REGLAS de Operación del Programa Nacional Forestal 2017

REGLAS de Operación del Programa Nacional Forestal 2017. (Continúa de la Decimocuarta Sección)

(Viene de la Decimocuarta Sección)
CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE PUEBLA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DEL
COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL
FORESTAL (PRONAFOR) 2017
1.     Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Concepto de apoyo
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
 
2.     Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:
·  Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquéllas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquéllos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;
3.     Especies elegibles y densidad mínima de plantas a establecer por hectárea, por tipo de plantación:
       Maderables y celulósicas: con una densidad mínima de 1,100 plantas por hectárea.
o     Pinos: P. ayacahuite, P. cembroides, P. greggii, P. montezumae, P. patula y P. pseudostrobus;
o     Eucaliptos: E. camaldulensis, E. globulus, E. grandis;
o     Latifoliadas: Bursera spp, Cedrela odorata, Gmelina arborea, Swietenia macrophylla, Tabebuia donnell-smithii, Tabebuia rosea, Tectona grandis, Ocotea puberula, Prosopis spp, Leucaena leucocephala;
       Doble Propósito: con una densidad mínima de 400 plantas por hectárea
o     Hevea brasiliensis (Hule)
       No Maderables: con una densidad mínima de 10,000 plantas por hectárea
o     Chameadorea spp (Palma camedor)
       No Maderables: con una densidad mínima de 400 plantas por hectárea
o     Bambusa oldhamii, Guadua angustifolia (Bambu)
       Árboles de Navidad: con una densidad mínima 2,200 plantas por hectárea.
o     Especies de coníferas conocidas para este uso
4.    Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Superficie mínima (ha)
Superficie máxima (ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
Todos los tipos de plantación
2
150
 
5.    Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo y tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Monto de apoyo para
actividades ($/ha)
Monto de apoyo para asistencia
técnica ($/ha)
Monto de apoyo del costo de
oportunidad ($/ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
11,000
800
2,000
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
11,000
800
N/A
 
6.     Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, en los plazos siguientes:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Actividad
Término o Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación por la CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 25 días hábiles siguientes, contados a partir del cierre de recepción de solicitudes.
Asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados a partir de la emisión de dictámenes de factibilidad.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
 
7.     Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de
las entidades federativas autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.
8.    Oficinas receptoras:
·  Las señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017
9.    Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017;
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
10.   Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE TABASCO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS
DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL
FORESTAL (PRONAFOR) 2017
1.     Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Concepto de apoyo
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
 
2.     Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:
·  Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquellas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquellos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;
3.     Especies elegibles: Acacia mangium (Acacia), Eucalyptus spp. (Eucalipto), Gmelina arborea (Melina), Hevea brasiliensis (Hule), Khaya senegalensis (Caoba africana), Pinus caribaea (pino tropical), Swietenia macrophylla (Caoba), Tabebuia rosea (Macuilis), Tectona grandis (Teca).
4.    Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Superficie mínima (ha)
Superficie máxima (ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
Todos los tipos de plantación
10
500
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
Todos los tipos de plantación
2
500
 
5.    Densidad mínima por hectárea por tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Densidad mínima (plantas/ha)
Maderable
Celulósicas
Doble propósito (resineras)
1,100
Doble propósito (hule)
400
 
6.    Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Monto de apoyo para
actividades ($/ha)
Monto de apoyo para asistencia
técnica ($/ha)
Monto de apoyo del costo de
oportunidad ($/ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
11,000
800
2,000
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
11,000
800
N/A
 
7.     Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, en los plazos siguientes:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Actividad
Término o Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación por la CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 25 días hábiles siguientes, contados a partir del cierre de recepción de solicitudes.
Asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados a partir de la emisión de dictámenes de factibilidad.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
 
8.     Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de las entidades federativas autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.
9.    Oficinas receptoras:
·  Las señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
10.   Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017;
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
11.   Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
 
CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS
DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL
FORESTAL (PRONAFOR) 2017
1.     Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Concepto de apoyo
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
 
2.     Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:
·  Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquellas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquellos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;
3.     Especies elegibles por tipo de plantación:
       Maderables, Celulósicas y Agroforestales: Coníferas: Pinus spp, Eucaliptos: Eucalyptus spp, Latifoliadas: Cedrela odorata (Cedro rojo), Gmelina arborea (Melina), Swietenia macrophylla (Caoba), Tectona grandis (Teca). Prosopis spp (Mezquite).
       No maderables: Chameadora spp (Palma camedor)
4.    Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Superficie mínima (ha)
Superficie máxima (ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
Todos los tipos de plantación
20
200
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
Todos los tipos de plantación
5
200
 
5.    Densidad mínima por hectárea por tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Densidad mínima (plantas/ha)
Maderables y Celulósicas
1,100
Agroforestales
600
No maderable
10,000
 
6.    Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Monto de apoyo para
actividades ($/ha)
Monto de apoyo para asistencia
técnica ($/ha)
Monto de apoyo del costo de
oportunidad ($/ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
11,000
800
2,000
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
11,000
800
N/A
 
7.     Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, en los plazos siguientes:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Actividad
Término o Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación por la CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 25 días hábiles siguientes, contados a partir del cierre de recepción de solicitudes.
Asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados a partir de la emisión de dictámenes de factibilidad.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
 
8.     Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de las entidades federativas autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.
9.    Oficinas receptoras:
·  Las señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
10.   Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017;
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
11.   Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda
prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE VERACRUZ PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS
DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL
FORESTAL (PRONAFOR) 2017
1.     Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Concepto de apoyo
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
 
2.     Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:
·  Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquellas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquellos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;
·  Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;
3.    Especies elegibles:
       Maderables y Celulósicas: Coníferas: Pinus spp; Eucaliptos: Eucalyptus spp; Latifoliadas: Acacia mangium (Acacia), Cedrela odorata (Cedro rojo), Ceiba pentandra (Ceiba), Melia azedarach (Paraíso), Cordia alliodora (Xochicuáhuitl), Fraxinus uhdei (Fresno), Gmelina arborea (Melina), Khaya senegalensis (Caoba africana), Tabebuia donnell-smithii (Primavera), Tabebuia rosea (Roble), Tectona grandis (Teca), Swietenia macrophylla (Caoba).
       Doble propósito: Hevea brasiliensis (hule), Pinus caribaea (Pino tropical), Pinus elliottii.
       No maderables: Chameadorea spp. (Palma camedor), Bambusa oldhamii, Guadua angustifolia (Bambu).
       Árboles de navidad: Abies religiosa (Oyamel), Cupressus spp (Cedro blanco), Pinus spp (Pino), Pseudotsuga menziesii (Abeto) .
4.    Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Superficie mínima (ha)
Superficie máxima (ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
Todos los tipos de plantación
5
500
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
Todos los tipos de plantación
2
500
 
 
5.    Densidad mínima por hectárea por tipo de plantación:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Tipo de plantación
Densidad mínima (plantas/ha)
Maderable y Celulósicas
1,100
Doble Propósito
Resineras
1,100
Hule
400
Palma camedor
10,000
Bambú
400
Árboles de Navidad
2,200
 
6.    Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Monto de apoyo para
actividades ($/ha)
Monto de apoyo para asistencia
técnica ($/ha)
Monto de apoyo del costo de
oportunidad ($/ha)
PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
11,000
800
2,000
PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
11,000
800
N/A
 
7.     Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, en los plazos siguientes:
Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
Actividad
Término o Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación por la CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 25 días hábiles siguientes, contados a partir del cierre de recepción de solicitudes.
Asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados a partir de la emisión de dictámenes de factibilidad.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
 
8.     Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de las entidades federativas autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.
9.    Oficinas receptoras:
·  Las señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
10.   Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017;
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
11.   Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
 
CONVOCATORIA ESPECFICA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DE LA MODALIDAD
RF.7.1 RESTAURACION FORESTAL, DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017
La Comisión Nacional Forestal a través de la Gerencia de Restauración Forestal y la Gerencia Estatal de la CONAFOR en el Estado de México, convoca a los sujetos elegibles que se señalan a continuación, a presentar propuestas de proyectos técnicos, con el fin de obtener recursos para realizar proyectos especiales de conservación y restauración forestal del Nevado de Toluca, conforme a lo siguiente:
1.     Personas solicitantes: Son elegibles para obtener los apoyos las personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades) que propongan la realización de actividades de conservación y restauración forestal, que compitan con los cultivos y actividades agropecuarias, suscritos a los terrenos forestales o preferentemente forestales, cuya ejecución sea factible técnica, social y económicamente en el Área de Protección de Flora y Fauna "Nevado de Toluca" a partir de la cota 2,700 a 3,600 metros sobre el nivel del mar, en los terrenos forestales o preferentemente forestales en los municipios de Almoloya de Juárez, Calimaya, Toluca, Tenango del Valle, Zinacantepec, Amanalco, Temascaltepec, Coatepec Harinas, Villa Guerrero, Texcaltitlán y Villa Victoria.
2.     Apoyos a solicitar: Los interesados ubicados en el Área de Protección de Flora y Fauna "Nevado de Toluca" podrán solicitar apoyos para la modalidad RF.7.1 Restauración forestal y se deberán realizar las siguientes actividades:
Concepto
Modalidad
Monto máximo
por actividad/
ha
($ pesos)
Actividad
Persona
beneficiaria
Número
máximo de
apoyos
RF.7 Restauración en
zonas de alta prioridad
RF 7.1 Restauración
forestal
4,100
Conservación de suelos y
agua.
1 apoyo
3,000
Cercado.
2,600
Reforestación con donación
de planta.
2,700
Mantenimiento de la
reforestación y obras de
suelos.
1,200
Fertilización.
800
Protección contra incendios
forestales.
800
Protección contra plagas y
enfermedades.
200
Vigilancia.
1,600
Asistencia técnica.
7,000
Incentivo para la
reincorporación a la
producción forestal.
Total
24,000
 
 
 
I.     Los solicitantes deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 19 de las Reglas de Operación publicadas en la página de la CONAFOR.
II.     La superficie mínima a apoyar es de 5 hectáreas y como máximo se apoyarán 250 hectáreas.
3.    Características de los apoyos:
a)    Las actividades y apoyos serán determinados de acuerdo a las necesidades de cada predio y conforme al dictamen de factibilidad que realice el personal técnico de la CONAFOR.
b)    La entrega de los recursos se realizará de conformidad a lo siguiente:
 
·  El pago correspondiente al primer año se realizará en dos parcialidades:
    70% dentro de los 10 días hábiles siguientes a partir de la firma del convenio de concertación; y
    30% dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega del aviso de conclusión, el informe final gráfico y escrito, y el dictamen de conclusión de obra o proyecto (Anexo B- RF.7).
·  Para obtener el pago correspondiente al primer año, la persona beneficiaria deberá entregar por escrito y en formato libre el informe de actividades, para que la CONAFOR dentro de 10 días hábiles siguientes a la entrega del informe, realice la supervisión de avances y la correcta ejecución de las actividades apoyadas (Anexo A- RF.7).
·  Los pagos correspondientes a los años 2018, 2019 y 2020, respectivamente, se realizarán anualmente, al 100% y en una sola exhibición, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la verificación que realice la CONAFOR de la correcta ejecución de las actividades apoyadas, de conformidad con lo señalado en la presente convocatoria:
c)    La planta para la reforestación se proporcionará a través la CONAFOR.
d)    Las actividades de conservación de suelos y agua, cercado, reforestación, mantenimiento de la reforestación y obras de suelos, fertilización, protección contra incendios, protección contra plagas y enfermedades, vigilancia, asistencia técnica e incentivo para la reincorporación a la producción forestal los pagará la CONAFOR:
Actividades a ejecutarse
Descripción
Procedencia de recurso
Conservación de suelos y agua
Obras para prevención y corrección
de la erosión de suelos que se
requieran con apoyo del manual de
suelos
Comisión Nacional Forestal
Cercado
Con cuatro hilos de alambre
Reforestación con donación de planta
A una densidad de 800-1,100
plantas por hectárea, que se
establece en la solicitud
Mantenimiento de la reforestación y obras
de suelos
Reposición de planta, deshierbe,
podas y reacondicionamiento de
obras, cercado, brechas corta
fuego, prevención y control de
plagas y vigilancia
Fertilización
Mínimo dos dosis por año
Protección contra incendios forestales
Apertura y limpia de brechas
cortafuego con tres metros de
ancho
Protección contra plagas y enfermedades
Prevención y control de plagas y
enfermedades
Vigilancia
Recorridos permanentes de
monitoreo
Asistencia técnica
Capacitación, seguimiento técnico,
conclusión y finiquito
Incentivo para la reincorporación a la
producción forestal
Reconversión de terrenos de
cultivos principalmente de papa,
avena y chícharo y terrenos de uso
forestal que se incorporen al
programa
 
