REGLAS de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) para el ejercicio fiscal 2015

REGLAS de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) para el ejercicio fiscal 2015. (Continúa en la Octava Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 177, 178, 179 y 217 del Reglamento de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5, fracción XVI y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 29 y 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y
CONSIDERANDO
Que determinados individuos o colectivos desfavorecidos sufren una situación económica y social de exclusión financiera que les genera incapacidad o dificultad para poder acceder a la adquisición y contratación de los productos y servicios comercializados por los diferentes intermediarios financieros formales, en particular aquellos de carácter crediticio, lo que les imposibilita para la realización de actividades productivas y la generación de ingresos.
Que frente a esta situación, las personas excluidas financieramente carecen de acceso a recursos de capital para iniciar o desarrollar algún emprendimiento o unidad económica, en consecuencia, las únicas fuentes para la obtención de dichos recursos bajo la modalidad de créditos, son aquellas conformadas por canales informales como son los concedidos por usureros, quienes aplican tasas de interés que pueden llegar hasta el 1000% mensual.
Que, según el Banco Mundial, los servicios financieros están fuera del alcance de muchas personas, principalmente aquellas de menores ingresos, mujeres, trabajadores a tiempo parcial y desempleados.
Que en México, la población excluida de los servicios financieros formales constituye un segmento importante que genera sus ingresos mediante el autoempleo, por lo que es necesario implementar una política pública que respalde la creatividad, energía y visión emprendedora de todas estas personas para ayudarles a ver cristalizado su esfuerzo en términos de creación de ocupaciones y unidades económicas sostenibles y formales, en consonancia con el esfuerzo del Gobierno Federal para darle un nuevo valor y sentido a la formalidad, a través del fomento de la cultura contributiva.
Que el combate a la pobreza requiere de la suma de esfuerzos y también de planteamientos que contemplen la posibilidad de mejorar la base inicial de bienes de las personas excluidas de los servicios financieros formales, de tal manera que éstos aumenten en cada ciclo económico permitiéndoles generar ahorro e inversión a través de la concesión de préstamos de baja escala, denominados microcréditos, con el fin de impulsar la realización de actividades productivas.
Que en términos cuantitativos, la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2012 muestra que el 44% de la población adulta en México no interactúa con el sistema financiero, es decir, no cuenta con ningún producto dentro del sistema financiero formal (ahorro, crédito, seguros o previsión para el retiro), que el 34% de la población adulta, esto es 23.7 millones de personas, hace uso de canales informales para la obtención de crédito y solamente el 7.1%, lo utiliza para aplicarlo en actividades productivas o de inversión.
Que el Ejecutivo Federal se ha propuesto atender este rezago, integrando al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 la meta nacional "México Próspero" a través de un conjunto de objetivos, entre los que destaca el objetivo 4.8 relacionado con el desarrollo de los sectores estratégicos, donde se ubica el FOMMUR, como vehículo en contra de la exclusión financiera.
Que el objetivo citado, precisa una estrategia enfocada a desarrollar los sectores que son motores de nuestra economía, apuntalándola a través del Programa para Democratizar la Productividad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013, en tanto que es su propósito instrumentar políticas públicas que eliminen los obstáculos que limitan el potencial productivo de los ciudadanos y de las empresas, entre otras cosas.
Que el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2014, establece distintas directrices que debe seguir el Gobierno Federal, entre las que se encuentran las estrategias 1.1 "Asegurar que la gestión de la Administración Pública Federal se
apegue a la reforma constitucional de derechos humanos" y 3.1 "Asegurar el enfoque de derechos humanos en la gestión de la Administración Pública Federal".
Que adicionalmente, el Gobierno Federal establece en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, la necesidad de que en todos los programas, acciones y políticas de gobierno se cuente con una estrategia transversal de perspectiva de género, lo que significa aplicar acciones que permitan reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.
Que las estrategias antes definidas se expresan en el Objetivo 3 del Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, con el propósito de impulsar a los emprendedores y fortalecer el desarrollo empresarial de las unidades económicas que se generen por virtud de los recursos aplicados vía microcréditos.
Que el Ejecutivo Federal a través de PROSPERA, Programa de Inclusión Social y Territorios Productivos, plantea incorporar a la población a la producción, generación de ingresos, bienestar económico, inclusión financiera, en particular a los jóvenes que anualmente egresan del nivel de educación media superior y a las mujeres, para que a través del crédito, puedan poner en marcha pequeños negocios o unidades económicas y accedan al ahorro y al seguro de salud.
Que en virtud de lo anterior, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, PROIGUALDAD 2013-2018, que se concibe como un programa rector que establece los desafíos nacionales que deben enfrentarse en los programas sectoriales, institucionales, especiales y regionales para garantizar la igualdad sustantiva y la reducción de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, teniendo en la mira la necesidad de erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres.
Que en el objetivo transversal 3: "Promover el acceso de las mujeres al trabajo remunerado, empleo decente y recursos productivos, en un marco de igualdad", a través de la estrategia 3.3 se enlista un conjunto de líneas de acción para dar cumplimiento al objetivo propuesto y que se encuentran alineadas a los objetivos de la metodología que busca promoverse destacando la necesidad de facilitar el acceso al financiamiento y capital para emprendedoras, así como impulsar la formación de capacidades administrativas y financieras de las mujeres para desarrollar actividades productivas.
Que con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el FOMMUR dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre así como el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Para implementar las acciones, FOMMUR podrá realizar los ajustes necesarios, estableciendo acuerdos, coordinación y vinculación institucional correspondiente sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operación, de las metas establecidas y en función de su capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.
Que con base al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno, el cual busca construir una nueva relación entre la sociedad y el Estado, centrada en el individuo y en su experiencia como usuario de los servicios públicos, se instrumenta la estrategia de Gobierno Digital, con el fin de elevar la eficiencia operativa gubernamental, transformando y modernizando la entrega de trámites y servicios al ciudadano.
Que con objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, el Presupuesto de Egresos de la Federación establece que los programas a los que hace referencia se sujetarán a REGLAS, mismas que deberán ser emitidas por las dependencias de la Administración Pública Federal, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, incluyéndose dentro de dichos programas al FOMMUR, y
Que derivado de las condiciones antes establecidas, es necesario que para el ejercicio fiscal 2015, el FOMMUR contenga los elementos que permitan seguir construyendo un sistema integral de microfinanzas con visión social, profesional y estable, con incentivos para llevar los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS a la POBLACIN OBJETIVO de zonas que permanecen desatendidas o que resultan prioritarias para el Gobierno de la República, población que se ve obligada a obtener créditos de canales informales para invertirlos en el desarrollo de UNIDADES ECONMICAS, se expiden las siguientes:
REGLAS DE OPERACIN DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES
(FOMMUR) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015
 
1.    Presentación
La Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (CGPRONAFIM) adscrita a la Secretaría de Economía, coordina la operación de dos programas: el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y el Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales. El primero de ellos opera con el Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, mientras que el otro lo hace a través del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, objeto de las presentes REGLAS.
La operación de ambos fideicomisos está enfocada al cumplimiento de la Misión de la CGPRONAFIM que es contribuir a que las mujeres y hombres que se encuentran excluidos de los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES, dispongan tanto del financiamiento oportuno como de la posibilidad de adquirir las habilidades y conocimientos empresariales para poder desarrollar UNIDADES ECONMICAS a través de SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS.
De esta manera, la CGPRONAFIM tiene como propósito incentivar la expansión de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS con el fin de que las mujeres rurales tengan acceso a SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES que les permitan desarrollar UNIDADES ECONMICAS, para ello, la CGPRONAFIM canaliza, a través de ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, los recursos y lleva a cabo las acciones que el Gobierno Federal ha dispuesto en beneficio de la POBLACIN OBJETIVO del PROGRAMA.
Con base en lo anterior, la Misión del FOMMUR es contribuir a que las mujeres rurales que se encuentran excluidas de los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES, dispongan tanto del financiamiento oportuno como de la posibilidad de adquirir las habilidades y conocimientos empresariales para poder desarrollar UNIDADES ECONMICAS sostenibles a través de SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS.
Es importante mencionar que el enfoque del programa se centra en su POBLACIN OBJETIVO y descansa sobre dos ejes principales:
a.     El financiamiento que se otorga a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS para que éstos, a su vez, transformen los APOYOS CREDITICIOS recibidos en microcréditos que respondan a la demanda de la POBLACIN OBJETIVO; y
b.     Una vez acreditados al FOMMUR, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS están en posibilidad de recibir APOYOS NO CREDITICIOS que contribuyan a convertirlos en organismos estables y profesionales, y así apoyar a mujeres rurales con capacitación que mejoren la operación de sus UNIDADES ECONMICAS;
El propósito planteado sólo puede lograrse con estrategias enfocadas a la construcción de un sistema de SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS en aquellas zonas carentes de tales servicios y para equilibrarlo en aquellas otras donde se han concentrado.
2.    Glosario de términos
I.           ACREDITADOS: ORGANISMOS INTERMEDIARIOS que cumplan con los criterios de selección y elegibilidad y que cuentan con una línea de crédito vigente con el FOMMUR;
II.          ACTIVIDAD PRODUCTIVA: Son las actividades económicas cuyo propósito fundamental es producir bienes y/o servicios comercializables en el mercado y generar ingresos;
III.          AGENCIA: Un punto de promoción, atención y operación de microcréditos, que sirva para ampliar la capacidad de operación de un ORGANISMO INTERMEDIARIO; su atención y operación podrá ser de manera permanente o intermitente, de forma fija o móvil; ésta podrá abarcar un radio de aproximadamente 10 Kms;
IV.         APOYO CREDITICIO: Línea de crédito que otorga el FOMMUR a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS elegibles conforme a las presentes REGLAS, para que éstas a su vez, distribuyan los recursos a la POBLACIN OBJETIVO en forma de microcréditos;
V.          APOYO NO CREDITICIO, PARCIAL Y TEMPORAL: Subsidios otorgados por el FOMMUR a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS. Son parciales porque no subsidian la totalidad de la operación a la que son destinados y temporales porque se otorgan para el subsidio de una actividad que tiene inicio y final establecido en el tiempo. Este tipo de apoyos busca la consolidación del ORGANISMO INTERMEDIARIO, con el objeto de que otorguen oportunamente los microcréditos a la POBLACIN
OBJETIVO, así como la mejora de las capacidades emprendedoras y empresariales de dicha población;
VI.         CAPACITADOR: Personal del ORGANISMO INTERMEDIARIO, que fungirá como facilitador en la capacitación a la POBLACIN OBJETIVO, con el fin de desarrollar tanto sus habilidades como las herramientas para la administración de sus recursos y de sus ACTIVIDADES PRODUCTIVAS;
VII.        CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
VIII.        COMIT TCNICO: rgano de Gobierno del FOMMUR que autoriza, instruye y vigila el cumplimiento de los fines del mismo;
IX.         CONDUSEF: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros;
X.          CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;
XI.         CONTRATO CONSTITUTIVO: El instrumento por el cual se formaliza la creación del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales;
XII.        COORDINACIN GENERAL (CGPRONAFIM): Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, adscrita a la Oficina del Secretario de Economía, que tiene a su cargo, entre otras atribuciones, la de coordinar la operación y el seguimiento de los programas FOMMUR y PRONAFIM;
XIII.        CRDITO ESTRATGICO SIMPLE: APOYO CREDITICIO que otorga el FOMMUR a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, con el fin de expandir y profundizar el otorgamiento de microcréditos en ZONAS PRIORITARIAS;
XIV.       CRDITO REVOLVENTE: APOYO CREDITICIO que permite su revolvencia durante la vigencia del contrato, con base en la disponibilidad del crédito que se deriva de los pagos realizados;
XV.        CRDITO SIMPLE: APOYO CREDITICIO en el que se dispone de la totalidad de los recursos otorgados en una o varias partidas y que cuenta con un periodo de gracia para el pago de capital;
XVI.       CRDITO TRADICIONAL: Apoyo crediticio en el que los montos y los plazos de los microcréditos deben ser adaptados a la capacidad de pago de las mujeres rurales, mediante el principio de gradualidad en función de la recuperación del MICROCRDITO;
XVII.      CRITERIOS DE CLASIFICACIN DE LOS OI ACREDITADOS POR EL FOMMUR: Categorización que se da a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS con base en el tamaño de su cartera neta, de acuerdo a la siguiente tabla:
 
Tamaño
Cartera
($)
Mayor o igual a
Menor a
Micro
 
$16'000,000.00
Pequeña
$16'000,000.01
$55'000,000.00
Mediana
$55'000,000.01
$107'000,000.00
Grande
$107'000,000.01
$320'000,000.00
Macro
$320'000,000.01
 
