ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2022

ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2022.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EMITE EL PROGRAMA ANUAL DE USO Y APROVECHAMIENTO DE BANDAS DE FRECUENCIAS 2022.
Antecedentes
Primero.- El 11 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, mediante el cual se creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto) como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Segundo.- El 14 de julio de 2014 se publicó en el DOF el DECRETO por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, entrando en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley) el 13 de agosto de 2014.
Tercero.- El 4 de septiembre de 2014 se publicó en el DOF el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Estatuto Orgánico), el cual entró en vigor el 26 de septiembre de 2014.
Cuarto.- El 7 de octubre de 2020, en su XIX Sesión Ordinaria, el Pleno del Instituto aprobó el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2021 (Programa 2021), el cual fue publicado en el DOF el 21 de octubre de 2020(1), mismo que fue modificado por el Pleno del Instituto en su I Sesión Ordinaria celebrada el 20 de enero de 2021, publicándose la modificación en el DOF el 4 de febrero de 2021(2).
Quinto.- Con fecha 15 de junio de 2021 la Unidad de Competencia Económica del Instituto (UCE) remitió a la Unidad de Espectro Radioeléctrico (UER) el oficio IFT/226/UCE/DG-CCON/121/2021, mediante el cual solicita se valore la inclusión en el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2022 (Programa 2022) de frecuencias adicionales para uso comercial, en la banda de Frecuencia Modulada para 57 localidades y para instalar y operar canales de TDT en 84 localidades respecto de las cuales se tienen indicios de altos niveles de concentración.
Sexto.- Con fecha 11 de agosto de 2021 la Unidad de Concesiones y Servicios del Instituto (UCS) remitió a la UER el oficio IFT/222/UER/DG-RERO/069/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, mediante el cual informa las concesiones cuya vigencia se prevé concluya durante el año 2021 y que presentan una problemática para su prórroga, con el objeto de que se analice su posible inclusión en el Programa 2022.
En virtud de los antecedentes señalados y,
Considerando
Primero.- Competencia del Instituto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6o., párrafo tercero y apartado B, fracciones II y III, 7o., 27, párrafos cuarto y sexto y 28, párrafos décimo primero, décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo y décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) y 7, 15, fracción VI, 54, 55, fracción I, y 56 de la Ley, el Instituto es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, además de ser la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones.
Para tal efecto, tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, así como del acceso a la infraestructura activa y pasiva y otros insumos esenciales.
En ese sentido, el Pleno del Instituto, como órgano máximo de gobierno del Instituto, es competente para emitir el presente Acuerdo, con fundamento en los artículos 16, 17, fracción I, 59 y 60 de la Ley y 4, fracción I y 6, fracciones I y XXV del Estatuto Orgánico.
Segundo.- Marco normativo del Programa 2022. El artículo 6o. de la Constitución prevé el derecho humano de acceso a la información, así como el de acceso a los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, respecto de los cuales se establece la obligación para el Estado de garantizar que sean prestados en condiciones de competencia y calidad, al indicar lo siguiente:
"Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
(...)
B. En materia de radiodifusión y telecomunicaciones:
(...)
II. Las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.
III. La radiodifusión es un servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional, contribuyendo a los fines establecidos en el artículo 3o. de esta Constitución.
(...)"
Por su parte, el artículo 27 de la Constitución establece, en lo conducente, que corresponde a la Nación el dominio directo del espacio situado sobre el territorio nacional y, dado que las ondas electromagnéticas del espectro radioeléctrico se propagan en dicho espacio, la explotación, el uso y el aprovechamiento por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, deberá realizarse mediante concesiones, que en el caso de radiodifusión y telecomunicaciones serán otorgadas por el Instituto, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.
En este contexto, el artículo 28, párrafos décimo primero y décimo octavo de la Constitución dispone lo siguiente:
"Artículo 28.
(...)
El Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público.
(...)
Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia, previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones para uso público y social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas. En la revocación de las
concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio.
(...)"
De lo anterior se desprende que el Estado podrá, sujetándose a las leyes, concesionar mediante asignación directa o licitación pública la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, como lo es en la especie el espectro radioeléctrico.
Al respecto, la fracción I del artículo 55 de la Ley establece lo siguiente:
"Artículo 55. Las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico se clasificarán de acuerdo con lo siguiente:
I. Espectro determinado: Son aquellas bandas de frecuencia que pueden ser utilizadas para los servicios atribuidos en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias; a través de concesiones para uso comercial, social, privado y público, definidas en el artículo 67;
(...)"
En esta tesitura, en caso de que un interesado pretenda usar, aprovechar y/o explotar bandas de frecuencias de espectro determinado deberá obtener una concesión para tal propósito, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Ley, mismo que contempla los usos siguientes:
"Artículo 76. De acuerdo con sus fines, las concesiones a que se refiere este capítulo serán:
I.   Para uso comercial: Confiere el derecho a personas físicas o morales para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado y para la ocupación y explotación de recursos orbitales, con fines de lucro;
II.  Para uso público: Confiere el derecho a los Poderes de la Unión, de los Estados, los órganos de Gobierno del Distrito Federal, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las instituciones de educación superior de carácter público para proveer servicios de telecomunicaciones y radiodifusión para el cumplimiento de sus fines y atribuciones.
     Bajo este tipo de concesiones se incluyen a los concesionarios o permisionarios de servicios públicos, distintos a los de telecomunicaciones o de radiodifusión, cuando éstas sean necesarias para la operación y seguridad del servicio de que se trate.
     En este tipo de concesiones no se podrán usar, aprovechar o explotar con fines de lucro, bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado o para la ocupación o explotación de recursos orbitales, de lo contrario deberán obtener una concesión para uso comercial;
III. Para uso privado: Confiere el derecho para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado o para la ocupación y explotación de recursos orbitales, con propósitos de:
a)    Comunicación privada, o
b)    Experimentación, comprobación de viabilidad técnica y económica de tecnologías en desarrollo, pruebas temporales de equipo o radioaficionados, así como para satisfacer necesidades de comunicación para embajadas o misiones diplomáticas que visiten el país.
     En este tipo de concesiones no se confiere el derecho de usar, aprovechar y explotar comercialmente bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado ni de ocupar y explotar recursos orbitales, y
IV. Para uso social: Confiere el derecho de usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado o recursos orbitales para prestar servicios de telecomunicaciones o radiodifusión con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, sin fines de lucro. Quedan comprendidos en esta categoría los medios comunitarios e indígenas referidos en el artículo 67, fracción IV, así como las instituciones de educación superior de carácter privado."
Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley, el Instituto debe expedir, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, un programa de bandas de frecuencias con las frecuencias o bandas de frecuencias de espectro determinado que podrán asignarse directamente o que serán objeto de licitación, el cual contendrá, al menos, los servicios que pueden prestarse a través de dichas frecuencias o bandas de frecuencias, su categoría, modalidades de uso y coberturas geográficas, ello con apego a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley, el cual prevé lo siguiente:
"Artículo 60. El programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias deberá atender los siguientes criterios:
I.   Valorar las solicitudes de bandas de frecuencia, categoría, modalidades de uso y coberturas geográficas que le hayan sido presentadas por los interesados;
II.  Propiciar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, el beneficio del público usuario, el desarrollo de la competencia y la diversidad e introducción de nuevos servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, y
III. Promover la convergencia de redes y servicios para lograr la eficiencia en el uso de infraestructura y la innovación en el desarrollo de aplicaciones."
Tercero.- Criterios para la integración del Programa 2022. Para el Programa 2022 el Instituto atiende los criterios establecidos en el artículo 60 de la Ley en los términos siguientes:
I.     Valoración de las solicitudes de bandas de frecuencias, categoría, modalidades de uso y coberturas geográficas presentadas por los interesados.
       Para este efecto, se consideraron las solicitudes de inclusión recibidas a partir del 4 de diciembre de 2020(3) y hasta el 15 de junio de 2021(4), mismas que se resumen en las tablas siguientes:
Servicio Público de Radiodifusión
Servicio
Modalidad de uso
Solicitudes de inclusión en
el Programa 2022
Total
Radiodifusión Sonora en Amplitud
modulada (AM)
Público
3
10
Social
7
Radiodifusión Sonora en Frecuencia
modulada (FM)
Comercial
42
195
Público
26
Social
127
Televisión Digital Terrestre (TDT)
Comercial
9
80
Público
48
Social
23
TOTAL
285
 
