CIRCULAR Modificatoria 18/16 de la nica de Seguros y Fianzas CIRCULAR Modificatoria 18/16 de la nica de Seguros y Fianzas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 18/16 DE LA NICA DE SEGUROS Y FIANZAS (Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b) La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en concordancia con el Capítulo 34.1. de la Circular nica de Seguros y Fianzas es competencia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas llevar el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras en el que aparecen las reaseguradoras de primer orden del exterior que reúnen requisitos de solvencia y estabilidad para efectuar las operaciones y cumplir con la diversificación de las responsabilidades que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas del país asuman; lo cual implica dar seguimiento a los movimientos de inscripción y cancelación de inscripción de reaseguradoras extranjeras en el citado Registro, así como los cambios en la situación jurídica que presenten tales entidades del exterior. Que las entidades del exterior, en términos de lo previsto en la Disposición 34.2.1. de la Circular nica de Seguros y Fianzas, informarán a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de los suscriptores facultados con los que tengan celebrados acuerdos de aceptación de riesgos y/o responsabilidades en reaseguro y/o reafianzamiento en el país, así como los alcances y características otorgadas, resultando de especial importancia que la citada Comisión haga del conocimiento del sector asegurador y afianzador, así como de los intermediarios de reaseguro, sobre tales suscriptores facultados. Que en virtud de lo anterior, resulta necesario actualizar los Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b de la Circular nica de Seguros y Fianzas con la información relativa al otorgamiento de inscripción en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras de las reaseguradoras de primer orden del exterior que reúnan requisitos de solvencia y estabilidad para efectuar las operaciones y cumplir con la diversificación de las responsabilidades que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas del país asuman, así como de la cancelación de tal inscripción en casos determinados y finalmente, sobre la información que dichas reaseguradoras proporcionan a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de las personas morales que suscriben riesgos en reaseguro o responsabilidades en reafianzamiento, en su nombre y representación (suscriptores facultados). Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular nica de Seguros y Fianzas en los siguientes términos: CIRCULAR MODIFICATORIA 18/16 DE LA NICA DE SEGUROS Y FIANZAS (Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b) NICA.- Se modifican los Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b de la Circular nica de Seguros y Fianzas. TRANSITORIA NICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en el artículo 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Ciudad de México, 6 de octubre de 2016.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica. ANEXO 34.1.21-b. INSCRIPCIONES, CANCELACIONES, CAMBIOS DE DENOMINACIN O UBICACIN DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL EXTRANJERO INSCRITAS EN EL RGRE Del 1° de enero al 31 de julio de 2016. a) Otorgamiento de inscripción. Oficio SHCP/CNSF | Fecha | Asunto | ... | ... | ... | 06-C00-41100/32253 | 16/12/2015 | Factory Mutual Insurance Company, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1196-16-C0000. | 06-C00-41100/32701 | 17/12/2015 | Affiliated FM Insurance Company, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1197-16-C0000. | 06-C00-41100/32847 | 21/12/2015 | IRB-Brasil Resseguros S.A., para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1200-16-C0000. | 06-C00-41100/00049 | 8/01/2016 | Philadelphia Indemnity Insurance Company, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1198-16-C0000. | 06-C00-41100/00056 | 8/01/2016 | Axa Corporate Solutions Brasil e América Latina Resseguros S.A., para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1199-16-C0000. | 06-C00-41100/04447 | 24/02/2016 | Alterra America Insurance Company, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1201-16-C0000. | 06-C00-41100/09233 | 6/04/2016 | General Insurance Corporation of India, para proporcionar los servicios de reaseguro y reafianzamiento en la República Mexicana. RGRE-1202-16-C0000. | 06-C00-41100/09553 | 11/04/2016 | Austral Resseguradora S.A., para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1203-16-C0000. | 06-C00-41100/11054 | 21/04/2016 | Qatar Reinsurance Company Limited, para proporcionar los servicios de reaseguro y reafianzamiento en la República Mexicana. RGRE-1204-16-C0000. | 06-C00-41100/11332 | 26/04/2016 | Nationwide Mutual Insurance Company, para proporcionar los servicios de reaseguro y reafianzamiento en la República Mexicana. RGRE-1205-16-C0000. | 06-C00-41100/11339 | 26/04/2016 | American Steamship Owners Mutual Protection and Indemnity Association, Inc., para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1206-16-C0000. | 06-C00-41100/13569 | 17/05/2016 | Travelers Insurance Company Limited, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1207-16-C0000. | 06-C00-41100/16091 | 8/06/2016 | Taiping Reinsurance Company, Ltd, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1208-16-C0000. | b) Cancelación de inscripción. Oficio | Fecha | Asunto | 06-C00-41100/17996 | 22/06/2016 | Se cancela la inscripción de Amlin Europe N.V. RGRE-1137-14-324825. | c) Cambio de denominación o ubicación. Oficio SHCP/CNSF | Fecha | Asunto | | | | 06-C00-41100/01162 | 21/01/2016 | LIG Insurance Co., LTD cambia a KB Insurance Co., LTD. RGRE-561-00-321373. | 06-C00-41100/06897 | 14/03/2016 | Torus Insurance (UK) Limited cambia a Starstone Insurance Limited. RGRE-988-08-327951. | 06-C00-41100/06900 | 14/03/2016 | Torus Insurance (EUROPE) AG cambia a Starstone Insurance Europe AG. RGRE-995-09-328058. | 06-C00-41100/12360 | 4/05/2016 | HDI-Gerling Welt Service AG cambia a HDI Global Network AG. RGRE-971-08-327763. | 06-C00-41100/12362 | 4/05/2016 | HDI-Gerling Industrie Versicherung AG cambia a HDI Global SE. RGRE-963-08-327723. | 06-C00-41100/20563 | 8/07/2016 | Starstone Insurance Limited a Starstone Insurance PLC. RGRE-988-08-327951. | 06-C00-41100/20770 | 13/07/2016 | ACE Tempest Reinsurance Ltd a Chubb Tempest Reinsurance LTD. RGRE-562-00-322324. | d) ... ANEXO 34.2.2-b. INCORPORACIN DE SUSCRIPTORES FACULTADOS Del 1° de enero al 31 de julio de 2016. No. | Suscriptor Facultado | Entidad del Exterior | No. RGRE | Límite de Responsabilidad | Riesgo | Vigencia | ... | ... | ... | ... | ... | ... | ... | 5 | Hanover Specialty Insurance Brokers | Sindicato Chaucer (Sindicato 1084) de Lloyd's. | RGRE- 001-85- 300001 | Riesgo máximo total: Exceso de pérdida por catástrofes: USD $10'000,000.00 respecto de cualquier programa. Exceso de pérdida por riesgos: USD $5'000,000.00 respecto de cualquier riesgo (sujeto a previa aprobación). Propiedad facultativa y riesgos misceláneos: USD $25'000,000.00 respecto de cualquier riesgo. Contratos en relación con los departamentos de propiedad de las sociedades: USD $1'000,000.00 respecto de cualquier suceso. Pérdida agregada y detenida para los departamentos de propiedad de las sociedades: USD $5'000,000.00 respecto de cualquier programa. Riesgos en ingeniería facultativa como contratistas, en construcción, avería de maquinaria y pérdidas pecuniarias asociadas: USD $50'000,000.00 respecto de pérdida máxima probable, en cualquier riesgo. Por pérdidas proporcionales en materia de ingeniería por riesgos totales de contratistas, de construcciones, avería de | Riesgos y daños, incluyendo propiedad, negocio facultativo y contratos, exceso de pérdida por catástrofes, exceso de pérdida por riesgos, facultativa sobre propiedad y riesgos misceláneos, contratos en relación con propiedad de sociedades, pérdida agregada y detenida sobre propiedad de sociedades, riesgos facultativos en ingeniería como contratistas, en construcción y pérdidas pecuniarias asociadas, por pérdidas proporcionales o por exceso de pérdidas en materia de ingeniería por riesgos totales de contratistas, de construcciones, avería de maquinaria y pérdidas pecuniarias asociadas, responsabilidad por accidentes (casualty treaty liability) y siniestros sobre vehículos automotores (casualty treaty motor), daños y riesgos en materia de energía, mercancías, obras | Indefinida Nota: Cada año debe dar aviso de su continuidad a la CNSF. | | | | | maquinaria y pérdidas pecuniarias asociadas: USD $7'000,000.00 respecto de pérdida máxima probable. Por exceso de pérdidas en materia de ingeniería por riesgos totales de contratistas de construcciones, avería de maquinaria y pérdidas pecuniarias asociadas: USD $14'000,000.00 respecto de pérdida máxima probable, en cualquier programa. Responsabilidad por Siniestros: USD $6'250,000.00 respecto de cualquier programa o 15% de capas ilimitadas. Siniestros a vehículos Automotores: USD $6'250,000.00 respecto de cualquier programa o 15% de capas ilimitadas. Riesgos en materia de energía: USD $75'000,000.00 respecto de cualquier declaración o todos los intereses combinados. (En caso de exceder los USD$25'000,000.00 se requiere autorización previa). Mercancías, obras de arte y casco marino, responsabilidad marítimo y por exceso de pérdidas marítimas: USD $20'000,000.00 respecto de cualquier declaración o todos los intereses combinados. Exceso de accidentes y catástrofes de salud: USD $25'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, respecto