·  El concepto de reincorporación a la producción forestal es el pago por la recuperación del suelo
forestal, en sustitución principalmente de las actividades agropecuarias y para terrenos de uso forestal que se integran a este programa.
·  La reincorporación a la producción forestal se realizará en el año de establecimiento y por otros tres años cuando se mantenga una sobrevivencia de la reforestación mayor al 70%, la cual se verifica contra la densidad original mínima de 800 a 1,100 árboles por hectárea para restauración forestal.
e)    Los montos de las ministraciones se calculan y se realizan conforme a la superficie y actividades asignadas para cada proyecto y beneficiario en los porcentajes señalados.
·  No se pagarán las actividades que no se realicen o se ejecuten incorrectamente.
f)     Para apoyar los resultados del programa, los beneficiarios realizarán actividades elementales de prevención de incendios forestales cuyo riesgo se reduce principalmente mediante el control de material combustible, empleando brechas corta-fuego y vigilancia.
g)    Durante la ejecución de los proyectos no se deberá eliminar la vegetación secundaria presente en los predios y se deberá tomar en cuenta durante la dictaminación el cumplimiento de la cobertura mínima establecida en las Reglas de Operación.
h)    Las actividades de acondicionamiento de suelos para el establecimiento de la reforestación, así como las actividades de obras de conservación de suelos, cercado, protección contra incendios forestales, protección contra plagas y enfermedades cuando se presenten, se establecerán a partir de la firma de convenio.
i)     La reforestación se realizará dentro del periodo óptimo de plantación para cada estado, publicado en página web de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, previo se deben realizar los trabajos de conservación de suelos.
j)     Para realizar las actividades aquí apoyadas, se deberán tomar en cuenta los manuales técnicos, tales como: prácticas de reforestación, manual básico, y protección, restauración y conservación de suelos forestales, así como la demás información técnica del tema contenida en la página de la CONAFOR.
k)    De conformidad la CONAFOR aportará únicamente hasta el 70% del monto total del proyecto y el 30% restante será aportado por la persona que resulte beneficiaria, en efectivo o en especie, con jornales, materiales, equipos o herramientas, que tengan disponibles y sean de utilidad en la ejecución del proyecto.
4.   Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas en solicitar apoyos de la modalidad RF.7.1 Restauración forestal, deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos dentro de los plazos siguientes:
Actividad
Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo.
A partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y estará abierta hasta alcanzar la meta o agotar el presupuesto.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y documentación faltante que sea requerida por CONAFOR.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la notificación de la información o documentación faltante realizada por la CONAFOR.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la recepción completa de los requisitos para solicitar apoyos.
Asignación de los apoyos para una o un conjunto de solicitudes.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente al término de la dictaminación de las solicitudes de apoyo.
Publicación de resultados de asignación de apoyos en la página de la CONAFOR.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación entre la persona beneficiaria y la CONAFOR.
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la publicación de resultados.
Entrega de recursos de la primera ministración (pago inicial).
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la firma del convenio de concertación.
Ejecución y entrega de apoyos subsiguientes
Conforme al programa de trabajo de la CONAFOR y a lo establecido en el convenio de concertación y contra entrega de informes de avances físicos, entrega de obra y sobrevivencia.
Pago final del apoyo
Contra entrega del informe final gráfico y escrito de la persona beneficiaria y dictamen de conclusión de obra o proyecto (Anexo B- RF.7).
 
5.    Recepción de solicitudes:
La recepción de las solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017. Las personas solicitantes deberán entregar su solicitud de apoyo en las oficina de la Gerencia Estatal de la CONAFOR del Estado de México, ubicada en Kilómetro 53, Carretera México-Toluca, Colonia Los Patos, C.P. 52000, Lerma de Villada, de 9:00 a 18:00 horas, en días hábiles. La recepción de solicitudes y documentos por parte de la CONAFOR no garantiza la asignación de apoyos.
6.    Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR en Estado de México, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2017.
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a su disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
7.    Quejas y denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
 
CONVOCATORIA ESPECFICA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DE LA MODALIDAD
RF.7.2 RECONVERSIN PRODUCTIVA, DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017
La Comisión Nacional Forestal, a través de la Gerencia de Restauración Forestal y la Gerencia Estatal de la CONAFOR en el Estado de México, así como el Gobierno del Estado de México, a través del Organismo Público Descentralizado "Protectora de Bosques del Estado de México" (PROBOSQUE), convocan a los sujetos elegibles que se señalan a continuación, a presentar propuestas de proyectos técnicos, con el fin de obtener recursos para realizar proyectos especiales de conservación y restauración forestal del Nevado de Toluca, conforme a lo siguiente:
1.     Personas solicitantes: Son elegibles para obtener los apoyos las personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades) que propongan la realización de actividades de conservación y restauración forestal, que compitan con los cultivos y actividades agropecuarias, suscritos a los terrenos forestales o preferentemente forestales, cuya ejecución sea factible técnica, social y económicamente en el Área de Protección de Flora y Fauna "Nevado de Toluca" a partir de la cota 2,700 a 3,300 metros sobre el nivel del mar, en los terrenos forestales o preferentemente forestales en los municipios de Almoloya de Juárez, Calimaya, Toluca, Tenango del Valle, Zinacantepec, Amanalco, Temascaltepec, Coatepec Harinas, Villa Guerrero, Texcaltitlán y Villa Victoria.
2.     Apoyos a solicitar: Los interesados ubicados en el Área de Protección de Flora y Fauna "Nevado de Toluca" podrán solicitar apoyos para la modalidad RF.7.2 Reconversión productiva y se deberán realizar las siguientes actividades:
Concepto
Modalidad
Monto máximo
por actividad/
ha ($ pesos)
Actividad
Persona
beneficiaria
Número
máximo de
apoyos
RF.7 Restauración en
zonas de alta prioridad
RF.7.2 Reconversión
productiva
35,000
Incentivo para la
reincorporación a la
producción forestal.
1 apoyo
5,000
Plantaciones forestales
comerciales.
5,600
Programa de reforestación y
restauración integral de
microcuencas (PRORRIM).
1,500
Pago por servicios
ambientales hidrológicos
TOTAL
47,100
 
 
 
I.     Los solicitantes deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 19 de las Reglas de Operación publicadas en la página de la CONAFOR.
II.     La superficie mínima a apoyar es de 1 hectárea y como máximo se apoyarán 150 hectáreas.
3.    Características de los apoyos:
a)    Las actividades y apoyos serán determinados de acuerdo a las necesidades de cada predio y conforme al dictamen de factibilidad que realice el personal técnico de la CONAFOR.
b)    La entrega de los recursos se realizará de conformidad a lo siguiente:
·  El pago correspondiente al primer año se realizará en dos parcialidades:
    70% dentro de los 10 días hábiles siguientes a partir de la firma del convenio de concertación; y
    30% dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega del aviso de conclusión, el informe final gráfico y escrito, y el dictamen de conclusión de obra o proyecto (Anexo B- RF.7).
·  Para obtener el pago correspondiente al primer año, la persona beneficiaria deberá entregar por escrito y en formato libre el informe de actividades, para que la CONAFOR dentro de 10 días hábiles siguientes a la entrega del informe, realice la supervisión de avances y la correcta ejecución de las actividades apoyadas (Anexo A- RF.7).
·  Los pagos correspondientes a los años 2018, 2019, 2020 y 2021, respectivamente, se realizarán anualmente, al 100% y en una sola exhibición, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la verificación que realice la CONAFOR de la correcta ejecución de las actividades apoyadas, de conformidad con lo señalado en la presente convocatoria.
c)    La planta para la reforestación se proporcionará a través del Gobierno del Estado de México, de la producción de planta que este realice en colaboración con la CONAFOR.
·  El pago de los montos correspondientes a las actividades del Programa de Reforestación y Restauración Integral de Microcuencas (PRORRIM), Plantaciones Forestales Comerciales (PFC), así como el Pago por Servicios Ambientales Hidrológicos, los realizará el Gobierno del Estado
de México; y el incentivo para la reincorporación a la producción forestal los pagará la CONAFOR, conforme a siguiente tabla:
Actividad
Descripción
Procedencia de recurso
Incentivo para la reincorporación a la
producción forestal
Reconversión de terrenos agrícola con
cultivos principalmente de papa, avena
y chícharo.
Comisión Nacional Forestal
Plantaciones forestales comerciales
Incluye acondicionamiento de terreno y
establecimiento de la plantación.
Gobierno del Estado de México
Programa de reforestación y
restauración integral de microcuencas
(PRORRIM)
Mantenimiento, deshierbes, podas
vigilancia.
Pago por servicios ambientales
hidrólogicos
Apoyo para conservar los ecosistemas,
para mantener los ciclos hidrológicos y
otros beneficios relacionados con la
recarga de acuíferos y evitar la erosión
del suelo.
 
