REGLAS de Operación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y a la Mujer Rural para el ejercicio fiscal 2016. (Continúa de la Cuarta Sección) (Viene de la Cuarta Sección) ANEXO A AL CONVENIO <<señalar número de Convenio>> Anexo al Convenio celebrado el <<indicar fecha>>, entre Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D., en su carácter de Fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/<<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> (en lo sucesivo, el FIDEICOMISO) y <<denominación o razón social de la Institución de Microfinanciamiento >> (en lo sucesivo la INSTITUCI 1. Título de la acción: 2. Objetivo de la acción: 3. Descripción de la acción: 4. Periodo de desarrollo de la acción: <<Indicar fecha>> <<Comentarios>> Las fechas son susceptibles de cambio de acuerdo a la disposición de ambas partes, en cuyo caso será responsabilidad de la INSTITUCI 5. Resultados Esperados: 6. Beneficios y/o impacto que tendrá la acción en la POBLACI 7. Relación de entregables que se compromete a presentar al final de esta acción: 8. Datos del(la) Consultor(a)/ Consultoría a. Razón social: b. RFC o su equivalente en el extranjero: c. Objeto social: 9. Nombre del enlace en la INSTITUCI 10. Cargo o puesto que desempeña el enlace en la INSTITUCI 11. Importe del apoyo a transferir a la INSTITUCI Importe del apoyo hasta por: <<señalar importe con número y letra>>
* En los costos de la Asistencia Técnica no se contemplan impuestos, ni comisiones. 12. Criterios para la presentación de entregables y documentación al FIDEICOMISO: En un plazo no mayor a veinte días hábiles después de la fecha de término de la Asistencia Técnica, el enlace de la INSTITUCI a. Los Producto(s) Final(es) de la(s) asistencia(s) técnica(s), impreso y en versión electrónica. Estos deberán presentarse en carpeta de tres argollas, con separadores y debidamente identificados con los nombres establecidos en la Propuesta Técnica y Económica y/o solicitud del apoyo. b. Informe de la INSTITUCI c. Carta de "Aprobación y Conclusión", en la cual se declare haber concluido y tener todos los productos manifestados en el Anexo del Convenio, y estar de acuerdo con la calidad de los productos entregados por la consultoría contratada. Dicho formato deberá presentarse en hoja membretada y firmado por la persona que funge como representante legal de la INSTITUCI d. Evidencia documental que muestre el cumplimiento del o los beneficios a la POBLACI e. Recibos o facturas emitidas por la consultoría, por el costo total del proyecto, que reúnan todos los requisitos fiscales en términos de las disposiciones aplicables, en original y copia simple, acompañadas de la verificación de comprobante fiscal emitida por el SAT, cuando aplique. En su caso, una vez cotejada la copia simple contra el original, el FIDEICOMISO devolverá este último a la INSTITUCI f. Comprobante fiscal emitido por la INSTITUCI g. Copia simple de la carátula del estado de cuenta bancario, la cual deberá tener una antig h. <<Cualquier otro establecido por el FIDEICOMISO>>. La entrega al FIDEICOMISO de los documentos previstos en este apartado, así como para todo lo relacionado con el Convenio y el presente anexo, será por conducto de <<señalar el nombre de la persona designada por el FIDEICOMISO >>, Consultor(a) de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional, sin perjuicio de que el FIDEICOMISO pueda designar a otra(s) persona(s), en cuyo caso lo hará del conocimiento de la INSTITUCI Dichos documentos serán revisados y aceptados, en su caso, por la Consultoría de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional, a más tardar veinticinco días hábiles después de su recepción. 