RESOLUCIN que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito RESOLUCIN que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 96 Bis, 97, primer párrafo y 101 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4, fracciones II, VII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento del artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria y para efectos de contribuir a la eliminación de carga regulatoria y los costos de cumplimiento derivados de ella, esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores abrogó la obligación de presentar la solicitud de autorización para la utilización de una metodología diversa para los trabajos de auditoría externa en términos de la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2018, y
Que una razón de apalancamiento menor al 3 % que registren las instituciones de banca múltiple, se apartaría de los estándares internacionales del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, ya que se reflejaría un nivel de activos que no estén soportados por el capital, por lo que tomando en cuenta dicho estándar, así como la facultad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para emitir disposiciones prudenciales y establecer criterios que se aparten de las sanas prácticas bancarias, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCIN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS
INSTITUCIONES DE CRDITO
NICO. â Se REFORMAN los artículos 1, fracción CXLV; 2 Bis 120; 181, fracción XXV y 207; se ADICIONA al Título Segundo, Capítulo VIII, una Sección Tercera denominada "De la Razón de Apalancamiento de las Instituciones" que comprende el artículo 172 Bis 39 a; al artículo 208, fracción I, un inciso h) y al Anexo 36 la serie "R34 Razón de Apalancamiento"; y se SUSTITUYE el Anexo 1-O Bis y el índice del Anexo 36, de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2005 y reformadas mediante resoluciones publicadas en el citado Diario el 3 y 28 de marzo, 15 de septiembre, 6 y 8 de diciembre de 2006; 12 de enero, 23 de marzo, 26 de abril, 5 de noviembre de 2007; 10 de marzo, 22 de agosto, 19 de septiembre, 14 de octubre, 4 de diciembre de 2008; 27 de abril, 28 de mayo, 11 de junio, 12 de agosto, 16 de octubre, 9 de noviembre, 1 y 24 de diciembre de 2009; 27 de enero, 10 de febrero, 9 y 15 de abril, 17 de mayo, 28 de junio, 29 de julio, 19 de agosto, 9 y 28 de septiembre, 25 de octubre, 26 de noviembre, 20 de diciembre de 2010; 24 y 27 de enero, 4 de marzo, 21 de abril, 5 de julio, 3 y 12 de agosto, 30 de septiembre, 5 y 27 de octubre, 28 de diciembre de 2011; 19 de junio, 5 de julio, 23 de octubre, 28 de noviembre, 13 de diciembre de 2012; 31 de enero, 16 de abril, 3 de mayo, 3 y 24 de junio, 12 de julio, 2 de octubre, 24 de diciembre de 2013; 7 y 31 de enero, 26 de marzo, 12 y 19 de mayo, 3 y 31 de julio, 24 de septiembre, 30 de octubre, 8 y 31 de diciembre de 2014; 9 de enero, 5 de febrero, 30 de abril, 27 de mayo, 23 de junio, 27 de agosto, 21 de septiembre, 29 de octubre, 9 y 13 de noviembre, 16 y 31 de diciembre de 2015; 7 y 28 de abril, 22 de junio, 7 y 29 de julio, 1 de agosto, 19, 28 de septiembre y 27 de diciembre de 2016 y 6 de enero, 4 y 27 de abril, 31 de mayo, 26 de junio, 4 y 24 de julio, 29 de agosto, 6 y 25 de octubre, 8, 26 y 27 de diciembre de 2017; 22 de enero, 14 de marzo, 26 de abril, 11 de mayo, 26 de junio, 23 de julio, 29 de agosto y 4 de septiembre de 2018, para quedar como sigue:
TTULO PRIMERO a PRIMERO BIS . . .
TTULO SEGUNDO
DISPOSICIONES PRUDENCIALES
Capítulo I a VII . . .
Capítulo VIII
Medidas Prudenciales Adicionales y Planes de Contingencia
Secciones Primera y Segunda . . .
Sección Tercera
De la Razón de Apalancamiento de las Instituciones
Capítulo IX . . .
TTULOS TERCERO a QUINTO
ANEXOS 1-A a 1-O
ANEXO 1-O BIS Revelación de información relativa a la Razón de Apalancamiento
ANEXOS 1-P a 35 . . .
ANEXO 36 Reportes Regulatorios
ANEXOS 37 a 71 . . .
"Artículo 1.- . . .
I. a CXLIV. . . .
CXLV. Razón de Apalancamiento: al resultado, expresado en porcentaje, de dividir el Capital Básico determinado conforme al artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones, entre los Activos Ajustados de las Instituciones.
"Artículo 2 Bis 120.- Las Instituciones deberán difundir al público en general de conformidad con los formatos comprendidos en el Anexo 1-O Bis de las presentes disposiciones y a través de su página electrónica en Internet, la información relativa a la integración de sus principales fuentes de apalancamiento, una comparación entre sus activos totales y sus Activos Ajustados, una conciliación entre los activos totales y la exposición dentro de su balance, su Razón de Apalancamiento y un análisis sobre las principales variaciones de la Razón de Apalancamiento.
Dicha información deberá revelarse en los términos de los Artículos 180 y 181 de las presentes disposiciones, como nota a los estados financieros correspondientes a los trimestres que concluyen en marzo, junio, septiembre y diciembre, manteniéndose en la página electrónica de la Institución en Internet, cuando menos durante los cinco trimestres siguientes a la fecha de su publicación para el caso de la información que se publica de manera trimestral y durante los tres años siguientes a su fecha tratándose de la información que se publica de manera anual.
Adicionalmente, las Instituciones deberán calcular y publicar con cifras al cierre de cada mes, en su página electrónica en Internet, el monto de sus Activos Ajustados, su Capital Básico y su Razón de Apalancamiento. Dicha publicación deberá realizarse a más tardar el último día hábil del mes inmediato siguiente al del mes cuyas cifras se utilicen para su cálculo.