 
XVIII.      DGPOP: Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Economía;
XIX.       EVALUACIN DE DESEMPEÑO FINANCIERO Y CALIFICACIN DE RIESGO: Informe elaborado por agencias calificadoras, mediante el cual se obtiene una valoración integral de la situación actual del ORGANISMO INTERMEDIARIO evaluado con relación a sus áreas de riesgo, para identificar su viabilidad y solvencia institucional a largo plazo;
XX.        EVALUACIN DE DESEMPEÑO SOCIAL: Informe elaborado por agencias especializadas, destinado a evaluar el alcance y cumplimiento de los objetivos y misión social del ORGANISMO INTERMEDIARIO, su grado de institucionalización y compromiso de la organización, disponibilidad de presupuestos y partidas contables para financiar actividades de enfoque social, calidad de sus sistemas para la medición y del monitoreo del desempeño social, considerando entre otros, el diseño de productos y servicios adecuados a las necesidades y preferencias de los clientes, trato responsable a clientes y empleados, entre otros;
XXI.       EXTENSIN: Pequeño centro de servicios microfinancieros, con la finalidad de promover, ampliar y profundizar la cobertura de otorgamiento de microcréditos del ORGANISMO INTERMEDIARIO. Se deberán ubicar en ZONAS RURALES, cuya población sea inferior a los 50,000 habitantes y cubrir un radio de aproximadamente 25 Kms;
XXII.      FIDUCIARIO: Nacional Financiera S.N.C., I.B.D. (NAFIN) como institución que administrará los recursos del FOMMUR;
XXIII.      FINAFIM: Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario. Instrumento mediante el cual opera el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario;
XXIV.     FOMMUR: Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales. Instrumento mediante el cual opera el Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales;
XXV.      GRUPOS SOLIDARIOS: Mujeres rurales organizadas en grupos, con base en una de las múltiples metodologías existentes en las Microfinanzas, que se constituyen en MICROACREDITADAS de un ORGANISMO INTERMEDIARIO. Los grupos solidarios se componen de un mínimo de 2 mujeres socias;
XXVI.     INFRAESTRUCTURA TECNOLGICA: Conjunto de elementos de hardware (equipo de cómputo, servidores, entre otros) y/o software (sistemas, bases de datos, interfaces); que en su conjunto dan soporte informático a las aplicaciones del ORGANISMO INTERMEDIARIO;
XXVII.     LOCALIDAD: Ámbito territorial, ocupado por una o más viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no y reconocido por un nombre dado por ley o la costumbre. Para el cumplimiento de los objetivos del FOMMUR, se utilizará como referencia el tamaño de localidad medido por su población de hasta 50,000 habitantes;
XXVIII.    MICROACREDITADA: Mujer rural que realiza actividades productivas con recursos del PROGRAMA;
 
XXIX.     MICROFINANZAS: Servicios y productos financieros tales como microcrédito, ahorro, seguros, garantías, remesas, capital de riesgo y todos aquellos dirigidos a la POBLACIN OBJETIVO;
XXX.      MODERNIZACIN DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLGICA: APOYO NO CREDITICIO otorgado por FOMMUR exclusivamente a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS destinado para actualización de la infraestructura tecnológica que permita facilitar la automatización de medios de pago, entre otros;
XXXI.     ORGANISMO INTERMEDIARIO (OI): Persona moral, legalmente constituida, elegible conforme a las REGLAS, que esté relacionado con el desarrollo rural o el financiamiento a actividades productivas de este sector y que cuente con la capacidad técnico-operativa para canalizar a las mujeres rurales los apoyos que contempla el FOMMUR;
XXXII.     PNPSVD: PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCIN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA, el cual es Instrumentado desde la Secretaría de Gobernación en POLGONOS DE INTERVENCIN;
XXXIII.    POBLACIN ATENDIDA: POBLACIN OBJETIVO que recibió SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS por parte de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS al FOMMUR durante el ejercicio fiscal;
XXXIV.   POBLACIN OBJETIVO: Mujeres rurales excluidas de la atención de los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES, demandantes de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS, para el desarrollo de ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, que el FOMMUR tiene planeado o programado atender durante el ejercicio fiscal con base al presupuesto autorizado;
XXXV.    POBLACIN POTENCIAL: Mujeres rurales excluidas de los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES, demandantes de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS para el desarrollo de ACTIVIDADES PRODUCTIVAS;
XXXVI.   POLGONOS DE INTERVENCIN: Los constituidos por una o varias localidades, independientemente del grado de rezago social que tengan, y que son definidos por la Secretaría de Gobernación para direccionar la intervención gubernamental en el contexto del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, por lo tanto se ubican en ZONAS PRIORITARIAS;
XXXVII.   PROGRAMA: Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales;
XXXVIII.  PROGRAMA DE MEJORA DE DESEMPEÑO SOCIAL: Trabajo realizado por empresas consultoras para la implementación de acciones dentro de la Institución, que permitan mejorar el cumplimiento de los objetivos y misión social de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS;
XXXIX.   PROMOCIN: Conjunto de actividades cuyo objetivo es dar a conocer al FOMMUR entre los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS para el logro y consecución de sus fines, a través de:
·              La expansión de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS mediante el establecimiento de sucursales, extensiones y agencias, y el apoyo para la difusión que hagan del PROGRAMA los promotores de crédito de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS;
·              El fortalecimiento de las ACTIVIDADES PRODUCTIVAS de la POBLACIN OBJETIVO mediante el desarrollo de conocimientos, habilidades o destrezas que contribuyan a su consolidación; y
·              La profesionalización de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS a través del apoyo a su personal para que asista a foros, mesas de trabajo y eventos de todo tipo, con la finalidad de informar e intercambiar opiniones acerca del Sector de Microfinanzas.
XL.        PRONAFIM: Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario;
XLI.        PROYECTOS SUSTENTABLES: Trabajo realizado por empresas consultoras con el fin de implementar "ideas que abordan las problemáticas del desarrollo sustentable, tomando en cuenta la prosperidad económica, la integridad del medio ambiente y la equidad social;
XLII.       REGLAS: Reglas de Operación del FOMMUR;
XLIII.      SE: Secretaría de Economía;
 
XLIV.      SECRETARIO TCNICO: Servidor público responsable de la realización de todos los actos jurídicos para el cumplimiento de los fines del FOMMUR;
XLV.      SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES: Productos y servicios proporcionados por todas aquellas entidades financieras debidamente registradas en la CONDUSEF, orientados a proporcionar recursos de capital para aportar o sufragar los gastos e inversiones necesarias para la ACTIVIDAD PRODUCTIVA de las UNIDADES ECONMICAS;
XLVI.      SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS: Concepto amplio de las microfinanzas que incluye además de los aspectos asociados a los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES y al microcrédito, el componente conformado por acciones de desempeño social, capacitación, transferencia de tecnología, principalmente;
XLVII.     SFP: Secretaría de la Función Pública;
XLVIII.    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
XLIX.      SINHAMBRE: SISTEMA NACIONAL PARA LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE, programa instrumentado desde la Secretaría de Desarrollo Social a través de acciones definidas en favor de la población en pobreza alimentaria;
L.          SUCURSAL: Centro de servicios microfinancieros para promover y ampliar el alcance del programa. De acuerdo a su capacidad instalada, podrá cubrir un radio de aproximadamente 50 Kms;
LI.          SUJETOS DE APOYO: ORGANISMOS INTERMEDIARIOS;
LII.         TECHO FINANCIERO: Determinado por el monto total del patrimonio del FOMMUR al último mes conocido;
LIII.        TRÁMITE: Se entiende por cualquier solicitud o entrega de información que los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS presenten ante el FOMMUR para solicitar APOYOS CREDITICIOS o APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES, a fin de que se emita una resolución sobre la solicitud requerida;
LIV.        UNIDAD ECONMICA: Son las entidades productoras de bienes y servicios comercializables en el mercado, llámense establecimientos, hogares o personas físicas;
LV.        ZONAS DESATENDIDAS: Son los municipios o localidades donde no se han colocado más de 25 microcréditos;
LVI.        ZONAS PRIORITARIAS: Municipios, localidades o POLGONOS DE INTERVENCIN definidos por el FOMMUR, con base en los citados, de forma enunciativa mas no limitativa, en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, Indígenas, desatendidos y cualesquiera otros definidos por la Presidencia de la República o por el propio FOMMUR. Los apoyos destinados a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales deberán apegarse a los lineamientos que en su caso emitan el COMIT TCNICO y la Secretaría de Gobernación, en sus ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables. Para su difusión, el FOMMUR publicará en la página web www.pronafim.gob.mx el listado que conforma dichas zonas; asimismo, lo mantendrá actualizado en función de la dinámica que tengan los programas y criterios antes enunciados; y
LVII.       ZONA RURAL: Ámbito territorial cuya población asentada desarrolla diversas actividades productivas ya sean primarias, secundarias o terciarias. Para el cumplimiento de los objetivos del FOMMUR, se utilizará como referencia las localidades del territorio nacional conformadas hasta por 50,000 habitantes.
3. Objetivo estratégico
Contribuir a que las mujeres rurales que desarrollan o pretenden desarrollar actividades productivas, tengan acceso a los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS que proporciona el PROGRAMA, a través de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS.
Es importante considerar que la sostenibilidad de las UNIDADES ECONMICAS de la POBLACIN OBJETIVO, se logrará en la medida que existan condiciones y entorno propicios para la comercialización de
sus bienes o servicios proporcionados.
El cumplimiento de este objetivo será medido a través de los indicadores que se señalan en la Matriz de Indicadores para Resultados que se incluye en el Anexo 3 de las presentes REGLAS.
4. Objetivos específicos
a.     Fomentar entre la POBLACIN OBJETIVO las capacidades emprendedoras, adquisición de conocimientos y habilidades empresariales con el propósito de contribuir al adecuado manejo de sus UNIDADES ECONMICAS, a través de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS;
b.     Elevar la eficacia de la entrega de los APOYOS CREDITICIOS y APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES a la POBLACIN OBJETIVO, mediante la incorporación, consolidación y profesionalización de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS para estabilizar su permanencia así como favorecer la oferta de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS;
c.     Mejorar las condiciones y características de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS a la POBLACIN OBJETIVO, mediante la incidencia en el ordenamiento y la actuación de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS;
d.     Incentivar la expansión y profundización de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS con especial énfasis en las ZONAS PRIORITARIAS y en grupos excluidos del desarrollo económico y social; y
e.     Beneficiar a la POBLACIN OBJETIVO mediante el fomento e implementación de acciones de impacto social entre los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS.
5. Cobertura
El FOMMUR opera en un ámbito de cobertura nacional, incentivando la expansión de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS hacia aquellas regiones del territorio donde existan mujeres rurales sin acceso a los SERVICIOS FINANCIEROS FORMALES, con especial énfasis en aquellas que se ubiquen dentro de las ZONAS PRIORITARIAS.
6. Criterios de selección y de elegibilidad de los SUJETOS DE APOYO para que a través de ellos se canalicen recursos a la POBLACIN OBJETIVO;
Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS podrán solicitar los apoyos enunciados en la Regla 7 del presente instrumento, cuando cumplan con los criterios de selección y elegibilidad señalados a continuación:
a.     Personas morales que cumplan con la normativa aplicable conforme a la legislación mexicana salvo las personas morales a que se refiere el Título Décimo primero del Código Civil Federal, y sus correlativos en los demás Códigos Civiles de la República Mexicana, así como aquellas constituidas conforme a las leyes de Instituciones de Asistencia Privada;
b.     Tener dentro de su objeto social y/o fines, el otorgar y recibir financiamiento;
c.     Contar con capital social y/o patrimonio, así como capacidad operativa, jurídica, técnica y viabilidad financiera para operar Microfinanzas;
d.     Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de aquellas previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía;
e.     Contar con Sistema de Cartera para el registro y seguimiento de las operaciones de microfinanzas;
f.     Cumplir con toda la documentación, registros y normativa determinada por las autoridades financieras, CONDUSEF y CNBV;
g.     Contar con instalaciones adecuadas;
h.     El ORGANISMO INTERMEDIARIO deberá manejar GRUPOS SOLIDARIOS y operar en zonas rurales;
i.      No contar entre sus socios o accionistas en sus rganos de Gobierno o Directivos:
(i)    Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los APOYOS CREDITICIOS, APOYOS PARCIALES CREDITICIOS y
APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del TRÁMITE del apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo; o
(ii)    Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR; o
(iii)   Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (i) y (ii) de este inciso.
Esta prohibición será aplicable hasta un año con posterioridad a que hayan concluido dichas personas su servicio, empleo, cargo o comisión.
El mecanismo de comprobación del cumplimiento de este criterio será mediante una carta bajo protesta de decir verdad, suscrita por el apoderado legal mediante la cual declara que el SUJETO DE APOYO cumple con lo anterior, en caso contrario, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, para así someterlo a la autorización del COMIT TCNICO.
j.      Comprobar que están en funcionamiento activo en el otorgamiento de microcréditos durante al menos un año antes de la fecha de la solicitud del TRÁMITE en el FOMMUR. En el caso de no poder acreditar el otorgamiento de microcréditos o el funcionamiento activo durante el año previo, se podrá someter a consideración del COMIT TCNICO la excepción correspondiente, siempre y cuando:
(i)    El solicitante forme parte de una organización de microfinanzas o red internacional de microfinanzas; o
(ii)    Dentro de sus estructuras de gobernabilidad o directiva, cuenten con recursos humanos con experiencia operativa probada y verificable en microfinanzas o vinculadas con el desarrollo del sector; o
(iii)   Que se hayan sometido a un PROCESO DE INCUBACIN satisfactorio, que desarrolle la capacidad técnica para el otorgamiento de microcréditos.
k.     Acreditar que cuenta con un contrato vigente con alguna de las sociedades de información crediticia o centrales de riesgo existentes;
l.      Una vez acreditados por el FOMMUR, deberá estar al corriente con todas sus obligaciones contractuales. El FOMMUR validará que se cumplan con los criterios de selección y elegibilidad antes mencionados; y
m.    En caso de haber solicitado un APOYO CREDITICIO, citado en la regla 7.1 inciso b, deberá cumplir con los incisos a., b., c., d., f., h., i., j., k., y l. de esta regla.
7.    Tipos de apoyos y condiciones generales
El FOMMUR otorga los siguientes tipos de apoyo:
a.     APOYOS CREDITICIOS; y
b.     APOYOS NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES.
Los requisitos de documentación para cada tipo de apoyo se encuentran citados en el apartado de "Documentos Anexos Requeridos" de cada uno de los TRÁMITES correspondientes, los cuales pueden consultarse en el Anexo 2 de las presentes REGLAS y en las páginas de internet: www.pronafim.gob.mx y www.cofemer.gob.mx.
Los formatos de los TRÁMITES deberán capturarse en línea en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx y enviarse por el mismo medio a FOMMUR. Posteriormente, deberán presentarse en la oficina del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales situado en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, piso 11, Col. San Jerónimo Aculco, Deleg. La Magdalena Contreras, C.P. 10400, México, D.F., de lunes a viernes en días hábiles de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 hrs, debidamente rubricados y firmados por el representante legal del ORGANISMO INTERMEDIARIO.
Los apoyos que se enlistan a continuación se sujetarán a la disponibilidad presupuestal del Fideicomiso en términos de la normativa aplicable.
7.1   APOYOS CREDITICIOS A LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS
 