13. Criterios para la transferencia de Recursos a la INSTITUCI Los recursos motivo del Convenio, se transferirán a la INSTITUCI No obstante lo anterior, en caso de cambiar por cualquier motivo la cuenta bancaria registrada, la INSTITUCI El FIDEICOMISO Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D. actuando como Fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/<<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> ______________________________________ <<Nombre del Secretario Técnico>> Secretario Técnico La INSTITUCI <<Denominación o razón social de la Institución de Microfinanciamiento>> _________________________________ <<Nombre del representante legal>> <<cargo>> EL SIGUIENTE MODELO DE CONVENIO SERÁ EMPLEADO PARA FORMALIZAR EL APOYO PREVISTO EN LA REGLA VIII. 2.B.ii. DE LAS REGLAS DE OPERACI MODELO DE CONVENIO PARA CAPACITACI CONVENIO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., I.B.D. COMO FIDUCIARIA EN EL <<FIDEICOMISO DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO>>/<< FIDEICOMISO DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES>>, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "FIDEICOMISO", REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL SECRETARIO T ANTECEDENTES (OPCI I. Con fecha 19 de febrero de 2001, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Banca Social y Microcréditos. Con fecha 18 de mayo de 2001, se publicó en el citado Diario Oficial el Acuerdo por el que se modifica la denominación del Programa de Banca Social y Microcréditos por la de Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (en lo sucesivo, el "PROGRAMA"), siendo dicho Programa parte integrante del Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. II. Con fecha 17 de mayo del 2001, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente III. El Contrato Constitutivo fue modificado, mediante Convenios Modificatorios de fechas 30 de mayo de 2003 y 20 de enero de 2006. IV. Las Reglas de Operación del "Programa", fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado <<fecha de publicación>>, en lo sucesivo las "Reglas de Operación".>> (OPCI <<I. Con fecha 10 de junio de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente II. El Contrato Constitutivo fue modificado mediante Convenios Modificatorios de fechas 15 de agosto de 2001 y 29 de septiembre del 2003. III. Las Reglas de Operación del Programa fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el <<fecha de publicación>> en lo sucesivo las "Reglas de Operación".>> DECLARACIONES I. Declara el FIDEICOMISO que: a) Nacional Financiera, es una Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, que se rige por su Ley Orgánica y que de conformidad con la misma, puede fungir como fiduciaria, por lo que ha desempeñado la encomienda en el Fideicomiso desde el <<17 de mayo de 2001>> <<10 de junio de 1999>>.. b) En cumplimiento a los fines del FIDEICOMISO y en términos del Acuerdo <<número del acuerdo>>, adoptado por su Comité Técnico, en la <<número de sesión>> sesión de fecha <<anotar fecha de la sesión>>, se formaliza el presente Convenio. c) El Secretario Técnico del "FIDEICOMISO", se encuentra facultado para la suscripción del presente Convenio, según consta en la <<escritura o póliza>> pública número <<indicar número de escritura o póliza>> de fecha <<indicar fecha >>, otorgada ante la fe del(la) Lic. <<nombre del(la) Fedatario(a) Público(a)>>, número <<indicar número>> del <<indicar la sede donde fue expedida la patente>>, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna. II. Declara la INSTITUCI a) Su representada es una Sociedad constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos <<señalar mediante qué escritura o póliza se constituyó y cualquier modificación relevante para los efectos>>. b) Su Representante Legal cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio, según consta en la <<escritura o póliza>> pública número <<indicar número de escritura o póliza>> de fecha <<indicar fecha>>, otorgada ante la fe del(la) Lic. <<nombre del(la) Fedatario(a) Publico(a)>>, número <<indicar número>> del <<indicar la sede donde fue expedida la patente>>. Facultades que bajo protesta de decir verdad manifiesta no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. c) Requiere un apoyo no crediticio para "Capacitación para el personal de las Instituciones e Microfinanciamiento Acreditadas" de conformidad con lo previsto en el presente instrumento y su ANEXO respectivo. d) No existe procedimiento judicial o administrativo alguno en su contra, en contra de su representada ni de ninguno de sus socias, socios o accionistas que pueda afectar la legalidad, validez o exigibilidad de sus obligaciones derivadas del presente Convenio. III. Declaran ambas partes que: CLÁUSULAS PRIMERA. El