PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SEDE-2018, Instalaciones Eléctricas (utilización)

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SEDE-2018, Instalaciones Eléctricas (utilización). (Continúa en la Quinta Sección).

(Viene de la Tercera Sección)
334-15. Instalaciones visibles. En instalaciones visibles excepto lo previsto en 300-11(a), los cables se deben instalar como se especifica en (a) hasta (c) siguientes.
a) Siguiendo la superficie. El cable debe seguir muy de cerca la superficie del acabado de edificios o los largueros.
b) Protegido contra daños físicos. Los cables deben estar protegidos contra daños físicos cuando sea necesario, mediante tubo conduit metálico pesado, tubo conduit metálico semipesado, tuberías eléctricas metálicas, tubo conduit de PVC Cédula 80, tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) marcado con el sufijo XW u otros medios aprobados. Cuando pasen a través del piso, los cables deben estar encerrados en tubo conduit metálico pesado, tubo conduit metálico semipesado, tubo conduit metálico ligero, tubo conduit de PVC Cédula 80, tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) marcado con el sufijo XW u otros medios aprobados que sobresalgan como mínimo 15 centímetros del piso.
El cable tipo NMC instalado en ranuras poco profundas o surcos en ladrillo, concreto o adobe debe estar protegido de acuerdo con los requisitos de 300-4(f) y cubierto con yeso, adobe o un acabado similar.
c) En sótanos sin terminar y espacios subterráneos de poca altura. Cuando el cable esté tendido formando ángulos con vigas en sótanos sin terminar y espacios subterráneos de poca altura, se permitirá asegurar los cables que no tengan menos de dos conductores de tamaño 13.3 mm2 (6 AWG) o tres conductores de tamaño 8.37 mm2 (8 AWG) directamente a las caras inferiores de las vigas. Los cables más pequeños se deben instalar a través de agujeros taladrados en las vigas o sobre largueros. Se permitirá que el cable con forro no metálico instalado en la pared de un sótano sin terminar se instale en un tubo conduit o tubería aprobados, o se debe proteger de acuerdo con 300-4. El tubo conduit o la tubería deben tener una funda aislante adecuada o un adaptador en el punto en que el cable entra en la canalización. El forro no metálico del cable se debe extender a través del tubo conduit o la tubería y dentro de la caja de salida o de dispositivo una distancia no menor a 6 milímetros. El cable se debe sujetar a una distancia no mayor de 30 centímetros del punto donde el cable entra en el tubo conduit o la tubería. El tubo conduit metálico, la tubería y las cajas metálicas de salida se deben conectar a un conductor de puesta a tierra de equipo cumpliendo con las disposiciones de 250-86 y 250-148.
334-17. A través o paralelos a elementos estructurales. Cuando se instalen los cables tipo NM, NMC o NMS a través o paralelos a elementos estructurales, deben estar protegidos de acuerdo con 300-4. Las armellas de sujeción usadas tal como se exige en 300-4(b)(1) deben permanecer en su lugar y estar aprobados para el propósito de proteger el cable.
334-23. En desvanes accesibles. La instalación de cables en desvanes o espacios bajo el techo accesibles también debe cumplir lo establecido en 320-23.
334-24. Radio de curvatura. Todos los dobleces de los cables de tipos NM, NMC y NMS se deben hacer de modo que el cable no resulte dañado. El radio de curvatura en la parte interna de cada curva, durante o después de la instalación, no debe ser menor a cinco veces el diámetro del cable.
334-30. Sujeción y soporte. Los cables con forro no metálico se deben sostener y asegurar con grapas, amarres para cable aprobados e identificados para asegurar y soportar, abrazaderas, soportes colgantes o accesorios similares diseñados e instalados de modo que no dañen el cable, a intervalos no superiores a 1.40 metros y dentro de una distancia de 30 centímetros de cada entrada de cable a envolventes tales como caja de salida, caja de empalme, gabinete o accesorios. Los cables planos no se deben engrapar sobre el borde.
No se exigirá que las secciones de cable protegidas contra daño físico por medio de una canalización se fijen dentro de la canalización.
a) Tramos horizontales a través de orificios y muescas.
En tramos que no sean verticales, se considerará que los cables instalados de acuerdo con 300-4 están
sostenidos y asegurados cuando dichos soportes estén a intervalos no mayores de 1.40 metros, y el cable con forro no metálico esté firmemente asegurado en su lugar por medios aprobados dentro de una distancia de 30 centímetros de cada caja, gabinete u otra terminación del cable con forro no metálico.
NOTA: Véase 314-17(c) respecto al soporte cuando se usan cajas no metálicas.
b) Cables no soportados. Se permitirá que el cable con forro no metálico no esté sostenido cuando el cable:
(1)   Está tendido entre puntos de acceso a través de espacios ocultos en edificios o estructuras terminadas y el soporte no es viable.
(2)   No tiene más de 1.40 metros de longitud desde el último punto de soporte del cable hasta el punto de conexión a una luminaria u otro equipo eléctrico, y el cable y el punto de conexión están dentro de un plafón accesible.
c) Dispositivo de alambrado sin caja independiente de salida. Se permitirá un dispositivo de alambrado identificado para ese uso, sin una caja independiente de salida, y que incorpore una abrazadera de cable, cuando el cable está asegurado en su lugar a intervalos no mayores que 1.40 metros y a una distancia no mayor de 30 centímetros desde la abertura en la pared del dispositivo de alambrado. Además, debe haber por lo menos un bucle de cable continuo de 30 centímetros, o un tramo de 15 centímetros del extremo disponible del cable en el lado interno de la pared terminada, para permitir el reemplazo.
334-40. Cajas y accesorios.
a) Cajas de material aislante. Se permitirán las cajas de salida no metálicas, tal como establece 314-3.
b) Dispositivos de material aislante. Se permitirá usar interruptores independientes, contactos independientes y dispositivos de derivación de material aislante sin cajas, en instalaciones visibles y para rehabilitación de instalaciones en edificios ya existentes, cuando el cable esté oculto y se jala con una guía. Las aberturas de dichos dispositivos deben ajustarse estrechamente alrededor de la cubierta exterior del cable y el dispositivo debe encerrar completamente la parte del cable que se le haya quitado la cubierta. Cuando las conexiones a los conductores se hagan mediante terminales de tipo tornillo, debe haber tantas terminales como conductores haya.
c) Dispositivos con envolvente integral. Se permitirá utilizar dispositivos de alambrado con envolventes integrales identificados para ese uso, tal como establece 300-15(e).
334-80. Ampacidad. La ampacidad de los cables de tipo NM, NMC y NMS se debe determinar de acuerdo con 310-15. La ampacidad permisible no debe exceder la de un conductor con temperatura nominal de 60 °C. Se permitirá usar el valor nominal de 90 °C para fines de los cálculos de corrección y ajuste de la ampacidad, siempre y cuando la ampacidad calculada final no exceda la de un conductor con temperatura nominal de 60 °C. La ampacidad de los cables de tipos NM, NMC y NMS instalados en charolas portacables se debe determinar de acuerdo con 392-80(a).
Cuando se instalan más de dos cables tipo NM que tengan dos o más conductores de fase, sin mantener el espaciamiento entre los cables, a través de la misma abertura en la estructura de madera que está sellada con aislamiento térmico, masilla o espuma sellante, la ampacidad permisible de cada conductor se debe ajustar de acuerdo con la Tabla 310-15(b)(3)(a), y no se deben aplicar las disposiciones de la Excepción de 310-15(a)(2).
Cuando más de dos cables tipo NM que tengan dos o más conductores de fase se instalan en contacto con el aislamiento térmico, sin conservar la separación entre los cables, la ampacidad permisible de cada conductor se debe ajustar de acuerdo con la Tabla 310-15 (b)(3)(a).
Parte C. Especificaciones de construcción
334-100. Construcción. El forro exterior no metálico del cable debe ser de material no metálico.
334-104. Conductores. Los conductores aislados de 600 volts deben ser conductores de cobre con tamaños entre 2.08 mm2 (14 AWG) y 33.6 mm2 (2 AWG), o conductores de aluminio o aluminio recubierto de cobre con tamaños de 13.3 mm2 (6 AWG) a 33.6 mm2 (2 AWG). Los conductores de comunicaciones deben cumplir con lo especificado en la Parte E del Artículo 800.
334-108. Conductor de puesta a tierra del equipo. Además de los conductores aislados, el cable debe tener un conductor de puesta a tierra del equipo, aislado, cubierto o desnudo.
334-112. Aislamiento. Los conductores aislados de fuerza deben ser de uno de los tipos enumerados en la Tabla 310-104(a) que sean adecuados para el alambrado de circuitos derivados, o identificados para uso en
estos cables. El aislamiento del conductor debe tener una temperatura nominal de 90 ºC.
NOTA: Los cables de tipos NM, NMC y NMS identificados con las marcas NM-B, NMC-B y NMS-B cumplen este requisito.
334-116. Forro. El forro exterior de los cables con forro no metálico debe cumplir con lo estipulado en 334-116(a), (b) y (c).
a) Tipo NM. El recubrimiento exterior debe ser retardante de flama y resistente a la humedad.
b) Tipo NMC. El recubrimiento exterior debe ser retardante de flama, resistente a la humedad, a los hongos y a la corrosión.
c) Tipo NMS. El recubrimiento exterior debe ser retardante de flama y resistente a la humedad. El forro se debe aplicar de modo que separe los conductores de fuerza, de los conductores de comunicaciones.
ARTCULO 336
CABLES DE FUERZA Y CONTROL PARA CHAROLA TIPO TC
Parte A. Generalidades
336-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción de los cables de fuerza y control para charolas portacables, tipo TC.
336-2. Definición.
Cable de fuerza y control para charola, tipo TC. Ensamble montado en fábrica, de dos o más conductores aislados, con o sin conductores asociados de puesta a tierra desnudos o cubiertos, bajo una cubierta no metálica.
336-6. Aprobados. El cable tipo TC y sus accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
336-10. Usos permitidos. Se permitirá usar cables tipo TC tal como sigue:
(1)   Para circuitos de fuerza, alumbrado, control y señalización.
(2)   En charolas portacables, incluyendo aquellas con segmentos mecánicamente discontinuos de hasta 30 cm.
(3)   En canalizaciones.
(4)   En lugares exteriores sostenidos por un cable mensajero.
(5)   Para circuitos de Clase 1, como se permite en las Partes B y C del Artículo 725.
(6)   Para circuitos de alarma contra incendios de potencia no limitada, si los conductores cumplen los requisitos de 760-49
(7)   Entre una charola portacables y el equipo o dispositvos de utilización, siempre que se apliquen todas las condiciones siguientes:
a. El cable es tipo TC-ER.
b. El cable se instala en establecimientos industriales, cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación será atendida únicamente por personal calificado.
c. El cable esté sostenido continuamente y esté protegido contra el daño físico, usando protección mecánica.
d. El cable para charola tipo TC cumpla con los requisitos de compresión e impacto del cable tipo MC, esté identificado para este uso con la marca de tipo TC-ER.
e. El cable debe ir sostenido y asegurado a intervalos no mayores de 1.80 metros.
f. La puesta a tierra de los equipos de utilización se proporciona por un conductor de puesta a tierra del equipo dentro del cable. En los cables que tienen conductores con tamaño 13.3 mm2 (6 AWG) o menor, el conductor de puesta a tierra del equipo debe proporcionarse dentro del cable o, en el
momento de la instalación, uno o más conductores aislados deben estar identificados permanentemente como conductor de puesta a tierra del equipo, de acuerdo con 250-119 b).
Excepción: Cuando no esté sometido al daño físico, se permitirá el cable tipo TC-ER para la transición entre charolas portacables y entre las charolas portacables y el equipo o los dispositivos de utilización en una distancia no mayor de 1.80 metros sin apoyo continuo. El cable debe estar sostenido mecánicamente donde sale de la charola portacables para garantizar que no se exceda el radio mínimo de curvatura.
(8)   Cuando se instala en lugares mojados, el cable tipo TC también debe ser resistente a la humedad y a los agentes corrosivos.
(9)   En unidades de vivienda de una y dos familias. Se permitirá el cable tipo TC-ER que contiene ambos conductores de potencia y de control que estén identificados para atravesar elementos estructurales. El cable tipo TC-ER utilizado como cableado interior se instalará de acuerdo con los requisitos de la Parte B del Artículo 334.
Excepción: Cuando se utiliza para conectar un generador y equipo asociado con terminales con una clasificación de 75 ° C o mayor, no debe limitarse el cable en ampacidad por 334-80 o 340-80.
NOTA 1: El cable TC-ER que es adecuado para atravesar elementos estructurales está marcado como "JP".
NOTA 2: Véase 725-136 para las limitaciones de los circuitos de Clase 2 o 3 que se encuentran dentro del mismo cable con conductores de circuitos eléctricos de alumbrado, potencia o Clase 1.
(10) Enterrados directamente, cuando estén identificados para tal uso.
NOTA: para los límites de temperatura de los conductores, véase 310-15(a)(3).
336-12. Usos no permitidos. No se permitirá instalar ni usar cables de fuerza y control para charolas portacables tipo TC:
(1)   Instalados donde estén expuestos a daños físicos.
(2)   Instalados por fuera de una canalización o de un sistema de charolas portacables, excepto lo permitido en 336-10 (4), (7), (9) y (10).
(3)   Expuestos a la luz directa del sol, a no ser que estén identificados como resistentes a la luz del sol.
336-24. Radio de curvatura. Los dobleces en los cables de tipo TC se deben hacer de modo que no dañen el cable. Para cables tipo TC sin armadura metálica, el radio mínimo de curvatura debe ser:
(1)   Cuatro veces el diámetro total para cables con diámetro de 2.50 centímetros o menos.
(2)   Cinco veces el diámetro total para cables con diámetro superior a 2.50 centímetros, pero máximo de 5 centímetros.
(3)   Seis veces el diámetro total para cables con diámetro superior a 5 centímetros.
Los cables tipo TC con armadura metálica deben tener un radio de curvatura mínimo no menor a 12 veces el diámetro total del cable.
336-80. Ampacidad. La ampacidad de los cables tipo TC se debe determinar de acuerdo con 392-80(a) para conductores con tamaño 2.08 mm2 (14 AWG) y más grandes, de acuerdo con 402-5 para conductores con tamaño 0.823 mm2 (18 AWG) a 1.31 mm2 (16 AWG) cuando se instalan en charolas portacables, y con 310-15 cuando se instalan en una canalización o como cable soportado por mensajero.
Parte C. Especificaciones de construcción
336-100. Construcción. No se permitirá una cubierta metálica ni una armadura metálica tal como se definen en 330-116, ni por debajo ni por encima de la cubierta no metálica. Se permitirá blindaje(es) metálico(s) por encima de grupos de conductores, por debajo de la cubierta exterior, o ambos.
336-104. Conductores. Los conductores aislados de los cables tipo TC deben ser de tamaño 0.823 mm2 (18 AWG) al 507 mm2 (1000 kcmil), de cobre, níquel o cobre recubierto de níquel, y de tamaño 3.31 mm2 (12 AWG) hasta 507 mm2 (1000 kcmil), de aluminio o aluminio recubierto de cobre. Los conductores aislados de tamaño 2.08 mm2 (14 AWG) y más grandes de cobre, níquel o cobre recubierto de níquel, y de tamaño 13.3 mm2 (6 AWG) hasta 507 mm2 (1000 kcmil) de aluminio o aluminio recubierto de cobre, deben ser de uno de los tipos incluidos en la Tabla 310-104(a) o la Tabla 310-104(b), aplicable para circuitos de alimentadores o
circuitos derivados, o identificados para dicho uso.
a) Sistemas de alarma contra incendios. Cuando se usan para sistemas de alarma contra incendios, los conductores deben cumplir también lo establecido en 760-49.
b) Circuitos de termopares. Se permitirá que los conductores de los cables de tipo TC utilizados en circuitos de termopares, que cumplan con la Parte C del Artículo 725, sean de cualquiera de los materiales utilizados para los alambres de extensión de los termopares.
c) Conductores de circuito Clase 1. Los conductores de cobre aislados con tamaño 0.823 mm2 (18 AWG) y 1.31 mm2 (16 AWG) también deben cumplir lo establecido en 725-49.
336-116. Cubierta. La cubierta exterior debe ser de material no metálico retardante de la flama.
336-120. Marcado. En los cables de tipo TC que utilicen alambres de extensión de termopares, no deben tener marcada la tensión.
ARTCULO 338
CABLES DE ACOMETIDA TIPOS SE Y USE
Parte A. Generalidades
338-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción de los cables de acometida.
338-2. Definiciones
Cable de acometida. Conductor individual o un ensamble multiconductor con o sin cubierta exterior total, utilizado fundamentalmente para acometidas, de los tipos siguientes:
Tipo SE. Cable de acometida con cubierta retardante de flama y resistente a la humedad.
Tipo USE. Cable de acometida, identificado para uso subterráneo, con cubierta resistente a la humedad pero que no se exige que tenga una cubierta retardante de flama.
338-6. Requisitos de aprobación. Los cables tipo SE, USE y sus accesorios asociados, deberán estar aprobados.
Parte B. Instalación
338-10. Usos permitidos.
a) Conductores de acometida. Se permitirá el uso de cables de acometida como conductores de acometida y se deben instalar de acuerdo con 230-6, 230-7 y las partes B, C y E del Artículo 230.
b) Alimentadores o circuitos derivados.
1) Conductor con aislamiento puesto a tierra. Se permitirá usar cables de acometida de tipo SE en sistemas de alambrado cuando todos los conductores de circuito del cable son de tipo termofijo o termoplástico.
2) Uso del conductor no aislado. Se permitirá usar los cables de acometida de tipo SE, cuando los conductores con aislamiento se usan para el alambrado del circuito y el conductor no aislado se usa únicamente con propósitos de puesta a tierra de los equipos.
Excepción: En instalaciones existentes, se permitirán los conductores no aislados como conductores puestos a tierra de acuerdo con 250-32 y 250-140 cuando el conductor no aislado puesto a tierra del cable se origine en el equipo de acometida, y de acuerdo con 225-30 hasta 225-40.
3) Límites de temperatura. Los cables de acometida tipo SE que se usen para alimentar aparatos, no deben estar sometidos a temperaturas superiores a la temperatura especificada para el tipo de aislamiento que tienen.
4) Métodos de instalación para circuitos derivados y alimentadores.
a) Instalaciones interiores. Además de las disposiciones de este Artículo, los cables de acometida tipo SE, utilizados en instalaciones interiores, deben cumplir con los requisitos de instalación de la Parte B del Artículo 334, excluyendo 334-80.
Para cable tipo SE con conductor no puesto a tierra tamaños 10 AWG y menores, cuando se instale en
aislamiento térmico, la ampacidad debe estar de acuerdo con la temperatura nominal del conductor de 60 °C. Se permitirá utilizar la máxima temperatura nominal del conductor para propósitos de corrección y ajuste de la ampacidad, si la ampacidad corregida final no excede la de los conductores de 60 °C.
NOTA 1: Para los límites de temperatura de los conductores, véase 310-15(a)(3).
NOTA 2: Véase 310-15(b)(7) para la instalación de los conductores principales del alimentador de energía en unidades de vivienda.
b) Instalaciones exteriores. Además de las disposiciones de este Artículo, los cables de acometida usados para alimentadores o circuitos derivados, cuando se instalen como alambrado exterior, deben ser instalados de acuerdo con la Parte A del Artículo 225. El cable debe estar soportado de acuerdo con 334-30. El cable tipo USE instalado como cable de alimentador o circuito derivado subterráneo debe cumplir con lo que se especifica en la Parte B del Artículo 340.
Excepción: Un conductor sencillo de tipo USE y conductores USE múltiples no deben estar sujetos a las limitaciones de ampacidad descritas en la Parte B del Artículo 340.
338-12. Usos no permitidos.
a) Cable de acometida. El cable de acometida (SE) no se debe usar bajo ninguna de las siguientes condiciones, ni en ninguno de los siguientes lugares:
(1)   Cuando está sometido al daño físico, a menos que esté protegido de acuerdo con 230-50(b).
(2)   Subterráneo con o sin canalización
(3)   Para alambrado de alimentadores y circuitos exteriores, a menos que la instalación cumpla con las disposiciones de la Parte A del Artículo 225 y esté soportado de acuerdo con 334-30, o si se usa como un alambrado soportado por mensajero, tal como lo permite la Parte B del Artículo 396.
b) Cable de acometida subterránea. El cable de acometida subterránea (USE) no se debe usar bajo ninguna de las siguientes condiciones, ni en ninguno de los siguientes lugares:
(1)   Para alambrado interior.
(2)   Para instalaciones sobre el suelo, excepto cuando el cable tipo USE emerge del suelo y termina en un envolvente en un lugar exterior, y el cable está protegido de acuerdo con 300-5(d).
(3)   Como un cable aéreo, a menos que sea un cable multiconductor identificado para uso sobre el suelo y se instale como alambrado soportado por mensajero, de acuerdo con 225-10 y la Parte B del Artículo 396.
338-24. Radio de curvatura. Los dobleces de los cables de tipos USE y SE se deben hacer de modo que no se dañe el cable. El radio del doblez del borde interior de cualquier doblez, durante o después de la instalación, no debe ser menor a cinco veces el diámetro del cable.
Parte C. Especificaciones de construcción
338-100. Construcción. Se permitirá que las construcciones cableadas tipo USE de un sólo conductor, reconocidas para uso subterráneo, tengan un conductor desnudo de cobre cableado con el ensamble. Se permitirá que los ensambles de conductores tipo USE de un solo conductor, paralelos o cableados reconocidos para uso subterráneo, tengan un conductor concéntrico de cobre desnudo. No se exigirá que estas construcciones tengan una cubierta exterior total.
NOTA: Véase la excepción de 230-41, con respecto a los conductores de acometida, no aislados, directamente enterrados. Se permitirá que los cables de tipos SE y USE que tienen dos o más conductores, tengan un conductor no aislado.
338-120. Marcado. Los cables de acometida se deben marcar tal como exige 310-120. Un cable con el conductor del neutro de tamaño menor al de los conductores de fase, debe estar marcado.
ARTCULO 340
CABLES PARA ALIMENTADORES Y CIRCUITOS DERIVADOS SUBTERRÁNEOS, TIPO UF
 
Parte A. Generalidades
340-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para los cables para alimentadores y circuitos derivados subterráneos, tipo UF.
340-2. Definición.
Cable para alimentadores y circuitos derivados subterráneos, tipo UF. Ensamble montado en fábrica de uno o más conductores aislados, con cubierta integral o total de material no metálico, adecuado para enterrarlo directamente en la tierra.
340-6. Requisitos de aprobación Los cables tipo UF y sus accesorios deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
340-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de cables tipo UF como se indica a continuación:
(1)   Para uso subterráneo, incluso directamente enterrados en la tierra. Para los requisitos de instalación subterránea, véase 300-5.
(2)   Como cables de un solo conductor. Cuando se instalan como cables de un solo conductor, todos los cables del conductor puesto a tierra del alimentador o del circuito derivado, incluido el conductor puesto a tierra y el conductor de puesta a tierra de los equipos, si los hubiera, se deben instalar de acuerdo con 300-3.
(3)   Para alambrado en lugares mojados, secos o corrosivos con los métodos de alambrado reconocidos en esta NOM.
(4)   Instalados como cables con forro no metálico. Cuando se instalan de esta manera, los requisitos de la instalación y el conductor deben cumplir con las disposiciones de las partes B y C del Artículo 334 y deben ser del tipo multiconductor.
(5)   Para sistemas solares fotovoltaicos, de acuerdo con 690-31.
(6)   Como cables de un solo conductor, como terminales no calefactores para cables de calefacción, tal como se establece en 424-43.
(7)   Soportados por charolas portacables. Los cables tipo UF soportados en charolas portacables, deben ser del tipo multiconductor.
NOTA: Para los límites de temperatura de los conductores, véase 310-10.
340-12. Usos no permitidos. No se deben usar los cables tipo UF de las siguientes maneras:
(1)   Como cables de acometida.
(2)   En garajes comerciales.
(3)   En teatros y lugares similares.
(4)   En estudios cinematográficos.
(5)   En cuartos de baterías de acumuladores.
(6)   En cubos de elevadores, elevadores o escaleras mecánicas.
(7)   En lugares peligrosos (clasificados), excepto como se permita específicamente en otros Artículos de esta NOM.
(8)   Embebidos en cemento vaciado, concreto o agregado, excepto cuando esté embebido en el recubrimiento como terminales no calefactores, cuando lo permita 424-43.
(9)   Cuando estén expuestos a la luz directa del sol, excepto si están identificados como resistentes a la luz del sol.
(10)  Cuando estén sometidos a daño físico.
(11)  Como cable aéreo, excepto cuando se instale como un alambrado soportado por mensajero, de acuerdo con la Parte B del Artículo 396.
 
340-24. Radio de curvatura. Los dobleces de los cables tipo UF se deben hacer de modo que no se dañe el cable. El radio del doblez del borde interior de cualquier doblez no debe ser menor a cinco veces el diámetro del cable.
340-80. Ampacidad. La ampacidad de los cables tipo UF debe ser la de los conductores de 60 °C, de acuerdo con 310-15.
Parte C. Especificaciones de construcción
340-104. Conductores. Los conductores deben ser de cobre con tamaño 2.08 mm2 (14 AWG) o de aluminio o aluminio recubierto de cobre de tamaño 13.3 mm2 (6 AWG), hasta 107 mm2 (4/0 AWG).
340-108. Conductor de puesta a tierra del equipo. Además de los conductores aislados, se permitirá que el cable tenga un conductor de puesta a tierra del equipo aislado o desnudo.
340-112. Aislamiento. Los conductores de tipo UF deben ser uno de los tipos resistentes a la humedad que se indican en la Tabla 310-104(a), adecuados para el alambrado del circuito derivado o uno identificado para ese uso. Cuando se instalan como método de alambrado substituto para cable tipo NM, el aislamiento del conductor debe tener una temperatura nominal de 90 ºC.
340-116. Forro. La cubierta exterior debe ser retardante de flama, resistente a la humedad, los hongos y la corrosión y adecuada para enterrarla directamente en la tierra.
ARTCULO 342
TUBO CONDUIT METÁLICO SEMIPESADO TIPO IMC
Parte A. Generalidades
342-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para tubo conduit metálico semipesado (IMC) y accesorios asociados.
342-2. Definición
Tubo conduit metálico semipesado (IMC). Canalización de acero roscable, de sección transversal circular diseñada para la protección física y el direccionamiento de los conductores y cables, y para usarse como conductor de puesta a tierra del equipo cuando se instala con sus acoplamientos integrales o asociados y los accesorios adecuados.
342-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico semipesado (IMC), los codos y coples de fábrica, así como los accesorios asociados, deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
342-10. Usos permitidos
a) Todas las condiciones atmosféricas y lugares. Se permitirá el uso del tubo conduit metálico semipesado (IMC) en todas las condiciones atmosféricas y en todos los lugares.
b) Ambientes corrosivos. Se permitirá instalar el tubo conduit metálico semipesado (IMC), codos, coples y accesorios en el concreto, en contacto directo con la tierra, o en áreas sometidas a condiciones corrosivas fuertes, si están protegidos contra la corrosión y se juzgan adecuados para esas condiciones.
c) Con relleno de cascajo. Se permitirá instalar tubo conduit metálico semipesado (IMC) en relleno de cascajo o debajo de él, donde esté sujeto a humedad permanente, si está protegido por todos los lados por una capa de concreto sin cascajo de espesor no menor a 5 centímetros; si el tubo conduit no está a menos de 45 centímetros bajo el relleno; o si está protegido contra la corrosión y se juzga adecuado para esas condiciones.
d) Lugares mojados. Todos los soportes, pernos, abrazaderas, tornillos, etc. deben ser de material resistente a la corrosión o deben estar protegidos por materiales resistentes a la corrosión.
NOTA: Para la protección contra la corrosión, véase 300-6.
342-14. Metales diferentes. Cuando sea posible, se debe evitar que en cualquier lugar del sistema haya metales diferentes en contacto, para eliminar la posibilidad de efectos galvánicos.
 
Se permitirá usar accesorios y envolventes de aluminio con el tubo conduit metálico semipesado de acero galvanizado (IMC) cuando no esté sujeto a influencia corrosiva severa. El tubo conduit metálico semipesado de acero inoxidable IMC deberá ser usado solamente con conexiones y accesorios aprobados, cajas de salida y envolventes.
342-20. Tamaño
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit (IMC) con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial de ½).
b) Máximo. No se debe usar tubo conduit (IMC) con designación métrica superior al 103 (tamaño comercial de 4).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. Estos son para efectos de identificación únicamente y no se relacionan con las dimensiones reales.
342-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder lo permitido por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo permitido por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
342-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces del tubo conduit metálico semipesado (IMC) se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente.
El radio de la curva de cualquier doblez hecho en obra, hasta la línea central del tubo conduit no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10.
342-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo, cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
342-28. Escariado y roscado. Todos los extremos cortados del tubo conduit se deben escariar o acabar de una forma adecuada para eliminar los bordes ásperos. Cuando el tubo conduit se rosque en obra, se debe utilizar una tarraja estándar con conicidad de 1 en 16 (¾ de pulgada por pie).
342-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit metálico semipesado (IMC) se debe instalar como un sistema completo, como se establece en 300-18, se debe asegurar bien en su sitio y soportarse de acuerdo con 342-30(a) y (b).
a) Sujetado y asegurado. Cada tubo conduit metálico semipesado (IMC) se debe sujetar y asegurar con uno de los siguientes métodos:
(1)   Tubo conduit metálico semipesado (IMC) se debe sujetar bien en su sitio a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalmes, caja de dispositivos, gabinete u otra terminación de conduit.
(2)   Se permitirá aumentar la distancia de sujeción a 1.50 metros si los miembros estructurales no permiten una sujeción fácil dentro de los 90 centímetros.
(3)   Cuando estén aprobados no se exigirá que el tubo conduit esté sujetado y asegurado cada 90 centímetros de la mufa de acometida hasta donde empieza el techo.
b) Soportes. El tubo conduit metálico semipesado (IMC) se debe soportar de acuerdo con uno de los siguientes métodos:
(1)   El tubo conduit se debe soportar a intervalos no mayores de 3.00 metros.
(2)   La distancia entre soportes para tramos rectos de tubo conduit se permitirá de acuerdo con la Tabla 344-30(b)(2), siempre y cuando el tubo conduit tenga coples roscados, y los soportes eviten la transmisión de esfuerzos a la terminación cuando hay una deflexión entre los soportes.
(3)   Se permitirá que los tramos verticales visibles desde maquinaria industrial o equipo fijo estén soportados a intervalos no mayores de 6.00 metros, siempre y cuando el tubo conduit tenga coples roscados, esté soportado y fijo firmemente en la parte superior e inferior del tramo vertical y no haya disponibles otros medios de soporte intermedio.
 