 
Servicio Público de Telecomunicaciones
Servicio
Modalidad de uso
Solicitudes de inclusión en
el Programa 2022
Total
Acceso inalámbrico fijo
Comercial
7
7
TOTAL
7
       Al respecto, cabe señalar que dichas solicitudes de frecuencias y bandas de frecuencias fueron valoradas únicamente para efecto de determinar las frecuencias y bandas de frecuencias a incluirse en el Programa 2022, por lo que no implican por mismas una solicitud de concesión ni el derecho al otorgamiento de un título de concesión. Para la obtención de un título de concesión deberán observarse los requisitos que exige la normatividad aplicable y, en su caso, los plazos establecidos en el Anexo Uno. Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencia 2022 del presente Acuerdo (Anexo Uno).
       La valoración de las solicitudes de inclusión de mérito se encuentra en el Anexo Dos. Valoración de solicitudes de inclusión presentadas por los interesados para el Programa Anual de Uso y
Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2022 (Anexo Dos) del presente Acuerdo, el cual forma parte integral del mismo.
II.     Propiciar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, el beneficio del público usuario, el desarrollo de la competencia y la diversidad e introducción de nuevos servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
Con la finalidad de impulsar el acceso a recursos informativos de diversa índole y de promover el desarrollo social, económico y cultural del público en general, los países requieren de una infraestructura que propicie la conectividad y el acceso a diferentes servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, para lo cual es relevante facilitar el acceso al espectro radioeléctrico, al tratarse de un insumo escaso que debe ser utilizado de la forma más efectiva y eficiente posible.
El incremento progresivo en la demanda de conectividad y acceso a servicios de telecomunicaciones y radiodifusión requiere el desarrollo de nuevas tecnologías que hacen uso del espectro radioeléctrico, por lo cual, es indispensable contar con los recursos espectrales suficientes que permitan satisfacer la demanda, mediante la ejecución de acciones y procedimientos que deriven en una adecuada gestión y administración de dicho recurso.
En tal sentido, con la publicación y el posible concesionamiento de frecuencias y bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico se pretende que los interesados tengan la posibilidad de realizar inversiones y acciones necesarias para el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión, de tal manera que se ofrezcan servicios a la sociedad en condiciones que aseguren el uso apropiado del recurso espectral.
El Programa 2022 pretende contribuir a la creación de mayor infraestructura para ampliar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de interés público de telecomunicaciones y de radiodifusión. Asimismo, a través de la inclusión de frecuencias y bandas de frecuencias en el Programa 2022, se busca propiciar que la eficiencia en el uso y explotación del espectro radioeléctrico se oriente a otorgar el máximo beneficio a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, al menor costo posible para ellos, atendiendo necesidades de demanda, cobertura y calidad.
Por otro lado, se pretende que los recursos espectrales que se hagan disponibles con la ejecución del Programa 2022 contribuya a la competencia, a la libre concurrencia y a la eliminación de barreras a la entrada de nuevos competidores en el mercado, al dar acceso a un insumo esencial en los sectores de telecomunicaciones y de radiodifusión, así como a promover la diversidad y pluralidad de la información radiodifundida, de modo que actores sociales y públicos puedan también divulgar contenidos radiofónicos o audiovisuales de carácter educativo, científico, cultural, comunitario o relacionado con los pueblos indígenas, diversificando las voces que se radiodifunden y abriendo la puerta a nuevas redes de telecomunicaciones que, sin fines de lucro, conecten o comuniquen a universidades, comunidades remotas y pueblos indígenas, contribuyendo a su desarrollo y su acceso a la sociedad de la información.
Así, la previsión de frecuencias y bandas de frecuencias en el Programa 2022 permite al Estado propiciar que la sociedad tenga la posibilidad de contar con mayor disponibilidad espectral. Dicho de otro modo, el Estado debe velar por un adecuado uso de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, a través de disposiciones o, como en el caso que nos ocupa, instrumentos programáticos que garanticen su uso, aprovechamiento y/o explotación de manera racional, equitativa, eficaz y eficiente.
Ésta y otras medidas que buscan la suficiencia de espectro radioeléctrico son fundamentales para el despliegue de redes inalámbricas y de sistemas de radiodifusión capaces de proveer tanto servicios tradicionales, como de nueva generación, de tal forma que dichos servicios se encuentren al alcance de la mayor parte de la población en un ambiente de competencia y calidad.
III.    Promoción de la convergencia de redes y servicios para lograr la eficiencia en el uso de infraestructura e innovación en el desarrollo de aplicaciones.
El Programa 2022 busca hacer del conocimiento público la disponibilidad de bandas de frecuencias y canales en porciones del espectro idóneas para la prestación de servicios a la sociedad, como es el caso de las comunicaciones móviles en zonas rurales y radiodifusión, entre otros.
En todos los casos, las bandas de frecuencias deberán ser empleadas para los servicios de radiocomunicaciones a los que se encuentran atribuidas en el Cuadro Nacional de Atribución de
Frecuencias (CNAF)(5) así como en apego a la normatividad aplicable, permitiendo la prestación de servicios en convergencia plena, siempre que la compatibilidad electromagnética lo permita y en atención a la viabilidad tecnológica asociada a cada una de éstas.
La convergencia de las redes y sistemas empleados en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión ha acelerado la demanda de acceso a información y contenidos. Una infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión desarrollada y convergente que soporte a las tecnologías de la información y las comunicaciones, adaptadas a las condiciones regionales, nacionales y locales, promoverá el progreso económico y social del país, así como el bienestar de sus habitantes.
La disponibilidad de espectro radioeléctrico incidirá directa y favorablemente en el despliegue de infraestructura que permita el uso, aprovechamiento y explotación de tal recurso de manera eficiente. En este sentido, los concesionarios podrán hacer uso de las tecnologías que permitan la provisión de servicios con la calidad adecuada.
Asimismo, a través de las concesiones asociadas a la prestación de servicios de radiodifusión, en su caso, será posible prestar servicios de radiodifusión digital y acceder, de conformidad con lo dispuesto por la Ley, a la multiprogramación, para hacer un uso más eficiente de los canales de transmisión, al tiempo de estar en posibilidad de proveer mayor diversidad programática a los usuarios finales.
Una vez abordados los criterios señalados en el artículo 60 de la Ley, es indudable que el Instituto da cabal cumplimiento a los supuestos previstos por el legislador para la emisión de los programas anuales de bandas, a través de su identificación, descripción y atención en el presente Acuerdo y sus anexos.
Cuarto.- Justificación de las bandas de frecuencias incluidas en el Programa 2022.
La emisión del Programa 2022 se ajusta estrictamente a la estrategia de planificación del espectro radioeléctrico del Instituto, con base en la regulación nacional e internacional, el contexto actual de las bandas de frecuencias en nuestro país, el estado de estandarización y las tecnologías disponibles con base en su nivel de adopción a nivel internacional.
Las bandas de frecuencias contempladas para el Programa 2022 son las siguientes:
Respecto del servicio público de radiodifusión:
Servicio
Banda de frecuencias
Modalidad de uso
Radiodifusión
Sonora en AM
535 - 1705 kHz
Comercial y social
Radiodifusión
Sonora en FM
88 - 108 MHz
Comercial, Público y Social
TDT
54 - 72 MHz (VHF)
76 - 88 MHz (VHF)
174 - 216 MHz (VHF)
470 - 608 MHz (UHF)
Comercial, Público y Social
Y, por cuanto al servicio público de telecomunicaciones:
Servicio
Banda de frecuencias
Modalidad de uso
Radio troncalizado
415 - 420 / 425 - 430 MHz
Público
Radio troncalizado
806 - 814 / 851 - 859 MHz*
Público
Comunicación móvil
824 - 849 / 869 - 894 MHz
Social
* La operación de esta banda estará sujeta a lo establecido en el PROTOCOLO ENTRE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL DEPARTAMENTO DE ESTADO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA RELATIVO A LA ADJUDICACIÓN, ASIGNACIÓN Y USO DE RADIOFRECUENCIAS EN LAS BANDAS DE 806-824/851-869 MHz Y 896-901/935-940 MHz PARA SERVICIOS TERRENALES DE RADIOCOMUNICACIÓN, EXCEPTO RADIODIFUSIÓN A LO LARGO DE LA FRONTERA COMÚN(6).
1.     Radiodifusión
 