·  El concepto de incentivo para la reincorporación a la producción forestal es el pago por la recuperación del suelo forestal, en sustitución principalmente de las actividades agropecuarias y para terrenos de uso forestal que se integran a este programa.
·  El incentivo a la reincorporación a la producción forestal se realizará en el año de establecimiento y por otros 4 años cuando se mantenga una sobrevivencia de la reforestación mayor al 70%, la cual se verifica contra la densidad original mínima de 1,100 a 2,500 árboles por hectárea para reforestaciones comerciales.
d)    Los montos de las ministraciones se calculan y se realizan conforme a la superficie y actividades asignadas para cada proyecto y beneficiario en los porcentajes señalados.
·  No se pagarán las actividades que no se realicen o se ejecuten incorrectamente.
e)    Para apoyar los resultados del programa, los beneficiarios realizarán actividades elementales de prevención de incendios forestales cuyo riesgo se reduce principalmente mediante el control de material combustible, empleando brechas corta-fuego y vigilancia.
f)     Durante la ejecución de los proyectos no se deberá eliminar la vegetación secundaria presente en los predios y se deberá tomar en cuenta durante la dictaminación el cumplimiento de la cobertura mínima establecida en las Reglas de Operación.
g)    Las actividades de acondicionamiento de suelos y protección en la reconversión productiva, así como las actividades de obras de conservación de suelos, protección contra incendios forestales, protección contra plagas y enfermedades cuando se presenten, se establecerán desde enero y deberán concluirse idealmente en el mes de mayo.
h)    La reforestación se realizará dentro del periodo óptimo de plantación para cada estado, publicado en página web de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, previo se deben realizar los trabajos de conservación de suelos.
i)     Para realizar las actividades aquí apoyadas, se deberán tomar en cuenta los manuales técnicos, tales como: Prácticas de reforestación, Manual básico, y Protección, restauración y conservación de suelos forestales, así como la demás información técnica del tema contenida en la página de internet de la CONAFOR.
j)     La persona que resulte beneficiaria deberá realizar una aportación en especie equivalente al 30% del monto total del apoyo, con jornales, materiales, equipos o herramientas para la ejecución de las actividades apoyadas.
4.    Plazos para la recepción y asignación de apoyos:
Las personas interesadas en solicitar apoyos de la modalidad RF.7.2 Reconversión productiva, deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, sus Anexos y lo señalado en el numeral 2 de la presente convocatoria, dentro de los plazos siguientes:
Actividad
Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo.
A partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y estará abierta hasta alcanzar la meta o agotar el presupuesto.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y documentación faltante que sea requerida por CONAFOR.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la notificación de la información o documentación faltante realizada por la CONAFOR.
Emisión de dictámenes de factibilidad
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la recepción completa de los requisitos para solicitar apoyos.
Asignación de los apoyos para una o un conjunto de solicitudes.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente al término de la dictaminación de las solicitudes de apoyo.
Publicación de resultados de asignación de apoyos en la página de la CONAFOR.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma de convenio de concertación entre la persona beneficiaria y la CONAFOR.
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la publicación de resultados.
Entrega de recursos de la primera ministración (pago inicial).
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la firma del convenio de concertación.
Ejecución y entrega de recursos subsiguientes
Conforme al programa de trabajo de la CONAFOR y a lo establecido en el convenio de concertación y contra entrega de informes de avances físicos, entrega de obra y sobrevivencia.
Pago final o última ministración.
Contra entrega del informe final gráfico y escrito de la persona beneficiaria y dictamen de conclusión de obra o proyecto (Anexo B- RF.7).
 
5.    Recepción de solicitudes:
La recepción de las solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Las personas solicitantes deberán entregar su solicitud de apoyo en las oficina de la Gerencia Estatal de la CONAFOR del Estado de México, ubicada en Kilómetro 53, Carretera México-Toluca, Colonia Los Patos, C.P. 52000, Lerma de Villada, de 9:00 a 18:00 horas, en días hábiles.
De igual manera, en las oficinas de PROBOSQUE, ubicadas en Rancho Guadalupe S/N, Av. Estado de México y Blvd. José María Morelos Bicentenario, Colonia Conjunto SEDAGRO, municipio de Metepec, en horarios de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 horas, en días hábiles.
La recepción de solicitudes y documentos por parte de la CONAFOR no garantiza la asignación de apoyos.
6.    Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR en Estado de México, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2017.
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a su disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
7.    Quejas y denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por
partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA ESPECFICA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS PARA EL
CONCEPTO DC.6 BECAS PARA ALUMNOS EN SISTEMA EDUCATIVO CECFOR DEL PROGRAMA
NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017
1.     Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos los/las alumnos/as de los Centros de Educación y Capacitación Forestal (CECFOR) que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos.
2.     Apoyos a solicitar: Las y los alumnos de los CECFOR podrán solicitar apoyos de acuerdo a la siguiente tabla:
Componente II: Gobernanza y Desarrollo de capacidades
Concepto
Modalidad
Monto máximo
($)
 
Persona beneficiaria
 
Número máximo de apoyos
DC.6 Becas para alumnos en Sistema
educativo CECFOR
No aplica
24,000
 
1
 
3.     Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las y los alumnos interesados en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos, en las plazos siguientes:
Actividad
Plazo
Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyos
Dentro de los 25 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
Asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 2 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la asignación de apoyos.
 
4.     Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017. Las solicitudes y documentos de las y los alumnos interesados se recibirán en los Centros de Educación y Capacitación Forestal de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles, con domicilio en:
 
·  Centro de Educación y Capacitación Forestal #1, ubicado en Paseo de la Revolución #02, Col. Emiliano Zapata, Uruapan, Michoacán. C.P. 60180.
·  Centro de Educación y Capacitación Forestal #2, ubicado en Av. Forestal S/N, Santa María Atzompa, Col. Foresta. Oaxaca. C.P. 71220.
·  Centro de Educación y Capacitación Forestal #3, ubicado en Blvd. Emilio Arizpe de la Maza #3291, Col. Villas de San Lorenzo, Saltillo, Coahuila. C.P. 25070.
·  Centro de Educación y Capacitación Forestal #4, ubicado en Kilometro 4.5 Carretera al Palmar, Rancho "La Luisa" Tezonapa, Veracruz, C.P. 95096.
       La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que la persona interesada resulte beneficiaria.
       En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias específicas para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 18 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
5.    Aspectos generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, y en los Centros de Educación y Capacitación Forestal.
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a su disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
6.    Quejas y denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA REGIONAL PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DEL PROGRAMA
NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017 EN ÁREAS DE ACCIN REDD+ DEL ESTADO DE JALISCO
1. Solicitantes:
Son elegibles para obtener los apoyos que otorga la CONAFOR del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, las personas físicas, morales y jurídico-colectivas que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar:
Las personas interesadas ubicadas en las áreas elegibles, definidas por la CONAFOR, en las Áreas de Acción REDD+ del Estado de Jalisco, publicadas en la página de internet de la CONAFOR (www.gob.mx/conafor), podrán solicitar apoyos de los conceptos y modalidades de apoyo siguientes:
Componente I. Estudios y Proyectos
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
EP.1 Estudios
técnicos
forestales
EP.1.1 Programa de
manejo forestal
maderable
683,000 para predios
de hasta 5000 ha.
4,283,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
15
Registro Forestal
Nacional
EP.1.4 Documento
técnico unificado de
aprovechamiento forestal
maderable
888,000 para predios
de hasta 5000 ha.
5,568,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
10
Registro Forestal
Nacional
 
Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
DC.2 Seminarios de
comunidad a
comunidad
No aplica
85,000
 
1
 
No aplica
Comunidad Instructora
DC.4 Promotor/a
forestal comunitario
No aplica
180,000
 
1
 
No aplica
No aplica
DC.5 Cursos y talleres
de capacitación.
DC.5.1 Desarrollo
de capacidades
gerenciales
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.5.2. Desarrollo
de capacidades
técnicas
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.7 Proyectos de
fortalecimiento de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
No aplica
1,500,000
para OSSF Nacionales
y 700,000 para OSSF
Estatales y Regionales
 
1
 
No aplica
Fortalecimiento del
Capital social
DC.8 Proyectos de
alcance regional de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
DC.8.1 Estudios
regionales para
apoyar el manejo
forestal
sustentable.
500,000 por proyecto
 
2
 
1
No aplica
 
Componente III. Restauración Forestal y Reconversión Productiva
Concepto
Modalidad
Monto máximo
($/hectáreas
kilómetro)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo
de apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Hectáreas
Capacidad
Técnica
Certificada
 
 
Requerida
RF.6 Sistemas
agroforestales
No aplica
4,772
 
2 apoyos
diferentes en
distintos polígonos
 
No aplica
1,000
Reforestación y
suelos
 
Componente IV. Silvicultura, Abasto y Transformación
Concepto
Modalidad
Monto máximo
($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo
de apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
SAT.1 Cultivo
forestal y manejo
del hábitat
No aplica
Maderable
900,000
Vida Silvestre
200,000
 
Maderable 3
Vida Silvestre 1
 
No aplica
Para maderable
Registro Forestal
Nacional
Para vida silvestre:
Silvicultura Unidad 01 o
Registro Forestal
Nacional
SAT.4 Certificación
forestal
SAT.4.1 Auditoría técnica
preventiva
240,000
 
2
 
3 Persona
física y
5 Persona
moral
Auditor Técnico
Forestal autorizado por
la CONAFOR
SAT.4.2 Certificación
forestal nacional y/o
internacional
240,000
 
2
 
No aplica
No aplica
SAT.5
Fortalecimiento de
los procesos de
transformación y
comercialización
SAT.5.1 Inversión para el
comercio y la industria
forestal
6, 500,000 para
equipamiento y
modernización.
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA, FND
o Silvicultura Unidad 02
20,000,000 para
proyectos de
interés
estratégico
nacional
 
1
 
1 persona
moral
 
SAT.5.2 Apoyo a la
administración,
producción y
comercialización
200,000
 
1
 
2
No aplica
SAT.5.4 Formación de la
empresa o integración de
la cadena productiva
forestal
350,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva o
Certificado FIRA, FND
SAT. 6 Proyectos
productivos
forestales para
mujeres
No aplica
2,000,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA, FND
o Silvicultura Unidad 02
 
Componente V. Servicios Ambientales
Concepto
Modalidad
Monto máximo $/
hectárea/año
 
Persona
beneficia
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
SA.1
Pago por
Servicios
Ambientales
SA.1.1 Servicios
ambientales hidrológicos
1,100
 
1
 
No aplica
Servicios ambientales
SA.1.2 Conservación de
la Biodiversidad
700
 
 
 
3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y en sus respectivos Anexos, en los plazos siguientes:
Actividad
Términos o Plazos
Recepción de documentación, información y solicitudes de apoyos
Para todos los apoyos, excepto los del Componente V. Servicios Ambientales, dentro de los 25 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Para el Componente V. Servicios Ambientales dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y/o documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil a la recepción de la notificación de la documentación o información faltante.
Emisión de los dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos
Para todos los conceptos y modalidades de apoyo, con excepción del concepto RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 40 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo.
Para el concepto de apoyo RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 25 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 3 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma del Convenio de Concertación
Dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de resultados.
 
4. Recepción de solicitudes:
La recepción de solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, conforme a las alternativas señaladas en el artículo 20 de dichas Reglas. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas receptoras de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles. La CONAFOR no recibirá información y documentación fuera de los plazos y formas establecidas en esta convocatoria.
 
En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 18 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
5. Oficinas Receptoras:
En la Gerencia Estatal de la CONAFOR en Jalisco, ubicada en Prolongación Av. Parres Arias No. 744, Fraccionamiento, Bosques del Centinela, C.P. 45130, Zapopan, Jalisco., con número telefónico (01 33) 3110 18 28 y (01 33) 3110 06 93. Asimismo, se podrán recibir solicitudes en las oficinas receptoras que para tal efecto habilite la referida Gerencia Estatal, quien difundirá las direcciones de recepción en sus instalaciones. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el/la interesado/a resulte beneficiario/a.
6. Ejecución de los apoyos:
La prelación, resolución y ejecución de los conceptos de apoyo descritos en el numeral 2, se deberá realizar de conformidad con las Reglas de Operación, anexos técnicos y los términos de referencia según corresponda la modalidad o el concepto de apoyo solicitado.
7. Aspectos Generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2017.
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
8. Quejas y Denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA REGIONAL PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DEL PROGRAMA
NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017 EN ÁREAS DE ACCIN REDD+ DEL ESTADO DE CHIAPAS
1. Solicitantes:
Son elegibles para obtener los apoyos que otorga la CONAFOR del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, las personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades), que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos,
señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar:
Las personas interesadas ubicadas en las áreas elegibles, definidas por la CONAFOR, en las Áreas de Acción REDD+ del Estado de Chiapas, publicadas en la página de internet de la CONAFOR (www.gob.mx/conafor), podrán solicitar apoyos de los conceptos y modalidades de apoyo siguientes:
Componente I. Estudios y Proyectos
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
EP.1
Estudios
técnicos
forestales
EP.1.1 Programa de manejo
forestal maderable
683,000 para predios
de hasta 5000 ha.
4,283,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
15
Registro Forestal
Nacional
EP.1.2 Manifestación de
impacto ambiental particular
270,000
 