FIDEICOMISO otorgará a la INSTITUCI El importe del apoyo no contempla el Impuesto al Valor Agregado, contribución, ni comisión alguna y por ninguna circunstancia dicho importe podrá ser destinado al pago de impuestos. Dicho Apoyo se reembolsará previa verificación y validación por parte del FIDEICOMISO de todos y cada uno de los documentos, requisitos e información que así se solicite en términos de este Convenio, así como en lo previsto en el Anexo <<señalar número de anexo>>, el cual debidamente firmado por las partes forma parte integrante del presente instrumento. SEGUNDA. Será responsabilidad exclusivamente de la INSTITUCI Por lo que la INSTITUCI En tal virtud, no habrá relación jurídica, comercial, laboral, profesional o de cualquier tipo entre las personas antes mencionadas y el FIDEICOMISO, quedando exclusivamente obligada la INSTITUCI TERCERA. La INSTITUCI a) Llevar a cabo los fines y conceptos establecidos en el presente Convenio, y su respectivo ANEXO, para poder recibir el apoyo autorizado. b) Hacer los trabajos de coordinación que sean necesarios para lograr un resultado óptimo en la "Capacitación para el personal de la Institución de Microfinanciamiento Acreditadas" que correspondan al amparo del presente Convenio y su respectivo Anexo. c) Facilitar los medios y recursos para que el personal de la INSTITUCI d) Entregar al FIDEICOMISO en forma y dentro de los tiempos establecidos, la documentación prevista en el ANEXO del presente instrumento. Sin embargo, el FIDEICOMISO se reserva el derecho de solicitar por escrito o medios electrónicos a la INSTITUCI documentación y/o información que estime necesaria para acreditar las acciones realizadas y proceder con el reembolso de los recursos del Apoyo. Este derecho podrá ejercitarlo el FIDEICOMISO dentro de los 25 (veinticinco) días hábiles posteriores a aquel en que la INSTITUCI e) Permitir a la o las personas que designe el FIDEICOMISO, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta subsecuente, que lleven a cabo la supervisión señalada en dicha Cláusula y poner a su disposición los documentos que le soliciten, relacionados con el presente instrumento y su Anexo. f) Las acciones que directa o indirectamente realice la INSTITUCI g) En caso de que se solicite, la INSTITUCI h) Contar con una cuenta bancaria específica para recibir los recursos federales materia del presente Apoyo. i) Dar cumplimiento a las demás obligaciones a su cargo, en términos de lo previsto en el presente instrumento así como en los demás instrumentos jurídicos que se tengan suscritos entre las partes y a cada una de las disposiciones que resulten aplicables a los mismos. j) <<Cualquier otra que determine el FIDEICOMISO>> k) Dar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio o diferenciado motivado por razones del origen étnico o nacional, género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, o en su caso cualquier práctica de exclusión que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico correspondiente. El incumplimiento a cualquier de los incisos que anteceden podrá ser motivo de suspensión o restricción de los apoyos materia del presente instrumento. CUARTA. El FIDEICOMISO, por conducto de <<nombre del(la) Consultor(a) Responsable de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional>>, o en su defecto por cualquier otra persona, durante el tiempo en que se esté dando el Apoyo para la "Capacitación para el personal de las Instituciones e Microfinanciamiento Acreditadas", podrá supervisar el desarrollo de la misma, obligándose la INSTITUCI QUINTA. La INSTITUCI SEXTA. La INSTITUCI realizada por una agencia especializada en el ramo y deberá mantenerla actualizada durante la vigencia del presente convenio. De no contar con ella, la INSTITUCI En caso de ser omisa en el cumplimiento de cualquiera de los párrafos que anteceden el FIDEICOMISO podrá negar el reembolso del Apoyo. S Cuando la INSTITUCI Una vez que se hayan reembolsados los recursos a la INSTITUCI Tanto el reintegro del Apoyo, así como el pago de los intereses que correspondan, deberán ser cubiertos dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que el FIDEICOMISO notifique por escrito o medio electrónico a la INSTITUCI Para los efectos de