MARIA DE LOS
ANGELES
 
Entidad: Hidalgo
Fórmula
Propietario
Suplente
01
HERRERA LEON PABLO
TORRES ALBOR EDUARDO GERMAN
02
LAZCANO CONTRERAS LETICIA
TORRES REYES DULCE ROSARIO
Entidad: Michoacán
Fórmula
Propietario
Suplente
01
REYES AVILA ANGELICA
MENDEZ MENDOZA OLIVIA
 
 
Entidad: Puebla
Fórmula
Suplente
01
CAÑEDO CARREON JOSE RAFAEL
02
LOPEZ AGUIRRE LIDIA FELISA
 
Entidad: Sonora
Fórmula
Propietario
01
CORONADO ACUÑA RAFAEL
 
TERCERO.- Se registra la candidatura a Senador por el principio de representación proporcional para las elecciones federales del año dos mil doce, presentada por el partido político nacional denominado Nueva Alianza, ante este Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos que a continuación se relacionan:
NUEVA ALIANZA
Circunscripción: Unica
No. de Lista
Propietario
10
FLORES RAMIREZ JOSE FERNANDO
 
CUARTO.- Se registran las fórmulas de candidatos a Diputados por el principio de mayoría relativa para las elecciones federales del año dos mil doce, presentadas por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como por las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista, ante este Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos que a continuación se relacionan:
PARTIDO ACCION NACIONAL
Entidad: Baja California
Distrito
Propietario
Suplente
03
MATA LOZANO LIZBETH
HERNANDEZ SANCHEZ MARIA DEL
CARMEN
 
Entidad: Hidalgo
Distrito
Propietario
Suplente
05
DOMINGUEZ RAMOS MA. DE LOS
ANGELES
--------------------------------
06
---------------------------------
JIMENEZ JUAREZ JOSE ALFREDO
07
--------------------------------
FLORES MELENDEZ NADIA
 
Entidad: Michoacán
Distrito
Suplente
01
JIMENEZ VALDOVINOS MA. GUADALUPE
Entidad: Nayarit
Distrito
Propietario
Suplente
01
HERNANDEZ IBARRIA CARLOS
SANDOVAL CERVANTES CRISTAL
02
CASTRO MATA JOSE ANGEL
BARAJAS RIVAS CARMEN ADRIANA
 
Entidad: Puebla
Distrito
Propietario
Suplente
02
MARTINEZ ALONSO SHARAIN
GUADALUPE
-----------------------------------
05
------------------------------
FLORES ESPINOZA MARIA DE LOS
ANGELES
07
LAGUNES VIVEROS VIOLETA DEL PILAR
-----------------------------------
09
------------------------------
HUERTA VILLEGAS GENOVEVA
 
Entidad: Tabasco
Distrito
Propietario
Suplente
01
LUNA ACOSTA MARIA ISABEL
ULIN ARIAS ALONDRA PATRICIA
 
Entidad: Zacatecas
Distrito
Propietario
01
MEDINA ARENAS MARTHA PATRICIA
 
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Entidad: Michoacán
Distrito
Suplente
01
SANDOVAL RENTERIA LUCIA
 
Entidad: San Luis Potosí
Distrito
Propietario
07
TERAN GUEVARA MARIA REBECA
 
Entidad: Sonora
Distrito
Suplente
05
LEON CHAVEZ MARTHA CAROLINA
 
COMPROMISO POR MEXICO
Entidad: San Luis Potosí
Distrito
Propietario
02
MARTINEZ CARDENAS ESTHER ANGELICA
MOVIMIENTO PROGRESISTA
Entidad: Chihuahua
Distrito
Propietario
Suplente
05
SANCHEZ PACHECO MARIA ISABEL
SANCHEZ AGUILAR MARIA MAGDALENA
 
 
Entidad: Guanajuato
Distrito
Propietario
Suplente
11
CAMPOS GUTIERREZ SUSANA
CALDERILLA RANGEL ROSA
 
Entidad: Hidalgo
Distrito
Suplente
04
MORALES MARTINEZ STEPHANY NALLELY
 
Entidad: México
Distrito
Propietario
Suplente
06
-----------------------------------------
GONZALEZ GAISTARDO HUMBERTO
08
ZAMUDIO VILLAGRANA MONICA
ALONSO PALACIOS LETICIA
29
GONZALEZ BAUTISTA VALENTIN
ROSAS ESPARZA RODRIGO
 
Entidad: Michoacán
Distrito
Propietario
Suplente
05
NAJERA ALVARADO JUDITH
MORA ALVAREZ BEATRIZ
11
--------------------------------------
SAUCEDO REYES ARACELI
 
Entidad: Nuevo León
Distrito
Propietario
Suplente
04
JARA BAUTISTA MINERVA BETSABE
RODRIGUEZ LOPEZ LOURDES MAYELA
06
FLORES FLORES HORACIO ERVEY
GANDARA TOVAR AIDA JUDITH
11
--------------------------------------
SANCHEZ GARZA MARISA
 
Entidad: Oaxaca
Distrito
Suplente
02
GARCIA ENRIQUEZ LUCIO
 
Entidad: Tamaulipas
Distrito
Propietario
Suplente
04
SANCHEZ LATIGO MA. DEL ROSARIO
SANCHEZ LATIGO ELVIA
 
Entidad: Veracruz
Distrito
Suplente
20
RAMON BAUTISTA MATILDE
Entidad: Yucatán
Distrito
Propietario
Suplente
02
DE LILLE CABRERA MARIA CONSUELO
PRESUEL HEREDIA SILVIA LETICIA
05
CETZ MARTIN ELMY
GONGORA MARIN ANGELICA MARIA
 