1
 
10
Estudios Forestales
EP.1.3 Estudio técnico para el
aprovechamiento de recursos
forestales no maderables
250,000
 
1
 
15
Registro Forestal
Nacional
EP.1.4 Documento técnico
unificado de aprovechamiento
forestal maderable
888,000 para predios
de hasta 5000 ha.
5,568,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
10
Registro Forestal
Nacional
 
Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
DC.2 Seminarios de
comunidad a
comunidad
No aplica
85,000
 
1
 
No aplica
Comunidad Instructora
DC.4 Promotor/a
forestal comunitario
No aplica
180,000
 
1
 
No aplica
No aplica
DC.5 Cursos y talleres
de capacitación.
DC.5.1 Desarrollo de
capacidades
gerenciales
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.5.2. Desarrollo de
capacidades técnicas
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.7 Proyectos de
fortalecimiento de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
No aplica
1,500,000
para OSSF
Nacionales y 700,000
para OSSF Estatales
y Regionales
 
1
 
No aplica
Fortalecimiento del
Capital social
DC.8 Proyectos de
alcance regional de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
DC.8.1 Estudios
regionales para
apoyar el manejo
forestal sustentable.
500,000 por proyecto
 
2
 
1
No aplica
 
Componente III. Restauración Forestal y Reconversión Productiva
Concepto
Modalidad
Monto máximo
($/hectárea o
kilómetro)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo
de apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Hectáreas
Capacidad
Técnica
Certificada
 
 
Requerida
RF.6 Sistemas
agroforestales
No aplica
4,772
 
2 apoyos
diferentes en
distintos polígonos
 
No aplica
1,000
Reforestación y
suelos
 
Componente IV. Silvicultura, Abasto y Transformación
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
SAT.1 Cultivo
forestal y manejo
del hábitat
No aplica
No maderable
300,000
Vida Silvestre
200,000
 
No maderable 3
Vida Silvestre 1
 
No aplica
Para No maderable
Registro Forestal
Nacional
Para vida silvestre:
Silvicultura Unidad 01 o
Registro Forestal
Nacional
SAT.4 Certificación
forestal
SAT.4.1 Auditoría técnica
preventiva
240,000
 
2
 
3 Persona
física y
5 Persona
moral
Auditor Técnico
Forestal autorizado por
la CONAFOR
SAT.4.2 Certificación
forestal nacional y/o
internacional
240,000
 
2
 
No aplica
No aplica
SAT.5
Fortalecimiento de
los procesos de
transformación y
comercialización
SAT.5.1 Inversión para el
comercio y la industria
forestal
6, 500,000 para
equipamiento y
modernización.
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA, FND
o Silvicultura Unidad 02
20,000,000 para
proyectos de
interés estratégico
nacional
 
1
 
1 persona
moral
 
SAT.5.2 Apoyo a la
administración,
producción y
comercialización
200,000
 
1
 
2
No aplica
SAT.5.4 Formación de la
empresa o integración de
la cadena productiva
forestal
350,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva o
Certificado FIRA, FND
SAT. 6 Proyectos
productivos
forestales para
mujeres
No aplica
2,000,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA, FND
o Silvicultura Unidad 02
 
Componente V. Servicios Ambientales
Concepto
Modalidad
Monto
máximo
$/hectárea/
año
 
Persona beneficia
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo de
apoyos
 
Número máximo
de apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
SA.1
Pago por
Servicios
Ambientales
SA.1.1 Servicios
ambientales hidrológicos
1,100
 
1
 
No aplica
Servicios ambientales
SA.1.2 Conservación de
la Biodiversidad
700
 
 
 
3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos:
Las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y en sus respectivos Anexos, en los plazos siguientes:
Actividad
Plazos
Recepción de documentación, información y solicitudes de apoyos
Para todos los apoyos excepto los del Componente V. Servicios Ambientales: dentro de los 25 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Para el Componente V. Servicios Ambientales: dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y/o documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil a la recepción de la notificación de la documentación o información faltante.
Emisión de los dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos
Para todos los conceptos y modalidades de apoyo, con excepción del concepto RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 40 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo.
Para el concepto de apoyo RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 25 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 3 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma del Convenio de Concertación
Dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de resultados.
 
4. Recepción de solicitudes:
La recepción de solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, conforme a las alternativas señaladas en el artículo 20 de dichas Reglas. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas receptoras de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles. La CONAFOR no recibirá información y documentación fuera de los plazos y formas establecidas en esta convocatoria.
En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias regionales para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 18 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
5. Oficinas Receptoras:
En la Gerencia Estatal de la CONAFOR en Chiapas, ubicada en Prolongación de la 11 Oriente Norte s/n; Col. Centro, Interior del Vivero, Francisco I. Madero; Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. C.P. 29000, con número telefónico (01 961) 6132148 y (01 961) 6120870. Asimismo, se podrán recibir solicitudes en las oficinas receptoras que para tal efecto habiliten la referida Gerencia Estatal, quien difundirá las direcciones de recepción en sus instalaciones. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el/la interesado/a resulte beneficiario/a.
6. Ejecución de los apoyos:
La prelación, resolución y ejecución de los conceptos de apoyo descritos en el numeral 2, se deberá realizar de conformidad con las reglas de operación, anexos técnicos y los términos de referencia según corresponda la modalidad o el concepto de apoyo solicitado.
 
7. Aspectos Generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2017.
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
8. Quejas y Denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
CONVOCATORIA REGIONAL PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIN DE APOYOS DEL PROGRAMA
NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017 EN ÁREAS DE ACCIN REDD+ DE LA PENNSULA DE
YUCATÁN
1. Solicitantes:
Son elegibles para obtener los apoyos que otorga la CONAFOR del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, las personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades), que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar:
Las personas interesadas ubicadas en las áreas elegibles, definidas por la CONAFOR, en las Áreas de Acción REDD+ de los Estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, publicadas en la página de internet de la CONAFOR (www.gob.mx/conafor), podrán solicitar apoyos de los conceptos y modalidades de apoyo siguientes:
Componente I. Estudios y Proyectos
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
EP.1 Estudios
técnicos
forestales
EP.1.1 Programa de
manejo forestal
maderable
683,000 para predios
de hasta 5000 ha.
4,283,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
15
Registro Forestal
Nacional
EP.1.4 Documento
técnico unificado de
aprovechamiento forestal
maderable
888,000 para predios
de hasta 5000 ha.
5,568,000 para predios
mayores de 5000 ha.
 
1
 
10
Registro Forestal
Nacional
 
Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número
máximo de
apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
DC.2 Seminarios de
comunidad a
comunidad
No aplica
85,000
 
1
 
No aplica
Comunidad Instructora
DC.4 Promotor/a
forestal comunitario
No aplica
180,000
 
1
 
No aplica
No aplica
DC.5 Cursos y talleres
de capacitación
DC.5.1 Desarrollo de
capacidades
gerenciales
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.5.2. Desarrollo de
capacidades técnicas
80,000
 
1
 
7
Fortalecimiento del
capital humano
DC.7 Proyectos de
fortalecimiento de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
No aplica
1,500,000
para OSSF
Nacionales y 700,000
para OSSF Estatales
y Regionales
 
1
 
No aplica
Fortalecimiento del
Capital social
DC.8 Proyectos de
alcance regional de las
organizaciones
sociales del sector
forestal
DC.8.1 Estudios
regionales para
apoyar el manejo
forestal sustentable.
500,000 por proyecto
 
2
 
1
No aplica
 
Componente III. Restauración Forestal y Reconversión Productiva
Concepto
Modalidad
Monto
máximo
($/hectárea
o kilómetro)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo
de apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Hectáreas
Capacidad
Técnica
Certificada
 
 
Requerida
RF.6 Sistemas
agroforestales
No aplica
4,772
 
2 apoyos
diferentes en
distintos polígonos
 
No aplica
1,000
Reforestación y
suelos
 
Componente IV. Silvicultura, Abasto y Transformación
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
 
Persona
beneficiaria
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo
de apoyos
 
Número
máximo de
apoyos
Capacidad Técnica
Certificada
requerida
SAT.1 Cultivo
forestal y manejo del
hábitat
No aplica
Maderable 900,000
Vida Silvestre
200,000
 
Maderable 3
Vida Silvestre 1
 
No aplica
Para maderable:
Registro Forestal
Nacional
Para vida Silvestre:
Silvicultura Unidad
01 o Registro
Forestal Nacional
SAT.4 Certificación
forestal
SAT.4.1 Auditoría
técnica preventiva
240,000
 
2
 
3 Persona
física y
5 Persona
moral
Auditor Técnico
Forestal autorizado
por la CONAFOR
SAT.4.2 Certificación
forestal nacional y/o
internacional
240,000
 
2
 
No aplica
No aplica
SAT.4.3 Certificación
de la cadena de
custodia
105,000
 
1 para certificación
1 para refrendo
1 para promoción
1 para sistema de
gestión o sistema
documentado de
control
 
No aplica
No aplica
SAT.5
Fortalecimiento de
los procesos de
transformación y
comercialización
SAT.5.1 Inversión
para el comercio y la
industria
forestal
6, 500,000 para
equipamiento y
modernización.
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA,
FND o Silvicultura
Unidad 02
20,000,000 para
proyectos de
interés estratégico
nacional
 
1
 
1 persona
moral
SAT.5.2
Apoyo a la
administración,
producción y
comercialización
200,000
 
1
 
2
No aplica
 
SAT.5.4 Formación
de la empresa o
integración de la
cadena productiva
forestal
350,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva o
Certificado FIRA,
FND
SAT. 6 Proyectos
productivos
forestales para
mujeres
No aplica
2,000,000
 
1
 
2 Persona
Física y 4
Persona
Moral
Desarrollo de la
Cadena Productiva,
Certificado FIRA,
FND o Silvicultura
Unidad 02
 
Componente V. Servicios Ambientales
Concepto
Modalidad
Monto
máximo
$/hectárea/
año
 
Persona beneficia
 
Asistencia Técnica Certificada
 
Número máximo de
apoyos
 
Número máximo
de apoyos
Capacidad Técnica
Certificada requerida
SA.1
Pago por
Servicios
Ambientales
SA.1.1 Servicios
ambientales hidrológicos
1,100
 
1
 
No aplica
Servicios ambientales
SA.1.2 Conservación de
la Biodiversidad
700
 
 
 
 
3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos:
Las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo19 y 20 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y en sus respectivos Anexos, en los plazos siguientes:
Actividad
Términos o Plazos
Recepción de documentación, información y solicitudes de apoyos
Para todos los apoyos excepto los del Componente V. Servicios Ambientales: dentro de los 25 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Para el Componente V. Servicios Ambientales: dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y/o documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil a la recepción de la notificación de la documentación o información faltante.
Emisión de los dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos
Para todos los conceptos y modalidades de apoyo, con excepción del concepto RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 40 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo.
Para el concepto de apoyo RF.6 Sistemas agroforestales, dentro de los 25 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 3 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la asignación de apoyos.
Firma del Convenio de Concertación
Dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de resultados.
 