Del análisis y valoración que realizó la UER a cada una de las solicitudes de inclusión o manifestaciones de interés recibidas, de acuerdo con su categoría, modalidades de uso y coberturas geográficas se advierten diversos supuestos, entre los cuales se destaca: que algunas de ellas se referían a localidades ya incluidas en programas anteriores para la misma modalidad de uso; en otros casos se determinó que requerían acciones adicionales como la coordinación de frecuencias o que al momento de su análisis no se habían aportado elementos suficientes para su valoración, por lo que se valorarán en la modificación del Programa 2022, y en otros casos se determinó que era procedente su inclusión, lo cual se ve reflejado en los Anexos Uno y Dos del presente Acuerdo.
En este contexto, en el Anexo Dos de este documento se detallan las valoraciones para cada una de las manifestaciones de interés para incluir frecuencias o coberturas al Programa 2022.
Por su parte, las frecuencias y canales incluidos en el Programa 2022 para los servicios públicos de radiodifusión sonora en las bandas de AM y FM, así como de TDT, se describen en el Anexo Uno del presente Acuerdo con el señalamiento de las localidades respectivas y algunas características técnicas. La frecuencia o el canal específico se determinará en el proceso de asignación directa o licitación pública correspondiente. Sobre éstos, en los numerales siguientes se brinda una explicación general.
Ahora bien, para el análisis de la posible inclusión de frecuencias y canales en el Programa 2022, así como derivados del mismo, se actualizan diversos supuestos que se detallan en los incisos siguientes:
a) En términos de lo establecido en el Antecedente Quinto de este Acuerdo, la UER analizó la disponibilidad espectral a solicitud de la UCE en la banda de FM para 57 localidades y para instalar y operar canales de TDT en 84 localidades, para uso comercial, en virtud de que en dichas localidades existen indicios de altos niveles de concentración, en términos del número de estaciones o niveles de audiencia. De dicho análisis se obtuvieron las valoraciones listadas en las tablas siguientes:
FM
No.
Localidad
Estado
Valoración
1
Aguascalientes
Aguascalientes
Sin suficiencia espectral
2
Ensenada
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2020
3
San Felipe
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2020
4
Cabo San Lucas
Baja California Sur
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con la localidad de San José del Cabo
5
Cabo San Lucas y
San José del Cabo
(Los Cabos)
Baja California Sur
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
6
La Paz
Baja California Sur
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio
7
San José del Cabo
Baja California Sur
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con la localidad de Cabo San Lucas
 