esta cláusula, "Cetes" significa la última tasa de rendimiento, equivalente a la de descuento, en colocación primaria de los Certificados de la Tesorería de la Federación al plazo de 28 (veintiocho) días o al plazo que la substituya, publicada en la fecha en que la INSTITUCI Los intereses se calcularán dividiendo la tasa aplicable entre 360 (trescientos sesenta) y se multiplicará el resultado obtenido por el número de días efectivamente transcurridos desde el momento en que se notificó a la INSTITUCI OCTAVA. El presente Convenio tendrá una vigencia a partir de la firma del presente instrumento y hasta la conclusión de los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio, su Anexo y a las fechas establecidas en los mismos. Las partes convienen en establecer dicha vigencia, sin que por ello contravenga lo establecido en la Cláusula anterior. NOVENA. Será responsabilidad de la INSTITUCI D La INSTITUCI D Las partes convienen en que el FIDEICOMISO, tiene derecho a restringir o disminuir el importe del Apoyo en cualquier tiempo, mediante notificación que por escrito o por correo electrónico se le haga a la INSTITUCI D Para efectos del presente Convenio, cada una de las partes señalan como su domicilio convencional para recibir toda clase de avisos y notificaciones, el siguiente: La INSTITUCI <<Correo electrónico >> El FIDEICOMISO: <<domicilio>> Cualquier cambio de domicilio de una de las partes deberá ser notificado por escrito a la otra, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha en que vaya a surtir efecto dicho cambio. Para ello, la INSTITUCI No obstante lo anterior, la INSTITUCI D Las partes acuerdan que cualquier modificación al presente Convenio y cualquier renuncia a los derechos establecidos en el mismo únicamente serán válidas si las mismas constan por escrito firmado por las partes. D Para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, las partes expresamente se someten a las leyes y a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero al que tengan derecho o lleguen a tenerlo en virtud de su domicilio presente o futuro. Leído que fue el presente Convenio, lo firman las partes por duplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día <<fecha de firma>>, quedando 1 (un) ejemplar en poder de cada una de las Partes. El FIDEICOMISO Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D. actuando como Fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>> <<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> ______________________________________ <<NOMBRE DEL SECRETARIO T Secretario Técnico La INSTITUCI <<DENOMINACI _______________________________ <<NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL>> <<cargo>> ANEXO A AL CONVENIO <<señalar número de Convenio>> Anexo al Convenio celebrado el <<indicar fecha>>, entre Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D., en su carácter de Fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/ <<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> (en lo sucesivo, el FIDEICOMISO) y <<denominación o razón social de la Institución de Microfinanciamiento >> (en lo sucesivo la INSTITUCI 1. Datos de la capacitación 1.1. Título de la capacitación: <<nombre del programa, curso o evento>> 1.2. Fecha en que se llevará a cabo la capacitación: <<Indicar fecha con día, mes y año>> <<Comentarios>> En caso que exista un cambio en las fechas de la capacitación, la INSTITUCI 1.3. Objetivo general: <<Objetivo del programa, curso o evento>> 1.4. Diseño del Programa: <<Descripción detallada del programa, curso o evento a participar>> 1.5. Contenido temático: <<Detalle de los puntos a tratar durante la capacitación>> 1.6. Materiales que se proporcionarán a los participantes <<Enlistar los materiales que recibirá el personal capacitado>> 1.7. Productos finales <<Descripción de los mismos>> 1.8. Resultados Esperados 1.9. Beneficios y/o impacto que tendrá la acción en la POBLACI 2. Institución(es) que proporcionará(n) la capacitación: <<Nombre de la o las Instituciones que proporcionarán la capacitación>> 2.1. Sitio de la Capacitación: <<Insertar sede de la capacitación>> 3. Planeación, organización y coordinación de la capacitación 3.1. Nombre(s) y cargo(s) de la(s) persona(s) a quien(es) se