Los APOYOS CREDITICIOS del FOMMUR se otorgarán a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS para que éstos, a su vez, distribuyan los recursos a la POBLACIN OBJETIVO en forma de microcréditos, en términos y condiciones que permitan el desarrollo de las UNIDADES ECONMICAS en las zonas donde habitan. Los tipos de apoyos a otorgar son:
a.     APOYO CREDITICIO a ORGANISMOS INTERMEDIARIOS para su acreditación por el FOMMUR y obtención de una línea de crédito revolvente, simple, tradicional o estratégico simple; y
b.     APOYO CREDITICIO a ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS por el FOMMUR para la obtención de crédito adicional revolvente, simple, tradicional o estratégico simple.
Una vez autorizado el primer crédito solicitado por el ORGANISMO INTERMEDIARIO, éste deberá asistir al curso de inducción, en la modalidad que FOMMUR indique.
Las características de los APOYOS CREDITICIOS son las siguientes:
 
Características del APOYO CREDITICIO
Tipo de crédito
Crédito simple
Crédito revolvente
Crédito tradicional
Estratégico simple
Monto máximo de crédito
Hasta 10% del techo financiero del FOMMUR al último mes conocido.
Tasa de interés máxima
ordinaria
CETES más un margen establecido por el Comité Técnico.
CETES sin puntos adicionales
Tasa de interés moratoria
2 veces la ordinaria
Plazo del crédito
Hasta 36 meses
Los plazos de los créditos se determinarán de acuerdo a la evaluación financiera, operativa y jurídica del ORGANISMO INTERMEDIARIO y a los ciclos de la gradualidad del crédito
Hasta 36 meses
Forma de pago
Mensual
Mensual, quincenal o semanal
Mensual
Plazo máximo de
disposición del total de la
línea autorizada
Hasta 6 meses
Hasta 6 meses en la primera vuelta. En su defecto, se ajusta el límite de la línea al monto dispuesto.
N.A.
Hasta 6 meses
Plazo de gracia para pago
capital
Hasta 12 meses
N.A.
N.A.
Hasta 12 meses
Destino del crédito
Financiar ACTIVIDADES PRODUCTIVAS de las mujeres
rurales organizadas en grupos solidarios
Financiar ACTIVIDADES PRODUCTIVAS de las mujeres rurales organizadas en grupos solidarios que habitan en ZONAS PRIORITARIAS deberá mantenerse durante el periodo del crédito
Garantía
Prendaria sobre la cartera otorgada por el ORGANISMO INTERMEDIARIO a las MICROACREDITADAS y/o las que determine el COMIT TCNICO.
Documentación requerida
Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS deberán presentar el TRÁMITE debidamente requisitado y con la documentación completa, en caso contrario no se dará atención al TRÁMITE, éstos son:
Para la acreditación a FOMMUR y obtención del primer crédito
TRÁMITE: Apoyo Crediticio a Organismos Intermediarios para su acreditación por el FOMMUR y obtención de un crédito revolvente, simple, tradicional o estratégico simple.
Para ORGANISMOS INTERMEDIARIOS acreditados por el FOMMUR
TRÁMITE: Apoyo Crediticio a Organismos Intermediarios acreditados por el FOMMUR para la obtención de crédito adicional revolvente, simple, tradicional o estratégico simple.
7.2   APOYOS NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES
Los APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES se otorgarán, en cada caso y con excepción del Programa Anual de Capacitación, por hasta un monto máximo que depende del tamaño del ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO por el FOMMUR. Estos tipos de apoyo presentan dos
vertientes:
1.     El desempeño de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, con el propósito de que profundicen territorialmente y logren la expansión de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS que brindan a la POBLACIN OBJETIVO, preferentemente a la que habita en ZONAS PRIORITARIAS, a través de: asistencia técnica, capacitación, asistencia a eventos y foros especializados; establecimiento de sucursales, extensiones y/o agencias; apoyo para el pago a los promotores de crédito para la promoción de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS y cualesquiera otros productos que pudieran surgir durante la ejecución del programa, previa aprobación del COMIT TCNICO; y
2.     La POBLACIN OBJETIVO, con el propósito de desarrollar habilidades empresariales y emprendedoras mediante los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS que proporcionen los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, con el objeto de fortalecer o consolidar las ACTIVIDADES PRODUCTIVAS de dicha población.
A continuación se describen los diferentes tipos de APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES y sus características específicas. Los formatos correspondientes y los requisitos que los complementan se incluyen en el Anexo 2 de las presentes REGLAS.
a.    ASISTENCIA TCNICA A ORGANISMOS INTERMEDIARIOS EN SUS DIFERENTES MODALIDADES:
·         Específica;
·         Evaluación de Desempeño Social;
·         Programa de Mejora de Desempeño Social;
·         Evaluación de Desempeño Financiero y Calificación de Riesgo;
·         Proyectos Sustentables;
·         Regulación financiera; y
·         Visitas Técnicas Guiadas.
Se otorgarán de conformidad con su tamaño en las siguientes proporciones:
Porcentajes de apoyo de hasta (del monto solicitado)
 
Tamaño del
Organismo
Intermediario
% de apoyo hasta
(Asistencia técnica: Específica,
Evaluación de Desempeño Social,
Programa de Mejora de Desempeño
Social, Proyectos Sustentables,
Regulación financiera y Evaluación de
Desempeño Financiero y Calificación de
Riesgo)
Visita Técnica Guiada
Macro
20%
20%, para una persona
Grande
40%
40%, para una persona
Mediana
70%
70%, para una persona
Pequeña
80%
100%, para dos
personas
Micro
90%
 
·         LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal a Organismos Intermediarios para Asistencia Técnica debidamente requisitado y con la documentación anexa requerida completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
b.    CAPACITACIN
·   FOMMUR ofrecerá apoyos no crediticios para cursos, diplomados y talleres; Programas de Alta Dirección y Participación en Eventos del Sector Nacionales e Internacionales.
Los porcentajes se aplicarán hasta un monto solicitado:
 
Tamaño del OI
% de apoyo hasta
Número de personas
Participación en eventos nacionales e
internacionales del Sector de
Microfinanzas y Programa de Alta
Dirección
Macro
20%
Para una persona
Grande
40%
Para una persona
Mediana
70%
Para una persona
Pequeña
100%
Para dos personas
Micro
 
 
 
·   LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal FOMMUR a Organismos Intermediarios para Capacitación, debidamente requisitado y con la documentación anexa requerida completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
c.    PROGRAMA ANUAL DE CAPACITACIN
·   Programa Anual de Capacitación desarrollado por el FOMMUR con el objetivo de contribuir a la formación del personal de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS por el Fideicomiso, a través de talleres, cursos, conferencias, etc., con temas que contribuyan a la profesionalización del Sector de Microfinanzas.
·   Para asistir a los eventos que conformen el Programa Anual de Capacitación diseñado por el FOMMUR, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán manifestar mediante escrito con firma autógrafa del Representante Legal, el interés y compromiso de participar en dicho evento y los datos de las personas que asistirán al mismo.
d.    PARTICIPACIN EN FOROS, MESAS DE TRABAJO Y EVENTOS ORGANIZADOS POR EL FOMMUR Y/O POR ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES DEL SECTOR DE MICROFINANZAS
FOMMUR podrá apoyar a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, así como a sus MICROACREDITADAS para la participación en aquellos Foros, Mesas de Trabajo y Eventos organizados por el Sector de Microfinanzas y/o por el mismo FOMMUR; así como eventos en general que promuevan la comercialización de los productos de sus MICROACREDITADAS. Dependiendo de la disponibilidad presupuestal, FOMMUR podrá extender apoyos diversos, consistentes en:
·   Eventos organizados por FOMMUR, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS contarán con los gastos de transporte y hospedaje; este último es para dos personas en habitación doble, en caso de que algún participante prefiera habitación sencilla, el FOMMUR sólo cubrirá una noche.
·   En caso de que exista algún tipo de participación por parte de las MICROACREDITADAS de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS, el número de apoyos quedarán supeditados al número de espacios que se tengan disponibles dentro del evento. Para todos los eventos, el apoyo incluye los gastos de transporte, hospedaje y alimentos, así como la transportación de sus mercancías.
·   LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal para la Participación en Foros, Mesas De Trabajo y Eventos Organizados por el FOMMUR y/o por Organizaciones Nacionales e Internacionales del sector de Microfinanzas, debidamente cumplimentado y con la documentación completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
e.    CAPACITACIN A LA POBLACIN OBJETIVO O A LA FORMACIN DE CAPACITADORES
 
Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS podrán capacitar a la POBLACIN OBJETIVO, directa o indirectamente, con el objeto de desarrollar en ella sus habilidades mediante las modalidades de: Educación Financiera y Educación para el Desarrollo. Los tipos de capacitación son: presencial, a distancia y/o masiva.
·         Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal FOMMUR a Organismos Intermediarios, para que sean destinados a la capacitación de la Población Objetivo o de Capacitadores, debidamente requisitado y con la documentación completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
·         El apoyo destinado para la capacitación de la POBLACIN OBJETIVO será de hasta $4,000.00 por persona y el monto máximo dependerá de la propuesta técnica que el ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO presente al FOMMUR y apruebe el COMIT TCNICO.
·         Cuando se trate de la formación de capacitadores, el monto será el que FOMMUR determine y el COMIT TCNICO apruebe, con base en la evaluación técnica que realice el FOMMUR a la propuesta técnica que le presente el ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO.
f.     PAGO DE PROMOTORES DE CRDITO
Este tipo de apoyo está condicionado al proyecto que los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS presenten para su evaluación y autorización por el COMIT TCNICO.
·         LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE:, Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal FOMMUR a Organismos Intermediarios, para el Pago de Promotores de Crédito, debidamente requisitado y con la documentación completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
g.    MODERNIZACIN DE INFRAESTRUCTURA TECNOLGICA
·   La aportación del FOMMUR podrá cubrir un porcentaje del costo total de la infraestructura solicitada, el cual se determinará en función del tamaño del ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO, de acuerdo a la siguiente tabla:
Porcentaje de apoyos, de hasta un monto solicitado:
 
Tamaño del Organismo
Intermediario
% de apoyo hasta
Macro
No aplica
Grande
No aplica
Mediana
70%
Pequeña
80%
Micro
90%
 
·   Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS clasificados con tamaño macro y grande quedan excluidos de este apoyo.
·   LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal FOMMUR para Organismos Intermediarios destinado a la Modernización de Infraestructura Tecnológica, debidamente requisitado y con la documentación requerida completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
·   La solicitud del TRÁMITE de este apoyo, tratándose de software, se sujetará a lo que establezca la normativa en la materia.
·   Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS, sin importar el tamaño, podrán solicitar este apoyo, cuando sea destinado para integración de la información que cita el Anexo 5 de las presentes REGLAS, de acuerdo a la siguiente tabla:
Porcentaje de apoyos, de hasta un monto solicitado:
 
