ACUERDO número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa en la Quinta Sección)

ACUERDO número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa en la Quinta Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o., último párrafo, 3o. y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 32 y 33, fracción VIII de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIII y XX, 18, fracción V, 29, 30, 31, 40, 41, 43 y Anexos 9, 12, 13, 16, 17, 18, 24 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece en sus artículos 3, fracción XX y 30 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 24;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NMERO 708 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA
NACIONAL DE BECAS
NICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
SEGUNDO.- Quedan sin efectos los acuerdos que a continuación se indican:
1.     Acuerdo número 548 por el que se emiten los lineamientos para la operación del Programa de Becas de Manutención para las Hijas y los Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2010.
2.     Acuerdo 584 por el que se emiten los Lineamientos para la operación del Programa de Becas para la Educación Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2011.
3.     Acuerdo número 660 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Beca de Apoyo a la Práctica Intensiva y al Servicio Social para Estudiantes de Séptimo y Octavo Semestres de Escuelas Normales Públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2013.
4.     Acuerdo número 666 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas y Financiamiento (PRONABES), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2013.
5.     Acuerdo número 672 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013.
6.     Acuerdo número 690 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de
Becas contra el Abandono Escolar en la Educación Media Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.
7.     Acuerdo número 691 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Acceder, Permanecer y Concluir la Educación Media Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.
8.     Acuerdo número 692 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas de Educación Media Superior de Formación Educativa en y para el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.
9.     Acuerdo número 693 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Alumnos con Discapacidad de Educación Media Superior y de Formación para el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.
10.   Acuerdo número 694 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.
México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS
NDICE
GLOSARIO
1.    Introducción
2.    Objetivos
2.1.  General
2.2.  Específicos
3.    Lineamientos
3.1.  Cobertura
3.2.  Población objetivo
3.3.  Beneficiarios/as
3.3.1.           Requisitos
3.3.2.           Procedimiento de selección
3.4.  Características de los apoyos (tipo y monto)
3.5.  Derechos, obligaciones, suspensiones y cancelaciones
3.6.  Participantes
3.6.1.           Instancia (s) ejecutora (s)
3.6.2.           Instancia normativa
3.7.  Coordinación institucional
4.    Operación
4.1.  Proceso
4.2.  Ejecución
4.2.1.           Avances físicos financieros
4.2.2.           Acta de entrega-recepción
4.2.3.           Cierre de ejercicio
5.    Auditoría, control y seguimiento
6.    Evaluación
6.1.  Interna
 
6.2.  Externa
7.    Transparencia
7.1.  Difusión
7.2.  Contraloría social
8.    Quejas y denuncias
Anexos
No.
Beca
1
Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas
 
1a
Formato de convocatoria
 
1b
Formato de solicitud
 
1c
Formato de carta compromiso
 
1d
Diagramas de flujo
2
Beca acércate a tu escuela
 
2a
Formato de solicitud
 
2b
Formato de convenio para regular el otorgamiento de la beca
 
2c
Directorio de delegaciones
3
Beca contra el abandono escolar en la educación media superior
 
3a
Formato de convenio de coordinación
 
3b
Formato de convocatoria
4
Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior
 
4a
Formato de convenio de coordinación
 
4b
Formato de convocatoria
 
4c
Criterios para determinar ingresos mensuales
5
Becas de educación media superior de formación educativa en y para el trabajo
 
5a
Formato de convenio de coordinación
 
5b
Formato de convocatoria
 
5c
Criterios para determinar ingresos mensuales
6
Becas para estudiantes con discapacidad de educación media superior y de formación para el trabajo
 
6a
Formato de convenio de coordinación
 
6b
Formato de convocatoria
7
Becas de educación media superior para hijos e hijas de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas
 
7a
Formato de convenio de coordinación
 
7b
Formato de convocatoria
8
Becas para realizar estudios de bachillerato técnico en el Liceo Franco Mexicano
 
8a
Formato de solicitud de beca
9
Beca jóvenes en acción
 
10
Beca IPN-Bécalos
 
10a
Formato de convocatoria
 
10b
Resumen de estudio socioeconómico
 
10c
Formato de carta compromiso
11
Beca IPN-Bécalos alto rendimiento
 
11a
Formato de convocatoria
 
11b
Resumen de estudio socioeconómico
 
11c
Formato de carta compromiso
12
Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú
 
12a
Formato de convocatoria
 
12b
Resumen de estudio socioeconómico
 
12c
Formato de carta compromiso
13
Beca institucional (media superior, escolarizada)
 
13a
Formato de convocatoria
 
13b
Resumen de estudio socioeconómico
 
13c
Formato de carta compromiso
14
Beca institucional (media superior, no escolarizada)
 
14a
Formato de convocatoria
 
14b
Resumen de estudio socioeconómico
 
14c
Formato de carta compromiso
15
Beca Bécalos (CONALEP)
 
15a
Formato de convenio de colaboración
16
Beca emprendedores
 
16a
Formulario para la presentación de proyecto productivo
 
16b
Formato de convocatoria
17
Beca de apoyo para anteojos
 
17a
Formato de convocatoria
18
Beca de excelencia, superación académica, extraordinaria de retención y discapacidad
 
18a
Formato de convocatoria
19
Beca UNAM-Bécalos bachillerato
 
19a
Formato de solicitud
 
19b
Formato de convocatoria
20
Becas nacionales para la educación superior (manutención)
 
20a
Formato de convenio de coordinación
 
20b
Formato de convocatoria
21
Becas nacionales para la educación superior (transporte)
 
21a
Formato de convenio
 
21b
Formato de convocatoria
22
Becas nacionales para la educación superior (salario)
 
22a
Formato de convocatoria
23
Becas nacionales para la educación superior (capacitación)
 
23a
Formato de convenio
 
23b
Formato de convocatoria
 
24
Becas nacionales para la educación superior (excelencia)
 
24a
Formato de convenio
 
24b
Formato de convocatoria
25
Becas nacionales para la educación superior (manutención para hijas e hijos de militares)
 
25a
Formato de convocatoria
26
Becas nacionales para la educación superior (movilidad)
 
26a
Formato de convenio
 
26b
Formato de convocatoria
27
Becas nacionales para la educación superior (servicio social)
 
27a
Formato de convenio
 
27b
Formato de convocatoria
28
Becas nacionales para la educación superior (superación profesional)
 
28a
Formato de convenio
 
28b
Formato de convocatoria
29
Becas nacionales para la educación superior (titulación)
 
29a
Formato de convenio
 
29b
Formato de convocatoria
30
Becas nacionales para la educación superior (vinculación)
 
30a
Formato de convenio
 
30b
Formato de convocatoria
31
Beca de apoyo a la práctica intensiva y al servicio social, para estudiantes de séptimo y octavo semestres de escuelas normales públicas del país
 
31a
Formato cédula de inscripción
 
31b
Formato de convenio de coordinación
 
31c
Formato de reportes mensuales
32
Beca de apoyo académico
33
Beca de apoyo a la titulación
34
Beca de estudio
35
Beca IPN-Bécalos (superior)
 
35a
Formato de convocatoria
 
35b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
35c
Formato de carta compromiso
36
Beca IPN-Bécalos alto rendimiento (superior)
 
36a
Formato de convocatoria
 
36b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
36c
Formato de carta compromiso
37
Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú (superior)
 
37a
Formato de convocatoria
 
37b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
37c
Formato de carta compromiso
38
Beca institucional (superior, escolarizada),
 
38a
Formato de convocatoria
 
38b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
38c
Formato de carta compromiso
 
39
Beca institucional (superior, no escolarizada),
 
39a
Formato de convocatoria
 
39b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
39c
Formato de carta compromiso
40
Beca IPN-Fundación Politécnico-Fundación TELMEX
 
40a
Formato de convocatoria
 
40b
Formato de reporte de ingresos y egresos
 
40c
Formato de carta compromiso
41
Beca de fomento, servicio social
42
Beca de fomento
43
Beca de investigación
44
Beca Santander Iberoamérica jóvenes profesores e investigadores
 
44a
Formato de solicitud
45
Beca Iberoamérica para la obtención de grado académico. Santander Universidades
46
Beca Santander de movilidad nacional
 
46a
Formato de solicitud
47
Beca movilidad nacional
48
Beca académica
 
48a
Formato de solicitud
49
Beca de excelencia a nivel licenciatura
 
49a
Formato de convocatoria
 
49b
Formato de solicitud
 
49c
Comprobante de registro para solicitud de beca
 
49d
Formato de carta compromiso
50
Beca para estudios de lenguas extranjeras
 
50a
Formato de convocatoria
 
50b
Formato de solicitud
 
50c
Formato de carta compromiso
51
Beca para que integrantes de grupos vulnerables (personas indígenas, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia) realicen estudios de licenciatura
 
51a
Formato de convocatoria
 
52b
Formato de solicitud
 
51c
Comprobante de registro para solicitud de beca
 
51d
Formato de carta compromiso
52
Beca de movilidad internacional (licenciatura)
 
52a
Formato de convocatoria
 
52b
Formato de solicitud
 
52c
Formato de carta compromiso
53
Beca de movilidad nacional (licenciatura)
 
53a
Formato de convocatoria
 
53b
Formato de solicitud
 
53c
Formato de carta compromiso
 
54
Beca para estudiantes de licenciatura en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM
 
54a
Formato de convocatoria
 
54b
Formato de solicitud
 
54c
Formato de carta compromiso
55
Beca UNAM-Bécalos licenciatura
 
55a
Formato de solicitud
 
55b
Formato de convocatoria
56
Becas de la Dirección General de Divulgación de la Ciencia
 
56a
Formato de solicitud
 
56b
Formato de convocatoria
57
Becas de formación en tecnologías de la información
 
57a
Formato de solicitud
 
57b
Formato de convocatoria
58
Beca fortalecimiento académico para las mujeres universitarias
 
58a
Formato de solicitud
 
58b
Formato de convocatoria
59
Beca de fortalecimiento de estudios de Licenciatura
 
59a
Formato de solicitud
 
59a
Formato de convocatoria
60
Beca de movilidad estudiantil internacional a nivel Licenciatura
 
60a
Formato de solicitud
 
60b
Formato de convocatoria
61
Becas compartidas DGRI-SEP / Universidad Macquarie
 
61a
Formato primera recomendación académica
 
61b
Formato segunda recomendación académica
62
Becas complemento
 
62a
Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección
 
62b
Formato de información sobre costos del programa de estudios
63
Becas de excelencia académica para estudios de posgrado en el extranjero
 
63a
Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección
 
63b
Formato de información sobre costos del programa de estudios
64
Becas de posgrado para extranjeros en México
 
64a
Formato de postulación académica
 
64b
Formato de recomendación académica
 
64c
Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección
65
Beca institucionalâBeca estudio
 
65a
Formato de convocatoria
 
65b
Formato de solicitud
 
65c
Carta de postulación
 
65d
Carta compromiso
 
66
Beca institucionalâBeca tesis
 
66a
Formato de convocatoria
 
66b
Formato de solicitud
 
66c
Carta de postulación
 
66d
Carta compromiso
67
Beca comisión para estudios de posgrado
 
67a
Formato carta compromiso
 
67b
Formato de solicitud
 
67c
Diagrama de flujo
68
Beca para estudios de posgrado
 
68a
Formato carta compromiso
 
68b
Formato de solicitud
 
68c
Diagrama de flujo
69
Beca para apoyos extraordinarios
 
69a
Formato de solicitud
 
69b
Diagrama de flujo
 
69c
Formato de convocatoria
70
Beca apoyos y estímulos Cinvestav para la asistencia a congresos, estancias de investigación y cursos especializados
 
70a
Formato de solicitud
 
70b
Diagrama de flujo
 
70c
Formato de convocatoria
71
Beca apoyos y estímulos Cinvestav para cursos propedéuticos
 
71a
Formato de solicitud
 
71b
Diagrama de flujo
 
71c
Formato de convocatoria
72
Beca apoyos y estímulos Cinvestav para la obtención de grado académico
 
72a
Formato de solicitud
 
72b
Diagrama de flujo
 
72c
Formato de convocatoria
73
Beca para estancias de estudios y asistencias a congresos para alumnos/as de posgrado
74
Beca de apoyo para incrementar la eficiencia terminal en los programas docentes de posgrado.
75
Beca de la UAM para participar en eventos de difusión y de investigación en ciencia y tecnología
 
75a
Formato de convocatoria
 
75b
Formato de solicitud
 
75c
Comprobante de registro para solicitud de beca
 
75d
Formato de carta compromiso
76
Beca para realizar estudios de maestría y doctorado en la UAM
 
76a
Formato de convocatoria
 
76b
Formato de solicitud
 
76c
Formato de comprobante de registro para solicitud de beca
 
76d
Formato de convenio
 
77
Beca para estancias posdoctorales
 
77a
Formato de convocatoria
 
77b
Formato de solicitud
 
77c
Formato de convenio
78
Beca de movilidad internacional (posgrado)
 
78a
Formato de convocatoria
 
78b
Formato de solicitud
 
78c
Formato de carta compromiso
79
Beca para estudiantes de maestría y doctorado en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM
 
79a
Formato de convocatoria
 
79b
Formato de solicitud
 
79c
Formato carta compromiso
80
Becas para estudios de posgrado en la UNAM
 
80a
Formato de solicitud
 
80b
Formato de carta compromiso
 
80c
Formato de convocatoria
81
Becas posdoctorales
 
81a
Formato de solicitud
 
81b
Formato de convocatoria
 
81c
Formato carta compromiso
 
81d
Formato oficios de comunicación
82
Beca para la movilidad internacional de estudiantes (mexicanos en el extranjero)
 
82a
Formato de solicitud
 
82b
Formato de convocatoria
83
Becas para actualización docente en la especialidad de mecatrónica
 
83a
Formato de solicitud
 
83b
Formato de convocatoria
84
Becas del Gobierno de Japón para maestros/as en servicio
 
84a
Formato de registro de la Secretaría de Educación Pública
 
84b
Formato de registro de la Secretaría de Relaciones Exteriores
 
84c
Formato de solicitud
85
Becas para cursos de verano para maestros/as de inglés
 
85a
Formato de solicitud
86
Beca para la superación del personal académico
 
86a
Formato de convocatoria
 
86b
Formato de solicitud
 
86c
Formato de carta compromiso
87
Beca de apoyo para la superación del personal académico de la UNAM (al extranjero)
 
87a
Formato de solicitud
 
87b
Formato de convocatoria
 
88
Becas para la formación de profesores para el bachillerato universitario
 
88a
Formato de solicitud
 
88b
Formato de convocatoria
89
Becas para la movilidad universitaria en América del Norte, Europa y Asia-Pacífico, DGRI
 
89a
Formato de recomendación académica
90
Becas para la movilidad universitaria en el marco de University Mobility in Asia and the Pacific (UMAP), DGRI
 
90a
Formato de recomendación académica
91
Becas Fulbright-García Robles
92
Becas INBA
 
92a
Formato de solicitud
93
Becas de apoyo para ingreso y continuación de estudios
 
93a
Formato de solicitud
94
Beca de estudio COFAA
 
94a
Formato de convocatoria
95
Beca de estimulo institucional de formación de investigadores
 
95a
Formato de convocatoria
96
Beca para el sistema de becas por exclusividad
 
96a
Formato de convocatoria
97
Beca COLMEX
 
97a
Formato de solicitud
 
97b
Principio de no discriminación
98
Beca de estímulo por productividad académica
99
Beca de apoyo para la movilidad estudiantil
100
Becas para semestre de prácticas profesionales
101
Beca de apoyo a proyectos de investigación e innovación tecnológica
 
101a
Formato de solicitud
 
101b
Formato de convocatoria
102
Sistema de becas para estudiantes indígenas
 
102a
Formato de solicitud
 
102b
Formato de convocatoria
103
Beca para curso de perfeccionamiento en lengua y didáctica del francés
 
103a
Formato de ficha de candidatura
104
Beca para el intercambio de asistentes de idioma MéxicoâFrancia, MéxicoâReino Unido, MéxicoâAlemania, MéxicoâQuebec y México-EUA (a través de la Comisión México-Estados Unidos para el Intercambio Educativo y Cultural, COMEXUS)
105
Beca para el intercambio de asistentes de idioma MéxicoâFrancia, MéxicoâReino Unido, MéxicoâAlemania y MéxicoâQuebec
 
105a
Formato de solicitud Alemania
 
105b
Formato de solicitud Reino Unido
 
105c
Formato de solicitud Quebec
GLOSARIO
Adolescente: población comprendida entre los 12 y 18 años 11 meses de edad.
AEL: Autoridad Educativa Local. Secretaría de Educación o entidades que en su caso se establezcan para el ejercicio de la función social educativa en los Estados, para efectos de estas reglas quedará incluida la
AFSEDF.
ANUIES: Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.
Año fiscal: período comprendido entre enero y diciembre (año calendario).
Asesoría: proceso de ayuda basado en la interacción profesional, en tres niveles: intervención, facilitación y colaboración, orientado a la resolución de problemas de una organización educativa.
ASF: Auditoría Superior de la Federación.
Aspirante: alumno/a y/o profesor/a que estudia o labora en alguna institución pública educativa y solicita una beca.
Beca: apoyo o estímulo económico no reembolsable, en beneficio de los/as jóvenes estudiantes que cubren los requisitos de elegibilidad.
Beca de apoyo a la investigación: es un estímulo económico otorgado a estudiantes por su participación en proyectos de investigación aprobados por las instancias competentes. Uno de sus propósitos centrales es estimular a pronta titulación del alumno involucrado.
Beca de fomento: complementos para la participación como autor en eventos académicos especializados.
Beca de estímulo institucional de formación de investigadores: aportación económica entregada al beneficiario/a en la beca.
Beca de estudio de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas (COFAA): recurso económico que se asigna al profesor/a de carrera en servicio para realizar estudios de posgrado que otorga la COFAA en apoyo al Instituto Politécnico Nacional (IPN), o al crédito conferido a través del convenio suscrito con alguna institución pública o privada educativa para realizar especialidad o estancia de investigación.
Becario de estímulo institucional de formación de investigadores de reingreso: alumno/a que después de haber dejado de ser becario/a PIFI por un periodo escolar o más, solicita su reincorporación a la beca.
Becario de estímulo institucional de formación de investigadores recurrente: alumno/a que ha participado en el PIFI en el periodo escolar inmediato anterior y que solicita su continuidad.
Becario/a: alumno/a y/o profesor/a que cumple con los requisitos de elegibilidad y recibe una beca.
Beneficiario/a COFAA: profesor/a de carrera en servicio que disfruta de una beca de estudio.
CBSEMS: Coordinación del Programa de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
CCT: Clave del Centro de Trabajo.
CETI: Centro de Enseñanza Técnica Industrial, es un organismo público descentralizado federal ubicado en la ciudad de Guadalajara, en el estado de Jalisco, México, que ofrece servicios educativos en los niveles medio superior y superior.
CINVESTAV: Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, es un organismo descentralizado de interés público dedicado a la difusión, enseñanza y desarrollo de investigaciones científicas en México.
CNAD: Centro Nacional de Actualización Docente de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
CNBES: Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
Coeficiente de eficiencia de la productividad: valor que se obtiene al dividir la productividad del alumno/a recurrente en el periodo escolar previo (medida obtenida mediante el instrumento denominado "Tabla de Evaluación"), entre la puntuación mínima del nivel de estudios en el periodo escolar previo.
COFAA: Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional.
COLMEX: El Colegio de México, A.C.
Comisión evaluadora: grupo multidisciplinario integrado por personal de la COFAA, entre los que se encuentra la Secretaría Académica, la Secretaría de Investigación y Posgrado, y representantes de la beca de estímulo institucional de formación de investigadores.
 