le(s) autoriza la capacitación: <<nombre de la persona a quien se le autorizó la capacitación>>, <<puesto que desempeña el personal a quien se le autorizó la capacitación>> de <<denominación o razón social de la INSTITUCI 3.2. El responsable del enlace con el FIDEICOMISO para la capacitación es el (la) << nombre de la persona designada como enlace por parte de la INSTITUCI · Coordinar los trámites relacionados con la capacitación. · Recopilar todos los materiales que los participantes hayan recibido durante su capacitación · Elaborar y recopilar los documentos que el FIDEICOMISO requiera para tramitar el reembolso correspondiente al monto aprobado. 4. Entrega al FIDEICOMISO El personal responsable del enlace con el FIDEICOMISO para la capacitación, deberá enviar a la o las personas señaladas por el FIDEICOMISO como Responsables del enlace con la INSTITUCI comprobante fiscal emitida por el SAT, cuando aplique. En su caso, una vez cotejada la copia simple contra el original, el FIDEICOMISO devolverá este último a la INSTITUCI La entrega al FIDEICOMISO de los documentos previstos en este apartado, así como todo lo relacionado con el Convenio <<No. de Convenio>> y el presente anexo, se hará por conducto del <<Nombre y cargo de la persona que designe el FIDEICOMISO>>, sin perjuicio de se pueda designar a otra(s) persona(s), en cuyo caso lo hará por escrito o medio electrónico del conocimiento de la INSTITUCI 5. Reembolso de recursos a la INSTITUCI La INSTITUCI Los documentos entregados al FIDEICOMISO por el(la) Responsable del enlace para la capacitación serán revisados y aceptados, en su caso, por la Consultoría de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional a más tardar 20 días hábiles después de su recepción, y en cuyo caso se podrá requerir cualquier otra información o documentación adicional a la ya establecida, para que la INSTITUCI 6. Criterios para la transferencia de Recursos a la INSTITUCI El Importe del apoyo a transferir a la INSTITUCI Hasta por el <<indicar el porcentaje autorizado>> del costo total de la acción, equivalente al monto de hasta <<indicar el monto en número y letra>>, montos sin considerar IVA. Los recursos motivo del Convenio, se transferirán a la INSTITUCI No obstante lo anterior, en caso de cambiar por cualquier motivo la cuenta bancaria registrada en el FIDEICOMISO, la INSTITUCI El FIDEICOMISO Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D. actuando como Fiduciaria en el Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/<<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> ______________________________________ <<Nombre del Secretario técnico>> Secretario Técnico La INSTITUCI <<Denominación o razón social de la INSTITUCI _________________________________ <<Nombre del representante legal>> <<cargo>> EL SIGUIENTE MODELO DE CONVENIO SERÁ EMPLEADO PARA FORMALIZAR EL APOYO PREVISTO EN LA REGLA VIII. 2.B.iv. DE LAS REGLAS DE OPERACI MODELO DEL CONVENIO PARA PUNTOS DE ACCESO DE MICROFINANZAS CONVENIO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., I.B.D. COMO FIDUCIARIA EN EL <<FIDEICOMISO DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO>>/<<FIDEICOMISO DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES>>, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "FIDEICOMISO", REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL SECRETARIO T ANTECEDENTES (OPCI I. Con fecha 19 de febrero de 2001, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Banca Social y Microcréditos. Con fecha 18 de mayo de 2001, se publicó en el citado Diario Oficial el Acuerdo por el que se modifica la denominación del Programa de Banca Social y Microcréditos por la de Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (en lo sucesivo, el "PROGRAMA"), siendo dicho Programa parte integrante del Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. II. Con fecha 17 de mayo del 2001, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente III. El Contrato Constitutivo fue modificado, mediante Convenios Modificatorios de fechas 30 de mayo de 2003 y 20 de enero de 2006. IV. Las Reglas de Operación del "FIDEICOMISO", fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado <<fecha de publicación>>, en lo sucesivo las "Reglas de Operación".