8
Santa Rosalía
Baja California Sur
Localidad prevista en el Programa 2019
9
Ciudad del Carmen
Campeche
Localidad prevista en el Programa 2018
10
San Francisco de
Campeche
Campeche
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio
11
Acacoyagua
Chiapas
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
12
Arriaga
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2018
13
Cintalapa de Figueroa
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Jiquipilas
14
Comitán de
Domínguez
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio y en el Programa 2018
15
Tapachula
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2018
16
Tonalá
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2018 y en el Programa 2020
17
Monclova
Coahuila de Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de San Buenaventura
18
San Buenaventura
Coahuila de Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de Monclova
19
Torreón
Coahuila de Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de Gómez Palacio, Durango y en el Programa 2019 junto con las localidades de Gómez Palacio y Lerdo, Durango
20
Ciudad Villa de
Álvarez
Colima
Sin suficiencia espectral
21
Colima
Colima
Sin suficiencia espectral
22
Manzanillo
Colima
Localidad prevista en el Programa 2018
23
Trapichillos
Colima
Sin suficiencia espectral
24
León de los Aldama
Guanajuato
Sin suficiencia espectral
25
San Miguel de Allende
Guanajuato
Sin suficiencia espectral
26
Acapulco
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio
27
Chilpancingo
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio y en el Programa 2018
28
Ixtapa Zihuatanejo
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2018 y en el Programa 2020
29
Petacalco
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ciudad Lázaro Cárdenas y las Guacamayas, Michoacán
30
Puerto Vallarta
Jalisco
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ixtapa y Las Juntas, y Vallejo y Bucerías, Nayarit y en el Programa 2019
31
Ciudad Lázaro
Cárdenas
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio y en el Programa 2018 junto con las localidades de Las Guacamayas y Petacalco, Guerrero
32
Las Guacamayas
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ciudad Lázaro Cárdenas y Petacalco, Guerrero
33
Morelia
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
34
Heroica Ciudad de
Juchitán de Zaragoza
Oaxaca
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
35
Puerto Escondido
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019
36
San Juan Bautista
Tuxtepec
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2018
 