Tamaño del Organismo
Intermediario
% de apoyo hasta
Macro
20%
Grande
40%
Mediana
70%
Pequeña
80%
Micro
90%
 
h.    ESTABLECIMIENTO DE SUCURSALES, EXTENSIONES Y/O AGENCIAS
·         Este tipo de apoyo aplica solamente a ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS por el FOMMUR, con excepción de aquellos que se encuentren en la categoría de Macro o Grande. Sin embargo, si la solicitud del TRÁMITE para este tipo de apoyo es para atender ZONAS PRIORITARIAS, entonces todas las solicitantes tendrán acceso a estos recursos independientemente de su tamaño.
·         El apoyo del FOMMUR para establecimiento de sucursales, extensiones y/o agencias podrá cubrir gastos de infraestructura y operación.
·         LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS deberán presentar a FOMMUR el TRÁMITE: Apoyo No crediticio, Parcial y Temporal FOMMUR a Organismos Intermediarios para el establecimiento de Sucursales, Extensiones y/o Agencias, debidamente requisitado y con la documentación completa, en caso contrario no procederá el TRÁMITE.
8. Consideraciones generales de los apoyos
a.          Los apoyos previstos en la regla 7 de estas REGLAS se ajustarán en términos de lo aprobado por el COMIT TCNICO. Dichos apoyos se formalizarán mediante el instrumento jurídico correspondiente, con excepción del descrito en el numeral 7.2 inciso c. y d.;
b.          Para la formalización de los apoyos crediticios ningún ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO podrá tener riesgos acumulados vigentes en uno o varios contratos de crédito superior al 10% del techo financiero del FOMMUR al último mes conocido;
c.           Para la formalización de los apoyos el ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO no podrá tener adeudos vencidos con el FOMMUR y/o con FINAFIM;
d.          En el caso de APOYOS CREDITICIOS destinados a la POBLACIN OBJETIVO, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS garantizarán dichos apoyos al FOMMUR mediante el endoso en garantía de los pagarés suscritos por las MICROACREDITADAS de los GRUPOS SOLIDARIOS. Para minimizar el riesgo, el COMIT TCNICO podrá determinar, de acuerdo con los lineamientos autorizados por el mismo, otro tipo de garantías, pudiendo ser éstas de manera enunciativa mas no limitativa, garantías personales y/o reales; ya sean distintas de las antes señaladas o en adición a las mismas, que se consideren convenientes o necesarias de acuerdo con la naturaleza de la operación y de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS que reciban el APOYO CREDITICIO respectivo, mismas que deberán documentarse en el instrumento jurídico que al efecto se suscriba;
e.          Los plazos de resolución para la obtención de los apoyos a que hacen referencia las presentes REGLAS, en cada caso, se señalarán en los respectivos formatos de TRÁMITE de apoyo establecidos al efecto. Concluido el plazo de resolución que en cada caso se establece en el formato del TRÁMITE que corresponda, sin que se hubiera comunicado al solicitante del apoyo de la propia resolución, se entenderá que ésta es en sentido negativo;
f.           El importe de los apoyos no contempla el Impuesto al Valor Agregado y por ninguna circunstancia dicho importe podrá ser destinado al pago de impuestos, o al gasto corriente de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS; y
g.          Los Proyectos, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS y las MICROACREDITADAS apoyadas
por el FOMMUR, podrán ser sujetos de seguimiento de mediano y largo plazo para obtener información mediante instrumentos específicos como encuestas, visitas, solicitud de reportes e informes, con objeto de identificar y evaluar los impactos que se generan en ejercicios fiscales posteriores a la conclusión de cada acción.
9. Reconocimientos instituidos por el FOMMUR
Como parte de las acciones orientadas al desarrollo de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS, el FOMMUR y FINAFIM podrán establecer el Premio de Microfinanzas, con el objetivo de reconocer el esfuerzo y compromiso de los mejores ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS por el FOMMUR. Este premio se otorgará mediante APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES y con base en los lineamientos que para ello determine el COMIT TCNICO.
10. Presupuesto destinado al FOMMUR
El presupuesto federal que se asigna al FOMMUR será distribuido de la forma siguiente:
a.     Como mínimo el 96.05 por ciento se destinará a la POBLACIN OBJETIVO a través de los APOYOS otorgados a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS; y
b.     Hasta el 3.95 por ciento será destinado a los gastos asociados a la eficiente promoción, operación, seguimiento y evaluación que se requieren para la ejecución del FOMMUR por parte de la COORDINACIN GENERAL.
11. Manejo financiero de los apoyos otorgados y el reintegro de los recursos
a.     Los APOYOS CREDITICIOS se considerarán devengados cuando se haya constituido la obligación de entregar el recurso a los SUJETOS DE APOYO por haberse acreditado su elegibilidad ante el COMIT TCNICO antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal que corresponda, y en su caso, haber cumplido con las condicionantes específicas para su ministración.
b.     Los SUJETOS DE APOYO deberán disponer de una cuenta bancaria específica para recibir los recursos otorgados, y su manejo se destinará a la administración de los recursos federales recibidos del PROGRAMA, por lo que no se deberán mezclar recursos de otras aportaciones ya sean propias del SUJETO DE APOYO u otros aportantes.
c.     Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión el FOMMUR identifique que el SUJETO DE APOYO incumplió con las obligaciones establecidas en el contrato, dicho organismo deberá pagar el saldo insoluto del crédito al FOMMUR junto con los intereses devengados; y
d.     En los casos en que el ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO esté obligado a reintegrar los recursos objeto de los apoyos otorgados, éstos no podrán deducir las comisiones bancarias que por manejo de cuenta y operaciones cobre la institución financiera. El ORGANISMO INTERMEDIARIO ACREDITADO deberá cubrir dichas comisiones con cargo a sus propios recursos.
12. Derechos de los SUJETOS DE APOYO
Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS tienen derecho a:
a.    Recibir atención, orientación y, en su caso, asesoría por parte del FOMMUR sobre cualquier aspecto contenido en estas REGLAS y sobre su mecanismo de operación, formalización de los apoyos, así como sobre la correcta aplicación de los recursos otorgados;
b.    Recibir atención por cada solicitud del TRÁMITE del apoyo presentada;
c.     Contar con APOYOS CREDITICIOS y APOYOS NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES del FOMMUR, aun cuando participen con el FINAFIM, Fideicomiso adscrito a la COORDINACIN GENERAL del PRONAFIM; siempre y cuando cumplan con lo establecido en la regla 6 del presente instrumento;
d.    Recibir por escrito físico o por medio electrónico, por conducto del FOMMUR, la decisión del COMIT TCNICO o, en su caso, sobre la procedencia o no procedencia de los TRÁMITES, así como sobre el tipo y monto de los apoyos autorizados, de ser el caso y de las condiciones particulares que en su momento haya determinado el COMIT TCNICO; y
e.    Recibir los recursos correspondientes a los apoyos autorizados, siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos y requerimientos para tales efectos.
13. Obligaciones de los SUJETOS DE APOYO
Todos los SUJETOS DE APOYO, así como los que en su caso actúen para garantizar las obligaciones de
éstos, quedan obligados al cumplimiento de las presentes REGLAS y criterios normativos que autorice el COMIT TCNICO, una vez aprobado el tipo de apoyo solicitado, y a cada una de las cláusulas del contrato o convenio a través del cual se formalice la relación contractual con el FOMMUR.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los subsidios que otorga el FOMMUR mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia y, por lo tanto, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables por lo que podrán ser auditados por la Auditoría Superior de la Federación, rgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, la Secretaría de la Función Pública o quien en su caso ejerza sus atribuciones y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Suscribir el instrumento legal correspondiente con el FOMMUR en el que se formalicen los apoyos autorizados por el COMIT TCNICO, para el caso de los APOYOS CREDITICIOS se debe establecer y documentar las garantías que en su caso haya establecido el COMIT TCNICO; y en general se deberá presentar la documentación solicitada, incluyendo la adicional, dentro de los plazos previstos en la normativa aplicable.
Con base en lo anterior y en el ámbito de sus respectivas competencias, los SUJETOS DE APOYO tienen la obligación de permitir y atender las visitas de supervisión, seguimiento, evaluación y auditoría que realicen dichos órganos fiscalizadores. Los SUJETOS DE APOYO, se comprometen a proporcionar toda aquella información y/o documentación que sea necesaria para estar en posibilidad de atender debidamente su solicitud del TRÁMITE del apoyo dentro de los plazos establecidos para tales efectos. Así mismo, los SUJETOS DE APOYO deberán brindar todas las facilidades que permitan obtener información de la POBLACIN ATENDIDA a través de ellos, para la adecuada realización de las evaluaciones que el FOMMUR lleve a cabo.
Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS deberán contar con una EVALUACIN DE DESEMPEÑO SOCIAL vigente, realizada por una agencia especializada. En caso de no contar con dicha Evaluación, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS de reciente incorporación, tendrán un plazo de seis meses a partir de la fecha de formalización del APOYO CREDITICIO, para solicitar la evaluación en comento, misma que se deberá renovar o mantener vigente durante el plazo del APOYO CREDITICIO que en su caso se otorgue.
Los ACREDITADOS, se sujetarán a lo que dispongan el COMIT TCNICO o el PROGRAMA, sin embargo en caso de solicitar APOYOS CREDITICIOS o NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES, de igual forma, deberán contar con una EVALUACIN DE DESEMPEÑO SOCIAL vigente de no ser así tendrán un plazo de hasta seis meses, a partir de la fecha de formalización del apoyo otorgado para iniciar dicha Evaluación. El reporte resultado de la EVALUACIN DE DESEMPEÑO SOCIAL, tendrá una validez de dos años a partir de la fecha de realización del mismo.
Finalmente, los SUJETOS DE APOYO se obligan a proporcionar a la POBLACIN OBJETIVO un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio, en estricto apego a los derechos humanos.
14. Transparencia en la selección de los SUJETOS DE APOYO
a.    nicamente serán atendidos todos aquellos TRÁMITES que estén completos y que se hayan presentado por los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS que cumplan con los criterios de selección y elegibilidad establecidos en la regla 6., del presente instrumento;
b.    Los TRÁMITES de APOYOS CREDITICIOS Y NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES se presentarán de acuerdo a lo establecido en la regla 7., del presente instrumento al fideicomiso mediante los canales y los mecanismos que éste determine, con base a los lineamientos de la Estrategia Digital Nacional que sean establecidos en su oportunidad;
c.     Los TRÁMITES de APOYOS CREDITICIOS y APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES se presentarán al fideicomiso para que, en caso de que proceda, se presente la solicitud del TRÁMITE a consideración del COMIT TCNICO para su aprobación. El FOMMUR tendrá tres meses a partir de haber recibido completa la solicitud del TRÁMITE, para comunicar al solicitante la resolución correspondiente;
d.    Los plazos de resolución para la obtención de los APOYOS CREDITICIOS y APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES se señalan, en cada caso, en los respectivos formatos de los TRÁMITES de apoyo establecidos al efecto, los cuales pueden encontrarse en las páginas de internet: www.pronafim.gob.mx y/o www.cofemer.gob.mx; y
e.    Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS tienen un plazo de hasta 35 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que fue enviada la notificación oficial, sea de manera física, o bien, por
medios electrónicos por parte del SECRETARIO TCNICO para suscribir el instrumento jurídico correspondiente que documente los apoyos enunciados en la Regla 7. En caso de que el último día del plazo sea inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil; y
f.     El FOMMUR implementará los mecanismo jurídicos y financieros que permitan la entrega oportuna y transparente de los recursos en absoluta coordinación con la SE.
Los plazos establecidos en las presentes REGLAS podrán suspenderse de conformidad con el Acuerdo que emita la Secretaría de Economía, mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, durante el periodo que se indique, por lo que en ese periodo no correrán los plazos seguidos ante el FOMMUR.
15. Transparencia y rendición de cuentas
a.    La instancia ejecutora remitirá a las áreas correspondientes de la Secretaría de Economía, la información sobre el presupuesto ejercido entregado a los beneficiarios a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como del cumplimiento de las metas y objetivos con base en los indicadores de desempeño previstos en estas REGLAS, a efecto de que se integren en los informes trimestrales que se rindan a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión;
b.    El SECRETARIO TCNICO deberá informar al COMIT TCNICO sobre el ejercicio de los recursos del FOMMUR durante el año fiscal transcurrido, dicho informe se debe presentar en la primera sesión inmediata posterior al cierre contable del ejercicio fiscal;
c.     De acuerdo con lo establecido en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los recursos no devengados al cierre del ejercicio y aquellos que no se destinen a los fines autorizados deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación;
d.    Para consolidar la transparencia en el destino de los APOYOS CREDITICIOS del PROGRAMA, el FOMMUR deberá mantener actualizado el padrón de beneficiarias reportado por los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS;
Este padrón (Anexo 5) se integrará en los términos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente y en relación a lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
e.    Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 181 de su Reglamento, la información del padrón antes mencionado se incluirá en los Informes Trimestrales enviados a la Cámara de Diputados, marcando copia de los mismos a la SHCP y a la SFP;
f.     La información del padrón de personas beneficiarias deberá ser presentado por los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS mediante el trámite "Informe mensual de microacreditadas y sus créditos otorgados por los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS ACREDITADOS por el FOMMUR". Dicha información será verificada por el PROGRAMA a través de procesos de muestreo aleatorios definidos internamente por éste y aplicados de acuerdo con las limitantes presupuestales de la instancia ejecutora;
g.    Con el objetivo de contribuir a la transparencia en la rendición de cuentas, el SECRETARIO TCNICO promoverá la difusión de las acciones y logros del FOMMUR a través de la página de Internet www.pronafim.gob.mx, a la que podrán acceder las y los ciudadanos para conocer y, en su caso, solicitar información adicional relacionada con el desempeño del FOMMUR, a través de los canales que el Gobierno Federal tiene para estos fines;
h.    La información de la POBLACIN OBJETIVO del Fideicomiso y de los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, se publicará en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables;
i.     Las recuperaciones de los apoyos y los recursos producto de los intereses cobrados a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS se reintegrarán al patrimonio del FOMMUR para proseguir con el cumplimiento de los fines del mismo;
j.     Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS estarán sujetos a mecanismos de supervisión y evaluación de todo tipo que implemente el FOMMUR, con el propósito de disponer de elementos que permitan dimensionar el impacto de los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS entre la POBLACIN OBJETIVO; y
 