>> (OPCI <<I. Con fecha 10 de junio de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciaria, el Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales "FOMMUR", para la administración de los recursos financieros del Fideicomiso. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de Fiduciaria, le asignó en sus registros el No. 11701. II. El Contrato Constitutivo fue modificado mediante Convenios Modificatorios de fechas 15 de agosto de 2001 y 29 de septiembre del 2003. III. Las Reglas de Operación del Programa fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el <<fecha de publicación>> en lo sucesivo las "Reglas de Operación".>> DECLARACIONES I. Declara el FIDEICOMISO que: a) Nacional Financiera, es una Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, que se rige por su Ley Orgánica y que de conformidad con la misma, puede fungir como fiduciaria, por lo que ha desempeñado la encomienda en el Fideicomiso desde el 17 de mayo de 2001. b) En cumplimiento a los fines del FIDEICOMISO y en términos del Acuerdo <<número del acuerdo>>, adoptado por su Comité Técnico, en la <<número de sesión>> sesión de fecha <<anotar fecha de la sesión>>, se formaliza el presente Convenio. c) El Secretario Técnico del "FIDEICOMISO", se encuentra facultado para la suscripción del presente Convenio, según consta en la <<escritura o póliza>> pública número <<indicar número de escritura o póliza>> de fecha <<indicar fecha >>, otorgada ante la fe del(la) Lic. <<nombre del(la Fedatario(a) Publico(a)) >>, número <<indicar número>> del <<indicar la sede donde fue expedida la patente>>, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna. II. Declara la INSTITUCI a) Su representada es una Sociedad constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos <<señalar mediante que escritura o póliza se constituyó y cualquier modificación relevante para los efectos>>. b) Su Representante Legal cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio, según consta en la <<escritura o póliza>> pública número <<indicar número de escritura>> de fecha <<indicar fecha>>, otorgada ante la fe del(la) Lic. <<nombre del Fedatario(a) Público(a)>>, número <<indicar número>> del <<indicar la sede donde fue expedida la patente>>. Facultades que bajo protesta de decir verdad manifiesta no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. c) Requiere un apoyo no crediticio para recibir el apoyo para el establecimiento del (los) "Punto(s) de Acceso de Microfinanzas", de conformidad con lo previsto en el presente instrumento y sus ANEXOS respectivo, para ubicarse en <<indicar la localidad, municipio y estado donde se localizará el o los puntos de acceso de microfinanzas>>, con el propósito de ampliar la cobertura de los apoyos que otorga el FIDEICOMISO de conformidad con las Reglas de Operación. d) No existe procedimiento judicial o administrativo alguno en su contra, en contra de su representada ni de ninguno de sus socias, socios o accionistas que pueda afectar la legalidad, validez o exigibilidad de sus obligaciones derivadas del presente Convenio. III. Declaran ambas partes que: CLÁUSULAS PRIMERA. El FIDEICOMISO otorgará a la INSTITUCI El importe del apoyo no contempla el Impuesto al Valor Agregado, contribución ni comisión alguna y por ninguna circunstancia dicho importe podrá ser destinado al pago de impuestos. El apoyo antes mencionado, se reembolsará mensualmente previa aceptación, verificación y validación por parte del FIDEICOMISO de todos y cada uno de los documentos, requisitos e información que así se solicite en términos de este Convenio, así como en lo previsto en los Anexos <<señalar anexos>>, el cual debidamente firmado por las partes forma parte integrante del presente instrumento. Dicha documentación e información, deberá ser entregada por la INSTITUCI SEGUNDA. Será responsabilidad exclusivamente de la INSTITUCI Por lo que la INSTITUCI En tal virtud, no habrá relación jurídica, comercial, laboral, profesional o de cualquier tipo entre las personas antes mencionadas y el FIDEICOMISO, quedando exclusivamente obligada la INSTITUCI Asimismo, la INSTITUCI TERCERA. La INSTITUCI a) Llevar a cabo los fines y conceptos establecidos en el presente Convenio, y sus respectivos