Cuando a juicio de la Comisión así se justifique, las Instituciones deberán revelar, con mayor periodicidad, la información prevista en el Anexo 1-O Bis, utilizando al efecto los formatos comprendidos en este."
"Sección Tercera
De la Razón de Apalancamiento
Artículo 172 Bis 39 a.- Las instituciones de banca múltiple deberán realizar el cálculo de su Razón de Apalancamiento con cifras al cierre de cada mes calendario, sin consolidar a sus subsidiarias ni a las entidades de propósito específico, considerando sus operaciones en territorio nacional, así como las operaciones de sus agencias y sucursales en el extranjero.
Se considera contrario a una sana práctica bancaria que las instituciones de banca múltiple mantengan una Razón de Apalancamiento menor al 3 %.
La Comisión podrá determinar que alguna institución de banca múltiple efectúe el cálculo de la Razón de Apalancamiento, con mayor periodicidad y en cualquier fecha, cuando a su juicio estime que entre los días que van de un cálculo a otro, la institución de banca múltiple está asumiendo un apalancamiento notoriamente mayor al que muestra las cifras de cierre de mes.
La Comisión podrá verificar el cálculo de la Razón de Apalancamiento revelada por las Instituciones y podrá solicitar los ajustes que considere necesarios para reportar adecuadamente el grado de apalancamiento de dichas Instituciones."
"Artículo 181.- . . .
I. a XXIV. . . .
XXV.La Razón de Apalancamiento, el monto de sus Activos Ajustados y su Capital Básico.
. . .
. . .
. . .
. . ."
"Artículo 207.- Las Instituciones deberán proporcionar a la Comisión, con la periodicidad establecida en los artículos siguientes, la información que se adjunta a las presentes disposiciones como Anexo 36, la cual se identifica con las series y reportes que a continuación se relacionan:
Serie R01 Catálogo mínimo
A-0111 Catálogo mínimo
Serie R04 Cartera de crédito
Situación financiera
A-0411 Cartera por tipo de crédito
A-0415 Saldos promedio, intereses y comisiones por cartera de crédito
A-0417 Calificación de la cartera de crédito y estimación preventiva para riesgos crediticios
A-0419 Movimientos en la estimación preventiva para riesgos crediticios
A-0420 Movimientos en la cartera vencida
A-0424 Movimientos en la cartera vigente
Cartera comercial
Información detallada de operaciones de segundo piso y garantías
C-0447 Seguimiento de garantías
Información detallada (Metodología de calificación de cartera Anexos 18 a 22)
C-0450 Garantes y garantías para créditos comerciales
C-0453 Alta de créditos a cargo de entidades federativas y municipios
C-0454 Seguimiento de créditos a cargo de entidades federativas y municipios
C-0455 Probabilidad de incumplimiento de créditos a cargo de entidades federativas y municipios
C-0456 Severidad de la pérdida de créditos a cargo de entidades federativas y municipios
C-0457 Baja de créditos a cargo de entidades federativas y municipios
C-0458 Alta de créditos a cargo de entidades financieras
C-0459 Seguimiento de créditos a cargo de entidades financieras
C-0460 Probabilidad de incumplimiento de créditos a cargo de entidades financieras
C-0461 Severidad de la pérdida de créditos a cargo de entidades financieras
C-0462 Baja de créditos a cargo de entidades financieras
C-0463 Alta de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0464 Seguimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0465 Probabilidad de incumplimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0466 Severidad de la pérdida de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0467 Baja de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0468 Alta de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0469 Seguimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0470 Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0471 Severidad de la pérdida de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0472 Baja de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras
C-0473 Alta de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS
C-0474 Seguimiento de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS
C-0475 Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS
C-0476 Severidad de la pérdida de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS
C-0477 Baja de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS
C-0478 Alta de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS
C-0479 Seguimiento de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS
C-0480 Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS
C-0481 Severidad de la pérdida de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS
C-0482 Baja de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS
C-0483 Alta de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto
C-0484 Seguimiento de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto
C-0485 Baja de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto
Cartera a la vivienda
H-0491 Altas y reestructuras de créditos a la vivienda
H-0492 Seguimiento de créditos a la vivienda
H-0493 Baja de créditos a la vivienda
Serie R06 Bienes adjudicados
A-0611 Bienes adjudicados
Serie R07 Impuestos a la utilidad y PTU diferidos
A-0711 Impuestos a la utilidad y PTU diferidos
Serie R08 Captación
A-0811 Captación tradicional y préstamos interbancarios y de otros organismos
A-0815 Préstamos interbancarios y de otros organismos, estratificados por plazos al vencimiento
A-0816 Depósitos de exigibilidad inmediata y préstamos interbancarios y de otros organismos, estratificados por montos
A-0819 Captación integral estratificada por montos
Serie R10 Reclasificaciones
A-1011 Reclasificaciones en el balance general