k.     Los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS tienen la responsabilidad del adecuado cumplimiento de sus funciones, por lo cual estarán sujetos a rendir cuentas, en su caso, a petición de FOMMUR.
16.- Protección de Datos Personales
Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables, y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo, el PROGRAMA es el responsable de los datos recabados del solicitante.
17. Evaluación
Las diferentes evaluaciones externas que se requieran serán con cargo al presupuesto del FOMMUR y deberán realizarse por instituciones académicas y de investigación u organismos especializados que cuenten con el reconocimiento y experiencia en la materia, atendiendo a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en el artículo 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en el Programa Anual de Evaluación.
Dichas evaluaciones servirán como medio de verificación de los indicadores contenidos en la Matriz de Marco Lógico que se adjunta como Anexo 3 de las presentes REGLAS.
La evaluación tendrá como fundamento el análisis de los resultados obtenidos en función de la Matriz de Indicadores para Resultados se incluye como Anexo 3 de las presentes REGLAS.
18. Coordinación de acciones
Con la finalidad de complementar las acciones del FOMMUR con otros programas y entidades afines al mismo, el FOMMUR podrá participar, de manera enunciativa y no limitativa, en la suscripción de los siguientes instrumentos jurídicos: Contratos, Convenios, Acuerdos de Colaboración, Cooperación, Coordinación de Acciones o cualquier otro aplicable, con las siguientes instancias:
a.    Entidades de gobierno: federales, estatales y municipales y del Distrito Federal;
b.    Entidades u Organismos Nacionales, Internacionales y Multilaterales, sean públicos o privados, tales como: instituciones de banca múltiple, de desarrollo, fondos o fideicomisos de fomento económico y aseguradoras, fundaciones, organismos no gubernamentales, ORGANISMOS INTERMEDIARIOS, entre otros;
c.     Centros de investigación, universidades públicas o privadas ya sean nacionales o extranjeras; y
d.    Con cualquier tipo de persona moral de carácter privado legalmente constituida;
FOMMUR participará a través del otorgamiento de APOYOS CREDITICIOS Y APOYOS NO CREDITICIOS PARCIALES Y TEMPORALES, con los siguientes propósitos:
i.      Fomentar la promoción del FOMMUR y de los programas de la contraparte, de manera enunciativa y no limitativa, en materia de Microfinanzas;
ii.     Impulsar al sector de las microfinanzas o el crecimiento de UNIDADES ECONMICAS, en alguna zona o región del país a través de acuerdos de colaboración;
iii.    Participar con los programas de los tres niveles de gobierno, relacionados con el desarrollo del sector de las microfinanzas y el otorgamiento de los apoyos a que hacen referencia las presentes REGLAS;
iv.    Otorgar capacitación y asesoría técnica tanto a los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS y a la POBLACIN OBJETIVO de este PROGRAMA;
v.     Establecer mecanismos de consulta con entidades de la Administración Pública Federal para, en la medida de lo posible identificar concurrencias de la POBLACIN OBJETIVO con otros programas de microcrédito federales, estatales o municipales;
vi.    Establecer la participación del FOMMUR en esquemas de garantías siempre y cuando estos esquemas coadyuven a los fines del mismo. Para estos esquemas, el FOMMUR podrá aportar recursos de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos y aprobados por el COMIT TCNICO;
vii.   Realizar aportaciones crediticias temporales, ya sea directamente o a través de programas o fondos
de inversión públicos o privados, nacionales o internacionales;
viii.   Incentivar la inclusión financiera, especialmente en ZONAS PRIORITARIAS, suscribiendo acciones coordinadas para desarrollar sistemas de corresponsalías estratégicamente ubicadas;
ix.    Coadyuvar en proyectos de desarrollo local, de cooperación, promoción, fomento, desarrollo y profesionalización del sector de las Microfinanzas, a nivel de cooperación nacional e internacional;
x.     Realizar y/o coadyuvar en la ejecución de investigaciones locales, nacionales, internacionales y programas académicos que tengan por objeto establecer las bases para desarrollar investigación y programas académicos vinculados a la POBLACIN OBJETIVO, la UNIDAD ECONMICA y al sector de las Microfinanzas;
xi.    Potenciar el crecimiento de las UNIDADES ECONMICAS mediante el desarrollo de esquemas productivos, de comercialización de los bienes y servicios producidos por la POBLACIN ATENDIDA;
xii.   Administrar por cuenta y orden de terceros afines al FOMMUR y al desarrollo del sector de Microfinanzas. Los derechos y comisiones que se deriven de estas actividades serán propuestos por la COORDINACIN GENERAL para su aprobación al COMIT TCNICO;
xiii.   Establecer esquemas de capacitación a la POBLACIN OBJETIVO para el desarrollo de las habilidades que potenciarán el crecimiento de sus negocios;
xiv.   Establecer esquemas de colaboración que permitan canalizar los SERVICIOS INTEGRALES DE MICROFINANZAS a la POBLACIN OBJETIVO; y
xv.   Establecer programas de colaboración y desarrollo que permitan y estimulen la transferencia de tecnología para que ésta llegue a la POBLACIN OBJETIVO para el desarrollo de ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
Los convenios, acuerdos o contratos previstos en los incisos anteriores serán sometidos a consideración, y en su caso aprobación del COMIT TCNICO, cuando de ellos deriven derechos y obligaciones pecuniarias para el patrimonio del FOMMUR, en el entendido de que cuando no se dé dicho supuesto, sólo se presentarán para su conocimiento. Lo anterior sin perjuicio de aquellos instrumentos en los que pueda participar el FOMMUR y los apoyos destinados a los diferentes conceptos antes descritos.
19. Sistema de quejas y denuncias para la ciudadanía y para los servidores públicos
La POBLACIN OBJETIVO, los ORGANISMOS INTERMEDIARIOS y el público en general, podrán presentar por escrito libre sus quejas, denuncias, irregularidades administrativas atribuibles a los Servidores Públicos de la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, así como peticiones ciudadanas relacionadas con la operación y ejecución del FOMMUR y la aplicación de las presentes REGLAS DE OPERACIN, ante las instancias que a continuación se señalan, en el orden siguiente:
a.     El rgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, con domicilio en el séptimo piso del edificio marcado con el número 3025, del Boulevard Adolfo López Mateos, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación La Magdalena Contreras, Código Postal 10400, México, D.F.; y/o por correo electrónico a la dirección quejas.denuncias@economia.gob.mx y/o a los teléfonos (01) (55)56-29-95-00 Conmutador Extensión: 21214 o 01(800)08-32-666;
b.     La Secretaría de la Función Pública o quien en su caso ejerza sus atribuciones, ubicada en Insurgentes Sur número 1735-10, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, México, D.F., y/o por correo electrónico a la dirección contactociudadano@funcionpublica.gob.mx y/o al teléfono 2000-3000 Ext: 2164; y
c.     En caso de que se presenten las quejas y denuncias ante las Contralorías de los Gobiernos Estatales, éstas deberán notificar al rgano Interno de Control en la Secretaría de Economía y/o a la Secretaría de la Función Pública;
20.- Gobierno Digital
Con el propósito de contribuir a la agilidad, eficiencia, transparencia y sustentabilidad del PROGRAMA, la presentación de las solicitudes de los TRÁMITES de APOYOS CREDITICIOS y APOYOS NO CREDITICIOS
PARCIALES Y TEMPORALES aclaraciones a las mismas, las notificaciones sobre la procedencia o no procedencia de dichos TRÁMITES, se realizarán exclusivamente a través del sistema del portal www.pronafim.gob.mx.
Si por motivos ajenos al PROGRAMA, se presentará una contingencia que inhabilitará el sistema del portal www.pronafim.gob.mx, el PROGRAMA podrá temporalmente, llevar a cabo los procedimientos de manera manual.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor el 1 de enero de 2015.
SEGUNDO.- Se abrogan las REGLAS para la Asignación del Subsidio Canalizado a través del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre 2013, así como la modificación a las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de octubre de 2014.
TERCERO.- Las operaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes REGLAS, seguirán rigiéndose por las disposiciones con las que fueron contratadas.
CUARTO.- De conformidad con la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010, se incluyó al Anexo 5 de estas REGLAS el modelo de estructura de datos de domicilio geográfico, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Oficio Circular con números 801.1.-276 y SSFP/400/123/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública el 18 de noviembre de 2010; y
QUINTO.- Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con la participación de integrantes de hogares beneficiarios de PROSPERA, Programa de Inclusión Social; del Programa de Apoyo Alimentario, y del programa piloto "Territorios Productivos", de acuerdo a la suficiencia presupuestaria. Para este criterio, el FOMMUR determinará los recursos para financiar los proyectos demandados por dichas estrategias y deberá, en su caso, asegurar el diseño, elaboración y acompañamiento de los proyectos hasta su consolidación.
México, D. F., a 15 de diciembre de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
ANEXO 1. LINEAMIENTOS BÁSICOS DE OPERACIN, CRITERIOS NORMATIVOS Y RGANOS DE GOBIERNO DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES Y SU FIDEICOMISO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.
1.    Lineamientos Básicos de la Operación
·   La operación de FOMMUR se sujeta a lo estipulado en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, de acuerdo con el cual declaramos que este FIDEICOMISO es público, ajeno a cualquier partido político, quedando prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el mismo;
·   La operación del FOMMUR se encuentra reflejada en su Contrato Constitutivo y en sus convenios modificatorios, en las Reglas de Operación del FOMMUR, en las Políticas y Criterios Normativos que más adelante se especifican, así como en los diferentes Manuales de Procedimientos existentes para cada una de las actividades involucradas en la ejecución de los fines y objetivos del FOMMUR. Estos Manuales son elaborados internamente bajo los lineamientos de la Dirección de Organización y Modernización Administrativa perteneciente a la DGPOP de la SE y presentados al Comité Técnico del FOMMUR, para su conocimiento y aprobación, previo a su divulgación a través de la página www.pronafim.gob.mx;
2.    Criterios Normativos
Los criterios normativos establecidos internamente por el FOMMUR, y aprobados por el Comité Técnico, son conocidos con el nombre de Políticas, existiendo tantas Políticas como actividades sustantivas es necesario regular y normar para el correcto funcionamiento del FOMMUR, en el cumplimiento de sus fines y objetivos. Estas Políticas son revisadas tantas veces como sea necesario y adecuadas a las necesidades del sector de las microfinanzas y a las condiciones socioeconómicas que afecten al país en un intento por hacer que el marco regulatorio del FOMMUR esté lo más adaptado y actualizado posible
para facilitar y regular su cumplimiento y operación;
3.    rgano de Gobierno del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales
Coordinación General
La COORDINACIN GENERAL del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, unidad administrativa de la SE, tiene a su cargo, entre otras atribuciones, la de coordinar la operación y seguimiento del FOMMUR. Las atribuciones de la COORDINACIN GENERAL se encuentran detalladas en el Reglamento Interior de la SE y sus funciones específicas en el Manual de Organización de la Coordinación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, el cual es aprobado por la Dirección General de Organización y Modernización Administrativa de la DGPOP de la SE;
4.    Instancias Ejecutoras
Las Instancias Ejecutoras son la COORDINACIN GENERAL y el SECRETARIO TCNICO;
·   Las facultades de la COORDINACIN GENERAL están establecidas en el Reglamento Interior de la SE y en el Manual de Organización de la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario;
·   Las facultades del SECRETARIO TCNICO están establecidas en el Contrato Constitutivo y Convenios Modificatorios correspondientes del FOMMUR, así como en las Reglas de Operación del FOMMUR, las Políticas y los Manuales de procedimientos;
5.    Instancias Normativas
Las instancias normativas del FOMMUR son el COMIT TCNICO y la SE, en los ámbitos de sus respectivas atribuciones y en los términos de las presentes REGLAS, el Contrato Constitutivo del FOMMUR y sus convenios modificatorios, y la Legislación Aplicable;
6.    Instancias de Control y Vigilancia
Las instancias de control y vigilancia del FOMMUR son, en el ámbito de sus respectivas atribuciones la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública través del rgano Interno de Control de la Secretaría de Economía y el Despacho de Auditores Externos que para tales efectos se contrate;
El FOMMUR concederá a las instancias antes señaladas, o a quien éstas designen, todas las facilidades necesarias para realizar las auditorías o visitas de inspección que estimen pertinentes;
ANEXO 2. SOLICITUDES DE LOS APOYOS DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.
1.    APOYOS CREDITICIOS A LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS
1.a. Apoyo Crediticio a Organismos Intermediarios para su acreditación por el FOMMUR y obtención de un crédito revolvente, simple, tradicional o estratégico simple.
 

