Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financiero A
Oficio No.: 312-3/112897/2014
Exped.: CNBV.312.211.23 (5519)
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad
INTER BANCO, S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE
INTERCAM GRUPO FINANCIERO
Lago Zurich No. 245, Torre Frisco, piso 10
Col. Ampliación Granada, Del. Miguel Hidalgo
11529 México, D.F.
At'n.: Lic. José Rubén de la Mora Berenguer
Director General
Con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito y con motivo de la reforma a los artículos primero y séptimo de los estatutos sociales de esa institución, acordada en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 10 de febrero de 2014, esta Comisión tiene a bien modificar y actualizar los términos de la "Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple denominada Banco Regional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero", contenida en oficio 101-696 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 17 de noviembre de 2006 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre del mismo año, modificada por última vez mediante oficio 312-3/112841/2014 emitido por esta Comisión el 28 de abril de 2014 y publicado en el propio Diario el 30 de mayo del mismo año, para que en lo sucesivo esa institución quede sujeta a las siguientes:
BASES
"PRIMERA.- La denominación de la sociedad es Intercam Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Intercam Grupo Financiero.
SEGUNDA.- Su duración es indefinida.
TERCERA.- Su objeto social comprende la realización de las actividades y la prestación de los servicios que señala el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito.
CUARTA.- Su domicilio social es la Ciudad de México, D.F.
QUINTA.- El importe de su capital social es de $619'000,000.00 (seiscientos diecinueve millones de pesos 00/100) M.N.
SEXTA.- La autorización otorgada a la sociedad para organizarse y operar como institución de banca múltiple es, por su propia naturaleza, intrasmisible.
SEPTIMA.- La sociedad estará sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
OCTAVA.- El servicio de banca y crédito y demás operaciones que realice la sociedad, al igual que su funcionamiento en general, se sujetarán, en lo no señalado expresamente en estas Bases, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Instituciones de Crédito, a las reglas y disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a las disposiciones que respecto de sus operaciones expida el Banco de México y a las demás normas y disposiciones vigentes y las que se emitan en el futuro por cualquier autoridad competente, incluyendo las relativas a operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, que por su naturaleza le resulten aplicables".
Atentamente
México, D.F., a 10 de junio de 2014.