4. Recepción de solicitudes:
La recepción de solicitudes inicia a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, conforme a las alternativas señaladas en el artículo 20 de dichas Reglas. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas receptoras de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles. La CONAFOR no recibirá información y documentación fuera de los plazos y formas establecidas en esta convocatoria.
En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 18 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
5. Oficinas Receptoras:
·  Gerencia Estatal de la CONAFOR en Campeche, ubicada en Calle Salvador s/n, entre calle Costa rica y Querétaro, Barrio Santa Ana. CP 24050, Campeche, Campeche, con número telefónico ( 981) 816 3058 y (981) 816 3094.
·  Gerencia Estatal de la CONAFOR en Quintana Roo, Antigua Carretera a Sta. Elena Km. 2.5, Col. Industrial (Frente a la Col. Fovissste 5ta. Etapa) C.P. 77000, Chetumal, Quintana Roo, con número telefónico (983) 833 3120 y (983) 285 35 70.
·  Gerencia Estatal de la CONAFOR en Yucatán, Calle 13 #129, (Por Calle 28) y Prol. Paseo de Montejo, Col. México Norte, C.P. 97128, Mérida, Yucatán, con número telefónico (999) 948 4864 y (999) 948 4866.
Asimismo, se podrán recibir solicitudes en las oficinas receptoras que para tal efecto habiliten las referidas Gerencias Estatales, quienes difundirán las direcciones de recepción en sus instalaciones. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el/la interesado/a resulte beneficiario/a.
6.    Ejecución de los apoyos:
La prelación, resolución y ejecución de los conceptos de apoyo descritos en el numeral 2, se deberá realizar de conformidad con las reglas de operación, anexos técnicos y los términos de referencia según corresponda la modalidad o el concepto de apoyo solicitado.
7.    Aspectos Generales:
·  Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR www.gob.mx/conafor, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales
de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2017;
·  De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
8. Quejas y Denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:
·  El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
·  La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
·  Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
ANEXO 3. SOLICITUD NICA
 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 4. FORMATOS TCNICOS COMPLEMENTARIOS
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 

 

 
 

 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 5. CONVENIOS
CONVENIO DE CONCERTACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIN NACIONAL FORESTAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CONAFOR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ___________________________________________, EN SU CARÁCTER DE GERENTE ESTATAL DE ____________________, Y POR LA OTRA:
(Llene el inciso que le corresponda)
A) PERSONAS FSICAS: EL O LA C.____________________________________________________.
B) EJIDOS O COMUNIDADES AGRARIAS: EL EJIDO ( ) LA COMUNIDAD ( ) DENOMINADO(A) ____________________________________________, REPRESENTADO(A) POR ___________________________________________, __________________________________________, Y
_____________________________________, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE(A), SECRETARIO(A) Y TESORERO(A) DEL COMISARIADO EJIDAL O DE BIENES COMUNALES, RESPECTIVAMENTE.
C) PUEBLOS O COMUNIDADES INDGENAS: EL PUEBLO ( ) LA COMUNIDAD ( ) INDGENA DENOMINADA _________________________________________, REPRESENTADO(A) POR _____________________________________________________________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________-_______________________________________.
D) SOCIEDADES O ASOCIACIONES: LA SOCIEDAD ( ) ASOCIACIN ( ) DENOMINADA ________________________________________, REPRESENTADA POR EL O LA C. ________________________________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL.
E) GRUPOS: EL GRUPO DENOMINADO ____________________________________________, INTEGRADO POR LAS O LOS CC. _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, Y REPRESENTADO POR EL O LA C. _________________________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE DEL GRUPO.
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA PERSONA BENEFICIARIA", Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus artículos 25 y 26 que al Estado le corresponde la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea, entre otros objetivos, integral y sustentable, organizando un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.
II.     Asimismo, la Constitución establece en su artículo 27 que la Nación tiene el derecho de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, dictará las medidas necesarias para establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos bosques; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para fomentar la silvicultura y las demás actividades económicas en el medio rural; y para evitar la destrucción de los elementos naturales.
III.    La Nación, al ejercer el derecho de regular y dictar las medidas referidas en el párrafo inmediato anterior, expide la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, como una Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas disposiciones son de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio nacional.
IV.   La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable tiene por objeto, entre otros, fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos; por lo que con fundamento en su artículo 4, se declara de utilidad pública para la Nación la ejecución de las actividades de conservación, protección y restauración de los ecosistemas forestales y sus elementos, así como de las cuencas hidrológico-forestales; y la ejecución de obras destinadas a la conservación, protección y/o generación de bienes y servicios ambientales.
V.    El Estado, para fomentar las actividades antes mencionadas, creó "LA CONAFOR" como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, que conforme al artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se declaran como una área prioritaria del desarrollo, así como participar en la formulación de los planes, programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
VI.   "LA CONAFOR" para contribuir a su objeto, ha diseñado en términos del artículo 27 de la Ley de Planeación, el Programa Nacional Forestal, en lo sucesivo "PRONAFOR", como el instrumento de política pública más importante del Gobierno Federal para impulsar el manejo forestal en el país y mediante el cual se otorgan apoyos sujetos a las Reglas de Operación del Programa Nacional Forestal 2017, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIN", con la finalidad de incorporar superficies forestales y preferentemente forestales a procesos de restauración, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales para mantener e incrementar la provisión de bienes y servicios ambientales.
VII.   "LA CONAFOR" reconoce que la propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde a los ejidos, las comunidades, pueblos y comunidades indígenas, personas físicas o morales, la Federación, los Estados y los Municipios que sean propietarios de los
terrenos donde aquéllos se ubiquen.
VIII.  De ahí, que de conformidad con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, "LA CONAFOR" solicita a través del "PRONAFOR" la participación de los sectores social y privado, para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo del país.
IX.   De acuerdo con los artículos 32 y 37 de la Ley de Planeación, "LA CONAFOR" suscribe el presente instrumento jurídico para inducir y concertar la amplia participación de los diversos grupos sociales y particulares, en la consecución de los objetivos del "PRONAFOR".
X.    En congruencia con los objetivos y estrategias de "LA CONAFOR", el presente convenio de concertación busca la aplicación de los instrumentos de política forestal que promuevan la inducción de acciones de los diversos grupos sociales y de los particulares interesados y la formalización de los subsidios que otorga "LA CONAFOR".
XI.   De conformidad con los artículos 38 y 39 de la Ley de Planeación, el presente convenio de concertación se considera de derecho público y será de cumplimiento obligatorio para "LAS PARTES" que lo celebren, considerándose a las actividades apoyadas por el "PRONAFOR" de utilidad pública e interés social para la Nación.
En virtud de estos antecedentes, "LAS PARTES" manifiestan su conformidad en celebrar el presente convenio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
1. DECLARA "LA CONAFOR", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE:
1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con sede en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, creada bajo la denominación de Comisión Nacional Forestal mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 cuatro de abril de 2001.
1.2 De conformidad con el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
1.3 De acuerdo con las fracciones II y VII del artículo 10 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 05 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el o la C. _____________________, en su carácter de Gerente Estatal en el Estado de _______________, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio.
1.4 Para los efectos del presente convenio señala como domicilio el de la Gerencia Estatal de __________ ubicado en _______________.
2. DECLARA "LA PERSONA BENEFICIARIA", BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE:
2.1 Es: (Llene el inciso que le corresponda)
A) Persona física: una persona física, mexicana, mayor de edad, quien acredita su personalidad con la identificación oficial __________ número _________________, expedida por _______________ y cuenta con la Clave única de Registro de Población (CURP) número _________________.
B) Ejido o Comunidad agraria: un ejido ( ) una comunidad ( ) que acredita su existencia con el documento _____________________________ y está registrado(a) en el Padrón e Historial de Núcleo Agrarios (PHINA) con el número _________________. Sus representantes legales acreditan tal carácter con acta de asamblea de fecha ____________, mediante la cual fueron elegidos los órganos de representación, la cual se encuentra inscrita en el Registro Agrario Nacional. Asimismo, dichos representantes cuentan con los permisos legales necesarios de la asamblea para que en su nombre y representación se obliguen y realicen todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
C) Pueblo o Comunidad indígena: un pueblo ( ) una comunidad ( ) indígena que desciende de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización, que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas, que reconocen y están conscientes de su identidad indígena, y que se encuentran reconocidos por el Estado Mexicano. Con base en sus usos y costumbres, su(s) representante(s) acredita(n) tal carácter con el documento _____________________________ y cuentan con los permisos necesarios del pueblo o la comunidad indígena para que en su nombre y representación se obliguen y realicen todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
D) Sociedad o Asociación: una sociedad ( ) asociación ( ) de nacionalidad mexicana, constituida mediante escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic.
_______________, Notario Público No. ______ de _____municipio/ciudad______, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Tiene por objeto _____________________________. Su representante o apoderado legal, acredita su representación con la escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Notario Público No. ______ de ______ Municipio/Ciudad_____, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Dichas facultades se encuentran vigentes y no le han sido limitadas, modificadas, revocadas o suprimidas.
E) Grupos: un grupo de trabajo denominado _____________, que se ha constituido en los términos de las "REGLAS DE OPERACIN" para solicitar apoyos del "PRONAFOR", cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 18 fracción VIII de las "REGLAS DE OPERACIN". Está integrada por un número de ______ personas físicas, quienes designaron como su representante a _______________________, para que en su nombre y representación realice todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
2.2 Para los efectos del presente convenio "LA PERSONA BENEFICIARIA" señala como domicilio el ubicado en ______________________________________________________________________________.
2.3 En caso de encontrarse obligada a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), declara que su registro es el _______________________; asimismo, declara que no se ubica en los supuestos previstos en las fracciones I al IV del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, lo cual acredita con la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria.
3. DECLARAN "LAS PARTES", QUE:
3.1 Tienen las facultades suficientes para celebrar este tipo de actos jurídicos y manifiestan que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, y precisamente en los términos del presente convenio.
3.2 Firman este convenio de manera voluntaria, libre y responsable, sin que al efecto exista dolo, lesión, error o algún vicio de la voluntad que lo invalide.
3.3 Las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento son producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento.
Hechas las declaraciones que anteceden y a efecto de perfeccionar el presente convenio, "LAS PARTES" se obligan de manera recíproca al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- DEL OBJETO. El objeto del presente convenio consiste en que "LA CONAFOR" otorga un apoyo económico a "LA PERSONA BENEFICIARIA" para que realice las actividades que se establecen en las "REGLAS DE OPERACIN", correspondientes al o los componentes, conceptos y/o modalidades de apoyo por los que resultó beneficiaria, enunciados en el ANEXO 1 del presente convenio.
"LAS PARTES" reconocen que la consecución del presente objeto es de utilidad pública y de interés social para la Nación, y que las actividades apoyadas por el "PRONAFOR" son prioritarias para el desarrollo del país, por lo que darán cumplimiento obligatorio al presente instrumento.
SEGUNDA.- DE LOS APOYOS. Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, "LA CONAFOR", de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, otorga un apoyo económico a "LA PERSONA BENEFICIARIA" por la cantidad total de $__________________ (cantidad con letra 00/100 M.N.) correspondiente al o los montos del o los componentes, conceptos y/o modalidades de apoyo por los que resultó beneficiaria.
El monto asignado a cada componente, concepto y/o modalidad de apoyo deberá ser utilizado únicamente y exclusivamente para ejecutar las actividades correspondientes a dicho componente, concepto o modalidad de apoyo y dentro de la superficie autorizada por "LA CONAFOR".
TERCERA.- DE LA ENTREGA DE LOS RECURSOS ECONMICOS. La cantidad referida en la cláusula que SEGUNDA que antecede será entregada por "LA CONAFOR" en los términos o plazos establecidos en las "REGLAS DE OPERACIN" para cada componente, concepto y/o modalidad de apoyo asignado, a través de transferencias bancarias electrónicas a la cuenta bancaria número _________________ del banco ____________, a nombre de "LA PERSONA BENEFICIARIA".
Las ministraciones de los apoyos se realizarán por "LA CONAFOR" contra la comprobación de la correcta aplicación de los recursos económicos de la ministración anterior y siempre que "LA PERSONA BENEFICIARIA" esté cumpliendo las obligaciones establecidas en el presente convenio y las "REGLAS DE OPERACIN".
Previo a la entrega de los apoyos, "LA PERSONA BENEFICIARIA" proporcionará a "LA CONAFOR" una copia simple y original para cotejo, del estado de cuenta bancaria a su nombre y su CLABE interbancaria, para realizar el depósito de los recursos económicos. Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a suscribir el Anexo 2 del presente convenio, para los efectos señalados en la cláusula VIGSIMA PRIMERA del presente convenio.
 