de cualquier programa. El máximo recuperable respecto de cualquier vida es de USD $5'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación. No obstante lo anterior, todos los límites de responsabilidad mayores a USD $15´000,000.00 o su equivalente al momento de aceptación, respecto de cualquier programa y/o con un máximo recuperable respecto de cualquier vida mayor a USD $3'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, deberá contar en un contrato individual. | de arte, exceso de accidentes y catástrofes de salud, exceso de accidentes y riesgos/catástrofes de salud, responsabilidad general de empleadores, público y productos, agrícola y animales, así como marítimo. | | | | | | Exceso de accidentes y catástrofes de salud: USD $5'000,000.00 respecto de cualquier programa. Exceso de accidentes y riesgos/catástrofes de salud: USD $15'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, respecto de cualquier programa. El máximo recuperable respecto de cualquier vida es de USD $5'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, siendo que el máximo recuperable respecto de cualquier vida mayor a USD $30'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, deberá contar en un contrato individual. Responsabilidad general de empleadores y productos: USD $18'750,000.00 respecto de cualquier declaración. Agrícola y animales: USD $25'000,000.00 o su equivalente al momento de su aceptación, respecto de cualquier declaración. Límite de ingresos brutos por conceptos de primas: USD $20'000,000.00 para todas las secciones combinadas. | | | 6 | International Reinsurance Managers, LLC. | Catlin Underwriting Agencies Limited bajo Sindicatos 2003 y 3002 | RGRE- 001-85- 300001 | Todo reaseguro de Salud tendrá un límite máximo hasta de US$5,000,000 por persona por año. Todo reaseguro de Grupo Vida y Accidentes Personales debe tener un límite máximo de US $2,000,000 por persona y por año. Los negocios de reaseguro deben proceder de Latinoamérica y el Cribe. Todo reaseguro habrá de excluir reaseguro de Seguros de Propiedad o Patrimoniales y Responsabilidad Civil (como quiera que se haya suscrito). | Reaseguro de vida y salud | Tres años consecutivos a partir del 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2017. | 7 | Raest Marine Insurance BV | Sindicato AML/ 2001 (Amlin Underwriting Limited) de Lloyd's | RGRE- 001-85- 300001 | Duración de contratos suscritos: 12 meses Duración máxima de contratos suscritos: 18 meses Límite de responsabilidad/ suma asegurada: USD 50,000,000 por riesgo | Responsabilidad civil de naviero (protección e indeminización) Responsabilidad civil del fletador Barcos hacia el interior, protección e indemnización Responsabilidad legal del propietario de la carga Guerra, protección e indemnización Carga, estadía y defensa Responsabilidad civil de naviero, carga Carga y combustible Maquinaria y casco Yates y veleros (incluyendo embarcaciones de suministro a yates), y/o embarcaciones recreativas, y/o veleros clásicos y buques escuela, protección e indemnización, responsabilidad civil y marítima, y asistencia legal | Hasta el 31 de diciembre de 2016 | 8 | Redbridge Reinsurance Managers LLC | Citadel Reinsurance Company Limited | RGRE- 1149-14- 329003 | Riesgo bajo cualquier contrato de reaseguro en conexión con accidentes y salud, se limita a un máximo de $5,000,000.00 de dólares americanos, por persona por año, partiendo de cero. Reaseguro de exceso de pérdida está colocado para reclamaciones en exceso de U.S. $1,000,000. El reaseguro de muerte durante empleo y accidentes personales, tendrá un límite máximo de $2,000,000.00 de dólares americanos, por persona por año. Reaseguro de exceso de pérdida está colocado para reclamaciones en exceso de U.S. $1,000,000. El reaseguro de vida individual tendrá un límite máximo de $1,000,000.00 de dólares americanos, por persona por año. | Accidentes y salud, muerte durante empleo y accidentes personales, vida individual. | Hasta el 31 de diciembre de 2016 | 9 | Global Aerospace Underwriting Managers Limited | Berkshire Hathaway International Insurance Limited. | RGRE- 930-06- 327306 | Aerolíneas con un porcentaje máximo de 17.5% y un límite máximo de US$2,250m. Productos Mayores/ Satélites con un porcentaje máximo de 20% y un límite máximo de US$2,500m. Productos Menores/ Subcomponentes con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$500m. Lanzamiento de satélites/ en órbita con un porcentaje máximo de US$100m. Aviación General con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$550m. | Riesgos y daños aeroespaciales de aviación, naves espaciales y satélites, incluyendo componentes, responsabilidad en materia aeroespacial, así como responsabilidad en aeropuertos, plataformas de lanzamiento y en productos de aviación, aeroespaciales y de satélites. | 