(4)   Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit metálico semipesado (IMC) soportados en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no mayores a 3.00 metros y asegurados firmemente a una distancia no mayor a 90 centímetros de los puntos de terminación.
342-42. Coples y conectores
a) Sin rosca. Los coples y conectores sin rosca utilizados con el tubo conduit deben ser herméticos. Cuando estén enterrados en mampostería o concreto, deben ser herméticos al concreto. Cuando estén en lugares mojados, deben cumplir lo estipulado en 314-15. Los coples y conectores sin rosca no se deben usar en los extremos roscados del conduit, a menos que estén aprobados para ese propósito.
b) Con rosca corrida. En los tubos conduit no se deben utilizar roscas corridas para conectarlos con coples.
342-46. Pasacables. Cuando el tubo conduit entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables que proteja el cable de la abrasión, a menos que la caja, accesorio, gabinete o envolvente esté diseñado para brindar dicha protección.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
342-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben hacerse de acuerdo con 300-15.
342-60. Puesta a tierra. Se permitirá el tubo conduit metálico semipesado (IMC) como conductor de puesta a tierra del equipo.
342-100. Construcción. Los tubos conduit metálicos semipesados tipo IMC deberán fabricarse de uno de los siguientes:
1) Acero, con recubrimientos de protección
2) Acero inoxidable
Parte C. Especificaciones de construcción
342-120. Marcado. Cada tramo debe ir marcado de manera clara y duradera al menos cada 1.50 metros con las letras IMC. Además, cada tramo debe ir marcado según se exige en 110-21.
342-130. Longitud. La longitud de un tramo de tubo conduit metálico semipesado (IMC) debe ser de 3.00 metros, incluido un cople, y cada extremo debe estar roscado. Se permitirán longitudes mayores o menores, con cople o sin él, y roscadas o no.
ARTCULO 344
TUBO CONDUIT METÁLICO PESADO TIPO RMC
Parte A. Generalidades
344-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit metálico pesado (RMC), y accesorios asociados.
344-2. Definición.
Tubo conduit metálico pesado (RMC). Canalización, de sección transversal circular diseñada para la protección física y el direccionamiento de conductores y cables, y para usarse como conductor de puesta a tierra del equipo cuando se instala con su cople integral o asociado y los accesorios adecuados. El tubo conduit metálico pesado (RMC) generalmente se fabrica en acero (ferroso) con revestimiento protector de aluminio (no ferroso). Los tipos de uso especial son de latón rojo y de acero inoxidable.
344-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico pesado (RMC), los codos y coples de fábrica, así como los accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
344-10. Usos permitidos.
a) Condiciones atmosféricas y ocupaciones
 
1) Tubo conduit metálico pesado de acero galvanizado (RMC) y de acero inoxidable. Se permitirá el uso de tubo conduit metálico pesado de acero galvanizado (RMC) y de acero inoxidable en todas las condiciones atmosféricas e inmuebles.
2) Tubo conduit metálico pesado (RMC) de latón rojo. Se permitirá instalar tubo conduit metálico pesado (RMC) de latón rojo para enterrarlo directamente y en aplicaciones en piscinas.
3) Tubo conduit metálico pesado (RMC) de aluminio. Se permitirá instalar tubo conduit metálico pesado (RMC) de aluminio cuando se considere adecuado para el entorno. El tubo conduit de aluminio rígido (RMC) encerrado en concreto o en contacto directo con la tierra debe tener protección complementaria contra la corrosión.
4) Canalizaciones y accesorios ferrosos. Se permitirán canalizaciones y accesorios ferrosos protegidos contra la corrosión únicamente con esmalte, solamente en interiores y en ocupaciones no sometidas a influencias corrosivas fuertes.
b) Ambientes corrosivos.
1) Tubo conduit metálico pesado (RMC) de acero galvanizado, acero inoxidable y bronce, y codos, coples y accesorios. Se permitirá instalar tubo conduit metálico pesado (RMC) de acero galvanizado, acero inoxidable y latón rojo, y codos, coples y accesorios en concreto, en contacto directo con la tierra o en áreas expuestas a influencias corrosivas fuertes, si están protegidos contra la corrosión y se juzgue adecuado para esa condición.
2) Protección complementaria del tubo conduit metálico pesado (RMC) de aluminio. El tubo conduit metálico pesado (RMC) de aluminio debe tener protección complementaria aprobada contra la corrosión cuando está embebido en concreto o en contacto directo con la tierra.
c) Relleno de cascajo. Se permitirá instalar el tubo conduit metálico pesado de acero galvanizado, acero inoxidable y latón rojo (RMC) en relleno de cascajo o debajo de él, donde esté sometido permanente a la humedad, cuando esté protegido por todos sus lados por una capa de concreto sin ceniza no menor a 5 centímetros de espesor, cuando el tubo conduit esté a no menos de 45 centímetros bajo el relleno, o cuando esté protegido contra la corrosión y se juzgue adecuado para esa condición.
d) Lugares mojados. Todos los soportes, pernos, abrazaderas, tornillos, etc. deben ser de material resistente a la corrosión o deben estar protegidos por un material resistente a la corrosión.
NOTA: Para la protección contra la corrosión, véase 300-6.
344-14. Metales diferentes. Cuando sea factible, se debe evitar el contacto entre metales diferentes en cualquier parte del sistema con el fin de eliminar la posibilidad de acción galvánica. Se permitirá el uso de accesorios y envolventes de aluminio con tubo conduit metálico pesado (RMC) de acero galvanizado, y el uso de accesorios y envolventes de acero galvanizado con tubo conduit metálico pesado (RMC) de aluminio cuando no estén sometidos a influencias corrosivas fuertes. El tubo conduit metálico pesado de acero inoxidable debe utilizarse únicamente con herrajes y accesorios de acero inoxidable aprobados, cajas de salida y envolventes.
344-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit metálico pesado (RMC) con designación métrica menor a 16 (tamaño comercial de ½).
Excepción: Para contener las terminales de motores, como lo permite 430-245(b).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit metálico pesado (RMC) con designación métrica superior a 155 (tamaño comercial de 6).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
344-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder el porcentaje de ocupación permitido especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo permitido por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo
10.
344-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces del tubo conduit metálico pesado (RMC) se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente.
El radio del doblez, de cualquier doblez hecho en obra, hasta la línea central del tubo conduit no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10.
344-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
344-28. Escariado y roscado. Todos los extremos cortados del tubo conduit se deben escariar o deben tener un acabado tal, que elimine los bordes ásperos. Cuando el tubo conduit sea roscado en obra, se debe usar una tarraja estándar con conicidad de 1 en 16 (¾ de pulgada por pie).
344-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit metálico pesado (RMC) se debe instalar como un sistema completo, como se establece en 300-18, y se debe asegurar firmemente en su sitio y soportarse de acuerdo con 344-30(a) y (b).
a) Sujetado y asegurado. El IMC debe ser asegurado de acuerdo con uno de los siguientes:
(1) El tubo conduit metálico pesado (RMC) se debe sujetar y asegurar a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalmes, caja de dispositivos, gabinete u otra terminación de conduit.
(2) Se permitirá aumentar la distancia de sujeción a 1.50 metros si los miembros estructurales no permiten una sujeción fácil dentro de los 90 centímetros.
(3) No se exigirá que el tubo conduit esté sujeto a los 90 centímetros de la mufa de acometida si no ha empezado el techo.
b) Soportes. El tubo conduit metálico pesado (RMC) se debe soportar de acuerdo con uno de los siguientes métodos:
(1)   El tubo conduit se debe soportar a intervalos de máximo 3.00 metros.
(2)   La distancia entre soportes para tramos rectos de tubo conduit se permitirá de acuerdo con la Tabla 344-30(b)(2), siempre y cuando el tubo conduit tenga coples roscados, y éstos eviten la transmisión de esfuerzos a la terminación cuando hay una deflexión entre los soportes.
Tabla 344-30(b)(2).- Soportes para tubo conduit metálico pesado
 
Tamaño del conduit
Distancia máxima entre los
soportes del tubo conduit metálico
pesado
Designación métrica
Tamaño comercial
Metros
16-21
½ - ¾
3
27
1
3.7
35-41
1¼ - 1½
4.3
53-63
2 - 2½
4.9
78 y mayor
3 y mayor
6.1
 
(3)   Se permitirá que los tramos verticales visibles desde maquinaria industrial o equipo fijo estén soportados a intervalos no mayores de 6.00 metros, siempre y cuando el tubo conduit tenga coples roscados, esté soportado firmemente en los extremos y no haya disponibles otros medios de soporte intermedio.
(4)   Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit metálico pesado (RMC) soportados en aberturas a través de miembros estructurales, a intervalos no superiores a 3.00 metros y asegurados firmemente a no más de 90 centímetros de los puntos de terminación.
344-42. Coples y conectores.
a) Sin rosca. Los coples y conectores sin rosca utilizados con el tubo conduit deben ser herméticos. Cuando estén enterrados en mampostería o concreto, deben ser herméticos al concreto. Cuando se instalan en lugares mojados, deben cumplir lo estipulado en 314-15. Los coples y conectores sin rosca no se deben usar en los extremos roscados del conduit, a menos que estén aprobados para ese propósito.
b) Con rosca corrida. En los tubos conduit no se deben utilizar roscas corridas para conectarlos con coples.
344-46. Pasacables. Cuando el tubo conduit entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables que proteja el cable de la abrasión, a menos que la caja, accesorio, gabinete o envolvente esté diseñado para brindar dicha protección.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
344-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben hacerse de acuerdo con 300-15.
344-60. Puesta a tierra. Se permitirá el tubo conduit metálico pesado (RMC) como conductor de puesta a tierra del equipo.
Parte C. Especificaciones de construcción
344-100. Construcción. El RMC debe estar hecho de uno de los siguientes materiales.
(1) Acero con recubrimientos de protección.
(2) Aluminio.
(3) Latón rojo.
(4) Acero inoxidable
344-120. Marcado. Cada tramo debe ir marcado de manera clara y duradera al menos cada 3.00 metros tal como se exige en la primera frase de 110-21 (a). El tubo conduit no ferroso de material resistente a la corrosión debe tener marcas adecuadas.
 
344-130. Longitud. La longitud del tubo conduit metálico pesado (RMC) debe ser 3.00 metros, incluido un cople, y cada extremo debe ser roscado. Se permitirán longitudes mayores o menores, con cople o sin él, y roscadas o no.
ARTCULO 348
TUBO CONDUIT METÁLICO FLEXIBLE TIPO FMC
Parte A. Generalidades
348-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit metálico flexible (FMC) y accesorios asociados.
348-2. Definición
Tubo conduit metálico flexible (FMC). Canalización de sección transversal circular hecha de una banda metálica helicoidal y engargolada.
348-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico flexible (FMC) y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
348-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso del tubo conduit metálico flexible (FMC) en lugares expuestos y ocultos.
348-12. Usos no permitidos. No se debe usar tubo conduit metálico flexible (FMC) en las siguientes condiciones:
(1)   En lugares mojados.
(2)   En cubos de elevadores, excepto lo permitido en 620-21(a)(1).
(3)   En cuartos para baterías de acumuladores.
(4)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(5)   Cuando esté expuesto a materiales que tengan un efecto deteriorante sobre los conductores instalados, tales como aceite o gasolina.
(6)   Subterráneo o empotrado en concreto vaciado o de agregado.
(7)   Cuando esté expuesto a daños físicos.
348-20. Tamaño
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit metálico flexible (FMC) con designación métrica menor a 16 (tamaño comercial de 1/2), excepto lo permitido en 348-20(a)(1) hasta (a)(5) para la designación métrica 12 (tamaño comercial de â):
(1)   Para encerrar puntas de cables de motores, tal como lo permite 430-245(b).
(2)   En tramos no superiores a 1.80 metros para cualquiera de los siguientes usos:
a.     Para equipos de utilización.
b.     Como parte de un ensamble aprobado.
c.     Para conexiones en derivación a luminarias, tal como lo permite 410-117(c).
(3)   Para sistemas de alambrado fabricados, como lo permite 604-100(a).
(4)   En cubos de elevadores, como lo permite 620-21(a)(1).
(5)   Como parte de un ensamble aprobado, para conectar secciones de luminarias cableadas, como lo permite 410-137(c).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit metálico flexible (FMC) con designación métrica superior a 103 (tamaño comercial de 4).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen
como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
348-22. Número de conductores. El número de conductores permitido no debe exceder el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10, o lo permitido en la Tabla 348-22 o para la designación métrica 12 (tamaño comercial de â).
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
348-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces del tubo conduit se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permitirá hacer los dobleces manualmente, sin equipo auxiliar. El radio del doblez hasta la línea central de cualquier doblez no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10, en la columna "otros dobleces".
348-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
348-28. Desbaste. Todos los extremos cortados se deben desbastar o de otro modo darles un terminado para eliminar los bordes ásperos, excepto cuando se usen accesorios que se instalan con la rosca el tubo.
Tabla 348-22.- Número máximo de conductores aislados en el tubo conduit
metálico flexible con designación métrica de 12 (tamaño comercial de 3/8)*
 
Tamaño o
designación
Tipos RFH-2, SF-2
Tipos TF,
XHHW, TW
Tipos TFN,
THHN, THWN
Tipos FEP,
FEBP, PF, PGF
mm2
AWG
Accesorios
dentro del
conduit
Accesorios fuera del conduit
Accesorios
dentro del
conduit
Accesorios
fuera del
conduit
Accesorios
dentro del
conduit
Accesorios
fuera del
conduit
Accesorios
dentro del
conduit
Accesorios
fuera del
conduit
0.823
18
2
3
3
5
5
8
5
8
1.31
16
1
2
3
4
4
6
4
6
2.08
14
1
2
2
3
3
4
3
4
3.31
12
-
-
1
2
2
3
2
3
5.26
10
-
-
1
1
1
1
1
2
* Además, se permitirá un conductor de puesta a tierra de equipos del mismo tamaño o designación, aislado, cubierto o desnudo.
 
348-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit metálico flexible (FMC) se debe asegurar firmemente en su sitio y soportar de acuerdo con 348-30(a) y (b).
a) Sujetado y asegurado. El tubo conduit metálico flexible (FMC) se debe sujetar y asegurar con un medio aprobado a una distancia no mayor de 30 centímetros de cada caja, gabinete u otra terminación de conduit, y se debe fijar y soportar a intervalos no mayores de 1.40 metros. Cuando se usen abrazaderas de cables deben estar aprobadas e identificadas para aseguramiento y soporte.
Excepción 1: Cuando el tubo conduit metálico flexible (FMC) vaya tendido entre puntos de acceso a través de espacios ocultos en edificios o estructuras terminadas y el soporte es impráctico.
Excepción 2: Cuando la flexibilidad es necesaria después de la instalación, los tramos desde el último punto donde la canalización es asegurada firmemente en su sitio no deben exceder las siguientes longitudes:
(1) 90 centímetros para los designadores métricos del 16 hasta el 35 (tamaños comerciales de ½ hasta 1 ¼).
(2) 1.20 metros para los designadores métricos del 41 hasta el 53 (tamaños comerciales de 1 ½ hasta 2).
(3) 1.50 metros para los designadores métricos del 63 (tamaños comerciales de 2 ¼) y mayores.
Excepción 3: Tramos no mayores de 1.80 metros desde la conexión terminal de una luminaria para conexiones en derivación hasta las luminarias, tal como lo permite 410-117(c).
Excepción 4: Tramos no mayores de 1.80 metros desde el último punto de sujeción firme de la canalización para conexiones dentro de un plafón accesible hasta la(s) luminaria(s) u otro equipo. Para los fines de esta excepción, deben permitirse accesorios para conduit metálicos flexibles como un medio de soporte.
b) Soportes. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit metálico flexible (FMC) soportados en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no superiores a 1.40 metros y fijos firmemente a una distancia no mayor de 30 centímetros de los puntos de terminación.
348-42. Coples y conectores. Los conectores en ángulo no deben ser ocultos.
348-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer de acuerdo con 300-15.
348-60. Puesta a tierra y unión. Si se utiliza para conectar equipos donde se necesita flexibilidad para minimizar la transmisión de la vibración del equipo o para brindar flexibilidad al equipo que requiere movimiento después de la instalación, se debe instalar un conductor de puesta a tierra de equipos.
Cuando no se necesita flexibilidad después de la instalación, se permitirá el uso del tubo conduit metálico flexible (FMC) como un conductor de puesta a tierra del equipo, si se instala de acuerdo con 250-118(5).
Cuando se instala o se exige, el conductor de puesta a tierra del equipo se debe instalar de acuerdo con 250-134(b).
Cuando se instala o se exige un puente de unión del equipo, se debe instalar de acuerdo con 250-102.
 
ARTCULO 350
TUBO CONDUIT METÁLICO FLEXIBLE HERMTICO A LOS LQUIDOS TIPO LFMC
Parte A. Generalidades
350-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) y accesorios asociados.
350-2. Definición
Tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC). Canalización de sección transversal circular que lleva una cubierta exterior hermética a los líquidos, no metálica y resistente a la luz del sol, sobre un núcleo central metálico flexible con sus coples, conectores y accesorios asociados, para la instalación de conductores eléctricos.
350-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
350-10. Usos permitidos. Se permitirá usar tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) en lugares visibles u ocultos tal como sigue:
(1)   Cuando las condiciones de instalación, operación o mantenimiento requieran de flexibilidad o protección contra líquidos, vapores o sólidos.
(2)   En lugares peligrosos (clasificados), cuando están específicamente permitidos en el Capítulo 5.
(3)   Directamente enterrado, cuando esté aprobado y marcado para ese propósito.
350-12. Usos no permitidos. No se debe usar tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) cuando:
(1)   Esté expuesto a daños físicos.
(2)   Cuando cualquier combinación de temperatura ambiente y la de los conductores produce una temperatura de operación superior a aquella para la que está aprobado.
350-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC), con designación métrica menor a 16 (tamaño comercial de ½).
Excepción: Se permitirá instalar tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC), con designación métrica 12 (tamaño comercial de â), según lo establecido en 348-20(a).
b) Máximo. El tamaño máximo del tubo conduit metálico flexible hermético a líquidos (LFMC) debe ser con designación métrica 103 (tamaño comercial 4).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
350-22. Número de conductores o cables
a) Designadores métricos del 16 hasta el 103 (tamaños comerciales de ½ hasta 4). El número de conductores no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
b) Designación métrica 12 (tamaño comercial de â). El número de conductores no debe exceder el que se indica en la Tabla 348-22, columna "Accesorios fuera del conduit".
350-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces del tubo conduit se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permitirá hacer los dobleces manualmente, sin equipo auxiliar. El radio del doblez hasta la línea central de cualquier doblez no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10, en la columna "Otros dobleces".
 
350-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
350-28. Desbaste. Todos los extremos cortados del conduit se desbastarán dentro y fuera para eliminar los bordes ásperos.
350-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) se debe fijar firmemente en su sitio y soportar de acuerdo con 350-30(a) y (b).
a) Sujetado y asegurado. El tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) se debe sujetar y asegurar con un medio aprobado a de una distancia no mayor de 30 centímetros de cada caja, gabinete u otra terminación de conduit, y se debe fijar y soportar a intervalos no mayores de 1.40 metros. Cuando se utilicen abrazaderas para asegurar y soportar el cable deberán ser identificadas y aprobadas para ese uso.
Excepción 1: Cuando el tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) vaya tendido entre puntos de acceso a través de espacios ocultos en edificios o estructuras terminadas y el soporte es impráctico.
Excepción 2: Cuando la flexibilidad es necesaria después de la instalación, los tramos desde el último punto donde la canalización es asegurada firmemente en su sitio no deben exceder las siguientes longitudes:
(1)   90 centímetros para los designadores métricos del 16 hasta el 35 (tamaños comerciales de ½ hasta 1 ¼).
(2)   1.20 metros para los designadores métricos del 41 hasta el 53 (tamaños comerciales de 1 ½ hasta 2).
(3)   1.50 metros para los designadores métricos del 63 (tamaño comercial de 2 ¼) y mayores.
Excepción 3: Tramos no mayores de los 1.80 metros desde la conexión terminal de una luminaria para conexiones en derivación hasta las luminarias, tal como lo permite 410-117(c).
Excepción 4: Tramos no mayores de los 1.80 metros desde el último punto de sujeción firme de la canalización para conexiones dentro de un plafón accesible hasta la(s) luminaria(s) u otro equipo. Para los fines de lo establecido en la sección 350-30, deben permitirse accesorios para LFMC aprobados como un medio de aseguramiento y soporte.
b) Soportes. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) soportados en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no superiores a 1.40 metros y fijos firmemente a una distancia no mayor de 30 centímetros de los puntos de terminación.
350-42. Coples y conectores. Se utilizarán solamente accesorios para uso en conductores LFMC. Los conectores en ángulo no deben ser ocultos. Se permitirán accesorios para LFMC rectos para enterramiento cuando así estén marcados.
350-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer de acuerdo con 300-15.
350-60. Puesta a tierra y unión. Si se utiliza para conectar equipos donde se necesita flexibilidad para minimizar la transmisión de la vibración del equipo o para brindar flexibilidad al equipo que requiere movimiento después de la instalación, se debe instalar un conductor de puesta a tierra de equipos.
Cuando no se necesita flexibilidad después de la instalación, se permitirá el uso del tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) como un conductor de puesta a tierra del equipo, si se instala de acuerdo con 250-118(6).
Cuando se instala o se exige, el conductor de puesta a tierra del equipo se debe instalar de acuerdo con 250-134(b).
Cuando se instala o se exige un puente de unión del equipo, se debe instalar de acuerdo con 250-102.
NOTA: Para los tipos de conductores de puesta a tierra de equipos, véase 501-30(b), 502-30(b), 503-30(b), 505-25(b) y 506-25(b).
Parte C. Especificaciones de construcción
 
350-120. Marcado. El tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos (LFMC) se debe marcar de acuerdo con 110-21. El tamaño comercial y otra información exigida por el aprobado también se deben marcar sobre el conduit.
El tubo conduit adecuado para enterrarlo directamente debe estar marcado como tal.
ARTCULO 352
TUBO CONDUIT RGIDO DE POLICLORURO DE VINILO TIPO PVC
Parte A. Generalidades
352-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit rígido de policloruro de vinilo (PVC) y accesorios asociados.
NOTA: Consulte el Artículo 353 para el tubo conduit de polietileno de alta densidad tipo HDPE, y el Artículo 355 para el tubo conduit de resina termofija reforzada tipo RTRC.
352-2. Definición.
Tubo conduit rígido de policloruro de vinilo (PVC). Un tubo conduit rígido no metálico de sección transversal circular, con coples, conectores y accesorios asociados o integrales, para la instalación de conductores y cables eléctricos.
352-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit de PVC, los codos hechos en fábrica y los accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
352-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso del tubo conduit de PVC de acuerdo con(a) hasta (i).
NOTA: El frío extremo puede hacer que algunos tubos conduit no metálicos se vuelvan quebradizos y, por lo tanto, más susceptibles al daño por contacto físico.
a) Oculto. Se permitirá el tubo conduit de PVC en paredes, pisos y plafones.
b) Influencias corrosivas. Se permitirá el tubo conduit de PVC en lugares sometidos a influencias corrosivas fuertes, tal como se estipula en 300-6 y cuando están sometidos a sustancias químicas para las cuales los materiales están específicamente aprobados.
c) Cascajo. Se permitirá el tubo conduit de PVC en rellenos de cascajo.
d) Lugares mojados. Se permitirá el tubo conduit de PVC en plantas de procesamiento de productos lácteos, lavanderías, fábricas de conservas u otros lugares mojados, y en lugares en los que se laven con frecuencia las paredes; todo el sistema de conduit, incluyendo las cajas y los accesorios usados en él, se deben instalar y equipar de modo que se prevenga que el agua entre en la canalización. Todos los soportes, pernos, abrazaderas, tornillos, etc. deben ser de materiales resistentes a la corrosión o deben estar protegidos por materiales resistentes a la corrosión.
e) Lugares secos y húmedos. Se permitirá el uso de tubo conduit de PVC en lugares secos y húmedos no prohibidos por 352-12.
f) Visible. Se permitirá el tubo conduit de PVC para instalaciones visibles. El tubo conduit de PVC usado visible en áreas de riesgo de daño físico, debe estar marcado para ese uso.
NOTA: El tubo conduit de PVC tipo Cédula 80 está identificado para áreas de riesgo de daño físico.
g) Instalaciones subterráneas. Para instalaciones subterráneas, se permitirá el PVC directamente enterrado y subterráneo embebido en concreto. Véase 300-5 y 300-50.
h) Soporte de las cajas de paso. Se permitirá que el tubo conduit de PVC soporte cajas de paso no metálicos no mayores que el tamaño comercial más grande de una canalización que entra. Estas cajas no deben sostener luminarias u otros equipos, y no deben contener dispositivos diferentes a los de empalme, tal como se permite en 110-14(b) y 314-16(c)(2).
i) Limitaciones de temperatura del aislamiento. Se permitirá que los conductores o cables con una temperatura nominal mayor a la aprobada del tubo conduit de PVC sean instalados en tubo conduit de PVC, siempre y cuando los conductores o cables no operen a temperaturas más altas a las aprobadas del tubo conduit de policloruro de vinilo.
 
352-12. Usos no permitidos. El tubo conduit de PVC no se debe usar en las condiciones que se especifican en (a) hasta (e) siguientes:
a) Lugares peligrosos. En cualquier lugar peligroso, excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
b) Soporte de luminarias. Para el soporte de luminarias y otros equipos no descritos en 352-10(h).
c) Daño físico. Cuando está sometido al daño físico, a menos que esté identificado para ese uso.
d) Temperaturas del ambiente. Cuando está sometido a temperaturas ambiente mayores de 50 ºC, a menos que estén aprobados de otro modo.
e) Lugares de reunión, teatros y lugares similares. En lugares de reunión como se definen en 518-1, teatros y lugares similares, excepto como se indica en 518-4 y 520-5.
352-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit de PVC con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial de ½).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit de PVC con designación métrica mayor al 155 (tamaño comercial de 6).
NOTA: Los designadores métricos y los tamaños comerciales tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales. Véase 300-1(c).
352-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder al permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
352-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Los dobleces hechos en obra se deben hacer únicamente con equipo para hacer dobleces identificado para ese propósito. El radio del doblez hasta la línea central de dichos dobleces no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10.
352-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
352-28. Desbaste. Todos los extremos cortados se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
352-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit de PVC se debe instalar como un sistema completo, según 300-18, y se debe fijar de modo que se permita el movimiento debido a la expansión o a la contracción térmica. El tubo conduit de PVC se debe fijar firmemente y soportar de acuerdo con (a) y (b) siguientes.
a) Sujetado y asegurado. El tubo conduit de PVC se debe sujetar y asegurar a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalme, caja de dispositivo u otra terminación de conduit. Se permitirá la instalación de tubo conduit aprobado para sujeción a una distancia diferente de los 90 centímetros de acuerdo con su aprobación.
b) Soportes. El tubo conduit de PVC se debe soportar de acuerdo con la Tabla 352-30. Se permitirá instalar tubo conduit aprobado para su fijación con separación diferente a la mostrada en la Tabla 352-30 de acuerdo con la aprobación. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit de PVC soportados en aberturas a través de miembros estructurales, a intervalos no superiores a los mostrados en la Tabla 352-30 y asegurados firmemente a una distancia no mayor de 90 centímetros de los puntos de terminación.
Tabla 352-30.- Soportes para tubo conduit rígido de policloruro de vinilo (PVC)
 
Tamaño del conduit
Separación máxima entre los soportes
Designación métrica
Tamaño comercial
Metros
16 - 27
½ - 1
0.9
35 - 53
1¼ - 2
1.5
63 -78
2½ - 3
1.8
91 - 129
3½ - 5
2.1
155
6
2.5
 
Tabla 352-44.- Características de expansión del tubo conduit rígido no metálico de PVC con un
coeficiente de expansión térmica = 6.084 x 10-5 mm/mm/ºC
 
Cambio de temperatura
(° C)
Cambio de longitud del tubo conduit
tipo PVC (mm/m)
5
0.30
10
0.61
15
0.91
20
1.22
25
1.52
30
1.83
35
2.13
40
2.43
45
2.74
50
3.04
55
3.35
60
3.65
65
3.95
70
4.26
75
4.56
80
4.87
85
5.17
90
5.48
95
5.78
100
6.08
 
352-44. Accesorios de expansión. Se deben suministrar accesorios de expansión para el tubo conduit de PVC para compensar la expansión y la contracción térmica donde el cambio de longitud, de acuerdo con la Tabla 352-44, se espera que sea de 6 milímetros o más, en un tramo recto entre elementos firmemente montados, como cajas, gabinetes, codos y otras terminaciones de conduit.
352-46. Pasacables. Cuando un tubo conduit entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables o adaptador que proteja el cable de la abrasión, a menos que el diseño de la caja, accesorio o envolvente ofrezca una protección equivalente.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
352-48. Uniones. Todas las uniones entre los tramos del conduit, y entre el tubo conduit y los coples, accesorios y cajas se deben hacer con un método aprobado.
352-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben hacerse de acuerdo con 300-15.
352-60. Puesta a tierra. Cuando se exige puesta a tierra del equipo, se debe instalar en el tubo conduit un conductor separado de puesta a tierra del equipo.
Excepción 1: Tal como se permite en la Excepción 2 de 250-134(b), para circuitos de corriente continua, y en la Excepción 1 de 250-134(b), para conductores de puesta a tierra del equipo tendido separado.
Excepción 2: Cuando el conductor puesto a tierra se usa para poner a tierra el equipo, tal como se permite en 250-142.
 
