CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales mediante equipos de rehabilitación para unidades básicas de rehabilitación de bajo, alto y muy alto grado de marginación, que se ubican en diversos estados de la República Mexicana, que

CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales mediante equipos de rehabilitación para unidades básicas de rehabilitación de bajo, alto y muy alto grado de marginación, que se ubican en diversos estados de la República Mexicana, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES MEDIANTE EQUIPOS DE REHABILITACIÓN PARA UNIDADES BÁSICAS DE REHABILITACIÓN DE BAJO, ALTO Y MUY ALTO GRADO DE MARGINACIÓN, QUE SE UBICAN EN DIVERSOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "DIF NACIONAL", POR CONDUCTO DE LA JEFA DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INCLUSIÓN SOCIAL, LCDA. SALLY JACQUELINE PARDO SEMO, ASISTIDA POR EL DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN E INCLUSIÓN LIC. EFRAÍN CRUZ MORALES, Y POR LA OTRA PARTE, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE VERACRUZ, EN ADELANTE "DIF ESTATAL", POR CONDUCTO DE SU DIRECTORA GENERAL, LA LCDA. REBECA QUINTANAR BARCELÓ, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ"LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, dicho derecho comprende, en términos de lo dispuesto por el artículo 2, fracción V de la ley General de Salud, El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.
II. Que atento a lo señalado por el artículo 3° fracciones XVII y XVIII de la Ley General de Salud, es materia de Salubridad General, la rehabilitación de las personas con discapacidad y que a su vez atento a lo establecido en los artículos 6 fracción III, 24 fracción II de la misma Ley en cita, los servicios de asistencia social son considerados como servicios de salud y forman parte de dicho sistema nacional.
III. Que conforme al artículo 177 de la Ley General de Salud la Secretaría de Salud a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familias conjuntamente con los gobiernos de las entidades federativas, coordinadamente y en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán el establecimiento de centros y servicios de rehabilitación somática, psicológica, social y ocupacional para las personas que cuenten con cualquier tipo de discapacidad, así como acciones que faciliten la disponibilidad y adaptación de prótesis, órtesis y ayudas funcionales.
IV. Que este Sistema Nacional para el Desarrollo integral de las familias, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 172 de la Ley General de Salud, y conforme a los artículos 14, fracción VII y 19 de la Ley de Asistencia Social, cuenta con facultades para establecer mecanismos de supervisión, instrumentación, coordinación para la operación, control y evaluación de los programas de asistencia social que las entidades federativas, el Distrito Federal (ahora Ciudad de México) y los municipios realicen apoyados total o parcialmente con recursos federales, contemplando a su vez facultades para suscribir acuerdos de coordinación, para tales efectos.
V. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, precisa los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país, remarcando los principios de igualdad, no discriminación e inclusión, los cuales sirven de base para programar y presupuestar el gasto público federal que de forma anual se realiza en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Establece el rumbo de las políticas que servirán para transformar la vida pública del país y construir un nuevo pacto social cuyo objetivo último sea el bienestar de todas y todos, logrando ello a través de la reducción de las brechas de pobreza y desigualdad, el restablecimiento de un Estado de Derecho con justicia, el combate a la corrupción y un impulso al desarrollo económico sostenible y a lo largo de todo el territorio.
VI. La Dirección General de Rehabilitación e Inclusión (DGRI) a través del oficio número 262.000.00/0533/2022 de fecha 6 de mayo de 2022, signado por la Lic. Miriam Cisneros Rodríguez, Directora General, solicitó a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP) "proporcionar la suficiencia presupuestal requerida, para el proceso de adquisición correspondiente de diversos bienes para brindar apoyos necesarios para el fortalecimiento de Unidades Básicas de Rehabilitación (UBR) en diversos estados de la República, por un importe de $35'000,000.00 (Treinta y Cinco Millones de Pesos 00/100 M.N.)", recibiendo respuesta mediante oficio número 272.000.00.379.2022, firmado por María del Pilar Barruelas Pérez, Directora de Presupuesto, en ausencia de la Lic. María Irma Vázquez Gómez, Directora General de Programación, Organización y Presupuesto, otorgando la suficiencia presupuestal solicitada, incluyendo IVA, correspondiente a la partida 44101 "Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria".