A-1012 Reclasificaciones en el estado de resultados
Serie R12 Consolidación
A-1219 Consolidación del balance general de la institución de crédito con sus subsidiarias
A-1220 Consolidación del estado de resultados de la institución de crédito con sus subsidiarias
A-1221 Balance general de sus subsidiarias
A-1222 Estado de resultados de sus subsidiarias
A-1223 Consolidación del balance general de la institución de crédito con sus SOFOM, ER
A-1224 Consolidación del estado de resultados de la institución de crédito con sus SOFOM, ER
B-1230 Desagregado de inversiones permanentes en acciones
Serie R13 Estados financieros
A-1311 Estado de variaciones en el capital contable
A-1316 Estado de flujos de efectivo
B-1321 Balance general
B-1322 Estado de resultados
Serie R14 Información cualitativa
A-1411 Integración accionaria
A-1412 Funcionarios, empleados, jubilados, personal por honorarios y sucursales
Serie R15 Operaciones por servicio
B-1522 Usuarios no clientes de los medios electrónicos de la institución
B-1523 Operaciones de clientes por servicios de banca electrónica
B-1524 Clientes por servicio de banca electrónica
Serie R16 Riesgos
A-1611 Brechas de repreciación
A-1612 Brechas de vencimiento
B-1621 Portafolio global de juicios
Serie R24 Información operativa
B-2421 Información de operaciones referentes a productos de captación
B-2422 Información de operaciones referentes a sucursales, tarjetas de crédito y otras variables operativas
B-2423 Titulares garantizados por el IPAB
C-2431 Información de operaciones con partes relacionadas
D-2441 Información general sobre el uso de servicios financieros
D-2442 Información de frecuencia de uso de servicios financieros
D-2443 Información de ubicación de los puntos de transacciones de servicios financieros
E-2450 Número de clientes de cada producto o servicio por tipo de persona
E-2451 Número de operaciones de cada producto o servicio por tipo de moneda
E-2452 Número de operaciones de cada producto o servicio por zona geográfica
Serie R26 Información por comisionistas
A-2610 Altas y bajas de administradores de comisionistas
A-2611 Desagregado de altas y bajas de comisionistas
B-2612 Desagregado de altas y bajas de módulos o establecimientos de comisionistas
C-2613 Desagregado de seguimiento de operaciones de comisionistas
Serie R27 Reclamaciones
A-2701 Reclamaciones
Serie R28 Información de riesgo operacional
A-2811 Eventos de pérdida por riesgo operacional
A-2812 Estimación de niveles de riesgo operacional
A-2813 Actualización de eventos de pérdida por riesgo operacional
A-2814 Asignación método estándar riesgo operacional y estándar alternativo
Serie R29 Aseguramientos, transferencias y desbloqueos de cuentas
A-2911 Aseguramientos, transferencias y desbloqueos de cuentas
Serie R32 Conciliaciones
A-3211 Conciliación contable fiscal
Serie 34 Razón de Apalancamiento
A-3401 Cálculo de la Razón de Apalancamiento
Las Instituciones requerirán de la previa autorización de la Comisión para la apertura de nuevos conceptos o niveles que no se encuentren contemplados en las series que correspondan exclusivamente para el envío de información de las nuevas operaciones que les sean autorizadas al efecto por la Secretaría, en términos de la legislación relativa, para lo cual solicitarán la referida autorización mediante escrito libre dentro de los quince días hábiles siguientes a la autorización hecha por la Secretaría. Asimismo, en caso de que por cambios en la normativa aplicable se requiera establecer conceptos o niveles adicionales a los previstos en las presentes disposiciones, la Comisión hará del conocimiento de las Instituciones la apertura de los nuevos conceptos o niveles respectivos.
En los dos casos previstos en el párrafo anterior la Comisión, a través del SITI, notificará a la Institución el mecanismo de registro y envío de la información correspondiente."
"Artículo 208.- . . .
I. Mensualmente:
a) a g) . . .
h) La información relativa a la serie R34 deberá proporcionarse a más tardar el último día hábil del mes inmediato siguiente al del mes cuyas cifras se utilicen para el cálculo de la Razón de Apalancamiento.
II. a IV. . . ."
TRANSITORIO
NICO. - La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2018.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, José Bernardo González Rosas.- Rúbrica.
Anexo 1-O Bis
REVELACIN DE INFORMACIN RELATIVA A LA RAZN DE APALANCAMIENTO
Las Instituciones deberán revelar la información contenida en los apartados siguientes:
I. Integración de las principales fuentes de apalancamiento.
II. Comparativo entre el activo total y los Activos Ajustados.
III. Conciliación entre activo total y la exposición dentro del balance.
IV. Análisis de las variaciones más importantes de los elementos (numerador y denominador) de la Razón de Apalancamiento.
Para efectos de la revelación de información a que se refiere el presente Anexo, las Instituciones procederán conforme a lo siguiente:
a) Las cifras deberán presentarse en millones de pesos conforme al Artículo 176 de las presentes disposiciones.
b) La información corresponderá a la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico y al cierre de cada mes que corresponda.
c) Para el llenado de los apartados I a III del presente Anexo, las Instituciones deberán utilizar la información de los formularios del Banco de México, conforme a lo establecido en el Artículo 2 Bis 4 de las presentes disposiciones, salvo que se especifique lo contrario.
d) La información contenida en los apartados I a IV del presente Anexo deberá difundirse en los términos y plazos señalados en el Artículo 2 Bis 120 de las presentes disposiciones.