Parte C. Especificaciones de construcción
352-100. Construcción. El tubo conduit de PVC debe estar fabricado con policloruro de vinilo (PVC), rígido (no plastificado). El tubo conduit de PVC y los accesorios deben estar compuestos por material no metálico adecuado, resistente a la humedad y a las atmósferas químicas. Para uso sobre el suelo, también debe ser resistente a la llama, el impacto y la compresión, resistente a la distorsión del calor, en condiciones que probablemente se encuentren en servicio, y resistente a los efectos de la baja temperatura y de la luz solar.
Para uso subterráneo, el material debe tener resistencia aceptable a la humedad y a los agentes corrosivos, y debe tener resistencia suficiente para soportar el abuso, por ejemplo, por impacto y compresión, durante su manipulación e instalación. Cuando está previsto para enterrarlo directamente, sin estar embebido en concreto, el material también debe resistir la carga permanente que probablemente se encuentre después de la instalación.
352-120. Marcado. Cada tramo de tubo conduit de PVC se debe marcar de manera clara y duradera, por lo menos cada 3.00 metros, tal como se exige en la primera frase de 110-21(a). El tipo de material también se debe incluir en la marca, a menos que se pueda identificar visualmente. En el tubo conduit reconocido para uso sobre el suelo, estas marcas deben ser permanentes. En el tubo conduit limitado para uso subterráneo exclusivamente, estas marcas deben tener duración suficiente para permanecer legibles hasta que se instale el material. Se permitirá que el tubo conduit tenga marcas superficiales para indicar características especiales del material.
NOTA: Ejemplos de estas marcas incluyen, pero no se limitan a: "baja emisión de humo" y "resistente a la luz del sol".
ARTCULO 353
TUBO CONDUIT DE POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD TIPO HDPE
Parte A. Generalidades
353-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) y accesorios asociados.
NOTA: Consulte el Artículo 352 para el tubo conduit rígido de policloruro de vinilo tipo PVC, y el Artículo 355 para el tubo conduit de resina termofija reforzada tipo RTRC.
353-2. Definición.
Tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE). Canalización no metálica de sección transversal circular, con coples, conectores y accesorios asociados o integrales para la instalación de conductores eléctricos.
353-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit de polietileno de alta densidad HDPE y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
353-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso del tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) en las siguientes condiciones:
(1)   En tramos continuos o discontinuos de un carrete.
(2)   En lugares sometidos a influencias corrosivas fuertes, tal como se trata en 300-6, y donde esté sujeto a sustancias químicas para las cuales el tubo conduit está aprobado.
(3)   En relleno de cascajo.
(4)   En instalaciones directamente enterradas en tierra o en concreto.
NOTA: Consulte 300-5 y 300-50 con relación a las instalaciones subterráneas.
(5)   Por encima del suelo, excepto lo que prohíbe 353-12, cuando está encerrado en no menos de 5 centímetros de concreto.
(6)   Se permitirá que los conductores o cables con una temperatura nominal mayor a la aprobada del
tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) sean instalados en tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE), siempre y cuando los conductores o cables no operen a temperaturas más altas a las aprobadas del tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE).
353-12. Usos no permitidos. El tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) no se debe usar bajo las siguientes condiciones:
(1)   Cuando está expuesto.
(2)   Dentro de un edificio.
(3)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(4)   Cuando está sometido a temperaturas ambiente que superen los 50 ºC, a menos que esté aprobado de otro modo.
353-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial ½).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) con designación métrica superior al 155 (tamaño comercial 6).
NOTA: Los designadores métricos y los tamaños comerciales tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales. Véase 300-1(c).
353-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
353-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permitirá hacer los dobleces manualmente, sin equipo auxiliar. El radio del doblez hasta la línea central de dicho doblez no debe ser menor al indicado en la Tabla 354-24. Para tubos conduit con designadores métricos 129 y 155 (tamaños comerciales 5 y 6) el radio permisible de doblez debe ser de acuerdo con las especificaciones proporcionadas por el fabricante.
353-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
353-28. Desbaste. Todos los extremos cortados se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
353-46. Pasacables. Cuando un tubo conduit entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables o adaptador que proteja el cable de la abrasión, a menos que el diseño de la caja, accesorio o envolvente ofrezca una protección equivalente.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
353-48. Uniones. Todas las uniones entre los tramos del conduit, y entre el tubo conduit y los coples, accesorios y cajas se deben hacer con un método aprobado.
NOTA: El tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) se puede unir usando fusión por calor, electrofusión o accesorios mecánicos.
353-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben hacerse de acuerdo con 300-15.
353-60. Puesta a tierra. Cuando se exige puesta a tierra del equipo, se debe instalar en el tubo conduit un conductor independiente de puesta a tierra del equipo.
Excepción 1: Se permitirá que el conductor de puesta a tierra de equipo se instale independientemente del conduit, cuando se usa para la puesta a tierra de circuitos de corriente continua, de acuerdo con la excepción 2 de 250-134.
 
Excepción 2: No se exigirá conductor de puesta a tierra del equipo, cuando el conductor puesto a tierra se usa para poner a tierra el equipo, como lo permite 250-142.
Parte C. Especificaciones de construcción
353-100. Construcción. El tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) debe estar fabricado con polietileno de alta densidad resistente a la humedad y a las atmósferas químicas. El material debe ser resistente a la humedad y a los agentes corrosivos, y debe tener resistencia suficiente para soportar el abuso, por ejemplo, por impacto y compresión, durante su manipulación e instalación. Cuando está previsto para enterrarlo directamente, sin estar embebido en concreto, el material también debe resistir la carga permanente que probablemente tendrá después de la instalación.
353-120. Marcado. Cada tramo de tubo conduit de polietileno de alta densidad (HDPE) se debe marcar de manera clara y duradera, por lo menos cada 3.00 metros, tal como se exige en 110-21. El tipo de material también se debe incluir en la marca.
ARTCULO 354
TUBO CONDUIT SUBTERRÁNEO NO METÁLICO CON CONDUCTORES TIPO NUCC
Parte A. Generalidades
354-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC).
354-2. Definición.
Tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC). Ensamble, montado en fábrica, de conductores o cables dentro de un tubo conduit no metálico de sección transversal circular y paredes lisas.
354-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
354-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de tubos conduit subterráneos no metálicos con conductores (NUCC) y sus accesorios en los siguientes casos:
(1)   En instalaciones subterráneas directamente enterradas (Para los requisitos mínimos de profundidad, véase las Tablas 300-5 y 300-50, bajo la columna tubo conduit no metálico pesado).
(2)   Empotrados o encerrados en concreto.
(3)   En rellenos de cascajo.
(4)   En lugares subterráneos sometidos a condiciones corrosivas fuertes tal como se especifica en 300-6 y sujetos a productos químicos para los que el ensamble esté específicamente aprobado.
(5)   Por encima del suelo, excepto lo que prohíbe 354-12, cuando está encerrado en no menos de 5 centímetros de concreto.
354-12. Usos no permitidos. No se debe utilizar tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC):
(1)   En lugares expuestos.
(2)   En el interior de los edificios.
Excepción: Se permitirá que, cuando sea adecuado, la parte de los conductores o cables del ensamble se prolongue hasta el interior del edificio para las terminaciones, de acuerdo con 300-3.
(3)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
354-20. Tamaño
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial ½).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) con designación métrica superior al 103 (tamaño comercial 4).
 
NOTA: Los designadores métricos y los tamaños comerciales tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales. Véase 300-1(c).
354-22. Número de conductores. El número de conductores o cables no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
354-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces de los conduit se deben hacer manualmente, de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. El radio del doblez de la línea central de estos dobleces no debe ser menor al mostrado en la Tabla 354-24.
354-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de terminación no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
354-28. Desbaste. En sus terminaciones, el tubo conduit se debe desbastar separándolo de los conductores o cables, utilizando un método aprobado que no dañe el aislamiento o cubierta de los conductores o cables. Todos los extremos del tubo conduit se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
354-46. Pasacables. Cuando un tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables o adaptador que proteja el conductor o cable de la abrasión, a menos que el diseño de la caja, accesorio o envolvente ofrezca una protección equivalente.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
354-48. Uniones. Todas las uniones entre conduit, accesorios y cajas se deben hacer con un método aprobado.
354-50. Terminaciones de los conductores. Todas las terminaciones entre los conductores o cables y los equipos se deben hacer por un método aprobado para ese tipo de conductor o cable.
354-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer en las cajas de empalmes u otros envolventes.
354-60. Puesta a tierra. Cuando se exige puesta a tierra del equipo, se debe usar un ensamble que contenga un conductor separado de puesta a tierra del equipo.
Tabla 354-24.- Radio mínimo de curvatura para tubo conduit subterráneo no metálico con conductores
(NUCC)
 
Tamaño del conduit
Radio mínimo de
curvatura
Designación métrica
Tamaño
comercial
Centímetros
16
½
25
21
¾
30
27
1
35
35
1¼
45
41
1½
50
53
2
65
63
2½
90
78
3
120
103
4
150
 
Parte C. Especificaciones de construcción
354-100. Construcción.
a) General. El tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) es un ensamble que se suministra en longitudes continuas en un rollo, bobina o caja de cartón.
b) Tubo conduit subterráneo no metálico. El tubo conduit subterráneo no metálico debe estar aprobado y compuesto de un material resistente a la humedad y a los agentes corrosivos. También debe ser apto para ser suministrado en rollos sin que se dañe o deforme y debe tener la resistencia suficiente para soportar el abuso, por ejemplo, por impacto o compresión, durante su manipulación e instalación, sin que sufran daños el tubo conduit o los conductores.
c) Conductores y cables. Los conductores y cables utilizados en tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) deben estar aprobados y cumplir las disposiciones de 310-10(c). Los conductores de diferentes sistemas se deben instalar de acuerdo con 300-3(c).
d) Ocupación por el conductor. El número máximo de conductores o cables en tubos conduit subterráneos no metálicos con conductores (NUCC) no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación en la Tabla 1, Capítulo 10.
354-120. Marcado. El tubo conduit subterráneo no metálico con conductores (NUCC) debe estar marcado de manera clara y duradera por lo menos cada 3.00 metros, tal como se exige en 110-21. La marca debe incluir también el tipo de conduit.
La identificación de los conductores o cables usados en el ensamble debe ir en una etiqueta unida a cada extremo del conjunto o en los laterales del carrete. Las marcas de los conductores o cables encerrados deben cumplir lo establecido en 310-120.
ARTCULO 355
TUBO CONDUIT DE RESINA TERMOFIJA REFORZADA TIPO RTRC
Parte A. Generalidades
355-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) y accesorios asociados.
NOTA: Consulte el Artículo 352 para el tubo conduit rígido de policloruro de vinilo tipo PVC y el Artículo 353 para el tubo conduit de polietileno de alta densidad, tipo HDPE.
 
355-2. Definición.
Tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC). Tubo conduit no metálico pesado de sección transversal circular, con coples, conectores y accesorios asociados o integrales para la instalación de conductores y cables eléctricos.
355-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC), los codos hechos en fábrica y los accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
355-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) según lo establecido en (a) hasta (i).
a) Oculto. Se permitirá el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en paredes, pisos y plafones.
b) Influencias corrosivas. Se permitirá el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en lugares sometidos a influencias corrosivas fuertes, tal como se estipula en 300-6 y cuando están sometidos a sustancias químicas para las cuales los materiales están específicamente aprobados.
c) Cascajo. Se permitirá el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en rellenos de cascajo.
d) Lugares mojados. Se permitirá el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en plantas de procesamiento de productos lácteos, lavanderías, fábricas de conservas u otros lugares mojados, y en lugares en los que se laven con frecuencia las paredes, todo el sistema de conduit, incluyendo las cajas y los accesorios usados en él, se deben instalar y equipar de modo que se prevenga que el agua entre en el conduit. Todos los soportes, pernos, abrazaderas, tornillos, etc. deben ser de materiales resistentes a la corrosión o deben estar protegidos por materiales aprobados resistentes a la corrosión.
e) Lugares secos y húmedos. Se permitirá el uso de tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en lugares secos y húmedos no prohibidos por 355-12.
f) Visible. Se permitirá el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) para instalaciones visibles, si está identificado para ese uso.
NOTA: El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) tipo XW se identifica para áreas donde puede haber daño físico.
g) Instalaciones subterráneas. Para instalaciones subterráneas, véase 300-5 y 300-50.
h) Soporte de las cajas de paso. Se permitirá que el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) soporte las cajas no metálicas no mayores que el tamaño comercial más grande de una canalización que entra. Estas cajas no deben soportar luminarias u otros equipos, y no deben contener dispositivos diferentes de los de empalme, tal como se permite en 110-14(b) y 314-16(c)(2).
i) Limitaciones de temperatura del aislamiento. Se permitirá que los conductores o cables con una temperatura nominal mayor a la aprobada del tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) sean instalados en tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC), si los conductores o cables no operan a temperaturas más altas a las aprobadas del tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC).
355-12. Usos no permitidos. No se debe usar el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) en las condiciones siguientes:
a) Lugares peligrosos (clasificados).
(1)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(2)   En lugares de Clase I, División 2, excepto lo que se permite en 501-10(b)(1)(6).
b) Soporte para luminarias. Para el soporte de luminarias u otros equipos no descritos en 355-10(h).
c) Daño físico. Cuando está sometido al daño físico, a menos que esté identificado para ese uso.
d) Temperaturas ambiente. Cuando está sometido a temperaturas ambiente mayores de 50 ºC, a menos que estén aprobados de otro modo.
e) Teatros y lugares similares. En teatros y lugares similares, excepto como se indica en 518-4 y 520-5.
355-20. Tamaño.
 
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial ½).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) con designación métrica superior al 155 (tamaño comercial 6).
NOTA: Los designadores métricos y los tamaños comerciales tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales. Véase 300-1(c).
355-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder al permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10. Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
355-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Los dobleces hechos en obra se deben hacer únicamente con equipo de doblado identificado para ese propósito. El radio del doblez hasta la línea central de dicho doblez no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10.
355-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
355-28. Desbaste. Todos los extremos cortados se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
355-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) se debe instalar como un sistema completo, según 300-18, y se debe sujetar y asegurar en su lugar y soportar según (a) y (b) siguientes.
Tabla 355-30.- Soportes para tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC)
 
Tamaño del conduit
Separación máxima
entre los soportes
Designación métrica
Tamaño comercial
Metros
16 - 27
½ - 1
0.9
35 - 53
1 ¼ - 2
1.5
63 -78
2 ½ - 3
1.8
91 - 129
3 ½ - 5
2.1
155
6
2.5
 
a) Sujetado y asegurado. El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) se debe sujetar y asegurar a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalme, caja de dispositivo u otra terminación de conduit. Se permitirá la instalación de tubo conduit aprobado para sujeción a una distancia diferente de 90 centímetros de acuerdo con su aprobación.
b) Soportes. El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) se debe soportar tal como se exige en la Tabla 355-30. Se permitirá instalar tubo conduit aprobado para soportar espaciamientos diferentes de la Tabla 355-30 de acuerdo con su aprobación. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) soportados por aberturas a través de miembros estructurales, a intervalos no superiores a los de la Tabla 355-30, asegurados y sujetados a una distancia no mayor de 90 centímetros de los puntos de terminación.
355-44. Accesorios de expansión. Cuando se espera, de acuerdo con la Tabla 355-44, un cambio de longitud de 6 milímetros o más en un tramo recto entre elementos montados seguramente, tales como cajas, gabinetes, codos y otras terminaciones de conduit, se deben suministrar accesorios de expansión para el tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) para compensar la expansión y la contracción térmicas.
355-46. Pasacables. Cuando un tubo conduit entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables o adaptador que proteja el cable de la abrasión, a menos que el diseño de la caja, accesorio o envolvente ofrezca una protección equivalente.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes en los pasacables.
355-48. Uniones. Todas las uniones entre los tramos del conduit, y entre el tubo conduit y los coples, accesorios y cajas se deben hacer con un método aprobado.
355-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben hacerse de acuerdo con 300-15.
355-60. Puesta a tierra. Cuando se exige puesta a tierra del equipo, se debe instalar en el tubo conduit un conductor separado de puesta a tierra del equipo.
Excepción 1: Tal como se permite en la Excepción 2 de 250-134(b), para circuitos de corriente continua, y en la Excepción 1 de 250-134(b), para conductores de puesta a tierra del equipo tendidos separados.
Excepción 2: Cuando el conductor puesto a tierra se usa para poner a tierra el equipo, tal como se permite en 250-142.
Tabla 355-44.- Características de expansión del tubo conduit de resina termofija reforzada RTRC con
un coeficiente de expansión térmica = 2.70 x 10-5 milímetros/mm/º C
 
Cambio de temperatura
(°C)
Cambio de longitud del tubo
conduit tipo RTRC (mm/m)
5
0.14
10
0.27
15
0.41
20
0.54
25
0.68
30
0.81
35
0.95
40
1.08
45
1.22
50
1.35
55
1.49
60
1.62
65
1.76
70
1.89
75
2.03
80
2.16
85
2.30
90
2.43
95
2.57
100
2.70
 
Parte C. Especificaciones de construcción
355-100. Construcción. El tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) y los accesorios deben estar compuestos por material no metálico adecuado, resistente a la humedad y a las atmósferas químicas. Para uso sobre el suelo, también debe ser resistente a la llama, al impacto y a la compresión, resistente a la distorsión por calor en condiciones que probablemente se encuentren en servicio, y resistente a los efectos de la baja temperatura y de la luz solar. Para uso subterráneo, el material debe tener una resistencia aceptable a la humedad y a los agentes corrosivos, y debe tener la resistencia suficiente para soportar el abuso, como por ejemplo por impacto y compresión, durante su manipulación e instalación. Cuando está previsto para enterrarlo directamente, sin estar embebido en concreto, el material también debe resistir la carga permanente que probablemente se encuentre después de la instalación.
355-120. Marcado. Cada tramo de tubo conduit de resina termofija reforzada (RTRC) se debe marcar de manera clara y duradera, por lo menos cada 3.00 metros, tal como se exige en la primera oración de 110-21. El tipo de material también se debe incluir en la marca, a menos que se pueda identificar visualmente. En tubo conduit reconocido para su uso sobre el suelo, estas marcas deben ser permanentes. En tubo conduit limitado para uso subterráneo exclusivamente, estas marcas deben tener la duración suficiente para permanecer legibles hasta que se instale el material. Se permitirá que el tubo conduit tenga marcas superficiales para indicar características especiales del material.
NOTA: Ejemplos de estas marcas incluyen, pero no se limitan a: "baja emisión de humo" y "resistente a la
luz del sol".
ARTCULO 356
TUBO CONDUIT NO METÁLICO FLEXIBLE HERMTICO A LOS LQUIDOS TIPO LFNC
Parte A. Generalidades
356-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC y accesorios asociados.
356-2. Definición.
Tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos (LFNC). Canalización de sección transversal circular de varios tipos, como sigue:
(1)   Un núcleo central interior liso y sin costuras, y una cubierta, unidas estrechamente y con una o más capas de refuerzo entre el núcleo y la cubierta, designadas como Tipo LFNC-A.
(2)   Una superficie interior lisa con refuerzo integral dentro de la pared del conduit, designada como Tipo LFNC-B.
(3)   Una superficie corrugada interna y externa sin refuerzos integrales dentro de la pared del conduit, designada como LFNC-C.
NOTA: La sigla FNMC es una designación alternativa para LFNC.
356-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos (LFNC) y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
356-10. Usos permitidos. Se permitirá usar tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC, en instalaciones visibles u ocultas, para los siguientes propósitos:
NOTA: El frío extremo puede causar que algunos tipos de tubos conduit no metálicos se vuelvan quebradizos y, por lo tanto, más susceptibles al daño por contacto físico.
(1)   Cuando se necesite flexibilidad para la instalación, operación o mantenimiento.
(2)   Cuando se requiere proteger los conductores contenidos, de vapores, líquidos o sólidos.
(3)   Para instalaciones exteriores, cuando esté aprobado y marcado como adecuado para ese uso.
(4)   Para enterrarlo directamente, cuando esté aprobado y marcado para ese uso.
(5)   Se permitirá instalar tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos tipo LFNC en tramos de más de 1.80 metros, cuando se asegura de acuerdo con 356-30.
(6)   Como tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos Tipo LFNC-B en un ensamble prealambrado fabricado y aprobado, de tubo conduit con designación métrica del 16 hasta el 27.
(7)   Para estar embebido en concreto si está aprobado para enterrarlo directamente y se instala de acuerdo con 356-42.
356-12. Usos no permitidos. No se debe usar tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC en los siguientes casos:
(1)   Cuando esté expuesto a daños físicos.
(2)   Cuando cualquier combinación de temperatura ambiente y la de los conductores exceda aquella para la que está aprobado el tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC.
(3)   En tramos más largos de 1.80 metros, excepto como se permite en 356-10(5), o donde se apruebe una longitud superior como esencial para un grado necesario de flexibilidad.
(4)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
356-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC con
designación métrica menor al 16 (tamaño comercial de ½), a menos que esté permitido en (a)(1) o (a)(2) siguientes para designación métrica 12 (tamaño comercial de â)
(1)   Para encerrar las puntas de los conductores de los motores, tal como se permite en 430-245(b).
(2)   En tramos no superiores a 1.80 metros, como parte de un ensamble aprobado para conexiones en derivación a luminarias, tal como se exige en 410-117(c), o para equipo de utilización.
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC con designación métrica superior al 103 (tamaño comercial 4).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
356-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder al permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
356-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces del tubo conduit se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permitirá hacer los dobleces manualmente, sin equipo auxiliar. El radio del doblez hasta la línea central de cualquier doblez no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10, en la columna "otros dobleces".
356-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de jalado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
356-28. Desbaste. Todos los extremos cortados del tubo conduit se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
356-30. Sujeción y soporte. El tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos Tipo LFNC se debe sujetar y asegurar y soportar de acuerdo con uno de los siguientes:
(1)   Cuando se instala en tramos que superen 1.80 metros, el tubo conduit se debe sujetar y asegurar a intervalos no superiores a 90 centímetros y a una distancia no mayor de 30 centímetros a cada lado de cada caja de salida, caja de empalmes, gabinete o accesorio. Cuando se usen abrazaderas para asegurar y soportar cables deberán ser adecuadas y aprobadas para la aplicación
(2)   No se exigirá asegurar o soportar el tubo conduit si éste es jalado entre paredes, está instalado en tramos no superiores a 90 centímetros en terminales en donde se necesita flexibilidad, o cuando está instalado en tramos no superiores a 1.80 metros, desde una conexión a la terminal de una luminaria para derivar conductores hasta luminarias como se permite en 410-117(c)
(3)   Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC, soportados en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no superiores a 90 centímetros y sujetados y asegurados a una distancia menor de 30 centímetros de los puntos de terminación.
(4)   No se requiere soportar y sujetar el tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos, LFNC, cuando se instale en tramos no mayores a 1.80 metros desde el último punto de sujeción de la canalización, para conectar dentro de un plafón accesible, una luminaria u otros equipos. Para los fines de lo establecido en esta sección, se permitirán accesorios para conduit no metálicos flexibles, herméticos a los líquidos, como un medio de soporte.
356-42. Coples y conectores. Sólo se deben usar accesorios aprobados para su uso con tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC. No se deben utilizar conectores en ángulo en instalaciones con canalizaciones ocultas. Se permiten accesorios rectos para tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC para enterrarlo directamente o embebido en concreto.
356-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer de acuerdo con 300-15.
 
356-60. Puesta a tierra. Donde se requiera la puesta a tierra de equipos, se debe instalar un conductor de puesta a tierra de equipos separado en el conduit.
Excepción 1: Tal como se permite en la sección 250-134(b), excepción 2, para circuitos de c.c. y en la sección 250-134(b), excepción 1, para conductores de puesta a tierra de equipos separados.
Excepción 2: Donde el conductor puesto a tierra se use para poner a tierra equipos, según lo permitido en la sección 250-142.
Parte C. Especificaciones de construcción
356-100. Construcción. El tubo conduit LFNC-B como ensamble fabricado prealambrado se debe suministrar en tramos continuos que se puedan embarcar en un rollo, carrete o caja de cartón sin que se dañe.
356-120. Marcado. El tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC se debe marcar por lo menos cada 60 centímetros, de acuerdo con 110-21. La marca también debe incluir la designación, según 356-2, y el tamaño comercial. Debe estar marcado el tubo conduit que está previsto para uso en exteriores o para enterrarlo directamente. El tipo, tamaño y cantidad de conductores usados en los ensambles fabricados prealambrados se deben identificar por medio de una etiqueta o un rótulo impresos, unidos a cada extremo del conjunto fabricado y en la caja de cartón, el rollo o carrete. Los conductores en el interior del tubo se deben marcar de acuerdo con 310-120.
ARTCULO 358
TUBO CONDUIT METÁLICO LIGERO TIPO EMT
Parte A. Generalidades
358-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit metálico ligero EMT y accesorios asociados.
358-2. Definición.
Tubo conduit metálico ligero (EMT). Tubo sin rosca, de pared delgada y sección transversal circular diseñada para la protección física y el enrutamiento de conductores y cables, y para su uso como conductor de puesta a tierra del equipo cuando se instala usando los accesorios adecuados. En general, este tipo de tubería EMT está hecha de acero (ferroso) con revestimientos de protección o de aluminio (no ferroso).
358-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico ligero EMT, los codos hechos en fábrica y los accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
358-10. Usos permitidos.
a) Expuestos y ocultos. El uso de tubo conduit metálico ligero EMT se permitirá para trabajo visible u oculto para lo siguiente:
(1) En el concreto, en contacto directo con la tierra o en áreas sujetas a fuertes influencias corrosivas, cuando se instalen de acuerdo con 358-10 (b).
(2) En lugares secos, húmedos y mojados.
(3) En cualquier lugar peligroso (clasificado) según lo permitido por otros artículos en esta NOM.
b) Ambientes corrosivos.
(1) Tubo conduit metálico ligero EMT ferroso (acero), codos y accesorios. Se permitirá instalar el tubo conduit metálico ligero EMT ferroso, los codos, coples y accesorios, en concreto, en contacto directo con la tierra, o en áreas expuestas a influencias corrosivas fuertes, si están protegidos contra la corrosión y son aprobados como adecuados para esa condición.
(2) Protección Complementaria del tubo conduit ligero no ferroso EMT (aluminio). El tubo conduit ligero EMT de aluminio deberá estar provisto de protección anticorrosiva suplementaria aprobada cuando esté encerrado en hormigón o en contacto directo con la tierra.
c) Relleno de cenizas. Se permitirá que el tubo conduit ligero de acero galvanizado y acero inoxidable
EMT se instalen en concreto o relleno de ceniza cuando estén sujetos a humedad permanente cuando estén protegidos en todos los lados por una capa de hormigón no aglomerado de al menos 50 mm de espesor o cuando el tubo esté instalado al menos 45 cm (18 pulgadas) debajo del relleno.
d) Lugares mojados. Todos los soportes, pernos, abrazaderas, tornillos, etc. deben ser de materiales resistentes a la corrosión o deben estar protegidos por materiales resistentes a la corrosión.
NOTA: Véase 300-6 para la protección contra la corrosión.
358-12. Usos no permitidos. No se debe utilizar tubo conduit metálico ligero EMT bajo las siguientes condiciones:
(1)   Cuando estén sujetos a daño físico severo.
(2)   Para soporte de luminarias u otros equipos, excepto de cajas no más grandes que la tubería de mayor tamaño comercial.
358-14. Metales diferentes. Siempre que sea posible, debe evitarse el contacto entre metales diferentes en cualquier parte del sistema para eliminar la posibilidad de acción galvánica. Se permite utilizar accesorios de aluminio y envolventes con tubo conduit metálico ligero de acero galvanizado, y se permite utilizar accesorios y envolventes de acero galvanizado con tubo conduit metálico ligero de aluminio cuando no estén sujetos a influencias corrosivas severas. El tubo conduit metálico ligero de acero inoxidable sólo se debe utilizar con accesorios de acero inoxidable, accesorios, cajas de salida y envolventes aprobados.
358-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tuberías eléctricas metálicas (EMT) con designación métrica menor al 16 (tamaño comercial ½).
Excepción: Para encerrar las puntas de los conductores de los motores, tal como se permite en 430-245(b).
b) Máximo. El tamaño máximo de la tubería EMT debe ser la designación métrica 103 (tamaño comercial 4).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
358-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
358-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. El radio del doblez de cualquier doblez hecho en obra hasta la línea central de la tubería no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10 para dobladoras de un golpe y de zapata completa.
358-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de alambrado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
358-28. Desbastado y roscado.
a) Desbaste. Todos los extremos cortados del tubo conduit metálico ligero EMT se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
b) Roscado. El tubo conduit metálico ligero EMT no debe ser roscado.
Excepción: El tubo conduit metálico ligero EMT con coples integrales roscados en fábrica que cumplan las disposiciones de 358-100.
358-30. Sujeción y soporte. Los tubos conduit metálicos ligeros EMT se deben instalar como un sistema completo, como se establece en 300-18 y se deben sujetar y asegurar en su lugar y soportarse de acuerdo con 358-30(a) y (b).
 