Por lo anterior, se procedió a enviar oficio número 262.000.00/0556/2022, de fecha 10 de mayo suscrito por la Lic. Miriam Cisneros Rodríguez, dirigido al Lic. Felipe Roberto Bustos Ahuatzin, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, con la finalidad de que se iniciara el proceso de adquisición correspondiente.
Mediante Oficio 262.000.00/563/2022, de fecha 16 de mayo del presente dirigido a la Lic. Nuria Fernández Espresate, la Lic. Miriam Cisneros Rodríguez, Directora General, emitió la "Justificación de Equipo de UBR" e informó del avance y las acciones desarrolladas hasta ese momento para identificar las necesidades de las UBR así como propuesta de "equipo que integrará el Kit de balance que se estaría adquiriendo, atendiendo lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público". No obstante lo anterior, con la intención de contar con la evidencia documental de las necesidades de las UBR se replanteó la estrategia, con la finalidad de proporcionar más y mejores servicios de atención a la población con discapacidad, a través de la adquisición de equipo de rehabilitación para Unidades Básicas de Rehabilitación, con el propósito de promover una inclusión social y familiar más oportuna de la persona con discapacidad o en riesgo de adquirirla; que coadyuve a su integración en el entorno familiar, social y/o productivo y promueva el ejercicio pleno de sus derechos.
A través del presente proyecto, en lo sucesivo "EL PROYECTO" se pretende beneficiar a personas con discapacidad motora, visual, auditiva, de lenguaje y cognitiva y de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, la implementación del mismo, abonará al cumplimiento del Eje 2. Política Social, de dicho plan donde se establece que el Estado en esta nueva etapa no será gestor de oportunidades, sino garante de derechos, cuya diferencia entre una y otra es que las oportunidades son circunstancias azarosas y temporales, o concesiones discrecionales sujetas al término que se le presentan a un afortunado entre muchos y que pueden ser aprovechados o no. En cambio, los derechos son inmanentes a la persona, irrenunciables, universales y de cumplimiento obligatorio.
VI. La Dirección General de Rehabilitación e Inclusión, a través de la Dirección de Rehabilitación, en conjunto con la Subdirección de Unidades Operativas en los Estados y los Departamentos de Apoyo Presupuestario, Recursos Materiales, Estadística, Detección Temprana, y Supervisión Médica en Área Normativa, derivado de la suficiencia presupuestal asignada para el proceso de adquisición correspondiente de diversos bienes para brindar apoyos necesarios para el fortalecimiento de UBR´s en diversos estados de la República, conforme a las atribuciones conferidas en el Art. 31 del Estatuto Orgánico del SNDIF, estableció lo siguiente:
a)    Identificar las Unidades Básicas de Rehabilitación (UBR) a ser beneficiadas, definiéndose éstas como establecimientos que proporcionan servicios de primer nivel de atención en rehabilitación, con base en el modelo de rehabilitación en la comunidad, con el propósito de promover acciones de salud en prevención de la discapacidad y proporcionar tratamiento simplificado para padecimientos discapacitantes, además de promover la organización de grupos comunitarios de apoyo.
b)    Se consideraron las UBR ubicadas en municipios de Muy Alto, Alto y Bajo grado de marginación, de acuerdo con el documento de "Población total, indicadores socioeconómicos y grado de marginación por municipio", publicado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) en 2020.
c)    Se verificó que dichas unidades no fueran beneficiadas en este ejercicio fiscal por el Programa presupuestal (Pp) S039 "Atención a Personas con Discapacidad" o por los apoyos proporcionados por "Comando Norte" de los Estados Unidos de Norte América.
d)    Durante el mes de junio de 2022 se emitieron oficios a 27 estados de la República, mediante los cuales se solicitó requisitar la ficha técnica que se anexaba, para cada UBR identificada con el grado de marginación aplicable a dicho requerimiento. Este oficio solicitaba lo siguiente:
"Con la finalidad de ampliar la información de dichas unidades y contar con un diagnóstico situacional de la misma, solicitamos su valioso apoyo para que a través de su conducto se le solicite al responsable de las Unidades Básicas de Rehabilitación del municipio de nombre, requisite el archivo anexo denominado "Ficha técnica situación actual de UBR".