Comité de becas: órgano colegiado encargado de analizar, dictaminar y realizar todas las acciones necesarias para la operación de las becas en la instancia ejecutora, conformado de acuerdo a lo establecido en sus reglamentos generales.
Comité Técnico Estatal de Educación básica: instancia de coordinación ejecutiva, encabezada por el secretario de educación estatal u homólogo, que genera sinergias, proporciona dirección, apoya la toma de decisiones y da seguimiento a la gestión estatal de la política para la educación básica.
Comunidad escolar: se refiere al conjunto de actores involucrados en la escuela: directivos, docentes, personal de apoyo y asistencia, estudiantes, madres y padres de familia.
CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo, organismo público descentralizado que tiene como objetivo generar equidad educativa, para los niños y jóvenes de sectores vulnerables del país.
CONALEP: Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, organismo público descentralizado que tiene como fin principal orientar la formación de profesionales técnicos, egresados de secundaria.
CONAPO: Consejo Nacional de Población.
CONAPRED: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Convocatoria general de becas: documento dictaminado por el comité de becas, antes del inicio de ciclo escolar, mediante el cual se dan a conocer los requisitos, bases y fechas para participar en las becas.
COPAES: Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A.C.
COTEBAL: Comité Técnico para el Otorgamiento de Becas de Estudio, Apoyos Económicos y Licencias con Goce de Sueldo.
CURP: Clave nica de Registro de Población.
DAF: Dirección de Administración y Finanzas de la COFAA.
DCH: Dirección de Capital Humano del IPN.
DEDICT: Dirección de Especialización Docente e Investigación Científica y Tecnológica de la COFAA-IPN.
DFSEP: Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados de la República.
Delegaciones: las Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados de la República que representan a la SEP y a su titular ante las autoridades educativas de los Estados.
Dependencias politécnicas: unidades académicas de los tipos medio superior, superior y de investigación científica y tecnológica; unidades de apoyo a la innovación educativa; unidades de apoyo a la investigación y al fomento y desarrollo empresarial; y unidades administrativas de apoyo del IPN.
DGAIR: Dirección General de Acreditación Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
DGEI: Dirección General de Educación Indígena de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
DGENAM: Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
DGESPE: Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
DGETI: Dirección General de Educación Tecnológica Industrial de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
DGPyP: Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.
DGRI: Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
Director/a de proyecto: docente responsable de dirigir un proyecto de investigación aprobado, vigente y registrado en la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Discapacidad física: condición atribuible a una deficiencia física o sensorial que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de un individuo en la sociedad en igualdad
de condiciones con los demás.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
Educación básica: tipo educativo que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria, en sus diferentes modalidades y servicios.
ENAH: Escuela Nacional de Antropología e Historia, institución en docencia e investigación dedicada a formar y actualizar profesionales en los niveles de licenciatura, maestría y doctorado, capaces de generar el conocimiento sobre temas de relevancia científica.
ENBA: Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivología, institución educativa encargada de formar profesionistas y personal de alto nivel académico en las áreas de biblioteconomía y archivonomía.
Entidades Federativas: los 31 Estados de la República Mexicana y el Distrito Federal.
Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica: documento formulado por el Comité Técnico Estatal de Educación básica con el fin de fortalecer la planeación estatal integrada y evaluar los avances en las metas establecidas tanto en calidad, como en inclusión y equidad educativas.
Estudiante irregular: es el/la estudiante que no cursa todas las asignaturas correspondientes al ciclo escolar en que está inscrito/a, que adeuda materias de ciclos anteriores y cuyo avance académico no es el equivalente al previsto en el plan de estudios, conforme al número de bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años establecidos por la institución pública de educación correspondiente.
Estudiante regular: es el/la estudiante que cursa todas las asignaturas correspondientes al ciclo escolar en que está inscrito/a, sin adeudar materias de ciclos anteriores y cuyo avance académico es equivalente al previsto en el plan de estudios, conforme al número de bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años establecidos por la institución pública de educación correspondiente.
Hogar: es el conjunto de personas que pueden ser o no familiares, que comparten la misma vivienda y se sostienen de un gasto común. Una persona que vive sola también constituye un hogar.
IEEA: Instituto Estatal de Educación para Adultos.
INAH: Instituto Nacional de Antropología e Historia, órgano desconcentrado fundado en 1939, para garantizar la investigación, conservación, protección y difusión del patrimonio prehistórico, arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico de México.
INBA: Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, órgano desconcentrado que busca cultivar, fomentar, estimular, crear e investigar las bellas artes en las ramas de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas y la danza, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura.
Indígena: todas las personas que forman parte de un hogar indígena, donde el jefe(a) del hogar, su cónyuge y/o alguno de los ascendientes (madre o padre, madrastra o padrastro, abuelo(a), bisabuelo(a), tatarabuelo(a), suegro(a)) declaro ser hablante de lengua indígena. Además, también incluye a personas que declararon hablar alguna lengua indígena y que no forman parte de estos hogares.
IEEA: Instituto Estatal de Educación para Adultos.
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
INMUJERES: Instituto Nacional de las Mujeres.
Instructivo de valoración: instructivo para la valoración de las actividades reportadas, en el cual se clasifican y asignan las puntuaciones correspondientes a las actividades de formación académica, investigación y docencia.
Instrumentos de coordinación: acuerdos, convenios de coordinación y los lineamientos internos, así como los demás documentos que se establezcan como acuerdo de voluntades, celebrados entre la SEP, los gobiernos de los Estados y las instituciones públicas de educación correspondientes para la operación del programa.
IPN: Instituto Politécnico Nacional, es una institución educativa laica, gratuita del Estado, rectora de la educación tecnológica pública en México, líder en la generación, aplicación, difusión y transferencia del conocimiento científico y tecnológico, creada para contribuir al desarrollo económico, social y político de la nación.
Joven: población comprendida entre los 12 y 29 años 11 meses de edad.
LFTAIPG: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Licenciatura: tiene como antecedente obligatorio el bachillerato o sus equivalentes; su objetivo
fundamental es el desarrollo de conocimientos, actitudes, aptitudes, habilidades y métodos de trabajo para el ejercicio de una profesión (incluye la educación normal), cuyo programa académico y/o educativo dura entre 4 y 6 años y al término se obtiene el título profesional correspondiente de este Tipo educativo del tipo superior.
Miembros del hogar: personas que pueden ser o no familiares, que comparten la misma vivienda y se sostienen de un gasto común.
MIR: Matriz de Indicadores para Resultados.
MML: Metodología del Marco Lógico, es una herramienta para facilitar el proceso de conceptualización, diseño, ejecución y evaluación de proyectos. Su énfasis está centrado en la orientación por objetivos, la orientación hacia grupos beneficiarios y el facilitar la participación y la comunicación entre las partes interesadas, consta de cuatro filas por cuatro columnas en la cual se registra, en forma resumida, información sobre un Programa presupuestario. Las filas de la matriz presentan información acerca de cuatro distintos niveles de objetivos llamados Fin, Propósito, Componentes y Actividades.
Oportunidades: Programa Desarrollo Humano Oportunidades.
Pagador/a habilitado/a: persona designada por el director de cada dependencia politécnica, quien será responsable realizar el pago de la beca, en su dependencia, conforme al procedimiento determinado por la COFAA.
PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014.
Periodo escolar: modo de dividir los planes de estudio y/o académicos (ejemplo: bimestre, trimestre, cuatrimestre, semestre, etcétera).
Permanente: becario/a que tiene al menos 15 años efectivos, en el Sistema de Becas por Exclusividad (SIBE) de la COFAA-IPN y que se le otorgó oficialmente el estatus con el nivel obtenido en la última evaluación.
Perspectiva de género: es una visión científica, socio-cultural, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basadas en el género. Promueve la igualdad entre los géneros, a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política social en los ámbitos de toma de decisiones.
Profesor/a de carrera en servicio: personal académico que cuenta con categoría dictaminada, con al menos medio tiempo de base que realiza actividades de docencia, investigación científica o tecnológica, así como aquel que realiza sistemática y específicamente actividades de naturaleza técnica, que cuente con plaza docente.
Programa: Programa Nacional de Becas.
Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia: es el instrumento rector de la política pública de prevención social de la violencia y la delincuencia en México, su objetivo es orientar las acciones a la atención de las causas, factores de riesgo y precursores de la violencia y la delincuencia, así como el fortalecimiento de los factores de protección.
Propuesta estatal: documento elaborado por la AEL con la propuesta estatal para la implementación de las acciones de los componentes y apoyos de la beca. Deberá formar parte de la Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica.
Reglas de operación: a las presentes reglas de operación del Programa Nacional de Becas.
Representante de la beca de estímulo institucional de formación de investigadores: persona designada oficialmente por los titulares de las dependencias politécnicas, coordina las actividades relacionadas a la beca en su unidad. En las unidades académicas será el jefe del departamento de investigación.
SACTEL: Sistema de Atención Telefónica a la Ciudadanía de la SEP.
Salario mínimo mensual per cápita: resulta de dividir el salario mínimo mensual entre el tamaño promedio de los hogares mexicanos según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2012 (3.7 integrantes por hogar).
Salario mínimo mensual: se considera el salario mínimo mensual establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para la zona geográfica correspondiente, con base en el artículo 123 apartado A Fracción VI, Párrafo Tercero de nuestra Carta Magna y en el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo.
 
SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional del Gobierno Federal.
SEDESOL: Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal.
Seguimiento: observación y recolección sistemática de datos sobre la ejecución de acciones, logro de objetivos y metas, así como el ejercicio de recursos transferidos del programa.
SEMAR: Secretaría de Marina del Gobierno Federal.
SEMS: Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
SEP: Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
SES: Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal.
SIBE: Sistema de Becas por Exclusividad de la COFAA-IPN.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.
SIAFF: Sistema Integral de la Administración Financiera Federal.
SIIPP-G: Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
SIP: Secretaría de Investigación y Posgrado del IPN.
Sistema educativo nacional: está constituido, entre otros, por las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados, las instituciones de los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.
Sistema escolarizado: modalidad de enseñanza presencial que se imparte a los alumnos en grupos o individualmente, dentro de las instalaciones de la escuela pública, con horarios y calendario de estudios comunes al tipo de educativo y a todos los estudiantes como parte de un programa educativo.
Sistema no escolarizado: modalidad de enseñanza que permite al alumnado hacer uso de distintos ritmos de aprendizaje y con diversas posibilidades de desplazamiento y horarios para sus estudios; suele contener características de la modalidad a distancia.
Sistema semi escolarizado: modalidad de enseñanza que combina aspectos de las modalidades escolarizada y no escolarizada, para brindar a los alumnos acceder a distintos ritmos de aprendizaje con diversas posibilidades de desplazamiento y horarios para sus estudios.
SPEPE: Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.
SUBCOTEPIFI: Subcomité Técnico de la Beca de estímulo institucional de formación de investigadores.
TELSEP: Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo.
TESOFE: Tesorería de la Federación.
TIC: Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Tipos y modalidades educativos: comprende los tipos básico, medio superior y superior, en sus modalidades escolarizada, no escolarizada y semi escolarizado o mixto.
TSU: Técnico/a Superior Universitario/a y profesional asociado. Opción educativa posterior al bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una licenciatura. Además se incluye licencia profesional que es el Tipo educativo intermedio entre el técnico superior universitario y la licenciatura o ingeniería, tiene una duración de tres cuatrimestres y su antecedente obligatorio es el título de Técnico superior universitario; su objetivo principal es formar cuadros intermedios dotados de sólidas competencias técnicas para involucrarse directamente en el sector productivo.
UAAAN: Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, institución educativa responsable de la planeación, dirección y evaluación de las actividades de docencia, investigación de la educación agrícola superior.
UAM: Universidad Autónoma Metropolitana, institución de educación superior que ofrece unir la preparación profesional con innovadoras formas de servicio social que ponga a los estudiantes en contacto con las necesidades nacionales, la transmisión, acrecentamiento, recreación y ampliación de la cultura y del
saber científico.
UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México, institución educativa que tiene como propósito fundamental estar al servicio del país y de la humanidad, formar profesionistas útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible, los beneficios de la cultura.
UPN: Universidad Pedagógica Nacional, institución pública de educación superior que tiene como finalidad formar profesionales de la educación en licenciatura y posgrado para atender las necesidades del sistema educativo nacional y de la sociedad mexicana en general.
UR: unidad o institución responsable.
Víctima: aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte.
1. Introducción
El Programa Nacional de Becas (PNB) es una iniciativa de la SEP que se dirige a estudiantes y docentes de instituciones educativas públicas y se enmarca en lo establecido por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 de su Reglamento; 29, 30, 31, 40 y 41 y anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) señala en su meta nacional 3, Un México con Educación de Calidad, numeral III.2. "Plan de acción: articular la educación, la ciencia y el desarrollo tecnológico para lograr una sociedad más justa y próspera", que para garantizar la inclusión, la igualdad de género y la equidad en el sistema educativo se deberán ampliar las oportunidades de acceso a la educación, permanencia y avance en los estudios a todas las regiones y sectores de la población estudiantil dentro del sistema educativo nacional, lo que requiere incrementar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad.
Asimismo, en el marco de dicha meta en el objetivo 3.2. Garantizar la inclusión y la equidad en el sistema educativo:
Estrategia 3.2.1. Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población: establece como una de las líneas de acción la de "fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior.
Estrategia 3.2.2. Ampliar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad: establece, entre otras líneas de acción el propiciar la creación de un sistema nacional de becas para ordenar y hacer viables los esfuerzos dirigidos a universalizar los apoyos entre los jóvenes provenientes de familias de bajos recursos.
El Programa Sectorial de Educación 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del Objetivo 2. Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo, a fin de que contribuyan al desarrollo de México:
Estrategia 2.3. Continuar el desarrollo de los mecanismos para el aseguramiento de la calidad de los programas e instituciones de educación superior: establece como línea de acción el otorgar becas que sirvan a los estudiantes para apoyar el estudio y otras para reconocer el alto desempeño.
De igual forma, en el Objetivo 3. Asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa:
Estrategia 3.2. Impulsar nuevas acciones educativas para prevenir y disminuir el abandono escolar en la educación media superior y superior; establece como línea de acción el fortalecer las modalidades de becas y otros estímulos dirigidos a favorecer la retención de los jóvenes en riesgo de abandono escolar
Estrategia 3.4. Impulsar la educación intercultural en todos los niveles educativos y reforzar la educación intercultural y bilinge para poblaciones que hablen lenguas originarias: establece entre otras líneas de acción el ofrecer becas de transporte y otras que permitan a la población rural dispersa desplazarse a otras poblaciones cuando esta sea la mejor opción educativa.
Estrategia 3.6. Promover la eliminación de barreras que limitan el acceso y la permanencia en la educación de grupos vulnerables: menciona como una de sus líneas de acción el ampliar y mejorar los
programas de becas destinados a atacar el abandono escolar en todos los tipos y modalidades de educación
Igualmente, en el Objetivo 5. Promover y difundir el arte y la cultura como recursos formativos privilegiados para impulsar la educación integral:
Estrategia 5.1. Fomentar la educación artística y cultural y crear mayores oportunidades de acceso a la cultura, especialmente para el sector educativo: se define como una línea de acción el otorgar becas e incentivos para apoyar la educación artística y cultural.
Además en el Objetivo 6. Impulsar la educación científica y tecnológica como elemento indispensable para la transformación de México en una sociedad del conocimiento:
Estrategia 6.3 Incrementar en el país el número de personas con estudios de posgrado culminados en Ciencia, Tecnología e Innovación: establece como una de las líneas de acción el Impulsar acciones afirmativas en becas de posgrados para la integración de mujeres en carreras científicas y técnicas.
Finalmente las líneas de acción transversales del Programa Sectorial de Educación mencionan:
Estrategia 1. Democratizar la productividad, las líneas de acción buscan:
Impulsar programas de becas que favorezcan la transición al primer empleo de egresados de educación técnica media superior y superior.
Estrategia 3. Igualdad de oportunidades y no discriminación contra las mujeres: establece como líneas de acción:
Proveer y otorgar becas para elevar la retención femenina en educación media superior y superior
Impulsar acciones afirmativas en becas de licenciatura y posgrados para la integración de mujeres en carreras científicas y técnicas.
Promover el acceso de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a becas de apoyo para continuar sus estudios.
Incentivar el acceso de las mujeres indígenas en todos los niveles de educación mediante el otorgamiento de becas.
Fortalecer los programas de becas para niñas que viven en los municipios de la Cruzada contra el Hambre.
El PNB coadyuva a fortalecer la calidad y pertinencia de la educación en el desarrollo de México, a fin de identificar oportunamente a las poblaciones que han sido excluidas del sistema educativo o que se encuentran en mayor riesgo de abandonarlo. Asimismo, el PNB se presenta como una herramienta que facilita la administración de las becas para todos los tipos educativos, asegurando que las personas que requieran del apoyo realmente lo reciban.
Un México con educación de calidad se consolidará con el fortalecimiento de las capacidades del personal docente para la enseñanza, la investigación científica y tecnológica, la difusión del conocimiento y el uso de nuevas tecnologías, alineándose con los objetivos de desarrollar el potencial humano de los y las mexicanos (as), garantizar la inclusión y la equidad en el sistema educativo, ampliar el acceso a la cultura como un medio para la formación integral de la ciudadanía, promover el deporte de manera incluyente para fomentar una cultura de salud y hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible.
Lo anterior en cumplimiento con lo dispuesto en la reforma a la Ley General de Educación, publicada el 11 de septiembre del 2013, específicamente en los artículos:
Artículo 3o.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.
Artículo 9o.- además de impartir la educación preescolar, la primaría, la secundaria y la media superior, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial y superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
Hasta el año 2008, el Gobierno Federal autorizaba los recursos asignados a cada uno de los diferentes organismos adscritos al sector educación, que de una u otra manera, otorgaban becas o estímulos a su
población objetivo en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
A partir del ejercicio presupuestal del 2009, entró en operación el programa presupuestario U018 "Programa de Becas", para asignar recursos a 16 Unidades Responsables (UR) que cuentan con distintos tipos de becas para poblaciones objetivo y tipos educativos diferentes.
En 2012 con motivo de la publicación del Presupuesto de Egresos de la Federación para dicho ejercicio fiscal, que en su artículo 37o. transitorio dispuso que el programa U018 debiera tener reglas de operación, se trabajó con las 16 UR participantes en un documento en el que se contemplaron aspectos generales y se direccionaba a las ligas electrónicas de cada institución o área para mayor información, en el Acuerdo número 644 se emitieron las Reglas de Operación de dicho programa, publicado el 10 de agosto de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.
Para 2014 a fin de atender los requerimientos de la población que busca acceder, permanecer y concluir con sus estudios, el sector educativo contará con un sólo programa de becas denominado Programa Nacional de Becas, el cual estará sujeto a reglas de operación, donde se coordinará la asignación del recurso a 19 UR que cuentan con becas para poblaciones objetivo y tipos educativos diferentes.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria(LFPyRH), así como 178, párrafo primero de su Reglamento, se verificó que las presentes reglas de operación no se contraponen, afectan o presentan duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, a excepción de las becas que permiten la recepción de otros programa de apoyo como Oportunidades.
2.    Objetivos
2.1.  General
Contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas y estímulos a estudiantes y profesores de instituciones públicas de cualquier tipo educativo o rama de profesionalización que permitan consolidar un México con educación de calidad.
Para el caso específico del CINVESTAV, COFAA, UAAAN, UAM y UNAM, también es aplicable el otorgamiento de apoyos y estímulos a sus estudiantes para realizar cursos propedéuticos, concluir las tesis de grado, asistir a eventos de difusión de ciencia y tecnología, prácticas profesionales y movilidad estudiantil como complemento a su formación académica, en los términos y condiciones descritas en los anexos correspondientes, de las presentes reglas de operación.
En el caso de la UAAAN, los apoyos y estímulos se hacen extensibles a sus profesores investigadores para su formación académica, de acuerdo al ingreso y permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI).
En el caso de la UAM y la UNAM, los apoyos se hacen extensibles a su personal académico para superación académica de acuerdo a lo estipulado en los anexos correspondientes.
2.2.  Específicos
Los objetivos específicos para el programa son los siguientes:
·   Otorgar becas a estudiantes de educación media superior y superior.
·   Otorgar becas a niñas y jóvenes en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo y la maternidad.
·   Favorecer el desarrollo de las actividades académicas de los estudiantes.
·   Promover la terminación oportuna de los estudios
·   Otorgar apoyos y estímulos a profesores e investigadores para su formación académica.
La información específica de cada una de las becas se detalla en los anexos de las presentes reglas de operación, mismos que tienen los siguientes numerales:
Beca
Instancia ejecutora
Anexo
Básica
Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas
SEB/DGEI
1
Beca acércate a tu escuela
CONAFE
2
Media superior
Beca contra el abandono escolar en la educación media superior,
SEMS
3
Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior
4
Becas de educación media superior de formación educativa en y para el trabajo
5
Becas para estudiantes con discapacidad de educación media superior y de formación para el trabajo
6
Becas de educación superior para hijos e hijas de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas
7
Becas para realizar estudios de bachillerato técnico en el Liceo Franco Mexicano
DGRI
8
Beca jóvenes en acción
9
Beca IPN-Bécalos
IPN
10
Beca IPN-Bécalos alto rendimiento
11
Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú
12
Beca institucional (media superior, escolarizada)
13
Beca institucional (media superior, no escolarizada)
14
Beca Bécalos (CONALEP)
CONALEP
15
Beca emprendedores
16
Beca de apoyo para anteojos
17
Beca excelencia y superación académica extraordinaria de retención y discapacidad
18
Beca UNAM-Bécalos bachillerato
UNAM
19
Superior
Becas nacionales para la educación superior (manutención)
SES
20
Becas nacionales para la educación superior (transporte)
21
Becas nacionales para la educación superior (salario)
22
Becas nacionales para la educación superior (capacitación)
23
Becas nacionales para la educación superior (excelencia)
24
Becas nacionales para la educación superior (manutención para hijas e hijos de militares)
25
Becas nacionales para la educación superior (movilidad)
26
Becas nacionales para la educación superior (servicio social)
27
Becas nacionales para la educación superior (superación profesional)
28
Becas nacionales para la educación superior (titulación)
29
Becas nacionales para la educación superior (vinculación)
30
 