a) Sujetado y asegurado. El tubo conduit metálico ligero EMT se debe sujetar y asegurar en su lugar a intervalos que no excedan de 3.00 metros. Además, cada tramo de tubo EMT entre los puntos de terminación se debe sujetar y asegurar a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalme, caja de dispositivo, gabinete u otra terminación de conduit.
Excepción 1: Se permitirá incrementar la distancia de sujeción de tramos continuos hasta una distancia de 1.50 metros, cuando los elementos estructurales no permiten una sujeción fácil dentro de una distancia de 90 centímetros.
Excepción 2: Para obras ocultas en edificios terminados o paneles de paredes prefabricados, en donde no es posible asegurar la tubería, se permitirá tender secciones continúas (sin coples) de tubo conduit metálico ligero EMT.
b) Soportes. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit metálico ligero EMT soportados en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no superiores a 3.00 metros y sujetos y asegurados a una distancia no mayor de 90 centímetros de los puntos de terminación.
358-42. Coples y conectores. Los coples y conectores utilizados con las tuberías EMT deben ser herméticos. Cuando estén enterrados en mampostería o concreto, deben ser herméticos al concreto. Cuando se instalan en lugares mojados, deben cumplir lo establecido en 314-15.
358-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer de acuerdo con 300-15.
358-60. Puesta a tierra. Se permitirá el tubo conduit metálico ligero EMT como conductor de puesta a tierra del equipo.
Parte C. Especificaciones de construcción
358-100. Construcción. El tubo conduit metálico ligero EMT se hará de uno de los siguientes:
(1) Acero con revestimientos protectores.
(2) Aluminio
(3) Acero inoxidable
358-120. Marcado. El tubo conduit metálico ligero EMT debe ir marcado de manera clara y duradera por lo menos cada 3.00 metros, como se exige en la primera oración de 110-21(a).
ARTCULO 360
TUBO CONDUIT METÁLICO FLEXIBLE LIGERO TIPO FMT
Parte A. Generalidades
360-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones para tubo conduit metálico flexible FMT y accesorios asociados.
360-2. Definición.
Tubo conduit metálico flexible ligero (FMT). Canalización de sección transversal circular, flexible, metálica y hermética a los líquidos, sin cubierta no metálica.
360-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit metálico flexible ligero FMT y accesorios asociados deben ser aprobados.
Parte B. Instalación
360-10. Usos permitidos. Se permitirá usar tuberías metálicas flexibles FMT en circuitos derivados:
(1)   En lugares secos.
(2)   En lugares ocultos.
(3)   En lugares accesibles.
(4)   Para instalaciones de tensión máxima de 1000 volts.
360-12. Usos no permitidos. No se deben utilizar tuberías metálicas flexibles FMT:
 
(1)   En cubos de elevadores.
(2)   En cuartos baterías de acumuladores.
(3)   En lugares peligrosos (clasificados a menos que se permitan de alguna manera en otros Artículos de esta NOM.
(4)   Subterráneas directamente enterradas o embebidas en concreto vaciado o agregados.
(5)   Si están expuestas a daños físicos; y
(6)   En tramos de más de 1.80 metros.
360-20. Tamaño
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit metálico flexible ligero FMT con designación métrica inferior al 16 (tamaño comercial ½).
Excepción 1: Se permitirá instalar tubo conduit metálico flexible ligero FMT con designación métrica 12 (tamaño comercial 3/8) de acuerdo con 300-22(b) y (c).
Excepción 2: Se permitirá instalar tubo conduit metálico flexible ligero FMT con designación métrica 12 (tamaño comercial 3/8) en tramos no superiores a 1.80 metros como parte de un ensamble o para luminarias. Véase 410-117(c).
b) Máximo. El tamaño máximo del tubo conduit metálico flexible ligero FMT debe ser de designación métrica 21 (tamaño comercial ¾).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
Tabla 360-24(a).- Radios mínimos de curvatura para uso en flexión
 
Designador
métrico
Tamaño
comercial
Radios mínimos para uso en
flexión
 
 
centímetros
12
â
25.40
16
½
31.75
21
¾
44.45
 
Tabla 360-24(b).- Radios mínimos para dobleces fijos
 
Designador
métrico
Tamaño
comercial
Radios mínimos para dobleces
fijos
centímetros
12
â
8.89
16
½
10.16
21
¾
12.70
 
360-22. Número de conductores.
a) FMT - Designadores métricos 16 y 21 (tamaños comerciales ½ y ¾). El número de conductores en los designadores métricos 16 (tamaño comercial ½) y 21 (tamaño comercial ¾) no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación especificado en la Tabla 1, Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
b) FMT - Designador métrico 12 (tamaño comercial â). El número de conductores en el indicador métrico 12 (tamaño comercial de 3/8) no debe exceder el permitido en la Tabla 348-22.
360-24. Dobleces
a) Usos con flexión poco frecuente. Cuando el tubo conduit metálico flexible ligero FMT es doblado con poca frecuencia después de instalado, el radio de los dobleces medido en el interior del doblez no debe ser menor a lo especificado en la Tabla 360-24(a).
b) Dobleces fijos. Cuando el tubo conduit metálico flexible ligero FMT se doble para propósitos de instalación y no se necesite doblar o flexionar después de su instalación, los radios de los dobleces medidos en el interior del doblez no deben ser inferiores a lo especificado en la Tabla 360-24(b).
360-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer de acuerdo con 300-15.
360-60. Puesta a tierra. Se permitirá el uso del tubo conduit metálico flexible ligero FMT como conductor de puesta a tierra de equipos, si se instala de acuerdo con 250-118(7).
Parte C. Especificaciones de construcción
360-120. Marcado. El tubo conduit metálico flexible ligero FMT se debe marcar de acuerdo con 110-21.
ARTCULO 362
TUBO CONDUIT NO METÁLICO TIPO ENT
Parte A. Generalidades
362-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para el tubo conduit no metálico ENT y accesorios asociados.
362-2. Definición.
Tubo conduit no metálico ENT. Canalización no metálica, corrugada y flexible, de sección transversal circular, con coples, conectores y accesorios integrados o asociados, para la instalación de conductores eléctricos. El tubo conduit no metálico ENT está hecho de un material resistente a la humedad, a atmósferas químicas y es retardante de flama.
Una canalización flexible es una canalización que se puede doblar con la mano con una fuerza razonable, pero sin ayuda.
362-6. Requisitos de aprobación. El tubo conduit no metálico ENT y accesorios asociados deben ser aprobados.
 
Parte B. Instalación
362-10. Usos permitidos. Para el propósito de este Artículo, el primer piso de un edificio debe ser aquel que tenga el 50 por ciento o más del área superficial de la pared exterior, a nivel con el suelo terminado o por encima de él. Se permitirá un nivel adicional que sea el primer nivel y no esté diseñado para ser habitado por personas y se use exclusivamente para estacionamiento de vehículos, almacenamiento o usos similares. Se permitirá el uso de tuberías eléctricas no metálicas ENT y sus accesorios en los siguientes casos:
(1)   En cualquier edificio que no tenga más de tres pisos sobre el suelo, como sigue:
a.     En instalaciones visibles que no estén prohibidas por 362-12.
b.     En instalaciones ocultas dentro de paredes, pisos y plafones.
(2)   En cualquier edificio de más de tres pisos sobre el suelo, las tuberías eléctricas no metálicas ENT deben estar ocultas en las paredes, pisos y plafones si éstos ofrecen una barrera térmica de un material con un valor de resistencia al fuego de 15 minutos. Se permitirá usar la barrera térmica nominal del acabado de 15 minutos en paredes, pisos y plafones, combustibles o no combustibles.
Excepción para (2): Cuando se instala un sistema de aspersión contra incendio en todos los pisos, se permitirá el uso del tubo conduit no metálico dentro de paredes, pisos y plafones expuesta u oculta, en edificios de más de tres pisos sobre el nivel del suelo.
NOTA: Se establece una clasificación nominal de los acabados para ensambles que contengan soportes combustibles (de madera). El valor nominal de un acabado se define como el tiempo en el que la columna o viga de madera alcanza un promedio de temperatura de 121 °C o una temperatura individual de 163 °C, medida en el plano de la madera más cercano al fuego. El valor nominal de los acabados no está diseñado para representar una clasificación de los plafones de membrana.
(3)   En lugares sometidos a influencias corrosivas fuertes tal como se trata en 300-6, y donde están expuestos a productos químicos para los que estén específicamente aprobados.
(4)   En lugares ocultos, secos y húmedos no prohibidos por 362-12.
(5)   Por encima de los plafones suspendidos, cuando éstos ofrezcan una barrera térmica del material con un acabado con valor nominal mínimo de 15 minutos, tal como se identifica en las listas de ensambles con valor nominal de resistencia contra el fuego, excepto lo permitido en 362-10(1)(a).
Excepción para (5): Se permitirá usar tubo conduit no metálico ENT sobre plafones suspendidos en edificios de más de tres pisos sobre el suelo, cuando el edificio está protegido por un sistema de aspersión contra incendios.
(6)   Encerrado en concreto vaciado, o embebido en una losa de concreto sobre el suelo donde el tubo conduit no metálico ENT está colocado sobre arena u otro material cernido, siempre que para las conexiones se utilicen accesorios identificados para ese uso.
(7)   En lugares interiores mojados, tal como se permite en esta sección, o en losas de concreto sobre el suelo o debajo de él, con accesorios aprobados para ese uso.
(8)   Como un ensamble fabricado prealambrado aprobado, con designadores métricos desde 16 hasta 27.
NOTA: El frío extremo puede hacer que algunos tipos de tubos conduit no metálicos se vuelvan quebradizos y, por lo tanto, más susceptibles al daño por contacto físico.
(9)   Se permitirá que los conductores o cables, con una temperatura nominal mayor a la aprobada de los tubos conduit no metálicos ENT, sean instalados en éstos, si los conductores o cables no operan a temperaturas más altas a las aprobadas de los tubos conduit no metálicos ENT.
362-12. Usos no permitidos. No se deben usar las tuberías eléctricas no metálicas ENT en los siguientes casos:
(1)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(2)   Como soporte de luminarias y otros equipos.
(3)   Cuando estén sometidas a temperatura ambiente mayor a 50 °C, a menos que estén aprobadas de
otra manera.
(4)   Directamente enterrado.
(5)   En lugares expuestos, excepto lo permitido en 362-10(1), 362-10(5) y 362-10(7).
(6)   En teatros y lugares similares, excepto lo previsto en 518-4 y 520-5.
(7)   Cuando estén expuestas a la luz directa del sol, excepto si están identificadas como resistentes a la luz del sol.
(8)   Cuando están sometidas a daño físico.
362-20. Tamaño.
a) Mínimo. No se debe utilizar tubo conduit no metálico ENT menor a la designación métrica 16 (tamaño comercial ½).
b) Máximo. No se debe utilizar tubo conduit no metálico ENT superior a la designación métrica 63 (tamaño comercial 2 ½).
NOTA: Véase 300-1(c) con respecto a los designadores métricos y los tamaños comerciales. stos tienen como fin únicamente la identificación y no se relacionan con las dimensiones reales.
362-22. Número de conductores. El número de conductores no debe exceder el permitido por el porcentaje de ocupación en la Tabla 1 del Capítulo 10.
Se permitirá instalar cables cuando tal uso no está prohibido por los Artículos de los respectivos cables. El número de cables no debe exceder lo especificado por los porcentajes permisibles de ocupación de la Tabla 1 del Capítulo 10.
362-24. Dobleces. Cómo se hacen. Los dobleces se deben hacer de modo que la tubería no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permitirá hacer los dobleces manualmente, sin equipo auxiliar. El radio de la curva hasta la línea central de tales dobleces no debe ser menor al indicado en la Tabla 2 del Capítulo 10, en la columna "otras curvas".
362-26. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre puntos de jalado, por ejemplo: cajas, no debe haber más del equivalente a cuatro dobleces de un cuadrante (360° en total).
362-28. Desbaste. Todos los extremos cortados de las tuberías se deben desbastar por dentro y por fuera para eliminar los bordes ásperos.
362-30. Sujeción y soporte. Las tuberías eléctricas no metálicas ENT se deben instalar como un sistema completo, como se establece en 300-18 y se deben sujetar y asegurar en su lugar y soportarse de acuerdo con (a) y (b) siguientes.
a) Sujetado en forma segura. El tubo conduit no metálico se debe sujetar y asegurar en intervalos no mayores de 90 centímetros. Además, el tubo conduit no metálico ENT se debe sujetar y asegurar a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, caja de empalme, caja de dispositivo, gabinete o herraje donde termine. Cuando se utilicen, las abrazaderas de cables deben ser adecuadas y aprobadas para la aplicación y para asegurar y soportar.
Excepción 1: Se permitirán tramos sin asegurar de hasta 1.80 metros desde la conexión terminal de una luminaria para conexiones en derivación hasta las luminarias.
Excepción 2: Tramos de hasta 1.80 metros desde el último punto de sujeción firme de la canalización para conexiones dentro de un plafón accesible hasta la luminaria u otro equipo.
Excepción 3: Para instalaciones ocultas en edificios terminados o paneles de paredes prefabricados, en donde no es posible asegurar la tubería, se permitirá tender secciones continuas (sin coples) de tubo conduit no metálico ENT.
b) Soportes. Se permitirán tramos horizontales de tubo conduit no metálico ENT soportado en aberturas a través de elementos estructurales, a intervalos no superiores a 90 centímetros sujetos y asegurados a una distancia no mayor de 90 centímetros de los puntos de terminación.
362-46. Pasacables. Cuando una tubería entre en una caja, accesorio u otro envolvente, se debe instalar un pasacables o adaptador que proteja el cable de la abrasión, a menos que el diseño de la caja, accesorio o
envolvente ofrezca una protección equivalente.
NOTA: Véase 300-4(g) con respecto a la protección de los conductores de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) y más grandes.
362-48. Uniones. Todas las uniones entre tramos de tuberías y entre tuberías y coples, accesorios y cajas, deben hacerse con un método aprobado.
362-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer de acuerdo con 300-15.
NOTA: Véase el Artículo 314 con respecto a las reglas para la instalación y uso de cajas y cajas de paso.
362-60. Puesta a tierra. Cuando se exige la puesta a tierra del equipo, se debe instalar un conductor separado de puesta a tierra del equipo en la canalización, que cumpla lo establecido en el Artículo 250, Parte F.
Parte C. Especificaciones de construcción
362-100. Construcción. El tubo conduit no metálico ENT debe estar hecho de un material que no exceda las características de ignición, inflamabilidad, generación de humo y toxicidad del policloruro de vinilo rígido (no plastificado).
El tubo conduit no metálico ENT, como ensamble fabricado prealambrado, se debe suministrar en tramos continuos que puedan ser transportados en rollos, carretes o cajas de cartón, sin sufrir ningún daño.
362-120. Marcado. El tubo conduit no metálico (ENT) debe estar marcado de manera clara y duradera cada 3.00 metros como mínimo, como se exige en la primera oración de 110-21. En la marca se debe indicar también el tipo de material. Se permitirá la marca de baja emisión de humo en la tubería con características de producción de baja emisión de humo.
El tipo, tamaño y cantidad de conductores usados en ensambles prealambrados se deben identificar por medio de una etiqueta o un rótulo impresos, unidos a cada extremo del conjunto fabricado y en la caja de cartón, el rollo o carrete. Los conductores encerrados se deben marcar según 310-120.
ARTCULO 364
TUBO CONDUIT DE POLIETILENO
Parte A. Generalidades
364-1. Definición. Los tubos conduit de polietileno pueden ser de dos tipos: una canalización semirrígida, lisa o una canalización corrugada y flexible, ambos con sección transversal circular, y sus correspondientes accesorios aprobados para la instalación de conductores eléctricos. Están compuestos de material que es resistente a la humedad. Estos tubos conduit no son resistentes a la flama.
364-2. Otros Artículos aplicables. Las instalaciones en tubo conduit de polietileno deben cumplir con lo requerido en las partes aplicables del Artículo 300. Cuando en el Artículo 250 se requiera la puesta a tierra de equipo, debe instalarse dentro del tubo conduit un conductor para ese propósito.
364-3. Usos permitidos. Está permitido el uso de tubo conduit de polietileno y sus accesorios:
1) En cualquier edificio que no supere los tres pisos sobre el nivel de la calle.
2) Embebidos en concreto colado, siempre que se utilicen para las conexiones accesorios aprobados para ese uso.
3) Enterrados a una profundidad no menor que 50 cm condicionado a que se proteja con un recubrimiento de concreto de 5 cm de espesor como mínimo.
364-4. Usos no permitidos. No debe usarse el tubo conduit de polietileno:
1) En áreas peligrosas (clasificadas).
2) Como soporte de aparatos y otro equipo.
3) Cuando estén sometidas a temperatura ambiente que supere aquélla para la que está aprobado el tubo conduit.
 
4) Para conductores cuya limitación de la temperatura de operación del aislamiento exceda la temperatura a la cual el tubo conduit está aprobado.
5) Directamente enterradas.
6) Para tensiones eléctricas superiores a 150 volts a tierra.
7) En lugares expuestos.
8) En teatros y lugares similares.
9) Cuando estén expuestas a la luz directa del Sol.
10) En lugares de reunión (véase el Artículo 518).
11) En instalaciones ocultas en plafones y muros huecos de tablaroca.
12) En cubos y ductos de instalaciones en edificios.
13) En las instalaciones que cubren los Artículos 545, 550, 551, 552 y 605.
Parte B. Instalación
364-5. Designación
a) Mínimo. No debe utilizarse tubo conduit de polietileno de designación nominal menor que 16 (1/2).
b) Máximo. No debe utilizarse tubo conduit de polietileno de designación nominal mayor que 53 (2).
364-6. Número de conductores en un tubo conduit. El número de conductores en tubo conduit no debe exceder el permitido en la Tabla 1 del Capítulo 10.
364-7. Desbastado. Todos los extremos cortados del tubo conduit de polietileno deben desbastarse por dentro y por fuera hasta dejarlos lisos.
364-8. Empalmes. No se permite realizar empalmes en tubo conduit de polietileno.
364-9. Dobleces. Los dobleces del tubo conduit de polietileno se deben hacer de modo que el tubo conduit no sufra daños y que su diámetro interno no se reduzca efectivamente. Se permite hacer dobleces a mano sin equipo auxiliar, y el radio de curvatura de la parte interna de dichas dobleces no debe ser inferior al permitido en la Tabla 2 del Capítulo 10. Se deben utilizar accesorios aprobados.
364-10. Dobleces. Número de dobleces en un tramo. Entre dos puntos de sujeción, por ejemplo, entre registros o cajas, no debe haber más del equivalente a dos dobleces de 90 (180 máximo).
364-11. Cajas y accesorios. Las cajas y accesorios deben cumplir con las disposiciones aplicables del Artículo 314.
364-12. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer en las cajas de empalmes, cajas de salida, cajas de dispositivos o cajas de paso. Para las disposiciones sobre instalación y uso de las cajas y registros, véase el Artículo 314.
364-13. Pasacables. Cuando un tubo conduit entre en una caja, envolvente u otra cubierta, debe colocarse una boquilla o adaptador que proteja el aislamiento de los cables contra daño físico, excepto si la caja, envolvente o cubierta ofrecen una protección similar.
NOTA: Para la protección de conductores de tamaño nominal de 21.2 mm2 (4 AWG) o mayor, véase 300-4(f).
Parte C. Especificaciones de construcción
364-14. Marcado. El tubo conduit de polietileno debe estar marcado de modo claro y duradero al menos cada 2.00 metros para la canalización lisa y al menos cada 3.00 metros para la canalización corrugada, como se exige en el primer párrafo 110-21. En la marca se indica también el tipo de material.
ARTCULO 366
CANALES AUXILIARES
Parte A. Generalidades
 
366-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción de los canales auxiliares metálicos y no metálicos, así como de los accesorios asociados.
366-2. Definiciones.
Canal auxiliar metálico. Envolvente de lámina metálica usado para complementar los espacios de alambrado en centros de medición, centros de distribución, tableros de distribución y puntos similares de los sistemas de alambrado. El envolvente tiene tapas removibles o con bisagras para albergar y proteger los alambres, cables y las barras colectoras. El envolvente está diseñado para conductores que se van a tender o instalar después de que los envolventes se hayan instalado como un sistema completo.
Canal auxiliar no metálico. Envolvente no metálico, retardante de flama que se utiliza para complementar los espacios de alambrado en centros de medición, centros de distribución, tableros de distribución y puntos similares de los sistemas de alambrado. El envolvente tiene tapas removibles o con bisagras para albergar y proteger los alambres eléctricos, cables y las barras colectoras. El envolvente está diseñado para conductores que se van a tender o instalar después de que los envolventes se hayan instalado como un sistema completo.
366-6. Requisitos de aprobación.
a) Exteriores. Los canales auxiliares no metálicos instalados en espacios exteriores deben cumplir las siguientes condiciones:
(1)   Estar aprobados como adecuados para la exposición a la luz solar.
(2)   Estar aprobados como adecuados para uso en lugares mojados.
(3)   Estar aprobados para la temperatura ambiente máxima de la instalación.
b) Interiores. Los canales auxiliares no metálicos instalados en espacios interiores deben estar aprobados para la temperatura ambiente máxima de la instalación.
Parte B. Instalación
366-10. Usos permitidos.
a) Canales auxiliares de lámina metálica.
1) Uso interior y exterior. Los canales auxiliares de lámina metálica se permitirán para uso interior y exterior.
2) Lugares mojados. Los canales auxiliares de lámina metálica instalados en lugares mojados deben ser adecuados para tales lugares.
b) Canales auxiliares no metálicos. Los canales auxiliares no metálicos deben estar aprobados para la temperatura ambiente máxima de la instalación y se deben marcar con la temperatura nominal del aislamiento del conductor instalado.
1) Exteriores. Se permitirá la instalación de canales auxiliares no metálicos en espacios exteriores si están aprobados y marcados como adecuados para ese propósito.
NOTA: El frío extremo puede causar que los canales auxiliares no metálicos se vuelvan quebradizos y, por lo tanto, más susceptibles al daño por contacto físico.
2) Interiores. Se permitirá la instalación de canales auxiliares en espacios interiores.
366-12. Usos no permitidos. Los canales auxiliares no se deben usar:
(1)   Para alojar interruptores, dispositivos de protección contra sobrecorriente, aparatos ni otros equipos similares.
(2)   Para extenderse más allá de 9.00 metros del equipo al que complementa.
Excepción: Tal como lo permite 620-35 para elevadores, se permitirá que un canal auxiliar se extienda en una distancia mayor a 9.00 metros más allá del equipo al que complementa.
NOTA: Para canalizaciones, véase los Artículos 376 y 378. Para electroductos (busway), véase el Artículo 368.
366-20. Conductores conectados en paralelo. Cuando los cables monoconductores que comprendan cada conductor de fase, neutro o tierra de un circuito de corriente alterna se conecten en paralelo según lo
permitido en 310-10 (h), los conductores se instalarán en grupos que consten de no más de un conductor por fase, neutro, o conductor a tierra para evitar desbalanceo de la corriente en los conductores en paralelo debido a la reactancia inductiva.
366-22. Número de conductores.
a) Canales auxiliares de lámina metálica. La suma de las áreas de la sección transversal de todos los conductores y cables contenidos en cualquier sección transversal de un canal auxiliar de lámina metálica no debe exceder el 20 por ciento del área de la sección transversal interior del canal auxiliar. Los factores de ajuste especificados en 310-15(b)(3)(a) se deben aplicar únicamente cuando el número de conductores portadores de corriente, incluyendo los conductores neutros clasificados como portadores de corriente de acuerdo con las disposiciones de 310-15(b)(5) es mayor a 30. Los conductores para circuitos de señalización o los conductores del controlador entre un motor y su arrancador y que son usados sólo para el trabajo de arranque no se deben considerar conductores portadores de corriente.
b) Canales auxiliares no metálicos. La suma de las áreas de la sección transversal de todos los conductores y cables contenidos en cualquier sección transversal del canal auxiliar no debe exceder el 20 por ciento del área de la sección transversal interior del canal auxiliar.
366-23. Ampacidad de los conductores.
a) Canales auxiliares de lámina metálica. Cuando el número de conductores portadores de corriente contenidos en un canal auxiliar de lámina metálica sea de 30 o menos, no se deben aplicar los factores de ajuste especificados en 310-15(b)(3)(a). La corriente conducida continuamente por barras de cobre desnudas en canales auxiliares de lámina metálica no debe exceder de 1.55 amperes/mm2 en la sección transversal del conductor. Para barras de aluminio, la corriente conducida continuamente no debe exceder los 1.09 amperes/ mm2 en la sección transversal del conductor.
b) Canales auxiliares no metálicos. Los factores de ajuste especificados en 310-15(b)(3)(a) deben ser aplicables a los conductores portadores de corriente en un canal auxiliar no metálico.
366-30. Sujeción y soporte.
a) Canales auxiliares de lámina metálica. Los canales auxiliares de lámina metálica deben estar soportados y asegurados en toda su longitud a intervalos no mayores a 1.50 metros.
b) Canales auxiliares no metálicos. Los canales auxiliares no metálicos deben estar soportados y asegurados a intervalos no mayores a 90 centímetros y en cada extremo o unión, a no ser que estén aprobados para otros intervalos de soporte. En ningún caso la distancia entre los soportes debe ser mayor a 3.00 metros.
366-44. Accesorios de expansión. Se deben instalar accesorios de expansión cuando el cambio esperado en la longitud por la dilatación y contracción debidas al cambio de temperatura sea mayor a 6 milímetros.
366-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones deben cumplir lo establecido en (a) hasta (d).
a) Dentro de los canales. Se permitirán empalmes y derivaciones dentro de los canales si son accesibles por medio de cubiertas removibles o puertas. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área del canal.
b) Conductores desnudos. Las derivaciones desde conductores desnudos deben salir del canal opuestas a las terminales de conexión, y los conductores no deben estar en contacto con partes portadoras de corriente no aisladas de diferente tensión.
c) Identificación adecuada. Todas las derivaciones deben estar identificadas adecuadamente en el canal, en cuanto a los circuitos o equipos a los que alimentan.
d) Protección contra sobrecorriente. Las conexiones en derivación desde conductores en canales auxiliares deben tener protección contra sobrecorriente tal como se exige en 240-21.
366-58. Conductores aislados.
a) Conductores aislados doblados. Cuando los conductores aislados se doblen dentro de un canal auxiliar, ya sea en sus extremos o en donde los conduit, accesorios u otras canalizaciones o cables entren o salgan del canal o en donde la dirección del canal varíe más de 30°, se deben aplicar las dimensiones que
corresponden a un cable por cada terminal establecidas en la tabla 312-6(a)
b) Canales auxiliares usados como cajas de paso. Cuando los conductores aislados de 21.2 mm2 (4 AWG) o más grandes se jalen a través de un canal auxiliar, la distancia entre las entradas de la canalización y del cable que alojan el mismo conductor no debe ser menor a la exigida en 314-28(a)(1) para tramos rectos y en 314-28(a)(2) para tramos en ángulo.
366-60. Puesta a tierra. Los canales auxiliares metálicos se deben conectar a uno o varios conductores de puesta a tierra de equipos, a un puente de unión de equipos o a un conductor puesto a tierra, según lo exija o lo permita 250-92(b)(1) o 250-142.
Parte C. Especificaciones de construcción
366-100. Construcción.
a) Continuidad eléctrica y mecánica. Los canales deben estar construidos e instalados de modo que se asegure la adecuada continuidad eléctrica y mecánica de todo el sistema.
b) Construcción sólida. Los canales deben estar construidos sólidamente y deben ofrecer un envolvente completo a los conductores contenidos en ellos. Todas las superficies, tanto internas como externas, deben estar adecuadamente protegidas contra la corrosión. Las uniones de las esquinas deben ser herméticas y, cuando el conjunto se sujete mediante pernos, tornillos o remaches, dichos elementos deben estar separados a una distancia no mayor a 30 centímetros.
c) Bordes lisos y redondeados. Se deben instalar pasacables, blindajes o accesorios adecuados con bordes lisos y redondeados cuando los conductores pasen entre canales, a través de divisiones, alrededor de curvas, entre canales y gabinetes o canales y cajas de empalme y en otros lugares donde sea necesario, para evitar la abrasión del aislamiento de los conductores.
d) Cubiertas. Las cubiertas deben estar fijas firmemente a los canales.
e) Separación de las partes vivas desnudas. Los conductores desnudos se deben soportar sujetados rígidamente, de modo que la separación mínima entre las partes metálicas desnudas portadoras de corriente, de diferente potencial, montadas sobre la misma superficie no sea menor a 5 centímetros, ni menor a 2.50 centímetros si esas partes están sostenidas libres en el aire. Entre cualquier parte metálica desnuda portadora de corriente y cualquier superficie metálica debe haber una separación no menor a 2.50 centímetros. Se deben hacer las previsiones adecuadas para la dilatación y contracción de las barras colectoras.
366-120. Marcado.
a) Exteriores. Los canales auxiliares no metálicos instalados en espacios exteriores deben tener las siguientes marcas:
(1)   Adecuados para su exposición a la luz del sol.
(2)   Adecuados para su uso en lugares mojados.
(3)   Temperatura nominal del aislamiento del conductor instalado.
b) Interiores. Los canales auxiliares no metálicos instalados en espacios interiores se deben marcar con la temperatura nominal del aislamiento del conductor instalado.
ARTCULO 368
ELECTRODUCTOS O DUCTOS CON BARRAS (BUSWAY)
Parte A. Generalidades
368-1. Alcance. Este Artículo trata de los electroductos o ductos con barras de la acometida, de los alimentadores y de los circuitos derivados, y accesorios asociados.
368-2. Definición.
Electroductos o ductos con barras. Canalización que consta de un envolvente metálico puesto a tierra que contiene conductores desnudos o aislados montados en fábrica, que generalmente suelen ser barras, varillas o tubos de cobre o de aluminio.
NOTA: Véase el Artículo 370 en relación con el ensamble de canalizaciones prealambradas.
 
