ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018. (Continúa de la Cuarta Sección). (Viene de la Cuarta Sección) CUADRO DE GASTOS DESGLOSADO POR CONCEPTO (ejemplo indicativo):
El "BENEFICIARIO" se compromete a presentar por escrito y a través de medio electrónico a "ASERCA"/Instancia Ejecutora o Agente Técnico habilitado, según corresponda, la siguiente información en forma trimestral o cuando le sea requerida: Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2018 asignado al "PLAN DE NEGOCIO". Presupuesto ejercido en el "PLAN DE NEGOCIO" durante el periodo que se informa. Cobertura del "PLAN DE NEGOCIO" (En términos absolutos y relativos). La información deberá integrarse y remitirse en los primeros siete días hábiles siguientes a la conclusión del periodo o de la fecha de solicitud. VI. FORMULACION DE CIERRES F El "BENEFICIARIO" deberá presentar mediante escrito y en medio electrónico ante la Instancia Ejecutora de "ASERCA"/Instancia Ejecutora o Agente Técnico habilitado, según corresponda, a más tardar el _______________________, el informe final que contiene la comprobación del cierre físico-financiero y el finiquito correspondiente. (El plazo no deberá ser mayor a 45 días naturales, contados a partir del día hábil siguiente de la fecha de la conclusión del Programa de Trabajo, conforme al calendario de ejecución de las acciones estipuladas). Ambas partes manifiestan bajo protesta de decir verdad, que han llegado a este acuerdo de voluntades sin coacción, sin dolo, sin mala fe, ni cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo, por lo que conscientes de la importancia, trascendencia, alcance y fuerza legal de su contenido y estipulaciones, firman para debida constancia y de conformidad al margen y al calce en cuatro ejemplares, el presente anexo técnico del Convenio descrito en el antecedente 1o. de este documento, en la Ciudad de México, el ________ de _____________________ del 2018.
Las firmas que anteceden corresponden al anexo técnico del Convenio suscrito el _______________ del 2018 por el Ejecutivo Federal por conducto de "ASERCA", "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
El documento debe elaborarse con letra estilo calibri, tamaño de fuente 11, con entrelineado sencillo. Si se adjuntan tablas, diagramas o gráficos, las mismas no serán incluidas en el límite de páginas por sección, solamente debe abrirse una sección para anexos que deben estar debidamente enumerados y referenciados dentro del documento del Plan de Negocio. El contenido del documento deberá incluir: 1. Portada (título del negocio, nombre de la organización de productores, área geográfica y fecha de presentación). 2. Ficha del Plan de Negocio (una página que incluya información resumida sobre la organización, la cobertura geográfica del Plan, número de productores participantes, la descripción del producto/ servicio, el plan de inversión con el detalle de fuentes de financiamiento propuestas). 3. Resumen Ejecutivo (objetivos del Plan de Negocio, descripción del negocio propuesto, descripción de la organización de productores, el mercado objetivo, aspectos productivos, resultados financieros esperados, aspectos ambientales, aspectos sociales, riesgos y los principales lineamientos de asesoría técnica que necesita la organización para la implementación del Plan de Negocio). 4. El Plan de Negocio 5. Cofinanciamiento del Plan de Negocio (a. contraparte de la organización de productores (10%), b. fondo de apoyo (50%) y c. préstamo de los bancos privados (40%). (Presentar un flujo de fondos). 6. Fuentes de información y referencias 7. Anexos "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
INSTRUCTIVO DE LLENADO Tipo de Movimiento: Registro ( ) Actualización ( ) Marcar con una cruz. Fecha: (Fecha de Registro) Día, mes y año 1 Persona Física: RFC: Registro federal de contribuyente, obligatorio para personas Fisca o Moral CURP: Clave NOMBRE: Nombre (s) de la persona solicitante. PRIMER APELLIDO: Apellido paterno del persona solicitante. SEGUNDO APELLIDO: Apellido materno de la persona solicitante. NACIONALIDAD: Se refiere al país de origen de la persona solicitante o, en el caso de extranjeros, lo señalado en el documento de naturalización. ESTADO DE NACIMIENTO: Clave del estado de nacimiento de la persona solicitante, de acuerdo al catálogo de Entidades Federativas de INEGI. En caso que el beneficiario haya nacido en el extranjero, se debe capturar la clave NE (nacido en el extranjero). FECHA DE NACIMIENTO: Fecha de nacimiento del productor solicitantes, de acuerdo al formato (dd/mm/aaaa). ESTADO CIVIL (CLAVE):
CORREO ELECTR TELEFONO FIJO (LADA): Número del teléfono Fijo del domicilio de la persona solicitante, iniciando con la clave lada. Ejemplo: 01(55)10 14 21 22 TELEFONO CELULAR: Número del teléfono Celular de la persona solicitante. Ejemplo: 55 45 34 21 22 TIPO DE IDENTIFICACI Catálogo de claves de Identificación:
NUMERO DE IDENTIFICACION: Folio de la identificación con la cual se identifica del persona solicitante. 1.1 Señalar clasificación en caso de que aplique. Marque con una X el tipo de clasificación, Indígena o Discapacitado. 2 Persona moral NOMBRE DE LA PERSONA MORAL O GRUPO INFORMAL: Nombre completo de la persona moral o Grupo Informal. FOLIO DE GRUPO: Folio del grupo Informal. RFC: Clave de Registro Federal de Contribuyentes de la persona solicitante, obligatorio para persona Moral HOMOCLAVE: tres últimos dígitos de la clave de Registro Federal de Contribuyentes FECHA DE CONSTITUCION Y DE REGISTRO AL RFC: Fecha en la cual se realizó el Registro Federal de Contribuyentes. CORREO ELECTR ACTIVIDAD ECONOMICA: Señale a qué actividad económica se dedica el productor agrícola. Socios: Poner el Número dentro de la casilla del total de socios físicos, hombres, mujeres y socios morales según corresponda. Indicar si pertenece a alguna organización del Sector Agroalimentario, indicar con una X. En caso de que si pertenezca a alguna organización indica cuál. 2.1 Representante Legal: NOMBRE/PRIMER APELLIDO/SEGUNDO APELLIDO: Obligatoria para persona moral, nombre completo del representante legal, de acuerdo con su identificación oficial. NACIONALIDAD: Se refiere al país de origen, en el caso de extranjeros, lo señalado en el documento de naturalización. ESTADO DE NACIMIENTO: Clave del estado de nacimiento directo o indirecto, de acuerdo al catálogo de Entidades Federativas de INEGI, en caso que haya nacido en el extranjero, se debe capturar la clave NE (nacido en el extranjero). FECHA DE NACIMIENTO: Fecha de nacimiento de acuerdo al formato (dd/mm/aaaa). ESTADO CIVIL:
CORREO ELECTR TELEFONO FIJO (LADA): Número del teléfono Fijo del domicilio del representante Legal, iniciando con la clave lada. Ejemplo: 01(55)10 14 21 22 TELEFONO CELULAR: Número del teléfono Celular. Ejemplo: 55 45 34 21 22 TIPO DE IDENTIFICACI Catálogo de claves de Identificación:
NUMERO DE IDENTIFICACION: Folio de la identificación con la cual se identifica. DOCUMENTO DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE LEGAL: Numero de Testimonio Notarial del Poder, instrumento por el cual el representante legal es acreditado por la persona moral, ejemplo: acta constitutiva, poder general para pleitos y cobranzas, etc. FOLIO DEL DOCUMENTO DE ACREDITACION: Cite el número del documento VIGENCIA DEL PODER: Vigencia del documento. 2.2 Domicilio del Representante Legal: TIPO DE DOMICILIO: Indicar con una X si se trata de domicilio Urbano o Rural según corresponda: TIPO DE ASENTAMIENTO HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio el representante legal, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita el representante legal persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ ESTADO (cve/nombre): Clave y Denominación del Estado donde se encuentra el domicilio del representante legal, conforme al catálogo de Estados de INEGI MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio del representante legal, conforme al catálogo de Municipios de INEGI. LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico del representante legal conforme al catálogo de claves geoestadísticas del INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001. N N C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio de la persona. REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio: Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del productor, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA 3 Domicilio de la Persona Física, Moral o Grupo Informal: TIPO DE DOMICILIO: Indicar con una X si se trata de domicilio Urbano o Rural según corresponda: TIPO DE ASENTAMIENTO HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio de la persona, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita la persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ LAS BRUJAS, etc. ESTADO (cve/nombre): Clave y Denominación del Estado donde se encuentra el domicilio del representante legal, conforme al catálogo de Estados de INEGI MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio de la persona, conforme al catálogo de Municipios de INEGI LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico de la persona conforme al catálogo de claves INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001 N N N C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio del productor. REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio del productor: Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio del productor. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del productor, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA
INSTANCIA EJECUTORA: ASERCA [ ] FIRA [ ] FND [ ] Núm. Forma: ____________________________ FECHA DE REGISTRO: ______/______/_______ dd mm aaaa VENTANILLA AUTORIZADA: (Cve/Nombre):______________/__________________________________________________________________________________ DATOS DEL PREDIO ESTADO (Cve/Nombre):_________/_______________________________ DDR (Cve/Nombre):__________/ ______________________________________ CADER (Cve/Nombre):________/_______________________________________ MUNICIPIO:(Cve/Nombre):_________/____________________________________________________ EJIDO (Cve/Nombre):__________/_________________________________________ FOLIO: ______________________________________-_________ NOMBRE DEL PREDIO: ____________________________________________________________________________ DOCUMENTO QUE ACREDITA REGIMEN HIDRICO DE RIEGO (Cve/Descripción): __________/__________________ FOLIO: _______________________ TENENCIA: ______________-_____________________________________ DOC. ACREDITA PROP. (Cve/Descripción):__________/________________________________________________________________ FOLIO: _________________________ COORDENADAS (1) LATITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS LONGITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS ALTITUD: ____ (2) LATITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS LONGITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS ALTITUD: ____ (3) LATITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS LONGITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS ALTITUD: ____ (4) LATITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS LONGITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS ALTITUD: ____ (5) LATITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS LONGITUD: _____GRADOS _____MINUTOS _____SEGUNDOS ALTITUD: ____ SUPERFICIE TOTAL: _____________HAS. SUPERFICIE DESTINADA A LA SIEMBRA: (PV) :_______________(HAS) (OI) :_______________(HAS). DATOS DEL PROPIETARIO: TIPO DE PERSONA: Física [ ] Moral [ ] CURP: __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ RFC: __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ CLAVE ELECTORAL (RFE): __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ NOMBRE O RAZ ____________________________________________________________________________________________________________________________ PRIMER APELLIDO: ___________________________________________________________________________________________________________ SEGUNDO APELLIDO: _________________________________________________________________________________________________________ SEXO: MASCULINO [ ] FEMENINO [ ] ESTADO CIVIL: ___________ NACIONALIDAD______________________________________________ FECHA DE NACIMIENTO: ____/____/_______ (dd/mm/aaaa) ESTADO DE NACIMIENTO: __________________________________________________ TIPO IDENTIFICACI DOMICILIO DEL PROPIETARIO TIPO VIALIDAD: ________________________________ NOMBRE VIALIDAD: _____________________________________________________________ N TIPO ASENT. HUMANO: ______________________ NOMBRE ASENT. HUMANO: ______________________________________ C.P.:________________ ESTADO (Cve/Nombre):________/__________________________ MUNICIPIO: ___________________________________________________________ LOCALIDAD: _________________________________________ REFERENCIA 1: __________________________________________________________ REFERENCIA 2: ______________________________________ REFERENCIA 3: __________________________________________________________ CORREO ELECTR "SABEDOR DE LAS PENAS A LAS QUE SE HACEN ACREEDORES QUIENES DECLARAN FALSAMENTE ANTE AUTORIDADES DISTINTAS DE LA JUDICIAL, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS CONFERIDOS EN ESTE DOCUMENTO SON CIERTOS Y REALES; PUES DE LO CONTRARIO, SE INSTAURARA EN MI CONTRA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS DE OPERACION, SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES QUE, CONFORME A LA LEGISLACION APLICABLE ME CORRESPONDAN CON LA CONDUCTA REALIZADA." "YO MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR LA VERDAD QUE EL PRODUCTO PROVIENE DE LA SUPERFICIE QUE ACREDITO MEDIANTE LA INFORMACION Y DOCUMENTOS QUE PARA TAL EFECTO ME SOLICITA ASERCA, Y QUE ESTA NO ES SUSCEPTIBLE DE RECIBIR LOS APOYOS DE PROAGRO PRODUCTIVO EN EL CICLO AGRICOLA EN OPERACION.