I. Integración de las principales fuentes de apalancamiento
Las Instituciones deberán revelar la integración de las principales fuentes de apalancamiento, conforme a la Tabla I.1 siguiente(1). Para efectos de lo anterior, deberán tomar en consideración las notas contenidas en la Tabla I.2 cuya numeración coincide con la referencia numérica(2) mostrada en la primera columna de la Tabla I.1:
TABLA I.1
FORMATO ESTANDARIZADO DE REVELACIN PARA LA RAZN DE APALANCAMIENTO
REFERENCIA | RUBRO | IMPORTE |
Exposiciones dentro del balance |
1 | Partidas dentro del balance, excluidos instrumentos financieros derivados y operaciones de reporto y préstamo de valores (SFT por sus siglas en inglés), pero incluidos los colaterales recibidos en garantía y registrados en el balance) | |
2 | (Importes de los activos deducidos para determinar el Capital Básico) | |
3 | Exposiciones dentro del balance (Netas) (excluidos instrumentos financieros derivados y SFT, suma de las líneas 1 y 2) | |
Exposiciones a instrumentos financieros derivados |
4 | Costo actual de reemplazo asociado a todas las operaciones con instrumentos financieros derivados (neto del margen de variación en efectivo admisible) | |
5 | Importes de los factores adicionales por exposición potencial futura, asociados a todas las operaciones con instrumentos financieros derivados | |
6 | Incremento por Colaterales aportados en operaciones con instrumentos financieros derivados cuando dichos colaterales sean dados de baja del balance conforme al marco contable operativo | |
7 | (Deducciones a las cuentas por cobrar por margen de variación en efectivo aportados en operaciones con instrumentos financieros derivados) | |
8 | (Exposición por operaciones en instrumentos financieros derivados por cuenta de clientes, en las que el socio liquidador no otorga su garantía en caso del incumplimiento de las obligaciones de la Contraparte Central) | |
9 | Importe nocional efectivo ajustado de los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos | |
10 | (Compensaciones realizadas al nocional efectivo ajustado de los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos y deducciones de los factores adicionales por los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos) | |
11 | Exposiciones totales a instrumentos financieros derivados (suma de las líneas 4 a 10) | |
Exposiciones por operaciones de financiamiento con valores |
12 | Activos SFT brutos (sin reconocimiento de compensación), después de ajustes por transacciones contables por ventas | |
13 | (Cuentas por pagar y por cobrar de SFT compensadas) | |
14 | Exposición Riesgo de Contraparte por SFT | |
15 | Exposiciones por SFT actuando por cuenta de terceros | |
16 | Exposiciones totales por operaciones de financiamiento con valores (suma de las líneas 12 a 15) | |
Otras exposiciones fuera de balance |
17 | Exposición fuera de balance (importe nocional bruto) | |
18 | (Ajustes por conversión a equivalentes crediticios) | |
19 | Partidas fuera de balance (suma de las líneas 17 y 18) | |
Capital y exposiciones totales |
20 | Capital Básico calculado conforme al artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones | |
21 | Exposiciones totales (suma de las líneas 3, 11, 16 y 19) | |
Razón de apalancamiento |
22 | Razón de apalancamiento | |
TABLA I.2
NOTAS AL FORMATO DE REVELACIN ESTANDARIZADO DE REVELACIN PARA LA RAZN DE
APALANCAMIENTO
1 | Total de activos de la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico (menos los activos presentados en dicho balance por: 1) operaciones con instrumentos financieros derivados, 2) operaciones de reporto y 3) préstamo de valores. |
2 | Monto de las deducciones del capital básico establecidas en los incisos b) a r) de la fracción I, del Artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones. El monto se debe registrar con signo negativo. |
3 | Suma de las líneas 1 y 2 |
4 | Costo actual de remplazo (RC) de las operaciones con instrumentos financieros derivados, conforme a los establecido en el Anexo 1-L de las presentes disposiciones, menos las liquidaciones parciales en efectivo (margen de variación en efectivo) recibidas, siempre que se cumpla con las condiciones siguientes: a) Tratándose de contrapartes distintas a las cámaras de compensación señaladas en el segundo párrafo del Artículo 2 Bis 12 a, el efectivo recibido deberá de estar disponible para la Institución. b) La valuación a mercado de la operación sea realizada diariamente y el efectivo recibido sea intercambiado con la misma frecuencia. c) El efectivo recibido, así como la operación con el instrumento derivado, estén denominados en la misma moneda. d) El monto intercambiado del margen de variación en efectivo sea al menos el importe necesario para cubrir el valor de mercado considerando el umbral y el monto mínimo transferido acordados en el contrato marco correspondiente. e) El contrato marco con la contraparte debe considerar tanto la operación como el margen de variación, y debe estipular explícitamente que la liquidación, en caso de incumplimiento, quiebra, reestructuración o insolvencia, de cualquiera de las partes, se realizará tras compensar las operaciones y considerará los márgenes de variación en efectivo recibidos. En todo caso, el importe máximo de márgenes de variación en efectivo recibidos que se podrá considerar será el que corresponda al valor positivo del costo actual de reemplazo de cada contraparte. |
5 | Factor adicional conforme al Anexo 1-L de las presentes disposiciones, de las operaciones con instrumentos financieros derivados. Adicionalmente, tratándose de instrumentos financieros derivados de crédito en los que se provea protección crediticia, se deberá incluir el valor de conversión a riesgo de crédito de conformidad con el Artículo 2 Bis 22 de las presentes disposiciones. En ningún caso podrán utilizarse las garantías reales financieras que la Institución haya recibido para reducir el importe del Factor adicional reportado en esta línea. |
6 | No aplica. El marco contable no permite la baja de activos entregados como colateral. |
7 | Monto de márgenes de variación en efectivo entregados en operaciones con instrumentos financieros derivados que cumplan con las condiciones señaladas en la línea 4 para restar los márgenes de variación en efectivo recibidos. El monto se debe registrar con signo negativo. |
8 | No aplica. |
9 | No aplica. La exposición que se considera para efectos del marco de solvencia en operaciones con instrumentos financieros derivados de crédito en los que se provee protección crediticia corresponde al 100 por ciento del importe efectivamente garantizado en las operaciones de que se trate. Esta exposición está considerada en la línea 5. |