ANEXOS, para poder recibir el apoyo autorizado. b) Hacer los trabajos de coordinación que sean necesarios para lograr un resultado óptimo para el establecimiento del(los) "PUNTO(S) DE ACCESO DE MICROFINANZAS" que correspondan al amparo del presente Convenio y el Anexo A. c) Cumplir con los criterios necesarios para obtener el apoyo no crediticio, previstos en las Reglas de Operación. d) Por lo menos el 50% (cincuenta por ciento) de los MICROCR e) Presentar dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores al vencimiento de cada mes, durante la vigencia del presente convenio, la información señalada en <<citar anexos>> del presente convenio. f) Entregar al FIDEICOMISO en forma y dentro de los 60(sesenta) días naturales posteriores al vencimiento de cada mes durante el cual dure el presente apoyo, la documentación prevista en los ANEXOS del presente instrumento. Sin embargo, el FIDEICOMISO se reserva el derecho de solicitar por escrito o medios electrónicos a la INSTITUCI g) Permitir a la o las personas que designe el FIDEICOMISO, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta subsecuente, que lleven a cabo la supervisión señalada en dicha Cláusula y poner a su disposición los documentos que le soliciten, relacionados con el presente instrumento y su Anexo. h) Cubrir por su cuenta, todos los gastos derivados para operar cada uno del (los) "PUNTO(S) DE ACCESO DE MICROFINANZAS" que correspondan al amparo del presente Convenio y el Anexo A, en el entendido que el FIDEICOMISO, con cargo a los recursos del presente Apoyo, reembolsará exclusivamente a la INSTITUCI i) Que una vez que se concluya el apoyo para el (los) Punto(s) de Acceso(s) que corresponda, ya sea porque se haya terminado el periodo de apoyo o porque haya alcanzado el punto de equilibrio conforme a lo dispuesto en el ANEXO A del presente instrumento, cada uno de dicho(s) "PUNTO(S) DE ACCESO DE MICROFINANZAS" que corresponda, deberá permanecer en operación de microcréditos por un plazo mínimo de <<número de meses que será(n) apoyado(s)>> meses, contados a partir del mes siguiente a aquel en que surta sus efectos cualquiera de las hipótesis mencionadas. Para lo anterior, deberán remitirse al FIDEICOMISO reportes trimestrales, respecto a la colocación de microcréditos efectuada en cada "PUNTO(S) DE ACCESO DE MICROFINANZAS". En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente inciso, la Institución de Microfinanciamiento deberá reintegrar la totalidad de los apoyos otorgados, en los términos y plazos previstos en la Cláusula Séptima del presente instrumento. Lo dispuesto en el presente inciso no surtirá sus efectos, siempre que la Institución de Microfinanciamiento comunique al FIDEICOMISO por escrito, que por caso fortuito o de fuerza mayor, no es posible continuar con la operación y continuidad del establecimiento que corresponda, para ello el FIDEICOMISO deberá remitir por escrito su conformidad o negativa en un término de 5 (cinco) días hábiles. j) Las acciones que directa o indirectamente realice la INSTITUCI k) En caso de que se solicite, la INSTITUCI impactos que se generan en ejercicios fiscales posteriores a la conclusión del presente Apoyo. l) Contar con una cuenta bancaria específica para recibir los recursos federales materia del presente Apoyo. m) Dar cumplimiento a las demás obligaciones a su cargo, en términos de lo previsto en el presente instrumento así como en los demás instrumentos jurídicos que se tengan suscritos entre las partes y a cada una de las disposiciones que resulten aplicables a los mismos. n) <<Criterio(s) a cumplir para el otorgamiento del presente Apoyo, en términos de las Reglas>> o) <<Cualquier otra que establezca el FIDEICOMISO>> p) Dar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio o diferenciado motivado por razones del origen étnico o nacional, género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, o en su caso cualquier práctica de exclusión que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico correspondiente. El incumplimiento a cualquiera de los incisos que anteceden, podrá ser motivo de suspensión o restricción de los apoyos materia del presente instrumento. CUARTA. El FIDEICOMISO, por conducto de <<nombre