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa" INSTRUCTIVO DE LLENADO INSTANCIA EJECUTORA: Elegir de la Instancia Ejecutora de la cual se trate: ASERCA, FIRA, FND. DIA/MES/AÑO: Fecha de registro ante la Ventanilla Autorizada en la que se presenta, el formato (DD/MM/AAAA). VENTANILLA AUTORIZADA (nombre): Nombre y Clave ASERCA de la Ventanilla Autorizada a través de la cual se realizó el trámite. DATOS DEL PREDIO ESTADO (cve/nombre): Clave y nombre de la Entidad Federativa Según catálogo de ASERCA donde se encuentra el Predio ej: 003 BAJA CALIFORNIA SUR, 028 TAMAULIPAS, etc. DDR (cve/nombre): Clave y nombre del Distrito de Desarrollo Rural. Según catálogo de ASERCA Ej: 183 FRESNILLO, 185 OJOCALIENTES CADER (cve/nombre): Clave y nombre del Centro de Apoyo de Desarrollo Rural. Según catálogo de ASERCA 01-FRESNILLO, 191 LAGUNA- DURANGO MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Nombre del Municipio. 001-JEREZ, 003-VILLA NUEVA EJIDO (cve/nombre): Clave y Nombre del Ejido. 0001- EL SANTO, 9999- PROPIEDAD PRIVADA FOLIO PREDIO: Folio asignado en formato por ASERCA. NOMBRE DEL PREDIO: Nombre con el cual se conoce el Predio. REGIMEN HIDRICO (riego/temporal): Se refiere a la modalidad o régimen hídrico del cultivo, (R) riego o (T) temporal FOLIO: Folio que se requisita cuando es régimen hídrico (R) del documento con el que se acredita el uso del agua TENENCIA: Régimen de propiedad. Según catálogo de ASERCA en página electrónica www.gob.mx/aserca DOCUMENTO QUE ACREDITA PROPIEDAD: Tipo de documento legal con el que se acredita la propiedad del predio. Según catálogo de ASERCA en página electrónica www.gob.mx/aserca FOLIO: folio del documento legal con el cual se acredita la propiedad del predio COORDENADAS: Es obligatorio el registro de cuatro puntos como mínimo, punto en el cual se ubica geográficamente el predio LATITUD: La latitud es el ángulo que existe entre un punto cualquiera y el Ecuador, la cual se expresa en GRADOS-MINUTOS-SEGUNDOS LONGITUD: Es la distancia que existe entre un punto cualquiera y el Meridiano se expresa en GRADOS-MINUTOS-SEGUNDOS. ALTITUD: es la distancia vertical a un origen determinado SUPERFICIE TOTAL: Superficie total del predio la cual se acredita en el documento de propiedad y se expresada en hectáreas (con dos decimales) HAS. SUPERFICIE DESTINADA A LA SIEMBRA: superficie agrícola que se destina para la siembre (ha) expresada en hectáreas (con dos decimales) Superficie (PV): Superficie destinada para la siembra para el ciclo agrícola primavera verano expresada en hectáreas (con dos decimales) Superficie (OI): Superficie destinada para la siembra para el ciclo agrícola otoño invierno expresada en hectáreas (con dos decimales) DATOS DEL PROPIETARIO: TIPO PERSONA: marcar con un X Física o Moral. CURP: Clave RFC: Clave de Registro Federal de Contribuyentes de la Persona Propietaria obligatorio personas MORALES Clave Electoral (RFE): Se requisita cuando el tipo de identificación es credencial para votar (INE) NOMBRE O RAZ PRIMER APELLIDO: Apellido del propietario solicitante, obligatorio personas FISICAS SEGUNDO APELLIDO: Apellido del propietario solicitante. SEXO: Marcar con una X Femenino (mujer) o Masculino (hombre) ESTADO CIVIL:
NACIONALIDAD: Se refiere al país de origen del propietario o, en el caso de extranjeros, lo señalado en el documento de naturalización FECHA DE NACIMIENTO: Fecha de nacimiento del propietario del predio, de acuerdo al formato (dd/mm/aaaa). ESTADO DE NACIMIENTO: Clave del estado de nacimiento del propietario, de acuerdo al catálogo de Entidades Federativas de INEGI. En caso que el propietario haya nacido en el extranjero, se debe capturar la clave NE (nacido en el extranjero). TIPO DE IDENTIFICACI
DOMICILIO DEL PROPIETARIO: TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio del propietario, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita el propietario persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ N N TIPO ASENT. HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio del propietario. ESTADO (cve/nombre): Clave y nombre de la Entidad Federativa donde se encuentra el domicilio geográfico del productor, o del domicilio fiscal si es persona moral ejemplo: 003 BAJA CALIFORNIA SUR, 028 TAMAULIPAS, etc. MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios que se puede consultar en la dirección electrónica: http://mapserver.inegi.org.mx/mgn2k/?c=646&s=est LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico del productor conforme al catálogo de claves geoestadísticas del INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001 REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio del productor: Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio del productor. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del productor, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA CORREO ELECTR TELEFONO/CELULAR: Número telefónico del domicilio del propietario o solicitante, iniciando con la clave (55)10 14 21 22 en su caso de celular 044. FIRMAS NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL: Firma obligatoria NOMBRE Y FIRMA DIR. REGIONAL/ESTATAL ASERCA/CADER/VENTANILLA AUTORIZADA: Firma obligatoria SELLO DIR. REGIONAL/ESTATAL ASERCA/CADER/VENTANILLA AUTORIZADA: Sello de la instancia que registra y da de alta el predio
Lugar y fecha: ______________________ El Auditor Externo registrado ante la SHCP, dirigirá el Reporte escrito a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Unidad Responsable, al domicilio siguiente: Municipio Libre No. 377, piso 10 Ala "B", Col. Santa Cruz Atoyac; C.P. 03310, Benito Juárez, Ciudad de México. El Auditor Externo certificará lo siguiente:
El auditor externo deberá firmar el reporte, e indicar su número de registro vigente y documento de actualización expedido por la SHCP, así como rubricar cada una de las hojas y anexos que integren su reporte. Para el caso de que se cuenten con varias plantas, corrales, granjas, bodegas y/o centros de almacenaje entre otros, la información deberá desglosarse por cada una de ellas. "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
I. Relación de compras al productor que contenga: a) Nombre del productor a quien se le pagó el producto; b) CURP del productor; c) Folio del predio; d) Folio del Contrato de Compraventa registrado en la Instancia Ejecutora que corresponda; e) Folio, fecha y volumen en PNA de la Boleta o "tickets" de báscula de entrada en centro de acopio; f) Folio, fecha, RFC, volumen en PNA e importe del comprobante fiscal de venta del producto que cumpla con los requisitos fiscales vigentes; g) Folio y fecha de comprobantes de pago al productor, considerando alguno de los siguientes documentos: cheque, transferencia bancaria, recibo de liquidación o documento equivalente; h) Nombre del banco; i) Número de la cuenta bancaria de la cual se realizó el pago; j) Precio por tonelada e importe total pagado al productor. II. Relación de certificados de depósito en origen que contenga: folio, fecha de expedición y de vigencia de los certificados de depósito, Producto Elegible, Ciclo Agrícola, volumen que ampara en PNA, domicilio del Centro de Acopio y razón social del AGD que los expida (anexar copia simple por ambos lados de los certificados de depósito y, en su caso, de los Bonos de Prenda), mismos que deben emitirse en el periodo de acopio autorizado. III. Relación de movilización que contenga, según el caso: a) Para flete terrestre: i. folio, fecha y volumen amparado en PNA del comprobante fiscal digital del autotransporte (Carta Porte o documento equivalente) y/o guía de embarque por ferrocarril (Cuenta de Gastos por Ferrocarril), del traslado del producto de bodega de origen a destino, a frontera o al puerto de embarque. Este requisito no será exigible, cuando el producto se destine para el consumo en la misma entidad productora; ii. Folio, fecha y volumen amparado en PNA de las Boletas o "tickets" de báscula de entrada en almacén de destino o puerto de embarque o a planta procesadora; excepto cuando el destino del grano sea para consumo en la misma entidad productora. En caso de que no exista báscula en el almacén de destino, el peso en la recepción del producto se tomará del peso documentado en el talón de embarque de origen; b) Para flete marítimo, i. Número del conocimiento de embarque (Bill of Lading) expedido a favor del comprador o a favor de una tercera persona, previa autorización de la Instancia Ejecutora. Se deberá señalar fecha de emisión, nombre del remitente, nombre del barco, puerto y fecha de embarque, puerto de descarga, producto o subproducto, volumen que ampara en PNA y lugar de destino. (Anexar copia simple del Bill of Lading); ii. Cuando el Producto Elegible se movilice vía marítima y sea para consumo nacional, comprobante de descarga del barco o estado de hechos, folio, fecha y volumen amparado en PNA del comprobante fiscal digital del traslado por autotransporte (Carta Porte o documento equivalente) y/o de la guía de embarque por ferrocarril (Cuenta de Gastos por Ferrocarril), del puerto de descarga al almacén de destino y las Boletas o "tickets" de báscula de entrada en almacén de destino; En caso de que no exista báscula en el almacén de destino, el peso en la recepción del producto se tomará del peso documentado en el comprobante fiscal digital del traslado por autotransporte (Carta Porte) y/o la guía de embarque por ferrocarril (Cuenta de Gastos por Ferrocarril), del puerto de descarga; IV. Relación de ventas que contenga: nombre del comprador, domicilio fiscal, RFC del emisor de la factura, número de teléfono (en su caso), folio, fecha y volumen del comprobante fiscal, e indicar la entidad federativa de destino final y uso del grano. "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
I. Para efecto del volumen total a apoyar se tomará como referencia las estimaciones de producción disponibles en la Secretaría. En el caso de productores con crédito y/o servicios de garantías otorgados por FND y/o FIRA, ASERCA reconocerá el volumen total acreditado en el proceso de crédito y/o garantías respectivo sujeto a suficiencia presupuestal y en apego a las presentes Reglas, pudiendo ASERCA limitar rendimientos; II. Para el caso de que el volumen total solicitado por las personas interesadas (compradores) sea mayor al volumen máximo a apoyar determinado por la Instancia Ejecutora, se ajustará el volumen solicitado aplicando alguno de los siguientes criterios: a) Nivel de participación en las compras de cosechas nacionales de los productos elegibles; b) Niveles de consumos y/o ventas de granos y oleaginosas por entidad federativa y su integración en la cadena productiva; c) Grado e historial de participación en los programas de apoyo a la comercialización operados en la Unidad Responsable; d) Ajustar el volumen solicitado de manera proporcional al volumen disponible; e) Que haya pagado mejores precios a la productora; f) El producto agrícola elegible deberá ser entregado en los centros de acopio registrados ante ASERCA, y; g) Por cuestiones de disponibilidad presupuestal. III. Determinación del "Volumen Susceptible de ser Apoyado" (productores) El "Volumen Susceptible de ser Apoyado" (VSA), es el volumen máximo en toneladas del producto elegible que puede recibir el incentivo por parte de ASERCA, correspondiente a la superficie acreditada por el productor. Para la determinación de VSA, se observarán los siguientes criterios: a) El volumen de producción resultante de la aplicación de los límites de superficie de la pequeña propiedad: i. Para personas físicas: hasta por el volumen proveniente de predios en propiedad y/o posesión, considerando los límites que para la pequeña propiedad se señalan en los párrafos 1 al 3 de la fracción XV del artículo 27 Constitucional (hasta 100 has de riego o su equivalente en temporal). ii. Para personas morales: hasta por el volumen proveniente de predios en propiedad y/o posesión, de acuerdo con el número de miembros considerando los límites que señala el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 27 Constitucional (hasta 25 veces el límite de la pequeña propiedad). El límite de la pequeña propiedad aplicará por ciclo agrícola hasta por el volumen de producción en toneladas proveniente de la superficie cosechada en hectáreas de todos los productos elegibles para los que la parte beneficiaria solicita el apoyo. b) El rendimiento en toneladas por hectárea, conforme a la información histórica disponible de los ciclos agrícolas homólogos, desagregada por producto, variedad, modalidad hídrica y CADER para cada entidad federativa, atendiendo a lo siguiente: i. El "Rendimiento Solicitado Estimado por la Persona Productora" (RSEP) es el rendimiento que ésta estima obtener, de acuerdo con las características agroclimáticas de la zona donde se ubica(n) el (los) predio(s), el paquete tecnológico y prácticas de cultivo aplicados, además de la propia experiencia productiva que sustenta la expectativa de producción para el ciclo agrícola objeto del apoyo. ii. El "Rendimiento Obtenido del Productor " (ROPP) es el resultado de dividir el volumen facturado por la Parte Productora del cultivo elegible, entre la sumatoria de la superficie cosechada de los predios participantes, en el ciclo agrícola objeto del incentivo. iii. El "Rendimiento Histórico del Productor" (RHP) es el rendimiento promedio de las dos observaciones más altas de los rendimientos de los tres Ciclos Agrícolas homólogos anteriores (determinados por la Unidad Responsable) al ciclo objeto del apoyo del Cultivo Elegible, resultado de dividir el volumen, entre la sumatoria de la superficie cosechada correspondiente. Si sólo se dispone de información de rendimientos de dos ciclos homólogos anteriores, aplicará como RHP la observación más alta. Si sólo se dispone de información de un solo rendimiento, éste fungirá como RHP. Si no se dispone de información de ningún ciclo agrícola por tratarse de personas productoras sin historial de RHP, para estos casos aplicará el criterio establecido en el inciso e), de la presente fracción I. iv. El "Rendimiento Máximo Aceptable" (RMA) es el rendimiento límite máximo en toneladas por hectárea del producto elegible por CADER, reconocido por la Secretaría a través de ASERCA para efectos de la determinación del monto del apoyo, resultado de la división de la sumatoria del volumen facturado por los productores del CADER entre la sumatoria de la superficie cosechada de los predios correspondientes, considerando un periodo de tres ciclos agrícolas homólogos anteriores al ciclo agrícola objeto del apoyo ("rendimiento promedio del CADER"), más una desviación estándar de los rendimientos por hectárea de los productores del CADER, concerniente al ciclo agrícola homólogo anterior (determinado por la Unidad Responsable) al ciclo objeto del apoyo. v. La UR se reserva el derecho de limitar rendimientos conforme a disponibilidad presupuesta y ejercicio de planeación estratégica c) Para el cálculo del RMA la Instancia Ejecutora Central, aplicará entre otros, los siguientes criterios: i. Considerará como información histórica disponible, la registrada en bases de datos a partir de los ciclos agrícolas otoño-invierno 2009/2010 y primavera-verano 2010; ii. El cálculo del rendimiento promedio del CADER, descartará el rendimiento atípico, definido este último como la observación que resulte inferior al "rendimiento promedio del CADER" menos una desviación estándar de las observaciones del periodo considerado; iii. Si para el cálculo del "rendimiento promedio del CADER" solamente se dispone de información de dos ciclos agrícolas, aplicará "como promedio del CADER" el rendimiento más alto. Si únicamente se dispone de información de un ciclo agrícola, se aplicará este rendimiento "como promedio del CADER"; iv. El cálculo de la "desviación estándar" se efectuará con un mínimo de cinco