 
Los rubros que contiene dicha ficha son: datos de identificación, autoridades, ubicación geográfica, inmueble, recursos humanos, servicios que brinda, principales motivos de atención, así como las necesidades de equipamiento. Asimismo, se solicitó que dichas fichas contuvieran los datos de la persona responsable de la UBR así como de la autoridad del Sistema Municipal DIF (SMDIF).
Derivado de lo anterior, cinco estados no fueron considerados, por lo que no se les envío oficio solicitando la ficha técnica, en virtud de que no contaban con UBR ubicadas en municipios con los grados de marginación definidos y/o ya se encuentran consideradas para recibir otros apoyos en el Pp S039. De manera particular, se describe la situación de los estados a continuación señalados:
1.     Aguascalientes: No cumplen con el criterio del grado de marginación.
2.     Baja California: No cumplen con el criterio del grado de marginación
3.     Baja California Sur: No cumplen con el criterio del grado de marginación.
4.     Colima: Las UBR han sido beneficiadas por el PpS039 y el resto no cumple con el criterio del grado de marginación.
5.     Ciudad de México: Las UBR han sido beneficiadas por el PpS039.
e)    El área de supervisión médica normativa realizó la revisión técnica a las fichas recibidas, con base en los siguientes criterios:
1.     Estatus de operación de la UBR (en operación o cerrada).
2.     Recursos humanos con los que cuenta cada UBR (escolaridad y grado de especialización del personal: profesional, especializado o técnico).
3.     Espacio físico disponible (superficie del inmueble) y distribución de áreas (visible en fotografías).
4.     Principales causas o motivos de atención.
5.     Necesidades de equipamiento.
f)     A partir de dicha revisión se definió una relación que contiene 245 UBR a beneficiarse por "EL PROYECTO" de equipamiento, correspondientes a 25 entidades federativas, distribuidas de la siguiente forma:
No.
Entidad federativa
Número de UBR
1
Campeche
7
2
Chiapas
5
3
Chihuahua
8
4
Coahuila
3
5
Estado de México
11
6
Guanajuato
10
7
Guerrero
6
8
Hidalgo
15
9
Jalisco
2
10
Michoacán
18
11
Morelos
18
12
Nayarit
5
13
Oaxaca
8
14
Puebla
15
15
Querétaro
3
16
Quintana Roo
2
17
San Luis Potosí
13
18
Sinaloa
5
19
Sonora
6
20
Tabasco
5
21
Tamaulipas
13
22
Tlaxcala
10
23
Veracruz
12
24
Yucatán
28
25
Zacatecas
17
Total general
245
 
Dos entidades no fueron consideradas, debido a que:
1.     Las UBR de Nuevo León no se encontraban operando al momento de la solicitud.
2.     Las UBR de Durango no solicitaban equipo y material de rehabilitación.
g)    Relación de equipos y materiales básicos de rehabilitación para el equipamiento de Unidades Básicas de Rehabilitación (UBR)
De conformidad con el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, en su artículo cuarto, asienta que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la referida Carta Magna. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
El SNDIF con base en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su Eje General II. Política Social y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad contempla el equipamiento de las Unidades Básicas de Rehabilitación, como medio facilitador para que las personas con discapacidad o en riesgo potencial de desarrollarla, sin distinción de origen étnico, nacional, género, edad, condición social, económica y de salud, religión, estado civil, preferencias sexuales, embarazo, identidad política, situación migratoria o cualquier otra característica propia de la condición humana; hagan valer su derecho a la salud que les permitan acceder a condiciones de inclusión.