Parte B. Instalación
368-10. Usos permitidos. Se permitirá instalar electroductos o ductos con barras (busway) si están localizadas de acuerdo con (a) hasta (c) siguientes.
a) Visibles. Se permitirán electroductos instalados en lugares abiertos y visibles, excepto lo permitido en (c) siguiente.
b) Detrás de los paneles de acceso. Se permitirá la instalación de electroductos detrás de paneles de acceso, siempre y cuando dichos electroductos o ductos con barras estén totalmente encerrados, su construcción sea del tipo sin ventilación, y estén instalados de manera que las uniones entre las secciones y en los accesorios sean accesibles para propósitos de mantenimiento. Cuando están instalados detrás de paneles de acceso, se deben proporcionar medios de acceso, y se debe cumplir una de las siguientes condiciones:
(1)   El espacio detrás de los paneles de acceso no se debe usar para propósitos de ventilación.
(2)   Cuando el espacio detrás de los paneles de acceso se utilice para ventilación, diferente de ductos y plenums, no debe haber conexiones de enchufar y los conductores deben estar aislados.
c) A través de paredes y pisos. Se permitirá la instalación de electroductos o ductos con barras a través de paredes o pisos de acuerdo con las secciones (c)(1) y (c)(2) siguientes.
1) Paredes. Se permitirá pasar tramos continuos de electroductos o ductos con barras a través de paredes secas.
2) Pisos. Las penetraciones en el piso deben cumplir con (a) y (b).
a.     Se permitirá extender verticalmente electroductos o ductos con barras a través de pisos secos si están totalmente encerradas (sin ventilar) cuando pasan y tengan una distancia mínima de 1.80 metros sobre el piso, para que queden debidamente protegidas contra daños físicos.
b.     En instalaciones diferentes de las industriales, en donde un tramo vertical penetra dos o más pisos secos, se debe colocar un reborde de mínimo 10 centímetros de alto alrededor de todas las aberturas del piso para impedir el ingreso de líquidos a las secciones verticales de los electroductos o ductos con barras. El reborde se debe instalar a una distancia no mayor de 30 centímetros de la abertura del piso. El equipo eléctrico se debe localizar de manera que no sufra daño por los líquidos que quedan retenidos por el reborde.
NOTA: Véase 300-21, para información concerniente a la propagación del fuego o de los productos de la combustión.
368-12. Usos no permitidos.
a) Daño físico. No se deben instalar electroductos o ductos con barras donde estén expuestas a daños físicos graves o a vapores corrosivos.
b) Cubos de elevadores. No se deben instalar electroductos o ductos con barras en cubos de elevadores.
c) Lugares peligrosos. No se deben instalar electroductos o ductos con barras en cualquier lugar peligroso (clasificado) a menos que estén aprobados específicamente para ese uso.
NOTA: Véase 501-10(b).
d) Lugares mojados. No se deben instalar electroductos o ductos con barras en espacios exteriores ni en lugares húmedos o mojados, a menos que estén identificadas para ese uso.
e) Plataforma de trabajo. Los electroductos o ductos con barras para alumbrado y para troles no se deben instalar a menos de 2.50 metros sobre el piso o la plataforma de trabajo, a no ser que estén dotados con una cubierta identificada para ese fin.
368-17. Protección contra sobrecorriente. La protección contra sobrecorriente se debe proporcionar de acuerdo con (a) hasta (d) siguientes.
a) Valor nominal de protección contra sobrecorriente â Alimentadores. Los electroductos o ductos con barras deben estar protegidos contra sobrecorrientes, de acuerdo con la corriente nominal permisible de
los electroductos o ductos con barras.
Excepción 1: Se permitirán las disposiciones aplicables de 240-4.
Excepción 2: Cuando se usan como enlaces del secundario del transformador, se permitirán las disposiciones de 450-6(a)(3).
b) Reducción de la ampacidad de electroductos o ductos con barras. Se exigirá protección contra sobrecorriente cuando se reduzca la ampacidad de los electroductos o ductos con barras.
Excepción: Sólo en establecimientos industriales se permitirá suprimir la protección contra sobrecorriente en los puntos en los que los electroductos o ductos con barras tengan una reducción de ampacidad, siempre y cuando la longitud de los electroductos o ductos con barras con menor ampacidad no exceda 15.00 metros y esa ampacidad sea como mínimo igual a la tercera parte del valor nominal o ajuste del dispositivo de sobrecorriente inmediatamente anterior en la línea y si además dichos electroductos o ductos con barras no están en contacto con material combustible.
c) Alimentadores o circuitos derivados. Cuando se utilicen electroductos o ductos con barras como alimentador, los dispositivos o conexiones enchufables para las derivaciones del alimentador o circuitos derivados desde los electroductos o ductos con barras deben contener los dispositivos de sobrecorriente exigidos para la protección del alimentador o del circuito derivado. El dispositivo enchufable debe constar de un interruptor automático o un interruptor con fusibles que se pueda accionar desde el exterior. Cuando estos dispositivos se monten fuera de alcance, y contengan medios de desconexión, se deben instalar medios adecuados como cuerdas, cadenas o pértigas que permitan accionar el medio de desconexión desde el piso.
Excepción 1: Lo que se permite en 240-21.
Excepción 2: En luminarias fijas o semifijas, cuando el dispositivo de sobrecorriente del circuito derivado forme parte de la clavija del cordón de la luminaria, en las luminarias conectadas con cordón.
Excepción 3: Cuando las luminarias sin cordón estén conectadas directamente al electroducto o ducto con barras y el dispositivo de sobrecorriente esté montado en la luminaria.
Excepción 4: Cuando el dispositivo enchufable de sobrecorriente del circuito derivado proporcione directamente una desconexión fácilmente accesible, no se requerirá un método de operación desde el piso.
d) Valor nominal de protección contra sobrecorriente âCircuitos derivados. Electroductos o ductos con barras usados como circuito derivado se deben proteger contra sobrecorriente de acuerdo con 210-20.
368-30. Soportes. Los electroductos o ductos con barras se deben soportar y asegurar a intervalos no mayores a 1.50 metros, a no ser que estén diseñadas y marcadas para otras distancias.
368-56. Circuitos derivados desde electroductos o ductos con barras. Se permitirá instalar circuitos derivados desde electroductos o ductos con barras de acuerdo con (a), (b) y (c) siguientes.
a) Generalidades. Se permitirá que los circuitos derivados desde electroductos o ductos con barras usen cualquiera de los siguientes métodos de alambrado:
(1)   Cable armado tipo AC
(2)   Cable blindado MC
(3)   Cable con cubierta metálica y aislamiento mineral MI
(4)   Tubo conduit metálico semipesado IMC
(5)   Tubo conduit metálico pesado RMC
(6)   Tubo conduit metálico flexible FMC
(7)   Tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos LFMC
(8)   Tubo conduit rígido de policloruro de vinilo PVC
(9)   Tubo conduit de resina termofija reforzada RTRC
(10)  Tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos LFNC
(11)  Tubo conduit metálico ligero EMT
 
(12)  Tubo conduit no metálico ENT
(13)  Electroductos o ductos con barras
(14)  Canalizaciones tipo vigueta
(15)  Canalizaciones metálicas superficiales
(16)  Canalizaciones no metálicas superficiales
Cuando se usa un conductor de puesta a tierra de equipos independientes, la conexión del conductor de puesta a tierra de equipos a los electroductos o ductos con barras debe cumplir lo especificado en 250-8 y 250-12.
b) Ensambles de cordón y cable. Se permitirá usar ensambles de cordón y cable adecuados y aprobados para trabajo rudo o extra rudo y de cables de bajada aprobados, como derivados desde electroductos o ductos con barras para la conexión de equipo portátil o para la conexión de equipo fijo para facilitar su reemplazo, de acuerdo con 400-10 y 400-12 y con las siguientes condiciones:
(1)   El cordón o cable debe estar unido al edificio por medios aprobados.
(2)   La longitud del cordón o cable desde un dispositivo de conexión enchufable de los electroductos o ductos con barras hasta un dispositivo adecuado de soporte y liberación de tensión, no debe exceder 1.80 metros.
(3)   El cordón o cable se debe instalar como un tramo vertical desde el dispositivo de soporte y liberación de tensión hasta el equipo alimentado.
(4)   En las terminaciones del cordón o cable, tanto en el dispositivo de conexión enchufable de los electroductos o ductos con barras como en el equipo, se deben instalar abrazaderas para aliviar la tensión mecánica sobre el cable.
Excepción para b)(2): Sólo en instalaciones industriales, si las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguran que únicamente atienden la instalación personas calificadas, se permitirá utilizar tramos de más de 1.80 metros entre el dispositivo de conexión enchufable de los electroductos o ductos con barras y el dispositivo de soporte y liberación de tensión, si el cordón o cable está soportado a intervalos no superiores a 2.50 metros.
c) Circuitos derivados de electroductos o ductos con barras tipo trole. Se permitirá usar ensambles adecuados de cordones y cables aprobados para trabajo rudo o extra rudo y de cables de bajada aprobados, como derivados desde electroductos o ductos con barras tipo trole para la conexión de equipos móviles, de acuerdo con 400-10 y 400-12.
368-58. Remates. Los remates de los electroductos o ductos con barras deben estar cerrados.
368-60. Puesta a tierra. Los electroductos o ductos con barras se deben conectar a uno o varios conductores de puesta a tierra de equipos, a un puente de unión de equipos o a un conductor puesto a tierra cuando así lo exija o lo permita 250-92(b)(1) o 250-142.
Parte C. Construcción
368-120. Marcado. Los electroductos (busway) deben estar marcados con la corriente y tensión para los que están diseñados y con el nombre del fabricante o marca comercial, de manera que queden visibles después de su instalación.
Parte D. Requisitos para tensiones superiores a 1000 volts nominales
368-214. Estructuras adyacentes y de soporte. Los electroductos o ductos con barras con envolvente metálico se deben instalar de modo que el aumento de temperatura, producido por corrientes circulantes inducidas en cualquier elemento metálico adyacente, no sea peligroso para las personas ni constituya un riesgo de incendio.
368-234. Barreras y sellos.
a) Sellos de vapor. Los tramos de electroductos o ductos con barras con secciones localizadas en el interior y en el exterior de un edificio, deben llevar en la pared del edificio un sello de vapor que impida el intercambio de aire entre las secciones del interior y del exterior.
 
Excepción: No se exigirán sellos de vapor en electroductos o ductos con barras con enfriamiento forzado.
b) Barreras cortafuegos. Deben instalarse barreras cortafuegos cuando se penetren paredes, pisos o plafones.
NOTA: Véase 300-21, para información concerniente a la propagación del fuego o de los productos de la combustión.
368-236. Instalaciones para drenaje. Se deben instalar tapones de drenaje, filtros de drenaje o métodos similares adecuados para eliminar, desde las partes bajas de un tramo de los electroductos o ductos con barras, la humedad que se condense.
368-237. Envolvente ventilado para electroductos o ductos con barras. Los envolventes ventilados para electroductos o ductos con barras se deben instalar de acuerdo con el Artículo 110 Parte C, y 490-24.
368-238. Terminales y conexiones. Cuando los envolventes de los electroductos o ductos con barras terminen en máquinas enfriadas por gases inflamables, se deben instalar pasacables sellantes, deflectores u otros medios que eviten la acumulación de gases inflamables dentro de los envolventes de los electroductos o ductos con barras.
Todos los herrajes de terminación y conexión de los conductores deben ser accesibles para su instalación, conexión y mantenimiento.
368-239. Interruptores. Los dispositivos de interrupción o eslabones de desconexión instalados en una trayectoria de electroductos o ductos con barras deben tener el mismo valor de corriente instantánea que los electroductos o ductos con barras. Los eslabones de desconexión deben estar marcados claramente para especificar que sólo se puedan quitar cuando las barras conductoras estén desenergizadas. Los dispositivos de interrupción que no sean de desconexión con carga deben estar enclavados para evitar su operación bajo carga y los envolventes de los eslabones de desconexión deben estar enclavados para evitar el acceso a partes energizadas.
368-240. Instalaciones de 1000 volts nominales o menos. Los dispositivos de control y el alambrado del secundario que se suministren como parte de tramos de electroductos o ductos con barras con envolvente metálico, se deben aislar de todos los elementos del circuito del primario mediante barreras retardantes del fuego, exceptuando los tramos cortos de alambre, tales como los terminales de los transformadores para instrumentos.
368-244. Accesorios de expansión. Se deben instalar conexiones flexibles o de expansión en tramos largos y rectos de los electroductos o ductos con barras, para permitir la expansión o la contracción debida a la temperatura, o cuando el tendido de electroductos o ductos con barras crucen las juntas de aislamiento contra la vibración del edificio.
368-258. Conductor del neutro. La barra conductora del neutro, cuando se requiere, se debe dimensionar para que transporte toda la corriente de carga del neutro, incluidas las corrientes armónicas, y debe tener un valor nominal de corriente instantánea y de cortocircuito, consistente con los requisitos del sistema.
368-260. Puesta a tierra. Los electroductos o ductos con barras deben ser puestos a tierra.
368-320. Marcado. Cada tramo de electroducto o ducto con barras debe tener una placa permanente de identificación que contenga la siguiente información:
(1)   Tensión nominal.
(2)   Corriente nominal continua; si las barras conductoras son enfriadas por ventilación forzada, se deben indicar las dos, tanto el valor nominal con ventilación forzada, como el valor nominal de autoenfriado (sin enfriamiento forzado) para el mismo incremento de temperatura.
(3)   Frecuencia nominal.
(4)   Tensión nominal de impulso.
(5)   Tensión nominal de impulso a 60 hertz (en seco).
(6)   Corriente nominal instantánea.
 
(7)   Nombre del fabricante o la marca comercial.
ARTCULO 370
CANALIZACIONES PREALAMBRADAS
Parte A. Generalidades
370-1. Alcance. Este Artículo trata del uso y la instalación de canalizaciones prealambradas y accesorios asociados.
370-2. Definición.
Canalizaciones prealambradas. Ensamble de unidades o secciones con conductores aislados con accesorios relacionados que forman un sistema estructural que se utiliza para fijar de manera segura o sostener conductores y terminaciones de conductores, dentro de una caja metálica protectora, totalmente cerrada y ventilada. Este ensamble está diseñado para transportar la corriente de falla y para soportar las fuerzas magnéticas que crea dicha corriente.
Nota: Las canalizaciones prealambradas son normalmente ensambladas en el punto de instalación, a partir de componentes suministrados o especificados por el fabricante y de acuerdo con las instrucciones para cada trabajo específico.
Parte B. Instalación
370-10. Usos permitidos. Se permitirá utilizar canalizaciones prealambradas aprobadas en:
(1)  A cualquier tensión o corriente para la que estén clasificados los conductores separados, y sólo en instalaciones visibles, excepto lo permitido en 370-18.
(2) Para circuitos derivados, alimentadores y acometidas
(3) Para ser instalada en espacios exteriores o en lugares corrosivos, mojados o húmedos, donde estén identificados para ese uso
370-12. Usos no permitidos. No se deben instalar canalizaciones prealambradas en:
(1) Cubos de elevadores
(2) En lugares peligrosos (clasificados) a menos que se permita en el capítulo 5.
370-18. Instalación de las canalizaciones prealambradas.
a) Tendido transversal. Se permitirá prolongar las canalizaciones prealambradas transversalmente a través de paredes o divisiones que no sean cortafuegos, siempre que la sección dentro de la pared sea continua, esté protegida contra daños físicos y no esté ventilada.
b) A través de pisos secos y plataformas. Excepto cuando se requieran cortafuegos, se permitirá prolongar verticalmente la canalización prealambrada a través de pisos secos y plataformas, siempre que la canalización prealambrada esté totalmente encerrada en el punto donde pasa a través del piso o plataforma, y por una distancia de 1.80 metros por encima del piso o plataforma.
c) A través de pisos y plataformas en lugares mojados. Excepto cuando se requieran cortafuegos, se permitirá prolongar verticalmente la canalización prealambrada a través de pisos y plataformas en lugares mojados siempre que:
(1)   Haya barrera u otros medios adecuados para impedir el flujo de agua a través de la abertura del piso o de la plataforma y
(2)   Que la canalización prealambrada esté totalmente encerrada en el punto donde pasa el piso o plataforma, y por una distancia de 1.80 metros por encima del piso o plataforma.
370-20. Tamaño y terminación de los conductores.
a) Conductores. Los conductores portadores de corriente de las canalizaciones prealambradas deben:
1) Tener un aislamiento nominal de 75 °C o mayor, y deben ser de un tipo aprobado y adecuado para la aplicación correspondiente.
 
2) Ser dimensionados de acuerdo con el diseño de las canalizaciones prealambradas, aunque en ningún caso debe ser menor que 53.50 mm2 (1/0).
b) Terminales de los conductores. Para las conexiones a los conductores de canalizaciones prealambradas se deben usar terminales aprobadas.
370-22. Número de conductores. La cantidad de conductores de las canalizaciones prealambradas debe ser aquella para la cual ha sido diseñada.
370-23. Protección contra sobrecorriente. Las canalizaciones prealambradas deben estar protegidas contra sobrecorriente, de acuerdo con la ampacidad permisible de los conductores de la canalización prealambrada, de acuerdo con 240-4.
Excepción: Se permitirá instalar la protección contra sobrecorriente de acuerdo con 240-100 y 240-101 para más de 1000 volts.
370-30. Aseguramiento y soporte.
a)      Soporte. La canalización prealambrada debe estar soportada firmemente a intervalos no superiores a 3.70 metros. Cuando se necesiten espaciamientos de más de 3.70 metros, la estructura debe estar diseñada específicamente para la longitud de espaciamiento requerida.
b)      Soportes de los conductores. Los conductores aislados deben estar soportados por bloques u otros medios de montaje diseñados para ese propósito. Los conductores individuales en una canalización prealambrada deben estar soportados a intervalos no superiores a 90 centímetros en tramos horizontales, y 45 centímetros en tramos verticales. La separación horizontal y vertical entre los conductores soportados no debe ser menor al diámetro de un conductor en los puntos de soporte.
370-42. Accesorios. Un sistema de canalizaciones prealambradas debe incluir los accesorios aprobados para:
(1)   Cambios de dirección horizontal o vertical.
(2)   Remates.
(3)   Las terminaciones dentro de, o sobre, los aparatos o equipos conectados, o los envolventes de dichos equipos.
(4)   Protección física adicional cuando sea necesaria, como por ejemplo protectores, cuando estén expuestos a daños físicos graves.
370-60. Puesta a tierra. Un sistema de instalación con canalizaciones prealambradas debe ser puesto a tierra y unido según corresponda:
(1)  Se permitirá utilizar el armazón de las canalizaciones prealambradas, donde esté unido, como conductor de puesta a tierra de equipos en alimentadores y circuitos derivados.
(2)  Una instalación de canalizaciones prealambradas debe ser puesta a tierra y unida de acuerdo con el Artículo 250, exceptuando lo establecido en la Excepción 2 de 250-86.
370-80. Ampacidad de los conductores. La ampacidad de los conductores en canalizaciones prealambradas deben estar de acuerdo con las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19), para instalaciones de hasta 2000 volts, inclusive, o con las Tablas 310-60(c)(69) y 310-60(c)(70) para instalaciones de 2001 a 35 000 volts.
Parte C. Construcción
370-120. Marcado. Cada sección de canalización prealambrada debe ir marcada con el nombre del fabricante o designación comercial y el diámetro máximo, número, tensión y ampacidad de los conductores que se van a instalar. Las marcas deben estar situadas de modo que queden visibles después de la instalación.
ARTCULO 372
CANALIZACIONES EN PISOS CELULARES DE CONCRETO
 
Parte A. Generalidades
372-1. Alcance. Este Artículo trata de las canalizaciones en pisos celulares de concreto, los espacios huecos en los pisos construidos con baldosas celulares prefabricadas de concreto, junto con los accesorios metálicos apropiados diseñados para permitir el acceso a las celdas del piso.
372-2. Definiciones.
Cabezal. Canalización metálica transversal para conductores eléctricos que da acceso a celdas predeterminadas de un piso celular prefabricado de concreto, permitiendo así el tendido de los conductores eléctricos desde un centro de distribución hasta las celdas del piso.
Celda. Espacio único, tubular y encerrado en un piso hecho de baldosas celulares prefabricadas de concreto, en donde la dirección de la celda es paralela a la dirección del elemento del piso.
Parte B. Instalación
372-12. Usos no permitidos. No se deben instalar conductores en canalizaciones en pisos celulares prefabricados de concreto como sigue:
(1)   Cuando estén expuestos a vapores corrosivos.
(2)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(3)   En talleres automotrices, excepto para alimentación de salidas en el plafón o extensiones al área por debajo del piso, pero no por encima.
NOTA: Para la instalación de conductores con otros sistemas, véase 300-8.
372-18 Instalaciones de canalizaciones metálicas en pisos celulares prefabricados de concreto. La instalación de canalizaciones metálicas en pisos celulares prefabricados de concreto debe cumplir con 372-18 a) a 372-18 e) siguientes.
a). Cabezal. El cabezal se debe instalar en línea recta y perpendicular a las celdas. El cabezal se debe asegurar mecánicamente a la parte superior del piso celular prefabricado de concreto. Las juntas de los extremos se deben cerrar con un accesorio metálico de cierre y sellar para impedir la entrada de concreto. El cabezal debe ser continuo eléctricamente en toda su longitud y debe estar unido eléctricamente al envolvente del centro de distribución.
b). Conexión con gabinetes y otros envolventes. La conexión desde los cabezales a los gabinetes y otros envolventes se debe hacer por medio de canalizaciones metálicas aprobadas y accesorios aprobados.
c). Cajas de empalme. Las cajas de empalme deben estar a nivel con el piso y selladas para evitar la entrada libre de agua o concreto. Las cajas de empalme deben ser de metal y tener continuidad mecánica y eléctrica con los cabezales.
d). Insertos. Los insertos se deben nivelar con el piso y sellar para evitar la entrada de concreto. Los insertos deben ser metálicos y se deben equipar con contactos de tipo puesto a tierra. Un conductor de puesta a tierra debe conectar los contactos del inserto a una conexión positiva de puesta a tierra suministrada en el cabezal. Cuando se corten las paredes de la celda para colocar los insertos o para otros propósitos (por ejemplo, para proporcionar aberturas de acceso entre el cabezal y las celdas), no se permitirá que queden trocitos de concreto ni otra suciedad en la canalización, y se deben utilizar herramientas diseñadas para prevenir que entren a la celda y dañen los conductores.
e). Marcadores. Se debe instalar un número adecuado de marcadores para la localización futura de las celdas.
372-20. Tamaño de los conductores. No se deben instalar conductores de tamaño mayor al 53.5 mm2 (1/0 AWG).
372-22. Número máximo de conductores. La suma de las áreas de la sección transversal de todos los conductores o cables no debe exceder el 40 por ciento del área de la sección transversal de la celda o cabezal.
372-23. Ampacidad de los conductores. Se deben aplicar los factores de ajuste de la ampacidad indicados en 310-15(b)(3) a los conductores instalados en las canalizaciones en los pisos celulares de concreto.
 
372-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer en las unidades de acceso a los cabezales o en las cajas de empalme. Un conductor continuo que conecta las salidas individuales no es un empalme o una derivación.
372-58. Salidas descontinuadas. Cuando una salida sea abandonada, descontinuada o removida, las secciones de los conductores del circuito que alimentan a la salida se deben remover de la canalización. No se permitirá que en las canalizaciones haya empalmes o conductores aislados con cinta, como sería el caso de salidas abandonadas en los alambrados en anillo.
ARTCULO 374
CANALIZACIONES EN PISOS METÁLICOS CELULARES
Parte A. Generalidades
374-1. Alcance. Este Artículo trata de los requisitos de instalación y uso de las canalizaciones en pisos metálicos celulares.
374-2. Definiciones.
Canalización en piso metálico celular. Espacios huecos de los pisos metálicos celulares, junto con los accesorios adecuados, que pueden ser aprobados como un canal envolvente para conductores eléctricos.
Cabezal. Canalización transversal para conductores eléctricos que da acceso a celdas predeterminadas de un piso metálico celular, permitiendo así el tendido de los conductores eléctricos desde un centro de distribución hasta las celdas.
Celda. Espacio único, tubular y encerrado en un elemento de un piso metálico celular, siendo el eje de la celda paralelo al eje del elemento del piso metálico.
374-12. Usos no permitidos. No se deben instalar conductores eléctricos en canalizaciones de pisos metálicos celulares como sigue:
(1)   Cuando estén expuestos a vapores corrosivos.
(2)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(3)   En talleres automotrices, excepto para la alimentación de salidas en el plafón o extensiones al área por debajo del piso, pero no por encima.
NOTA: Para la instalación de conductores con otros sistemas, véase 300-8.
Parte B. Instalación
374-18 Instalaciones de Canalización en piso metálico celular. La instalación de Canalización en piso metálico celular debe cumplir con 374-18 a) a 374-18 d) siguientes.
a) Conexiones desde las celdas hasta los gabinetes y extensiones. Las conexiones entre las canalizaciones y los centros de distribución y las salidas de pared se deben hacer por medio de tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos, tubo conduit metálico flexible cuando no se instalan en concreto, tubo conduit metálico pesado, tubo conduit metálico semipesado, tubo conduit metálico ligero o accesorios aprobados. Cuando existen disposiciones para la terminación de un conductor de puesta a tierra de equipos, se permitirá utilizar tubo conduit rígido de policloruro de vinilo, tubo conduit de resina termofija reforzada, tubo conduit no metálico, tubo conduit no metálico tipo ENT o tubo conduit flexible hermético a los líquidos. Cuando se instala en concreto, el tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos debe estar aprobado y marcado para enterramiento directo
b). Cajas de empalme. Las cajas de empalmes deben estar a nivel con el piso y se deben sellar para evitar la entrada libre de agua o concreto. Las cajas de empalmes que se utilicen con estas canalizaciones deben ser metálicas y deben tener continuidad eléctrica con la canalización.
c). Insertos. Los insertos deben estar a nivel con el piso y se deben sellar para evitar la entrada de concreto. Los insertos utilizados deben ser metálicos y deben tener continuidad eléctrica con la canalización. Cuando se corten las paredes de la celda y se coloquen los insertos, no se permitirá que queden en la canalización rebabas ni otra suciedad y se deben utilizar herramientas diseñadas para impedir su ingreso a la canalización y que dañen los conductores.
 
d). Marcadores. Se debe instalar un número adecuado de marcadores para la localización de las celdas en el futuro.
374-20. Tamaño de los conductores. No se deben instalar conductores de tamaño mayor al 53.5 mm2 (1/0 AWG).
374-22. Número máximo de conductores en una canalización. La suma de las secciones transversales de todos los conductores o cables no debe exceder el 40 por ciento de la sección transversal interior de la celda o cabezal.
374-23. Ampacidad de los conductores. Se deben aplicar los factores de ajuste de la ampacidad indicados en 310-15(b)(3) a los conductores instalados en canalizaciones en pisos metálicos celulares.
374-56. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer en las unidades de acceso a los cabezales o en las cajas de empalme.
Para los fines de esta sección, no se debe considerar que un conductor continuo que conecta las salidas individuales sea un empalme o una derivación.
374-58. Salidas descontinuadas. Cuando una salida está abandonada, se descontinúe o se remueva, las secciones de los conductores del circuito que alimentan la salida se deben remover de la canalización. No se permitirá que en las canalizaciones haya empalmes o conductores aislados con cinta, tal como sería el caso de las salidas abandonadas en alambrados en anillo.
Parte C. Especificaciones de construcción
374-100. General. Las canalizaciones en pisos metálicos celulares deben estar construidas de modo que se asegure la adecuada continuidad eléctrica y mecánica de todo el sistema, y deben brindar un envolvente completo para los conductores. Las superficies interiores deben estar libres de rebabas y bordes cortantes y las superficies sobre las que se tiendan los conductores deben ser lisas. Cuando los conductores atraviesen la canalización, se deben instalar pasacables o accesorios adecuados con bordes lisos y redondeados.
ARTCULO 376
DUCTOS METÁLICOS
Parte A. Generalidades
376-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para ductos metálicos y accesorios asociados.
376-2. Definición.
Ductos metálicos. Canales de lámina metálica con cubierta removible o abisagrada, para albergar y proteger alambres y cables eléctricos y en las cuales se instalan los conductores después que el ducto ha sido instalado como un sistema completo.
Parte B. Instalación
376-10. Usos permitidos. El uso de los ductos metálicos se permitirá como a continuación se indica:
(1)   En instalaciones expuestas.
(2)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), tal como lo permiten otros Artículos de esta NOM.
(3)   En lugares mojados donde los ductos estén aprobados para este propósito.
(4)   En espacios ocultos como extensiones que pasan transversalmente a través de paredes, si la longitud que cruza la pared es continua. El acceso a los conductores se debe mantener en ambos lados de la pared.
376-12. Usos no permitidos. Los ductos metálicos no se deben usar:
(1)   Cuando están sometidos a daños físicos graves.
(2)   Cuando están sometidos a ambientes corrosivos.
376-20. Conductores conectados en paralelo. Cuando los cables monoconductores que comprendan cada conductor de fase, neutro o tierra de un circuito de corriente alterna se conecten en paralelo según lo
permitido en 310-10 (h), los conductores se instalarán en grupos que consten de no más de un conductor por fase, neutro o conductor a tierra para evitar el desequilibrio de corriente en los conductores en paralelo debido a la reactancia inductiva.
376-21. Tamaño de los conductores. En ningún ducto se deben instalar conductores de mayor tamaño que el de diseño del ducto.
376-22. Número de conductores y ampacidad. El número de conductores o cables y su ampacidad deben cumplir lo establecido en (a) y (b).
a) Área de la sección transversal del ducto. La suma de las áreas de la sección transversal de todos los conductores o cables contenidos en cualquier sección transversal de la canalización no debe exceder el 20 por ciento del área de la sección transversal interior de la canalización.
b) Factores de ajuste. Los factores de ajuste especificados en 310-15(b)(3)(a) se deben aplicar únicamente cuando el número de conductores portadores de corriente, incluyendo los conductores del neutro, clasificados como portadores de corriente de acuerdo con 310-15(b)(5) es mayor a 30 en cualquier sección transversal de la canalización para cables. Los conductores para circuitos de señalización o los conductores del controlador, entre un motor y su arrancador, y que son usados sólo para el trabajo de arranque no se deben considerar como conductores portadores de corriente.
376-23. Conductores aislados. Los conductores aislados instalados en un ducto metálico deben cumplir lo estipulado en (a) y (b).
a) Conductores aislados doblados. Cuando dentro de un ducto metálico se doblen conductores aislados, ya sea en sus extremos o en el lugar en donde el conduit, los accesorios u otras canalizaciones o cables entren o salgan del ducto metálico, o en donde la dirección del ducto metálico cambia de dirección más de 30°, se deben aplicar las dimensiones correspondientes a un alambre por cada terminal de la Tabla 312-6(a).
b) Ductos metálicos usados como cajas de paso. Cuando los conductores aislados de 21.2 mm2 (4 AWG) o más grandes se jalen a través de un ducto, la distancia entre las entradas de la canalización y del cable que alojan el mismo conductor no debe ser menor a la exigida en 314-28(a)(1) para jalados rectos y en 314-28(a)(2) para jalados en ángulo.
Cuando se transponga el tamaño de los cables con el tamaño de una canalización, se debe usar la canalización con la mínima designación métrica (tamaño comercial) que se requiere para el número y el tamaño de los conductores en el cable.
376-30. Sujeción y soporte. Los ductos se deben soportar de acuerdo con (a) y (b) siguientes.
a) Soporte horizontal. Cuando se extiendan horizontalmente, los ductos se deben soportar en cada extremo y a intervalos no mayores de 1.50 metros, o para tramos individuales de más de 1.50 metros, en cada extremo o unión, a menos que estén aprobados para otros intervalos de soporte. La distancia entre los soportes no debe ser mayor de 3.00 metros.
b) Soporte vertical. Los tramos verticales de ducto deben sujetarse y asegurarse a intervalos no mayores de 4.50 metros y no debe haber más de una unión entre soportes. Las secciones de ductos adyacentes deben sujetarse y asegurarse de modo que se proporcione una unión rígida.
376-56. Empalmes, derivaciones y bloques de distribución.
a) Empalmes y derivaciones. Se permitirán derivaciones y empalmes dentro de un ducto, siempre y cuando sean accesibles. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área del ducto en ese punto.
b) Bloques de distribución.
1) Instalación. Los bloques de distribución instalados en ductos metálicos deben estar aprobados. Los bloques de distribución de potencia instalados en el lado de la línea del equipo de acometida deben ser adecuados para tal fin.
2) Tamaño del envolvente. Además de los requisitos de espacio para el alambrado de 376-56(a), el bloque de distribución se debe instalar en un ducto cuyas dimensiones no sean menores a las que se especifican en las instrucciones de instalación del bloque de distribución de potencia.
 