Beca de apoyo a la práctica intensiva y al servicio social, para estudiantes de séptimo y octavo semestres de escuelas normales públicas del país
DGESPE
31
Beca de apoyo académico
INAH
32
Beca de apoyo a la titulación
33
Beca de estudio
34
Beca IPN-Bécalos (superior)
IPN
35
Beca IPN-Bécalos alto rendimiento (superior)
36
Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú
37
Beca institucional (superior, escolarizada)
38
Beca institucional (superior, no escolarizada)
39
Beca IPN-Fundación Politécnico-Fundación TELMEX
40
Beca de fomento, servicio social
UPN
41
Beca de fomento
42
Beca de investigación
43
Beca Santander Iberoamérica Jóvenes Profesores e Investigadores
44
Becas Iberoamérica para la obtención de grado académico. Santander Universidades
45
Beca Santander de Movilidad Nacional
46
Beca movilidad nacional
47
Beca académica
UAAAN
48
Beca de excelencia a nivel licenciatura
UAM
49
Beca para estudios de lenguas extranjeras
50
Beca para que integrantes de grupos vulnerables (personas indígenas, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia) realicen estudios de licenciatura
51
Beca de movilidad internacional (licenciatura)
52
Beca de movilidad nacional (licenciatura)
53
Para estudiantes de licenciatura en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM
54
Beca UNAM-Bécalos licenciatura
UNAM
55
Becas de la Dirección General de Divulgación de la Ciencia
56
Becas de formación en tecnologías de la información
57
Beca para el fortalecimiento académico para las mujeres universitarias
58
Beca fortalecimiento de estudios de Licenciatura
59
Beca para la movilidad estudiantil internacional a nivel licenciatura
60
Posgrado
Becas compartidas DGRI-SEP / Universidad Macquarie
DGRI
61
Becas complemento
62
Becas de excelencia académica para estudios de posgrado en el extranjero
63
Becas de posgrado para extranjeros en México
64
 
Beca institucionalâBeca estudio
IPN
65
Beca institucionalâBeca Tesis
66
Beca comisión para estudios de Posgrado
UPN
67
Beca para estudios de posgrado
68
Beca para apoyos extraordinarios
CINVESTAV
69
Beca para la asistencia a congresos, estancias de investigación y cursos especializados
70
Beca para cursos propedéuticos
71
Beca para la obtención de grado académico
72
Beca para estancias de estudios y asistencias a congresos para alumnos/as de posgrado
UAAAN
73
Beca de apoyo para incrementar la eficiencia terminal en los programas docentes de posgrado
74
Beca de la UAM para participar en eventos de difusión y de investigación en ciencia y tecnología
UAM
75
Beca para realizar estudios de maestría y doctorado en la UAM
76
Beca para estancias posdoctorales
77
Beca para la movilidad internacional (posgrado)
78
Beca para estudiantes de maestría y doctorado en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM
79
Becas para estudios de posgrado en la UNAM
UNAM
80
Becas posdoctorales
81
Becas para movilidad internacional de estudiantes (mexicanos en el extranjero)
82
Docentes
Becas para actualización docente en la especialidad de mecatrónica
DGETI
83
Becas del Gobierno de Japón para maestros/as en servicio
DGRI
84
Becas para cursos de verano para maestros/as de inglés
85
Becas para la superación del personal académico
UAM
86
Beca de apoyo para la superación del personal académico de la UNAM (al extranjero)
UNAM
87
Becas para la formación de profesores para el bachillerato universitario
88
Tipos medio superior y superior
Becas para la movilidad universitaria en América del Norte, Europa y Asia-Pacífico
DGRI
89
Becas para la movilidad universitaria en el marco de University Mobility in Asia and the Pacific (UMAP)
90
Becas Fulbright-García Robles
91
Becas INBA
INBA
92
Becas de apoyo para ingreso y continuación de estudios
CETI
93
Beca de estudio
COFAA
94
Beca de estimulo institucional de formación de investigadores
95
Beca para el sistema de becas por exclusividad
96
 
Beca COLMEX
COLMEX
97
Beca de estímulo por productividad académica
UAAAN
98
Apoyo para la movilidad estudiantil
99
Becas para semestre de prácticas profesionales
100
Beca de apoyo a proyectos de investigación e innovación tecnológica
UNAM
101
Sistema de becas para estudiantes indígenas
102
Otras
Beca para curso de perfeccionamiento en lengua y didáctica del francés
DGRI
103
Beca para el intercambio de asistentes de idioma MéxicoâFrancia, MéxicoâReino Unido, MéxicoâAlemania, MéxicoâQuebec y México-EUA (a través de la Comisión México-Estados Unidos para el Intercambio Educativo y Cultural (COMEXUS)
104
Beca para el intercambio de asistentes de idioma MéxicoâFrancia, MéxicoâReino Unido, MéxicoâAlemania y MéxicoâQuebec
105
 
3. Lineamientos
3.1. Cobertura
La cobertura del programa es a nivel nacional de aplicación en las 31 entidades federativas de la República Mexicana y el Distrito Federal.
Para el caso de la DGRI, IPN, COLMEX, UAM y UNAM, se otorgan becas a personas con nacionalidad mexicana para estudios en el extranjero, así como a extranjeros/as para estudios en México, en los términos y condiciones descritas en los anexos de las presentes reglas de operación. En el caso de la COFAA también se contempla la posibilidad de conceder becas a profesoras/es investigadoras/es del IPN para estudios en el extranjero.
3.2. Población objetivo
El programa se dirige a estudiantes y docentes de instituciones educativas públicas de todos los tipos educativos, especificándose en los anexos de cada beca las características sociales, económicas y académicas de la población a la cual van dirigidos los apoyos, sin distinción de género, condición física, social, cultural o étnica, incluyendo en todo momento una perspectiva de género evitando las desigualdades económicas, culturales y sociales entre mujeres y hombres.
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
Los requisitos que las personas solicitantes deben cumplir para ser beneficiarios/as, así como las restricciones para su elección, se especifican en los anexos de cada beca por instancia ejecutora, conforme a lo señalado en el numeral 2.2 de las presentes reglas de operación.
3.3.2. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección desde la recepción de la solicitud de beca hasta la elección de las personas beneficiarias, se detalla en los anexos de cada instancia ejecutora.
Para el caso de las becas nacionales para la educación superior (manutención), se dará prioridad a los integrantes de hogares del padrón de beneficiarios del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y del Apoyo Alimentario para su atención por parte del programa, así como a aquellas personas solicitantes que se encuentren en los cuatrocientos municipios seleccionados con base en la incidencia de pobreza extrema, señalados en el anexo "A" del Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el DOF el 22 de enero de 2013, en la siguiente dirección electrónica:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5285363&fecha=22/01/2013.
Para este criterio, el Programa podrá brindar asesoría para el diseño de la beca.
Asimismo a fin de coadyuvar en garantizar los derechos de las víctimas, reconocidos en el Artículo 51 de la Ley General de Victimas (nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013 y
reformada el 3 de mayo de 2013), se atenderá a las víctimas directas e indirectas del delito, con la finalidad de que puedan continuar con sus estudios según lo establece la citada Ley, hasta el término de su educación superior, de acuerdo al esquema diseñado por las instancias normativas el cual será publicado en www.becas.sep.gob.mx.
El programa adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010. Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y al oficio circular con números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, respectivamente.
Los componentes que integran el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico son:
COMPONENTES
ESPACIALES
DE REFERENCIA
GEOESTADSTICOS
Vialidad
No. Exterior
Área Geoestadística Estatal o del Distrito Federal
Carretera
No. Interior
Área Geoestadística Municipal o Delegacional
Camino
Asentamiento humano
Localidad
 
Código postal
 
 
Descripción de ubicación
 
 
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
Los recursos federales que se transfieren para la implementación del Programa, son considerados subsidios, debiendo sujetarse al artículo 75 de la LFPyRH y demás disposiciones aplicables en la materia, pudiendo constituirse en apoyos técnicos o financieros. Estos serán de carácter no regularizable y se entregarán a los/as beneficiados/as por una única ocasión.
Los tipos de apoyo se especifican en los anexos de cada beca.
El monto del programa corresponde al presupuesto autorizado, estableciéndose en los anexos de cada beca el monto por tipo de apoyo, especificándose su periodicidad y vigencia.
Durante la operación del programa, quien ejecuta el gasto y los/las beneficiarios/as deberán observar que la administración de los recursos se realice bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género establecidos, en los artículos 1 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, capítulo II sección I de su Reglamento y cumplir con lo señalado en los artículos séptimo fracciones IX y X y vigésimo fracciones I y IV y vigésimo sexto en el "Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicado el 10 de diciembre de 2012 en el DOF y los "Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicados en el referido órgano informativo el 30 de enero de 2013, así como con las demás disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2014.
Las instancias ejecutoras del programa están obligadas a reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Asimismo, las instancias ejecutoras que al cierre del ejercicio fiscal, es decir al 31 de diciembre de 2014, conserven recursos, deberán reintegrarlos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Sector Central
Instancia ejecutora
% máximo de gastos
indirectos
Hasta
Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (DGEI)
4%
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
1.5%
Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI)
0%
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
1.5%
Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE)
4%
Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI)
0%
rganos desconcentrados
Instancia ejecutora
% máximo de gastos
indirectos
Hasta
Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH)
0%
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA)
1%
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
0%
Universidad Pedagógica Nacional (UPN)
0%
Organismos descentralizados
Instancia ejecutora
% máximo de gastos
indirectos
Hasta
Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI)
0%
Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV)
0%
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)
0%
Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional (COFAA)
0%
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)
0%
Universidades Públicas Federales
Instancia ejecutora
% máximo de gastos
indirectos
Hasta
El Colegio de México A.C (COLMEX)
1%
Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN)
0%
Universidad Autónoma Metropolitana (UAM)
1%
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
0%
 
3.5. Derechos, obligaciones, suspensiones y cancelaciones.
La instancia ejecutora garantizará el respeto a los derechos humanos y salvaguardará los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de los/as beneficiarios/as.
 
Derechos aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en las instancias ejecutoras.
I.     Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades educativas y del plantel.
II.     Recibir de las instancias ejecutoras del programa atención y apoyo sin costo.
III.    Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del programa.
IV.   Recibir el comunicado por parte de las instancias ejecutoras sobre la asignación de la beca, por el medio establecido en la convocatoria correspondiente.
V.    Recibir la beca en los términos establecidos en el anexo correspondiente de las presentes reglas de operación.
VI.   Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias, contribución o donación alguna al plantel o a otros educandos (excepto DGETI, IPN).
VII.   Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la LFTAIPG y demás normatividad jurídica aplicable.
VIII.  Interponer los recursos que para cada caso en particular procedan, cuando se vulnere su derecho a recibir la beca.
IX.   Recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la instancia ejecutora correspondiente.
Adicionalmente, los/as becarios/as de las siguientes instituciones ejecutoras tendrán derecho a:
COFAA
·   Buscar y solicitar su reubicación en otro proyecto de investigación por semestre, cuando existan razones debidamente justificadas que impidan la continuidad del/la becario/a para continuar en el mismo.
·   Presentar el recurso de revisión a través de su representante PIFI cuando considere afectados sus derechos, mismo que será resuelto por el comité técnico de becas del PIFI, tomando en consideración los elementos de prueba que sean ofrecidos para tal efecto y que, de ser el caso, deberán adjuntarse al escrito correspondiente. En ningún caso, las pruebas ofrecidas dentro del recurso podrán ser empleados para subsanar omisiones acaecidas durante la elección de becarios/as PIFI e imputables al/a candidato/a.
·   Designar beneficiario/a (s), para que en caso de incapacidad total o permanente o defunción del/a becario/a, el/la beneficiario/a (s) pueda realizar el cobro de la beca hasta la expiración de su vigencia bienal.
COLMEX
·   Recibir el grado correspondiente y el título que lo compruebe una vez que hayan cumplido con los requisitos que al efecto se señalen en el reglamento de exámenes de grado;
·   Percibir íntegramente las becas que El Colegio les otorgue mientras continúen regularmente sus estudios;
·   Expresar en los cursos y seminarios libremente sus ideas, sin otras limitaciones que las que impone el respeto a las ideas de los demás y a las personas;
·   Asociarse para fines culturales y sociales, siempre que no se contravengan los fines de El Colegio de México A.C.
CONAFE
·   Las personas beneficiarias de las becas "acércate a tu escuela" tienen derecho a recibir una beca para el traslado a la escuela durante un periodo máximo de 10 meses del ciclo escolar. Misma que podrán cobrar de acuerdo al siguiente calendario (las delegaciones estarán facultadas para implementar una de las dos opciones de pago que se describen a continuación, misma que deberá ser informada a oficinas
centrales para la adecuada programación de los recursos presupuestarios):
Opción 1
Mes en que reciben los apoyos
Periodo que abarca
Ciclo escolar
Marzo
Enero a Marzo
2013-2014
Junio
Abril a Junio
2013-2014
Diciembre
Septiembre a Diciembre
2014-2015
 
Opción 2
Mes en que reciben los apoyos
Periodo que abarca
Ciclo escolar
Febrero
Enero y Febrero
2013-2014
Abril
Marzo y Abril
2013-2014
Junio
Mayo y Junio
2013-2014
Octubre
Septiembre y Octubre
2014-2015
Diciembre
Noviembre y diciembre
2014-2015
 