observaciones de rendimientos de personas productoras. De ser menor de cinco observaciones, dicho cálculo se llevará a cabo con la información del "ciclo homólogo anterior, al anterior ciclo objeto del apoyo", y así sucesivamente; v. Si la desviación estándar obtenida es menor al 5 % del "rendimiento promedio del CADER", dicha desviación se descartará por no ser significativa y se aplicará "como desviación estándar", el 5 % del rendimiento promedio del CADER; vi. Si para el cálculo del RMA no se dispone de información de ningún ciclo agrícola del periodo considerado porque en el CADER no se registraron apoyos durante este lapso, se aplicará "como RMA del CADER objeto del apoyo" el promedio de los RMA Históricos (RMAH) de los últimos tres ciclos agrícolas disponibles en la Unidad Responsable. Si solamente se dispone del RMAH de dos ciclos agrícolas, se aplicará "como promedio de los RMA del CADER" el RMAH más alto. Si únicamente se dispone del RMAH de un ciclo agrícola, éste se aplicará "como RMA del CADER"; vii. Los resultados del cálculo del RMA, serán enviados por la Instancia Ejecutora Central correspondiente, a cada Dirección Regional para su validación o modificación, en caso de modificación la Dirección Regional deberá enviar con oportunidad el sustento correspondiente en los plazos que determine dicha Instancia Central; viii. Para solicitar modificaciones en el RMA determinado por la Instancia Ejecutora Central, la Dirección Regional enviará la opinión del rendimiento potencial por escrito, emitida por el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) de su jurisdicción y/o instancia equivalente reconocida por la Secretaría, dicha opinión deberá incluir el paquete tecnológico y prácticas de cultivo que permiten obtener tales rendimientos, e indicar el CADER, ciclo objeto del apoyo, cultivo, variedad y modalidad hídrica; ix. Para el caso de CADER sin historial de RMA, ni información del INIFAP de su jurisdicción y/o instancia equivalente reconocida por la Secretaría del rendimiento potencial, se tomará el RMA más alto de los CADER colindantes del DDR o, de ser necesario, de los CADER de los DDR adyacentes en la entidad federativa. d) Para la determinación del VSA a productores de alta productividad, en materia de rendimientos se establecen los siguientes criterios: i. Para el caso en que la(s) persona(s) productora(s) estime(n) la obtención de rendimientos por hectárea superiores al RMA del CADER donde se ubican sus predios, como resultado de la aplicación de paquetes tecnológicos, adecuadas prácticas de cultivo y las condiciones agroclimáticas y edafológicas, ésta(s) podrá(n) solicitar al INIFAP o instancia equivalente reconocida por la Secretaría, la opinión de los rendimientos potenciales correspondientes. La opinión del rendimiento potencial deberá emitirse mediante escrito libre dirigido y entregado con oportunidad, en original a la oficina regional o estatal de la Unidad Responsable, en donde se indique el ciclo, cultivo, variedad, régimen hídrico, nombre de la persona productora, RFC, folio del predio, la superficie, volumen esperado de alta productividad y el rendimiento potencial, asimismo deberá presentarse el paquete tecnológico correspondiente; ii. La Dirección Regional deberá someter a consideración de la Instancia Ejecutora Central, la relación de las personas productoras de alta productividad en los términos señalados en el párrafo anterior, solicitando la incorporación de tales rendimientos en las aplicaciones de comercialización, adjuntando copia de las citadas justificaciones con la suficiente anticipación al periodo de apertura de ventanillas. La Instancia Ejecutora Central analizará las solicitudes y justificaciones, y determinará su procedencia. En caso de no acreditar en tiempo la alta productividad, aplicará el RMA determinado para el CADER y modalidad hídrica; iii. El rendimiento potencial comunicado por la instancia mencionada en los puntos anteriores, fungirá tanto como RMA y RHP para los predios de las personas productoras en cuestión únicamente para el ciclo objeto del apoyo. e) Para la adquisición de coberturas, toda vez que ésta se realiza antes de la cosecha, el rendimiento que se utilizará será el menor del comparativo entre el RSEP, RHP y RMA. En caso de nuevas personas productoras, sin historial en base de datos de RHP, el rendimiento que se aplicará como límite será el menor del comparativo entre el RSEP y el RMA; f) Para el pago de los incentivos el VSA, será el volumen resultante de multiplicar la sumatoria de la superficie de los predios participantes, por el rendimiento MENOR obtenido del comparativo entre el RSEP, ROPP y RMA, o el rendimiento que determine la UR conforme a la suficiencia presupuestal y ejercicio de planeación estratégica de ASERCA; g) Si de la aplicación de los criterios señalados resultaran para el CADER objeto del incentivo RMA y/o RHP inconsistentes, no se cuenta con estos parámetros para dicho CADER, no se dispone de información sobre rendimientos por hectárea, ni de la opinión de las instancias referidas en el inciso c) numeral 8 de la presente fracción I, o en virtud de las características productivas y/o problemáticas específicas de comercialización se requiere de la aplicación de criterios distintos a los mencionados, o se presentan casos fortuitos o de fuerza mayor, se determinará como RMA y/o RHP, el rendimiento que sea representativo de la zona o área agrícola en cuestión, o en su caso, previa consulta con la SAGARPA, el reconocido por la Instancia Ejecutora Central, quien en su caso, podrá ajustar los presentes criterios o determinará unos alternativos para su aplicación. IV. Precios de referencia para la determinación de los incentivos Para la determinación de los diferentes montos de apoyo y el reconocimiento del precio que corresponda, la Unidad Responsable considerará alguno (s) de los siguientes referentes de precio: a) Precios de Indiferencia i. Precio de indiferencia.- Es la situación de mercado en la que le resulta indiferente a la parte compradora, adquirir el producto nacional o importado a precios competitivos, en nuestro caso, el precio de indiferencia, le permite conocer al productor los niveles de precios que el mercado le puede reconocer por la venta de sus cosechas. ii. Componentes del precio de indiferencia.- En términos generales, existen dos componentes fundamentales: Precio del Futuro: Precio de un determinado contrato de futuros (bolsas de futuros) Bases: Conjunto de costos que implica el transporte del producto de una zona de producción, hasta una zona de consumo nacional (localidad en donde se vende), así como los costos de almacenamiento hasta el mes de entrega del contrato de futuros, entre otros. La base depende en gran medida de las existencias locales y de los factores de la oferta y la demanda, su fórmula es: Base = Precio Físico - Precio Futuro iii. Tipos de Precios de Indiferencia.- Existen dos clases de precios de indiferencia, se expresan en Dólares por tonelada (para su conversión a moneda nacional se utiliza el tipo de cambio FIX o del Futuro al mes de comercialización en la Bolsa de Chicago (IME), y su cálculo depende de la zona a considerar: 1. Precio de Indiferencia en Zona de Consumo (PIZC): Para su cálculo debe considerarse la opción más eficiente de transporte (marítimo o terrestre) que represente el menor costo de internación del grano, su fórmula es: PIZC=PBF+BI+CI+FI Donde: PBF:Precio en Bolsa de Futuros: a. Se considera el precio de contrato de bolsa de futuros más cercano a la compra del producto. b. Cuando un producto no cotice en bolsa de futuros se aplicará la cotización en bolsa de un producto representativo (por ejemplo, el sorgo se cubre con el futuro del maíz). BI: Base Internacional: Son las BASES A PUERTO O FRONTERA; pueden ser marítimas o terrestres. Es el costo de traslado del producto de zona productora americana a frontera americana, o bien, a puerto americano, más el traslado de este último a puerto en golfo o pacífico mexicano. Si el grano es trasladado por vía marítima, se considera la base para el traslado del grano de golfo americano a golfo mexicano y/o pacífico mexicano. Específicamente, se debe considerar el costo de traslado del grano de la zona productora de EE.UU. a Nueva Orleans, más el costo de Nueva Orleans a puerto mexicano (Veracruz, Manzanillo, etc.). Si el grano es trasladado por flete terrestre (ferrocarril y/o autotransporte), se deberá considerar el costo del traslado del grano de la zona productora en EE.UU. hasta la mitad puente en frontera mexicana (por ejemplo: Nuevo Laredo, Nogales, Caléxico, etc.). CI: Costo de Internación: Son los gastos de internación del grano, tales como certificado de peso y calidad, fumigación, permiso fitosanitario, maniobras, etc., en frontera y/o puerto mexicano. Para el costo de internación, aplicará un porcentaje en función de la vía de ingreso del producto, ya sea puerto nacional o frontera nacional porcentajes que se aplican sobre la suma de los conceptos de precio en bolsa de futuros y base Internacional. FI: Flete de Internación: Flete por ferrocarril y/o autotransporte para llevar el grano de frontera y/o puerto mexicano a zona de consumo nacional del grano. Cabe señalar que la suma de la BI, el CI y el FI conforman la Base Zona Consumidora (BZC), como se describe: BZC = BI + CI + FI 2. Precio de Indiferencia en Zona Productora (PIZP): Representa el precio máximo que la parte compradora estaría dispuesta a pagar a la productora por la venta de su cosecha en zona productora, por lo que una misma zona productora puede tener distintos precios de indiferencia dependiendo de las zonas consumidoras a las que se abastezca. El PIZP se obtiene de restar la BN al PIZC, su fórmula es: PIZP = PIZC â BN Donde: BN: Base Nacional: Son costos de traslado del grano de zona productora nacional a zona consumidora, y contempla la zona geográfica de influencia por región y/o estado productor, se obtiene de sumar los siguientes costos conforme a la fórmula: BN = CFL + CA + CF Donde: CFL: Costo de Flete: Flete por ferrocarril y/o autotransporte para llevar el grano de zona de producción a zona de consumo nacional del grano. CA: Costo de Almacenaje Varía en función del número de meses de consumo y/o venta que representen los volúmenes adquiridos por los participantes. CF: Costo Financiero Para su cálculo se considera la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) más puntos porcentuales, conforme a los niveles de mercado al momento de su aplicación. b) Precio en Agricultura por Contrato (Precio de AxC) Es el precio de referencia para el Esquema de Agricultura por Contrato, que se determina a partir de la siguiente fórmula:
Donde: Precio de futuros de referencia es el precio del contrato de futuros cotizado en bolsa con el vencimiento más cercano posterior a la cosecha. Base Mínima para el Registro de Contratos de Compraventa (BMínC) se determina por la siguiente fórmula:
Los productores pueden de común acuerdo convenir con sus compradores bases de comercialización distintas a las publicadas por ASERCA, pues los valores de las Bases pueden variar para distintos lugares de consumo y diferentes compradores, dentro de una misma área de influencia logística, definida ésta como la zona geográfica de destino del producto que tiene por origen un mismo estado o región. Asimismo, el productor puede asumir el costo de la base, entregando esa parte dentro y pactando precios Para la determinación del precio de la AxC aplicarán las siguientes disposiciones: i. Antes de la siembra o de la cosecha: se definirán los componentes de la fórmula de precio de la AxC por cultivo elegible, ciclo agrícola, entidad federativa y/o región, los cuales serán dados a conocer en el Aviso y/o Comunicado correspondiente, para la suscripción de los contratos de compraventa, de acuerdo a lo siguiente: 1. Se indicará el vencimiento del futuro (mayo, julio, septiembre, etc.) que aplique. 2. Se dará a conocer los valores en dólares de las Bases que correspondan, en función de las áreas de influencia logística. El valor de las bases se determinará a partir conforme a las condiciones del mercado internacional y las de oferta y demanda que afectan al mercado local y regional, consumos auditados, intenciones de compra o la información provista por CIMA (Centro de Información de Mercados Agropecuarios) en términos de la oferta y demanda entre productores y compradores, y será fijado de común acuerdo en las reuniones convocadas por ASERCA. De no llegar a un acuerdo entre las partes, ASERCA se reserva el derecho de publicar la BMínC con base en la metodología establecida. ii. En la cosecha, se calculará el importe del precio de facturación de AxC, conforme a la modalidad de Coberturas elegidas por los participantes. A continuación se describe dichas modalidades:
1/ Dichas cotizaciones serán proporcionadas por ASERCA en las "Tablas de Precios de Sistemas de Cobertura" c) Precio pactado en AxC Representa el precio promedio ponderado de los contratos de compraventa firmados entre productoras y compradoras, y registrados y validados ante la Instancia Ejecutora al amparo del Esquema de AxC. d) Precios ofertados por los compradores al momento de la cosecha y/o precios pagados Son los precios ofertados y/o pagados por los compradores de las cosechas de granos y oleaginosas elegibles, en situación de libre mercado. Notas metodológicas: 1. Mercado Invertido.- Tratándose de una situación de Mercado Invertido, es decir, cuando el precio del contrato de futuros inmediato posterior a la cosecha sea superior a los contratos con vencimiento correspondiente al periodo de consumo del grano, en lugar de un futuro único deberá considerarse el promedio del futuro de hasta los tres vencimientos inmediatos posteriores más cercanos a la cosecha. 2. Precio de AxC y Precios de Indiferencia. El precio de AxC es una expresión modificada del Precio de Indiferencia en Zona de Producción (PIZP), el cual, a su vez, es un derivado del Precio de Indiferencia en Zona de Consumo (PIZC), definidos en la fracción II, inciso a) de este Anexo, como se muestra a continuación: De la fórmula PIZP = PIZC â BN Donde: PIZC = PBF + BI+CI+FI y: BI+CI+FI = BZC tenemos PIZP = PBF + BZC - BN = PBF + BEZC â BMR Mientras que Precio de AxC = PBF + BMinC
Si el solicitante se ubica en la hipótesis del artículo 7 de las reglas de operación y ya presentó a ASERCA los documentos que exige el Artículo 6 de las Reglas de Operación en alguna promoción anterior, solo deberá llenar los datos y de la siguiente declaración: "Declaro bajo protesta de decir verdad, que la documentación requerida a mi representada por el Artículo 6 de las Reglas de Operación como requisito general para que participe en los incentivos de ______________________ ya está en poder de SERCA; documentación que fue presentada el día_______ del mes de ________________ del año 201_ en la ventanilla ___________________________________, y que a la fecha de presentación de esta solicitud no ha existido cambio ni modificación alguna de todo lo que consta y se acredita en dichos documentos; asimismo declaro que los poderes conferidos para efectos de representación se encuentran vigentes, pues no han sido revocados, limitados ni modificados. Igualmente declaro que no ha existido cambio alguno respecto del domicilio fiscal de mi representada, a la fecha con la que se presenta esta solicitud. Por lo anterior me permito solicitar los incentivos :_________________________ que otorga el Programa, comprometiéndome a cumplir con los específicos establecidos para este tipo de incentivo en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
NOTA 1: LA LISTA DE BENEFICIARIOS DEBERA SER PRESENTADA EN FORMATO FISICO Y MAGNETICO (USB o DISCO COMPACTO). NOTA 2: SI LA LISTA DE BENEFICIARIOS ES MAYOR A 10, FAVOR DE NO LLENAR EL CUADRO ANTERIOR Y PRESENTAR LISTA ADJUNTA DEL MISMO.