CUARTA.- DE LAS OBLIGACIONES.
I. "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a:
a)    Destinar la totalidad de los recursos asignados por "LA CONAFOR" a las actividades y fines para los que fueron otorgados, con estricto apego a lo señalado por las "REGLAS DE OPERACIN" y el presente instrumento jurídico;
b)    En su caso, reintegrar a "LA CONAFOR" los recursos que no fueron aplicados al cumplimiento de las actividades y fines para los que le fueron otorgados;
c)    Mantener vigentes los requisitos que dieron origen a su elección como "PERSONA BENEFICIARIA" establecidos en las "REGLAS DE OPERACIN";
d)    Cumplir con las obligaciones y disposiciones establecidas en las "REGLAS DE OPERACIN" y sus Anexos, en los términos de referencia aplicables al componente, concepto y modalidad de apoyo que le fue asignado, mismos que se encuentran publicados en la página de Internet de "LA CONAFOR" y en el presente convenio;
e)    Cumplir sus obligaciones en los plazos y formas establecidas en las "REGLAS DE OPERACIN" y el presente convenio;
f)     Realizar las actividades que establecen las "REGLAS DE OPERACIN" correspondientes al o los componentes, conceptos o modalidades de apoyo que le fueron asignados. Las actividades deberán realizarse dentro del área seleccionada como elegible por "LA CONAFOR" y en los plazos y formas establecidas en las "REGLAS DE OPERACIN";
g)    Contratar la asistencia técnica para la correcta ejecución del apoyo, en los términos establecidos por las "REGLAS DE OPERACIN". Para realizar la contratación, "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a firmar junto con la o el asesor(a) técnico(a) seleccionado el Contrato de prestación de servicios que se encuentra en el Anexo 6 de las "REGLAS DE OPERACIN", mismo que forma parte integrante del presente instrumento jurídico, y a entregar a la suscripción del presente instrumento, una copia simple del referido Contrato de prestación de servicios a "LA CONAFOR";
h)    Realizar el pago de la asistencia técnica a la o el asesor(a) técnico(a) contratado(a), única y exclusivamente por la cantidad establecida en las "REGLAS DE OPERACIN" para dicho concepto;
i)     Permitir las supervisiones del área de seguimiento a que se refiere la cláusula NOVENA del presente instrumento jurídico, para demostrar a "LA CONAFOR" la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones y requisitos que dieron origen a su elección como persona beneficiaria. En aquellos casos en los que no se efectúe la supervisión por parte del área de seguimiento, será responsabilidad de "LA PERSONA BENEFICIARIA" ejecutar el apoyo de acuerdo con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIN";
j)     Conservar en su poder por un periodo mínimo de 5 años los documentos que comprueben los resultados de las actividades realizadas y la aplicación de los recursos otorgados por "LA CONAFOR";
k)    Entregar a "LA CONAFOR" cuando así lo requiera, los documentos que comprueben de manera fehaciente, la ejecución de las actividades apoyadas y la correcta aplicación de los apoyos;
l)     Cumplir con las demás disposiciones técnicas y legales aplicables al componente, concepto o modalidad de apoyo que le fue asignado por "LA CONAFOR".
II. "LA CONAFOR" se obliga a:
a)    Cumplir con las actividades y plazos establecidos en las "REGLAS DE OPERACIN" y en el presente convenio;
b)    Informar y capacitar a "LA PERSONA BENEFICIARIA" sobre los derechos y obligaciones que han adquirido;
c)    Entregar con oportunidad los recursos que hayan sido asignados a "LA PERSONA BENEFICIARIA";
d)    Cumplir las demás obligaciones y disposiciones señaladas en las "REGLAS DE OPERACIN", en el presente convenio y demás normas que le resulten aplicables.
QUINTA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. "LA CONAFOR" otorga a "LA PERSONA BENEFICIARIA" el apoyo señalado en la cláusula SEGUNDA del presente instrumento por el que resultó beneficiada, en virtud de sujetarse a las convocatorias para la asignación de apoyos del "PRONAFOR" anexas a las "REGLAS DE OPERACIN". Por lo tanto, las cantidades otorgadas, así como el desarrollo de las actividades inherentes al o los componentes, conceptos y/o modalidades de apoyo asignados, no constituyen ninguna relación de carácter laboral con "LA CONAFOR", ni obligan al otorgamiento de recursos futuros por cualquier otro concepto distinto del presente apoyo.
El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización de las actividades relacionadas con este acuerdo de voluntades, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y
dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que, no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario. Lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones en la que fue contratada o hacer labores de supervisión o colaboración de los servicios que se realicen.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a sacar en paz y a salvo a "LA CONAFOR" de cualquier reclamación que pudieran hacer sus integrantes o empleados.
SEXTA.- DEL LUGAR DE ACTIVIDADES. Las actividades que se obliga a realizar "LA PERSONA BENEFICIARIA" señaladas en el ANEXO 1 del presente convenio, se desarrollarán en el domicilio _______________, Municipio de __________, Estado de __________, código postal ___________, ubicación que concuerda con el polígono que se anexa al presente instrumento y forma parte integrante del mismo.
SPTIMA.- DEL PLAZO DE EJECUCIN DE ACTIVIDADES. "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a desarrollar las actividades apoyadas en el plazo que establezca las "REGLAS DE OPERACIN", para el componente, concepto y/o modalidad de apoyo por el que resulto beneficiada.
OCTAVA.- DE LAS NOTIFICACIONES. Para recibir todo tipo de notificaciones y comunicaciones relacionadas con el cumplimiento del objeto del presente convenio, "LA PERSONA BENEFICIARIA" señala como domicilio legal el ubicado en ______________, Municipio ___________, Estado _________________, Código Postal _________; teléfono _____________, y correo electrónico _______________.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a recibir en el domicilio señalado en el párrafo anterior todo tipo de notificaciones y a mantenerlo disponible, con personal apto y atento para recibir dichas notificaciones, en un horario de 09:00 a 18:00 horas, durante toda la vigencia del presente convenio.
El incumplimiento a la disposición anterior dará lugar a que "LA CONAFOR" suspenda el pago de las ministraciones pendientes y en caso de que "LA PERSONA BENEFICIARIA" mantenga el incumplimiento, dará lugar a la rescisión del convenio de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial.
Para el caso de que "LA PERSONA BENEFICIARIA" requiera designar un diverso domicilio legal para recibir notificaciones, deberá comunicarlo de manera indubitable a la "LA CONAFOR" en un término máximo de 24 (veinticuatro) horas posteriores al cierre de su domicilio anterior. La falta de notificación del nuevo domicilio designado por "LA PERSONA BENEFICIARIA" dará lugar a que "LA CONAFOR" suspenda el pago de las ministraciones pendientes, y en su caso, a la rescisión de pleno derecho del convenio, sin necesidad de declaración judicial.
NOVENA.- DEL ÁREA DE SEGUIMIENTO. "LA CONAFOR" designa como área de seguimiento al Subgerente Operativo de la Gerencia Estatal del Estado de _________ y a su personal adscrito responsable del componente, concepto y modalidad de apoyo de que se trate, en lo sucesivo "ÁREA DE SEGUIMIENTO", quienes estarán facultados para realizar el seguimiento, la verificación y supervisión de todas las actividades y obligaciones que se deriven del presente convenio.
DCIMA.- DE LA SUPERVISIN. "LA PERSONA BENEFICIARIA" acepta expresamente permitir el ingreso al personal del "ÁREA DE SEGUIMIENTO" al lugar de la ejecución de las actividades apoyadas para comprobar su cumplimiento, la correcta aplicación de los apoyos otorgados, así como el cumplimiento de demás las obligaciones y requisitos que dieron origen a su elección como beneficiaria del "PRONAFOR".
"LAS PARTES" convienen en que la supervisión podrá llevarse a cabo en cualquier momento, sin que medie notificación o aviso previo por parte de "LA CONAFOR".
DCIMA PRIMERA.- DE LA CESIN DE DERECHOS. "LA PERSONA BENEFICIARIA" no podrá ceder los derechos al cobro de los apoyos asignados por "LA CONAFOR", sino única y exclusivamente en los casos de financiamiento que establece el artículo 36 de las "REGLAS DE OPERACIN" y siempre y cuando "LA CONAFOR" otorgue por escrito su consentimiento. Dicha cesión de derechos al cobro no libera a "LA PERSONA BENEFICIARIA" de cumplir con los compromisos derivados del presente convenio.
DCIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO. "LAS PARTES" acuerdan que las causas por las que se considera incumplida a "LA PERSONA BENEFICIARIA", se circunscriben a los siguientes casos:
a)    Falta o pérdida de vigencia de los requisitos necesarios para el otorgamiento del apoyo objeto del presente convenio;
b)    Incumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula CUARTA, fracción I, del presente instrumento;
c)    No se destine la totalidad de los recursos recibidos a las actividades y fines para los que fueron otorgados por "LA CONAFOR";
d)    Se proporcione información o documentación apócrifa a "LA CONAFOR", o bien, se oculten datos esenciales para el otorgamiento o la obtención del pago del apoyo;
 