DGESPE:
·   Transitar de una escuela de práctica a otra, cuando el/la beneficiario/a así lo requiera, sólo al inicio de cada semestre, de conformidad con las normas de control escolar para las licenciaturas del subsistema de formación de docentes en la modalidad escolarizada.
DGETI:
·   Continuar con los mismos derechos que tenía el/la beneficiario/a en su plantel de adscripción al término de la beca y de su reincorporación como docente.
INAH:
·   Tener la posibilidad de ser asignada/o a un turno diferente de su horario registrado en la constancia de inscripción.
·   Conocer las tareas que realizará y el horario en que colaborará.
·   Salir de prácticas de campo previa notificación a la persona responsable directa por escrito y con suficiente tiempo de anticipación.
IPN:
·   Presentar el recurso de reconsideración previsto en el anexo correspondiente de las presentes reglas de operación.
SEB/DGEI
·   Recibir el equivalente a un mes de beca, cuando la becaria se incorpore o reincorpore al sistema educativo no escolarizado, y acredite su examen diagnóstico con calificación aprobatoria.
·   Recibir la beca hasta que concluya el año escolar que curse o su equivalente en la modalidad no escolarizada, en los casos en que la becaria que tuviera únicamente un/a hijo/a y falleciera por causas naturales y/o no imputables a hechos delictivos de la becaria o lo diera en adopción por causas extraordinarias y/o no imputables a hechos delictivos de la becaria.
·   Disponer de los recursos de la beca para gastos inherentes a su preparación académica y para gastos relacionados con su subsistencia y la de su(s) hijo(s) e hija (s).
·   Interponer una denuncia por discriminación ante la autoridad competente cuando se presente una mala atención o falta de respeto por su condición de adolescente embarazada o madre joven.
·   Recibir facilidades por parte de la escuela primaria o secundaria para disponer del tiempo de incapacidad que el/la médico/a señale, previo al parto y después de éste, que asegure su salud física, sin que su inasistencia a clases sea motivo de suspensión o cancelación de la beca u otro tipo de sanción por parte del plantel educativo.
·   Recibir asistencia y asesoría para la recuperación de materiales de estudio, repaso de temas y
reposición de exámenes que no haya podido presentar durante el tiempo de su inasistencia a la escuela por causa del parto.
·   Recibir el apoyo educativo necesario para mantener la continuidad en su avance académico, cuando por causa de incapacidad médica, antes y después del parto, dejen de asistir a las sesiones de asesoría.
·   Participar, cuando sea el caso, y de manera adicional a sus actividades académicas, en programas complementarias en temas como salud sexual y reproductiva, orientación y apoyo psicológico así como en otras actividades educativas, productivas, culturales y recreativas que brindan otras instituciones.
SEMS:
·   Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito que puede ser enviada por correo electrónico, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación, tal como se menciona en el apartado 8 de las presentes reglas de operación.
UAAAN:
·   Conservar la beca si cumplen con lo establecido en su promedio académico mayor o igual a 8.0 y es un/a alumno/a regular con la carga académica mínima.
UAM:
·   Los demás señalados en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54,75-79,86).
UNAM:
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).
Obligaciones de todos/as los beneficiarios/as de las becas.
I.     Cumplir con lo señalado en las presentes reglas de operación, los anexos correspondientes (1-105) y en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) (excepto CONAFE que no emite convocatoria).
II.    Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.
III.    Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del plantel y a la comunidad de la institución ejecutora correspondiente.
IV.   Suscribir la documentación que determina la instancia ejecutora para la formalización del otorgamiento de la beca.
V.    Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el documento que formaliza el otorgamiento de la beca.
Adicionalmente, los/as becarios/as de las siguientes instituciones ejecutoras tendrán la obligación de:
CETI:
·   Asistir a las reuniones de becarios/as a las que sean convocados;
·   Informar al comité de becas de cualquier cambio en su situación económica o académica, y
·   Las demás que establezca el reglamento de becas interno del CETI.
CINVESTAV:
·   Cumplir con las actividades académicas para las cuales le fue otorgado el apoyo o estímulo.
·   Otorgar los créditos correspondientes al CINVESTAV en todos los trabajos que sean producto de estos apoyos.
·   Presentar la información requerida por la instancia ejecutora para el otorgamiento del apoyo solicitado.
·   Informar oportunamente y de manera completa al departamento de becas y estímulos del CINVESTAV sobre la situación de cualquier beca o estímulo externo que reciba (excepto para apoyos extraordinarios).
COFAA
·   Presentar el informe de actividades realizadas que acredite el cumplimiento del cronograma estipulado para el desarrollo del proyecto objeto de la beca, de acuerdo con la periodicidad que se establezca en el dictamen y/o en la carta compromiso correspondiente.
·   Cumplir con el cronograma autorizado por la COFAA y productos comprometidos para el
otorgamiento de la beca, según sea el caso;
·   Entregar en tiempo y forma el grado académico y/o la evidencia de los productos comprometidos para el goce de la beca.
·   Manifestar su adscripción y dar créditos al IPN en los trabajos que se encuentren vinculados con el otorgamiento de la beca de estudio, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
·   Entregar oportunamente la información y/o documentos específicos que la COFAA le requiera.
·   Informar a la COFAA con oportunidad sobre cambios o cancelaciones del programa académico y/o evento autorizado.
·   Reincorporarse de forma inmediata a su centro de trabajo.
·   Laborar en el instituto por lo menos un periodo igual al autorizado en la beca de estudio.
·   Reconocer al IPN como titular de los derechos patrimoniales de los productos obtenidos de los trabajos a través del cual ejecutó la beca otorgada, y dar el debido crédito a IPN, en todos los trabajos realizados durante la vigencia de la beca.
COLMEX:
·   Respetar el Reglamento General de El Colegio de México y de la biblioteca Daniel Cosío Villegas.
·   Dedicarse a sus estudios en tiempo completo, exceptuando aquellos casos en que los programas docentes expresamente no lo requieran;
·   Asistir con regularidad a los cursos y seminarios;
·   Cumplir puntualmente con las tareas que les sean asignadas;
·   Aprobar todos los cursos y seminarios semestrales en los exámenes ordinarios. La falta de complimiento de esta obligación dará lugar a la negativa de readmisión. Si la falta se refiere a una sola materia, la Junta de Profesores del Centro respectivo podrá recomendar, por voto unánime, la readmisión condicional del estudiante cuando circunstancias especiales lo justifiquen;
·   Obtener en las calificaciones semestrales finales un promedio mínimo de ocho (sobre diez) o su equivalente en calificación cualitativa. En caso de no alcanzar dicho promedio, la Junta de Profesores e Investigadores del Centro respectivo decidirá sobre su readmisión.
CONAFE:
·   No reprobar más de un año escolar en el mismo tipo educativo.
·   Presentarse a cobrar no pudiendo dejar de hacerlo en más de una ocasión, siempre que la forma de pago no sea por tarjeta de débito.
·   Entregar a la CONAFE constancia de asistencia o constancia de estudios de la escuela en donde se encuentra incorporado (a) en la sede regional más cercana o en la Delegación estatal del CONAFE.
CONALEP:
·   El/la alumno(a) beneficiario/a deberá contestar las encuestas, cuestionarios y proporcionar la información que por internet u otro medio le sea requerida por el CONALEP.
·   Participar en actividades académicas y de apoyo a la comunidad de su plantel.
·   Apoyar al plantel y a sus compañeros/as por tres horas a la semana durante el semestre en que se le asignó beca institucional como monitores/asesores (as) participando en círculos de estudio con compañeros (as) con menor rendimiento académico y como promotores/as de actividades extracurriculares.
DGESPE:
·   Cumplir satisfactoriamente con las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres, tanto en la escuela normal pública como en la escuela de práctica.
·   Obtener calificación final aprobatoria en todas las asignaturas del séptimo semestre, a fin de que la beca se renueve automáticamente para el octavo.
 
·   Observar buena conducta durante su estancia en las escuelas normales públicas o escuelas de práctica.
·   Presentar las evaluaciones, exámenes o acciones de seguimiento que, en su caso, señalen las autoridades educativas participantes en la beca.
·   Reportar a las autoridades educativas participantes en la beca con oportunidad los cambios en su situación escolar.
·   Presentarse en la escuela normal pública a recibir el monto de la beca en las fechas establecidas por la Dirección de la escuela normal pública.
·   Llenar con veracidad los datos solicitados en el módulo de domicilios geográficos en el Sistema de Información Básica de la Educación Normal (SIBEN).
DGETI:
·   Dedicar tiempo completo a las actividades relacionadas con el fin para el cual se otorgó la beca, así como cumplir con el 100% de asistencia de acuerdo con el calendario académico.
·   Observar y cumplir con las normas y reglamentos internos establecidos en el Centro Nacional de Actualización Docente (CNAD).
·   Cuidar los bienes inmuebles así como del equipo y material proporcionado para el desarrollo de su especialización.
·   Mantener un promedio mínimo de 8.0 (ocho) en cada una de sus asignaturas en la escala de 0 a 10.
·   Remitir a la unidad administrativa de su adscripción la constancia oficial con las calificaciones obtenidas al término de cada período, según la duración oficial del programa de estudios.
·   Dar crédito a la SEP, tanto en la tesis de grado como en los trabajos y proyectos que surgiesen como resultado de los estudios realizados durante la vigencia de la beca.
·   Informar a la unidad administrativa de su adscripción con 90 días naturales de anticipación al término de la beca, la fecha de conclusión de sus estudios, a fin de incorporarse nuevamente a su centro de trabajo.
·   Recabar el último día hábil de actividades, en la hoja de liberación con formato libre, las firmas correspondientes en las áreas de máquinas, control, activo fijo, biblioteca, a fin de que las personas responsables de cada área certifiquen el no adeudo de maquinaria, equipo, material, libros etc.
·   Reincorporarse a su plantel de origen, al término de sus estudios, con la finalidad de ser multiplicador/a de los conocimientos adquiridos en la Especialización, por lo menos durante el mismo lapso de tiempo equivalente al que disfrutó la beca. En caso de no reincorporarse, deberá reintegrar el importe total de los gastos que se erogaron durante el período de sus estudios
DGRI:
·   Entregar a la DGRI dos informes de actividades semestrales por la duración de la beca o cuando la DGRI se lo solicite al becario/a.
·   Las demás establecidas en las convocatorias correspondientes.
INBA:
·   Completar las encuestas, cuestionarios y demás documentación que a través de la escuela de donde procede el/la becario/a, por correo, internet u otro medio de comunicación les canalice la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas.
·   Firmar la carta que formaliza el otorgamiento de la beca.
·   Informar a la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas de cualquier cambio de domicilio o de los datos que proporcionó para solicitar la beca.
·   En el caso de menores de edad, contar o gestionar la documentación necesaria que acredite legalmente al tutor/a o persona responsable de la patria potestad.
·   Cumplir puntualmente con las obligaciones derivadas de las convocatorias (anexo 91) y consultar permanentemente la sección de becas en la página oficial del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (www.bellasartes.gob.mx/Convocatorias/lineamientos_becas_inba_2014.pdf) a fin de conocer toda notificación dirigida a los (as) becarios (as), las fechas límite de cobro de la beca y demás información que al efecto publique la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas.
 
IPN:
·   Para estudios de posgrado no tener al momento de solicitar la beca, ni establecer durante el tiempo que el/la becario/a disfrute de la beca ningún compromiso laboral, obteniendo las firmas del profesor postulante y de la persona Titular de la Unidad Académica que avale el no compromiso laboral ni dentro ni fuera del IPN.
·   Para las becas de posgrado no tener beca del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT).
·   Para las becas de posgrado, en caso de dejar de cumplir con alguno de los requisitos, se deberá reintegrar a la coordinación administrativa de la Secretaría de Investigación de Posgrado el monto total de los pagos recibidos por concepto de la beca.
SEB/DGEI:
·   Suscribir una carta (anexo 1c formato carta compromiso) en la que manifiesta cumplir con las obligaciones a las que deberá sujetarse como beneficiaria de la beca.
·   Asistir a clases o a las asesorías académicas.
·   Aprobar el grado o nivel en el que está inscrita, o acreditar su equivalente en cinco módulos en el año 2014, o su equivalente al tiempo en el que ingresó.
·   Informar por escrito en formato libre, a la autoridad educativa del plantel o coordinación de zona donde se encuentre inscrita, dentro de los 30 días naturales siguientes a que se actualice el supuesto, sobre cualquier cambio de:
o     Número telefónico o de domicilio dentro de la misma entidad federativa o a otra, a fin de poder ubicarla para fines administrativos.
o     Modalidad educativa a la que se inscriba.
o     Informar a las autoridades escolares del sistema en que esté inscrita, en qué momento dejará de asistir a clases o asesorías, debido al periodo de incapacidad médica por alumbramiento, debiendo presentar constancia médica, expedida por cualquier institución de salud pública, en un periodo máximo de 40 días.
·   Informar cuando ocurra el fallecimiento de su hijo/a (cuando únicamente tenga un/a hijo/a), entregando copia del acta de defunción.
·   Colaborar con las autoridades escolares y otras dependencias de la administración pública, cuando requieran información sobre su participación en la beca.
·   Participar en actividades complementarias de salud, capacitación y culturales, entre otras, que como parte de su formación integral, se promuevan en la entidad federativa, en la que realice sus estudios.
·   Tramitar su cartilla de salud ante cualquier institución de salud pública de la entidad federativa, en la que realice sus estudios.
·   Asistir periódicamente a citas médicas de revisión en una institución de salud pública y, cuando sea el caso, a sesiones sobre sexualidad responsable y protegida, cuidado materno-infantil y otros temas de salud.
·   Informar de inmediato y por cualquier medio a la Autoridad Educativa Local (AEL) y a las instituciones bancarias a través de las que se recibe el apoyo, el robo o extravío de un cheque o tarjeta de débito para el pago de su beca.
·   En caso de robo de cheque, deberá acudir ante el Ministerio Público o la autoridad local correspondiente a levantar el acta correspondiente, presentando copia de la misma a la Coordinación correspondiente para solicitar su reexpedición.
·   Cumplir con la normatividad que emitan las instituciones públicas de educación participantes, con apego a la Ley General de Educación.
SEMS:
·   Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS.
·   Permitir la evaluación de la beca, mediante la aportación de los datos que le sean solicitados por la SEMS.
·   Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet
www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el Sistema Automatizado de Consulta (SAC).
·   Recoger en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de su condición de beneficiario el medio electrónico (tarjeta) de pago.
·   Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes.
SES:
·   Exhibir a la SES, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca.
·   Cumplir con el objeto para el cual se le otorgó la beca.
·   Presentar el documento que avale la conclusión del proyecto objeto de la beca, una vez concluido y dentro de los tiempos especificados en la convocatoria.
·   Participar y apoyar en actividades de servicio social comunitario que se establezcan en las convocatorias correspondientes.
UAAAN:
·   Apoyar en un programa de actividades y eventos de orden cívico, cultural o académico establecido por la propia Universidad que contribuya a la formación profesional del/a alumno/a;
·   Informar semestralmente a su tutor/a sobre el desarrollo de actividades extracurriculares que se les asignen como becario;
·   Participar en las encuestas, cuestionarios y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos por la Universidad;
·   Firmar carta compromiso (escrito libre) con la Universidad, en los términos establecidos por la convocatoria emitida por la comisión de becas del H. Consejo Universitario y la persona beneficiaria por cada día que goce de la beca deberá trabajar una hora a favor de la Universidad para el desarrollo de actividades Institucionales.
UAM:
·   Conocer y cumplir con lo dispuesto en la Legislación Universitaria, los instructivos y los lineamientos internos de la UAM, los cuales podrán ser consultados en www.uam.mx .
·   Informar al comité de becas de la UAM correspondiente al objeto de la beca, cuando éste lo solicite, la información en relación con la beca otorgada.
·   Mantener, en su caso, el promedio de calificaciones establecido en el anexo correspondiente de las presentes reglas de operación.
·   Incluir en toda publicación o tesis derivada del otorgamiento de la beca un reconocimiento a la UAM por el apoyo recibido como becario/a.
·   Asistir a las reuniones convocadas por el Comité de la Contraloría Social.
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM.
UNAM
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM.
Causales de suspensión de las becas aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en todas las instancias ejecutoras:
La suspensión de una beca no podrá ser mayor a los tiempos establecidos en los anexos (1-105) de cada instancia ejecutora. Los casos no previstos se someterán a consideración del órgano regulatorio correspondiente en cada instancia ejecutora. En caso de suspensión, el órgano regulatorio correspondiente informará a la persona beneficiaria y en su caso al (la) tutor(a) académico(a) por escrito o por correo electrónico sobre la causa de su decisión y las razones que la fundamentan.
No será motivo de suspensión de la beca el que alguna beneficiaria se encuentre en estado de gravidez.
Para COLMEX, DGETI, IPN (en los tipos educativos medio superior y superior) y SEMS no son aplicables las causales de suspensión, debido a que los únicos supuestos en los que puede incurrir un/a becario/a dan lugar a la cancelación del beneficio. Sin embargo, los/as becarias de las siguientes instancias ejecutoras
adicionalmente tendrán como causas de suspensión las siguientes:
DGESPE:
·   Incumpla con algunas de las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres.
·   Obtenga calificación final reprobatoria en cualquiera de las asignaturas del séptimo semestre.
IPN:
·   Cuando el/la becario/a sufra de una incapacidad, médica o de otra índole que le impida la continuación de los estudios, ésta deberá estar justificada y con la documentación que lo acredite.
·   Cuando el/la becario/a incurra en adeudo de una unidad de aprendizaje de su programa académico.
SEB/DGEI:
·   Cuando la becaria, sus padres o tutor no presenten los documentos o constancias que justifiquen ausencias a la institución educativa de adscripción, diferentes a la incapacidad por maternidad.
·   Cuando la becaria del sistema escolarizado no haya acreditado el ciclo escolar y no acredite sus exámenes extraordinarios. Cuando la beneficiaria del sistema no escolarizado o semi escolarizado, no acredite el número de módulos y en su caso el nivel correspondiente para el periodo establecido o no esté activa.
·   Cuando el director de la escuela (primaria o secundaria) o el responsable del sistema no escolarizado donde la becaria realiza sus estudios lo solicite por escrito a la Coordinación Estatal (CEP) y/o a la Coordinación en el Distrito Federal (CDFP), justificando plenamente su petición y ésta sea aprobada por el comité de becas.
·   Cuando al finalizar el periodo de incapacidad por maternidad o por algún problema de salud médicamente justificado, la becaria no se reincorpore a la institución para continuar sus estudios.
·   Cuando la becaria, por convenir a sus intereses, solicite la suspensión temporal de la beca, por un periodo que no podrá rebasar los seis meses.
·   Cuando la becaria, sin justificación ni aviso, no se presente a recibir el importe de su beca por dos periodos de pago consecutivo, con excepción de los casos en que se trate de becarias que migren, previa notificación a la CEP o/y CDFP.
SES:
·   Cuando incumpla con cualquiera de sus obligaciones por causas ajenas a su voluntad considerándose como causales la incapacidad por accidente o enfermedad.
UAAAN:
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAAAN (48, 73, 74, 98,99).
UAM
·   Cuando la persona becaria sufra alguna incapacidad física o mental justificada médicamente conforme al anexo (49-54, 75-79, 86) de cada beca que le impida la realización de las actividades objeto de la beca, el Comité de Becas correspondiente podrá concederle la suspensión de la beca siempre y cuando la persona beneficiaria lo solicite por escrito (formato libre).
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54, 75-79, 86).
UNAM
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).
Causales de cancelación de las becas aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en todas las instancias ejecutoras:
I.     Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las presentes reglas de operación.
 
II.    Cuando el/la becario/a renuncie a la beca y lo manifieste mediante un escrito dirigido a la instancia ejecutora correspondiente.
III.    Fallecimiento del becario/a.
IV.   Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-105).
V.    Se detectase falsedad en la información exhibida por el/la beneficiario/a.
No será motivo de cancelación de la beca el que alguna beneficiaria se encuentre en estado de gravidez, parto y puerperio.
Adicionalmente, serán causas de cancelación las siguientes:
CONAFE:
·   Si existen más tres beneficiarios/as en el mismo domicilio (no aplica cuando son hermanos/as o compruebe tener la custodia, mediante documento emitido por la autoridad competente)
·   Los/as estudiantes inscritos/as que cursen cualquier tipo educativo y rebasen lo establecido en la "vigencia del convenio y conservación de la beca" (manual de procedimientos de la beca) (anexo 2).
·   Estudiantes de educación básica, inscritos en el servicio regular y que llegasen a reprobar más de un grado escolar en el mismo Tipo educativo.
·   De acuerdo al calendario establecido en el "mecanismo de operación para otorgar la beca", cuando el beneficiario no se presente a cobrarla, en más de una ocasión (anexo 2).
·   En caso de no presentar la documentación requerida en las fechas establecidas en el anexo 2 de las presentes reglas de operación.
·   En los casos en los que la familia del/a beneficiario/a se traslade a una localidad que si cuente con el servicio educativo que requiera el alumno y por el cual se está solicitando la beca.
·   Si en la comunidad de procedencia del beneficiario se instala el servicio educativo requerido.
·   En caso de que el/la alumno/a se inscriba en una escuela identificada como particular, a menos que se compruebe que es una institución de beneficencia.
COLMEX
·   La realización de actos que obstaculicen o menoscaben el cumplimiento de los fines de El Colegio.
·   No dedicarse de manera exclusiva a sus estudios en El Colegio de México.
·   El reprobar una materia o el obtener un promedio semestral inferior a ocho.
·   La utilización del patrimonio de El Colegio para fines distintos de aquellos a los que está destinado.
·   La realización de actos contrarios a los reglamentos de El Colegio de México A.C.
·   Faltar al respeto a sus profesores, autoridades y miembros de la comunidad de El Colegio
·   Hacer mal uso de la documentación oficial de El Colegio y de los bienes y los servicios que se brindan para el desempeño de sus actividades.
·   Faltar a la ética profesional y académica.
·   La omisión de trámites de carácter obligatorio
DGESPE:
·   Incumplir en forma reiterada con las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres, tanto en la Escuela Normal Pública, como en la escuela de práctica.
·   No cumplir con el porcentaje de asistencia establecido en las normas de administración escolar en la escuela normal pública en la que se encuentre inscrito el/la beneficiario/a.
DGETI:
·   Cuando el beneficiario repruebe dos materias de manera ordinaria.
·   Cuando la calificación obtenida en dos asignaturas o módulos sea inferior a ocho en la escala de 0 a 10 o su equivalente en otros sistemas de evaluación (numérica, gráfica, descriptiva).
·   El presentar alguna conducta improcedente, hecho o situación que implique falta o incumplimiento a las disposiciones internas establecidas por el CNAD.
 