Con la firma de la solicitud respectiva implica que el solicitante del apoyo acepta expresamente que ASERCA le notifique cualquier comunicación, mediante mensajería, fax, comunicación electrónica o cualquier otro medio, conforme a lo dispuesto por el Artículo 35 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Por su parte, cualquier notificación de los solicitantes o beneficiarios de ASERCA, podrán ser realizadas mediante mensajería, fax, comunicación electrónica o cualquier otro medio permitido en las Reglas de Operación. "Bajo ningún concepto podrán ser beneficiarios de los Incentivos de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, del Programa de Apoyos a la Comercialización, los servidores públicos de la Secretaría, los Agentes Técnicos o las Secretarías de Desarrollo Agropecuario (SDA o sus equivalentes en las entidades federativas o municipios) así como sus cónyuges o parientes consanguíneos o demás personas que al efecto y con sujeción a las disposiciones prevea la legislación federal y estatal en materia de responsabilidades de los servidores públicos." Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales de los Apoyos para la Adquisición de Coberturas de Precios de productos y especies elegibles (AACPE), con fundamento en la los artículos 68, 116 y TERCERO Transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 116, 113 fracción I y SEGUNDO Transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública. La finalidad de recabar los datos es exclusivamente para mantener el control y seguimiento en la operación del AACPE que se registrará en el Listado de Sistema de Datos Personales ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (www.ifai.org.mx) y sólo podrán ser transmitidos en aquellos casos previstos por la Ley. La Unidad Administrativa responsable de este Sistema de Datos Personales es la Dirección General de Operaciones Financieras. La dirección donde el interesado podrá ejercer sus derechos de acceso y corrección de datos personales ante la Unidad Administrativa responsable es: Av. Municipio Libre 377, 9o. piso Ala "A", Col. Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Ciudad de México. Lo anterior se informa en cumplimiento de lo señalado en Capítulo III, numeral Décimo Séptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005" "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa" INSTRUCTIVO DE LLENADO LOS NOMBRES PROPIOS SE ANOTARAN INICIANDO POR APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S), CON LETRA DE MOLDE MAYUSCULA, NO USAR ABREVIATURAS. INSTRUCTIVO DE LLENADO
ESTADO (nombre): Clave ASERCA Entidad Federativa, según catálogo www.gob.mx/aserca DDR (nombre): Clave ASERCA del Distrito de Desarrollo Rural (DDR), según catálogo www.gob.mx/aserca CADER (nombre): Clave ASERCA del Centro de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER), según catálogo www.gob.mx/aserca MUNICIPIO (nombre): Clave ASERCA del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios del INEGI VENTANILLA AUTORIZADA (nombre): Clave ASERCA de la Ventanilla Autorizada a través de la cual se realizó el trámite. Según catalogo www.gob.mx/aserca CONSECUTIVO: Número que se da en ventanilla para control interno, por cada envió a ASERCA. Fecha Registro: Fecha de registro ante la Ventanilla Autorizada en la que se presenta la solicitud (DD/MM/AAAA).
RAZ RFC: Clave de Registro Federal de Contribuyentes del persona solicitante, obligatorio para personas Física o Moral HOMOCLAVE: tres últimos dígitos de la clave de Registro Federal de Contribuyentes FECHA DE CONSTITUCION Y DE REGISTRO AL RFC: Fecha en la cual se realizó el Registro Federal de Contribuyentes OBJETO SOCIAL: Lo que se indica en el acta constitutiva ACTIVIDAD: Precisar con una X la que le corresponda, si no está en las opciones especificar en el campo OTRAS. TEL CORREO ELECTR
TIPO ASENT. HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio del productor, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita el productor persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ N N N C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio del productor. REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio del persona solicitante: Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio del persona solicitante. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del persona solicitante, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico de la persona solicitante conforme al catálogo de claves geoestadísticas del INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001 MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios que se puede consultar en la dirección electrónica: http://mapserver.inegi.org.mx/mgn2k/?c=646&s=est ESTADO (cve/nombre): Clave y nombre de la Entidad Federativa donde se encuentra el domicilio geográfico del productor, o del domicilio fiscal si es persona moral ejemplo: 003 BAJA CALIFORNIA SUR, 028 TAMAULIPAS, etc.
Representante Legal 1 Representante Legal 2 NOMBRE: Nombre (s) del persona solicitante. PRIMER APELLIDO: Apellido paterno del persona solicitante. SEGUNDO APELLIDO: Apellido materno de la persona solicitante. CURP: Clave TIPO DE IDENTIFICACI
NUMERO DE IDENTIFICACION: folio de la identificación con la cual se identifica de la persona solicitante. VIGENCIA DEL PODER: Se refiere al tiempo en el que el Representante Legal está facultado para realizar actos a favor del solicitante. N RFC: Registro federal de contribuyente, obligatorio para personas Física o Moral HOMOCLAVE: homoclave de Registro Federal de Contribuyentes el cual es asignado por el SAT TEL TELEFONO CELULAR (LADA): Número telefónico móvil de la persona que representa al solicitante, iniciando con la clave lada. Ejemplo: 044 o 045 (55)10 14 21 22 CORREO ELECTR
Señalar con una X en el recuadro al final del inciso, los documentos que se anexan a la solicitud. Si el solicitante ya presentó sus documentos con anterioridad, sólo deberá marcar con X el inciso 1, si es que presenta el proyecto y llenar los datos y firmar la declaración del inciso siguiente
Si el solicitante ya presentó con anterioridad sus documentos, debe llenar los espacios de esta Declaración y firmarla.
Señalar a las personas físicas o morales que resultaran beneficiadas al recibir los incentivos, indicando nombre o denominación o razón social, nombre del representante, CURP o RFC, y entidad federativa. Además de llenar el formato, se presentará por separada la lista de beneficiarios, marcando con X el recuadro correspondiente. Número total de empleados a cargo de la persona física o moral de los cuales deberá indicar cuántos de ellos son directos, indirectos y en su caso los jornales.
Nota: Se sugiere no imprimir el Instructivo de Llenado. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
I. Introducción 1.1 Nombre del proyecto. 1.2 Producto a promover. 1.3 Objeto General del proyecto. II. Antecedentes 2.1 Breve descripción del Solicitante. 2.2 Información detallada sobre los resultados obtenidos en la ejecución de apoyos recibidos en años anteriores. (Aprobados por la Instancia Ejecutora. En los casos que se solicite la continuidad de apoyos otorgados en años anteriores deberán justificar la continuidad y el nuevo alcance de impacto de los resultados esperados). III. Situación del mercado. 3.1 Valor económico. (Evolución del valor y volumen de la producción, consumo, precios, balanza comercial del producto, análisis costo-beneficio). 3.2 Análisis FODA (Fuerzas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas) del mercado. IV. Cadena Productiva. 4.1 Información básica del (os) producto (s). (Propiedades/características generales del producto). 4.2 Descripción de la cadena productiva. (Explicar cada uno de los eslabones que integran la cadena productiva dando valor agregado al producto, incluir organigrama, así mismo se deberá destacar cómo la elaboración del proyecto beneficiará a la Cadena Productiva). 4.3 Valor social. (Personal empleado directa e indirectamente en la cadena productiva). 4.4 Problemática. (Argumentar los obstáculos que limitan el consumo, o comercialización del producto agropecuario en cuestión así como, en su caso, el fortalecimiento y consolidación de la oferta). V. Concepto de Incentivo. 5.1 Concepto (s) de Incentivo (s) Solicitado (s). (Conforme al Título Segundo, Capítulo II, Sección I de las Reglas de Operación). 5.2 Desarrollo de estrategia. (Descripción detallada de las actividades que se implementarán para el cumplimiento de objetivos y metas, así como localización y descripción específica de donde se llevará a cabo el proyecto). 5.3 Mercado Objetivo. (A quién va dirigida la estrategia (segmentación de target)). 5.4 Objetivos. (Deberán ser cualitativos. Buscará identificar la finalidad hacia la cual deben dirigirse los recursos para dar cumplimiento a los propósitos del proyecto. El objetivo debe responder a las preguntas "qué" y "para qué". Los objetivos serán concretos, viables y relevantes). 5.5 Metas. (Deberán ser cuantitativas. Consiste en el establecimiento de resultados medibles y realizables durante la vigencia del proyecto). 5.6 Indicadores. (Deben ser los medidores del cumplimiento cabal del alcance de los objetivos y metas, deben ser cuantificables, entendibles, confiables, precisos y exactos.*¹ Excepto para el tipo de apoyo denominado "Herramientas de información" en su apartado "Estudios y diagnósticos comerciales de mercados nacional y/o internacional"). 5.7 Entregables. (Elementos físicos que permitan comprobar la realización de las actividades: ej. Fotos, cd's, videos, material promocional, listados, etc.) 5.8 Calendario de ejecución de las acciones. Ejemplo:
5.9 Cuadro de gastos desglosado por actividad. (Costo unitario y costo total diferenciando la aportación privada de la federal). Ejemplo:
Anexar al menos tres cotizaciones firmadas y que contemplen datos de contacto de los proveedores de servicios y justificación de la selección del proveedor, en base a estrategia comercial o en su defecto justificar la continuación del proveedor seleccionado en años anteriores. 5.10 Calendario de ejecución de recursos. Ejemplo:
5.11 Cuadro de aportaciones de los recursos. Ejemplo:
VI. Seguimiento Al término del proyecto y en la entrega del informe final de resultados, el beneficiario deberá incluir un apartado de "Conclusiones" en el que indicará resultados obtenidos del proyecto como: medición en la variación de ventas, acuerdos comerciales logrados y su seguimiento, ingreso a nuevos nichos de mercado o cualquier otro logro obtenido a través del proyecto. Lo anterior podrá sustentarse a través de reportes emitidos por los beneficiarios directos, minutas de trabajo, intenciones de compra, pedimento, estadísticas o cualquier instrumento que el beneficiario haya implementado para obtener dichos resultados, reflejados en pesos o volumen. *Nota¹: Para el concepto de incentivo de Campañas Genéricas de Promoción Nacional y/o Internacional de Productos del Sector Agroalimentario deberán ser indicadores (fórmulas) que midan el cambio en el entorno pretendido a corto y/o mediano plazo contra las condiciones iniciales. *Nota²: Es necesario incluir todas y cada una de las fuentes de donde se obtengan datos oficiales. *Nota³: Los proyectos deberán ser presentados en hojas membretadas del solicitante, debidamente firmado y rubricado en cada una de sus hojas por el solicitante, del (los) Representante (s) o Apoderado (s) Legal (es). "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
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CONVENIO DE CONCERTACION QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA AGENCIA DE SERVICIOS A LA COMERCIALIZACION Y DESARROLLO DE MERCADOS AGROPECUARIOS, DENOMINADA "ASERCA", COMO ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION (SAGARPA), REPRESENTADO POR ___________________________________ EN SU CARACTER DE COORDINADOR GENERAL DE PROMOCION COMERCIAL Y FOMENTO A LAS EXPORTACIONES; Y POR LA OTRA PARTE, _____________________________, A LA QUE SE DENOMINARA EL "BENEFICIARIO", REPRESENTADA POR ____________________________, EN SU CARACTER DE _______________________________, A QUIENES DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARA LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE QUE "ASERCA" LE OTORGUE INCENTIVOS AL "BENEFICIARIO" PARA EL DESARROLLO DE SU PROYECTO: _________________________________________ (PROYECTO); AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES 1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal ___ (DPEF), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el __________________, contempla dentro de su anexo número ____ al Programa de Apoyos a la Comercialización, cuyo objetivo es _______________________________________________________________________. 2. El ________________ (REGLAS DE OPERACION), publicado en el "DOF" el _________________, en su artículo 75 establece los conceptos de incentivos, los cuales están encomendados a "ASERCA" a través de su Coordinación General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones (Instancia Ejecutora), los cuales se clasifican en los siguientes tipos: a) Incentivo para la Certificación de Calidad, Sanidad e Inocuidad; b) Incentivo para Campañas Genéricas de Promoción Nacional y/o Internacional de Productos del Sector Agroalimentario; c) Incentivo para Marcas Colectivas; d) Incentivo para Herramientas de información; e) Incentivo para Misiones Prospectivas, dentro y fuera de México; f) Incentivo para la Eventos Comerciales; g) Incentivo para la Denominaciones de Origen, y h) Incentivo para el Desarrollo de Capacidades para la Comercialización Nacional e Internacional. 3. El presente convenio contribuye con el objetivo general de _________________________________. 4. De conformidad con el artículo 80, fracción II de las "REGLAS DE OPERACION", la "Instancia Ejecutora" es la Coordinación General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, la cual es la encargada de operar el Subcomponente Promoción Comercial, por lo que asume todas las responsabilidades que implica el ejercicio de los recursos públicos federales. 5. El objeto de los incentivos que el Gobierno Federal, por conducto de la Instancia Ejecutora de "ASERCA", le otorga al "BENEFICIARIO", consiste en apoyar el desarrollo y ejecución de "EL PROYECTO", para lo cual es necesario formalizar el marco obligacional de las "PARTES" a través de la suscripción de este convenio. DECLARACIONES I.