e)    No se permita la supervisión de las obras o proyectos, no se dé acceso al lugar en que ha de practicarse la supervisión o no se den las facilidades e informes a quienes deban comprobar el cumplimiento de sus obligaciones;
f)     Se contravenga cualquier otra cláusula del presente convenio.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" conviene que en caso de ubicarse en alguna de las causales de incumplimiento antes referidas, no podrá solicitar apoyos a "LA CONAFOR" en tanto subsista el incumplimiento.
DCIMA TERCERA.- DEL REINTEGRO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" acuerdan que en caso de desistimiento o incumplimiento total o parcial de "LA PERSONA BENEFICIARIA" a las cláusulas pactadas en el presente convenio, "LA PERSONA BENEFICIARIA" tendrá la obligación de reintegrar a "LA CONAFOR" los recursos económicos que no fueron aplicados al cumplimiento de las actividades y fines para los que fueron otorgados.
Los recursos económicos que deban reintegrarse a "LA CONAFOR" se depositarán dentro de un plazo de 10 diez días naturales contados a partir del incumplimiento o aceptación del desistimiento por parte de "LA CONAFOR", depositándose en la cuenta bancaria número CEP52181 a nombre de FID BANORTE 744792 BNT MEX BANCO MERCANTIL DEL NORTE SA, en la institución bancaria BANCO MERCANTIL DEL NORTE, BANORTE.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" deberá proporcionar a la institución bancaria las siguientes referencias, con el objeto de que su devolución sea identificada por "LA CONAFOR":
·  Nombre del Beneficiario;
·  Componente o concepto de apoyo que le fue asignado, según corresponda;
·  Entidad Federativa en la que se otorgó el apoyo; y
·  Año en que se le asignó el apoyo.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a comprobar la devolución del recurso con la ficha de depósito que le otorgue la institución bancaria, misma que se deberá presentar a "LA CONAFOR" en copia simple y original para su cotejo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del depósito del recurso.
En caso de que "LA PERSONA BENEFICIARIA" no reintegre los recursos a "LA CONAFOR" dentro de dicho plazo y conforme a los requerimientos señalados en la presente cláusula, "LA CONAFOR" podrá declarar la rescisión de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial, del presente Convenio.
DCIMA CUARTA.- DE LA RESCISIN. Además de las causas expresamente señaladas en cualquier otra cláusula del presente instrumento, son causas de rescisión de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial, las siguientes:
a)    El incumplimiento de las obligaciones a cargo de "LA PERSONA BENEFICIARIA" establecidas en cláusula CUARTA, fracción I, del presente convenio.
b)    El incumplimiento del objeto del presente convenio por cualquiera de "LAS PARTES".
c)    La suspensión injustificada de las actividades apoyadas por parte de "LA PERSONA BENEFICIARIA".
d)    Negar al "ÁREA DE SEGUIMIENTO" las facilidades de acceso prevista en la cláusula DCIMA del presente convenio.
e)    Ceder los derechos al cobro de los apoyos asignados por "LA CONAFOR" a terceras personas, o bien, si tratándose de los casos excepcionales establecidos por el artículo 36 de las "REGLAS DE OPERACIN", "LA PERSONA BENEFICIARIA" ceda los derechos de cobro sin contar con la autorización previa y por escrito de "LA CONAFOR".
f)     Subcontratar o ceder la realización del objeto del presente convenio por parte de "LA PERSONA BENEFICIARIA".
g)    Cuando la autoridad competente emita resolución que determine que "LA PERSONA BENEFICIARIA" proporcionó información falsa, actúo con dolo o mala fe durante la celebración del presente convenio o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja o de una inconformidad.
h)    No deslindar de toda responsabilidad y prestación reclamada a "LA CONAFOR", en caso de que alguna de las personas designadas para la realización del objeto del presente convenio entable demanda laboral en contra de "LA CONAFOR".
DCIMA QUINTA.- DE LA PRRROGA. Sólo en caso "fortuito", causa de "fuerza mayor" o causas atribuibles a "LA CONAFOR", ésta considerará el otorgamiento de prórroga a "LA PERSONA BENEFICIARIA" para el cumplimiento de las actividades apoyadas.
Dicha prórroga podrá ser otorgada en una sola ocasión y por el tiempo que "LA CONAFOR" considere
necesario, tomando en cuenta la causa que dio origen a dicha solicitud.
El procedimiento para solicitar la prórroga se ajustará a lo siguiente:
Durante el plazo de cumplimiento establecido en la cláusula SPTIMA, "LA PERSONA BENEFICIARIA" podrá solicitar la prórroga dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores al evento que la motiva. Para que pueda ser tomada en cuenta, la prórroga deberá solicitarse por escrito, acompañando los medios de convicción que acrediten la causa que lo motiva, dirigiendo el escrito al Gerente Estatal de "LA CONAFOR" de la Entidad Federativa que le corresponda; este último tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para revisar físicamente el lugar de actividades, los documentos que le presente "LA PERSONA BENEFICIARIA" y emitir su pronunciamiento al respecto.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" no deberá alterar el área afectada, de lo contrario "LA CONAFOR" no otorgará la prórroga solicitada.
DCIMA SEXTA.- DE LA VIGENCIA. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio comenzará a surtir efectos a partir del día de su firma y permanecerá vigente hasta el cumplimiento del plazo de ejecución de las actividades apoyadas establecido en la cláusula SPTIMA del presente convenio.
DCIMA SPTIMA.- DE LA TERMINACIN ANTICIPADA. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá darse por terminado anticipadamente sin responsabilidad para ellas, en cualquiera de los casos siguientes:
a)    Acuerdo por escrito y aceptado por "LAS PARTES".
b)    Por imposibilidad física, jurídica o administrativa para continuar con el objeto del presente convenio.
c)     El caso fortuito o fuerza mayor que impidan proseguir con los fines objeto de este convenio.
DCIMA OCTAVA.- DE LOS FONDOS PROVENIENTES DEL BANCO MUNDIAL. Los Ejidos y Comunidades con recursos de los conceptos componentes de I. Estudios y Proyectos, II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades, IV. Silvicultura, Abasto y Transformación, V. Componente Servicios Ambientales, así como el componente de apoyo RF.5 Restauración de cuencas prioritarias son apoyados parcialmente con fondos del Banco Mundial, por lo que se obligan a asegurar el cumplimiento de los Lineamientos para Prevenir y Combatir el Fraude y la Corrupción en proyectos financiados por préstamos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y créditos y donaciones de la Asociación Internacional de Fomento (publicados el 15 de octubre de 2006 y actualizados a enero 2011). Una copia de dichos Lineamientos anticorrupción podrá solicitarse en cualquier sede de "LA CONAFOR".
DCIMA NOVENA.- DE LA JURISDICCIN Y COMPETENCIA. Para el caso de controversia "LAS PARTES" acuerdan sujetarse a la competencia de los Tribunales Federales en materia Civil correspondientes a la jurisdicción de las Gerencias Estatales de "LA CONAFOR" donde se suscribió el presente convenio, renunciando expresamente al fuero de cualquier otro juzgado que en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles.
VIGSIMA.- DE LOS ANEXOS Y DISPOSICIONES APLICABLES. Forman parte de este Convenio sus Anexos; "REGLAS DE OPERACIN"; los términos de referencia del componente, concepto o modalidad de apoyo obtenido por "LA PERSONA BENEFICIARIA" publicados en la página de Internet de "LA CONAFOR"; y las demás disposiciones aplicables que contengan las especificaciones técnicas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada modalidad de apoyo que le fue otorgado a la "PERSONA BENEFICIARIA", publicadas en la página de internet de "LA CONAFOR".
VIGSIMA PRIMERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a suscribir el "Anexo 2" del presente convenio, con la finalidad de que "LA CONAFOR" pueda comprobar la titularidad de la cuenta y CLABE interbancaria de la persona beneficiaria, y en su caso, comprobar el pago del recurso económico al beneficiario.
VIGSIMA SEGUNDA.- DE LA DENUNCIA. "LAS PARTES" acuerdan que el procedimiento y el otorgamiento del apoyo objeto del presente convenio es gratuito y ajeno a cualquier partido político, por lo que si algún servidor público solicita dinero a "LA PERSONA BENEFICIARIA" o le condiciona su servicio a cambio de otorgarle un apoyo, "LA PERSONA BENEFICIARIA" deberá presentar denuncia en su contra ante cualquiera de las siguientes instancias:
I.     El rgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo: 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.
II.     La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia a la Dirección General de
Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública, con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164; y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.
III.    Las contralorías de las Entidades Federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al rgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Leído que fue y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, lo firman por duplicado en el Municipio de __________________________ del Estado de _____________________, el día _____ del mes ________ del año _______.
Por "LA CONAFOR"
_________________________________
Gerente Estatal en __________
Por "LA PERSONA BENEFICIARIA"
 
(personas físicas)
C. __________________
(ejidos o comunidades)
C. ____________________
Presidente
C. ______________________
Secretario(a)
C. ______________________
Tesorero(a)
(sociedades, asociaciones, agrupaciones,
uniones, u otros)
C. ______________________
Representante legal o común
 
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS FORMA PARTE DEL CONVENIO DE CONCERTACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIN NACIONAL FORESTAL, REPRESENTADA POR EL O LA GERENTE ESTATAL ___________________________ Y LA PERSONA BENEFICIARIA ___________________________________.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
ANEXO 1 DEL CONVENIO DE CONCERTACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DEL
PROGRAMA NACIONAL FORESTAL 2017
 
APOYOS ASIGNADOS A "LA PERSONA BENEFICIARIA"
Nombre del componente,
concepto o modalidad de
apoyo
Desglose del Monto Total de Apoyo
(por componente, concepto o modalidad)
Monto asignado para
ejecución de actividades del
componente, concepto o
modalidad de apoyo
Monto asignado para
asistencia técnica
Monto Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CANTIDAD TOTAL
(Suma de todos los componentes, conceptos o modalidades de apoyo)
$ ___________
 
ESTE ANEXO FORMA PARTE DEL CONVENIO DE CONCERTACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIN NACIONAL FORESTAL, REPRESENTADA POR EL O LA GERENTE ESTATAL ___________________________ Y LA PERSONA BENEFICIARIA ___________________________________.
 

Instructivo de llenado del Anexo 2
ESPACIO
NO.
DESCRIPCIN
Lugar
1
Indicar el estado en donde se realiza la firma de la carta autorización.
Día
2
Indicar el día en que se firma la carta autorización.
Mes
3
Indicar el mes en que se firma la carta autorización.
Año
4
Indicar el año en que se firma la carta autorización.
Institución Financiera
5
Indicar el nombre de la Institución Financiera que la persona beneficiaria señaló para el pago del apoyo.
Nombre de la persona beneficiaria
6
Asentar el nombre completo de la persona beneficiaria.
Domicilio
7
Señalar el domicilio de la persona beneficiaria.
Apoyo otorgado
8
Señalar el Componente o concepto de apoyo por el que resultó beneficiado(a).
Monto del apoyo
9
Indicar con número y letra el monto al que asciende el apoyo que le fue asignado a la persona beneficiaria.
Nombre de la Institución Bancaria
10
Indicar el nombre de la Institución Financiera que la persona beneficiaria señaló para el pago del apoyo.
Número de cuenta
11
Indicar el número de cuenta señalada por la persona beneficiaria para el pago del apoyo.
CLABE
12
Indicar la CLABE interbancaria señalada por la persona beneficiaria para el pago del apoyo.
Nombre y firma
13
Nombre completo de la persona beneficiaria y firma autógrafa.
 
CONVENIO DE CONCERTACIN PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS ECONMICOS A TRAVS DE MECANISMOS LOCALES DE PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES A TRAVS DE FONDOS CONCURRENTES DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL 2017 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIN NACIONAL FORESTAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CONAFOR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ___________________________________________, EN SU CARÁCTER DE GERENTE ESTATAL DE ____________________; LA(S) PARTE(S) INTERESADA(S) EN APORTAR RECURSOS ____(señalar a la o las personas que aportarán recursos para este proveedor)_________ A QUIEN(ES) EN LO SUCESIVO SE LE(S) DENOMINARÁ "LA PARTE INTERESADA", REPRESENTADA(S) EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ___________________________________________, EN SU CARÁCTER DE ______________________; A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS APORTANTES"; Y LA PERSONA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES _____(señalar nombre de un solo proveedor)____ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ___________________________________________, EN SU CARÁCTER DE ______________________; Y A TODOS EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁN "LAS PARTES" QUIENES SE OBLIGAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus artículos 25 y 26 que al Estado le corresponde la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea, entre otros objetivos, integral y sustentable, organizando un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.
 