·   No cumplir al 100% con las asistencias establecidas en el calendario académico.
·   Cuando el becario así lo solicite, debiendo reintegrar el importe total de los gastos erogados hasta la petición de la misma.
·   Cuando la situación académica del becario lo amerite a criterio del CNAD.
INBA
·   Incapacidad física o mental del/la becario/a que le impida la continuación de sus estudios artísticos o conclusión de su proyecto de titulación.
IPN
·   Cuando el/la becario/a incurra en alguna falta a la normatividad institucional.
SEB/DGEI
·   Cuando la alumna becaria sea dada de baja de la escuela o del programa educativo o cuando acumule inasistencias no justificadas y la autoridad de la institución educativa documente de forma suficiente que la alumna ha desertado.
·   Cuando la alumna becaria cambie de institución educativa, de centro comunitario o de área de atención educativa, sin dar aviso a la CEP y/o a la CDFP en los siguientes 30 días naturales.
·   Cuando la alumna becaria no cumpla con la corresponsabilidad de asistir, permanecer y acreditar sus estudios, de acuerdo a la modalidad educativa en la que se encuentra inscrita.
·   Cuando las jóvenes con beca suspendida no demuestren avance académico en los 12 meses siguientes a la suspensión.
·   Cuando la becaria ya no cumpla con el perfil de ingreso a la beca.
SEMS
·   Cuando al becario/a se le haya cubierto el total de la beca.
·   Cuando el/la becario/a no recoja en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación de su condición de beneficiario, el medio electrónico (tarjeta) de pago.
·   Cuando los datos académicos de la persona becaria no hayan sido validados por el director del plantel.
·   Cuando el/la becario/a suspenda sus estudios temporal o definitivamente y el plantel sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
·   Cuando el/la becario/a reciba dos o más becas.
·   Por dictamen de la CBSEMS a petición por escrito de la dirección del plantel por causas plenamente justificadas como son: expulsión del alumno/a del plantel, falsedad de la información proporcionada para poder solicitar una beca, haber abandonado los estudios de EMS, gozar de otro beneficio económico para el mismo fin otorgado por alguna dependencia u organismo del Gobierno Federal durante el tiempo en que reciba los beneficios de la beca.
UAAAN:
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAAAN (48, 73, 74, 98,99).
UAM
·   Incumplir con lo estipulado en la Legislación Universitaria, los instructivos y los lineamientos internos de la UAM, los cuales podrán ser consultados en www.uam.mx
·   Contar con otro beneficio económico para el fin objeto de la beca.
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54, 75-79, 86).
UNAM
·   Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).
3.6. Participantes
 
3.6.1. Instancia (s) ejecutoras (s)
Son instancias ejecutoras del programa:
Sector central
·   Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (DGEI).
·   Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS).
·   Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI).
·   Subsecretaría de Educación Superior (SES).
·   Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE).
·   Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI).
rganos desconcentrados
·   Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).
·   Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA).
·   Instituto Politécnico Nacional (IPN).
·   Universidad Pedagógica Nacional (UPN).
Organismos descentralizados
·   Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI).
·   Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV).
·   Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP).
·   Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional (COFAA).
·   Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE).
Universidades Públicas Federales
·   El Colegio de México A.C (COLMEX).
·   Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN).
·   Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
·   Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
3.6.2. Instancia (s) normativa (s)
En el ámbito de sus respectivas atribuciones, serán instancias normativas cada una de las instancias ejecutoras señaladas en el numeral 3.6.1.
3.7. Coordinación institucional
Las instancias ejecutoras establecerán los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.
Con este mismo propósito, las instancias ejecutoras podrán establecer acciones de coordinación con las autoridades federales, locales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes reglas de operación y de la normatividad aplicable.
En el caso de las becas nacionales para la educación superior, la SEP a través de la SES coordina el otorgamiento de las becas que se hace a través de distintas instancias como son: INAH, IPN, UNAM, UAM y UPN, a su vez ellas participan en el proceso de selección, entrega, supervisión y control de las mismas.
4. Operación
 
4.1. Proceso
El procedimiento general para la solicitud, selección y asignación de una beca es el siguiente:
a)    Emitir y publicar la convocatoria, a través del medio que determine la instancia ejecutora, para el otorgamiento de becas a estudiantes y docentes que inicien o continúen sus estudios y profesionalización.
b)    Los/as solicitantes deberán capturar y verificar que la información entregada en su solicitud a través de los medios que se indiquen en las convocatorias sea correcta. Este proceso se debe realizar dentro de las fechas señaladas en la convocatoria y los solicitantes, si lo requieren podrán solicitar asesoría por parte de los responsables de la instancia ejecutora correspondiente, tal como se especifica en cada uno de los anexos (1-105) de las presentes reglas de operación.
c)    Los/as beneficiarios/as deberán entregar, como parte de su expediente, la documentación requerida en la convocatoria respectiva y en las fechas señaladas en la misma.
d)    Las instancias ejecutoras deberán recibir, revisar y validar los documentos entregados por los solicitantes para la conformación de los expedientes. Cuando los expedientes cumplen con los requisitos se elaborará una propuesta de asignación de becas, o bien cuando no se cumple con los requisitos se descartarán las solicitudes.
e)    Las instancias ejecutoras serán las responsables de evaluar las propuestas, y utilizando los padrones obtenidos por el sistema estadístico que determinen, asignarán becas, emitirán y actualizarán el listado de becarios/as.
f)     Las instancias ejecutoras publicarán el listado de becarios/as por el medio que cada una determine, atenderán aclaraciones, elaborarán y remitirán el listado de los/as becarios/as a la institución bancaria correspondiente conforme al formato solicitado por la misma para su pago.
g)    El/la becario/a dispone del recurso de la beca.
La descripción cronológica de las etapas que se deben seguir en la ejecución del programa, se detallan en los anexos de cada una de las becas
4.2. Ejecución
4.2.1. Avances físicos financieros
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 85, 106, 107 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 181 de su Reglamento, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SEP, en su carácter de coordinadora sectorial, enviará a la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones correspondientes, a la SHCP y a la SFP los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido (financiero) y el cumplimiento de las metas (Físico).
Las instancias ejecutoras formularán trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las acciones bajo su responsabilidad, que deberán remitir durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Invariablemente, las instancias ejecutoras deberán acompañar a dicho informe con la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado, el ejercido y el de metas.
Esta información permitirá conocer la eficiencia de la operación del programa en el periodo que se reporta, y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
Será responsabilidad de las instancias normativas concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de decisiones.
4.2.2. Acta de entrega-recepción
No aplica
4.2.3. Cierre de ejercicio
Cada una de las instancias ejecutoras, deberá remitir en tiempo y forma a la Oficialía Mayor la información de los avances físicos-financieros conforme al numeral 4.2.1 de las presentes reglas de operación y el cierre del ejercicio fiscal para su consolidación.
5. Auditoría, control y seguimiento
 
Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia; por lo tanto podrán ser revisados según corresponda, por la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine; por el rgano Interno de Control en la SEP y/o auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los rganos Estatales de Control; por la SHCP; por la ASF y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Serán los Titulares de las Unidades Responsables o los funcionarios que estos designen, los encargados del control y vigilancia de las becas, en cada una de las etapas del ejercicio del programa.
Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, las instancias de control que las realicen mantendrán un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas hasta su total solventación.
6. Evaluación
6.1. Interna
Las instancias ejecutoras podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.
6.2. Externa
La Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Interior de la SEP, designa a la Dirección General de Evaluación de Políticas como la unidad administrativa ajena a la operación de los programas que, en coordinación con las unidades administrativas responsables de operar los programas, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación 2014.
Asimismo, es responsabilidad de cada instancia ejecutora del programa cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.
Las presentes Reglas de Operación fueron elaboradas bajo el enfoque de la Metodología del Marco Lógico, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio números 307-A-2009 y VQZ.SE.284/08 de fecha 24 de octubre de 2008.
La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) y las metas autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, se encuentran disponibles en el portal de transparencia presupuestaria, en el apartado del Sistema de Evaluación del Desempeño, en la siguiente dirección electrónica:
http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Portal/transform.nodo?id=3.1&transformacion=s&excel=n&ka_imagen=23&zip=n&paramts=0=L23
7. Transparencia
7.1. Difusión
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión al programa a nivel nacional, incluidos montos, beneficiarios y resultados del programa y se promoverá la operación de mecanismos de consulta e información para impulsar la transparencia y rendición de cuentas, y acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este programa, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
 
Asimismo, las instancias ejecutoras deberán proporcionar a la DGICO para su incorporación a la página electrónica del portal de becas www.becas.sep.gob.mx, la información relativa a las características de las becas bajo su responsabilidad, manteniéndola actualizada conforme a las convocatorias que serán publicadas durante el ejercicio fiscal 2014.
7.2. Contraloría social
Se propiciará la participación de los/as beneficiarios/as del programa a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograrlo, las instancias ejecutoras del programa promoverán y realizaran las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social que operará para el programa, bajo el esquema diseñado y coordinado por la instancia normativa, que una vez validado por la Secretaría de la Función Pública será publicado en http://www.programa.gob.mx/portal/wb/contraloria_social de conformidad con los "Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social", publicados en el DOF el 11 de abril del 2008.
8. Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se captarán vía personal, escrita, telefónica, por internet o directamente en las oficinas que para tal efecto se señalen en los anexos de cada una de las becas, recibiendo en cualquiera de las situaciones una respuesta en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
Sector Central
Instancia ejecutora
Enlace permanente
Puesto
Conmutador /
Extensión
Correo electrónico
Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (DGEI)
Director/a de Educación Básica
3601-1000 ext. 68095 y 68108
promajoven@sep.gob.mx
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
Director/a de Operación
3601-1000 ext. 60540, 60541
01800-1128-893
becas.planeacion@live-edu.sems.gob.mx
becasmediasuperior@sep.gob.mx
Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI)
Director/a del CNAD
5841-0048 ext. 101
directordelcnad_dgeti@live-edu.sems.gob.mx
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
Coordinador/a Nacional de Becas de Educación Superior
3600-2500
018002884248
cnbes@sep.gob.mx
Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE)
Director/a General
36011000 ext. 25101
alvaro.lopez@sep.gob.mx
Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI)
Subdirector/a de Relaciones Bilaterales
3601-1000
Ext. 62913
becasdgri@sep.gob.mx
rgano Interno de Control en la SEP
3601-8650 ext. 66224, 66242, 66243, 66244
01800-2288-368
quejas@sep.gob.mx
Secretaría de la Función Pública
2000-3000, ext. 2164
contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
rganos Desconcentrados
Instancia ejecutora
Enlace permanente
Puesto
Conmutador /
Extensión
Correo electrónico
Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH)
Subdirector/a Administrativo
5141-1100
adiaz@inba.gob.mx
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA)
Director/a de Servicios Educativos
5141-1100
Ext. 1039
serv.educativos@inba.gob.mx
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Director/a de Servicios Estudiantiles
Director/a de Posgrado
5729-6000 Ext. 51845 y 51997
Ext. 50495
ebecas@ipn.mx
becasposgrado@ipn.mx
Universidad Pedagógica Nacional (UPN)
Jefe/a de Departamento de Apoyos a Estudiantes
5630-9700
Ext. 1358
cpadilla@upn.mx
Organismos Descentralizados
Instancia ejecutora
Enlace permanente
Puesto
Conmutador /
Extensión
Correo electrónico
Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI)
Director/a Académico/a
(33) 36413250 Ext. 252
direccion.academica@ceti.mx
Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV)
Subdiretor/a de Asuntos Jurídicos
5747-3800
Ext. 3923 y 3924
esosa@cinvestav.mx
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)
Coordinador/a de Desarrollo del Estudiante
5480-3700
Ext. 2899 y 2791
mondarreta@conalep.edu.mx
Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional (COFAA)
Secretario/a Técnica del Comité de tica de la COFAA-IPN
57296000
Ext. 65021
psmoreno@cofaa.ipn.mx
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)
Responsable del Módulo de Transparencia
Titular del rgano Interno de Control
5241 7400
Ext. 7022 y 7010
5241 7400 ext. 7433, 7437 y 7438
ue.mt@conafe.gob.mx
responsabilidadesyquejas@conafe.edu.mx
 
Universidades Públicas Federales
Instancia ejecutora
Enlace permanente
Puesto
Conmutador /
Extensión
Correo electrónico
El Colegio de México A.C (COLMEX)
Contralor/a Interno
54-49-30-00 / 2906
acastro@colmex.mx
Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN)
Director/a de la unidad de planeación y evaluación
(01)844-411-0200 ext. 4209 y 4210
planeacion_ua@yahoo.com.mx
Universidad Autónoma Metropolitana (UAM)
Jefe/a de Departamento de Becas
5483-4000
Ext. 1590
becas@correo.uam.mx
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
Subdirector/a de Integración Presupuestal
5622-0284
jfduran@presupuesto.unam.mx
 
ANEXO 1: BECAS DE APOYO A LA EDUCACIN BÁSICA DE MADRES JVENES Y JVENES
EMBARAZADAS
I. Datos generales
Nombre de la institución o unidad responsable:
Dirección General de Educación Indígena UR 313
Tipo educativo:
Educación básica (primaria y secundaria) y alfabetización
Beca:
Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas.
Modalidad:
Sistema escolarizado, no escolarizado y mixto.
 
II. Apartados
1.     Población objetivo:
Adolescentes en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo y la maternidad temprana, mediante el otorgamiento de becas para el acceso, permanencia y conclusión de la educación básica, de estado civil indistinto que sean madres o se encuentren en estado de embarazo, cuya edad de ingreso esté comprendida entre los 12 y 18 años 11 meses de edad, que deseen iniciar, reincorporarse, permanecer y/o concluir sus estudios de educación básica, en el sistema escolarizado, no escolarizado u otro sistema educativo público disponible en las entidades federativas.
Como casos de excepción, las adolescentes menores de 12 años que sean madres o se encuentren embarazadas, podrán tener acceso a los beneficios de la beca, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el párrafo anterior.
Las becarias deben ser debidamente identificadas en los padrones de beneficiarias por entidad federativa. Los principios que rigen la integración y administración del padrón, así como los procesos de la beca, son los de equidad, eficiencia, eficacia, transparencia, honradez y economía, padrones que se van conformando mediante la incorporación progresiva de solicitantes (identificadas con la Clave nica de Registro de Población CURP), previa aplicación de los filtros de selección a las mismas.
2.    Requisitos para ser beneficiaria:
Las jóvenes aspirantes a ingresar a la beca que cumplan con el perfil y con los requisitos establecidos en este numeral, serán consideradas candidatas a recibir la beca, y se sujetarán a un proceso de selección transparente que llevará a cabo el comité de técnico estatal de educación básica.
Para poder ser beneficiarias de la beca, las jóvenes aspirantes deberán contar con el siguiente perfil:
Requisitos para solicitantes de inscripción (nuevo ingreso)
·   Ser mexicana.
·   Ser madre o estar embarazada.
·   Tener entre 12 y 18 años 11 meses de edad al momento en que le sellaron de recibida su solicitud de inscripción a la beca.
·   No recibir otra beca o apoyo económico que persiga los mismos propósitos, con excepción de las madres que sean beneficiarias del Programa Desarrollo Humano Oportunidades de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).
·   Estar inscrita en algún plantel público de educación básica del sistema escolarizado, no escolarizado u otro sistema de educación mixto a fin de iniciar, reincorporarse, permanecer y/o concluir sus estudios de educación básica, según sea el caso.
Requisitos para las solicitantes de reinscripción a la beca
Las jóvenes que hayan sido becarias y deseen continuar como beneficiarias durante el año 2014 deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1.    No haber terminado la educación básica.
2.    Para el sistema escolarizado, las becarias inscritas en el ciclo escolar correspondiente deben haber acreditado el grado escolar anterior, o su equivalente en sus exámenes de regularización.
 