- "ASERCA" declara que: a) Es un órgano administrativo desconcentrado de la "SAGARPA", de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2o. fracción I, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 inciso D fracción I, 44 del Reglamento Interior de la SAGARPA; y 1 y 4 del Reglamento Interior de ASERCA, en el que entre las atribuciones conferidas está la de "Canalizar, sujeto a la disponibilidad presupuestaria, los apoyos que correspondan a la población objetivo de los programas, esquemas y servicios de apoyos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la federación, las disposiciones que regulan su operación y demás disposiciones jurídicas aplicables". b) En virtud de que el "BENEFICIARIO" cumplió con los requisitos establecidos en las "REGLAS DE OPERACION", la Instancia Ejecutora con fecha ____________ emitió resolución de procedencia sobre la solicitud presentada por el "BENEFICIARIO", con la cual en oficio número ______________ notifica que se aprobó el "PROYECTO" por un monto total de $____________, (___________M/N), de los cuales la Instancia Ejecutora le otorga un incentivo al "BENEFICIARIO" por la cantidad de $____________, (_____________M.N.), que equivalen al _____%, y se contempla una aportación privada, estatal o municipal de $________________, (___________M/N), que equivalen al _____%. c) Para la realización del "PROYECTO", "ASERCA" a través de la Instancia Ejecutora, de los recursos autorizados en el "DPEF", correspondientes al Ramo ___, otorgará los incentivos a que se hace alusión en el proemio y las cláusulas primera y tercera del presente instrumento, conforme a lo dispuesto por la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que presupuestalmente procedan. d) El o la C._________________, en su carácter de Coordinador General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones como Instancia Ejecutora, está facultado para suscribir el presente convenio de concertación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 13 fracción XI y 16 del Reglamento Interior de "ASERCA"; y ___ de las "REGLAS DE OPERACION". f) Para todos los efectos y fines legales del presente convenio, señala como su domicilio el décimo primer piso, ala B, edificio que ocupa la "SAGARPA", ubicado en Av. Municipio Libre 377, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, en la Ciudad de México, C. P. 03310. II. El "BENEFICIARIO", a través de su representante, bajo protesta de decir verdad, declara que: a) Es una persona moral, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituida conforme a la legislación mexicana, como quedó acreditado con los documentos _________________________________________________________________ b) El o la C.____________________, en su carácter de representante legal, está plenamente facultado para suscribir el presente convenio de concertación, como quedó acreditado con los documentos ___________________________________________; manifestando bajo protesta de decir verdad, que a la fecha sus facultades siguen vigentes y no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas. c) De acuerdo con sus estatutos, su objeto social, es_________________________________ ____________________________________________________________________________. d) Su Registro Federal de Contribuyentes es: __________________. e) Conoce el contenido de las "REGLAS DE OPERACION", así como las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que pueda incurrir por uso indebido del recurso público Federal, que deriven de la normatividad aplicable para recibir los Incentivos de _________________. f) Se compromete a cumplir con las condiciones que dieron origen a su calificación como "BENEFICIARIO", así como con las condiciones y obligaciones que le imponen la normatividad y las estipulaciones acordadas en el presente convenio y en su anexo técnico. g) El "PROYECTO" cuenta con un Programa de Trabajo, mediante el cual se busca el fortalecimiento de la estructura financiera del "BENEFICIARIO" quien se compromete a que los recursos objeto del presente convenio de concertación, serán utilizados exclusivamente para la realización del "PROYECTO", en los términos que se pactan en el presente instrumento y en su anexo técnico. h) No está recibiendo incentivos de otros programas de la Administración Pública Federal para el mismo concepto, que impliquen suscribir su aportación o duplicar incentivos o subsidios. i) Para todos los efectos legales del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en _____________________________________________________________, autorizando que se le notifique a su representada mediante los medios de comunicación electrónica o cualquier otro medio similar, las prevenciones, requerimientos informes o cualquier otro documento relacionado con este convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. j) Se encuentra al corriente tanto de sus obligaciones fiscales así como del debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, respecto de los apoyos que hubieran recibido en ejercicios anteriores y, en consecuencia, haber firmado el acta de cierre-finiquito de los instrumentos jurídicos correspondientes. FUNDAMENTO LEGAL En virtud de lo anterior y con fundamento en lo establecido por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCION); 1, 2 fracción I, 14 primer párrafo, 17, 18, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Planeación; 1, 3, 4, 10, 13, 23, 24 fracción I, 45, 52, 54, 56, 57, 58, 74, 75, 76, 77, 106, 112, 115 y demás relativos aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 6, 23 fracciones I inciso b) y IV inciso b), 28, 64, 65, 66, 67, 68, 73, 170, 171, 172, 175, 176 y demás relativos aplicables del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 4, 32 fracciones VI, IX, X, XI y XIV, 104, 105, 109, 115 segundo párrafo, 144 fracciones I, II y IV, 183, 188 y demás relativos aplicables de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; ______________________ del "DPEF"; 2 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores públicos; 1 párrafo primero, 2 inciso D fracción I, y 44 del Reglamento Interior de la "SAGARPA"; 1, 4, 13 fracción III y 16 del Reglamento Interior de ASERCA; y ______de las "REGLAS DE OPERACION"; las "PARTES" manifiestan que es su libre voluntad suscribir el presente convenio de concertación sujetándose a las siguientes. CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETO: El presente convenio de concertación tiene por objeto que "ASERCA" a través de la Instancia Ejecutora, le otorgue los incentivos ________ al "BENEFICIARIO" para realizar las acciones establecidas en su "PROYECTO", aprobado en el marco de las "REGLAS DE OPERACION". SEGUNDA.- ACCIONES ESPEC El Programa de Trabajo del proyecto con el desglose de las acciones, objetivos, metas, indicadores, calendarios de ejecución de acciones y recursos, cuadros de aportación de recursos y de gastos desglosados por actividad para el cumplimiento del objeto del presente convenio, así como la mención de responsables y la fecha límite para la formulación del cierre técnico-financiero y del finiquito respectivos, se precisan en el Anexo Técnico, el cual firmado por las "PARTES" forma parte integrante de este convenio. TERCERA.- APORTACION: Para la realización del objeto del presente convenio "ASERCA", a través de la Instancia Ejecutora, otorga un incentivo al "BENEFICIARIO" por la cantidad de _____________________________, que equivalen al _____%, del costo total del "PROYECTO", cantidad proveniente de los recursos autorizados para ____________________, correspondiente al Ramo ___ del "DPEF". El incentivo a que se refiere el párrafo anterior, se realizará conforme a la normatividad aplicable, previa las autorizaciones presupuestales correspondientes y sujeto a la disponibilidad presupuestal respectiva. Los recursos que otorga "ASERCA" a través de la Instancia Ejecutora para el cumplimiento del objeto del presente convenio, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes, en consecuencia no perderán el carácter federal al ser canalizados al "BENEFICIARIO" y estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. El "BENEFICIARIO" se compromete a aportar la cantidad de $_________, (________M.N), equivalente al ____% del costo total para el desarrollo del "PROYECTO", de conformidad con la Cláusula Sexta del presente instrumento, en los tiempos y montos estipulados en el Anexo Técnico de este convenio. (NOTA: este párrafo sólo se agrega cuando hay aportaciones privada, estatal o municipal, adicionales a las del Gobierno Federal) CUARTA.- CUENTA BANCARIA: El "BENEFICIARIO" deberá contar con una cuenta bancaria exclusivamente para la administración y ejercicio de los recursos federales y en su caso, de la aportación privada, estatal o municipal que se transferirán por virtud de este convenio. Formalizado el presente instrumento el "BENEFICIARIO" deberá entregar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA" un recibo o factura por el importe de los recursos que le serán transferidos el cual deberá reunir los requisitos fiscales correspondientes. Posteriormente solicitará a la Dirección General de Administración y Finanzas de "ASERCA" que tramite el depósito o transferencia del monto que corresponda del incentivo otorgado. QUINTA.- CALENDARIOS: El "BENEFICIARIO" acepta que la aportación que recibe en los términos pactados en la cláusula tercera de este convenio, la aplicará de acuerdo con los calendarios de ejecución de acciones, de ejecución de recursos, cuadros de aportación de recursos y de gastos desglosados por actividad, que se precisan en el anexo técnico del presente instrumento, las que comprenden desde el inicio hasta la conclusión del "PROYECTO" objeto del incentivo. SEXTA.- OBLIGACIONES DEL "BENEFICIARIO": El "BENEFICIARIO" reconoce que dentro de las finalidades del convenio está generar una mayor rentabilidad y la creación de más empleos e ingresos en el sector al que pertenece, por lo que el "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Recibir y ejercer los recursos descritos en la cláusula tercera y aplicarlos exclusivamente para los fines autorizados, en los términos y condiciones que se estipulan en este convenio y su anexo técnico; b) Ejecutar las acciones que le correspondan, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el presente instrumento y su anexo técnico; c) Aplicar el total de su aportación al cumplimiento del presente convenio conforme al calendario estipulado en el anexo técnico del presente instrumento, así como cumplir con todas sus obligaciones, tal como lo precisó en su "PROYECTO", objeto del incentivo; (NOTA: este inciso sólo se agrega cuando hay aportaciones privada, estatal o municipal, adicionales a las del Gobierno Federal) d) Entregar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA" dentro de los primeros 8 días hábiles posteriores a la conclusión de cada mes de actividades, un informe técnico y financiero sobre el avance en la ejecución de las acciones acordadas, así como un informe sobre el avance en la aplicación de los recursos comprometidos en este convenio y su anexo técnico, así como una copia legible de la documentación comprobatoria con los requisitos fiscales correspondientes, de los gastos que haya realizado; lo anterior correspondientes al mes inmediato anterior; e) Entregar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA", un informe final de resultados, dentro de un plazo no mayor de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la conclusión del programa de trabajo y conforme al calendario de ejecución de las acciones que se especifican en el anexo técnico que forma parte integrante de este convenio; f) Resguardar y conservar en perfecto orden y estado por un periodo no menor de cinco años, contados a partir de la fecha de terminación del presente instrumento, la documentación original comprobatoria a que se refiere el inciso anterior, además de un ejemplar original del propio convenio. g) Brindar todas las facilidades, asistencia y todos los documentos que le requieran "ASERCA", la Instancia Ejecutora, el personal de supervisión y auditoría de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación, del las auditorías y revisiones para verificar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con motivo de este convenio o que de acuerdo con sus respectivos programas de trabajo consideren conveniente realizar; h) Cumplir todas y cada una de sus obligaciones inherentes al presente convenio y su anexo técnico para conservar la capacidad de seguir participando en los procesos futuros de concertación; i) Participar, en todas las Reuniones de ejecución, control y seguimiento sobre el cumplimiento del objeto de este convenio; j) Realizar las actividades correspondientes a la integración de la oferta de los productos derivados del sector al que corresponde, a fin de comercializarlos y promoverlos de manera eficiente, así como promover la integración de los productores en organizaciones legales que permitan esa finalidad, tales como empresas integradoras, cooperativas, etc.; k) Observar que en la papelería, documentación oficial, la publicidad y promoción empleadas para el desarrollo del presente convenio y su anexo técnico, se incluyan la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa" l) Mencionar expresamente la participación y apoyo que recibe del Gobierno Federal, a través de "ASERCA", previa autorización de la Coordinación General de Comunicación Social de la "SAGARPA", tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del "PROYECTO" objeto del presente instrumento, como en la información de resultados obtenidos; m) Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda, y sujetarse a los calendarios electorales que emita la autoridad competente. Salvo los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCION" respecto a las actividades a realizarse con motivo de la aplicación de los recursos que sean asignados en cumplimiento del presente instrumento; n) En los términos del artículo 134 de la "CONSTITUCION" respetará que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación que difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de las actividades desarrolladas con cargo a la aplicación de los recursos asignados en cumplimiento del presente instrumento; ñ) En la entrega de los recursos no hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos que impliquen su promoción, y o) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones emitidas por la "SAGARPA" y "ASERCA" y las demás dependencias y entidades involucradas de la Administración Pública Federal conforme a la legislación. SEPTIMA.