10 | No aplica. La exposición que se considera para efectos del marco de solvencia en operaciones con instrumentos financieros derivados de crédito en los que se provee protección crediticia corresponde al 100 por ciento del importe efectivamente garantizado en las operaciones de que se trate. Esta exposición está considerada en la línea 5. |
11 | Suma de las líneas 4 a 10 |
12 | Monto de los activos registrados en el balance general (cuentas por cobrar registradas contablemente) de operaciones de reporto y préstamo de valores. El importe no deberá considerar ninguna compensación conforme a los Criterios Contables. |
13 | Importe positivo que resulte de deducir las cuentas por pagar de las cuentas por cobrar generadas por operaciones de reporto y préstamo de valores, por cuenta propia, con una misma contraparte, y siempre que se cumplan las condiciones siguientes: a) Las operaciones correspondientes tengan la misma fecha de liquidación. b) Se tenga el derecho de liquidar las operaciones en cualquier momento. c) Las operaciones sean liquidadas en el mismo sistema y existan mecanismo o arreglos de liquidación (líneas o garantías) que permitan que la liquidación se realice al final del día en el que se decide liquidar. d) Cualquier problema relacionado con la liquidación de los flujos de los colaterales en forma de títulos, no entorpezca la liquidación de las cuentas por pagar y cobrar en efectivo. El monto se debe registrar con signo negativo. |
14 | Valor de conversión a riesgo crediticio de las operaciones de reporto y préstamo de valores por cuenta propia, conforme al Artículo 2 Bis 22 de las presentes disposiciones cuando no exista un contrato marco de compensación. Y conforme al Artículo 2 Bis 37 cuando exista dicho contrato. Lo anterior sin considerar los ajustes por garantías reales admisibles que se aplican a la garantía en el marco de capitalización. |
15 | Tratándose de operaciones de reporto y préstamo de valores por cuenta de terceros, en las que la Institución otorgue garantía a sus clientes ante el incumplimiento de la contraparte, el importe que se debe registrar es la diferencia positiva entre el valor del título o efectivo que el cliente ha entregado y el valor de la garantía que el prestatario ha proporcionado. Adicionalmente, si la Institución puede disponer de los colaterales entregados por sus clientes, por cuenta propia, el monto equivalente al valor de los títulos y/o efectivo entregados por el cliente a la Institución. |
16 | Suma de las líneas 12 a 15 |
17 | Montos de compromisos crediticios reconocidos en cuentas de orden conforme a los Criterios Contables. |
18 | Montos de las reducciones en el valor de los compromisos crediticios reconocidos en cuentas de orden por aplicar los factores de conversión a riesgo de crédito establecidos en el Título Primero Bis de las presentes disposiciones, considerando que el factor de conversión a riesgo de crédito mínimo es del 10 % (para aquellos casos en los que el factor de conversión es 0 %) y en el caso de las operaciones a las que se hace referencia en el inciso IV del artículo 2 Bis 22 de dichas disposiciones, un factor de conversión a riesgo de crédito de 100%. El monto se debe registrar con signo negativo. |
19 | Suma de las líneas 17 y 18 |
20 | Capital Básico calculado conforme al artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones. |
21 | Suma de las líneas 3, 11, 16 y 19 |
22 | Razón de Apalancamiento. Cociente de la línea 20 entre la línea 21. |
II. Comparativo entre el activo total y los activos ajustados
Las Instituciones deberán presentar un comparativo entre el activo total y los activos ajustados, conforme al formato siguiente. Para efectos de lo anterior, deberán tomar en consideración la explicación contenida en la Tabla II.2 que corresponde a la referencia numérica(3) mostrada en la primera columna de la Tabla II.1.
TABLA II.1
COMPARATIVO DE LOS ACTIVOS TOTALES Y LOS ACTIVOS AJUSTADOS
REFERENCIA | DESCRIPCION | IMPORTE |
1 | Activos totales | |
2 | Ajuste por inversiones en el capital de entidades bancarias, financieras, aseguradoras o comerciales que se consolidan a efectos contables, pero quedan fuera del ámbito de consolidación regulatoria | |
3 | Ajuste relativo a activos fiduciarios reconocidos en el balance conforme al marco contable, pero excluidos de la medida de la exposición de la razón de apalancamiento | |
4 | Ajuste por instrumentos financieros derivados | |
5 | Ajuste por operaciones de reporto y préstamo de valores(4) | |
6 | Ajuste por partidas reconocidas en cuentas de orden | |
7 | Otros ajustes | |
8 | Exposición de la razón de apalancamiento | |
TABLA II.2
NOTAS AL COMPARATIVO DE LOS ACTIVOS TOTALES Y LOS ACTIVOS AJUSTADOS
REFERENCIA | DESCRIPCIN |
1 | Total de activos de la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico. |
2 | Monto de las deducciones del capital básico contenidas en los incisos b), d), e), f), g), h), i), j) y l) de la fracción I, del Artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones. El monto se debe registrar con signo negativo. |
3 | No aplica. El ámbito de aplicación es sobre la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico. |
4 | Monto equivalente a la diferencia entre la cifra contenida en la fila 11 de la Tabla I.1 y la cifra presentada en operaciones con instrumentos financieros derivados contenidos en el balance de la Institución. El importe se debe registrar con el signo resultante de la diferencia señalada, es decir podrá ser positivo o negativo. |
5 | Monto equivalente a la diferencia entre la cifra contenida en la fila 16 de la Tabla I.1 y la cifra presentada por operaciones de reporto y préstamo de valores contenidos en el balance de la Institución. El importe se debe registrar con el signo resultante de la diferencia señalada, es decir podrá ser positivo o negativo. |
6 | Importe registrado en la fila 19 de la Tabla I.1. El monto se debe registrar con signo positivo. |
7 | Monto de las deducciones del capital básico contenidas en los incisos c), k), m), n), p), q) y r) de la fracción I, del Artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones. El monto se debe registrar con signo negativo. |
8 | Suma de las líneas 1 a 7, la cual debe coincidir con la línea 21 de la Tabla I.1. |
III. Conciliación entre activo total y la exposición dentro del balance
Las Instituciones deberán presentar una conciliación entre su activo total y la exposición dentro del balance que reconocen para efectos de la Razón de Apalancamiento conforme al formato siguiente. Para efectos de lo anterior, deberán tomar en consideración la explicación contenida en la Tabla III.2 que corresponde a la referencia numérica mostrada en la primera columna de la Tabla III.1.