3) Espacio para el doblado de los alambres. El espacio para doblar los alambres en las terminales del bloque de distribución debe cumplir con lo estipulado en 312-6(b).
4) Partes vivas. Los bloques de distribución no deben tener partes vivas sin aislar expuestas dentro del ducto, se instale o no la cubierta del ducto.
5) Conductores. Los conductores deben estar dispuestos de modo que los terminales de los bloques de distribución de potencia no se obstruyan después de la instalación.
376-58. Remates. Los ductos metálicos sin rematar se deben cerrar.
376-70. Extensiones desde ducto metálico. Las extensiones desde ductos metálicos se deben hacer mediante cordones colgantes instalados de acuerdo con 400-10, o cualquier método de alambrado del Capítulo 3 que incluya un medio para la puesta a tierra de los equipos. Cuando se utilice un conductor independiente de puesta a tierra de equipos, la conexión de los conductores de puesta a tierra de equipos en el método de alambrado al ducto debe cumplir lo establecido en 250-8 y 250-12.
Parte C. Especificaciones de construcción
376-100. Construcción.
a) Continuidad eléctrica y mecánica. Los ductos se deben construir e instalar de manera tal que se garantice la continuidad eléctrica y mecánica del sistema completo.
b) Construcción sólida. Los ductos deben estar construidos sólidamente y deben ofrecer un envolvente completo a los conductores contenidos en ellos. Todas las superficies, tanto internas como externas, deben estar adecuadamente protegidas contra la corrosión. Las uniones de las esquinas deben ser herméticas y, cuando el ensamble se sujete mediante pernos, tornillos o remaches, dichos elementos deben estar separados a una distancia no mayor a 30 centímetros.
c) Bordes lisos y redondeados. Se deben instalar pasacables, blindajes o accesorios adecuados con bordes lisos y redondeados cuando los conductores pasen entre ductos, a través de divisiones, alrededor de curvas, entre ductos y gabinetes o cajas de empalme y en todos los demás lugares donde sea necesario para prevenir la abrasión del aislamiento de los conductores.
d) Cubiertas. Las cubiertas deben sujetarse y asegurarse al ducto.
376-120. Marcado. Los ductos metálicos se deben marcar de modo que después de su instalación sea visible el nombre del fabricante o marca comercial.
ARTCULO 378
DUCTOS NO METÁLICOS
Parte A. Generalidades
378-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para ductos no metálicos y accesorios asociados.
378-2. Definición.
Ductos no metálicos. Canales no metálicos, retardantes a la llama, con cubierta removible, para albergar y proteger alambres y cables eléctricos, y en las cuales se instalan los conductores después de que el ducto ha sido instalado como un sistema completo.
378-6. Requisitos de aprobado. Los ductos no metálicos y los accesorios asociados deben estar aprobados.
Parte B. Instalación
378-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de ductos no metálicos en los siguientes casos:
(1)   Sólo en instalaciones visibles, excepto como se permite en 378-10(4).
(2)   Cuando estén sometidos a ambientes corrosivos y están identificadas para ese uso.
(3)   En lugares mojados, cuando estén aprobados para ese fin.
NOTA: El frío extremo puede causar que los ductos no metálicos se vuelvan quebradizos y, por lo tanto, más susceptibles al daño por contacto físico.
 
(4)  Como extensiones para pasar transversalmente a través de paredes, si el tramo que atraviesa la pared es continuo. El acceso a los conductores se debe mantener en ambos lados de la pared.
378-12. Usos no permitidos. No se deben utilizar ductos no metálicos en los siguientes casos:
(1)   Cuando estén sujetos a daños físicos.
(2)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(3)   Cuando estén expuestos a la luz solar, a no ser que estén aprobados y marcados como adecuados para ese uso.
(4)   Cuando estén sometidos a temperaturas ambientes distintas de aquellas para las cuales están aprobados los ductos.
(5)   Con conductores cuyos límites de temperatura de aislamiento superen aquellos para los cuales el ducto no metálico está aprobado.
378-20. Conductores conectados en paralelo. Cuando los cables monoconductores que comprendan cada conductor de fase, neutro o tierra de un circuito de corriente alterna se conecten en paralelo según lo permitido en 310-10 (h), los conductores se instalarán en grupos que consten de no más de un conductor por fase, neutro o conductor a tierra para evitar el desequilibrio de corriente en los conductores en paralelo debido a la reactancia inductiva.
378-21. Tamaño de los conductores. En el ducto no metálico no se debe instalar ningún conductor de tamaño mayor que aquel para el cual se ha diseñado el ducto no metálico.
378-22. Número de conductores. La suma de las áreas de la sección transversal de todos los conductores o cables contenidos en cualquier sección transversal de na canalización no metálica no debe exceder el 20 por ciento del área de la sección transversal interior de la canalización. Los conductores para circuitos de señalización o los conductores del controlador entre un motor y su arrancador, y que son usados sólo para el trabajo de arranque no se deben considerar como conductores portadores de corriente.
Se les debe aplicar los factores de ajuste de 310-15(b)(3)(a), a los conductores portadores de corriente que lleguen hasta e incluyendo el 20 por ciento de ocupación indicado en el párrafo anterior.
378-23. Conductores aislados. Los conductores aislados instalados en ducto no metálico deben cumplir con lo estipulado en 378-23(a) y (b).
a) Conductores aislados doblados. Cuando dentro de un ducto no metálico se doblen conductores aislados, ya sea en sus extremos o donde el conduit, accesorios u otras canalizaciones o cables entren o salgan de ducto no metálico, o en donde la dirección del ducto no metálico cambie de dirección más de 30°, se deben aplicar las dimensiones correspondientes a un alambre por cada terminal de la Tabla 312-6(a).
b) Ductos no metálicos usados como cajas de paso. Cuando los conductores aislados de 21.2 mm2 (4 AWG) o más grandes se jalen a través de un ducto, la distancia entre las entradas de la canalización y del cable que alojan el mismo conductor no debe ser menor a la exigida en 314-28(a)(1) para jalados rectos, y en 314-28(a)(2) para jalados en ángulo. Cuando se transponga el tamaño de los cables con el del tamaño de una canalización, se debe usar la canalización con la mínima designación métrica (tamaño comercial) que se requiere para el número y el tamaño de los conductores en el cable.
378-30. Sujeción y soporte. Los ductos no metálicos se deben soportar de acuerdo con (a) y (b) siguientes.
a) Soporte horizontal. Cuando se extiendan horizontalmente, los ductos no metálicos se deben soportar a intervalos no mayores de 90 centímetros, y en cada extremo o unión, a menos que estén aprobados para otros intervalos de soporte. En ningún caso la distancia entre los soportes debe exceder de 3.00 metros.
b) Soporte vertical. Los tramos verticales de ductos no metálicos se deben soportar y asegurar a intervalos no mayores de 1.20 metros, a menos que estén aprobados para otros intervalos de soporte, y no debe haber más de una unión entre soportes. Las secciones de ductos no metálicos adyacentes se deben soportar y asegurar entre sí para proporcionar una unión rígida.
378-44. Accesorios de expansión. Cuando en un tramo recto se espera que el cambio en la longitud sea de 6 milímetros o más, se deben suministrar accesorios de expansión para ductos no metálicos para
compensar la expansión y contracción térmicas.
NOTA: Para las características de expansión del tubo conduit de PVC, véase la Tabla 352-44. Las características de expansión de los ductos no metálicos de PVC son idénticas.
378-56. Empalmes y derivaciones. Se permitirán empalmes y derivaciones dentro de un ducto no metálico, siempre y cuando sean accesibles. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área del ducto no metálico en ese punto.
378-58. Remates. Los remates de ductos no metálicos se deben cerrar usando accesorios aprobados.
378-60. Puesta a tierra. Cuando se exige la puesta a tierra del equipo, se debe instalar un conductor separado de puesta a tierra del equipo en el ducto no metálico. No se exigirá un conductor separado de puesta a tierra del equipo si el conductor puesto a tierra se usa para poner a tierra los equipos, como lo permite 250-142.
378-70. Extensiones desde los ductos no metálicos. Las extensiones desde los ductos no metálicos se deben hacer con cordones colgantes o cualquier método de alambrado del Capítulo 3. En cualquiera de los métodos de alambrado usados para la extensión, se debe instalar un conductor separado de puesta a tierra de los equipos, o se debe hacer una conexión de puesta a tierra por cualquiera de los métodos de alambrado usados para la extensión.
Parte C. Especificaciones de construcción
378-120. Marcado. Los ductos no metálicos deben estar marcados de modo que después de su instalación se vea claramente el nombre del fabricante o marca comercial y el área de la sección transversal interior en milímetros cuadrados. Se permitirá marcarlo como de baja emisión de humo sobre los ductos no metálicos cuando poseen características de producción limitada de humo.
ARTCULO 380
ENSAMBLE MULTICONTACTO
Parte A. Generalidades
380-1. Alcance. Este Artículo trata de los requisitos de uso e instalación para los ensambles con múltiples salidas.
NOTA: Véase la definición del ensamble con múltiples salidas en el Artículo 100.
Parte B. Instalación
380-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de un ensamble con múltiples salidas en lugares secos.
380-12. Usos no permitidos. No se debe instalar un ensamble con múltiples salidas en las siguientes condiciones:
(1)   Si están ocultos, pero se permitirá rodear la parte posterior y los laterales de un ensamble metálico con múltiples salidas con el acabado del edificio o empotrar un ensamble no metálico con múltiples salidas en un zócalo.
(2)   Cuando estén sometidos a daños físicos severos.
(3)   Cuando la tensión entre conductores sea de 300 volts o más, a no ser que el ensamble sea de metal y tenga un espesor no menor a 1.02 milímetros.
(4)   Cuando están sometidos a vapores corrosivos.
(5)   En cubos de elevadores.
(6)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
380-23. Conductores aislados. Para los ensambles con múltiples salidas ensamblados en sitio, los conductores aislados deben cumplir con (a) y (b) siguientes.
a) Conductores aislados doblados. Cuando los conductores aislados son doblados dentro de un ensamble con múltiples salidas, ya sea en los extremos o donde los tubos conduit, accesorios u otras canalizaciones o cables entran o salen del ensamble con múltiples salidas, o donde del ensamble con múltiples salidas cambia de dirección más de 30°, aplicarán las dimensiones correspondientes a un conductor por terminal en la Tabla 312-6(a).
 
b) Ensambles con múltiples salidas usados como cajas de paso. Cuando los conductores aislados de 21.2 mm2 (4 AWG) o más grandes se jalen a través de un ensamble con múltiples salidas, la distancia entre las entradas de la canalización y del cable que alojan el mismo conductor no debe ser menor a la exigida en 314-28(a)(1) para jalados rectos y en 314-28(a)(2) para jalados en ángulo. Cuando se transponga el tamaño de los cables con el del tamaño de una canalización, se debe usar la canalización con la mínima designación métrica (tamaño comercial) que se requiere para el número y el tamaño de los conductores en el cable.
380-76. Ensambles metálicos con múltiples salidas a través de divisiones secas. Se permitirá extender un ensamble metálico con múltiples salidas a través de divisiones secas (pero no pasarlo en el interior de los mismos), si se instala de modo que se pueda quitar la tapa o la cubierta de todas las partes expuestas y ninguna salida se localice en el interior de las divisiones.
ARTCULO 382
EXTENSIONES NO METÁLICAS
Parte A. Generalidades
382-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para las extensiones no metálicas.
382-2. Definiciones.
Extensión no metálica ocultable. Ensamble aprobado de dos, tres o cuatro conductores aislados de circuito dentro de una cubierta no metálica, una cubierta termoplástica extruida o una cubierta no metálica sellada. La clasificación incluye las extensiones superficiales proyectadas para montaje directo sobre la superficie de paredes o plafones y que se ocultan con pintura, textura, compuesto de unión, yeso, papel tapiz, losa, paneles de pared u otros materiales similares.
Extensión no metálica. Un ensamble de dos conductores aislados dentro de una cubierta no metálica o de un recubrimiento termoplástico extruido. La clasificación incluye las extensiones superficiales proyectadas para montaje directo sobre la superficie de paredes o plafones.
382-6. Requisitos de aprobado. Las extensiones no metálicas ocultables y los accesorios y dispositivos asociados deben estar aprobados. El dispositivo en derivación de arranque/fuente para la extensión, debe contener y proporcionar la siguiente protección para todas las extensiones y los dispositivos del lado de carga:
(1)   Protección complementaria contra sobrecorriente.
(2)   Nivel de protección equivalente a un Interruptor con protección de falla a tierra de clase A.
(3)   Nivel de protección equivalente a un Interruptor con protección de falla a tierra portátil.
(4)   Protección contra errores de alambrado en el lado de la carga y de la línea.
(5)   Proporcionar protección contra los efectos de las fallas por arco.
Parte B. Instalación
382-10. Usos permitidos. Se permitirá usar extensiones no metálicas únicamente de acuerdo con (a), (b) y (c).
a) Desde una salida existente. La extensión debe provenir desde una salida existente de un circuito derivado de 15 o 20 amperes. Cuando una extensión no metálica ocultable se origina en un contacto de tipo sin puesta a tierra, la instalación debe cumplir con lo establecido en 250-130(c), 406-4(d)(2)(b) o 406-4(d)(2)(c).
b) Expuesta y en lugares secos. La extensión se debe instalar expuesta, u oculta como lo permite 382-15, y en un lugar seco.
c) En residencias u oficinas. Para extensiones no metálicas superficiales montadas directamente en la superficie de paredes o plafones, el edificio debe estar ocupado con propósitos residenciales o de oficina y no debe exceder tres pisos sobre el suelo. Cuando están identificadas para ese uso, las extensiones no metálicas ocultables se permitirán en más de tres pisos sobre el suelo.
NOTA 1: Para los límites de temperatura de los conductores, véase 310-15(a)(3).
NOTA 2: Para la definición de primer piso, véase 362-10.
382-12. Usos no permitidos. No se deben usar extensiones no metálicas en los siguientes casos:
(1)   En sótanos, desvanes y espacios bajo los techos, sin acabado.
 
(2)   Cuando la tensión entre los conductores es mayor a 150 volts para extensiones no metálicas superficiales y 300 volts para cable aéreo.
(3)   Cuando están expuestas a vapores corrosivos.
(4)   Cuando se instalan a través de un piso o una división, o por fuera de un cuarto en el cual se originan.
382-15. Visibles.
a) Extensiones no metálicas. Se permitirá la instalación de una o más extensiones en cualquier dirección desde una salida existente, pero no sobre el piso ni dentro de una distancia de 5 centímetros desde el piso.
b) Extensiones no metálicas ocultables. Cuando están identificadas para ese uso, las extensiones no metálicas se pueden ocultar con pintura, textura, compuesto para ocultar, yeso, papel tapiz, losa, paneles de pared u otros materiales similares, e instalar de acuerdo con 382-15(a).
382-26. Curvas.
a) Extensiones no metálicas. Una curva que reduzca la separación normal entre los conductores se debe cubrir con una tapa para proteger el ensamble contra el daño físico.
b) Extensiones no metálicas ocultables. Se permitirá que las extensiones ocultables se doblen sobre sí mismas y se aplanen según sea necesario para la instalación.
382-30. Sujeción y soporte.
a) Extensiones no metálicas. Las extensiones superficiales no metálicas se deben asegurar en su lugar por medios aprobados, a intervalos no superiores a 20 centímetros, con una tolerancia de 30 centímetros en el primer punto de sujeción donde la conexión a la salida de alimentación es por medio de una clavija. Debe haber al menos un punto de sujeción entre cada par de salidas adyacentes alimentadas. Una extensión sólo se debe sujetar a elementos de madera o acabados de yeso y no debe estar en contacto con metales ni con otros materiales conductores, excepto con las placas metálicas de los contactos.
b) Extensiones no metálicas ocultables. Todos los componentes de la extensión no metálica ocultable de montaje superficial se deben anclar a la pared o el plafón usando un sistema de anclaje mecánico o adhesivo identificado para ese uso.
382-40. Cajas y accesorios. Cada tramo de la extensión debe terminar en un accesorio, conector o caja que cubra el extremo de todo el ensamble. Todos los accesorios, conectores y dispositivos deben ser de un tipo identificado para ese uso.
382-42. Dispositivos.
a) Contactos. Todos los contactos, las cajas para contactos y los dispositivos autocontenidos utilizados con las extensiones no metálicas ocultables deben estar identificados para ese uso.
b) Contactos y cajas. Se permitirá el uso de cajas para contactos y de dispositivos autocontenidos diseñados para montaje superficial o empotrado con extensiones no metálicas ocultables. Las cajas para contactos y los dispositivos autocontenidos deben tener medios para facilitar la entrada y la terminación de las extensiones no metálicas ocultables, y para conectar eléctricamente la caja o el dispositivo. Las cajas para contactos y los dispositivos autocontenidos deben cumplir con lo estipulado en 406-4. Se permitirán que las salidas de fuerza y de comunicaciones estén instaladas en una caja común, de acuerdo con 800-133(a)(1)(d), Excepción 2.
382-56. Empalmes y derivaciones. Las extensiones deben consistir en un conjunto continuo e ininterrumpido, sin empalmes y sin conductores expuestos entre los accesorios, conectores o dispositivos. Se permitirán derivaciones cuando se utilicen accesorios aprobados que cubran completamente las conexiones en derivación. Los cables aéreos y sus conectores en derivación deben estar dotados de un medio aprobado para señalar y mantener la polaridad. Los conectores de derivaciones de tipo contacto deben tener un dispositivo de enclavamiento mecánico.
Parte C. Especificaciones de construcción (únicamente extensiones no metálicas ocultables)
382-100. Construcción. Las extensiones no metálicas ocultables deben tener diseño de conductor plano de capas múltiples, que consista en un conductor central de fase encerrado por un conductor seccionado puesto a tierra, y un conductor exterior seccionado de puesta a tierra.
382-104. Conductores planos. Las extensiones no metálicas ocultables se deben construir usando conductores planos de cobre, equivalentes a los tamaños 2.08 mm2 (14 AWG) o 3.31 mm2 (12 AWG), y de acuerdo con (a), (b) y (c) siguientes.
 
a) Conductor de fase (capa central). El conductor de fase debe constar de uno o más conductores planos no puestos a tierra, encerrados, de acuerdo con (b) y (c), e identificados de acuerdo con 310-110(c).
b) Conductor puesto a tierra (capas seccionadas internas). El conductor puesto a tierra debe tener dos conductores planos internos seccionados que encierren al conductor o conductores de fase. El conductor seccionado puesto a tierra debe estar encerrado por el conductor seccionado de puesta a tierra e identificado de acuerdo con 200-6.
c) Conductor de puesta a tierra (capas seccionadas exteriores). El conductor de puesta a tierra debe constar de dos conductores seccionados externos que encierren al conductor puesto a tierra y al conductor o conductores de fase, y debe cumplir con lo establecido en 250-4(a)(5). Las capas del conductor de puesta a tierra se deben identificar por uno de los siguientes métodos:
(1)   Según se permite en 250-119.
(2)   Una cubierta transparente.
(3)   Una o más bandas verdes o marcas verdes.
(4)   El término "puesta a tierra del equipo" impreso a intervalos regulares en todo el cable.
382-112. Aislamiento. Las capas de conductores planos puestos y no puestos a tierra se deben aislar individualmente y deben cumplir con lo indicado en 310-15(a)(3). El conductor de puesta a tierra debe estar cubierto o aislado.
382-120. Marcado.
a) Cable. Las extensiones no metálicas ocultables se deben marcar de forma clara y durable en ambos lados, a intervalos no superiores a 60 centímetros con la información que se exige en 310-120(a) y con la siguiente información adicional:
(1)   Material de los conductores.
(2)   Temperatura nominal máxima.
(3)   Ampacidad.
b) Identificación del conductor. Los conductores se deben identificar de forma clara y duradera en ambos lados y en toda su longitud, tal como se especifica en 382-104.
ARTCULO 384
CANALIZACIONES DE CANAL DE TIPO VIGUETA
Parte A. Generalidades
384-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para las canalizaciones de canal tipo vigueta.
384-2. Definición.
Canalización de canal tipo vigueta. Canalización metálica proyectada para montaje en la superficie de una estructura o suspendida de ella, con accesorios asociados para la instalación de conductores y cables eléctricos.
384-6. Requisitos de aprobación. Las canalizaciones de canal tipo vigueta, las tapas y los accesorios deben estar aprobados e identificados para tal uso.
Parte B. Instalación
384-10. Usos permitidos. Se permitirá instalar canalizaciones de canal tipo vigueta en:
(1)   En instalaciones visibles.
(2)   En lugares secos.
(3)   En lugares sometidos a vapores corrosivos, cuando estén protegidas por un acabado que se estime adecuado para esas condiciones.
(4)   Como postes de fuerza.
(5)   En lugares peligrosos (clasificados) según lo permitido en el Capítulo 5.
(6)   Como extensiones de tramos continuos a través de paredes, divisiones y pisos, donde las tapas son removibles en cualquiera de los lados, y la porción dentro de la pared, división o piso permanezca cubierta.
 
(7)   Se permitirán canalizaciones de canal ferroso y accesorios, protegidos contra la corrosión únicamente por esmalte, únicamente en espacios interiores.
384-12. Usos no permitidos. Las canalizaciones de canal tipo vigueta no se deben usar en las siguientes condiciones:
(1)   Cuando están ocultas.
(2)   No se permitirán canalizaciones de canal ferroso y accesorios, protegidos contra la corrosión únicamente por esmalte, cuando están sometidas a influencias corrosivas fuertes.
384-21. Tamaño de los conductores. En una canalización de canal tipo vigueta no se deben instalar conductores de tamaño mayor de aquel para el cual está aprobada la canalización de canal tipo vigueta.
384-22. Número de conductores. El número de conductores permitidos en una canalización de canal tipo vigueta no debe exceder los porcentajes de ocupación de la Tabla 384-22, ni el área de la sección transversal aplicable de los tipos y tamaños específicos de alambre dados en las Tablas del Capítulo 10.
A los conductores instalados en canalizaciones de canal tipo vigueta no se les debe aplicar los factores de ajuste de 310-15(b)(3)(a), cuando se cumplen todas las condiciones siguientes:
(1)   El área de la sección transversal de la canalización es mayor a 2500 mm2
(2)   Los conductores portadores de corriente no son más de 30.
(3)   La suma de las áreas de las secciones transversales de todos los conductores contenidos no excede del 20 por ciento del área de la sección transversal interior de la canalización de canal tipo vigueta.
Tabla 384-22.- Dimensiones del canal y área de la sección transversal interior
 
Dimensión del canal
Área
40% Área*
25% Área**
 
mm2
mm2
mm2
1❠x 15/16
572
229
143
1❠x 1
743
297
186
1❠x 1â
1076
433
270
1❠x 1â
1308
523
327
1❠x 27/16
2045
817
511
1❠x 3¼
2780
1112
695
1½ x ¾
548
219
137
1½ x 1½
1179
472
295
1½ x 1â
1485
594
371
1½ x 3
2487
995
622
*Para calcular el número de conductores permitidos en las canalizaciones con uniones externas se debe usar un porcentaje del 40 por ciento de ocupación.
**Para calcular el número de conductores permitidos en las canalizaciones con uniones internas se debe usar un porcentaje del 25% de ocupación.
 
384-30. Sujeción y soporte.
a) Montaje superficial. Una canalización de canal tipo vigueta de montaje superficial se debe asegurar a la superficie de montaje mediante bandas de retención externas al canal, a intervalos no mayores de 3.00 metros y a una distancia no mayor de 90 centímetros de cada caja de salida, gabinete, caja de empalmes o cualquier otra terminación de la canalización de canal.
b) Montaje en suspensión. Se permitirá montar las canalizaciones de canal tipo vigueta suspendidas en el aire mediante métodos identificados para ese uso y a intervalos no mayores de 3.00 metros y a una distancia no mayor de 90 centímetros de los extremos y las terminaciones de la canalización de canal.
384-56. Empalmes y derivaciones. En las canalizaciones se permitirá hacer empalmes y derivaciones que sean accesibles después de su instalación a través de una cubierta desmontable. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área de la canalización en ese punto. Todos los empalmes y derivaciones se deben hacer por métodos aprobados.
384-60. Puesta a tierra. Los envolventes de las canalizaciones de canal tipo vigueta que sirvan como transición a, o desde, otro método de alambrado, deben tener un medio para conectar un conductor de puesta a tierra de equipos. Se permitirá usar las canalizaciones de canal tipo vigueta como conductor de puesta a tierra de los equipos de acuerdo con 250-118(13). Cuando se utilice una cubierta metálica a presión en una canalización de canal tipo vigueta para conseguir la continuidad eléctrica, no se permitirá usar esa cubierta como medio de continuidad eléctrica de cualquier contacto montado en la cubierta.
Parte C. Especificaciones de construcción
384-100. Construcción. Las canalizaciones de canal tipo vigueta y sus accesorios deben estar construidas de modo que se distingan de otras canalizaciones. Estas canalizaciones y sus codos, coples y otros accesorios deben estar diseñados de modo que sus partes se puedan conectar eléctrica y mecánicamente entre sí e instalar sin que los cables estén sometidos a la abrasión. Además, deben cumplir con lo estipulado en (a), (b) y (c) siguientes.
a) Materiales. Las canalizaciones y los accesorios deben ser de acero, acero inoxidable o aluminio.
b) Protección contra la corrosión. Las canalizaciones y los accesorios de acero deben estar protegidos contra la corrosión mediante galvanización o por un recubrimiento orgánico.
NOTA: Los recubrimientos con esmalte o PVC son ejemplos de recubrimientos orgánicos que brindan
protección contra la corrosión.
c) Cubierta. Las cubiertas para las canalizaciones de canal tipo vigueta pueden ser metálicas o no metálicas.
384-120. Marcado. Todos los tramos de las canalizaciones de canal tipo vigueta se deben marcar de manera clara y duradera, según se exige en la primera oración de 110-21(a).
ARTCULO 386
CANALIZACIONES METÁLICAS SUPERFICIALES
Parte A. Generalidades
386-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para las canalizaciones metálicas superficiales y los accesorios asociados.
386-2. Definición.
Canalización metálica superficial. Canalización metálica diseñada para montaje en la superficie de una estructura, con coples, conectores, cajas y accesorios asociados para la instalación de conductores eléctricos.
386-6. Requisitos de aprobación. La canalización metálica superficial y accesorios asociados deben estar aprobados.
Parte B. Instalación
386-10. Usos Permitidos. Se permitirá el uso de canalizaciones metálicas superficiales en:
(1)   Lugares secos.
(2)   Lugares peligrosos (clasificados) Clase I, División 2, como se permite en 501-10(b)(3).
(3)   Bajo pisos falsos, como se permite en 645-5(e)(2).
(4)   Extensiones a través de paredes y pisos. Se permitirá que las canalizaciones metálicas superficiales pasen transversalmente por paredes secas, divisiones secas y pisos secos, si el tramo que pasa a través de estos elementos es continuo. Se debe mantener el acceso a los conductores en ambos lados de la pared, división o piso.
386-12. Usos no permitidos. No se permitirá el uso de canalizaciones metálicas superficiales:
(1)   Cuando estén sometidas a daños físicos graves.
(2)   Cuando la tensión entre los conductores sea de 300 volts o más, a menos que el metal tenga un espesor no menor a 1.02 milímetros.
(3)   Cuando estén sometidas a vapores corrosivos.
(4)   En cubos de elevadores.
(5)   En instalaciones ocultas, excepto como se permite en 386-10.
386-21. Tamaño de los conductores. En una canalización metálica superficial no se deben instalar conductores de tamaño mayor de aquel para el cual está diseñada la canalización metálica superficial.
386-22. Número de conductores o cables. El número de conductores instalados en una canalización metálica superficial no debe ser superior al número para el que está diseñada la canalización. Se permitirá la instalación de cables cuando este uso no esté prohibido por los Artículos para el cable respectivo.
No se les debe aplicar los factores de ajuste de 310-15(b)(3)(a) a los conductores instalados en canalizaciones metálicas superficiales, cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
(1)   El área de la sección transversal de la canalización es mayor a 2500 milímetros cuadrados
(2)   Los conductores portadores de corriente no son más de 30.
(3)   La suma de las áreas de las secciones transversales de todos los conductores contenidos no excede el 20 por ciento del área de sección transversal interior de la canalización metálica superficial.
386-30. Sujeción y soporte. Las canalizaciones metálicas superficiales y sus accesorios se deben
soportar a intervalos de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
386-56. Empalmes y derivaciones. Se permitirá hacer empalmes y derivaciones en las canalizaciones metálicas superficiales que tengan cubierta removible que sea accesible aun después de la instalación. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área interior de la canalización en ese punto. En las canalizaciones metálicas superficiales sin cubierta removible, los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer en cajas.
Todos los empalmes y derivaciones se deben hacer por métodos aprobados. Las derivaciones del cable tipo FC, instalado en canalizaciones metálicas superficiales, se deben hacer de acuerdo con 322-56(b).
386-60. Puesta a tierra. Los envolventes de las canalizaciones metálicas superficiales, que sirvan como transición desde otro método de alambrado, deben tener un medio para conectar un conductor de puesta a tierra de equipos.
386-70. Canalizaciones combinadas. Cuando se usen canalizaciones metálicas superficiales combinadas tanto para circuitos de señalización como para circuitos de alumbrado y de fuerza, los distintos sistemas deben ir en compartimientos independientes identificados mediante estampado, impresión o código de color del acabado interior.
Parte C. Especificaciones de construcción
386-100. Construcción. Las canalizaciones metálicas superficiales deben estar construidas de modo que se distingan de otras canalizaciones. Las canalizaciones metálicas superficiales y sus codos, coples y accesorios deben estar diseñados de modo que sus partes se puedan conectar eléctrica y mecánicamente entre sí, e instalar sin que los cables estén sometidos a la abrasión.
Cuando en las canalizaciones metálicas superficiales, se utilicen cubiertas y accesorios no metálicos, éstos deben estar identificados para dicho uso.
386-120. Marcado. Cada uno de los tramos de las canalizaciones metálicas superficiales debe estar identificado de manera clara y duradera, según lo requerido en la primera oración de la sección 110-21(a).
ARTCULO 388
CANALIZACIONES NO METÁLICAS SUPERFICIALES
Parte A. Generalidades
388-1. Alcance. Este Artículo trata del uso, instalación y especificaciones de construcción para las canalizaciones no metálicas superficiales y accesorios asociados.
388-2. Definición.
Canalización no metálica superficial. Canalización no metálica diseñada para ser montada en la superficie de una estructura, con coples, conectores, cajas y accesorios asociados para la instalación de conductores eléctricos.
388-6. Requisitos de aprobación. La canalización no metálica superficial y los accesorios asociados deben estar aprobados.
Parte B. Instalación
388-10. Usos permitidos. Se permitirá usar canalizaciones superficiales no metálicas de la siguiente manera:
(1)   Se permitirá la utilización de canalizaciones no metálicas superficiales en lugares secos.
(2)   Se permitirá la prolongación a través de pisos y paredes. Se permitirá que las canalizaciones no metálicas superficiales pasen transversalmente a través de paredes secas, divisiones secas, y pisos secos si el tramo que pasa a través de estos elementos es continuo. Se debe mantener el acceso a los conductores a ambos lados de la pared, división o piso.
388-12. Usos no permitidos. No se deben usar canalizaciones superficiales no metálicas:
 