3.    Para el sistema no escolarizado, las becarias deben de comprobar la acreditación de al menos cinco módulos en el año anterior, o los que correspondan de acuerdo a su fecha de ingreso.
4.    Para el sistema mixto, las becarias deben comprobar haber acreditado el nivel o grado correspondiente que estén cursando de acuerdo con el ciclo escolar en que se encuentren inscritas.
5.    Comprobar estar inscrita en cualquier modalidad del sistema escolarizado, semi escolarizado, no escolarizado o mixto.
Las interesadas en inscribirse o reinscribirse a la beca, podrán obtener mayor información en la página web: http://basica.sep.gob.mx y acudir a los lugares establecidos en la convocatoria emitida en cada entidad federativa.
3. Procedimiento de selección:
a. Documentos requeridos:
Para las solicitantes de nuevo ingreso.
Las solicitantes que cumplan los requisitos para ser beneficiaria, presentarán, en los plazos y lugares establecidos en la convocatoria (documento adicional 1a) local, la siguiente documentación:
1)    Solicitud de inscripción debidamente llenada y firmada "Formato: Solicitud para ser incorporada a Promajoven". Formato registrado en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria-COFEMER 23-026 (documento adicional 1b)
2)    Carta compromiso beneficiaria
3)    Original y copia fotostática de la CURP
4)    Original y copia de su acta de nacimiento y/o documento que acredite la nacionalidad mexicana.
5)    Original y copia de su comprobante de domicilio o carta de vecindad o residencia proporcionada por la autoridad local.
6)    Original y copia del acta de nacimiento de su (s) hijo (s) hijas (as) o el certificado de alumbramiento (en tanto se obtiene el acta de nacimiento correspondiente). Si se encuentra en estado de gravidez y aún no tiene hijas-hijos, presentar la constancia de embarazo expedida por la unidad de salud, clínica u hospital público, que señale la fecha probable de alumbramiento.
7)    Constancia de inscripción, expedida por la institución donde realiza sus estudios.
8)    Original y copia fotostática legible de la boleta, certificado o constancia de calificaciones, del último año o módulo cursado según corresponda. Lo anterior no aplica en aquellos casos en que la aspirante no cuente con antecedentes escolares por estar iniciando su educación primaria o alfabetización.
9)    Comprobantes de ingresos propios, o de la persona o personas de las que dependa económicamente, correspondientes al último mes anterior al de la solicitud o, en su caso, escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad las razones por las que no le es posible presentar la documentación anterior ni definir los ingresos económicos familiares.
Para iniciar el trámite para el otorgamiento de la beca, es necesario cumplir con lo establecido en los incisos 1, 2, 3, 4, 5 y 6. El resto de la documentación podrá ser entregada en los siguientes 30 días naturales a la fecha de recepción de la solicitud. Si las solicitantes rebasaran este tiempo y demuestran que están tramitando la documentación faltante, se les otorgará 15 días naturales adicionales. Si al concluir este último periodo otorgado no presentan la documentación faltante, aplicará la negativa ficta.
La AEL, a través del Comité Técnico Estatal de Educación básica dará a conocer a la joven solicitante en el transcurso de los siguientes 30 días naturales posteriores a la presentación de la solicitud, si fue o no aceptada como beneficiaria, por el Comité Técnico Estatal de Educación básica.
Para las solicitantes de reinscripción a la beca
Entregar a las AEL y para el caso del Distrito Federal la AFSEDF, para su actualización, los documentos que demuestren que está inscrita en cualquier modalidad del sistema escolarizado, semi escolarizado, no escolarizado o mixto, así como la documentación de sus datos generales que hubiese que modificar.
b. Criterios de priorización:
 
·   Candidatas provenientes de municipios pertenecientes a la estrategia "Cruzada contra el Hambre".
·   Candidatas provenientes de municipios rurales, indígenas de bajo y muy bajo índice de desarrollo humano establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y/o su equivalente estatal en contextos urbanos marginados.
·   Candidatas provenientes de municipios urbanos de bajo y muy bajo índice de desarrollo humano establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO).
·   Candidatas provenientes de los municipios y demarcaciones que forman parte del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (PNPSVyD).
·   Candidatas cuyo ingreso personal o familiar sea igual o menor a cuatro salarios mínimos generales según su área geográfica.
·   Candidatas detectadas por los programas del Gobierno Federal o los Gobiernos Estatales, que atienden a población migrante y cumplan con los requisitos para ser beneficiaria.
·   La edad de la candidata, siendo prioritarias las de menos de catorce años y las de 17 a 18 años 11 meses.
c. Proceso de selección:
Con el fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en los procesos de selección de las becarias y de la asignación de las becas, las entidades federativas cuentan con el Comité Técnico Estatal de Educación básica.
Será responsabilidad del Comité Técnico Estatal de Educación básica, controlar y vigilar la operación de la beca en la entidad federativa, de conformidad con el presente anexo, asegurando su articulación con otros programas federales y estatales, con el fin de maximizar sus resultados y logros.
4. Tipo y monto del apoyo:
La beca apoya con recursos federales, en el otorgamiento de una beca a la población beneficiaria y considera otro monto destinado a brindar acompañamiento técnico para su operación, por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica (SEB).
·   Apoyo económico: consiste en la transferencia de recursos presupuestarios a las entidades federativas para el pago de las becas a madres jóvenes y jóvenes embarazadas y los recursos para apoyar la operación de la beca .a nivel local.
·   Apoyo técnico: el que permite a la SEB a través de la Dirección General de Educación Indígena (DGEI): 1) brindar asesoría y acompañamiento en la gestión y aspectos técnicos a las entidades federativas para apoyar la operación de la beca; 2) apoyar las estrategias de difusión y captación de becarias.
La SEB analizará y, en su caso, autorizará a la DGEI poder ejercer directamente los recursos del programa, sólo cuando se considere estrictamente necesario y cuente con la aprobación del Comité Técnico Estatal de Educación básica respectivo, a efecto de cumplir con los objetivos y metas comprometidas.
Monto del Apoyo
La beca consiste en la entrega de un apoyo mensual de $850.00 (ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), por un máximo de 10 meses en el ejercicio fiscal 2014. Para las alumnas del sistema escolarizado se otorgará en los periodos de enero-junio y septiembre-diciembre; en el caso de las alumnas del sistema no escolarizado y mixto, el pago se efectuará durante el periodo enero-diciembre.
De acuerdo al presupuesto autorizado, la SEB a través de la DGEI distribuirá los recursos presupuestarios de acuerdo a los siguientes porcentajes: el 96%, del total de recursos autorizados a la beca, para transferencias a las entidades federativas y el 4%, como recursos para la operación nacional.
De así considerarlo la DGEI autorizará, con los recursos de operación nacional, la contratación por honorarios de personal adicional, la adquisición de material didáctico, la impresión de documentos y materiales en apoyo a la beca, el incremento en el número de beneficiarias; y en su caso, la realización de diversas acciones institucionales en las entidades federativas.
Para la aplicación de los recursos, las AEL, deberán remitir a la DGEI, en los primeros 30 días naturales,
posteriores a la publicación de las reglas de operación del Programa Nacional de Becas (S243), del ejercicio fiscal 2014 la propuesta estatal del programa, en el marco de la Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica, validado por el Comité Técnico Estatal de Educación básica, mismo que deberá mostrar coherencia entre la demanda potencial identificada en cada entidad y la cobertura atendida en el año 2013, de acuerdo con las siguientes rubros y acciones.
CONCEPTO
PORCENTAJE TOTAL
1.- Transferencias presupuestarias a las entidades Federativas
96%
CONCEPTO.
Distribución
1.1 Para entrega de becas a madres jóvenes y jóvenes embarazadas beneficiarias de la beca.
95%
Distribuido
1.2 Operación estatal de la beca.
5%
30%
1.2.1 Reuniones y actividades de promoción para la identificación e incorporación de becarias.
1.2.2 Elaboración, edición, impresión de materiales y/o spots de radio, televisión y en redes informáticas, para la difusión de la beca y la captación de becarias, atendiendo a las características sociales, culturales y lingísticas en cada entidad.
40%
1.2.3 Seguimiento a nivel municipal de la promoción e incorporación de becarias y el pago o entrega del monto de la beca.
30%
CONCEPTO
PORCENTAJE TOTAL
2.- Recursos para la operación nacional
4%
Concepto
Distribución
2.1 Servicios personales.
 
 
2.2 Elaboración, edición e impresión de materiales para la difusión. Reuniones de acompañamiento, asesoría, orientación y/o capacitación a las coordinaciones estatales. Seguimiento y evaluación de la beca.
2.3 Acuerdos de colaboración con otras dependencias e instituciones para implementar acciones de prevención del embarazo adolescente no planificado.
TOTAL DISTRIBUIDO
100%
 
La transferencia de recursos a las entidades federativas se realizará de manera diferenciada, en dos exhibiciones a cada entidad federativa durante el primer semestre del año, a partir de contar con la suficiencia presupuestaria de acuerdo a lo establecido en el Convenio Marco de Coordinación que firma la SEP, a través de la SEB y las AEL. En el mismo sentido, y con el objetivo de no retrasar el pago de becas y las actividades de promoción y captación de becarias, las entidades federativas determinarán el plazo para la liberación de recursos, sin que éste supere los 30 días naturales a partir de la suficiencia presupuestaria en cada entidad.
Criterios para la asignación y reasignación de recursos para becas y operación de la beca en las entidades federativas:
La asignación de los recursos a las entidades federativas participantes en la beca se realizará de manera diferenciada. El monto a transferir a cada Entidad Federativa se definirá tomando en cuenta los siguientes criterios:
i)     Nivel de cobertura y continuidad educativa de las becarias para la conclusión de la educación básica.
       Se definen los montos de la asignación del recurso a través del análisis del padrón de beneficiarias reportado mediante el Sistema de Información Promajoven (SIP) del año inmediato anterior. Dicho padrón es reportado mensualmente por las autoridades educativas estatales responsables de la beca.
ii)     Número de madres jóvenes y jóvenes embarazadas, con al menos un/a hijo/a.
       Se define a la población potencial (adolescentes de 12 a 18 años 11 meses de edad, embarazadas o
con al menos un hijo que no han concluido la educación básica) de acuerdo con el Censo Nacional de Población INEGI 2010.
iii)    Municipios que participan en la Cruzada Contra el Hambre.
La asignación de recursos se realizará priorizando los 400 municipios que participan en la Cruzada Contra el Hambre
a.    Periodicidad:
La entrega de los apoyos a las becarias se deberá realizar preferentemente de forma bimestral
5.    Coordinación institucional:
Instancias Ejecutoras
En cada entidad federativa se deberá establecer una estrecha coordinación interinstitucional que permita apoyar tanto la difusión de la beca como la captación, permanencia y atención de las becarias. Para ello se requerirá establecer y fortalecer una red institucional debidamente articulada con los diversos actores educativos, sociales y de salud que atienden a las adolescentes beneficiarias, priorizando aquellos esfuerzos que propugnen por el abatimiento del rezago educativo y de la deserción escolar de la población objetivo.
Las AEL definirán la instancia de educación estatal correspondiente que será responsable de ejecutar y coordinar todas las acciones interinstitucionales y sectoriales de planeación, capacitación, desarrollo, seguimiento, acompañamiento y evaluación para la eficiente y eficaz operación de la beca.
Asimismo, cada entidad federativa, a través del Comité Técnico Estatal de Educación básica, articulará los procesos de planeación, difusión, captación, registro, apoyo a la permanencia y seguimiento educativo.
Las atribuciones de las Instancias Ejecutoras son las siguientes:
a)    A las AEL les corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
i.     Dirigir la operación de la beca de acuerdo con lo que establece el presente anexo y la normatividad aplicable;
ii.     Promover la constitución y funcionamiento del Comité Técnico Estatal de Educación básica y presidirlo;
iii.    Asegurar la adecuada aplicación de los recursos federales asignados a la entidad, tanto de subsidio para becas, como de recursos para operación de la beca;
iv.    Emitir la convocatoria;
v.     Integrar alineado a los tipos educativos, una instancia responsable de la beca, que contará con el apoyo y recursos materiales y humanos necesarios para la realización eficaz de las tareas definidas en el presente anexo;
vi.    Promover la coordinación intersectorial para lograr el pago oportuno del apoyo económico y la atención integral de las becarias, así como el ejercicio de recursos para operar la beca;
vii.   Diseñar y operar estrategias de difusión de la beca, con base en las características de la entidad y la población objetivo;
viii.   Proporcionar la información, orientación y capacitación relacionada con la beca a los directivos, docentes y agentes educativos de los servicios educativos en los que cursan sus estudios las beneficiaras;
ix.    Asegurar la rendición de cuentas sobre los recursos otorgados: subsidio para becas y gastos de operación.
x.     Atender y garantizar la observancia de las disposiciones federales señaladas en las presentes reglas de operación;
xi.    Autorizar los mecanismos a utilizar en su entidad para la selección, seguimiento académico y pago de las becas, mismos que deben garantizar eficacia, eficiencia, transparencia, honradez y economía, así como el bienestar y seguridad de las beneficiarias.
xii.   Formalizar el Convenio Marco de Coordinación para la operación e implementación de los Programas Federales del subsector.
xiii.   Abrir una cuenta bancaria exclusiva para la transferencia de recursos del programa, con fundamento en el Artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
b)    Al Comité Técnico Estatal de Educación básica corresponde:
i.     Participar en los procesos de planeación, seguimiento y evaluación de la operación de la beca;
 
ii.     Dar transparencia al proceso de selección de beneficiarias, validando la asignación de las becas disponibles en la entidad;
iii.    Garantizar un acceso equitativo y no discriminatorio de las mujeres indígenas y migrantes;
iv.    Vigilar el ejercicio correcto de los recursos, y, en general, el cumplimiento de la normatividad aplicable;
v.     Definir los mecanismos de pago de conformidad con lo establecido por la Instancia Local de Educación, constatando que las beneficiarias reciban el pago de la beca, preferentemente de manera bimestral, siempre y cuando cumplan con las obligaciones establecidas en el presente anexo;
vi.    En los casos en que habiendo concluido hasta cinco módulos a través del sistema no escolarizado y su equivalente en el mixto, en menos tiempo, resolver la entrega del equivalente a los diez meses;
vii.   En los casos en que habiendo concluido menos de cinco módulos en el sistema no escolarizado, resolver la entrega equivalente, siempre y cuando la becaria siga inscrita en el programa;
viii.   En los casos en que habiendo concluido el módulo de "La Palabra" o "Mibes 1" de la alfabetización, resolver la entrega equivalente al pago de cuatro a seis meses de beca, de acuerdo al modelo educativo, según sea el caso;
ix.    En los casos en donde la evaluación formativa sea parte del sistema de acreditación del módulo, resolver la entrega equivalente a dos meses de beca por la acreditación de cada formativa;
c)    A la instancia responsable de la beca corresponde:
i.     Atender las disposiciones y operar las decisiones del Comité Técnico Estatal de Educación básica.
ii.     Coordinar la operación de la beca en la entidad;
iii.    Planear y gestionar lo relativo a la difusión de la beca;
iv.    Difundir la convocatoria durante todo el año fiscal para incorporarse a la beca;
v.     Dar respuesta oportuna a las quejas o inconformidades que presenten por escrito las beneficiarias;
vi.    Coadyuvar en la difusión de los derechos de las madres jóvenes y jóvenes embarazadas;
vii.   Diseñar y operar estrategias de difusión de la beca, con base en las características de la entidad y la población objetivo;
viii.   Proporcionar la información, orientación y capacitación relacionada con la beca a los directivos, docentes y agentes educativos de los servicios educativos en los que cursan sus estudios las beneficiadas;
ix.    Captar e incorporar a las becarias, validar la información de sus expedientes y mantener actualizado el padrón de beneficiarias, a través del SIP, el cual se va conformando mediante la incorporación progresiva de solicitantes identificadas con la CURP y enviándolo a la DGEI los primeros cinco días de cada mes;
x.     Mantener en sus archivos, copia del expediente de las becarias y de las ex becarias;
xi.    Definir y poner en marcha mecanismos que garanticen el pago correspondiente de manera transparente y preferentemente de forma bimestral a las becarias;
xii.   Realizar el seguimiento académico y evaluar los avances de la beca en la entidad;
xiii.   Mantener informado al Comité Técnico Estatal de Educación básica sobre el desarrollo de la beca y el avance en el cumplimiento de las metas establecidas;
xiv.  Solicitar información al personal directivo y/o académico de las instituciones educativas, sobre el avance académico de las becarias;
xv.   Elaborar y remitir trimestralmente a la SEB, a través de la DGEI, los informes técnicos, a través del SIP;
xvi.  Elaborar y remitir trimestralmente a la SEB, a través de la DGEI, los informes financieros;
xvii.  Asegurar el cumplimiento de los compromisos y metas establecidas en la Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica;
 
xviii. Administrar bajo la normatividad estatal aplicable los recursos destinados a la beca;
xix.  Reportar en el mes de diciembre de 2014, a través de un Informe de Actividades, el conjunto de acciones realizadas durante el año considerando el análisis desde la perspectiva de género;
xx.   Reportar en el mes de diciembre, a través de un informe pormenorizado, el conjunto de acciones realizadas con el recurso de gastos para operar la beca;
xxi.  Reunir y procesar la información necesaria para integrar las estadísticas que den cuenta del seguimiento, control y evaluación de las acciones en la entidad y deberá enviarla en el formato y en la fecha que al efecto establezca la DGEI, considerando el análisis desde la perspectiva de género.
xxii.  Atender y resolver solicitudes, peticiones o recursos de inconformidad;
xxiii. Definir tiempos y procedimientos para presentar al Comité Técnico Estatal de Educación básica los temas que se resolvieron a través de validaciones, dictámenes o resoluciones, conforme a lo establecido en el presente anexo.
xxiv. Impulsar y promover que las instituciones educativas de donde proceden las becarias, les brinden servicios complementarios, en el ámbito de su competencia, ello con el fin de que las becarias tengan mejores condiciones para mantenerse en el sistema educativo.
d)    A las autoridades de los planteles escolares del sistema escolarizado, no escolarizado y mixto corresponde:
i.     Difundir la beca en el ámbito educativo de su competencia;
ii.     Recabar las solicitudes de beca de sus alumnas inscritas, así como la documentación requerida;
iii.    Facilitar el trámite de la beca con apego a los mecanismos establecidos en la Convocatoria;
iv.    Verificar que las beneficiarias de su plantel estén recibiendo su beca en tiempo y forma;
v.     Apoyar el logro educativo de las becarias;
vi.    Elaborar un informe que considere el contexto de las becarias a efecto de notificar a las AEL cuando las beneficiarias ya no cumplan el perfil y requisitos que sustentaron su elección, a efecto de que se les suspenda el apoyo o se les dé de baja; y,
vii.   Promover la inclusión educativa de las madres jóvenes y jóvenes embarazadas, así como difundir sus derechos entre la comunidad escolar.
e)    A otras instituciones interesadas en la beca:
Podrá invitarse a coadyuvar en la difusión y ejecución de la beca, a las instituciones prestadoras de diversos servicios educativos, de salud y culturales, entre otros, que tengan relación con las beneficiarias reales o potenciales de la beca y sus familias.
6.    Calendario de operación:
Previo a la asignación de los recursos federales a cada entidad federativa, las AEL y la AFSEDF deberán realizar las acciones siguientes:
·   Suscribir en los primeros treinta días naturales posteriores a la publicación de las reglas de operación del Programa Nacional de Becas, una carta-compromiso en la que ratifique por escrito su voluntad de participar en la operación de la beca, de acuerdo a los principios, objetivos, metas, normas y procedimientos establecidos para regular la operación de la misma en las entidades federativas.
·   Formular y entregar a la SEB, a través de la DGEI, dentro de los 30 días naturales posteriores de la publicación de las presentes reglas de operación la documentación siguiente:
i.     Propuesta estatal: que debe integrarse en la Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica. Es la planeación de acciones y actividades concretas con fechas definidas para la eficiente operación de la beca, que incluyan conceptos de gasto, importes y justificación, que fortalezcan la capacidad de las AEL para la promoción, identificación e incorporación de becarias, que derive en el cumplimiento de los objetivos y metas.
ii.     El padrón de beneficiarias actualizado al mes de enero del 2014, con las becarias que continuarán en Promajoven, reportadas a través del SIP;
 
iii.    Los datos de la instancia responsable de la beca en la entidad federativa correspondiente.
iv.    Los datos de la cuenta bancaria dada de alta para la transferencia de los recursos presupuestales (institución bancaria, número de cuenta, clabe interbancaria).
v.     Formato Frecuencia de Uso de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER).
vi.    Dar cumplimiento al Convenio Marco de Coordinación, instrumento jurídico a través del cual la SEB transfiere los recursos presupuestales de la beca a las AEL, y que establece, entre otros, sus derechos y obligaciones.
En caso de que por cualquier motivo, bajo la responsabilidad de la AEL, no se abra la cuenta bancaria en tiempo y forma, o no se remita la documentación necesaria para darla de alta en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), los recursos serán enviados a las cuentas concentradoras que se encuentran registradas en éste.
La SEB, a través de la DGEI, tiene la prerrogativa de solicitar información a la AEL o a la instancia responsable del programa para el seguimiento, control y evaluación de las acciones de la beca, a fin de valorar los procesos y resultados en las entidades federativas.
La operación de la beca contempla el desarrollo de 8 etapas:
i)      Planeación.
ii)     Difusión.
iii)    Solicitud de apoyos.
iv)    Selección de beneficiarias.
v)     Distribución de apoyos.
vi)    Entrega de apoyos.
vii)   Seguimiento a beneficiarias.
viii)   Contraloría Social.
7.    Etapas de ejecución:
Las instancias responsables de la ejecución de la beca deberán remitir a la DGEI, dentro de los cinco días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre, mediante oficio y en los medios magnéticos que se determinen, los informes trimestrales sobre los avances técnicos y financieros correspondientes. La instancia ejecutora invariablemente deberá acompañar a los informes, las explicaciones de las variaciones que se registren entre el presupuesto autorizado, el modificado, el ejercido y el cumplimiento de las metas.
El incumplimiento de esta disposición, originará la emisión de una exhortación por parte de la federación y de persistir esta situación se procederá a suspender la ministración de los recursos federales en el presente ejercicio fiscal 2014, o en su caso, en el siguiente ejercicio presupuestal.
Por cada entrega de recursos que realice la SEB a las AEL, éstas se comprometen a entregar el recibo correspondiente en los términos que, acorde con la normatividad aplicable en cada caso le indique la DGEI. Asimismo, remitir a los titulares de las áreas de la DGEI, designados como responsables del seguimiento de la beca, en forma trimestral los informes que emita sobre el ejercicio de los recursos y productos que genere, con el fin de verificar su aplicación. La documentación comprobatoria original del gasto quedará en poder de los responsables financieros del estado.
8.    Cierre del ejercicio:
El presente anexo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.
Las AEL deberán proporcionar a la DGEI a través de la Coordinación Administrativa, toda la información concerniente al cierre del ejercicio de la beca, de acuerdo con los Lineamientos para el Control del Cierre del Ejercicio Presupuestal que dicta la SHCP y en la fecha que ésta indique. Será responsabilidad de la DGEI, a través de la Coordinación Administrativa, concentrar y analizar la información recibida, así como solicitar a las entidades federativas las aclaraciones a que haya lugar. En caso de incumplir con este informe, se notificará a la SFP, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Documentos adicionales
 