TABLA III.1
CONCILIACIN ENTRE ACTIVO TOTAL Y LA EXPOSICIN DENTRO DEL BALANCE
REFERENCIA | CONCEPTO | IMPORTE |
1 | Activos totales | |
2 | Operaciones en instrumentos financieros derivados | |
3 | Operaciones en reporto y prestamos de valores | |
4 | Activos fiduciarios reconocidos en el balance conforme al marco contable, pero excluidos de la medida de la exposición de la razón de apalancamiento | |
5 | Exposiciones dentro del Balance | |
TABLA III.2
NOTAS A LA CONCILIACIN ENTRE ACTIVO TOTAL Y LA EXPOSICIN DENTRO DEL BALANCE
REFERENCIA | DESCRIPCIN |
1 | Total de activos de la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico. |
2 | El monto correspondiente a las operaciones en instrumentos financieros derivados presentadas en el activo de los últimos estados financieros. El monto se debe registrar con signo negativo. |
3 | El monto correspondiente a las operaciones de reporto y préstamo de valores presentadas en el activo de los últimos estados financieros. El monto se debe registrar con signo negativo. |
4 | No aplica. El ámbito de aplicación es sobre la Institución sin consolidar subsidiarias ni entidades de propósito específico. |
5 | Suma de las líneas 1 a 4, la cual debe coincidir con la línea 1 de la Tabla I.1 |
IV. Principales causas de las variaciones más importantes de los elementos (numerador y denominador) de la Razón de Apalancamiento.
Las Instituciones deberán explicar los principales factores cuantitativos y cualitativos que hayan dado lugar a la variación porcentual de su Razón de Apalancamiento y sus componentes, entre el trimestre que se reporta y el inmediato anterior. Para efecto de lo cual deberán utilizar el formato siguiente:
TABLA IV.1
PRINCIPALES CAUSAS DE LAS VARIACIONES MÁS IMPORTANTES DE LOS ELEMENTOS
(NUMERADOR Y DENOMINADOR) DE LA RAZN DE APALANCAMIENTO
CONCEPTO/TRIMESTRE | T-1 | T | VARIACION (%) |
Capital Básico 1/ | | | |
Activos Ajustados 2/ | | | |
Razón de Apalancamiento 3/ | | | |
1/ Reportado en la fila 20, 2/ Reportado en la fila 21 y 3/ Reportado en la fila 22, de la Tabla I.1.
Asimismo, las Instituciones deberán considerar al menos: la variación registrada en el capital básico, así como en los Activos Ajustados en función de su origen, distinguiendo entre las exposiciones dentro del balance (Neto), las exposiciones a instrumentos financieros derivados, las exposiciones por operaciones de reporto y préstamo de valores así como aquellas registradas en cuentas de orden.
_____________________________
Anexo 36
Reportes regulatorios
NDICE
Serie R01 Catálogo mínimo | Periodicidad |
| | | A-0111 | Catálogo mínimo | Mensual |
| | | | | |
Serie R04 Cartera de crédito | Periodicidad |
| Situación financiera |
| | | A-0411 | Cartera por tipo de crédito | Mensual |
| | | A-0415 | Saldos promedio, intereses y comisiones por cartera de crédito | Mensual |
| | | A-0417 | Calificación de la cartera de crédito y estimación preventiva para riesgos crediticios | Mensual |
| | | A-0419 | Movimientos en la estimación preventiva para riesgos crediticios | Mensual |
| | | A-0420 | Movimientos en la cartera vencida | Mensual |
| | | A-0424 | Movimientos en la cartera vigente | Mensual |
| Cartera comercial |
| | Información detallada de operaciones de segundo piso y garantías |
| | | C-0447 | Seguimiento de garantías2 | Mensual |
| | Información detallada (Metodología de calificación de cartera Anexos 18 a 22) |
| | | C-0450 | Garantes y garantías para créditos comerciales | Mensual |
| | | C-0453 | Alta de créditos a cargo de entidades federativas y municipios | Mensual |
| | | C-0454 | Seguimiento de créditos a cargo de entidades federativas y municipios | Mensual |
| | | C-0455 | Probabilidad de incumplimiento de créditos a cargo de entidades federativas y municipios | Mensual |
| | | C-0456 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo de entidades federativas y municipios | Mensual |
| | | C-0457 | Baja de créditos a cargo de entidades federativas y municipios | Mensual |
| | | C-0458 | Alta de créditos a cargo de entidades financieras | Mensual |
| | | C-0459 | Seguimiento de créditos a cargo de entidades financieras | Mensual |
| | | C-0460 | Probabilidad de incumplimiento de créditos a cargo de entidades financieras | Mensual |
| | | C-0461 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo de entidades financieras | Mensual |
| | | C-0462 | Baja de créditos a cargo de entidades financieras | Mensual |
| | | C-0463 | Alta de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0464 | Seguimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0465 | Probabilidad de Incumplimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0466 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0467 | Baja de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial con ventas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0468 | Alta de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0469 | Seguimiento de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0470 | Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0471 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0472 | Baja de créditos a cargo de personas morales y físicas con actividad empresarial, con ventas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS, distintas a entidades federativas, municipios y entidades financieras | Mensual |
| | | C-0473 | Alta de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0474 | Seguimiento de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0475 | Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0476 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0477 | Baja de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales menores a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0478 | Alta de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0479 | Seguimiento de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0480 | Probabilidad de incumplimiento para créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0481 | Severidad de la pérdida de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0482 | Baja de créditos a cargo del gobierno federal, organismos descentralizados federales, estatales y municipales y empresas productivas del Estado con ventas netas o ingresos netos anuales mayores o iguales a 14 millones de UDIS | Mensual |