El Censo 2020, revela que el número de personas con discapacidad, deficiencias o limitaciones funcionales, que demandan el otorgamiento de estos servicios, es amplio. La necesidad de fortalecer los servicios de rehabilitación y ampliar su cobertura en las zonas urbanas y rurales del país e incrementar las oportunidades para la inclusión de las personas con discapacidad para facilitar su inclusión social es imperativo.
En el ACUERDO(1) por el que el SNDIF, publica las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y Gestión del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, (2000), se establece que una Unidad Básica de Rehabilitación (UBR) presta servicios de promoción de la salud, prevención de discapacidad, rehabilitación simple con participación de la familia y la comunidad y de referencia y contrarreferencia de personas con discapacidad. Se caracteriza por operar con personal auxiliar capacitado en su mayoría y utiliza equipamiento mínimo indispensable y materiales sencillos de fácil adquisición.
De acuerdo con la guía de equipamiento de Unidades de Rehabilitación (2005), de la Secretaría de Salud, CENETEC(2). Se decide el siguiente listado de equipo y materiales en consideración a los servicios, procedimientos diagnósticos y terapéuticos que pueden ser realizados en una UBR como lo son la terapia combinada, los baños de parafina, la termoterapia, mecanoterapia y electroterapia.
La selección de equipos y materiales que serán adquiridos cobra relevancia debido a que esto permitirá impactar en un mayor número de personas que pueden ser atendidas en las UBR y en una mejor atención de
las personas con discapacidad y en riesgo de desarrollarla que ya acuden a terapias, pudiendo incluso, disminuir el tiempo de recuperación de los pacientes, mejorando su calidad de vida y de sus familias y también disminuir el gasto del gobierno para este fin, además de reducir la contaminación ambiental por el uso excesivo de agua en las tinas de hidromasaje la cual al finalizar cada terapia por persona, se desecha.
Con base en lo anterior se integró el anexo técnico para la Licitación Pública Nacional No. LA-012NHK003-E65-2022, para la "Contratación del Servicio de Suministro de Equipo y Materiales para Unidades Básicas de Rehabilitación que se ubican en diversos estados de la República Mexicana".
DECLARACIONES
I. "DIF NACIONAL" declara:
I.1 Que es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, a que se refieren los artículos 172 de la Ley General de Salud y 27 de la Ley de Asistencia Social, así como lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y tiene como objetivos, la promoción y prestación de servicios de asistencia social, la realización de las acciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables conforme a sus atribuciones y funciones; así como la coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios y, la realización de acciones en la materia.
I.2 Que, para el logro de sus objetivos, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el "DIF ESTATAL", para ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 Que la Lcda. Sally Jacqueline Pardo Semo, Jefa de la Unidad de Asistencia e Inclusión Social, cargo que acredita con el nombramiento No. 2019-298 de fecha 06 de diciembre de 2019, emitido por la C. María del Rocío García Pérez, se encuentra facultado(a) para celebrar el presente Convenio, en términos de lo establecido en los artículos 14, fracción XXVI y 16, fracciones I, XI, XII y XIII del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.4 Que el Director General de Rehabilitación e Inclusión, Lic. Efraín Cruz Morales, cargo que acredita con nombramiento expedido por la LCDA. SALLY JACQUELINE PARDO SEMO de fecha 21 de septiembre de 2022, se encuentra facultado para celebrar el presente Convenio, en términos de lo establecido en los artículos 24, fracción IX y 31, fracciones III y XXI del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.5 Que su Registro Federal de Contribuyentes expedido por el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es el alfanumérico: SND7701134L0.
I.6 Que señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03310, Ciudad de México.
II. "DIF ESTATAL" declara:
II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado mediante la Ley No. 213, publicada en La Gaceta Oficial del Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, de fecha 30 de abril de 1977.