37
Unión Hidalgo
Oaxaca
Sin suficiencia espectral
38
Chetumal
Quintana Roo
Localidad prevista en el Programa 2016 en términos de su Artículo Quinto Transitorio
39
Tulum
Quintana Roo
Localidad prevista en el Programa 2018
40
Ciudad Fernández
San Luis Potosí
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con la localidad de Rioverde
41
Ciudad Valles
San Luis Potosí
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
42
Matehuala
San Luis Potosí
Localidad prevista en el Programa 2016 y en el Programa 2017
43
Rioverde
San Luis Potosí
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con la localidad de Ciudad Fernández
44
San Luis Potosí
San Luis Potosí
Localidad prevista en el Programa 2017 junto con la localidad de Granjas de la Florida
45
Culiacán Rosales
Sinaloa
Localidad prevista en el Programa 2017 y en el Programa 2018
46
Mazatlán
Sinaloa
Localidad prevista en el Programa 2018 y en el Programa 2019
47
Agua Prieta
Sonora
Sin suficiencia espectral
48
Ciudad Obregón
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2016 y en el Programa 2018
49
Hermosillo
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2018
50
Heroica Caborca
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2017 y en el Programa 2018
51
Magdalena de Kino
Sonora
Sin suficiencia espectral
52
Ciudad Victoria
Tamaulipas
Localidad prevista en el Programa 2016
53
Catemaco
Veracruz
Sin suficiencia espectral
54
Mérida
Yucatán
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Kanasín y Caucel y en el Programa 2019
55
Valladolid
Yucatán
Localidad prevista en el Programa 2017 y en el Programa 2020
56
Fresnillo
Zacatecas
Localidad prevista en el Programa 2016 y en éste mismo en términos de su Artículo Quinto Transitorio
57
Zacatecas
Zacatecas
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Guadalupe y en el Programa 2020
 