| | | C-0483 | Alta de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto | Mensual |
| | | C-0484 | Seguimiento de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto | Mensual |
| | | C-0485 | Baja de créditos otorgados a proyectos de inversión cuya fuente de pago esté constituida únicamente por los ingresos o derechos de cobro que deriven de la realización, puesta en marcha o explotación del proyecto | Mensual |
| Cartera a la vivienda |
| | | H-0491 | Altas y reestructuras de créditos a la vivienda | Mensual |
| | | H-0492 | Seguimiento de créditos a la vivienda | Mensual |
| | | H-0493 | Baja de créditos a la vivienda | Mensual |
Serie R06 Bienes adjudicados | Periodicidad |
| | | A-0611 | Bienes adjudicados | Mensual |
Serie R07 Impuestos a la utilidad y PTU diferidos | Periodicidad |
| | | A-0711 | Impuestos a la utilidad y PTU diferidos | Mensual |
Serie R08 Captación | Periodicidad |
| | | A-0811 | Captación tradicional y préstamos interbancarios y de otros organismos | Mensual |
| | | A-0815 | Préstamos interbancarios y de otros organismos, estratificados por plazos al vencimiento2 | Mensual |
| | | A-0816 | Depósitos de exigibilidad inmediata y préstamos interbancarios y de otros organismos, estratificados por montos2 | Mensual |
| | | A-0819 | Captación integral estratificada por montos2 | Mensual |
Serie R10 Reclasificaciones | Periodicidad |
| | | A-1011 | Reclasificaciones en el balance general | Mensual |
| | | A-1012 | Reclasificaciones en el estado de resultados | Mensual |
Serie R12 Consolidación | Periodicidad |
| | | A-1219 | Consolidación del balance general de la institución de crédito con sus subsidiarias | Mensual |
| | | A-1220 | Consolidación del estado de resultados de la institución de crédito con sus subsidiarias | Mensual |
| | | A-1221 | Balance general de sus subsidiarias | Mensual |
| | | A-1222 | Estado de resultados de sus subsidiarias | Mensual |
| | | A-1223 | Consolidación del balance general de la institución de crédito con sus SOFOM, ER | Mensual |
| | | A-1224 | Consolidación del estado de resultados de la institución de crédito con sus SOFOM, ER | Mensual |
| | | B-1230 | Desagregado de inversiones permanentes en acciones | Mensual |
Serie R13 Estados financieros | Periodicidad |
| | | A-1311 | Estado de variaciones en el capital contable | Trimestral |
| | | A-1316 | Estado de flujos de efectivo | Trimestral |
| | | B-1321 | Balance general | Mensual |
| | | B-1322 | Estado de resultados | Mensual |
Serie R14 Información cualitativa | Periodicidad |
| | | A-1411 | Integración accionaria1 | Trimestral |
| | | A-1412 | Funcionarios, empleados, jubilados, personal por honorarios y sucursales2 | Trimestral |
Serie R15 Operaciones por servicio | Periodicidad |
| | | B-1522 | Usuarios no clientes de los medios electrónicos de la institución | Trimestral |
| | | B-1523 | Operaciones de clientes por servicios de banca electrónica | Trimestral |
| | | B-1524 | Clientes por servicio de banca electrónica | Trimestral |
Serie R16 Riesgos | Periodicidad |
| | | A-1611 | Brechas de repreciación2 | Mensual |
| | | A-1612 | Brechas de vencimiento2 | Mensual |
| | | B-1621 | Portafolio global de juicios2 | Trimestral |
Serie R24 Información operativa | Periodicidad |
| | | B-2421 | Información de operaciones referentes a productos de captación | Mensual |
| | | B-2422 | Información de operaciones referentes a sucursales, tarjetas de crédito y otras variables operativas | Mensual |
| | | B-2423 | Titulares garantizados por el IPAB1 | Mensual |
| | | C-2431 | Información de operaciones con partes relacionadas1 | Mensual |
| | | D-2441 | Información general sobre el uso de servicios financieros | Mensual |
| | | D-2442 | Información de frecuencia de uso de servicios financieros | Mensual |
| | | D-2443 | Información de ubicación de los puntos de transacciones de servicios financieros | Trimestral |
| | | E-2450 | Número de clientes de cada producto o servicio por tipo de persona | Trimestral |
| | | E-2451 | Número de operaciones de cada producto o servicio por tipo de moneda | Trimestral |
| | | E-2452 | Número de operaciones de cada producto o servicio por zona geográfica | Trimestral |
Serie R26 Información por comisionistas | Periodicidad |
| | | A-2610 | Altas y bajas de administradores de comisionistas | Mensual |
| | | A-2611 | Desagregado de altas y bajas de comisionistas | Mensual |
| | | B-2612 | Desagregado de altas y bajas de módulos o establecimientos de comisionistas | Mensual |
| | | C-2613 | Desagregado de seguimiento de operaciones de comisionistas | Mensual |
Serie R27 Reclamaciones | Periodicidad |
| | | A-2701 | Reclamaciones | Trimestral |
Serie R28 Información de riesgo operacional | Periodicidad |
| | | A-2811 | Eventos de pérdida por riesgo operacional | Trimestral |
| | | A-2812 | Estimación de niveles de riesgo operacional | Anual |
| | | A-2813 | Actualización de eventos de pérdida por riesgo operacional | Trimestral |
| | | A-2814 | Asignación método estándar riesgo operacional y estándar alternativo | Mensual |
Serie R29 Aseguramientos, transferencias y desbloqueos de cuentas | Periodicidad |
| | | A-2911 | Aseguramientos, transferencias y desbloqueos de cuentas | Mensual |
Serie R32 Conciliaciones | Periodicidad |
| | | A-3211 | Conciliación contable fiscal | Trimestral |
Serie R34 Razón de Apalancamiento | Periodicidad |
| | | A-3401 | Cálculo de la razón de apalancamiento | Mensual |
1 Aplica únicamente a la Banca Múltiple.
2 Aplica únicamente a la Banca de Desarrollo.
SERIE R34 RAZN DE APALANCAMIENTO
Esta serie se integra por un (1) reporte, cuya frecuencia de elaboración y presentación debe ser a más tardar el último día hábil del mes inmediato siguiente al del mes cuyas cifras se utilicen para el cálculo de la Razón de Apalancamiento, mediante su transmisión vía electrónica.