II.     Asimismo, la Constitución establece en su artículo 27 que la Nación tiene el derecho de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, dictará las medidas necesarias para establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos bosques; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para fomentar la silvicultura y las demás actividades económicas en el medio rural; y para evitar la destrucción de los elementos naturales.
III.    La Nación, al ejercer el derecho de regular y dictar las medidas referidas en el párrafo inmediato anterior, expide la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, como una ley reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas disposiciones son de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio nacional.
IV.   La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable tiene por objeto, entre otros, fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos; por lo que con fundamento en su artículo 4, se declara de utilidad pública para la Nación la ejecución de las actividades de conservación, protección y restauración de los ecosistemas forestales y sus elementos, así como de las cuencas hidrológico-forestales; y la ejecución de obras destinadas a la conservación, protección y/o generación de bienes y servicios ambientales.
V.    El Estado, para fomentar las actividades antes mencionadas, creó "LA CONAFOR" como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, que conforme al artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se declaran como una área prioritaria del desarrollo, así como participar en la formulación de los planes, programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
VI.    "LA CONAFOR" para contribuir a su objeto, ha diseñado en términos del artículo 27 de la Ley de Planeación, el Programa Nacional Forestal, en lo sucesivo "PRONAFOR", como el instrumento de política pública más importante del Gobierno Federal para impulsar el manejo forestal en el país y mediante el cual se otorgan apoyos sujetos a las Reglas de Operación del Programa Nacional Forestal 2017, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIN", con la finalidad de incorporar superficies forestales y preferentemente forestales a procesos de restauración, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales para mantener e incrementar la provisión de bienes y servicios ambientales.
VII.   "LA CONAFOR" reconoce que la propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde a los ejidos, las comunidades, pueblos y comunidades indígenas, personas físicas o morales, la Federación, los Estados y los Municipios que sean propietarios de los terrenos donde aquéllos se ubiquen.
VIII.  De ahí, que de conformidad con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, "LA CONAFOR" solicita a través del Programa Mecanismos Locales de Pago por Servicios Ambientales a través de Fondos Concurrentes, en adelante como el "PROGRAMA" del "PRONAFOR", la participación de los sectores social y privado para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo del país.
IX.    De acuerdo con los artículos 32 y 37 de la Ley de Planeación, "LA CONAFOR" suscribe el presente instrumento jurídico para inducir y concertar la amplia participación de los diversos grupos sociales y particulares, en la consecución de los objetivos del "PRONAFOR".
X.    En congruencia con los objetivos y estrategias de "LA CONAFOR", el presente convenio de concertación busca la aplicación de los instrumentos de política forestal que promuevan la inducción de acciones de los diversos grupos sociales y de los particulares interesados y la formalización de los subsidios que otorga "LA CONAFOR".
XI.    De conformidad con los artículos 38 y 39 de la Ley de Planeación, el presente convenio de concertación se considera de derecho público y será de cumplimiento obligatorio para "LAS PARTES" que lo celebren, considerándose a las actividades apoyadas por del "PROGRAMA" de utilidad pública e interés social para la Nación.
En virtud de estos antecedentes, las partes manifiestan su conformidad en celebrar el presente convenio de concertación al tenor de las siguientes:
 
DECLARACIONES
1. DECLARA "LA CONAFOR", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE:
1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con sede en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, creada bajo la denominación de Comisión Nacional Forestal mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 cuatro de abril de 2001.
1.2 De conformidad con el artículo 17 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
1.3 De acuerdo con las fracciones II y VII del artículo 10 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 05 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el o la C. _____________________, en su carácter de Gerente Estatal en el Estado de _______________, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio.
2. DECLARA "LA PARTE INTERESADA", BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE:
2.1 Es una: (Llene el inciso que le corresponda)
a) Persona física: una persona física, mexicana, mayor de edad, quien acredita su personalidad con la identificación oficial __________ número _________________, expedida por _______________; asimismo, cuenta con la Clave única de Registro de Población (CURP) número _________________ y su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es el número _______________________. Opera conforme a las leyes mexicanas aplicables vigentes, se encuentra al corriente en el cumplimento de sus obligaciones fiscales.
b) Persona moral: una sociedad ( ) asociación ( ) de nacionalidad mexicana, constituida mediante escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Notario Público No. ______ de _____municipio/ciudad______, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Tiene por objeto _____________________________. Su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es el número _______________________. Su representante o apoderado legal, acredita su representación con la escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Notario Público No. ______ de ______ Municipio/Ciudad_____, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Dichas facultades se encuentran vigentes y no le han sido limitadas, modificadas, revocadas o suprimidas.
2.2 Que mediante la firma del o los convenio(s) de colaboración suscrito(s) con "LA CONAFOR" el día_______________, se convino en aportar recursos financieros bajo el esquema de fondos concurrentes para ser destinados al pago de "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES", quien suscribió la carta de intención con folio número _____________.
3. DECLARA "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES", BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE:
3.1 Es una: (Llene el inciso que le corresponda)
a) Persona física: una persona física, mexicana, mayor de edad, quien acredita su personalidad con la identificación oficial __________ número _________________, expedida por _______________ y cuenta con la Clave única de Registro de Población (CURP) número _________________.
b) Ejido o Comunidad agraria: un ejido ( ) una comunidad ( ) que acredita su existencia con el documento _____________________________ y está registrado(a) en el Padrón e Historial de Núcleo Agrarios (PHINA) con el número _________________. Sus representantes legales acreditan tal carácter con acta de asamblea de fecha ____________, mediante la cual fueron elegidos los órganos de representación, la cual se encuentra inscrita en el Registro Agrario Nacional. Asimismo, dichos representantes cuentan con los permisos legales necesarios de la asamblea para que en su nombre y representación se obliguen y realicen todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
c) Pueblo o Comunidad indígena: un pueblo ( ) una comunidad ( ) indígena que desciende de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización, que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas, que reconocen y están conscientes de su identidad indígena, y que se encuentran reconocidos por el Estado Mexicano. Con base en sus usos y costumbres, su(s) representante(s) acredita(n) tal carácter con el documento _____________________________ y cuentan con los permisos necesarios del pueblo o la comunidad
indígena para que en su nombre y representación se obliguen y realicen todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
d) Sociedad o Asociación: una sociedad ( ) asociación ( ) de nacionalidad mexicana, constituida mediante escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Notario Público No. ______ de _____municipio/ciudad______, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Tiene por objeto _____________________________. Su representante o apoderado legal, acredita su representación con la escritura pública número __________, de fecha ________, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Notario Público No. ______ de ______ Municipio/Ciudad_____, en el Estado de _________, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (indicar datos y fecha de inscripción). Dichas facultades se encuentran vigentes y no le han sido limitadas, modificadas, revocadas o suprimidas.
e) Grupos: un grupo de trabajo denominado _____________, que se ha constituido en los términos de las "REGLAS DE OPERACIN" para solicitar apoyos del "PROGRAMA", cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 18 fracción VIII de las "REGLAS DE OPERACIN". Está integrada por un número de ______ personas físicas, quienes designaron como su representante a _______________________, para que en su nombre y representación realice todas las acciones que se deriven del presente instrumento jurídico.
3.2 En caso de encontrarse obligada a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), declara que su registro es el _______________________; asimismo, declara que no se ubica en los supuestos previstos en las fracciones I al IV del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, lo cual acredita con la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria.
4. DECLARAN "LAS PARTES" QUE:
4.1 Tienen las facultades suficientes para celebrar este tipo de actos jurídicos y manifiestan que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, y precisamente en los términos del presente convenio.
4.2 Firman este convenio de manera voluntaria, libre y responsable, sin que al efecto exista dolo, lesión, error o algún vicio de la voluntad que lo invalide.
4.3 Las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento son producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento.
Hechas las declaraciones que anteceden y a efecto de perfeccionar el presente convenio, "LAS PARTES" se obligan de manera recíproca al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- DEL OBJETO. "LAS APORTANTES" otorgan un recurso económico a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" quien se obliga al cumplimiento de las actividades y fines que se establecen en las "REGLAS DE OPERACIN" y en el ANEXO 1 del presente convenio, con el fin de mantener o mejorar las condiciones del ecosistema y la cobertura forestal de ______ hectáreas, dentro del polígono a que se refiere la cláusula Sexta del presente convenio.
"LAS PARTES" reconocen que la consecución del presente objeto es de utilidad pública y de interés social para la Nación, y que las actividades apoyadas por el "PRONAFOR" son prioritarias para el desarrollo del país, por lo que darán cumplimiento obligatorio al presente instrumento.
SEGUNDA.- DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento de lo anterior, "LAS APORTANTES", de acuerdo a su disponibilidad presupuestal, otorgan un recurso económico a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" por la cantidad total de $__________________ (Cantidad con letra 00/100 M.N.), que se pagarán de conformidad al ANEXO 2 del presente convenio. "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" reconoce que el recurso económico que otorga "LA CONAFOR" es de carácter federal y su regulación queda sujeta a las leyes federales aplicables.
"LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" deberá destinar los recursos otorgados por "LAS APORTANTES", única y exclusivamente al cumplimiento de las actividades y fines por las que fue beneficiada y en las cantidades y proporciones que establece el ANEXO 2 del presente convenio.
TERCERA.- DE LA ENTREGA DE LOS RECURSOS ECONMICOS. "LAS APORTANTES" entregarán a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" la cantidad referida en la cláusula Segunda que antecede en anualidades, en un periodo de _______ años, a través de transferencias bancarias electrónicas a la cuenta bancaria número _________________ del banco____________, a nombre de "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES".
 
Previo a la entrega de los recursos, "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" proporcionará a "LAS APORTANTES" una copia simple y original para cotejo del estado de cuenta bancaria a su nombre y su CLABE interbancaria, para realizar el depósito de los recursos económicos. Asimismo, "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" se obliga a suscribir el ANEXO 3 con la finalidad de que "LA CONAFOR" pueda comprobar la titularidad de la cuenta y CLABE interbancaria de "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES", y, en su caso, el pago del recurso económico. Ambos documentos forman parte integral del presente convenio de concertación.
"LA PARTE INTERESADA" realizará la primera aportación a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" dentro de los 120 días naturales siguientes a la firma del convenio del convenio de colaboración que suscriba con "LA CONAFOR".
"LA PARTE INTERESADA" realizará el segundo pago a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación que realice "LA CONAFOR" del informe anual de actividades realizadas por "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" establecidas en el Programa de Mejores Prácticas de Manejo (PMPM), así como del cumplimiento de las demás obligaciones señaladas en el numeral viii. Requisitos y formas de pago, de los Criterios para SA.2 Mecanismos Locales de Pago por Servicios Ambientales a través de Fondos Concurrentes establecidos en el Anexo Técnico del Componente V de las "REGLAS DE OPERACIN".
"LA CONAFOR" realizará todas sus aportaciones dentro de los 30 días hábiles siguientes a la comprobación que efectúe "LA PARTE INTERESADA" del pago de su aportación efectivamente realizado a "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES".
Para obtener el tercero, cuarto y quinto pago "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" deberá comprobar a "LAS APORTANTES" la correcta aplicación de los recursos correspondientes a la ministración inmediata anterior y cumplir con la totalidad de sus obligaciones establecidas en las "REGLAS DE OPERACIN" y en el presente convenio. Para ello, deberá dar aviso a "LAS APORTANTES" de la terminación de sus actividades anuales a través de un informe, con el fin de que puedan supervisar el cumplimiento de sus obligaciones.
Las ministraciones se realizarán contra la comprobación de la correcta aplicación de los recursos de la ministración anterior y siempre que "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" esté cumpliendo la totalidad de las obligaciones a su cargo establecidas en las referidas Reglas de Operación.
CUARTA.- DE LAS OBLIGACIONES.
I. "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" se obliga a:
a)    Destinar la totalidad de los recursos asignados por "LAS APORTANTES" única y exclusivamente para las actividades y fines para los que fueron otorgados, con estricto apego a lo señalado en "LAS REGLAS DE OPERACIN", sus anexos y en el presente instrumento jurídico;
b)    Mantener vigentes los requisitos que dieron origen a su elección como "LA PROVEEDORA DE SERVICIOS AMBIENTALES" establecidos en las "REGLAS DE OPERACIN";
c)    Cumplir con las obligaciones y disposiciones establecidas en las