- SUPERVISION Y VIGILANCIA: El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública y demás autoridades conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. No obstante lo anterior y sin menoscabo de los mecanismos establecidos en este convenio, el "BENEFICIARIO" está de acuerdo en que "ASERCA" o alguna otra autoridad competente, podrá supervisar, inspeccionar y vigilar la ejecución y desarrollo de las acciones y la correcta aplicación de los recursos materia del mismo. OCTAVA.- INTEGRACION DE REUNIONES DE SEGUIMIENTO: Las Reuniones de Seguimiento serán integradas por: "ASERCA" designará a los integrantes dentro del personal adscrito a la Coordinación General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones como Instancia Ejecutora. Del personal de la Dirección de Promoción Comercial podrá designar a los Especialistas Agropecuarios que resulten necesarios, para garantizar el seguimiento a los avances financieros del ejercicio de los recursos asignados al presente convenio de concertación, así como para la debida supervisión y seguimiento al cumplimiento de objetivos, acciones y metas del "PROYECTO". BENEFICIARIO designa como integrante (s) a ______________________________, en su carácter de _____________________________, quien (es) cuenta (n) con facultades suficientes. Los integrantes a estas reuniones no tienen atribuciones para acordar, aprobar o autorizar actividades que modifiquen las acciones estipuladas en el convenio o su anexo técnico. NOVENA.- REUNIONES DE SEGUIMIENTO: En un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la firma del presente convenio de concertación, deberá celebrarse la integración de las Reuniones de Seguimiento, en la cual se fijará el calendario de las subsecuentes Reuniones de Seguimiento. Las reuniones se llevarán a cabo de manera mensual dentro de los primeros 8 días hábiles posteriores a la conclusión de cada mes de actividades conforme a la fecha de firma de este instrumento y tendrán por objeto revisar los avances técnicos y financieros respecto de la ejecución de las acciones programadas y estipuladas; así como vigilar la aplicación de los recursos se haga en los términos pactados en este convenio. En estas reuniones se levantará un acta en la cual se supervisará el nivel de cumplimiento de cada una de las actividades programadas y se asentará la documentación, en su caso, pendiente de presentar para la evaluación del avance técnico y financiero. La Instancia Ejecutora de "ASERCA" contará con un plazo de 12 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente en que se haya celebrado la reunión, para realizar la revisión respectiva de los informes técnicos y financieros mensuales y en su caso, notificar por escrito al "BENEFICIARIO" para que en un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación, presenten la documentación faltante. El "BENEFICIARIO" deberá presentar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA", un informe final de resultados dentro de un plazo no mayor a 30 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la conclusión del programa de trabajo, conforme al Calendario de ejecución de acciones establecido dentro del anexo técnico. Dicho plazo podrá ampliarse por 10 días hábiles más por causa justificada a criterio de la Instancia Ejecutora y le sea solicitado expresamente por el "BENEFICIARIO" dentro de los 30 días hábiles del plazo original. La Instancia Ejecutora deberá dar contestación a la solicitud de ampliación en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de recibida la solicitud. La Instancia Ejecutora de "ASERCA" contará con 30 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la fecha de la presentación del informe final por el "BENEFICIARIO" para emitir el Acta de Cierre Finiquito del presente instrumento, en caso de que resulte procedente. En caso contrario deberá notificar por escrito al "BENEFICIARIO" las observaciones y/o correcciones, para que en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, presente la documentación faltante, o en su caso, solicite el cálculo del reintegro e intereses; de no hacerlo la Instancia Ejecutora procederá conforme a lo establecido en la cláusula décima novena del presente convenio. En caso de existir observaciones al informe final presentado por el "BENEFICIARIO" y/o la solicitud de reintegros e intereses por parte de la Instancia Ejecutora, la fecha del acta del Cierre Finiquito se recorrerá con la finalidad que la Instancia Ejecutora concluya con los procedimientos necesarios para verificar el total cumplimiento de las obligaciones del "BENEFICIARIO". DECIMA.- OBJETO DE LAS REUNIONES DE SEGUIMIENTO: El objetivo de las reuniones de seguimiento, será la de supervisar y dar seguimiento a la ejecución puntual de las acciones y a la correcta aplicación de los recursos objeto de este convenio de concertación y su anexo técnico. El "BENEFICIARIO" se comprometerá a cumplir con la supervisión, seguimiento de las acciones y aplicación de los recursos, para lo cual elaborarán informes mensuales de avances de las actividades técnicas y financieras, anexando copia de la comprobación correspondiente de la cual observará que ésta se encuentre debidamente vinculada al convenio de concertación, su anexo técnico y las "REGLAS DE OPERACION" "ASERCA" a través de su Instancia Ejecutora supervisará que las acciones realizadas y reportadas sean acordes al objeto del convenio y su anexo técnico suscrito por las "PARTES", mismas que deberán de ser congruentes al ejercicio de los recursos. Asimismo, el "BENEFICIARIO" formulará el informe final de resultados del "PROYECTO" incluyendo lista final de beneficiarios, conforme a lo cual se procederá a la formulación del acta de cierre-finiquito, una vez que el "BENEFICIARIO" haya reintegrado en los términos que señale la Instancia Ejecutora de "ASERCA" los recursos remanentes, en su caso, y/o los productos financieros generados en la cuenta manifestada en la cláusula cuarta del presente convenio. DECIMA PRIMERA.- OBLIGACION EN CUANTO AL SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES TECNICAS Y FINANCIERAS: En relación con la supervisión y seguimiento respecto de las distintas actividades técnicas y financieras, el "BENEFICIARIO" deberá observar lo siguiente: Actividades Técnicas. 1. El "BENEFICIARIO" no podrá modificar ninguna de las actividades, objetivos, metas o indicadores pactados en el anexo técnico del convenio de concertación, a menos que ésta sea solicitada por escrito a la Instancia Ejecutora acompañada de justificación respectiva, previo al evento, fecha, servicio, actividad, objetivo, meta o indicador que es causa de la modificación y dentro de la vigencia del presente instrumento. La Instancia Ejecutora de "ASERCA" recibirá la solicitud y para aprobar o rechazar la petición se ajustará al procedimiento previsto en el Artículo 83 fracción V de las "REGLAS DE OPERACION"; 2. El "BENEFICIARIO" deberá entregar el informe de las actividades correspondientes al mes inmediato anterior a la fecha de la Reunión, junto con la evidencia correspondiente al desarrollo de dichas actividades y en los términos del anexo técnico de este convenio de concertación; Los informes de actividades deberán reportar únicamente las actividades del mes programado en el calendario de ejecución de acciones del anexo técnico. Actividades Financieras. 1. El "BENEFICIARIO" en cumplimiento con la cláusula cuarta del presente instrumento, deberá contar con una cuenta bancaria (que genere productos financieros) para el manejo de los recursos federales otorgados por la Instancia Ejecutora de "ASERCA" para el desarrollo de su "PROYECTO"; por lo que deberá entregar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA" copia del contrato de apertura de dicho instrumento bancario indicando que estará garantizada la generación de rendimientos durante su utilización; 2. El "BENEFICIARIO" deberá entregar el informe financiero de las actividades correspondientes al mes inmediato anterior a la fecha de la reunión, junto con la evidencia correspondiente al desarrollo de dichas actividades y de acuerdo al anexo técnico. 3. Los productos financieros (intereses brutos) que se generen en la cuenta del "BENEFICIARIO", referida en la cláusula cuarta de este instrumento, se deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación en los términos que señale la Instancia Ejecutora de "ASERCA" dentro de los primeros 15 días hábiles de cada mes y durante la vigencia del presente convenio, para que una vez realizado el reintegro haga de conocimiento a la Instancia Ejecutora acompañando copia de los estados de cuenta en los que se precise el registro de los intereses generados correspondientes al mes inmediato anterior. Deberá solicitar al banco con el que aperturó la cuenta bancaria citada, la constancia de los productos financieros generados correspondientes al mes inmediato anterior; 4. El "BENEFICIARIO" utilizará el subsidio otorgado por la Instancia Ejecutora de "ASERCA" exclusivamente en los conceptos establecidos en el presente convenio de concertación y los ejercerá conforme al calendario de ejecución de recursos establecido en su anexo técnico. El mismo tratamiento deberá observarse respecto de la aportación que otorgue el "BENEFICIARIO" para el cumplimiento del "PROYECTO" de acuerdo a lo señalado en el párrafo cuarto de la cláusula tercera; 5. Si el "BENEFICIARIO" logra una economía por cualquier concepto de gasto establecido, reintegrará los recursos federales. En caso de que este recurso se hubiera retirado de la cuenta, la Instancia Ejecutora de "ASERCA" notificará por escrito al "BENEFICIARIO" el monto a reintegrar incluyendo los intereses correspondientes y calculados hasta el día de su reintegro y la cuenta específica a la que deberá realizarse el depósito, para que sea debidamente reintegrado en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente en que se realice la notificación. No se podrá utilizar el dinero economizado en otros conceptos de gasto, no obstante que éstos estén considerados en el anexo técnico del presente convenio, a no ser que se presente y se apruebe la solicitud correspondiente en los términos del Artículo 83 fracción V de las "REGLAS DE OPERACION"; 6. La Instancia Ejecutora de "ASERCA", sólo podrá autorizar aquellas modificaciones financieras al convenio de concertación, antes de la fecha de inicio de las actividades involucradas, por lo que en su caso, se debe prever los tiempos de respuesta, observando el procedimiento previsto en el Artículo 83 fracción V de las "REGLAS DE OPERACION"; 7. Los comprobantes fiscales que acrediten los gastos efectuados, deberán ser expedidos a nombre del "BENEFICIARIO" y entregados a la Instancia Ejecutora de "ASERCA", los cuales deberán contener un desglose por concepto incluyendo cantidad y costo unitario en su caso, así como los impuestos aplicables. En caso de que los pagos que efectúen los "BENEFICIARIOS" a sus proveedores en divisas extranjeras sean superiores a lo programado, las diferencias por tipo de cambio serán absorbidas por el "BENEFICIARIO" y si éstas son inferiores se considerará economías que deberá ser reintegrada a la Tesorería de la Federación en los términos que señale la Instancia Ejecutora. Para el caso del concepto de incentivo ----------------------, la aportación privada, estatal o municipal podrá ser acreditada con comprobantes fiscales expedidos a nombre de la (s) persona (s) que se encuentre (n) dentro de la Lista de Beneficiarios entregada por el "BENEFICIARIO" en la Lista Final de Beneficiarios. Los conceptos de gasto que se indiquen en la factura deberán coincidir con lo establecido en el presente instrumento y en el anexo técnico y, de ser el caso, se deberá entregar copia de los contratos firmados con los proveedores. El pago a proveedores debe ser a la cuenta de la persona física o moral que está emitiendo la factura y prestando el servicio, por lo que no se tomará en cuenta el pago que se haga a un representante de la persona física o moral, como tampoco se considerarán las facturas o los pagos que se hagan antes o después de la vigencia del convenio de concertación, con la salvedad de aquellos pagos que hubiesen sido realizados con anterioridad y que hubieren sido así considerados desde su solicitud para los incentivos; 8. Está prohibido que el "BENEFICIARIO" tome prestado, temporal o definitivamente el apoyo para otros conceptos diferentes a los asentados en el "PROYECTO", aunque después haga el reintegro a la cuenta bancaria, la cual se utilizará exclusivamente para el manejo del subsidio otorgado por parte de la Instancia Ejecutora de "ASERCA", y 9. Las comisiones bancarias e impuestos generados y/o retenidos en la cuenta en la cual se depositó el incentivo federal, deberán ser cubiertos por el "BENEFICIARIO", por lo que en caso de los supuestos planteados en las cláusulas décima tercera, décima quinta y décima novena del presente instrumento, la cantidad que se reintegrará en los términos que señale la Instancia Ejecutora de "ASERCA" se realizará sin descontar tales conceptos. DECIMA SEGUNDA.- VIGENCIA DE LAS REUNIONES DE SEGUIMIENTO: Las reuniones de seguimiento operarán a partir de la fecha de su constitución y concluirá sus funciones al concluirse las acciones del "PROYECTO", con base en lo establecido en la cláusula vigésima cuarta del presente instrumento, por lo que a partir de esta fecha y una vez que el "BENEFICIARIO" haya cumplido con los requerimientos de estas Reuniones de Seguimiento en cuanto a la entrega de sus informes técnicos y financieros, la comprobación de los recursos, así como la entrega de su Informe final de resultados, la Instancia Ejecutora de "ASERCA" tendrá un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la entrega del Informe Final de Resultados para emitir en su caso, el Acta de Cierre Finiquito correspondiente. DECIMA TERCERA.- REINTEGROS: El "BENEFICIARIO" se obliga a reintegrar a la Tesorería de la Federación en los términos que señale la Instancia Ejecutora de "ASERCA" la parte proporcional de los recursos federales otorgados en los términos de la Cláusula Tercera, que no se hayan aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento. Si los recursos no son devengados en los términos que señalen las disposiciones aplicables, o los incentivos se cancelan total o parcialmente, el "BENEFICIARIO" deberá reintegrarlos a la Tesorería de la Federación dentro de un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha con la que la Instancia Ejecutora de "ASERCA" notifique por escrito al "BENEFICIARIO", por lo que éste deberá reintegrar los recursos en los términos que se le indiquen y conforme a las disposiciones legales aplicables, con el saldo de la cuenta referida en la cláusula cuarta, incluyendo el importe de los rendimientos financieros e intereses que resulten. El reintegro de recursos a los que se refiere la presente cláusula, se deberá calcular con base a los valores gubernamentales de la tasa de rendimientos de CETES a 28 días, publicados por el Banco de México. DECIMA CUARTA.