1a Formato de convocatoria
BECAS DE APOYO A LA EDUCACIN BÁSICA DE MADRES JVENES Y JVENES EMBARAZADAS
(Colocar el escudo de cada entidad federativa; el logotipo de la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría o Instituto de Educación en la Entidad, el logotipo de Promajoven, seguida de otros logotipos institucionales")
Con el objeto de contribuir a la reducción del rezago educativo de las niñas y las jóvenes en situación y contexto de vulnerabilidad, agravada por el embarazo y la maternidad y con ello reducir las desigualdades regionales y de género en las oportunidades educativas, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría o el Instituto de Educación (indicar según corresponda) en el Estado de (anotar el nombre del Estado), por conducto del Comité Técnico Estatal de Educación Básica CONVOCA a todas las adolescentes de cualquier estado civil que sean madres o se encuentren en estado de embarazo, y que deseen iniciar, reincorporarse, permanecer y/o concluir la educación básica (alfabetización, primaria y secundaria); estudiando en el sistema escolarizado, no escolarizado o en cualquier modalidad pública del sistema educativo disponible en el estado, a obtener la beca Promajoven, para lo cual deberán cubrir los siguientes:
Requisitos
·   Ser mexicana.
·   Ser madre o estar embarazada.
·   Tener entre 12 y 18 años 11 meses de edad al momento en que le sellaron de recibida su solicitud de inscripción a Promajoven.
·   No recibir otra beca o apoyo económico que persiga los mismos propósitos, con excepción de las madres que sean beneficiarias del Programa Oportunidades de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).
·   Estar inscrita en algún plantel de educación básica del sistema escolarizado, en el sistema no escolarizado u otro sistema de educación pública, a fin de iniciar, o continuar sus estudios, según sea el caso.
Documentación a entregar:
·   Solicitud de inscripción debidamente llenada y firmada. (Formato 2)
·   Carta compromiso beneficiaria
·   Original y copia fotostática de la CURP
·   Original y copia de acta de nacimiento y/o documento que acredite la nacionalidad mexicana.
·   Original y copia de comprobante de domicilio o carta de vecindad o residencia proporcionada por la autoridad local.
·   Original y copia del acta de nacimiento de su(s) hijas-hijos o el certificado de alumbramiento (en tanto se obtiene el acta de nacimiento correspondiente). Si se encuentra en estado de gravidez y aún no tiene hijas-hijos, presentar la constancia de embarazo expedida por la unidad de salud, clínica u hospital público, que señale la fecha probable de alumbramiento.
·   Constancia de inscripción, expedida por la escuela pública o institución no escolarizada donde realiza sus estudios.
·   Original y copia fotostática legible de la boleta, certificado o constancia de calificaciones, del último año o módulo cursado según corresponda. Lo anterior no aplica en aquellos casos en que la aspirante no cuente con antecedentes escolares por estar iniciando su educación básica.
·   Comprobantes de ingresos propios, o de la persona o personas de las que dependa económicamente, correspondientes al último mes anterior al de la solicitud o, en su caso, escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad las razones por las que no le es posible presentar la documentación anterior ni definir los ingresos económicos familiares.
Características de la beca:
La beca de apoyo a la educación básica que se otorga a través del Promajoven, consiste en el otorgamiento de un apoyo económico por $850.00 mensuales (ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), por un máximo de 10 meses en el año 2014; de acuerdo con el tiempo que le falte a la alumna para concluir sus estudios de educación básica.
 
a)    Para las alumnas del sistema escolarizado, la beca se otorgará durante los meses de enero-junio y septiembre-diciembre del 2014.
b)    En el caso de las alumnas del sistema no escolarizado, el pago se considera dentro del periodo enero-diciembre de 2014, según corresponda.
Una vez autorizada la beca, la alumna podrá disponer de los recursos de la beca para gastos inherentes a su preparación académica y para gastos relacionados con su subsistencia y la de su hijo. Asimismo, podrá participar, cuando sea el caso y de manera adicional a sus actividades escolares, en actividades relacionadas con su salud sexual y reproductiva; orientación y apoyo psicológico; y otras actividades educativas; productiva y culturales que brinden otras instituciones, de acuerdo con los acuerdos de colaboración que las autoridades estatales pudieran establecer a favor de las becarias.
El número de becas que se otorguen en la entidad, será con base en el número de solicitudes recibidas y el techo presupuestal disponible para el ejercicio fiscal 2014, así como con los resultados emitidos del proceso de selección de becarias al que se sujetarán las interesadas.
Criterios y procedimiento para la selección de becarias y asignación de la beca:
Las adolescentes que presenten solicitud de inscripción a Promajoven y reúnan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria serán consideradas candidatas a recibir la beca y se sujetarán a un proceso de selección transparente, a cargo del comité de becas del Promajoven, constituido en la entidad para esos fines.
El proceso de selección se llevará a cabo con base en los siguientes criterios de prioridad, en el orden en que se enlistan:
a)    Aspirantes de comunidades indígenas, rurales y urbanas marginadas que estén por terminar su educación básica.
b)    El menor ingreso económico de las candidatas o de quienes ellas dependan, dando prioridad a las aspirantes cuyo ingreso personal o familiar sea igual o menor a cuatro salarios mínimos generales según su área geográfica.
c)     La edad de la candidata, siendo prioritarias las de menos de 14 años y las de 17 a 18 años 11 meses.
Las candidatas que no hayan sido elegidas becarias de Promajoven como resultado del proceso de selección podrán participar en un nuevo proceso mientras mantengan su condición de elegibles, cubriendo los requisitos señalados con anterioridad y los establecidos en el anexo que regulan el otorgamiento de la beca.
Las jóvenes que hayan sido becarias en el ejercicio fiscal 2013 deberán reinscribirse al Promajoven siempre y cuando continúen con sus estudios de educación básica y cumplan con los requisitos establecidos en el anexo Promajoven de las reglas de operación del Programa Nacional de Becas 2014.
Las consideraciones no publicadas en esta convocatoria se regirán de acuerdo a lo establecido en el anexo Promajoven de las reglas de operación del Programa Nacional de Becas 2014, mismas que se pueden consultar en www.promajoven.sep.gob.mx.
Para cualquier información comunicarse a TELSEP teléfono 0155 36 01 75 99 o al 01 800 288 66 88 (Lada sin costo). En las oficinas de la SEP, ubicadas Avenida. Fray Servando Teresa de Mier, 127, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P.06080 a los teléfonos de la Coordinación Nacional del Promajoven 0155 36 01 10 00 Ext. 68108 o 68095, Ciudad de México. También podrán hacerlo por Internet en: http://basica.sep.gob.mx (En los teléfonos que las entidades federativas tengan disponibles.)
1b Formato de solicitud
 

 

 

 

 

 

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
Cualquier irregularidad, queja, denuncia o sugerencia o reconocimiento de la ciudadanía general se captará en: las entidades federativas recurriendo a los domicilios de las Autoridades Educativas locales, las Contralorías o equivalente estatales. A nivel central, a través del rgano Interno de Control de la SEP, al teléfono 3601-8653 (Ciudad de México), o desde los estados al 01800-2288-368. También podrá realizarse vía telefónica a la Secretaría de la Función Pública SACTEL al 2000-2000 en la Ciudad de México, o desde el interior al 01800-386-2466; o a los teléfonos de la SEP, TELSEP: 0155-3601-7599 o al 01800-288-6688 (lada sin costo). En las oficinas de la SEP, ubicadas en Fray Servando Teresa de Mier no. 127 Col. Centro Delegación Cuauhtémoc C.P. 06090, México, D.F., Tel. 3601-1000 Ext. 68108, 68095
Manifiesto bajo protesta de decir la verdad que los datos proporcionados son correctos y pueden ser verificados en cualquier momento. Estoy enterada que el trámite de esta solicitud no implica el otorgamiento automático de la beca
___________________________________
FECHA Y FIRMA DE LA SOLICITANTE
La información que se proporciona en esta solicitud al contener datos que hacen identificable a una persona, según la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se considera como confidencial, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental que considera como información confidencial: "Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión, distribución y comercialización", la fracción II del artículo 3o. del ordenamiento en cita, define como datos personales a "toda aquella información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a la característica física, moral o emocional, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opciones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad".
V. Para el llenado de la institución
Información adicional:
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Nombre de la institución y funcionario autorizado que recibió la solicitud y cotejó la documentación entregada por la solicitante:
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
Fecha y lugar de recepción de la solicitud: ________________________________
Original: para la Coordinación Estatal con los documentos cotejados
Copia 1: para la becaria con firma de recibido
Copia 2: para la institución receptora
1c Formato de carta compromiso
Nombre de la entidad., a __ de ____ de 20__
C._______________
SECRETARA DE EDUCACIN ESTATAL O SU EQUIVALENTE
PRESENTE
La que suscribe (becaria) del municipio de (municipio), declaro que toda la información proporcionada en la solicitud de inscripción y documentación anexa es fidedigna y que con motivo de la Beca de Apoyo a la
Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas que me fue otorgada, me comprometo a cumplir las siguientes obligaciones:
a)    Suscribir la carta compromiso en la que manifiesto la aceptación de cumplir las obligaciones a las que deberé sujetarme como beneficiaria Promajoven.
b)    Asistir a clases o a las asesorías académicas; aprobar el grado en el que estoy inscrita, o acreditar los módulos correspondientes en el ciclo fiscal, según sea el caso.
c)     Informar, a la instancia responsable de la beca sobre mi avance académico.
d)    Informar por escrito a la autoridad educativa del plantel o coordinación de zona donde me encuentro inscrita sobre cualquier cambio de domicilio o de número telefónico, a fin de poder ubicarme para fines administrativos, dicha notificación deberé realizarla en los siguientes 30 días naturales al cambio de domicilio.
e)    Informar por escrito a la instancia responsable de la beca en los siguientes 30 días naturales, cualquier cambio en la modalidad educativa a la que estoy inscrita para fines administrativos y de seguimiento académico.
f)     De encontrarme embarazada, informaré con antelación a las autoridades educativas del sistema escolarizado, semi escolarizado y no escolarizado, en donde me encuentre inscrita, en qué momento dejaré de asistir a clases o asesorías debido al periodo de incapacidad médica por alumbramiento, por lo que deberé presentar constancia médica, expedida por unidad de salud, clínica u hospital públicos.
g)    De ser el caso, informar a la instancia responsable de la beca cuando ocurra el fallecimiento de mi hijo (cuando únicamente tenga un hijo), entregando copia del acta de defunción en un término no mayor a 30 días naturales después del fallecimiento.
h)    Colaborar con las autoridades escolares y otras dependencias de la administración pública, cuando requieran información sobre mi participación en el Promajoven.
i)     Participar en actividades complementarias de salud, capacitación y culturales, entre otras, que como parte de mi formación integral, se promuevan en la entidad.
j)     En caso de robo o extravío de un cheque, informar de inmediato y por cualquier medio a la instancia responsable de la beca y a las instituciones bancarias respectivas, a fin de que aquél quede inutilizado.
       Acudir ante el Ministerio Público o la autoridad local correspondiente a levantar acta por robo y presentar copia de la misma a la entidad responsable. La reexpedición del cheque estará sujeta a la comprobación de la pérdida y la disponibilidad de recursos para cubrir el importe.
k)     Asistir periódicamente a citas médicas de revisión en una unidad de salud, clínica u hospital público y, cuando sea el caso, a sesiones sobre sexualidad responsable y protegida, cuidado materno-infantil y otros temas de salud.
l)     En general, cumplir con oportunidad los señalamientos que establecen las reglas de operación vigentes y demás disposiciones aplicables que se deriven de las mismas.
m)    Estar siempre sujeta a la normatividad de las instituciones públicas de educación, participantes, mismas que se sujetan a la Ley General de Educación.
_________________________
(Nombre becaria)
C.c.p.           Autoridad Educativa Local
       Instancia responsable de la beca en el Estado
1d Diagramas de flujo
 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 2: BECA ACRCATE A TU ESCUELA
I.     Datos generales
Nombre de la institución o unidad responsable:
L6W Consejo Nacional de Fomento Educativo
Tipo educativo:
Básica
Beca:
Acércate a tu escuela
Modalidad:
Traslado
 
II.    Apartados
1.    Población objetivo:
Alumnos/as de comunidades en donde no existe alguno o ninguno de los servicios de educación básica (preescolar, primaria o secundaria) y que para realizar o continuar sus estudios tienen que trasladarse a otras comunidades o caminar (1.5 km en el caso de preescolar o 2 km en el caso de primaria o secundaria; o bien niños/as y jóvenes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, aún si este está ubicado dentro de su propia localidad).
2.    Requisitos para ser beneficiario/a:
Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios:
CONAFE-00-011 SOLICITUD DE BECA ACRCATE A TU ESCUELA
Elementos o características que dan derecho a lo/a solicitante para realizar el trámite:
Los trámites los pueden realizar el padre, madre de familia o tutor quienes presentan la solicitud del/la alumno/a.
Mecanismo para realizar el trámite:
El formato para realizar el trámite se encuentra en el documento adicional 2a solicitud de beca acércate a tu escuela.
Datos y documentos necesarios para realizar el trámite:
·   Ser de nacionalidad mexicana.
·   Ser residente de una localidad en la que por las características propias de la misma, no exista el servicio de educación básica requerido y donde al CONAFE no le sea posible la instalación del mismo.
·   La edad cumplida al 31 de diciembre para cada tipo educativo deberá ser:
o     Preescolar de 3 a 5 años 11 meses.
o     Primaria de 6 a 14 años 11 meses.
o     Secundaria ser menor de 17 años 11 meses.
3.    Procedimiento de selección:
a.    Documentos requeridos:
Nuevo ingreso:
Del/la aspirante:
·   Solicitud de beca (original).
·   Copia fotostática del acta de nacimiento, o documento legal equivalente (constancia de nacimiento expedida por alguna autoridad).
·   Constancia de inscripción original expedida por el plantel educativo donde realiza sus estudios del grado que cursa.
·   Copia de la boleta o certificado del nivel o grado anterior.
·   Copia fotostática de la Clave nica de Registro de Población. (CURP)
 
Del Padre de Familia o Tutor:
·   Comprobante de domicilio, el cual podrá ser: copia fotostática del recibo de agua, predial, luz, la credencial de elector, o en su caso; oficio o constancia de arraigo expedida por una autoridad local competente.
·   En caso de que el padre o tutor designe un depositario, este último debe cumplir con el requisito señalado en el inciso anterior y presentar una carta, mediante la cual los padres autorizan la estancia del menor en su domicilio.
·   Identificación oficial, podrá ser: copia fotostática de la credencial de elector o cartilla del S.M.N.
Nota: En caso de que el padre, madre, tutor o depositario requiera de una credencial, deberá solicitarla a la Delegación Estatal del CONAFE en su entidad y entregar 2 fotografías tamaño infantil.
Para continuar o renovar la beca
Para continuar o renovar el otorgamiento de la beca, el padre de familia o tutor deberá entregar, a más tardar el 30 de septiembre, los documentos que acrediten la continuidad del/la beneficiario/a en el centro educativo:
·   Constancia original de inscripción.
·   Copia de la boleta de calificaciones
·   Certificado del nivel académico inmediato anterior cursado.
En el caso de que los/las beneficiarios/as llegasen a causar baja de la beca por cualquier motivo, la beca será proporcionada a otro/a aspirante, que cumpla con la documentación y el perfil requerido, a partir de la fecha en que se firma el convenio correspondiente.
b.    Criterios de priorización:
·   Estudiantes de preescolar: el centro escolar más cercano debe encontrarse a más de 1.5 km de recorrido.
·   Estudiantes de primaria y secundaria: el centro escolar más cercano debe encontrarse a 2 km de recorrido.
·   Para niños/as y jóvenes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, aún si éste está ubicado dentro de su propia localidad.
c.     Proceso de selección:

 
·   Niños/as y jóvenes en edad escolar, que vivan en comunidades rurales, y cuyas localidades registran un alto y muy alto nivel de marginación y rezago social, y que carezcan de alguno o todos los servicios de Educación Básica, dando preferencia a los/as solicitantes de los 400 municipios prioritarios.
·   Se otorga la beca a los/as niños/as o jóvenes que viven en localidades carentes de alguno de los servicios de preescolar, primaria y/o secundaria, que requieran trasladarse a un centro escolar dentro o fuera de su localidad para continuar con sus estudios, dando preferencia a los/as alumnos/as de las escuelas de CONAFE.
El convenio se formalizará entre el padre, madre o tutor y el CONAFE.
La Delegación Estatal del CONAFE abre el periodo de recepción de solicitudes a partir del mes de julio y hasta el último día hábil de septiembre para incorporar a los/as aspirantes a la beca. Los/as beneficiarios/as que ya gozan de la beca, entregarán, durante los meses de agosto a septiembre de cada año, la constancia original de inscripción y una copia de la boleta de calificaciones o del certificado del ciclo escolar cursado.
En casos excepcionales se podrán recibir solicitudes en el transcurso del ciclo escolar, tales como:
·   Cuando un/a alumno/a se incorpore a la escuela, una vez iniciado el ciclo escolar.
·   En los casos en los que habiendo causado baja un/a alumno/a becado/a, quede vacante la beca y otro niño/a la requiera, siempre y cuando, cubra los requisitos señalados.
·   Cuando se detecte y diagnostique una discapacidad en alguno de los/as alumnos/as aun cuando hayan transcurrido las fechas establecidas.
4.    Tipo y monto del apoyo:
Esta beca consiste en un apoyo de $268.00 (doscientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.) mensuales a niños/as y jóvenes que cursan cualquier nivel de educación básica durante los diez meses de duración del ciclo escolar, o lo correspondiente a partir de la firma de Convenio (ver documento adicional 2b).
La beca podrá ser otorgada a uno o más beneficiarios/as por familia.
Esta beca es exclusivamente para promover el acceso de los menores a la escuela, por lo que resulta compatible con otro tipo de becas, siempre y cuando no tengan el mismo objetivo.
5.    Coordinación institucional:
El CONAFE establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal.
Con este mismo propósito, el CONAFE podrá establecer acciones de coordinación con las autoridades federales, locales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes reglas de operación y de la normatividad aplicable.
6.    Calendario de operación:
Calendario de pagos
Diciembre
Reciben el apoyo correspondiente a los meses de septiembre a diciembre
Marzo
Reciben el apoyo correspondiente a enero a marzo
Junio
Reciben el apoyo correspondiente a los meses de abril a junio
Octubre
Reciben el apoyo correspondiente a los meses septiembre y octubre.
Diciembre
Reciben el apoyo correspondiente a los meses noviembre y diciembre.
Febrero
Reciben el apoyo correspondiente a los meses enero y febrero.
Abril
Reciben el apoyo correspondiente a los meses marzo y abril
Junio
Reciben el apoyo correspondiente a los meses de mayo y junio.
 