 

 


 
 
Consideraciones generales para su llenado:
1.    Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.    En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.    Este formato podrá capturarse en línea en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx.
4.    El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo del Microfinanciamiento a Mujeres Rurales vigentes.
5.    Protección de datos personales:
Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Fondo, es el responsable de los datos recabados del solicitante.
6.    Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
7.    Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
8.    Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
9.    Documentos anexos requeridos de manera enunciativa mas no limitativa:
a.          Estados Financieros Dictaminados de los dos últimos ejercicios concluidos, en caso de no contar con Estados Financieros Dictaminados deberá entregar Estados Financieros Internos. En ambos casos con sus respectivas relaciones analíticas, firmados por el (los) Representante(s) Legal(es) o Director General y por el Contador del Organismo, este último deberá de anexar copia de su cédula profesional. Así mismo deberá anexar los Estados Financieros Parciales al último cierre contable mensual, con antigedad no mayor a 60 días, a la recepción del trámite, con sus respectivas relaciones analíticas, firmados por el (los) Representante (s) Legal (es) o Director General y por el Contador del Organismo.
b.          Copia certificada de los instrumentos públicos donde conste la constitución del Organismo Intermediario, el poder del (los) Representante(s) legal(es) que firma (n) el trámite (con facultades para actos de administración y suscripción de títulos de crédito), así como modificaciones a estatutos y/o variaciones en el capital, con los respectivos datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda. En caso de que algún instrumento no cuente con dichos datos de inscripción, se deberá presentar la copia de la hoja de ingreso del trámite y/o constancia del fedatario público que manifiesta lo anterior.
c.           Copia simple de identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente) de:
·              Representante (s) legal (es) que firma (n) el trámite (con facultades para actos de administración y suscripción de títulos de crédito).
·              Accionistas con participación igual o mayor al 10% del capital social de la sociedad, excepto S.C. de A.P.
·              Director General.
·              Presidente del Consejo de Administración o Administrador único.
d.          Copia simple del comprobante de domicilio (recibo de luz, agua o predial; máximo un mes de antigedad)
e.          Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) de la sociedad.
f.           En su caso, copia de los contratos de crédito con sus fuentes de fondeo vigentes.
g.          Copia del contrato con Buró o Círculo de Crédito.
h.          Manuales de operación y de administración y en general toda la documentación donde se describa la operación y administración de la sociedad, políticas internas y otros de acuerdo a la legislación
que les aplique (lavado de dinero y financiamiento al terrorismo), debidamente autorizados.
i.           Desglose de cartera total en archivo electrónico (Excel), que contenga los siguientes rubros (la sumatoria de este desglose deberá coincidir con lo declarado en los Estados Financieros parciales al último cierre contable del mes concluido).
SE-12-007
Nombre
acreditado
Fecha
otorgamiento
Fecha
vencimiento
Frecuencia de
pago
Capital
entregado
Estatus C.
V. C. Ven.
C. R
Producto
Tasa
(%)
Saldo de
capital
vigente
Saldo de
capital
vencido
Sucursal
que
atendió
Total de
días
vencido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
C. V.:
 
Crédito Vigente
 
C. VEN.:
 
Crédito Vencido
C.
R.:
Crédito Reestructurado
 
j.           Archivo electrónico en Excel que contenga el listado de sucursales en operación al momento de la solicitud del trámite y cobertura a nivel municipio de cada una de ellas, en su caso indicar la capacidad proyectada.
 
Cobertura operación actual y proyectada a nivel municipio
No.
Estado
Municipio
Oficina que atiende
Actual
Proyectada
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sucursales en operación y proyectadas
No.
Nombre de la oficina
Dirección completa
Entidad Federativa
Municipio
Actual
Proyectada
1
 
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
k.           Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
l.           Declaratoria de cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
m.          Carta manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos, en los criterios establecidos en la misma (Anexo B).
n.          Autorización para consultar el historial en Buró de Crédito de Personas Físicas y Personas Morales (Anexo C):
-                                    El Organismo Intermediario solicitante.
-                                    El Presidente del Consejo de Administración o Administrador nico.
-                                    Director General.
-                                    Cada accionista con participación igual o mayor al 10% del capital social de la sociedad, excepto S.C. de A.P.
o.          Relaciones patrimoniales de los accionistas dispuestos a dar aval (Anexo D), excepto S.C. de A.P.
p.          Plan de negocios a tres años (Anexo E). No aplica para crédito tradicional.
q.          En caso de tener accionistas personas morales ( que cuentan con 10% o más de capital social) se requiere también:
-                                    Estados financieros firmados del último ejercicio concluido y parcial no mayor a 90 días.
-                                    Copia simple del Acta constitutiva y del poder del (los) Representante (s) Legal (es) o modificaciones a estos instrumentos.
r.     En caso de que esté constituida como una S.C. de A.P., SOFIPO o SOFINCO, deberá presentar copia del Oficio de autorización de la CNBV para operar bajo dicho régimen.
10.   Tiempo de respuesta
       Máximo tres meses.
·         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello del Fideicomiso del Fondo del Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cumpla con toda la información requerida.
·         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismo Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 10 días hábiles para hacer la
aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado.
11.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
SE-12-007
 
Anexo A del trámite de los Apoyos Crediticios
(Usar hoja membretada del organismo intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
Por medio de la presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía, así como a las disposiciones legales en términos de la normativa aplicable al régimen de la Sociedad, que represento, contenida en los preceptos jurídicos correspondientes.
Así mismo se le informa que los apoderados, socios, accionistas o representantes de <<Nombre del Organismo Intermediario>> no hemos sido sentenciados por delitos patrimoniales, ni hemos sido inhabilitados para ejercer el comercio ni para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el Sistema Financiero Mexicano.
Lo anterior, para los efectos a los que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
 
SE-12-007
 
 
Anexo B del trámite de los Apoyos Crediticios
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en mi carácter de representante legal de <<NOMBRE DE LA SOCIEDAD>>, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no cuenta entre sus accionistas, ni en sus rganos de Gobierno o Directivos:
a.     Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los apoyos crediticios y no crediticios por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del trámite del apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo;
b.     Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR;
c.     Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (a) y (b).
Ni con personas que dentro del año calendario anterior hayan estado contemplados en cualquiera de los supuestos anteriores.
En caso de que cualquiera de las personas mencionadas en el primer párrafo del presente documento pudiera llegar a incurrir en cualquiera de los supuestos antes descritos, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, y notificarlo por escrito al FOMMUR con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se actualice el supuesto, para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
 
Nombre y firma del Representante Legal (En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal (En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
 
SE-12-007
 
 
Anexo C del trámite de los apoyos crediticios
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
Autorización para solicitar Reportes de Buró de Crédito
Personas Físicas / Personas Morales
Por este conducto autorizo expresamente a Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR), para que lleve a cabo Investigaciones, sobre <<mi comportamiento crediticio o el de la Empresa que represento>> en Trans Unión de México, S. A. SIC y/o Dun&Bradstreet, S.A. SIC
Así mismo, declaro que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que el Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales hará de tal información, y de que ésta podrá realizar consultas periódicas sobre mi historial o de la empresa que represento y en todo caso durante el tiempo que se mantenga la relación jurídica.
En caso de que la solicitante sea una Personal Moral, declaro bajo protesta de decir verdad ser Representante Legal de la empresa mencionada en esta autorización; manifestando que a la fecha de firma de la presente autorización y mis poderes no han sido revocados, limitados, ni modificados en forma alguna.
Autorización para:
Persona Física (PF _____ Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) _____ Persona Moral (PM)_____
Nombre del solicitante (Persona Física o Razón Social de la Persona Moral):
_____________________________________________________________________________________________
Para el caso de Persona Moral, nombre del Representante Legal:
_____________________________________________________________________________________________
RFC:________________________________________________
Domicilio:________________________________________ Colonia:__________________________________________
Municipio:______________________ Estado:__________________________ Código postal:_____________
Teléfono(s):___________________________________________
Fecha en que se firma la autorización: ______________________
Estoy consciente y acepto que este documento quede bajo propiedad del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) para efectos de control y cumplimiento del artículo 28 de la Ley para Regular a Las Sociedades de Información Crediticia; mismo que señala que las Sociedades sólo podrán proporcionar información a un Usuario, cuando éste cuente con la autorización expresa del Cliente mediante su firma autógrafa.
___________________________________
Nombre y Firma de PF, PFAE, Representante Legal de la empresa
 
Para uso exclusivo del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales.
Fecha de Consulta BC : _________________
Folio de Consulta BC : __________________
IMPORTANTE: Este formato debe ser llenado individualmente, para una sola persona física o para una sola empresa. En caso de requerir el Historial crediticio del representante legal, favor de llenar un formato adicional.
 
SE-12-007
 

 

 

 

SE-12-007
Anexo E: Plan de Negocios (Información sugerida para su integración -de manera enunciativa, mas
no limitativa-)
I.      INFORMACIN GENERAL
a.    Antecedentes del Organismo
b.    Misión
c.     Visión
d.    Principios
e.    Objetivos
 
f.     Estructura y Marco Legal
·              Estructura Legal
·              rganos de Gobierno
II.     OPERACIN
a.    Operación
·              Descripción de la Operación
·              Promoción
·              Crédito y Cobranza
o                        Integración de Expedientes
o                        Evaluación de Solicitudes
o                        Autorización y Otorgamiento de Créditos
o                        Seguimiento
o                        Recuperación de Cartera
o                        Políticas de Garantías
·              Productos y Servicios
o                        Préstamos Grupales
o                        Préstamo Individual
·              Descripción del Negocio
       Mercado Objetivo
o                        Ubicación Geográfica Actual y planes de expansión.
o                        Puntos de Venta
o                        Promotores
·              Competencia
b.    Infraestructura
·              Sistemas
o                        Descripción de los Sistemas utilizados para la Administración de Cartera, el Sistema Contable y otros relevantes.
o                        Planes de Innovación y Adquisición
o                        Respaldo, aseguramiento y resguardo de la información
·              Recursos Humanos
o                        Políticas de Administración y Desarrollo de Personal
o                        Organigrama actual y C.V. de los dos primeros niveles de la organización
SE-12-007
·              Plan de expansión
o                        Proyección de sucursales
o                        Proyección de municipios donde se dispersarán los recursos
 
III.    PERSPECTIVAS
a.    Estrategias a Corto Plazo
b.     Estrategia de mediano y largo plazo
c.      Metas a 3 Años
d.    Cifras Operativas Proyectadas
IV.    ANEXOS
a.     Estados financieros proyectados (Balance general y Estado de resultados) y flujos de efectivo de tres ejercicios.
(Cifras en miles de pesos)
 
 
 
 
Real
Proyectado
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Saldo de Cartera bruta final del ejercicio
 
 
 
 
Crecimiento (decremento) Anual de Cartera
0
0
0
0
Número de Clientes
 
 
 
 
Promedio del crédito
 
 
 
 
Número de Asesores
 
 
 
 
Número de Clientes
 
 
 
 
Número de Sucursales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Pasivos financieros
 
 
 
 
Capital social
 
 
 
 
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Ingresos Financieros
 
 
 
 
Gastos Financieros
 
 
 
 
Margen Financiero Ajustado por riesgos crediticios
 
 
 
 
Gastos de Operación
 
 
 
 
Resultado del Ejercicio Utilidad (pérdida)
 
 
 
 
 
Describir las bases de elaboración de las proyecciones.
 
SE-12-007
1.b. Apoyo Crediticio a Organismos Intermediarios acreditados por el FOMMUR para la obtención de crédito adicional revolvente, simple, tradicional o estratégico simple.