TDT
No.
Localidad
Estado
Valoración
1
Aguascalientes
Aguascalientes
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Calvillo, y Jalpa, Nochistlán de Mejía y Tlaltenango de Sánchez Román, Zacatecas
2
Calvillo
Aguascalientes
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Aguascalientes, y Jalpa, Nochistlán de Mejía y Tlaltenango de Sánchez Román, Zacatecas
3
Ensenada
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2018
4
Isla de Cedros
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Bahía Tortugas y Bahía Asunción, Baja California Sur
5
Mexicali
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de San Luis Río Colorado, Sonora
6
Tijuana
Baja California
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de Tecate
7
Bahía Asunción
Baja California
Sur
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Bahía Tortugas e Isla de Cedros, Baja California
8
Bahía Tortugas
Baja California
Sur
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Bahía Asunción e Isla de Cedros, Baja California
 
9
San José del Cabo
Baja California
Sur
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de Cabo San Lucas
10
Ciudad del Carmen
Campeche
Localidad prevista en el Programa 2021
11
Arriaga
Chiapas
Localidad prevista en el Programa 2018
12
Tapachula
Chiapas
En proceso de coordinación
13
Tonalá
Chiapas
En proceso de coordinación
14
Chihuahua
Chihuahua
Localidad prevista en el Programa 2018
15
Juárez
Chihuahua
Localidad prevista en el Programa 2020
16
Delicias
Chihuahua
Localidad prevista en el Programa 2021 junto con las localidades de Santa Rosalía de Camargo y José Mariano Jiménez
17
Ciudad Acuña
Coahuila de
Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018
18
Piedras Negras
Coahuila de
Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018
19
Saltillo
Coahuila de
Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2021
20
Torreón
Coahuila de
Zaragoza
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Gómez Palacios, Cuencamé de Ceniceros, Lerdo y Nazas, Durango
21
Ciudad Armería
Colima
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Colima, Manzanillo y Tecomán
22
Colima
Colima
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Ciudad Armería, Manzanillo y Tecomán
23
Isla Socorro
Colima
Localidad prevista en el Programa 2019
24
Manzanillo
Colima
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Ciudad Armería, Colima y Tecomán
25
Tecomán
Colima
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Ciudad Armería, Manzanillo y Colima
26
Celaya
Guanajuato
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de San Juan del Río y Santiago de Querétaro, Querétaro
27
León de los Aldama
Guanajuato
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Irapuato, Guanajuato y Salamanca
28
Acapulco
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2019
29
Taxco de Alarcón
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Iguala de la Independencia
30
Zihuatanejo
Guerrero
Localidad prevista en el Programa 2019 como Ixtapa Zihuatanejo
31
Pachuca de Soto
Hidalgo
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ixmiquilpan, y Tula de Allende y, Tamazunchale, San Luis Potosí
32
Guadalajara
Jalisco
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ocotlán y Tepatitlán de Morelos
33
Toluca de Lerdo
México
Localidad prevista en el Programa 2018
34
Apatzingán de la
Constitución
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Uruapan y Pátzcuaro
35
Ciudad Hidalgo
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Zitácuaro, y Valle de Bravo, México
36
Heroica Zitácuaro
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Ciudad Hidalgo, y Valle de Bravo, México
37
Jiquilpan de Juárez
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Sahuayo de Morelos y Zamora de Hidalgo
38
Lázaro Cárdenas
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2018
 