REPORTE
A-3401 | Cálculo de la razón de apalancamiento En este reporte las Instituciones deberán revelar la integración de las principales fuentes de apalancamiento, conforme a lo establecido en la Tabla I.1 del Anexo 1-O Bis de las presentes disposiciones. |
FORMATO DE CAPTURA
Las Instituciones llevarán a cabo el envío de la información relacionada con el reporte A-3401 Cálculo de la razón de apalancamiento descrito anteriormente, mediante la utilización del siguiente formato de captura:
INFORMACIN SOLICITADA |
SECCIN IDENTIFICADOR DEL REPORTE | PERIODO |
CLAVE DE LA INSTITUCIN |
REPORTE |
SECCIN VARIABLES DE APALANCAMIENTO | CONCEPTO |
DATO |
Las Instituciones reportarán la información que se indica en la presente serie ajustándose a las características y especificaciones que para efectos de llenado y envío de información se presentan en el Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI) o en el que en su caso dé a conocer la Comisión. La información deberá cumplir las validaciones del SITI, así como los estándares de calidad definidos por la Comisión, además de presentar consistencia entre la información contenida en los diversos reportes de conformidad con lo establecido en los Anexos correspondientes, enviarse una sola vez y se recibirá asumiendo que reúne todas las características requeridas, en virtud de lo cual no podrá ser modificada, generando el SITI un acuse de recibo electrónico.
Instituciones de crédito
Serie R34 Razón de apalancamiento
Reporte A-3401 Cálculo de la razón de apalancamiento
Incluye cifras en moneda nacional, moneda extranjera, VSM y UDIS valorizadas en pesos
Cifras en pesos y porcentaje
1 Partidas dentro del balance, (excluidos instrumentos financieros derivados y operaciones de reporto y préstamo de valores -SFT por sus siglas en inglés- pero incluidos los colaterales recibidos en garantía y registrados en el balance. | Â |
2 (Importes de los activos deducidos para determina el Capital básico | Â |
3 Exposiciones dentro del balance (Netas) (excluidos instrumentos financieros derivados y SFT, suma de los conceptos 1+2) | |
Exposiciones a instrumentos financieros derivados | Â |
4 Costo actual del reemplazo asociado a todas las operaciones con instrumentos financieros derivados (neto del margen de variación en efectivo admisible) | Â |
5 Importes de los factores adicionales por exposición potencial futura, asociados a todas las operaciones con instrumentos financieros derivados | Â |
6 Incremento por colaterales aportados en operaciones con instrumentos financieros derivados cuando dichos colaterales sean dados de baja del balance conforme al marco contable operativo | Â |
7 (Deducciones a las cuentas por cobrar por margen de variación en efectivo aportados en operaciones con instrumentos financieros derivados) | Â |
8 (Exposición por operaciones en instrumentos financieros derivados por cuenta de clientes, en las que el socio liquidador no otorga su garantía en caso del incumplimiento de las obligaciones de la Contraparte Central) | Â |
9 Importe nocional efectivo ajustado de los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos | Â |
10 (Compensaciones realizadas al nocional efectivo ajustado de los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos y deducciones de los factores adicionales por los instrumentos financieros derivados de crédito suscritos) | Â |
11 Exposiciones totales a instrumentos financieros derivados (suma de las líneas 4 a 10) | |
Exposiciones totales por operaciones de financiamiento con valores | Â |
12 Activos SFT brutos (sin reconocimiento de compensación), después de ajustes por transacciones contables por ventas | Â |
13 (Cuentas por pagar y por cobrar de SFT compensadas) | Â |
14 Exposición Riesgo de contraparte por SFT | Â |
15 Exposiciones por SFT actuando por cuenta de terceros | Â |
16 Exposiciones totales por operaciones de financiamiento con valores (suma de las líneas 12 a 15) | |
Otras exposiciones fuera de balance | Â |
17 Exposición fuera de balance (importe nocional bruto) | Â |
18 (Ajustes por conversión a equivalentes crediticios) | Â |
19 Partidas fuera de balance (suma de las líneas 17 y 18) | |
Capital y exposiciones totales | Â |
20 Capital Básico calculado conforme al artículo 2 Bis 6 de las presentes disposiciones | Â |
21 Exposiciones totales (suma de las líneas 3, 11, 16 y19) | |
Razón de apalancamiento | Â |
22 Razón de apalancamiento | |
______________________________
1 La tabla I.1 corresponde al formato internacional de revelación contenido en el documento âMarco de la razón de apalancamiento y sus requisitos de divulgaciónâ publicado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en enero de 2014.
2 La referencia numérica coincide con la referencia del formato internacional de revelación sobre la razón de apalancamiento de conformidad con el formato internacional de revelación contenido en el documento âMarco de la razón de apalancamiento y sus requisitos de divulgaciónâ publicado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en enero de 2014.
3 La referencia numérica coincide con la referencia del formato internacional de revelación sobre la razón de apalancamiento de conformidad con el formato internacional de revelación contenido en el documento âMarco de la razón
de apalancamiento y sus requisitos de divulgaciónâ publicado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en enero de 2014.
4 En los cuales el valor de la operación es el de la valuación a mercado de las operaciones y generalmente están sujetas a acuerdosde márgenes.