(1)   En instalaciones ocultas, excepto lo permitido en 388-10(2).
(2)   Cuando estén sometidas a daños físicos graves.
(3)   Cuando la tensión entre conductores es de 300 volts o más, a no ser que estén aprobadas para una tensión mayor.
(4)   En los cubos de elevadores.
(5)   En cualquier lugar peligroso (clasificado), excepto como se permita en otros Artículos de esta NOM.
(6)   Cuando estén sometidas a temperaturas ambiente que exceden aquellas para las que está aprobada la canalización no metálica.
(7)   Para conductores cuyos límites de temperatura del aislamiento excedan la temperatura para la que está aprobada la canalización no metálica.
388-21. Tamaño de los conductores. En una canalización no metálica superficial no se deben instalar conductores de tamaño mayor de aquél para el cual está diseñada la canalización no metálica superficial.
388-22. Número de conductores o cables. El número de conductores instalados en una canalización no metálica superficial no debe ser superior al número para el que está diseñada la canalización. Se permitirá la instalación de cables cuando su uso no esté prohibido por los Artículos para el cable respectivo.
388-30. Sujeción y soporte. Las canalizaciones no metálicas superficiales y sus accesorios se deben soportar a intervalos de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante.
388-56. Empalmes y derivaciones. Se permitirá hacer empalmes y derivaciones en las canalizaciones no metálicas superficiales que tengan una cubierta que se pueda abrir en el lugar y que sea accesible después de la instalación. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área interior de la canalización en ese punto. En las canalizaciones no metálicas superficiales sin cubierta que se pueda abrir en el lugar, los empalmes y derivaciones sólo se deben hacer en las cajas.
Todos los empalmes y derivaciones se deben hacer por métodos aprobados.
388-60. Puesta a tierra. Cuando se exige la puesta a tierra del equipo, se debe instalar un conductor independiente de puesta a tierra del equipo en la canalización.
388-70. Canalizaciones combinadas. Cuando se usen canalizaciones no metálicas superficiales combinadas tanto para circuitos de señalización como para circuitos de alumbrado y de fuerza, los distintos sistemas deben ir en compartimientos independientes identificados mediante estampado, impresión o código de color del acabado interior.
Parte C. Especificaciones de construcción
388-100. Construcción. Las canalizaciones no metálicas superficiales deben estar construidas de modo que se distingan de otras canalizaciones. Las canalizaciones superficiales no metálicas y sus codos, coples y accesorios deben estar diseñados de modo que sus partes se puedan conectar mecánicamente entre sí e instalar sin que los cables estén sometidos a la abrasión.
Las canalizaciones no metálicas superficiales y los accesorios deben ser de material no metálico adecuado, que sea resistente a la humedad y a atmósferas químicas. También debe ser resistente a la propagación del fuego, resistente a los impactos y al aplastamiento, resistente a las distorsiones por calentamiento en las condiciones que se vayan a dar en la operación y resistente a los efectos de las bajas temperaturas.
388-120. Marcado. Se permitirá identificar como tales a las canalizaciones no metálicas superficiales que tengan características de producción limitada de humo. Cada uno de los tramos de las canalizaciones no metálicas superficiales debe estar identificado de manera clara y duradera, según lo requerido en la primera oración de la sección 110-21(a).
ARTCULO 390
CANALIZACIONES BAJO EL PISO
 
390-1. Alcance. Este Artículo trata de los requisitos de uso e instalación para las canalizaciones bajo el piso.
390-2. Definición
Canalizaciones bajo el piso. Una canalización y los componentes asociados diseñados y destinados para instalación debajo o a ras de la superficie de un piso para la instalación de cables y conductores eléctricos.
390-3. Uso.
a) Permitido. Se permitirá instalar canalizaciones bajo el piso, debajo de la superficie de concreto u otro material del piso o en lugares para oficinas donde se instalen sobre el piso de concreto y se cubren con linóleo u otro revestimiento equivalente de piso.
b) No permitido. No se deberán instalar canalizaciones bajo el piso (1) donde puedan estar sometidas a vapores corrosivos o (2) en lugares peligrosos (clasificados), excepto lo permitido en 504-20 y en los lugares de Clase I, División 2, como se permite en 501-10(b)(3). Las canalizaciones bajo el piso, de metales ferrosos o no ferrosos, cajas de empalmes y accesorios no se deben instalar en concreto ni en áreas sometidas a la influencia de factores corrosivos fuertes, a menos que estén hechos de un material adecuado para esas condiciones o, a menos que se proporcione protección contra la corrosión aprobada para esas condiciones, no deberán instalarse en el concreto o en áreas sujetas a severas influencias corrosivas, canalizaciones subterráneas metálicas, cajas de empalme ni accesorios.
390-4. Cubiertas. Las cubiertas de las canalizaciones deben cumplir con (a) hasta (d) siguientes.
a) Canalizaciones de máximo 10 centímetros de ancho. Las canalizaciones semicirculares y con la parte superior plana, de máximo 10 centímetros de ancho, deben tener cuando menos 2 centímetros de concreto o de madera por encima de la canalización.
Excepción: Lo permitido en (c) y (d) para canalizaciones con la parte superior plana.
b) Canalizaciones de más de 10 centímetros, pero no más 20 centímetros de ancho. Las canalizaciones con la parte superior plana, de más de 10 centímetros, pero no más de 20 centímetros de ancho, con una separación mínima entre canalizaciones de 2.50 centímetros, se deben cubrir con concreto a una profundidad no menor a 2.50 centímetros. Las canalizaciones con una separación menor a 2.50 centímetros, se deben cubrir con concreto hasta una profundidad de 4 centímetros.
c) Canalizaciones de tipo zanja a nivel con el concreto. Se permitirá que las canalizaciones de tipo zanja con cubiertas removibles queden a nivel con la superficie del piso. Dichas canalizaciones aprobadas deben estar diseñadas de modo que las placas de las cubiertas les proporcionen una protección mecánica y una rigidez adecuadas equivalentes a las de las cubiertas de las cajas de empalmes.
d) Otras canalizaciones a nivel con el concreto. En lugares para oficinas se permitirá instalar canalizaciones aprobadas con la parte superior metálica plana, de máximo 10 centímetros de ancho, a nivel con la superficie del piso de concreto, siempre que estén cubiertas con una capa considerable de linóleo de espesor no menor a 1.60 milímetros o con un recubrimiento equivalente para pisos. Cuando más de una canalización, pero no más de tres, se instalen a nivel con el concreto, deben situarse una al lado de la otra y unirse de modo que formen un ensamble rígido.
390-5. Tamaño de los conductores. En las canalizaciones bajo el piso no se deben instalar conductores de tamaño mayor que aquel para el que está diseñada la canalización.
390-6. Número máximo de conductores en una canalización. El área de la sección transversal combinada de todos los conductores o cables no debe exceder el 40 por ciento del área de la sección transversal interior de la canalización.
390-7. Empalmes y derivaciones. Los empalmes y derivaciones se deben hacer únicamente en cajas de empalmes. Para los fines de esta sección, no se debe considerar que el llamado bucle de cable (conductor continuo que conecta las salidas individuales) sea un empalme o una derivación.
Excepción: Se permitirán empalmes y derivaciones en canalizaciones de tipo zanja a nivel con el piso, que tengan una cubierta removible que sea accesible después de la instalación. Los conductores, incluidos los empalmes y derivaciones, no deben ocupar más del 75 por ciento del área de la canalización en ese punto.
 
390-8. Salidas descontinuadas. Cuando una salida está abandonada, descontinuada o removida, las secciones de los conductores del circuito que alimentaban a la salida se deben remover de la canalización. No se permitirá que en las canalizaciones haya empalmes o conductores aislados con cinta, tal como sería el caso de salidas abandonadas en circuitos alambrados
390-9. Tendidos en línea recta. Las canalizaciones bajo el piso se deben instalar de modo que una línea recta, trazada desde el centro de una caja de empalmes hasta el centro de la siguiente caja de empalme, coincida con el eje central del sistema de canalización. Las canalizaciones se deben soportar firmemente en su sitio para evitar que se altere esta alineación durante la construcción.
390-10. Marcadores en los extremos. En el extremo o cerca de cada extremo de cada tramo recto de las canalizaciones, se debe instalar un marcador adecuado que permita localizar la última inserción.
390-11. Remates. Los remates de las canalizaciones se deben cerrar.
390-13. Cajas de empalmes. Las cajas de empalmes se deben nivelar con el piso y sellar para evitar la entrada libre de agua o concreto. Las cajas de empalmes que se utilicen con canalizaciones metálicas deben ser metálicas y deben tener continuidad eléctrica con la canalización.
390-14. Insertos. Los insertos se deben nivelar y sellar para evitar la entrada de concreto. Los insertos utilizados en canalizaciones metálicas deben ser metálicos y deben ser eléctricamente continuos con la canalización. Los insertos colocados en canalizaciones de fibra o sobre ellas deben sujetarse mecánicamente a la canalización antes de que se ponga el piso. Los insertos colocados en canalizaciones de fibra después de poner el piso se deben atornillar a la canalización.
Cuando se corten las paredes de la canalización y se coloquen los insertos, no se permitirá que queden en la canalización virutas ni otra suciedad, y se deben utilizar herramientas diseñadas para impedir su ingreso a la canalización y que dañen los conductores que pudiera haber instalados.
390-15. Conexiones hasta gabinetes y salidas de pared. Las conexiones desde la canalización bajo el piso hasta los centros de distribución y las salidas de pared se deben hacer con accesorios aprobados o por medio de cualquiera de los métodos de alambrado del Capítulo 3, cuando se instalan de acuerdo con las disposiciones de los Artículos correspondientes.
390-17. Ampacidad de los conductores. Se deben aplicar los factores de ajuste de ampacidad que se indican en 310-15(b)(3) a los conductores instalados en las canalizaciones bajo el piso.
ARTCULO 392
CHAROLAS PORTACABLES
Parte A. Generalidades
392-1. Alcance. Este Artículo trata de los sistemas de charolas portacables, incluidos los tipos escalera, canal ventilado, fondo ventilado, fondo sólido, tipo malla y otras estructuras similares.
392-2. Definición.
Sistema de charolas portacables. Unidad o ensamble de unidades o secciones con sus accesorios asociados, que forman un sistema estructural utilizado para asegurar o soportar cables y canalizaciones.
Parte B. Instalación
392-10. Usos permitidos. Se permitirá el uso de charolas portacables como sistema de soporte para conductores de acometida, alimentadores, circuitos derivados, circuitos de comunicaciones, circuitos de control y circuitos de señalización.
Las instalaciones de charolas portacables no se deben limitar a los establecimientos industriales. Cuando están expuestas a los rayos directos del sol, los conductores sin aislamiento y los cables con aislamiento y cubierta deben estar identificados como resistentes a la luz solar. Las charolas portacables y accesorios asociados deben estar identificados para el uso previsto.
Todos los cables de energía y control para instalación en charolas portacables deben ser no propagadores de la flama e identificados para tal fin. El marcado CT contempla esta característica.
a) Métodos de alambrado. Se permitirán los métodos de alambrado de la Tabla 392-10(a) en sistemas de
charolas portacables, en las condiciones establecidas en sus respectivos Artículos.
b) En establecimientos industriales. Se permitirá utilizar los métodos de instalación de la Tabla 392-10(a) en cualquier establecimiento industrial bajo las condiciones establecidas en sus respectivos Artículos. Sólo en instalaciones industriales, cuando las condiciones de supervisión y mantenimiento aseguren que el sistema de charolas portacables será atendido únicamente por personas calificadas, se permitirá instalar en charolas portacables tipo escalera, tipo malla, canal ventilado, fondo sólido o de fondo ventilado, cualesquiera de los cables especificados en (b)(1) y (b)(2) siguientes.
Tabla 392-10(a).- Métodos de alambrado
 
Método de alambrado
Artículo
Cable armado Tipo AC
320
Cable con forro no metálico Tipos NM, NMC y NMS
334
Cable de potencia limitada para charola
725
Cables monoconductores, multiconductores y control
310
Cable multiconductor de acometida Tipo SE y USE
338
Cable multiconductor para alimentadores y circuitos derivados subterráneos Tipo UF
340
Cable para circuitos de alarma contra incendios de potencia no limitada
760
Cable para comunicaciones de banda ancha alimentados por una red
830
Cables con aislamiento mineral y cubierta metálica Tipo MI
332
Cables con armadura metálica Tipo MC
330
Cables de Clase 2 y Clase 3
725
Cables de fibra óptica
770
Cables de media tensión
328
Cables de fuerza y control para charola Tipo TC
336
Cables de instrumentación en charolas Tipo ITC
727
Cables para circuitos de televisión con antena comunal (CATV)
820
Cables para comunicaciones
800
Cables para sistemas de alarma contra incendios de potencia limitada
760
Cables para sistemas de alarmas contra incendios
760
Canalización para señalización
725
Canalizaciones para comunicaciones
725, 770 y 800
Canalizaciones para fibra óptica
770
Otros cables multiconductores, de control, de señalización o de fuerza ensamblados en fábrica que están aprobados específicamente para su instalación en charolas portacables
 
Tubo conduit metálico ligero tipo EMT
358
Tubo conduit no metálico tipo ENT
362
Tubo conduit metálico flexible ligero tipo FMT
360
Tubo conduit de policloruro de vinilo PVC
352
Tubo conduit de resina termofija reforzada tipo RTRC
355
Tubo conduit metálico flexible tipo FMC
348
Tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos tipo LFMC
350
Tubo conduit metálico semipesado tipo IMC
342
Tubo conduit metálico pesado tipo RMC
344
Tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos tipo LFNC
356
Tubo conduit no metálico pesado tipo ENT
362
 
1) Se permitirá la instalación de cables de un conductor, de acuerdo con (b)(1)(a) hasta (b)(1)(c).
a.     Un cable de un conductor debe ser de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) o mayor y de un tipo aprobado y marcado en su superficie para uso en charolas portacables. Cuando se instalen en charolas de tipo
malla cables de un conductor de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) hasta 107 mm2 (4/0 AWG), la separación máxima permisible de los travesaños debe ser de 22.50 centímetros.
b.     Los cables para máquina de soldar deben cumplir con las disposiciones del Artículo 630, Parte D.
c.     Los conductores individuales usados como conductores de puesta a tierra del equipo deben ser aislados, recubiertos o desnudos, y deben ser de tamaño 21.2 mm2 (4 AWG) o de mayor tamaño.
2) En media tensión los cables multiconductores y de un conductor deben ser cables de media tensión. Los conductores individuales se deben instalar de acuerdo con el inciso (1) anterior.
c) En lugares peligrosos (clasificados). Las charolas portacables ubicadas en lugares peligrosos (clasificados) sólo deben contener los tipos de cables permitidos por otros Artículos en esta NOM.
d) Charolas portacables no metálicas. Además de los usos permitidos en cualquier parte de 392-10, se permitirá utilizar charolas portacables no metálicas en áreas corrosivas y en las que se requiera aislamiento de tensión.
e) Charolas portacables de iluminación del aeródromo. En los aeropuertos en los que las condiciones de mantenimiento y supervisión garanticen que sólo las personas calificadas puedan acceder, instalar o prestar servicio al cable, se permitirá instalar el cable de iluminación del campo de aviación utilizado en circuitos en serie de hasta 5000 volts y alimentados por reguladores de corriente constante en charolas portacables.
392-12. Usos no permitidos. No se deben utilizar sistemas de charolas portacables en los fosos de los elevadores o donde puedan estar sujetos a daños físicos.
392-18. Instalación de charolas portacables.
a) Sistema completo. Las charolas portacables se deben instalar como un sistema completo. Si se hacen curvas o modificaciones durante la instalación de un sistema de charolas metálico, se deben hacer de manera que se mantenga la continuidad eléctrica del sistema de charola portacables y el soporte de los cables. Se permitirá que los sistemas de charolas portacables tengan segmentos mecánicamente discontinuos entre tramos de charolas portacables o entre tramos de charolas portacables y los equipos.
b) Terminado antes de la instalación. Cada tramo de la charola portacables debe estar terminado antes de la instalación de los cables.
c) Cubiertas. En las partes o tramos en los que se requiera mayor protección, se deben instalar cubiertas o envolventes que proporcionen la protección requerida y que sean de un material compatible con el de la charola portacables.
d) A través de paredes y divisiones. Se permitirá que las charolas portacables se prolonguen transversalmente a través de paredes y divisiones o verticalmente a través de pisos y plataformas en lugares mojados o secos cuando las instalaciones, completas con los cables instalados, se realicen de acuerdo con los requisitos de 300-21.
e) Expuestas y accesibles. Las charolas portacables deben estar expuestas y accesibles, excepto lo permitido por 392-18(d).
f) Acceso adecuado. Alrededor de las charolas portacables se debe dejar y mantener un espacio suficiente que permita el acceso adecuado para la instalación y mantenimiento de los cables.
g) Canalizaciones, cables y cajas soportados por el sistema de charolas portacables. En instalaciones industriales, cuando las condiciones de supervisión y mantenimiento aseguren que el sistema de charolas portacables es atendido únicamente por personas calificadas y el sistema de charolas portacables esté diseñado e instalado de modo que puedan soportar la carga, se permitirá que tales sistemas soporten las canalizaciones, cables, cajas especificados en 314-1.
Para la terminación de las canalizaciones en la charola, se debe utilizar una abrazadera aprobada para cable en charola o un adaptador para sujetar firmemente la canalización al sistema de la charola portacables. El soporte y la sujeción adicionales de la canalización deben estar acordes con los requisitos del Artículo correspondiente a la canalización. Para canalizaciones o cables tendidos en paralelo, y fijos a la parte inferior o lateral de un sistema de charola portacables, el soporte y la sujeción deberá cumplir los requisitos del Artículo apropiado sobre la canalización o cable.
 
Para cajas fijas a la parte inferior o lateral de un sistema de charola portacables, el soporte y la sujeción deben estar de acuerdo con los requisitos de 314-23.
h) Marcado. En las charolas portacables que contienen conductores con una tensión de más de 1000 volts, debe haber letreros permanentes y legibles de advertencia en las que se indique el siguiente texto: "PELIGRO â ALTA TENSIN â MANTNGASE ALEJADO", colocadas en un lugar fácilmente visible en las charolas portacables. El espaciamiento de las señales de advertencia no debe exceder 3.00 metros.
Excepción: Donde no sean accesibles (aplicado a equipos), en establecimientos industriales en los que las condiciones de mantenimiento y supervisión garanticen que solamente personas calificadas brinden servicios en la instalación, las notificaciones de advertencia del sistema de bandejas portacables deben colocarse donde sea necesario para la instalación, a fin de garantizar el funcionamiento y el mantenimiento seguros.
392-20. Instalación de cables y conductores
a) Cables multiconductores operando a 1000 volts o menos. En la misma charola portacables se permitirá instalar cables multiconductores operando a 1000 volts o menos.
b) Cables operando a más de 1000 volts. Los cables operando a más de 1000 volts y aquellos operando a 1000 volts o menos, instalados en la misma charola portacables, deben cumplir con cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)   Los cables para tensiones de más de 1000 volts son del tipo MC.
(2)   Los cables para tensiones de más de 1000 volts están separados de los cables de 1000 volts o menos, por una barrera sólida fija de un material compatible con la charola portacables.
c) Conectados en paralelo. Cuando los cables monoconductores que conforman cada fase, neutro o conductor puesto a tierra de un circuito de corriente alterna se conecten en paralelo, tal como lo permite 310-10(h), los conductores se deben instalar en grupos que consten de no más de un conductor por fase, neutro o conductor puesto a tierra, para evitar desequilibrios de corrientes en los conductores en paralelo debidas a la reactancia inductiva.
Los conductores individuales se deben atar y asegurar en grupos de circuitos, para evitar movimiento excesivo debido a las fuerzas magnéticas de la corriente de falla, a menos que los conductores individuales estén cableados conjuntamente, por ejemplo, en ensambles de tres cables.
d) Conductores individuales. Cuando cualquiera de los conductores individuales instalados en una charola portacables tipo malla, de escalera o fondo ventilado sea del tamaño 53.5 mm2 (1/0 AWG) hasta 107 mm2 (4/0 AWG), todos los conductores individuales se deben instalar en una sola capa. Se permitirá que los conductores que están atados conjuntamente para abarcar cada grupo de un circuito se instalen en forma diferente de una sola capa.
392-22. Número de cables o conductores.
a) Número de cables multiconductores de 2000 volts o menos, en charolas portacables. El número de cables multiconductores de 2000 volts o menos, permitidos en una sola charola portacables, no debe exceder lo establecido en esta sección. Los tamaños de los conductores que se indican se aplican tanto a conductores de cobre como de aluminio. Cuando se utilicen paredes divisorias se aplicarán cálculos de relleno a cada sección dividida de la charola portacables.
1) Charolas portacables tipo escalera, tipo malla o fondo ventilado que contiene cualquier combinación de cables. Cuando una charola portacables de escalera, malla o fondo ventilado contenga cables multiconductores de fuerza o de alumbrado o cualquier combinación de cables multiconductores de fuerza, alumbrado, control y señalización, el número máximo de cables debe cumplir con lo siguiente:
a.     Si todos los cables son de tamaño 107 mm2 (4/0 AWG) o más grandes, la suma de los diámetros de todos los cables no debe exceder el ancho de la charola y los cables deben ir instalados en una sola capa. Cuando la ampacidad del cable está determinada de acuerdo con 392-80(a)(1)(c), el ancho de la charola portacables no debe ser menor a la suma de los diámetros de los cables y la suma de los anchos de las separaciones exigidas entre los cables.
b.     Si todos los cables son de tamaño menor a 107 mm2 (4/0 AWG), la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables no debe exceder el área de ocupación máxima de
cables permitida en la columna 1 de la Tabla 392-22(a), para el ancho correspondiente de la charola portacables.
c.     Si en la misma charola portacables se instalan cables de tamaño 107 mm2 (4/0 AWG) o mayores, con cables de tamaño menor que 107 mm2 (4/0 AWG), la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables inferiores al 107 mm2 (4/0 AWG) no debe exceder el área de ocupación máxima permisible resultante del cálculo de la columna 2 de la Tabla 392-22(a), para el ancho apropiado de la charola. Los cables de tamaño 107 mm2 (4/0 AWG) y más grandes se deben instalar en una sola capa y no se deben colocar otros cables sobre ellos.
Tabla 392-22(a).- Área de ocupación permisible para cables multiconductores en charolas portacables
de tipo escalera, fondo ventilado, tipo malla o fondo sólido para cables de 2000 volts o menos.
 
Ancho interior de la
charola portacables
Área de ocupación máxima permisible para cables multiconductores
Charolas portacables tipo escalera, tipo
malla o fondo ventilado, 392-22(a)(1)
Charolas portacables tipo fondo sólido,
392-22(a)(3)
Columna 1
Aplicable sólo por
392-22(a)(1)(b)
Columna 2a
Aplicable sólo por
392-22(a)(1)(c)
Columna 3
Aplicable sólo por
392-22(a)(3)(b)
Columna 4a
Aplicable sólo por
392-22(a)(3)(c)
cm
mm2
mm2
mm2
mm2
5
1 500
1 500 - (30 Sd)b
1 200
1 200 - (25 Sd)b
10
3 000
3 000 - (30 Sd)b
2 300
2 300 - (25 Sd)
15
4 500
4 500 - (30 Sd)b
3 500
3 500 - (25 Sd)b
20
6 000
6 000 - (30 Sd)b
4 500
4 500 - (25 Sd)
225
6 800
6 800 - (30 Sd)
5 100
5 100 - (25 Sd)
30
9 000
9 000 - (30 Sd)
7 100
7 100 - (25 Sd)
40
12 000
12 000 - (30 Sd)
9 400
9 400 - (25 Sd)
45
13 500
13 500 - (30 Sd)
10 600
10 600 - (25 Sd)
50
15 000
15 000 - (30 Sd)
11 800
11 800 - (25 Sd)
60
18 000
18 000 - (30 Sd)
14 200
14 200 - (25 Sd)
75
22 500
22 500 - (30 Sd)
17 700
17 700 - (25 Sd)
90
27 000
27 000 - (30 Sd)
21 300
21 300 - (25 Sd)
a Se deben calcular las áreas de ocupación máxima permisible de las columnas 2 y 4. Por ejemplo, la ocupación máxima permisible, en milímetros cuadrados, para una charola portacables de 15 centímetros de ancho en la columna 2, debe ser 4500 menos (30 multiplicado por Sd).
b El término Sd de las columnas 2 y 4 es la suma de los diámetros, en milímetros, de todos los cables multiconductores de 107 mm2 (4/0AWG) y más grandes instalados en la misma charola con cables más pequeños.
 