 
 


 
Consideraciones generales para su llenado:
 
1.     Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.     En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.     Este formato podrá capturarse en línea en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx.
4.     El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) vigentes.
5.     Protección de datos personales:
       Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Programa, es el responsable de los datos recabados.
6.     Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
7.     Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
8.     Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
9.     Documentos anexos requeridos de manera enunciativa mas no limitativa
a.    Estados Financieros al último cierre contable mensual con antigedad no mayor a 60 días, a la recepción del trámite, con sus respectivas relaciones analíticas, firmados por el (los) Representante (s) Legal (es) o Director General y por el Contador del Organismo, anotando este último número de su cédula profesional.
b.    En su caso, copia certificada de los instrumentos públicos en los cuales consten modificaciones a los estatutos sociales y/o variaciones del capital social y/o poderes del (los) Representante (s) Legal(es) debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio respectivo, o en su defecto, carta firmada por el (los) Representante (s) Legal (es) en la cual se establezca que no ha habido cambios en este sentido, respecto a la última entrega de los instrumentos ante el FOMMUR.
c.     Copia, en su caso, de los contratos de créditos con otras fuentes de fondeo, vigentes.
d.    Desglose de cartera total en archivo electrónico (Excel), que contenga los siguientes rubros: (la sumatoria de este desglose deberá coincidir con lo declarado en los estados financieros del punto 1 de este apartado).
Nombre
acreditado
Fecha
otorgamiento
Fecha
vencimiento
Frecuencia
de pago
Capital
entregado
Estatus
C. V. C.
Ven. C.
R
Producto
Tasa
(%)
Saldo
de
capital
vigente
Saldo
de
capital
vencido
Sucursal
que
atendió
Total de
días
vencido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
C. V.:
 
Crédito Vigente
 
C. VEN.:
 
Crédito Vencido
C. R.:
Crédito Reestructurado
 
e.    Archivo electrónico en Excel que contenga el listado de sucursales en operación al momento de la solicitud del trámite y cobertura a nivel municipio de cada una de ellas, en su caso indicar la capacidad proyectada.
 
Cobertura operación actual y proyectada a nivel municipio
 
No.
Estado
Municipio
Oficina que atiende
Actual
Proyectada
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
SE-12-008
 
 
Sucursales en operación y proyectadas
No.
Nombre de la
oficina
Dirección
completa
Entidad
Federativa
Municipio
Actual
Proyectada
1
 
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
f.     Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
g.    Declaratoria de cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
h.    Carta manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos, en los criterios establecidos en la misma (Anexo B).
i.     Autorización para consultar el historial en Buró de Crédito de Personas Físicas y Personas Morales (Anexo C):
-                      El Organismo Intermediario solicitante.
-                      El Presidente del Consejo de Administración o Administrador nico.
-                      Director General.
-                      Cada accionista con participación igual o mayor al 10% del capital social de la sociedad, excepto S.C. de A.P.
Acompañar con copia de identificación oficial de las personas que se citan en este numeral.
j.     En caso de que se soliciten avales u obligados solidarios deberán presentarse las relaciones patrimoniales correspondientes, con una antigedad no mayor a 3 meses (Anexo D), excepto S.C. de A.P.
k.     Plan de negocios a tres años, que incluya los Estados Financieros proyectados a tres años y las notas aclaratorias. (Anexo E). No aplica para crédito tradicional.
l.     En caso de tener accionistas personas morales (que cuentan con 10% o más de capital social) se requiere también:
-                      Estados financieros firmados del último ejercicio concluido y parcial no mayor a 90 días.
-                      Copia simple del Acta constitutiva y del poder del (los) Representante (s) Legal (es) o modificaciones a estos instrumentos, sólo en caso de que se presenten cambios respecto a la última entrega que realizó al FOMMUR o en su defecto, carta firmada por el (los) Representante (s) Legal (es), en la cual se establezca que no ha habido cambios en este sentido.
m.          En caso de no haber presentado la autorización de la CNBV para operar bajo el régimen S.C. de A.P, SOFIPO o SOFINCO, presentar copia del oficio de autorización correspondiente.
n.          En caso de ser Cajas de Ahorro y Cooperativas se requiere de la última evaluación emitida por el FOCOOP o por la federación a la que esté inscrita.
10.   Tiempo de respuesta
       Máximo tres meses.
·         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cumpla con toda la información requerida.
·         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismo Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 10 días hábiles para hacer la aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado
 
11.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
SE-12-008
 
 
Anexo A del trámite del Apoyo Crediticio
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presen e.
Por medio de la presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía, así como a las disposiciones legales en términos de la normativa aplicable al régimen de la Sociedad, que represento, contenida en los preceptos jurídicos correspondientes.
Así mismo se le informa que los apoderados, socios, accionistas o representantes de <<Nombre del Organismo Intermediario>> no hemos sido sentenciados por delitos patrimoniales, ni hemos sido inhabilitados para ejercer el comercio ni para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el Sistema Financiero Mexicano.
Lo anterior, para los efectos a los que haya lugar.
Atentamente
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
 
SE-12-008
 
 
Anexo B del trámite del Apoyo Crediticio
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en mi carácter de representante legal de <<NOMBRE DE LA SOCIEDAD>>, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no cuenta entre sus accionistas, ni en sus rganos de Gobierno o Directivos:
a.     Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los apoyos crediticios y no crediticios por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del trámite de apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo;
b.     Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR;
c.     Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (a) y (b).
Ni con personas que dentro del año calendario anterior hayan estado contemplados en cualquiera de los supuestos anteriores.
En caso de que cualquiera de las personas mencionadas en el primer párrafo del presente documento pudiera llegar a incurrir en cualquiera de los supuestos antes descritos, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, y notificarlo por escrito al FOMMUR con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se actualice el supuesto, para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
 
SE-12-008
 
 
Anexo C del trámite del Apoyo Crediticio
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
Autorización para solicitar Reportes de Buró de Crédito
Personas Físicas / Personas Morales
Por este conducto autorizo expresamente a Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) , para que lleve a cabo Investigaciones, sobre <<mi comportamiento crediticio o el de la Empresa que represento>> en Trans Unión de México, S. A. SIC y/o Dun&Bradstreet, S.A. SIC
Así mismo, declaro que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que el Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario hará de tal información, y de que ésta podrá realizar consultas periódicas sobre mi historial o de la empresa que represento y en todo caso durante el tiempo que se mantenga la relación jurídica.
En caso de que la solicitante sea una Personal Moral, declaro bajo protesta de decir verdad ser Representante Legal de la empresa mencionada en esta autorización; manifestando que a la fecha de firma de la presente autorización y mis poderes no han sido revocados, limitados, ni modificados en forma alguna.
Autorización para:
Persona Física (PF _____ Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) _____ Persona Moral (PM)_____
Nombre del solicitante (Persona Física o Razón Social de la Persona Moral):
______________________________________________________________________________________________
Para el caso de Persona Moral, nombre del Representante Legal:
______________________________________________________________________________________________
RFC:________________________________________________
Domicilio:_________________________________________ Colonia:_________________________________________
Municipio:______________________ Estado:__________________________ Código postal:_____________
Teléfono(s):___________________________________________
Fecha en que se firma la autorización: ______________________
Estoy consciente y acepto que este documento quede bajo propiedad del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) para efectos de control y cumplimiento del artículo 28 de la Ley para Regular a Las Sociedades de Información Crediticia; mismo que señala que las Sociedades sólo podrán proporcionar información a un Usuario, cuando éste cuente con la autorización expresa del Cliente mediante su firma autógrafa.
___________________________________
Nombre y Firma de PF, PFAE, Representante Legal de la empresa
Para uso exclusivo del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR).
Fecha de Consulta BC : _________________
Folio de Consulta BC : __________________
IMPORTANTE: Este formato debe ser llenado individualmente, para una sola persona física o para una sola empresa. En caso de requerir el Historial crediticio del representante legal, favor de llenar un formato adicional.
 
 
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Anexo E: Plan de Negocios (Información sugerida para su integración -de manera enunciativa, mas
no limitativa-)
I.     INFORMACIN GENERAL
a.    Antecedentes del organismo
b.    Misión
c.     Visión
d.    Principios
 
e.    Objetivos
f.     Estructura y Marco Legal
·                Estructura Legal
·                rganos de Gobierno
II.     OPERACIN
a.    Operación
·                Descripción de la Operación
·                Promoción
·                Crédito y Cobranza
o     Integración de Expedientes
o     Evaluación de Solicitudes
o     Autorización y Otorgamiento de Créditos
o     Seguimiento
o     Recuperación de Cartera
o     Políticas de Garantías
·                Productos y Servicios
o     Préstamos Grupales
o     Préstamo Individual
·                Descripción del Negocio
Mercado Objetivo
o     Ubicación Geográfica Actual y planes de expansión.
o     Puntos de Venta
o     Promotores
·                Competencia
b.    Infraestructura
·                Sistemas
o     Descripción de los Sistemas utilizados para la Administración de Cartera, el Sistema Contable y otros relevantes.
o     Planes de Innovación y Adquisición
o     Respaldo, aseguramiento y resguardo de la información
·                Recursos Humanos
o     Políticas de Administración y Desarrollo de Personal
o     Organigrama actual y C.V. de los dos primeros niveles de la organización
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·                Plan de expansión
o                          Proyección de sucursales
o                          Proyección de municipios donde se dispersarán los recursos
 
III.    PERSPECTIVAS
a.    Estrategias a Corto Plazo
b.     Estrategia de mediano y largo plazo
c.      Metas a 3 Años
d.    Cifras Operativas Proyectadas
IV. ANEXOS
a.     Estados financieros proyectados (Balance general y Estado de resultados) y flujos de efectivo de tres ejercicios.
(Cifras en miles de pesos)
 
 
 
 
Real
Proyectado
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Saldo de Cartera bruta final del ejercicio
 
 
 
 
Crecimiento (decremento) Anual de Cartera
0
0
0
0
Número de Clientes
 
 
 
 
Promedio del crédito
 
 
 
 
Número de Asesores
 
 
 
 
Número de Clientes
 
 
 
 
Número de Sucursales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Pasivos financieros
 
 
 
 
Capital social
 
 
 
 
Concepto
Año Base
Año 1
Año 2
Año 3
Ingresos Financieros
 
 
 
 
Gastos Financieros
 
 
 
 
Margen Financiero Ajustado por riesgos crediticios
 
 
 
 
Gastos de Operación
 
 
 
 
Resultado del Ejercicio Utilidad (pérdida)
 
 
 
 
 
Describir las bases de elaboración de las proyecciones.
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2.     APOYOS NO CREDITICIOS, PARCIALES Y TEMPORALES A LOS ORGANISMOS INTERMEDIARIOS
2.a.  Acciones de Asistencia técnica.

 


 
Condiciones generales para su llenado:
 
1.    Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.    En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.    Este formato podrá obtenerse en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx
4.    El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales vigentes.
5.    Deberán acompañar al trámite los anexos correspondientes, de manera enunciativa mas no limitativa
6.    Protección de datos personales:
Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Programa, es el responsable de los datos recabados del solicitante.
9.    Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
10.   Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
11.   Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
10.   Documentos anexos requeridos:
a.    Copia simple de identificación oficial del (los) Representante (s) Legal(es) (credencial de elector o pasaporte vigente).
b.    Currículum vitae de (l) (los) consultor(es) propuesto(s).
c.     Propuesta técnica y económica del consultor propuesto y/o justificación técnica de la consultoría.
d.    Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
e.    Declaratoria de cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
f.     Carta manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos (Anexo B)
g.    En su caso, copia certificada de los instrumentos públicos en los cuales consten modificaciones a los estatutos sociales y/o poderes del (los) Representantes Legal(es) debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio respectivo, o en su defecto, carta firmada por el (los) Representante (s) Legal (es) en la cual se establezca que no ha habido cambios en este sentido, respecto a la última entrega de los instrumentos ante el FOMMUR.
 
       En caso de las Visitas Técnicas Guiadas Nacionales o Internacionales, omitir el punto c y, adicionalmente, adjuntar lo siguiente:
h.    Propuesta técnica y económica de la Visita
SE-12-010-A
       En caso de que la Asistencia Técnica Específica incluya eventos de capacitación, para cada evento deberá anexar:
i.           Base de datos en archivo electrónico (Excel), que contenga los siguientes datos de las personas participantes:
·              Nombre
·              Apellido paterno
·              Apellido materno
·              Sexo (F/M)
·              Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
·              Grado escolar (SEC, BCH, CAT, LIC, MAT, DRD, OTRO)
·              En caso de OTRO especificar
·              Puesto
·              Antigedad en el Organismo
·              Teléfonos de participante, incluyen clave LADA:
o                                  Oficina y extensión
o                                  Particular
·              Correo electrónico
Nota:
-   Tanto la propuesta técnica y económica, como el Currículum del Consultor y las cartas (Anexos A y B), deberán entregarse en hoja membretada, estas últimas deberán contener firma autógrafa de (los) Representante (s ) Legal(es).
11.   Tiempo de respuesta
Máximo tres meses.
·         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello original del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cubra con toda la información requerida.
·         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismo Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 10 días hábiles para hacer la aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado.
12.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico:
contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
 
Uso exclusivo del FOMMUR
Folio:
 
Fecha de recepción:
 
DIO:
 
SE-12-010-A
 
 
Anexo A del trámite del Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico de FOMMUR
Presente.
Por medio de la presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía, así como a las disposiciones legales en términos de la normativa aplicable al régimen de la Sociedad, que represento, contenida en los preceptos jurídicos correspondientes.
Así mismo se le informa que los apoderados, socios, accionistas o representantes de <<Nombre del Organismo Intermediario >> no hemos sido sentenciados por delitos patrimoniales, ni hemos sido inhabilitados para ejercer el comercio ni para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el Sistema Financiero Mexicano.
Lo anterior, para los efectos a los que haya lugar.
Atentamente
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
SE-12-010-A
 
 
Anexo B del trámite del Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en mi carácter de representante legal de <<NOMBRE DE LA SOCIEDAD>>, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no cuenta entre sus accionistas, ni en sus rganos de Gobierno o Directivos:
a.     Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los apoyos crediticios y no crediticios por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del trámite del apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo;
b.     Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR;
c.     Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (a) y (b).
Ni con personas que dentro del año calendario anterior hayan estado contemplados en cualquiera de los supuestos anteriores.
En caso de que cualquiera de las personas mencionadas en el primer párrafo del presente documento pudiera llegar a incurrir en cualquiera de los supuestos antes descritos, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, y notificarlo por escrito al FOMMUR con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se actualice el supuesto, para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
SE-12-010-A
 
2.b. Acciones de Capacitación.