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Entidad: San Luis Potosí
Distrito
Propietario
Suplente
01
DOMINGUEZ HERNANDEZ JULIO DANIEL
MORALES AGUADO IGNACIO
 
NUEVA ALIANZA
Entidad: Coahuila
Distrito
Propietario
Suplente
01
GALLARDO SANCHEZ ZELMA YANETT
-----------------------------------
03
------------------------------------
CAZARES DELGADO JUAN
04
-----------------------------------
RODRIGUEZ ESPINOSA MARIA TERESA
 
Entidad: Distrito Federal
Distrito
Propietario
Suplente
05
GUZMAN JUAREZ MARIA DE JESUS
FALOMIR SANCHEZ EMMA
08
------------------------------
REYES DIAZ CONSTANTINO
12
---------------------------------
RANGEL ALBARRAN ALEJANDRO
20
MARTINEZ MARQUEZ GLORIA CAMERINA
MAGUEY VILCHIS MARIA DE LA LUZ
23
----------------------------------
RAMOS ESTRADA ELIDA GUADALUPE
IRMA
 
Entidad: Jalisco
Distrito
Propietario
14
GOMEZ GALVEZ ERIKA
 
Entidad: México
Distrito
Propietario
Suplente
32
AGUILAR JUAREZ LAURA
GUERRERO GONZALEZ MIRIAN
33
QUESNEL MARTINEZ LUIS ALEJANDRO
LOPEZ LOZANO MA. DEL CARMEN
 
Entidad: Michoacán
Distrito
Propietario
Suplente
05
ELIZALDE ARROYO GEMA DEL CONSUELO
TELLEZ HERNANDEZ YELITZA SARAI
06
------------------------------
SANCHEZ ALVAREZ ALMA IVON
10
------------------------------
GONZALEZ PONCE MARIA DEL
CARMEN
Entidad: Morelos
Distrito
Suplente
02
ROMAN CASTRO MATILDE
 
Entidad: Oaxaca
Distrito
Propietario
Suplente
02
ORTIZ SORIANO PEDRO
BOLAÑOS CARRERA ERASTO
06
-------------------------------
VILLAVICENCIO ROJAS GENARO
 
Entidad: Puebla
Distrito
Propietario
Suplente
01
----------------------------
VAYLON GUTIERREZ NANCY EUGENIA
09
---------------------------
CASTILLO PONCE HECTOR MANUEL
11
----------------------------
GARCIA RUIZ MALINALLI AURORA
12
---------------------------
DOMINGUEZ NARVAEZ ALEJANDRA
13
HERNANDEZ FLORES FRANCISCO
AYALA CAMARILLO RAQUEL
14
---------------------------
TENORIO ROSAS JORGE
 
Entidad: Quintana Roo
Distrito
Propietario
03
AGUILAR Y CUPUL EVA DEL ROSARIO
 
Entidad: Sinaloa
Distrito
Suplente
03
ARAUJO DIARTE MARIO
05
VERDUGO AGUILAR CARLOS ALBERTO
 
Entidad: Veracruz
Distrito
Propietario
20
VAZQUEZ CASTILLO MA. CONCEPCION
 
QUINTO.- Se registran las fórmulas de candidatos a Diputados por el principio de representación proporcional para las elecciones federales del año dos mil doce, presentadas por los partidos políticos nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, ante este Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos que a continuación se relacionan:
PARTIDO ACCION NACIONAL
Circunscripción: Tercera
No. de Lista
Propietario
18
COUTIÑO LOPEZ CARLOS FRANCISCO
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Circunscripción: Primera
No. de Lista
Suplente
10
MANZO CHAVEZ CONSUELO
 
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Circunscripción: Tercera
No. de Lista
Suplente
01
CASTELLANOS MIJARES CARLOS OCTAVIO
 
NUEVA ALIANZA
Circunscripción: Primera
No. de Lista
Propietario
05
MENDIVIL ZAZUETA JOSE
21
CINTORA CASTAÑEDA CESAR OCTAVIO
 
Circunscripción: Segunda
No. de Lista
Propietario
02
CERDA FRANCO MARIA SANJUANA
 
Circunscripción: Cuarta
No. de Lista
Propietario
03
SANTILLAN ARREDONDO FRANCISCO ARTURO
 
SEXTO.- Expídanse las constancias de registro de los candidatos a Senadores y Diputados por ambos principios referidos en los puntos segundo al quinto del presente Acuerdo.
SEPTIMO.- Se autoriza que el nombre de los candidatos enlistados en el Considerando 24 del presente Acuerdo aparezca en las boletas electorales como son conocidos públicamente, en el entendido de que será únicamente para tales efectos, puesto que en el libro de registro que lleva la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 129, párrafo 1, inciso i) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, aparecerá el nombre legal de los mismos.
OCTAVO.- Comuníquense vía correo electrónico las determinaciones y los registros materia del presente Acuerdo a los Consejos Locales y Distritales del Instituto Federal Electoral. Asimismo, a través del Secretario del Consejo General, remítase a los Consejos Locales copia de los expedientes de las fórmulas de mayoría relativa registradas que correspondan a su entidad, para que éstos a su vez los hagan llegar a los Consejos Distritales respectivos.
NOVENO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 18 de abril de dos mil doce, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, Doctora María Macarita Elizondo Gasperín, Maestro Alfredo Figueroa Fernández, Doctor Sergio García Ramírez, Doctor Francisco Javier Guerrero Aguirre, Doctora María Marván Laborde y el Consejero Presidente, Doctor Leonardo Valdés Zurita, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor Benito Nacif Hernández.
El Consejero Presidente del Consejo General, Leonardo Valdés Zurita.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.