31 de diciembre de 2016. | | | Great Lakes Reinsurance (UK) PLC. | RGRE- 888-05- 320228 | Aerolíneas con un porcentaje máximo de 17.5% y un límite máximo de US$2,250m. Productos Mayores/ Satélites con un porcentaje máximo de 20% y un límite máximo de US$2,500m. Productos Menores/ Subcomponentes con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$500m. Lanzamiento de satélites/ en órbita con un porcentaje máximo de US$100m. Aviación General con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$550m. | Riesgos y daños, aeroespaciales de aviación, naves espaciales y satélites, incluyendo componentes, responsabilidad en materia aeroespacial, así como responsabilidad en aeropuertos, plataformas de lanzamiento y en productos de aviación, aeroespaciales y de satélites. | 31 de diciembre de 2016. | | | Tokio Marine Kiln Insurance Limited | RGRE- 1181-15- 306071 | Aerolíneas con un porcentaje máximo de 17.5% y un límite máximo de US$2,250m. Productos Mayores/ Satélites con un porcentaje máximo de 20% y un límite máximo de US$2,500m. Productos Menores/ Subcomponentes con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$500m. Lanzamiento de satélites/ en órbita con un porcentaje máximo de US$100m. Aviación General con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$550m. | Riesgos y daños, aeroespaciales de aviación, naves espaciales y satélites, incluyendo componentes, responsabilidad en materia aeroespacial, así como responsabilidad en aeropuertos, plataformas de lanzamiento y en productos de aviación, aeroespaciales y de satélites. | 31 de diciembre de 2016. | | | Mitsui Sumitomo Insurance Company (Europe) Limited. | RGRE- 914-06- 327328 | Aerolíneas con un porcentaje máximo de 17.5% y un límite máximo de USD$2,250m. Productos Mayores/ Satélites con un porcentaje máximo de 20% y un límite máximo de US$2,500m. Productos Menores/ Subcomponentes con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$500m. Lanzamiento de satélites/ en órbita con un porcentaje máximo de US$100m. Aviación General con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$550m. | Riesgos y daños, aeroespaciales de aviación, naves espaciales y satélites, incluyendo componentes, responsabilidad en materia aeroespacial, así como responsabilidad en aeropuertos, plataformas de lanzamiento y en productos de aviación, aeroespaciales y de satélites. | 31 de diciembre de 2016. | | | Mapfre Global Risks, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A. | RGRE- 1175-15- 324783 | Aerolíneas con un porcentaje máximo de 17.5% y un límite máximo de US$2,250m. Productos Mayores/ Satélites con un porcentaje máximo de 20% y un límite máximo de US$2,500m. Productos Menores/ Subcomponentes con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$500m. Lanzamiento de satélites/ en órbita con un porcentaje máximo de US$100m. Aviación General con un porcentaje máximo de 100% y un límite máximo de US$550m. | Riesgos y daños, aeroespaciales de aviación, naves espaciales y satélites, incluyendo componentes, responsabilidad en materia aeroespacial, así como responsabilidad en aeropuertos, plataformas de lanzamiento y en productos de aviación, aeroespaciales y de satélites. | 31 de diciembre de 2016. | 10 | MS Amlin Reinsurance Managers Inc. | Sindicato AML/ 2001 (Amlin Underwriting Limited) de Lloyd's | RGRE- 001-85- 300001 | USD 30,000,000 por riesgo / programa (riesgos/ programas encima de USD 25,000,000 necesitan una autorización especial de Amlin Underwriting Limited) | Todo daño sufrido, cuota parte directo / Energía (incl. guerra), exceso de pérdidas / Daño no marítimo/pe- cuniario por los bienes, exceso de pérdidas / Garantía financiera / No marítimo general y responsabilidad civil diversos / Maquinaria extraterritorial y responsabilidad civil / Marítima (incl. guerra), exceso de pérdidas / Ingeniería (incl. construcción), proyectos individuales con pólizas individuales no renovables, montaje incluyendo contratos, incluyendo cambios a dichas pólizas durante su vigencia / Otros ramos de reaseguro con autorización especial de Amlin Underwriting Limited. | 31 de diciembre de 2016. | 11 | Ortac Underwriting Agency Limited | Sindicato AML/ 2001 (Amlin Underwriting Limited) | RGRE- 001-85- 300001 | Casco de aeronaves USD 3,750,000, Repuestos de aviones USD 2,500,000, Guerra y peligros relacionados USD 2,500,000, Responsabilidad Civil en materia de aviación USD 50,000,000, Productos de aviación y responsabilidad en aeropuerto USD 75,000,000, Límite máximo por riesgo (pólizas combinadas) USD 1,000,000,000. | Riesgos y daños, incluyendo, casco de aeronaves, repuestos de aviones, guerra y peligros relacionados, responsabilidad en materia de aviación, así como responsabilidad en aeropuertos y en productos de aviación. | 31 de diciembre de 2016. | _________________________
|
|
|