39
Morelia
Michoacán
Localidad prevista en el Programa 2018
40
Pátzcuaro
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Uruapan y Apatzingán de la Constitución
41
Sahuayo de Morelos
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Jiquilpan de Juárez y Zamora de Hidalgo
42
Uruapan
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Apatzingán de la Constitución y Pátzcuaro
43
Zamora de Hidalgo
Michoacán
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con las localidades de Jiquilpan de Juárez y Sahuayo de Morelos
44
Cuernavaca
Morelos
Localidad prevista en el Programa 2019
45
Islas Marías
Nayarit
Localidad prevista en el Programa 2019
46
Las Peñitas
Nayarit
Localidad prevista en el Programa 2019
47
Tepic
Nayarit
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Santiago Ixcuintla
48
Heroica Ciudad de
Juchitán de Zaragoza
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Matías Romero Avendaño, Salina Cruz y Santo Domingo Tehuantepec
49
Oaxaca
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2018
50
Puerto Escondido
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019
51
Salina Cruz
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Matías Romero Avendaño, Heroica Cuidad de Juchitán de Zaragoza y Santo Domingo Tehuantepec
52
Santiago Pinotepa
Nacional
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Ometepec, Guerrero
53
Santo Domingo
Tehuantepec
Oaxaca
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Matías Romero Avendaño, Heroica Cuidad de Juchitán de Zaragoza y Salina Cruz
54
Heroica Puebla de
Zaragoza
Puebla
Localidad prevista en el Programa 2019
55
Tehuacán
Puebla
Localidad prevista en el Programa 2018
56
Zacatlán
Puebla
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Tenango de Doria y Tulancingo, Hidalgo
57
Querétaro
Querétaro
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de San Juan del Río, y Celaya, Guanajuato
58
Cancún
Quintana Roo
Localidad prevista en el Programa 2021 junto con la localidad de Cozumel
59
Cozumel
Quintana Roo
Localidad prevista en el Programa 2021 junto con la localidad de Cancún
60
Ciudad Valles
San Luis Potosí
Localidad prevista en el Programa 2018
61
Culiacán Rosales
Sinaloa
Localidad prevista en el Programa 2019
62
Los Mochis
Sinaloa
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Guasave y Guamúchil
63
Mazatlán
Sinaloa
Localidad prevista en el Programa 2018
64
Ciudad Obregón
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Navojoa
65
Hermosillo
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2018
66
Heroica Caborca
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2021
67
Heroica Guaymas
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2019
68
Magdalena de Kino
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2021
69
Navojoa
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Ciudad Obregón
 
70
San Luis Río Colorado
Sonora
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con la localidad de Mexicali, Baja California
71
Frontera
Tabasco
Localidad prevista en el Programa 2021
72
La Venta
Tabasco
Localidad prevista en el Programa 2018 junto con las localidades de Huimanguillo, Cárdenas y Paraíso, y Coatzacoalcos y Minatitlán, Veracruz
73
Ciudad Mante
Tamaulipas
Localidad prevista en el Programa 2019
74
Ciudad Victoria
Tamaulipas
Localidad prevista en el Programa 2019
75
Matamoros
Tamaulipas
Sin disponibilidad espectral
76
Nuevo Laredo
Tamaulipas
Localidad prevista en el Programa 2019
77
Tampico
Tamaulipas
Localidad prevista en el Programa 2019
78
Veracruz
Veracruz
Localidad prevista en el Programa 2018
79
Xalapa-Enríquez
Veracruz
Localidad prevista en el Programa 2018
80
Mérida
Yucatán
Localidad prevista en el Programa 2019
81
Fresnillo
Zacatecas
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Zacatecas
82
Nochistlán de Mejía
Zacatecas
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con las localidades de Jalpa y Tlaltenango de Sánchez Román, y Aguascalientes y Calvillo, Aguascalientes
83
Sombrerete
Zacatecas
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022 junto con la localidad de Río Grande
84
Zacatecas
Zacatecas
Localidad prevista en el Programa 2019 junto con la localidad de Fresnillo
 