- RESPONSABLES: El Coordinador General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, como Instancia Ejecutora de "ASERCA", es responsable del ejercicio y autorización de la erogación de los recursos estipulados en la cláusula tercera de este convenio; el titular de la Dirección de Promoción Comercial será responsable de los compromisos financieros, del seguimiento de acciones y de la supervisión e inspección en relación con el estricto cumplimiento del presente convenio y de su anexo técnico, así como de los compromisos operativos y técnicos del presente instrumento. DECIMA QUINTA.- TERMINACION ANTICIPADA: El convenio podrá darse por terminado, anticipadamente por: a) Caso fortuito o de fuerza mayor no imputables al "BENEFICIARIO" y debidamente acreditado, que afecten o imposibiliten el desarrollo u operación del proyecto autorizado; b) Acuerdo de las "PARTES", siempre que no se afecte el desarrollo del proyecto autorizado; c) Haberse cumplido los fines del proyecto autorizado, y d) Hacerse imposible el objeto del convenio o los fines del proyecto autorizado DECIMA SEXTA.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR: Para el caso de incumplimientos a las obligaciones a cargo de las "PARTES" derivado de caso fortuito o fuerza mayor, la Instancia Ejecutora de "ASERCA", determinará si el supuesto se actualiza tomando en consideración si es exterior, esto es tiene una causa ajena a la voluntad del obligado y es insuperable, irresistible, inevitable o imprevisible; se deberá tratar de sucesos de la naturaleza o de hechos del hombre que, siendo extraños al obligado, lo afectan en su esfera jurídica impidiéndole temporal o definitivamente el cumplimiento parcial o total de una obligación, sin que tales hechos le sean imputables directa o indirectamente y cuya afectación no puede evitar con los instrumentos de que normalmente se disponga en el medio social en el que se desenvuelve, ya para prevenir el acontecimiento o para oponerse a él y resistirlo. DECIMA SEPTIMA.- EXTEMPORANEIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES: Cuando la extemporaneidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del "BENEFICIARIO" resulta como consecuencia directa del retraso por parte de la Instancia Ejecutora de "ASERCA" en la ministración del incentivo objeto del presente convenio, esta última podrá determinar que se entiendan prorrogadas de igual forma y por el mismo tiempo las obligaciones a cargo del "BENEFICIARIO". DECIMA OCTAVA.- CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO: Son causas de incumplimiento por parte del "BENEFICIARIO", las siguientes: a) Incumplir cualquier obligación establecida en el convenio o su anexo técnico y/o su modificación, mediante los que se formalizó el otorgamiento de los incentivos; b) No aplique los incentivos entregados para los fines que sirvieron de base a su autorización o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso deberán reintegrar parcial o totalmente los incentivos otorgados, más el pago de los productos financieros; c) No acredite la correcta aplicación de los incentivos en términos del presente convenio y/o "REGLAS DE OPERACION"; d) Impida la realización de visitas de supervisión o la evaluación y el seguimiento del desempeño y resultados de los Proyectos que les fueron aprobados, o cuando así lo solicite la Instancia Ejecutora y/o "ASERCA", la "SAGARPA", la Secretaría de la Función Pública, a través del e) No entregue a la Instancia Ejecutora la documentación que acredite los avances y la conclusión de las acciones que hayan sido objeto del incentivo autorizado; f) Presente documentación comprobatoria de gasto que no corresponda a los conceptos y/o montos para los cuales fueron autorizados los recursos federales o de los demás participantes, o presenten información o documentación apócrifa o falsa sobre la aplicación de los incentivos o del avance en la ejecución del proyecto y; g) Incumplan cualquier otra obligación o deber jurídico previsto en el presente convenio y/o "REGLAS DE OPERACION", avisos, lineamientos y demás ordenamientos jurídicos que le sean aplicables, así como de los derivados de los instrumentos jurídicos que suscriban para el otorgamiento de los incentivos. DECIMA NOVENA.- RESCISION: Una vez que la Instancia Ejecutora de "ASERCA" tenga conocimiento de inconsistencias o anomalías; alguna irregularidad por acción u omisión; información o documentación presumiblemente falsa o apócrifa; dolo, error o mala fe por parte del "BENEFICIARIO"; o si éste incumple sus instrucciones o las de "ASERCA", o llegara a incurrir en cualquiera de las causas de incumplimiento señaladas en la cláusula décima octava anterior o en las "REGLAS DE OPERACION", además si no permitiera efectuar las verificaciones y auditorías, o en su caso, no proporcione las facilidades que se requieran para efectuarlas; la Instancia Ejecutora lo informará de inmediato a la Coordinación Jurídica de "ASERCA" y le remitirá el expediente correspondiente, señalando las causas. Con base en lo anterior, la Coordinación Jurídica ejercitará las acciones legales que correspondan para la recuperación total o parcial de los incentivos con sus productos financieros, cuando los beneficiarios hayan incurrido en cualquiera de las causas de incumplimiento. El reintegro del incentivo total o parcial, según corresponda, a la Tesorería de la Federación, más el pago de los productos financieros, será en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Como consecuencia del incumplimiento del convenio y/o su modificación por parte del beneficiario del incentivo, la Instancia Ejecutora declarará la pérdida de su derecho a recibir incentivos futuros y gestionará su registro en el Directorio de personas físicas y/o morales, que pierden su derecho a recibir incentivos, a cargo de la Oficialía Mayor de la SAGARPA. VIGESIMA.- RELACIONES LABORALES: El personal de cada una de las "PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra; por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. VIGESIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES: Cualquier modificación o adición que afecte los montos o descripción del concepto de incentivo y/o afectaran objetivos, metas e indicadores, aportación privada, estatal o municipal la vigencia del convenio, deberá sujetarse al procedimiento previsto en el artículo _____ de las "REGLAS DE OPERACION". VIGESIMA SEGUNDA.- AUSENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: Las "PARTES" declaran bajo protesta de decir verdad, que suscriben el presente instrumento sin que exista error, coacción, dolo, mala fe, violencia, lesión ni cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo. VIGESIMA TERCERA.- CONTROVERSIAS: Si llegara a suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación o cumplimiento de este convenio de concertación o de su anexo técnico, las "PARTES" lo resolverán de común acuerdo, de lo contrario convienen expresamente en que se someterán a la legislación federal aplicable y a la jurisdicción de los tribunales judiciales federales competentes con residencia en la Ciudad de México, por lo que en el momento de firmar el presente instrumento, renuncian en forma expresa al fuero que en razón de su domicilio actual o futuro o por cualquiera otra causa, pueda o pudiere corresponderles. VIGESIMA CUARTA.- VIGENCIA: El presente convenio iniciará su vigencia el día de su firma y terminará el _____________________, o con la conclusión de las acciones previstas en el anexo técnico el cual forma parte del presente instrumento. En términos de lo establecido por los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 175 de su Reglamento, el incentivo otorgado en virtud del presente compromiso, deberá estar devengado por la Instancia Ejecutora de "ASERCA" a más tardar al 31 de diciembre de 2018. "ASERCA" a través de la Instancia Ejecutora y el "BENEFICIARIO", por voz de sus representantes conscientes de la importancia, trascendencia, alcance y fuerza legal de su contenido y de sus estipulaciones, firman de conformidad al margen y al calce en cuatro ejemplares el presente convenio de concertación en la Ciudad de México, el _____________ del ____.
Se hace constar que se cuenta con una disponibilidad presupuestal en el ejercicio fiscal ____ para atender el presente compromiso, por un monto de ______________________________ de acuerdo con la Clave y Calendario Siguiente: CLAVE (_____________________________)
Director de Finanzas de "ASERCA". ______________________________________ Ciudad de México a _____________________ de ____. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
ANEXO TECNICO DEL CONVENIO DE CONCERTACION QUE SE SEÑALA EN EL ANTECEDENTE ANTECEDENTES
a) El "BENEFICIARIO" tendrá a su cargo la ejecución de las acciones siguientes: - ______________________________ - ______________________________ - ______________________________ - ______________________________ - ______________________________ En función de las acciones enunciadas, el "BENEFICIARIO" se obliga a entregar a la Instancia Ejecutora de "ASERCA" como documentación comprobatoria del seguimiento técnico y financiero del "PROYECTO", los siguientes comprobantes que se detallan de manera enunciativa mas no limitativa, los cuales son necesarios para que "ASERCA" realice la formulación del cierre técnico-financiero y del finiquito respectivos. Evidencia actividades financieras · Contrato de apertura de cuenta para depósito de recursos federales (copia simple); · Recibo de recepción de recursos federales; · Informes financieros mensuales que refleje el ejercicio de los recursos; · Contratos con proveedores (copia simple); · Estados de cuenta mensuales (copia simple); · Ficha de depósito que ampara el reintegro de productos financieros (copia simple); · Carta de notificación de reintegro de productos financieros dirigida al Titular de la Coordinación General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones de "ASERCA"; · Facturas de pago a proveedores (copia simple), y · Cheques, pólizas de cheques y/o transferencias bancarias (copia simple) del recurso federal y privado. La documentación comprobatoria, deberá hacer mención de cada concepto al que se le aplica el pago y en su caso, la descripción de los servicios prestados corresponderá a los descritos en los contratos respectivos con proveedores. Evidencia actividades técnicas - ______________________________________ - ______________________________________ - ______________________________________ b) Las únicas acciones a ejecutar por la Instancia Ejecutora de "ASERCA", serán las tendientes a tramitar las entregas mediante depósito o transferencia del importe del incentivo materia del "CONVENIO" a la cuenta bancaria del "BENEFICIARIO", acordada en la cláusula cuarta del propio "CONVENIO", en lo estipulado en el cuadro de aportación de los recursos contenido en la fracción V del presente anexo.
a) Objetivo General del proyecto - ______________________________________ - ______________________________________ - ______________________________________ b) Objetivos específicos - ______________________________________ - ______________________________________ - ______________________________________
- ______________________________________ - ______________________________________ - ______________________________________
Con referencia a cada una de las metas señaladas, los indicadores que se emplearán para evaluar acciones y resultados serán: - ______________________________________ - ______________________________________ - ______________________________________
a) Calendario de ejecución de acciones:
b) Cuadro de gastos desglosado por actividad
c) Calendario de ejecución de recursos. (Cifras en pesos mexicanos)
d) Cuadro de aportación de recursos. (Cifras en pesos mexicanos)
1. Por parte del "BENEFICIARIO", el responsable de la ejecución de las acciones en particular y del programa de trabajo en general, para el desarrollo y conclusión del "PROYECTO" será _____________________________ en su carácter de ___________________________________. 2. Por parte de "ASERCA" el responsable del ejercicio y autorización de la erogación del incentivo que entrega a través del Convenio de Concertación será _______________________, Coordinador General de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, como Instancia Ejecutora de "ASERCA"; quien será responsable de los compromisos financieros, así como del seguimiento, supervisión e inspección sobre el estricto cumplimiento del "CONVENIO" y de las estipulaciones contenidas en éste; y el ______________________ Director de Promoción Comercial será responsable de los compromisos operativos y técnicos del "CONVENIO".
La formulación del cierre técnico-financiero y el finiquito del "CONVENIO", deberá realizarse dentro de un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la entrega del Informe Final de Resultados del proyecto por parte del "BENEFICIARIO", conforme al calendario de ejecución de las acciones estipulado. El presente Anexo Técnico es accesorio del Convenio de Concertación mencionado en su Antecedente
Las firmas que anteceden corresponden al Anexo Técnico del Convenio de Concertación suscrito el _______________ del ____ por el Ejecutivo Federal por conducto de "ASERCA", "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
INSTRUCTIVO DE LLENADO
ESTADO (nombre): Clave ASERCA Entidad Federativa, según catálogo www.gob.mx/aserca DDR (nombre): Clave ASERCA del Distrito de Desarrollo Rural (DDR), según catálogo www.gob.mx/aserca CADER (nombre): Clave ASERCA del Centro de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER), según catálogo www.gob.mx/aserca MUNICIPIO (nombre): Clave ASERCA del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios del INEGI VENTANILLA AUTORIZADA (nombre): Clave ASERCA de la Ventanilla Autorizada a través de la cual se realizó el trámite. Según catalogo www.gob.mx/aserca CONSECUTIVO: Número que se da en ventanilla para control interno, por cada envió a ASERCA. Fecha Registro: Fecha de registro ante la Ventanilla Autorizada en la que se presenta la solicitud (DD/MM/AAAA).