 

 

 
 
Consideraciones generales para su llenado:
 
1.     Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.     En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.     Este formato podrá obtenerse en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx
4.     El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales vigentes.
5.     Deberán acompañar al trámite los anexos correspondientes, de manera enunciativa mas no limitativa
6.     Protección de datos personales:
       Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Programa, es el responsable de los datos recabados del solicitante.
7.     Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
8.     Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
9.     Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
10.   Documentos anexos requeridos:
a.    Copia de Identificación oficial de (l) (los) participante(s) (credencial de elector o pasaporte vigente).
b.    Copia de Identificación oficial del (los) Representante (s) Legal (es) (credencial de elector o pasaporte vigente).
c.     Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
d.    Declaratoria de cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea
competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
e.    Carta manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos (Anexo B).
f.     Programa de capacitación incluyendo costos, desglosando IVA, cuando aplique.
g.    Currículum de la Institución o Consultor encargado de la Capacitación, cuando aplique.
h.    En su caso, copia certificada de los instrumentos públicos en los cuales consten modificaciones a los estatutos sociales y/o poderes del (los) Representante(s) Legal(es) debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio respectivo, o en su defecto, carta firmada por el (los) Representante (s) Legal (es) en la cual se establezca que no ha habido cambios en este sentido, respecto a la última entrega de los instrumentos ante el FOMMUR.
Nota:
-         Las Cartas (Anexos A y B), deberán entregarse en hoja membretada y con firma autógrafa del (los) Representante (s) Legal (es).
11.   Tiempo de respuesta
Máximo tres meses.
·         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello original del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cumpla con toda la información requerida.
·         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismo Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 10 días hábiles para hacer la aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado.
12.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Uso exclusivo del FOMMUR
Folio:
 
Fecha de recepción:
 
DIO:
 
 
SE-12-010-B
 
 
Anexo A del trámite del Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico de FOMMUR
Presente.
Por medio de la presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía, así como a las disposiciones legales en términos de la normativa aplicable al régimen de la Sociedad, que represento, contenida en los preceptos jurídicos correspondientes.
Así mismo se le informa que los apoderados, socios, accionistas o representantes de <<Nombre del Organismo Intermediario >> no hemos sido sentenciados por delitos patrimoniales, ni hemos sido inhabilitados para ejercer el comercio ni para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el Sistema Financiero Mexicano.
Lo anterior, para los efectos a los que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
SE-12-010-B
 
 
Anexo B del trámite del Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en mi carácter de representante legal de <<NOMBRE DE LA SOCIEDAD>>, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no cuenta entre sus accionistas, ni en sus rganos de Gobierno o Directivos:
a.     Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los apoyos crediticios y no crediticios por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del trámite del apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo;
b.     Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR;
c.     Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (a) y (b).
Ni con personas que dentro del año calendario anterior hayan estado contemplados en cualquiera de los supuestos anteriores.
En caso de que cualquiera de las personas mencionadas en el primer párrafo del presente documento pudiera llegar a incurrir en cualquiera de los supuestos antes descritos, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, y notificarlo por escrito al FOMMUR con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se actualice el supuesto, para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
2.c. Programa anual de capacitación.
(No presenta un formato específico para solicitar este tipo de apoyo)
SE-12-010-B
 
2.d. Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal para la Participación en Foros, Mesas De Trabajo y Eventos Organizados por el FOMMUR y/o por Organizaciones Nacionales e Internacionales del sector de Microfinanzas.
 

 


 
Consideraciones generales para su llenado:
1.     Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.     En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.     Este formato podrá obtenerse en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx
4.     El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales vigentes.
5.     Deberán acompañar al trámite los anexos correspondientes, de manera enunciativa mas no limitativa
6.     Protección de datos personales:
       Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Fideicomiso, es el responsable de los datos recabados del solicitante.
7.     Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
8.     Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
9.     Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
10.   Documentos anexos requeridos:
a.     Copia simple de la identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente) de las personas para las que se solicita el apoyo.
b.     Copia simple del estado de cuenta bancario, donde se vea claramente el número de cuenta y la CLABE interbancaria, con antigedad no mayor a tres meses de Organismo solicitante del apoyo.
c.     Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes de la Sociedad.
d.     Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
e.     Declaratoria de cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
f.     Carta de manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos (Anexo B).
11.   Tiempo de respuesta
Máximo tres meses.
·         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello original del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cumpla con toda la información requerida.
·         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismo Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 10 días hábiles para hacer la aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado.
12.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
 

SE-12-010-C
 
 
Anexo A del trámite del apoyo no crediticio, parcial y temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
Por medio de la presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representado se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía, así como a las disposiciones legales en términos de la normativa aplicable al régimen de la Sociedad, que represento, contenida en los preceptos jurídicos correspondientes.
Así mismo se le informa que los apoderados, socios, accionistas o representantes de <<Nombre del Organismo Intermediario >> no hemos sido sentenciados por delitos patrimoniales, ni hemos sido inhabilitados para ejercer el comercio ni para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el Sistema Financiero Mexicano.
Lo anterior, para los efectos a los que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
SE-12-010-C
 
 
Anexo B del trámite del apoyo no crediticio, parcial y temporal
(Usar hoja membretada del Organismo Intermediario con encabezado y pie de página)
 
(Fecha)
C.
Secretario Técnico del FOMMUR
Presente.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en mi carácter de representante legal de <<NOMBRE DE LA SOCIEDAD>>, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no cuenta entre sus accionistas, ni en sus rganos de Gobierno o Directivos:
a.     Con servidores públicos que tengan participación o intervención formal en cualquier etapa del procedimiento para la obtención de los apoyos crediticios y no crediticios por parte del FINAFIM o del FOMMUR, desde la presentación del trámite del apoyo hasta la formalización del instrumento jurídico mediante el cual se otorgue el apoyo;
b.     Con personas que desempeñen un empleo, cargo, comisión o servicio para el FINAFIM o FOMMUR;
c.     Con cónyuges, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad o civiles de las personas mencionadas en los numerales (a) y (b).
Ni con personas que dentro del año calendario anterior hayan estado contemplados en cualquiera de los supuestos anteriores.
En caso de que cualquiera de las personas mencionadas en el primer párrafo del presente documento pudiera llegar a incurrir en cualquiera de los supuestos antes descritos, deberá expresar el cargo y nombre del servidor público y la manifestación de que no tiene participación en ninguna de las etapas del procedimiento para el otorgamiento de los apoyos, y notificarlo por escrito al FOMMUR con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se actualice el supuesto, para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
 
Nombre y firma del Representante Legal
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada 1)
Nombre:
 
Nombre y firma del Representante Legal
(En caso de firma mancomunada...n)
Nombre:
 
 
 
SE-12-010-C
 
2.e. Capacitación a la Población Objetivo o de Capacitadores.
 
 
Consideraciones generales para su llenado:
 
1.     Los campos referentes a montos deberán registrarse en moneda nacional.
2.     En caso de no existir información a contestar en algún rubro, anotar NA (No Aplica).
3.     Este formato podrá obtenerse en la página del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, www.pronafim.gob.mx
4.     El trámite debe cumplir con todos los requisitos para ser analizada, evaluada y puesta a consideración del órgano de decisión que marcan las Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales vigentes.
5.     Deberán acompañar al trámite los anexos correspondientes, de manera enunciativa mas no limitativa.
6.     Protección de datos personales:
       Los datos recabados de las personas físicas o morales serán protegidos en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables; y serán incorporados a una base de datos, cuya finalidad es llevar el control y operación de aquellos que recibieron apoyos del FOMMUR. Así mismo el Programa, es el responsable de los datos recabados del solicitante.
7.     Fecha de Autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2014
8.     Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 16/12/2014
9.     Fundamento jurídico-administrativo: Reglas de Operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales 2015.
10.   Documentos anexos requeridos:
a.    En su caso, copia certificada de los instrumentos públicos en los cuales consten modificaciones a los estatutos sociales y/o poderes del (los) Representante(s) Legal(es) debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio respectivo, o en su defecto, carta firmada por el (los) Representante (s) Legal (es) en la cual se establezca que no ha habido cambios en este sentido, respecto a la última entrega de los instrumentos ante el FOMMUR.
b.    Copia simple de identificación oficial del (los) Representante (s) Legal (es) (credencial de elector o pasaporte vigente).
c.     Copia simple del estado de cuenta bancario, donde se vea claramente el número de cuenta y la CLABE interbancaria, con antigedad no mayor a tres meses del Organismo Intermediario.
d.    Copia simple del comprobante de domicilio (recibo de luz, agua o predial) con una antigedad no mayor a tres meses.
e.    Currículum vítae de (los)(las) capacitadores/as propuestos(as).
f.     Propuesta técnica y económica de los eventos de capacitación a la población objetivo
g.    Presentar en archivo (Excel), de acuerdo a la acción solicitada y en caso de que así corresponda:
 
·                    Anexo I (Registro de capacitandos, Capacitación a la Población Objetivo).
·                    Anexo II (Registro de capacitandos, Capacitación a Capacitadores).
·                    Anexo III (Información sobre la persona, física o moral, que impartirá la capacitación).
SE-12-010-D
h.    Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes del Organismo.
i.     Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 3 meses.
j.     Declaratoria de no encontrarse en litigios y cumplimiento de sus obligaciones previstas en ordenamientos cuya aplicación sea competencia de la Secretaría de Economía y no inhabilitación en el Comercio y el Sistema Financiero Mexicano (Anexo A).
k.     Carta manifestación, relativa a que dentro de la Sociedad, no se cuenta con servidores públicos, en los criterios establecidos en la misma. (Anexo B).
l.     
Nota:
-   Todas las cartas deberán ser impresas en hojas membretadas del Organismo Intermediario y deberán entregarse debidamente firmadas por el (los) Representante (s) Legal (es) del Organismo Intermediario.
11.   Tiempo de respuesta
       Máximo tres meses.
-         La copia simple del formato utilizado para este trámite será considerada como constancia de inicio de trámite, siempre que contenga el sello original del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, el número y la fecha de presentación. Asimismo dicha copia será válida como constancia del trámite, siempre y cuando éste proceda y cumpla con toda la información requerida.
-         Si en el análisis de la información, se requiriera aclarar detalle(s) específicos financieros, contables y/o legales, esto se comunicará al Organismos Intermediario en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de este formato y éste tendrá 5 días hábiles para hacer la aclaración o remitir la documentación completa que sustente lo indicado.
12.   Teléfonos y correos para quejas:
·         rgano Interno de Control en la Secretaría  de Economía: 56-29-95-52  (Directo) o 56-29-95-00 Ext. 21200, 21214, 21233 y 21247. Con horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 horas. Correo Electrónico quejas.denuncias@economia.gob.mx
·         Centro de Atención de Quejas y Denuncias de la Secretaría de la Función Pública: En el Distrito Federal: 2000-3000. Ext. 2164, 2000-2000 y/o 018001128700. Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Uso exclusivo del FOMMUR
Folio:
 
Fecha de recepción:
 
DIO:
 
 
SE-12-010-D
 
 
 
 
Anexo I
Trámite de Apoyo No Crediticio, Parcial y Temporal a Organismos Intermediarios, para que sean destinados a la Capacitación de la Población Objetivo o de Capacitadores
Aplica a población objetivo
Base de datos para la captura de la información de los participantes
Nombre del Organismo Intermediario:
Nombre del Taller:
Fecha de impartición del taller:
 
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¿quién se lo otorga?
Recibió
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No.
No.
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Anexo II
Trámite de Apoyo No Crediticio, Parcial Y Temporal a Organismos Intermediarios, para que sean destinados a la Capacitación de la Población Objetivo o de Capacitadores
Aplica a capacitadores o capacitadoras
Base de datos para la captura de la información de los participantes
Nombre del Organismo Intermediario:
Nombre del taller:
Fecha de impartición del taller:
 
No
.
Nombre

S
e
x
o

E
d
a
d
CUR
P
Teléfono oficina o
celular
Correo
electrón
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Rol
en
el
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Cargo en
el
Organism
o
Antigedad
laboral en el
Organismo
Principales
actividades y
responsabilidades
Apellido
paterno
Apellido
materno
Nombre(s)

F
/
M

A
ñ
o
s
 
Incluir clave
LADA y no. de
Extensión
Grado
y nivel
Años
Breve descripción
1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
12
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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14
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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