2) Charolas portacables de escalera, malla o fondo ventilado que contienen cables multiconductores de control y/o señalización únicamente. Cuando una charola portacables de escalera, malla o fondo ventilado, con una profundidad interior útil de 15 centímetros o menos, contenga sólo cables multiconductores de control y/o señalización, la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables en cualquier sección transversal no debe exceder el 50 por ciento del área de la sección transversal interior de dicha charola. Se debe usar una profundidad de 15 centímetros para calcular el área de la sección interior permisible de cualquier charola portacables que tenga una profundidad interior útil de más de 15 centímetros.
3) Charolas portacables de fondo sólido que contienen cualquier combinación de cables. Cuando haya charolas portacables de fondo sólido con cables multiconductores de fuerza o alumbrado o cualquier combinación de cables multiconductores de fuerza, alumbrado, señales y control, el número máximo de cables debe cumplir con lo siguiente:
a.     Si todos los cables son del 107 mm2 (4/0 AWG) o mayores, la suma de los diámetros de todos los cables no debe exceder el 90 por ciento del ancho de la charola y los cables deben estar instalados en una sola capa.
b.     Si todos los cables son de menos tamaño de 107 mm2 (4/0 AWG), la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables no debe exceder el área de ocupación máxima de cables permitida en la columna 3 de la Tabla 392-22(a), para el ancho apropiado de la charola.
c.     Si en la misma charola se instalan cables de tamaño 107 mm2 (4/0 AWG) o más grandes, con cables de menor tamaño de 107 mm2 (4/0 AWG), la suma de las áreas de las secciones transversales de
todos los cables de tamaño menor de 107 mm2 (4/0 AWG) no debe exceder el área de ocupación máxima permitida resultante del cálculo de la columna 4 de la Tabla 392-22(a), para el ancho correspondiente de la charola. Los cables del 107 mm2 (4/0 AWG) y más grandes se deben instalar en una sola capa y no se deben colocar otros cables sobre ellos.
4) Charolas de fondo sólido que contienen cables multiconductores de control y/o señalización solamente. Cuando una charola portacables de fondo sólido, con una profundidad interior útil de 15 centímetros o menos, contenga sólo cables multiconductores de control y/o señalización, la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables en cualquier sección transversal de la charola no debe exceder el 40 por ciento del área de la sección transversal interior de dicha charola. Se debe usar una profundidad de 15 centímetros para calcular el área máxima de la sección interior permisible de cualquier charola portacables que tenga una profundidad interior útil de más de 15 centímetros.
5) Charolas portacables de canal ventilado que contienen cables multiconductores de cualquier tipo. Cuando las charolas portacables de canal ventilado contengan cables multiconductores de cualquier tipo, se debe aplicar lo siguiente:
a.     Cuando se instale solamente un cable multiconductor, el área de su sección transversal no debe exceder el valor especificado en la columna 1 de la Tabla 392-22(a)(5).
b.     Cuando se instale más de un cable multiconductor, la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables no debe exceder el valor especificado en la columna 2 de la Tabla 392-22(a)(5)
6) Charolas portacables de canal sólido. Cuando las charolas portacables de canal sólido contengan cables multiconductores de cualquier tipo, se debe aplicar lo siguiente:
a.     Cuando se instale solamente un cable multiconductor, el área de su sección transversal no debe exceder el valor especificado en la columna 1 de la Tabla 392-22(a)(6).
b.     Cuando se instale más de un cable multiconductor, la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables no debe exceder el valor especificado en la columna 2 de la Tabla 392-22(a)(6).
Tabla 392-22(a)(5).- Área de ocupación permisible para cables multiconductores en charolas
portacables de canal ventilado para cables de 2000 volts o menos
 
 
Área de ocupación máxima permisible para
cables multiconductores
Ancho interior de la
charola
Columna 1
Un sólo cable
Columna 2
Más de un cable
cm
mm2
mm2
7.5
1500
850
10
2900
1600
15
4500
2450
 
b) Número de cables de un solo conductor de 2000 volts o menos en charolas portacables. El número de cables de un solo conductor de 2000 volts o menos, permitidos en una sola sección de una charola portacables, no debe exceder los requisitos de esta sección. Los conductores individuales o los ensambles de conductores se deben distribuir uniformemente a lo ancho de toda la charola. Los tamaños de los conductores se aplican tanto a conductores de cobre como de aluminio.
1) Charolas portacables de tipo escalera o de fondo ventilado. Cuando una charola portacables tipo malla, de escalera o de fondo ventilado contenga cables de un solo conductor, el número máximo de dichos cables debe cumplir los siguientes requisitos:
a.     Si todos los cables son de 507 mm2 (1000 kcmil) o mayores, la suma de los diámetros de todos los cables de un solo conductor no debe exceder el ancho de la charola y todos los cables se deben instalar en una sola capa. Se permitirá que los conductores que están atados conjuntamente para abarcar cada grupo de un circuito se instalen en forma diferente de una sola capa.
b.     Si todos los cables son de 127 mm2 (250 kcmil) hasta 456 mm2 (900 kcmil), la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables de un solo conductor no debe exceder el área de ocupación máxima permitida en la columna 1 de la Tabla 392-22(b)(1) para el ancho correspondiente de la charola.
c.     Si se instalan en la misma charola cables de un solo conductor de 507 mm2 (1000 kcmil) o mayores con cables de un solo conductor menores a 507 mm2 (1000 kcmil), la suma de las áreas de las secciones transversales de todos los cables menores a 507 mm2 (1000 kcmil) no debe exceder el área de ocupación máxima permisible resultante del cálculo de la columna 2 de la Tabla 392-22(b)(1) para el ancho correspondiente de la charola.
d.     Cuando cualquiera de los cables de un solo conductor instalados sea de 21.2 mm2 (4 AWG) hasta 107 mm2 (4/0 AWG), la suma de los diámetros de todos los cables de un solo conductor no debe exceder el ancho de la charola.
Tabla 392-22(a)(6).- Área de ocupación permisible para cables multiconductores en charolas
portacables de canal sólido para cables de 2 000 volts o menos
 
 
Área de ocupación máxima permisible para
cables multiconductores
Ancho interior de la
charola
Columna 1
Un sólo cable
Columna 2
Más de un cable
cm
mm2
mm2
5.0
850
500
7.5
1300
700
10
2400
1400
15
3600
2100
 
2) Charolas de canal ventilado. Cuando una charola portacables de canal ventilado de 5, 7.50, 10 o 15 centímetros de ancho contenga cables de un solo conductor, la suma de los diámetros de todos los cables de un solo conductor no debe exceder el ancho interior del canal.
c) Número de cables de media tensión y tipo MC (más de 2001 volts) en charolas portacables. El número de cables de más de 2000 volts permitido en una sola charola portacables no debe exceder los requisitos de esta sección.
La suma de los diámetros de los cables de un solo conductor y multiconductores no debe exceder el ancho de la charola portacables y los cables deben estar instalados en una sola capa. Cuando los cables de un solo conductor vayan en grupos de tres conductores o cuatro conductores o atados formando grupos por circuitos, la suma de los diámetros de los conductores individuales no debe exceder el ancho de la charola portacables y estos grupos se deben instalar en una sola capa.
392-30. Sujeción y soporte.
a) Charolas portacables. Las charolas portacables se deben soportar a intervalos definidos en las instrucciones de instalación.
b) Cables y conductores. Los cables y conductores deben ser asegurados y soportados por el sistema de charolas portacables de acuerdo con (1), (2) y (3), según se aplique.
(1)   En tramos distintos de los horizontales, los cables se deben sujetar y asegurar firmemente a los miembros transversales de las charolas.
(2)   Se proporcionarán soportes para evitar la tensión en los cables cuando entran en canalizaciones desde los sistemas de charolas portacables.
(3)   El sistema debe ofrecer soporte a los métodos de alambrado de canalizaciones y cables según lo establecido en sus correspondientes Artículos. Cuando las charolas portacables soportan conductores individuales y cuando los conductores pasan de una charola portacables a otra, o de una charola portacables a canalizaciones o equipos en donde los conductores terminan, la distancia de soporte entre las charolas portacables o entre la charola portacables y la canalización o el equipo no debe ser mayor de 1.80 metros. Los conductores se deben asegurar a la charola portacables en la transición y se deben proteger de daño físico mediante un dispositivo de protección o una ubicación adecuada
Tabla 392-22(b)(1).- Área de ocupación permisible para cables de un solo conductor en charolas
portacables de tipo escalera, fondo ventilado o malla ventilada para cables de 2000 volts o menos
 
Ancho interior de la charola
portacables
Área de ocupación máxima permisible para cables multiconductores
Charolas portacables tipo escalera o fondo ventilado
Columna 1
Aplicable sólo por 392-22(b)(1)(b)
Columna 2a
Aplicable sólo por 392-22(b)(1)(c)
Centímetros
mm2
mm2
5
1 400
1 400 - (28 Sd)b
10
2 800
2 800 - (28 Sd)
15
4 200
4 200 - (28 Sd)b
20
5 600
5 600 - (28 Sd)
22.5
6 100
6 100 - (28 Sd)
30
8 400
8 400 - (28 Sd)
40
11 200
11 200 - (28 Sd)
45
12 600
12 600 - (28 Sd)
50
14 000
14 000 - (28 Sd)
60
16 800
16 800 - (28 Sd)
75
21 000
21 000 - (28 Sd)
90
25 200
25 200 - (28 Sd)
a Se deben calcular las áreas de ocupación máxima permisible de las columnas 2. Por ejemplo, la ocupación máxima permisible, en milímetros cuadrados, para una charola portacables de 15 centímetros de ancho en la columna 2, debe ser 4200 menos (28 multiplicado por Sd).
b El término Sd de las columnas 2 es la suma de los diámetros, en milímetros, de todos los cables individuales de 507 mm2 y mayores instalados en la misma charola con cables más pequeños.
392-46. Tubo conduit y tubería con pasacables. No se exigirá la instalación de una caja, cuando los cables o conductores estén instalados en tubo conduit o tuberías con pasacables utilizados para soporte o protección contra daños físicos.
392-56. Empalmes de cables. Se permitirá que dentro de una charola portacables haya empalmes hechos y aislados con métodos aprobados, siempre que sean accesibles. Se permitirá que los empalmes sobresalgan por encima de los peraltes cuando no estén sometidos a daño físico.
392-60. Puesta a tierra y unión.
a) Charolas portacables metálicas. Se permitirá utilizar las charolas portacables metálicas como conductores de puesta a tierra de los equipos, cuando la supervisión y el mantenimiento continuo aseguren que personas calificadas atenderán al sistema instalado de charolas portacables y las charolas portacables cumplen con las disposiciones de esta sección. Las charolas portacables metálicas que soporten conductores eléctricos se deben poner a tierra tal como se exige para los envolventes de conductores en 250-96 y la Parte D del Artículo 250. Las charolas portacables metálicas que contienen solamente conductores que no sean de fuerza deben ser eléctricamente continuas a través de las conexiones aprobadas o el uso de un puente de
unión no menor a 5.26 mm2 (10 AWG).
NOTA: Ejemplos de conductores que no sean de fuerza incluyen los cables de fibra óptica no conductores y los circuitos de Clase 2 y Clase 3 de control remoto, señalización y de potencia limitada.
Tabla 392-60(a).- Requisitos de área de metal para charolas portacables utilizadas como conductores
de puesta a tierra de equipos
 
Valor máximo nominal de los fusibles, ajuste
de disparo de los interruptores automáticos o
del relevador protector del circuito, o ajuste de
disparo para protección contra fallas a tierra
de cualquier cable del circuito en un sistema
de charola portacables.
Área de la sección transversal mínima
de la parte metálica a
Charolas portacables de acero
Charolas portacables de
aluminio
amperes
mm2
60
129
129
100
258
129
200
451.5
129
400
645
258
600
967.5b
258
1000
-
387
1200
-
645
1600
-
967.5
2000
-
1290
a      Área de la sección transversal total de los dos peraltes de las charolas tipo escalera o charolas portacables con fondo, o área de la sección transversal mínima del metal en las charolas de canal o las construidas de una pieza.
b      No se deben utilizar charolas portacables de acero como conductores de puesta a tierra de los equipos en los circuitos con protección contra falla a tierra mayor a 600 amperes. No se deben utilizar charolas portacables de aluminio como conductores de puesta a tierra de los equipos en los circuitos con protección contra falla a tierra mayor a 2000 amperes.
 
b) Sistemas de charolas portacables de acero o aluminio. Se permitirá utilizar como conductor de puesta a tierra de equipos las charola portacables de acero o aluminio, siempre que se cumplan todos los siguientes requisitos:
(1)   Las secciones de la charola portacables y los accesorios están identificados como conductor de puesta a tierra de equipos.
(2)   El área mínima de la sección transversal de la charola portacables debe cumplir con los requisitos de la Tabla 392-60(a).
(3)   Todas las secciones de la charola portacables y los accesorios deben estar marcados de manera legible y duradera, indicando el área de la sección transversal de la charola metálica de canal o las charolas portacables de una pieza, y el área de la sección transversal total de ambos peraltes en las charolas de tipo escalera o de fondo ventilado.
(4)   Las secciones de una charola portacables, los accesorios y las canalizaciones conectadas están unidas, según lo establecido en 250-96, usando conectores metálicos atornillados o puentes de unión dimensionados e instalados según los requisitos de 250-102.
c) Transiciones. Cuando los sistemas de charolas portacables son mecánicamente discontinuos, según se permite en 392-18(a), un puente de unión dimensionado de acuerdo con 250-102, debe conectar las dos secciones de charola portacables o la charola portacables y la canalización o el equipo. La unión se debe hacer de acuerdo con 250-96.
392-80. Ampacidad de los conductores.
a) Ampacidad de cables de 2000 volts o menos, en charolas portacables
NOTA: Véase 110-14 (c) para las limitaciones de temperatura del conductor debido a las condiciones de las terminales.
 
1) Cables multiconductores. La ampacidad permisible de los cables multiconductores de 2000 volts o menos, instalados según los requisitos de 392-22(a), debe ser como se establece en las Tablas 310-15(b)(16) y 310-15(b)(18), sujeta a las disposiciones de 310-15(a)(2) y los incisos (a), (b), (c) siguientes.
a.     Los factores de ajuste de 310-15(b)(3)(a) se deben aplicar únicamente a cables multiconductores con más de tres conductores portadores de corriente. Los factores de ajuste se deben limitar al número de conductores portadores de corriente en el cable y no al número de conductores en la charola portacables.
b.     Cuando las charolas portacables estén cubiertas continuamente por más de 1.80 metros de cubiertas sólidas sin ventilación, no se permitirá que los cables multiconductores tengan más del 95 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(16) y 310-15(b)(18).
c.     Cuando se instalen cables multiconductores en una sola capa en charolas sin cubiertas, manteniendo una separación entre cables no menor al diámetro de un cable la ampacidad no debe exceder las ampacidades permisibles, corregidas para la temperatura ambiente, de los cables multiconductores, con no más de tres conductores aislados de 0 a 2000 volts al aire libre, de acuerdo con 310-15(c).
NOTA: Véase la Tabla B-310-15(B)(2)(3).
2) Cables de un solo conductor. La ampacidad permisible para cables de un solo conductor debe ser como lo permite 310-15(a)(2). Los factores de ajuste de 310-15(b)(3)(a) no se deben aplicar a la ampacidad de los cables en las charolas portacables. La ampacidad de los cables de un solo conductor o de los conductores individuales juntos (en grupos de tres conductores, cuatro conductores, etc.) de 2000 volts o menos, debe cumplir lo siguiente:
a.     Cuando estén instalados según los requisitos de 392-22(b), la ampacidad de los cables de un solo conductor de 304 mm2 (600 kcmil) y mayores en charolas portacables sin cubiertas, no debe exceder el 75 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19). Cuando las charolas portacables estén cubiertas continuamente por más de 1.80 metros de cubiertas sólidas sin ventilación, la ampacidad para los cables de 304 mm2 (600 kcmil) y más, no debe exceder el 70 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19).
b.     Cuando estén instalados según los requisitos de 392-22(b), la ampacidad de los cables de un solo conductor de 21.2 mm2 (4 AWG) a 253 mm2 (500 kcmil) en charolas sin cubiertas, no debe exceder el 65 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19). Cuando las charolas portacables estén cubiertas continuamente por más de 1.80 metros de tapas sólidas sin ventilación, la ampacidad para los cables de 21.2 mm2 (4 AWG) a 253 mm2 (500 kcmil) no debe exceder el 60 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19).
c.     Cuando se instalen conductores individuales en una sola capa en charolas portacables sin cubiertas, manteniendo una separación entre los conductores individuales no menor al diámetro de un cable entre los conductores individuales, la ampacidad de los cables de 21.2 mm2 (4 AWG) y mayores no debe exceder la ampacidad permisible de las Tablas 310-15(b)(17) y 310-15(b)(19).
Excepción para (c): Para las charolas portacables de fondo sólido, la ampacidad de los cables de un solo conductor se debe determinar de acuerdo con 310-15(c).
d.     Cuando se instalen conductores individuales en configuración triangular o cuadrada en charolas portacables sin cubiertas, manteniendo un espacio de aire libre no menor a 2.15 veces el diámetro exterior del conductor más grande contenido en la configuración, entre las configuraciones de conductores o cables adyacentes, la ampacidad de los cables de 21.2 mm2 (4 AWG) y mayores no debe exceder la ampacidad permisible de 2 o 3 conductores individuales aislados de 0 a 2000 volts sostenidos en un mensajero, de acuerdo con 310-15(b).
NOTA: Véase la Tabla 310-15(b)(20).
3) Combinaciones de cables multiconductores y cables de un solo conductor. Cuando una charola portacables tiene una combinación de cables multiconductores y de un solo conductor, la ampacidad
permisible debe ser la indicada en 392-80(a)(1) para los cables multiconductores y 392-80(a)(2) para cables de un solo conductor. Siempre que se apliquen las siguientes condiciones:
(1)   La suma del área de ocupación del cable multiconductor como porcentaje del área de ocupación permisible para la charola, calculada según 392-22(a), y el área de ocupación del cable de un solo conductor como porcentaje del área de ocupación permisible de la charola, calculada según 392-22(b), totaliza no más del 100 por ciento.
(2)   Los cables multiconductores están instalados de acuerdo con 392-22(a) y los cables de un sólo conductor se instalan de acuerdo con 392-22(b).
b) Ampacidad de cables de media tensión y tipo MC (de más de 2000 volts) en charolas portacables. La ampacidad de cables de más de 2000 volts instalados de acuerdo con 392-22(c) no debe exceder los requisitos de esta sección.
NOTA: Véase 110-40 para las limitaciones de temperatura del conductor debido a las condiciones de las terminales.
1) Cables multiconductores (de más de 2000 volts). La ampacidad permisible de los cables multiconductores debe ser como se establece en las Tablas 310-60(c)(75) y 310-60(c)(76) sujeta a las siguientes disposiciones:
a.     Cuando las charolas portacables estén cubiertas continuamente por más de 1.80 metros de cubiertas sólidas sin ventilación, se permitirá como máximo el 95 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-60(c)(75) y 310-60(c)(76) para los cables multiconductores.
b.     Cuando se instalen cables multiconductores en una sola capa en charolas portacables sin tapas, manteniendo una separación entre cables no menor al diámetro de un cable, su ampacidad no debe exceder las ampacidades permisibles de las 310-60(c)(71) y 310-60(c)(72).
2) Cables de un solo conductor (de más de 2000 volts). La ampacidad de los cables de un solo conductor o los conductores individuales en grupos de tres conductores trenzados, cuatro conductores trenzados, etc., deben cumplir lo siguiente:
a.     La ampacidad de los cables de un solo conductor de 53.5 mm2 (1/0 AWG) y mayores en charolas portacables sin cubiertas, no debe exceder el 75 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-60(c)(69) y 310-60(c)(70). Cuando las charolas portacables estén cubiertas por más de 1.80 metros de tapas sólidas sin ventilación, la ampacidad para los cables de un solo conductor de 53.5 mm2 (1/0 AWG) y mayores no debe exceder el 70 por ciento de la ampacidad permisible de las Tablas 310-60(c)(69) y 310-60(c)(70).
b.     Cuando se instalen cables de un conductor individual en una sola capa en charolas sin cubiertas, manteniendo una separación entre conductores individuales no menor al diámetro de un cable, la ampacidad de los cables de 53.5 mm2 (1/0 AWG) y mayores no debe exceder la ampacidad permisible de las Tablas 310-60(c)(69) y 310-60(c)(70).
c.     Cuando se instalen conductores individuales en configuración triangular o cuadrada en charolas portacables sin cubiertas, manteniendo un espacio de aire libre no menor a 2.15 veces el diámetro exterior del conductor más grande contenido en la configuración, entre las configuraciones de conductores o cables adyacentes, la ampacidad de los cables de 53.5 mm2 (1/0 AWG) y mayores no debe exceder la ampacidad permisible de las Tablas 310-60(c)(67) y 310-60(c)(68).
Parte C. Especificaciones de construcción
392-100. Construcción.
a) Resistencia y rigidez. Las charolas portacables deben tener resistencia y rigidez suficientes para ofrecer un soporte adecuado a todos los cables instalados en ellas.
b) Bordes lisos. Las charolas portacables no deben tener bordes afilados, rebabas ni salientes que puedan dañar el aislamiento o la cubierta del alambrado.
c) Protección contra la corrosión. Los sistemas de charolas portacables deben ser de un material
resistente a la corrosión. Si son de un material ferroso, el sistema debe estar protegido contra la corrosión, tal como se exige en 300-6.
d) Peralte. Las charolas portacables deben tener peraltes u otros miembros estructurales equivalentes.
e) Accesorios. Las charolas portacables deben incluir accesorios u otros medios adecuados para poder cambiar la dirección y elevación de los tramos.
f) Charolas portacables no metálicas. Las charolas portacables no metálicas deben estar hechas de material resistente a la propagación del fuego.
ARTCULO 393
SISTEMAS DE DISTRIBUCIN DE ENERGA DE BAJA TENSIN EN PLAFONES SUSPENDIDOS
Parte A. Generalidades.
393-1. Alcance. Este artículo trata sobre la instalación de sistemas de distribución de energía de baja tensión en plafones suspendidos.
393-2. Definiciones.
Barra colectora. Conductor no aislado conectado eléctricamente a la fuente de alimentación y sostenido físicamente sobre un aislador que provee un riel eléctrico para la conexión a un equipo que utilice energía eléctrica, tales como sensores, activadores, dispositivos A/V, ensambles de luminarias de baja tensión y equipos eléctricos similares.
Soporte de barra colectora. Aislador que se extiende a lo largo del tramo de una sección del riel de la barra colectora de un cielo raso suspendido, que sirve como soporte y aislante de las barras colectoras del riel de la red suspendida.
Conector. Término empleado para referirse a un accesorio electromecánico.
Conector de carga. Conector electromecánico que se usa para la energía que se transmite de la barra colectora al equipo de utilización de energía eléctrica.
Conector colgante. Conector electromecánico o mecánico que se usa para colgar una luminaria de baja tensión o un equipo de utilización de energía eléctrica debajo del riel de la red y para abastecer de energía a la conexión que se extiende desde la barra colectora hasta el equipo de utilización de energía.
Conector de alimentación de potencia. Conector electromecánico que se utiliza para conectar la fuente de alimentación a un cable de distribución de energía, para su conexión directa con la barra colectora o para la conexión que se extiende desde un cable de distribución de energía hasta la barra colectora.
Conector riel a riel. Conector electromecánico que se utiliza para interconectar barras colectoras de un riel de la red del cielo raso con otro riel de la red de conductores de distribución de energía.
Riel de barra colectora de la red de conductores de distribución de energía. Combinación de barra colectora, soporte de barra colectora y sistema estructural de la red del cielo raso suspendida.
Sistema de distribución de energía de baja tensión en plafones suspendidos. Sistema que sirve como soporte para la superficie de un cielo raso acabado y que está compuesto por una barra colectora y un sistema de soporte de barras colectoras para distribuir la energía a equipos de utilización de energía eléctrica alimentados por una fuente de alimentación de potencia de Clase 2.
Fuente de alimentación. Fuente de alimentación de Clase 2 conectada entre el sistema de distribución de energía de un circuito derivado y el sistema de distribución de energía de baja tensión de las barras colectoras de un cielo raso suspendido.
Riel. El soporte estructural del sistema del cielo raso suspendido que típicamente forma la red de conductores del cielo raso que sostiene la placa del cielo raso y los equipos de utilización de energía, tales como sensores, activadores, dispositivos A/V, luminarias de baja tensión y equipos eléctricos similares.
Protección contra polaridad invertida (protección antirretorno). Sistema que evita que dos suministros de alimentación interconectados, conectados de positivo a negativo, pasen la corriente de una fuente de alimentación a una segunda fuente de alimentación.
 
Red de conductores de distribución de energía de plafones suspendidos. Sistema que sirve como soporte para una superficie acabada del cielo raso y otros equipos de utilización de energía eléctrica.
393-6. Requisitos de aprobación. Los sistemas de distribución de energía de plafones suspendidos y sus accesorios relacionados deben estar aprobados de acuerdo con lo establecido en las secciones 393-6(a) o (b).
a) Sistema aprobado. Los sistemas de distribución de baja tensión de plafones suspendidos que funcionen a 30 volts de corriente alterna o menos, o a 60 volts de corriente continua o menos, deben estar aprobados como un sistema completo, con el equipo de utilización de energía, la fuente de alimentación y los accesorios como parte del mismo sistema identificado.
b) Ensamble de piezas aprobadas. Debe permitirse un sistema de distribución de energía de baja tensión en un cielo raso suspendido, ensamblado con las siguientes piezas, aprobadas de acuerdo con su correspondiente función:
(1) Equipo de utilización de energía de baja tensión aprobado
(2) Fuente de alimentación de Clase 2 aprobada
(3) Accesorios aprobados o identificados, entre ellos conectores y rieles de la red que tengan conductores desnudos
(4) Cables de baja tensión aprobados, de acuerdo con lo establecido en la sección 725-179, conductores colocados en canalizaciones u otros métodos de cableado fijo para el circuito del secundario
Parte B. Instalación
393-10. Usos permitidos. Los sistemas de distribución de energía de baja tensión de plafones suspendidos deben estar conectados de manera permanente y deben estar permitidos, según lo establecido a continuación:
(1) Para equipos de utilización, con capacidad para funcionar a un máximo de 30 volts de corriente alterna (42.4 volts pico) o a 60 volts de corriente continua (24.8 volts pico para la corriente continua interrumpida a una tasa de 10 Hz a 200 Hz) y limitados a niveles de energía de Clase 2 en el Capítulo 10, Tabla 11(a) y Tabla 11(b) para circuitos de iluminación, control y señalización.
(2) En lugares interiores secos
(3) Para instalaciones residenciales, comerciales e industriales
(4) En otros espacios utilizados para ventilación ambiental, de acuerdo con lo establecido en la sección 300-22(c), los equipos eléctricos con un envolvente metálico, o con un envolvente y accesorios no metálicos, deben estar aprobados para uso dentro de un espacio de manejo de aire y deben tener características de resistencia al fuego y de baja generación de humo y un material de cableado asociado adecuado para la temperatura ambiente.
NOTA: Los sistemas de distribución de la red de conductores de energía de baja tensión de plafones suspendidos deberían ser instalados por personas calificadas, de conformidad con lo establecido en las instrucciones de instalación del fabricante
393-12. Usos no permitidos. No deben instalarse sistemas de distribución de energía de plafones suspendidos en:
(1) En lugares húmedos o mojados
(2) Donde estén sometidos a humos o vapores corrosivos, tales como salas de almacenamiento de baterías
(3) Donde estén sujetos a daños físicos
(4) En lugares ocultos
(5) En lugares (clasificados como) peligrosos
(6) Como parte de un ensamble piso-cielo raso o techo-cielo raso con certificación de resistencia al fuego,
a menos que esté específicamente aprobado como parte del ensamble
(7) Para iluminación general o áreas para cuidados de pacientes críticos
393-14. Instalación.
a) Requisitos generales. Los cables y conductores instalados expuestos sobre la superficie de plafones y muros laterales deben estar sostenidos por la estructura del edificio, de tal forma que el cable no sea dañado debido al uso normal del edificio. Dichos cables se deben sujetar con correas, grapas, amarres de cable, soportes colgantes o accesorios similares, diseñados e instalados de manera que no dañen el cable.
NOTA: Los sistemas de distribución de la red de conductores de energía de baja tensión de plafones suspendidos deben ser instalados, de conformidad con lo establecido en las instrucciones de instalación del fabricante
b) Conductores aislados. Los conductores de circuitos secundarios, aislados y expuestos deben estar aprobados, ser del tipo mencionado a continuación y ser instalados según se describe:
(1) Cable de Clase 2 alimentado por una fuente de energía de Clase 2 e instalado de acuerdo con lo establecido en las partes Ay C del Artículo 725
(2) Métodos de cableado descritos en el Capítulo 3
393-21. Medios de desconexión.
a) Ubicación. Un medio de desconexión para el suministro de Clase 2 al sistema de red de conductores de distribución de energía debe estar ubicado de modo que sea accesible y esté al alcance de la vista de la fuente de alimentación de Clase 2 para la reparación y el mantenimiento del sistema de la red.
b) Circuitos derivados multifilares. Donde estén conectados a un circuito derivado multifilar, los medios de desconexión deben desconectar simultáneamente todos los conductores de alimentación, incluidos los conductores puestos a tierra.
393-30. Aseguramiento y soporte.
a) Anexo a la estructura del edificio. Un sistema de distribución de energía de baja tensión de un plafón suspendido debe estar fijado de manera segura a la superficie de montaje de la estructura del edificio mediante cables colgantes, tornillos o pernos, de conformidad con lo establecido en las instrucciones de instalación y funcionamiento. Los herrajes de montaje, como tornillos o pernos, deben estar ya sea empaquetados con el sistema de distribución de energía de baja tensión para iluminación de un plafón suspendido o bien las instrucciones de instalación deben especificar los tipos de sujetadores de montaje que se van a utilizar.
b) Fijación a los rieles de la red de conductores de distribución de energía. Los rieles individuales de la red de energía deben estar mecánicamente fijados de manera segura al ensamble de la red general de distribución de energía del cielo raso.
393-40. Conectores y envolventes.
a) Conectores. Las conexiones a los rieles de la red de barras colectoras, cables y conductores deben hacerse con dispositivos de aislamiento aprobados y estas conexiones deben ser accesibles después de la instalación. Una conexión soldada debe hacerse mecánicamente segura antes de ser soldada. Otros medios de asegurar cables, tales como terminales de empuje y conectores tipo espada, deben proveer una conexión mecánica segura. Debe permitirse el uso de los siguientes conectores como dispositivos de conexión o de interconexión:
(1) Los conectores de carga deben usarse para la energía que se transmite de la barra colectora al equipo de utilización de energía eléctrica.
(2) Debe permitirse el uso de un conector colgante para una luminaria de baja tensión o un equipo de utilización de energía eléctrica debajo del riel de la red y para abastecer energía desde la barra colectora hasta el equipo de utilización.
 
(3) Debe permitirse el uso de un conector de alimentación de potencia para conectar la fuente de alimentación directamente al cable de distribución de energía y a la barra colectora.
(4) Debe permitirse el uso de conectores riel a riel para interconectar barras colectoras de un riel de la red de distribución del plafón con otro riel de la red.
b) Envolventes. Donde se hagan en un muro, las conexiones se deben instalar en un envolvente que cumpla con lo establecido en las partes A, B y C del Artículo 314.
393- 45. Protección contra sobrecorriente y polaridad invertida (antirretorno).
a) Protección contra sobrecorriente. La fuente de alimentación de Clase 2 o el primario de un transformador deben ser protegidos a un valor no mayor de 20 amperes.
b) Interconexión de las fuentes de energía. No se deben conectar en paralelo ni interconectar de ningún otro modo las salidas de las fuentes de Clase 2, a menos que estén para dicha interconexión.
c) Protección contra polaridad invertida (antirretorno) de los sistemas de corriente continua. Debe permitirse que un sistema de distribución de energía de baja tensión de un cielo raso suspendido cue