 
7.    Etapas de ejecución:
ETAPA DEL PROCESO
INSTANCIA
EJECUTORA
FUNCIONES
Fomentar la continuidad educativa mediante la beca acércate a tu escuela
Dirección de Planeación y Evaluación
Delegación Estatal del CONAFE
Padre o tutor
1. La DPE anuncia a las Delegaciones las metas y presupuesto autorizados
2. El padre o tutor llena la solicitud para recibir la beca y firma el convenio correspondiente con el CONAFE (Delegación).
3. La Delegación analiza la solicitud y la documentación presentada e identifica quienes cumplen los requisitos de acuerdo al orden de preferencia establecido.
4. La Delegación Estatal autorizará y entregará la beca al beneficiario. Los pagos se efectuarán por medio del Sistema Bancario: Pagos Electrónicos, Vía Tarjeta Bancaria, Cheques y Contra recibos; otros previamente autorizados conjuntamente por la DAF y la DECIS.
5. Los Medios de Verificación de la entrega de la beca pueden ser los siguientes, dependiendo de la situación específica de cada localidad: Conciliación Bancaria (depósito en cuenta bancaria), talón de cheque, contra recibo, listas de entrega de becas
6. La Delegación integra y conserva la documentación comprobatoria de la entrega e informa a la DPE
7. La DPE informa sobre el logro de las metas a las instancias internas y externas del Consejo de acuerdo a los reportes programados
 
El CONAFE formulará trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las obras y/o acciones bajo su responsabilidad, que deberá remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público -Sistema Integral de Información (SII); así como al Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público-, y a la Secretaría de Educación Pública -Sistema de Seguimiento a la Matriz de Indicadores de Resultados- mensual y trimestralmente durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta, de acuerdo al formato correspondiente. Invariablemente, la dependencia ejecutora deberá acompañar a dicho informe con la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado, el ejercido y el de metas.
Esta información permitirá conocer la eficiencia de la operación de la beca en el periodo que se reporta, y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
Será responsabilidad de la dependencia federal normativa concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de decisiones competencias, concentrar y analizar dicha información para la toma oportuna de decisiones.
8.    Cierre del ejercicio:
El CONAFE integrará el cierre de ejercicio programático presupuestario anual, conforme a las disposiciones o lineamientos específicos que al respecto establezca y difunda la autoridad competente.
 
Documentos adicionales
2a Formato de solicitud

 

 

INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO
"SOLICITUD DE BECA ACRCATE A TU ESCUELA"
Objetivo: tiene como finalidad conocer los datos personales del solicitante, el grado escolar, si vive con sus papás o con algún familiar y si cumple con el perfil requerido respecto al inciso 5.2 de las normas de operación vigentes.
Núm.
Concepto
Instrucción
DATOS DEL BENEFICIARIO
1
Fecha
Anotar claramente la fecha de llenado de la solicitud.
2
Nombre Completo
Anotar claramente el nombre completo del beneficiario empezando por el apellido paterno, materno y nombre (s).
3
CURP
Anotar claramente la CURP del beneficiario
4
Nacionalidad
Anotar claramente la nacionalidad del beneficiario
5
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AA/MM/DD (Año, Mes y Día)
6
Género
Marcar con una "x" si el beneficiario(a) es hombre o mujer
7
¿Tiene alguna discapacidad?
Anotar claramente si el beneficiario tiene alguna discapacidad.
DATOS ESCOLARES
8
Nivel y Grado Escolar
Marcar con una "X" el grado escolar en el que ingresará o en el cual está inscrito, en el nivel correspondiente.
9
Promedio del último ciclo escolar cursado
Anotar con número el promedio que obtuvo el alumno en el último ciclo escolar cursado (sólo primaria y secundaria).
10
Nombre de la Escuela
Anotar el nombre de la escuela a la que ingresará o está inscrito el beneficiario
11
Dirección de la Escuela
Anotar la dirección de la escuela, empezando por la calle, el número y la colonia
12
Municipio de la Escuela
Anotar el nombre del municipio en donde está ubicada la escuela.
13
Localidad
Anotar el nombre de la comunidad donde se encuentra ubicada la escuela
14
Clave SEP de la Escuela
Anotar la clave del centro de trabajo de la escuela a la que ingresará o está inscrito el beneficiario.
15
El niño (a) cuenta con alguna beca
Marcar con una "x" la opción que le corresponda y especifique si cuenta con otro tipo de beca
DATOS FAMILIARES
16
Nombre Completo del Padre
Anotar claramente el nombre completo del padre o tutor empezando por el apellido paterno, materno y nombre (s).
17
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AA/MM/DD (Año, Mes y Día)
18
Nacionalidad del Padre
Anotar claramente la nacionalidad del padre o tutor
19
Ocupación del Padre
Anotar claramente a que se dedica o en que trabaja el padre o tutor.
20
Ingresos del Padre
Anotar los ingresos que recibe y especificar si es semanal, quincenal o mensual.
21
Nombre completo de la Madre
Anotar completo el nombre de la madre o tutora empezando por los apellidos paterno, materno y nombre(s).
22
Nacionalidad de la madre
Anotar claramente la nacionalidad de la madre o tutora
 
23
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AA/MM/DD (Año, Mes y Día)
24
Ocupación de la Madre
Anotar claramente a que se dedica o en que trabaja la Madre o tutora
25
Ingresos de la Madre
Anotar los ingresos que recibe y especificar si es semanal, quincenal o mensualmente,
26
Domicilio de los Padres
Anotar el domicilio de los padres, empezando por la calle, el número y la colonia
27
Municipio de la Escuela
Anotar el nombre del municipio en donde está ubicada la escuela.
28
Comunidad o Localidad
Anotar el nombre de la comunidad o localidad en donde está ubicada la escuela.
29
¿Cuántos hijos tiene?
Especificar cuántos hijos tiene
30
¿Cuántos asisten a la escuela?
Especificar cuántos de sus hijos asisten a la escuela
31
¿Cuántos tienen beca acércate a tu escuela?
Especificar cuántos de sus hijos tienen beca acércate a tu escuela.
32
La comunidad donde vive cuenta con escuela
Marcar con una "X" el servicio con el que cuenta la comunidad
33
¿Utiliza algún medio de transporte para llegar a la escuela?
Marcar con una "X" la respuesta correcta
34
¿Qué tipo de transporte utiliza?
Escribir que tipo de transporte utiliza para trasladarse a la escuela.
35
¿Cuánto tiempo tarda en hacer su recorrido de su casa a la escuela?
Anotar el tiempo aproximado que hace de su casa a la escuela.
36
A que distancia de su domicilio está ubicada la escuela a la que asiste su hijo (a)
Anotar a cuantos kilómetros aproximados hay de sus casa a la escuela a que asiste su hijo (a)
37
¿Cuánto tiempo tiene que caminar su hijo para llegar a la escuela?
En caso de no contar con transporte
Anotar el tiempo aproximado que camina su hijo para llegar a la escuela.
38
¿Existe algún accidente geográfico?
Indicar con "x" en SI o No, en caso de existir o no existir accidentes geográficos
39
¿Cuál?
Indicar con una "x" la opción que corresponda o describir de manera breve el accidente geográfico detectado.
40
¿Qué tipo de clima predomina en la región?
Anotar el clima que predomina en la región.
41
¿Cuál es la forma más fácil de comunicarse con usted?
Indicar con una "x" la opción que corresponda a la forma más fácil de comunicarse con usted.
42
Nombre y firma del padre o tutor
Escribir claramente el nombre del padre, madre o tutor del solicitante (se firmará cuando se le cite en la delegación correspondiente)
43
CURP del padre o tutor
Anotar claramente el CURP del padre o tutor
2b Formato de convenio para regular el otorgamiento de la beca
CONVENIO PARA REGULAR EL OTORGAMIENTO DE LA BECA ACRCATE A TU ESCUELA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO EN LO SUCESIVO EL CONAFE REPRESENTADO
POR SU DELEGADO(A) ESTATAL ________________________________________ Y POR LA OTRA PARTE ___________________________________ EN LO SUBSECUENTE "LOS PADRES O TUTORES", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES.
DECLARACIONES
1     DE "EL CONAFE":
1.1. Que es un Organismo Descentralizado creado por el Ejecutivo Federal, que tiene por objeto promover, coordinar y ejecutar las acciones que, en el ámbito de la Administración Pública Federal, permitan el pleno ejercicio del derecho a la educación inicial y básica dirigida a población de las localidades rurales con mayor rezago social del país, garantizando un mayor equidad e igualdad de oportunidades de acceso, de conformidad con el Decreto que lo rige publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo del 2012.
1.2. Que su Delegado(a) Estatal tiene facultades para celebrar el presente Convenio con fundamento en el artículo 29 fracciones I y XII de su Estatuto Orgánico de fecha 8 de junio de 2012 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio del mismo año, y
1.3. Que señala como domicilio legal, para efectos del presente convenio el ubicado en ______________, en el Estado de _________________, México.
1.4. Que opera la "Becas Acércate a tu escuela" que tiene por objeto otorgar un apoyo a niños y jóvenes en edad escolar que viven en comunidades rurales y las localidades en que habiten registren un alto y muy alto nivel de marginación, que carecen de alguno o todos los servicios de Educación Básica y donde al "EL CONAFE" no le sea posible instalar el servicio educativo.
1.5. Que a través de una beca permite que niños y jóvenes del medio rural y suburbano marginado puedan iniciar o concluir su educación preescolar, primaria o secundaria, trasladándose a una comunidad que cuente con una escuela, donde se impartan dichos niveles educativos.
1.6. Que su Delegado(a) Estatal tiene facultades para celebrar el presente Convenio con fundamento en el artículo 29 fracciones I y XII de su Estatuto Orgánico de fecha 8 de junio de 2012 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio del mismo año, y
1.7. Que señala como domicilio legal, para efectos del presente convenio el ubicado en ______________, en el Estado de _________________,
2     DEL PADRE, MADRE O TUTOR:
2.1. Que para cumplir con el deber que la ley les impone de educar a su hijo(a) de nombre _________________ _________________ en adelante EL (LA) BENEFICIARIO(A), solicitaron de "EL CONAFE" le fuese otorgado a éste(a) un apoyo económico, mismo que fue autorizado, con objeto de que pueda cursar estudios de educación _____________________ a partir del grado___ o nivel ____ por lo que el convenio tendrá una duración de ___________ ciclos escolares.
2.2. Que bajo su responsabilidad, han elegido la escuela ____________________________________________________________, como el centro educativo al que su hijo(a) deberá acudir a realizar sus estudios, trasladándose de su domicilio a la comunidad en que está ubicado el servicio educativo.
2.3. Que la escuela que han elegido cuenta con el nivel escolar a cursar por EL (LA) BENEFICIARIO(A), y está ubicado en _______________________
2.4. Que señala como domicilio familiar el ubicado en _________________
Dadas las anteriores declaraciones, las partes otorgan las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Es objeto del presente convenio el otorgamiento por parte de "EL CONAFE" de una beca a favor del (la) menor designado(a) en la declaración 2.1, a fin de que éste(a) pueda trasladarse a la escuela donde cursará estudios del nivel escolar correspondiente, durante los ciclos escolares que permanezca en él.
SEGUNDA: Para el cumplimiento del objeto de la beca, las partes tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
DE "EL CONAFE":
a)    Entregar a LOS PADRES O TUTORES el apoyo económico por la cantidad de $_______ (______________________________________), misma que podrá ser modificada conforme a la autorización presupuestal que emita el Ejecutivo Federal, a partir del ciclo escolar ________________ y durante los meses que abarca el calendario escolar y por máximo de ______ ciclos escolares, que corresponden al nivel académico ____________________
b)    Solicitar comprobante de estudios y asistencia.
c)     Elaborar un nuevo convenio en el caso de que el Beneficiario cambie del Nivel Académico y éste
requiera de continuar con el apoyo.
DE "EL PADRE, MADRE O TUTOR":
Inscribir a su hijo(a) en ______________________________________, donde deberá cursar sus estudios.
a)    Proporcionar la documentación requerida por "EL CONAFE".
b)    Notificar los cambios de domicilio a "EL CONAFE".
c)     Vigilar la asistencia, comportamiento y aprovechamiento de EL (LA) BENEFICIARIO(A) en la escuela en que se encuentra inscrito;
d)    Proporcionar a "EL CONAFE" la información que les requiera, relativa al desempeño y asistencia escolar de EL (LA) BENEFICIARIO(A),
e)    Asistir y participar en las reuniones convocadas por "EL CONAFE" en el lugar que éste designe para tal fin, y
f)     Cuando convenga a sus intereses, renunciar a la beca y dar aviso a "EL CONAFE".
TERCERA.- EL PADRE, MADRE O TUTOR está de acuerdo en que "EL CONAFE" rescindirá su obligación de otorgar la beca en los siguientes casos:
a)    Cuando EL (LA) BENEFICIARIO(A) rebase los ciclos escolares estipulados en la cláusula segunda inciso a) de este convenio.
b)    Cuando EL (LA) BENEFICIARIO(A) repruebe más de un ciclo escolar.
c)     Cuando EL PADRE, MADRE O TUTOR no notifiquen a la Delegación Estatal el cambio de domicilio (comunidad) de EL (LA) BENEFICIARIO(A);
d)    Por no asistir a cobrar la beca de acuerdo a los mecanismos que establezca la Delegación Estatal;
e)    Cuando se establezca el Servicio Educativo requerido en la comunidad de residencia de EL (LA) BENEFICIARIO(A);
f)     Cuando los PADRES O TUTORES de EL (LA) BENEFICIARIO(A) cambien su residencia a una comunidad que tiene Servicio Educativo;
g)    Cuando la información contenida en los documentos entregados a la Delegación Estatal sea falsa;
h)    Cuando no entregue, dentro del plazo señalado, la documentación que "EL CONAFE" le solicite;
i)     Cuando el beneficiario (a) se inscriba en una escuela identificada como particular, a menos que se compruebe que es una institución de beneficencia.
CUARTA.- EL PADRE, MADRE O TUTOR de EL (LA) BENEFICIARIO(A) a quien se otorga la beca, serán responsables de que acuda a la escuela en que se encuentre inscrito(a).
QUINTA.- Las partes convienen que la vigencia del presente convenio durará todo el tiempo necesario para que concluya el preescolar, la primaria o secundaria, siempre y cuando no se presenten ninguna de las causas de rescisión señaladas en la cláusula TERCERA.
Leídas por ambas partes las cláusulas de este convenio y enteradas de su contenido y alcance legal reconocen que no existen en el mismo vicios de la voluntad, por lo que lo firman de conformidad al margen y al calce, en dos tantos, conservando el (la) Delegado (a) Estatal de "EL CONAFE" el original y el PADRE O TUTOR una copia en la ciudad de ___________________ a _____ de __________ de __________.
"ESTE PROGRAMA ES PUBLICO, AJENO A CUALQUIER PARTIDO POLTICO QUEDA PROHIBIDO EL USO PARA FINES DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS EN EL PROGRAMA".
 
POR "EL CONAFE"
 
 
 
 
 
 
NOMBRE Y FIRMA
DELEGADO(A) ESTATAL
 
 
EL PADRE, MADRE O TUTOR
 
 
 
NOMBRE Y FIRMA
 
NOMBRE Y FIRMA
 
 
 
TESTIGOS
 
 
 
NOMBRE Y FIRMA
 
NOMBRE Y FIRMA
"El Padre, Madre o Tutor valida con su firma, que está de acuerdo con que se hagan públicos su nombre y datos personales contenidos en este documento"
"El Padre, Madre o Tutor recibe copia con firmas autógrafas del presente convenio, firmando al calce".
 
2c Directorio de delegaciones
ENTIDAD
DOMICILIO
TELFONO
CORREO ELECTRNICO
Aguascalientes
Boulevard José María Chávez No. 1304, Fracc. Jardines de la Asunción, C.P. 20270 Aguascalientes, Ags.
(01 449) 917 66 22, 913 20 95, 917 66 11
aguascalientes@conafe.gob.mx
Baja California
Calafia y Av. Pioneros No. 1100, 2o. Piso, Col. Centro Cívico Comercial, C.P. 21000, Mexicali, B.C.
(01 686) 557 22 80, 556 03 44, 557 09 01, 556 13 21 DIR.
bcnorte@conafe.gob.mx
Baja California Sur
Calle Océano Atlántico No. 4796, Col. El Conchalito, C.P. 23090, La Paz, B.C.S.
(01 612) 124 20 19, 124 20 18
bcsur@conafe.gob.mx
Campeche
Calle 61 No. 37 entre 12 y 14, Col. Centro, C.P. 24000, Campeche, Camp.
(01 981) 816 16 29, 814 48 54, 814 48 55 DIR.
campeche@conafe.gob.mx
Coahuila
Paseo de la Reforma No. 1500, Col. Provivienda, C.P. 25020, Saltillo, Coah.
(01 844) 414 91 70, 414 87 74
coahuila@conafe.gob.mx
Colima
Calz. Pedro A. Galván No. 85 Sur, Col. Centro, C.P. 28000, Colima, Col.
(01 312) 313 00 08, 312 65 54, 312 94 60
colima@conafe.gob.mx
Chiapas
Blvd. Fidel Velázquez No. 1471, Col. Fracc. 24 de Junio, C.P. 29047, Tuxtla Gutiérrez, Chis.
(01 961) 616 66 32 DIR. 616-20-17 616 20 25, 616 66 30
chiapas@conafe.gob.mx
Chihuahua
Av. Cuauhtémoc No. 2200, Col. Cuauhtémoc l, C.P. 31020, Chihuahua, Chih.