NOMBRE: Nombre (s) del persona solicitante. PRIMER APELLIDO: Apellido paterno de la persona solicitante. SEGUNDO APELLIDO: Apellido materno de la persona solicitante. FECHA DE NACIMIENTO: Fecha de nacimiento del productor solicitantes, de acuerdo al formato (dd/mm/aaaa). CURP: Clave NACIONALIDAD: Se refiere al país de origen de la persona solicitante o, en el caso de extranjeros, lo señalado en el documento de naturalización. ESTADO DE NACIMIENTO: Clave del estado de nacimiento de la persona solicitante, de acuerdo al catálogo de Entidades Federativas de INEGI. En caso que el beneficiario haya nacido en el extranjero, se debe capturar la clave NE (nacido en el extranjero). ESTADO CIVIL (CLAVE): Clave que corresponda al estado civil de la solicitante persona física o del representante legal, de acuerdo con el siguiente Catálogo de claves:
RFC: Registro federal de contribuyente, obligatorio para personas Física o Moral HOMOCLAVE: homoclave de Registro Federal de Contribuyentes el cual es asignado por el SAT TEL CORREO ELECTR TIPO DE IDENTIFICACI
N
RAZ RFC: Clave de Registro Federal de Contribuyentes de la persona solicitante, obligatorio para personas Física o Moral HOMOCLAVE: tres últimos dígitos de la clave de Registro Federal de Contribuyentes FECHA DE CONSTITUCI OBJETO SOCIAL: Lo que se indica en el acta constitutiva
N N
TIPO ASENT. HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio del productor, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita el productor persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ N N N C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio del productor. REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio del persona solicitante. Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio del persona solicitante. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del persona solicitante, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico de la persona solicitante conforme al catálogo de claves geoestadísticas del INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001 MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios que se puede consultar en la dirección electrónica: http://mapserver.inegi.org.mx/mgn2k/?c=646&s=est ESTADO (cve/nombre): Clave y nombre de la Entidad Federativa donde se encuentra el domicilio geográfico del productor, o del domicilio fiscal si es persona moral ejemplo: 003 BAJA CALIFORNIA SUR, 028 TAMAULIPAS, etc.
NOTA: Si los solicitantes representarán a otras unidades productivas, deberán proporcionar la documentación e información solicitada en este Anexo por cada una de sus representadas.
Si el solicitante se ubica en la hipótesis del artículo 7 de las reglas de operación y ya presentó a ASERCA los documentos que exige el Artículo 6 de las Reglas de Operación en alguna promoción anterior, sólo deberá presentar los documentos del inciso 1 de la relación anterior, llenar los datos y firmar la siguiente declaración: "Declaro bajo protesta de decir verdad, que la documentación requerida mi representada por el Artículo 6 de las Reglas de Operación como requisito general para que participe en los incentivos de ______________________ ya está en poder de SERCA; documentación que fue presentada el día_______ del mes de ________________ del año 201_ en la ventanilla ___________________________________, y que a la fecha de presentación de esta solicitud no ha existido cambio ni modificación alguna de todo lo que consta y se acredita en dichos documentos; asimismo declaro que los poderes conferidos para efectos de representación se encuentran vigentes, pues no han sido revocados, limitados ni modificados. Igualmente declaro que no ha existido cambio alguno respecto del domicilio fiscal de mi representada, a la fecha con la que se presenta esta solicitud. Por lo anterior me permito solicitar los incentivos :_________________________ que otorga el Programa, comprometiéndome a cumplir con los específicos establecidos para este tipo de incentivo en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
(Si el número de productos a promocionar es mayor de dos, enviar descripción en documento siguiendo el formato siguiente.)
Con la firma de la solicitud respectiva implica que el solicitante del apoyo acepta expresamente que ASERCA le notifique cualquier comunicación, mediante mensajería, fax, comunicación electrónica o cualquier otro medio, conforme a lo dispuesto por el Artículo 35 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Por su parte, cualquier notificación de los solicitantes o beneficiarios de ASERCA, podrán ser realizadas mediante mensajería, fax, comunicación electrónica o cualquier otro medio permitido en las Reglas de Operación. "Bajo ningún concepto podrán ser beneficiarios de los Incentivos de Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, del Programa de Apoyos a la Comercialización, los servidores públicos de la Secretaría, los Agentes Técnicos o las Secretarías de Desarrollo Agropecuario (SDA o sus equivalentes en las entidades federativas o municipios) así como sus cónyuges o parientes consanguíneos o demás personas que al efecto y con sujeción a las disposiciones prevea la legislación federal y estatal en materia de responsabilidades de los servidores públicos." Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales de los Apoyos para la Adquisición de Coberturas de Precios de productos y especies elegibles (AACPE), con fundamento en la los artículos 68, 116 y TERCERO Transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 116, 113 fracción I y SEGUNDO Transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública. La finalidad de recabar los datos es exclusivamente para mantener el control y seguimiento en la operación del AACPE que se registrará en el Listado de Sistema de Datos Personales ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (www.ifai.org.mx) y sólo podrán ser transmitidos en aquellos casos previstos por la Ley. La Unidad Administrativa responsable de este Sistema de Datos Personales es la Dirección General de Operaciones Financieras. La dirección donde el interesado podrá ejercer sus derechos de acceso y corrección de datos personales ante la Unidad Administrativa responsable es: Av. Municipio Libre 377, 9o. piso Ala "A", Col. Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, México, D.F. Lo anterior se informa en cumplimiento de lo señalado en Capítulo III, numeral Décimo Séptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005" "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa" INSTRUCTIVO DE LLENADO
Es el número de folio con el que se le confirmó su registro en los Incentivos de Fomento a las Exportaciones a través de Eventos Comerciales Nacionales e Internacionales.
Este dato es capturado por ventanilla y corresponderá al número de folio de participación asignado.
ESTADO (nombre): Clave ASERCA Entidad Federativa, según catálogo www.gob.mx/aserca DDR (nombre): Clave ASERCA del Distrito de Desarrollo Rural (DDR), según catálogo www.gob.mx/aserca CADER (nombre): Clave ASERCA del Centro de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER), según catálogo www.gob.mx/aserca MUNICIPIO (nombre): Clave ASERCA del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios del INEGI VENTANILLA AUTORIZADA (nombre): Clave ASERCA de la Ventanilla Autorizada a través de la cual se realizó el trámite. Según catálogo www.gob.mx/aserca CONSECUTIVO: Número que se da en ventanilla para control interno, por cada envío a ASERCA. Fecha Registro: Fecha de registro ante la Ventanilla Autorizada en la que se presenta la solicitud (DD/MM/AAAA).
NOMBRE: Se citará el nombre conforme al que aparezca en la Convocatoria publicada en la página web de ASERCA, y será el Evento para el que solicita la participación. DATOS: Se llenarán todos los espacios del formato con base en la información que proporcione ASERCA.
I.I1 PERSONA F NOMBRE: Nombre (s) de la persona solicitante. PRIMER APELLIDO: Apellido paterno de la persona solicitante. SEGUNDO APELLIDO: Apellido materno de la persona solicitante. FECHA DE NACIMIENTO: Fecha de nacimiento del productor solicitantes, de acuerdo al formato (dd/mm/aaaa). CURP: Clave NACIONALIDAD: Se refiere al país de origen de la persona solicitante o, en el caso de extranjeros, lo señalado en el documento de naturalización. ESTADO DE NACIMIENTO: Clave del estado de nacimiento de la persona solicitante, de acuerdo al catálogo de Entidades Federativas de INEGI. En caso que el beneficiario haya nacido en el extranjero, se debe capturar la clave NE (nacido en el extranjero). ESTADO CIVIL (CLAVE): Clave que corresponda al estado civil del solicitante/persona física o del representante legal, de acuerdo con el siguiente Catálogo de claves:
RFC: Registro federal de contribuyente, obligatorio para personas Física o Moral HOMOCLAVE: homoclave de Registro Federal de Contribuyentes el cual es asignado por el SAT TEL CORREO ELECTR TIPO DE IDENTIFICACI
N I.2 PERSONA MORAL RAZ RFC: Clave de Registro Federal de Contribuyentes de la persona solicitante, obligatorio para personas Fisca o Moral HOMOCLAVE: tres últimos dígitos de la clave de Registro Federal de Contribuyentes FECHA DE CONSTITUCI OBJETO SOCIAL: Lo que se indica en el acta constitutiva ACTIVIDAD: Precisar con una X la que le corresponda, si no está en las opciones especificar en el campo OTRAS. II. PERSONALIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL N N III. DOMICILIO DEL SOLICITANTE (PERSONA F TIPO ASENT. HUMANO: Nombre del tipo de asentamiento humano, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE ASENT. HUMANO: Nombre completo del asentamiento humano de acuerdo al tipo de asentamiento anterior. Ejemplo: COLONIA CENTRO; HACIENDA LA PRIMAVERA; etc. TIPO VIALIDAD: Nombre del tipo de vialidad donde está el domicilio del productor, conforme a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2010. Consultar en la dirección electrónica: http://www.inegi.org.mx/ NOMBRE VIALIDAD: Nombre completo de la vialidad donde habita el productor persona física o domicilio fiscal si se trata de persona moral. Ejemplo: CALLE LOS FRESNOS; BOULEVARD BENITO JUÁREZ; CALLEJ N N N C.P.: Clave del Código Postal que corresponda al domicilio del productor. REFERENCIA 1.- Nombre de las vialidades entre las que se encuentra el domicilio de la persona solicitante. Ejemplo: Entre CALLE BENITO JUÁREZ Y CALLE LÁZARO CÁRDENAS REFERENCIA 2.- Nombre de la vialidad más próxima ubicada en la parte posterior del domicilio de la persona solicitante. Ejemplo: AVENIDA LAS TORRES REFERENCIA 3.- Breve descripción de la ubicación del domicilio del persona solicitante, en caso de existir. Ejemplo: FRENTE AL CANAL INDEPENDENCIA LOCALIDAD (cve/nombre): Clave y nombre completo de la localidad a la que pertenece el domicilio geográfico de la persona solicitante conforme al catálogo de claves geoestadísticas del INEGI. Ejemplo: 0025 EL SALITRE, 0001 MUNICIPIO (cve/nombre): Clave y Denominación del Municipio donde se encuentra el domicilio del productor, conforme al catálogo de Municipios que se puede consultar en la dirección electrónica: http://mapserver.inegi.org.mx/mgn2k/?c=646&s=est ESTADO (cve/nombre): Clave y nombre de la Entidad Federativa donde se encuentra el domicilio geográfico del productor, o del domicilio fiscal si es persona moral ejemplo: 003 BAJA CALIFORNIA SUR, 028 TAMAULIPAS, etc. IV. RELACI Si el solicitante ya presento sus documentos con anterioridad, sólo deberá marcar con X el inciso 1, si es que presenta el proyecto y llenar los datos y firmar la declaración del inciso siguiente V. EXCEPCI Si el solicitante ya presentó con anterioridad sus documentos, debe llenar los espacios de esta Declaración y firmarla.
ACTIVIDAD: Marcar con una "X" la o las actividades a las que se dedica la unidad productiva, en caso de dedicarse a una actividad distinta a las enunciadas en la casilla "OTRO" describir la actividad SEGMENTO: Marcar con una "X" el o los segmentos en que se ubica su actividad PRESENCIA INTERNACIONAL: Marcar con una "X" la opción que corresponda, de seleccionar S
LISTA DE PRODUCTOS: Marcar con una "X" la opción que corresponda, de seleccionar S son más de dos productos a promocionar. NOMBRE DEL PRODUCTO: Anotar el nombre en español e inglés del producto a promover en el evento. NOMBRE CIENT FRACCI N FECHA DE LA PRESENTACI CAPACIDAD DE PRODUCCI INSTRUCCIONES DE MANEJO: LAS APLICABLES: para el producto a promover en el evento, por ejemplo control de temperatura. CERTIFICACIONES: en caso de contar con certificaciones, mencionar el tipo de certificación, número y vigencia. CIUDAD Y ENTIDAD FEDERATIVA DE PRODUCCI ¿PERTENECE AL PADR
NOTA: Si los solicitantes representarán a otras unidades productivas, deberán proporcionar la documentación e información solicitada en este Anexo por cada una de sus representadas.
Si el solicitante se ubica en la hipótesis del artículo 7 de las reglas de operación y ya presentó a ASERCA los documentos que exige el Artículo 6 de las Reglas de Operación en alguna promoción anterior, sólo deberá presentar los documentos del inciso 1 de la relación anterior, llenar los datos y firmar la siguiente declaración: "Declaro bajo protesta de decir verdad, que la documentación requerida mi representada por el Artículo 6 de las Reglas de Operación como requisito general para que participe en los incentivos de ______________________ ya está en poder de ASERCA; documentación que fue presentada el día_______ del mes de ________________ del año 201_ en la ventanilla ___________________________________, y que a la fecha de presentación de esta solicitud no ha existido cambio ni modificación alguna de todo lo que consta y se acredita en dichos documentos; asimismo declaro que los poderes conferidos para efectos de representación se encuentran vigentes, pues no han sido revocados, limitados ni modificados. Igualmente declaro que no ha existido cambio alguno respecto del domicilio fiscal de mi representada, a la fecha con la que se presenta esta solicitud. Por lo anterior me permito solicitar los incentivos :_________________________ que otorga el Programa, comprometiéndome a cumplir con los específicos establecidos para este tipo de incentivo en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
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