b) Por lo que se refiere a las solicitudes de inclusión que fueron valoradas como Requiere coordinación y En proceso de coordinación en programas anteriores, el Instituto inició o continuó, el procedimiento de coordinación con las administraciones de los países correspondientes respecto de las frecuencias y canales objeto de las mismas, por lo que dichas solicitudes fueron analizadas nuevamente para la emisión del Programa 2022, sin que fuera necesario presentar una nueva solicitud de inclusión. Las valoraciones para las localidades que se encuentran dentro de esos supuestos se indican en la tabla siguiente:
AM
No.
Localidad
Estado
Modalidad
de uso
Valoración
1
Canatlán
Durango
Comercial
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
2
Agua Blanca Iturbide
Hidalgo
Social
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
3
Guadalajara
Jalisco
Social
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
4
Ciudad Serdán
Puebla
Social
En proceso de coordinación
5
Heroica Puebla de
Zaragoza
Puebla
Comercial
En proceso de coordinación
6
Heroica Puebla de
Zaragoza
Puebla
Social
En proceso de coordinación
7
Imuris
Sonora
Comercial
Desistimiento
8
Imuris
Sonora
Social
En proceso de coordinación
9
Huayacocotla
Veracruz
Social
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
10
Viborillas
Veracruz
Comercial
En proceso de coordinación
11
Viborillas
Veracruz
Social
En proceso de coordinación
 
FM
No.
Localidad
Estado
Modalidad de uso
Valoración
1
Paso Hondo
Tamaulipas
Social
En proceso de coordinación
 
TDT
No.
Localidad
Estado
Modalidad de uso
Valoración
1
Tijuana
Baja
California
Social
Sin disponibilidad espectral
2
Bécal
Campeche
Social
En proceso de coordinación
3
Ciudad del Carmen
Campeche
Público
En proceso de coordinación
4
San Francisco de
Campeche
Campeche
Público
En proceso de coordinación
5
Acapetahua
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
6
Cintalapa de
Figueroa
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
7
Motozintla
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
8
Palenque
Chiapas
Público
En proceso de coordinación
9
San Cristóbal de las
Casas
Chiapas
Público
En proceso de coordinación
10
Tapachula
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
11
Tonalá
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
12
Tuxtla Gutiérrez
Chiapas
Comercial
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
13
Venustiano
Carranza
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
14
Villaflores
Chiapas
Comercial
En proceso de coordinación
15
Monclova
Coahuila de
Zaragoza
Público
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
16
Piedras Negras
Coahuila de
Zaragoza
Público
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
17
Chetumal
Quintana Roo
Público
En proceso de coordinación
18
Cárdenas
Tabasco
Público
En proceso de coordinación
19
Huimanguillo
Tabasco
Público
En proceso de coordinación
20
Villahermosa
Tabasco
Público
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
21
Villahermosa
Tabasco
Social
En proceso de coordinación
22
Nuevo Laredo
Tamaulipas
Público
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
23
Paso Hondo
Tamaulipas
Social
Se considera viable su inclusión en el Programa 2022
24
Mérida
Yucatán
Público
En proceso de coordinación
25
Valladolid
Yucatán
Público
En proceso de coordinación
 
c) La disponibilidad espectral para aquellas frecuencias y canales señalados en el presente apartado como En proceso de coordinación será analizada nuevamente para la emisión de la modificación del Programa 2022, en conjunto con las frecuencias y canales objeto de las solicitudes valoradas en el Anexo Dos como En proceso de coordinación y Requiere coordinación, sin que sea necesario presentar una nueva solicitud de inclusión, siendo estas últimas las siguientes:
AM
No.
Localidad
Estado
Modalidad de uso
1
Ciudad Serdán
Puebla
Social
 
FM
No.
Localidad
Estado
Modalidad de uso
1
Huépac
Sonora
Social
2
San Felipe de Jesús
Sonora
Público
3
San Rafael
Sonora
Social
4
Santa Rita
Sonora
Comercial
5
Burgos
Tamaulipas
Social
 
TDT
No.
Localidad
Estado
Modalidad de uso
1
Ciudad del Carmen
Campeche
Público
2
Palenque
Chiapas
Público
3
Tapachula
Chiapas
Comercial
4
Tonalá
Chiapas
Comercial
5
Valladolid y Tizimín
Yucatán
Público
 
Respecto de éstas, toda vez que requieren coordinación internacional para su inclusión, el Instituto iniciará la revisión técnica o el procedimiento de coordinación con las administraciones de los países que correspondan. Es importante mencionar que las solicitudes que se encuentran en alguno de los supuestos mencionados (En proceso de coordinación y Requiere coordinación), serán analizadas en conjunto con las que se presenten para la modificación del Programa 2022, en igualdad de condiciones, por lo que no tendrán derecho de prelación en caso de presentarse concurrencia de solicitudes respecto de modalidades de uso distinto, para el mismo servicio y localidad, o zona de influencia de ésta.
d) En atención a lo establecido en el Antecedente Sexto del presente Acuerdo, derivado de la problemática de algunos concesionarios, respecto a la solicitud de prórroga de sus concesiones, cuya vigencia concluye durante el año 2021, la