del(la) Consultor(a) Responsable de Fortalecimiento y Desarrollo Institucional>>, o en su defecto por cualquier otra persona, durante la vigencia del presente Convenio, podrá supervisar el desarrollo y supervisión del mismo, obligándose la INSTITUCI QUINTA. La INSTITUCI SEXTA. La INSTITUCI En caso de contar con dicha Evaluación de Desempeño Social, deberá mantenerla actualizada durante la vigencia y reembolso del presente Apoyo. S Cuando la INSTITUCI cualquier otro del cual tenga conocimiento el FIDEICOMISO, dicho plazo contará a partir de la fecha en que se lleve a cabo la notificación correspondiente. Una vez que se hayan reembolsados los recursos a la INSTITUCI Tanto el reintegro del Apoyo, así como el pago de los intereses que correspondan, deberán ser cubiertos dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que el FIDEICOMISO notifique por escrito o medios electrónicos a la INSTITUCI Para los efectos de esta cláusula, "Cetes" significa la última tasa de rendimiento, equivalente a la de descuento, en colocación primaria de los Certificados de la Tesorería de la Federación al plazo de 28 (veintiocho) días o al plazo que la substituya, publicada en la fecha en que la INSTITUCI Los intereses se calcularán dividiendo la tasa aplicable entre 360 (trescientos sesenta) y se multiplicará el resultado obtenido por el número de días efectivamente transcurridos desde el momento en que se notificó a la INSTITUCI OCTAVA. El presente Convenio tendrá una vigencia a partir de la firma del presente instrumento y hasta la conclusión de los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio, sus Anexos y así como a las fechas establecidas en los mismos. Las partes convienen en establecer dicha vigencia, sin que por ello contravenga lo establecido en la Cláusula anterior. NOVENA. Será responsabilidad de la INSTITUCI D La INSTITUCI D Las partes convienen en que el FIDEICOMISO, tiene derecho a restringir o disminuir el importe del Apoyo en cualquier tiempo, mediante notificación que por escrito o por correo electrónico se haga a la INSTITUCI D Para efectos del presente Convenio, cada una de las partes señalan como su domicilio convencional para recibir toda clase de avisos y notificaciones, el siguiente: La INSTITUCI <<correo electrónico >> El FIDEICOMISO: <<domicilio>> Cualquier cambio de domicilio de una de las partes deberá ser notificado por escrito a la otra, con cinco días hábiles de anticipación a la fecha en que vaya a surtir efecto dicho cambio. Para ello, la INSTITUCI No obstante lo anterior, la INSTITUCI D Las partes acuerdan que cualquier modificación al presente Convenio y cualquier renuncia a los derechos establecidos en el mismo únicamente serán válidas si las mismas constan por escrito firmado por las partes. D Para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, las partes expresamente se someten a las leyes y a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero al que tengan derecho o lleguen a tenerlo en virtud de su domicilio presente o futuro. Leído que fue el presente Convenio, lo firman las partes por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día <<fecha de firma>>, quedando 2 (dos) ejemplares en poder del FIDEICOMISO y uno en poder de la INSTITUCI El FIDEICOMISO Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D. actuando como Fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/<< Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> ______________________________________ <<Nombre del Secretario Técnico>> Secretario Técnico La INSTITUCI <<DENOMINACI _________________________________ <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>> <<cargo>>
Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D. en su carácter de fiduciaria en el <<Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario>>/<<Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales>> ______________________________________ <<Nombre del Secretario Técnico>> Secretario Técnico LA INSTITUCI <<Denominación o razón social de la IMF>>. _________________________________________ <<Nombre Representante Legal>> <<cargo>> ANEXO B AL CONVENIO NO. PA-000-201X DE APOYO NO CREDITICIO PARA PUNTOS DE ACCESO DE MICROFINANZAS
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