II.2 Que es el Rector de la Asistencia Social en el Estado de Estado de Veracruz, y tiene entre sus objetivos, proponer, integrar y ejecutar las políticas públicas de asistencia social que promuevan el desarrollo integral de la familia y la comunidad, instrumentar, aplicar y dar dimensión plena a las políticas públicas en el ámbito de la asistencia y bienestar social.
II.3 Que la C. Rebeca Quintanar Barceló, Titular del Sistema Estatal DIF Estado de Veracruz, cargo que acredita con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, C. Cuitláhuac García Jiménez, de fecha 13 de septiembre de 2021, se encuentra facultada para celebrar el presente Convenio de Coordinación en términos de lo establecido en el artículo 9 Fracciones IX, X, XII y XIV de la Ley No. 213, publicada en La Gaceta Oficial del Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, de fecha 30 de abril de 1977.
II.4 Que es facultad de la Titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz celebrar los Convenios, Acuerdos, Contratos Administrativos y Ejecutar los actos administrativos y jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Organismo, con fundamento en el artículo 9 Fracciones IX, X, XII y XIV de la Ley No. 213, publicada en La Gaceta Oficial del Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, de fecha 30 de abril de 1977.
II.5 Que entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población.
II.6 Que su Registro Federal de Contribuyentes expedido por el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es el alfanumérico: SDI770430IV2.
II.7 Que señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente Convenio, el ubicado en Carretera Xalapa-Coatepec km 1.5, Benito Juárez, Xalapa, Veracruz, C.P. 91070.
III. "LAS PARTES" declaran conjuntamente:
III.1 Que ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente Convenio, en beneficio de personas con discapacidad del país.
III.2 Que reconocen que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objeto del presente Convenio va encaminado a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a fin de beneficiar al país y a población prioritaria.
III.3 Que reconocen mutuamente la calidad con que se ostentan, así como su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación.
III.4 Que es su deseo suscribir el presente Instrumento Jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Veracruz, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables.
III.5 Que cuentan con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente Convenio.
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 4, 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6 fracción II, 7 fracciones I, II, III, IV y V de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 175 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 14 fracción XXVI, 16 fracciones I, XI, XII, XIII, XIV y XVI, 24 fracción IX y 31 fracción III del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto la transferencia de recursos federales en especie mediante equipo de rehabilitación para Unidades Básicas de Rehabilitación de bajo, alto y muy alto índice de marginación, que se ubican en diversos estados de la República Mexicana, por parte del "DIF NACIONAL" al "DIF ESTATAL".
SEGUNDA. APORTACIÓN DE RECURSOS. Con base en la suficiencia presupuestal dentro de la partida 44101 "Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria", "DIF NACIONAL" transferirá los recursos en especie mediante equipo de rehabilitación para Unidades Básicas de Rehabilitación de bajo, alto y muy alto índice de marginación.
"LAS PARTES" convienen en que la entrega del equipo de rehabilitación, se hará en el Almacén Central del "DIF NACIONAL" con domicilio en Avenida México Coyoacán número 278, Colonia Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03310, una vez que "DIF NACIONAL" notifique al "DIF ESTATAL", mediante oficio la disponibilidad del equipo.
Una vez notificado el "DIF ESTATAL" de la fecha de entrega, este deberá contestar a más tardar en cinco (05) días hábiles mediante oficio de enterado y en el cual proporcionará generales de la persona con facultades para recibir el equipo.
TERCERA. NATURALEZA DE LOS RECURSOS. Los recursos que aporta el "DIF NACIONAL" se destinarán exclusivamente al cumplimiento del objeto del presente Convenio, serán considerados en todo
momento como recursos federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al "DIF ESTATAL".
"LAS PARTES" aceptan que la aportación de los recursos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este Convenio estará a cargo de "DIF NACIONAL" y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo del "DIF ESTATAL", de conformidad con la normativa aplicable.
CUARTA. COMPROMISOS DE "DIF NACIONAL". El "DIF NACIONAL" se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar los recursos federales previstos en la Cláusula Segunda de este Convenio y;
b) Otorgar la asesoría y orientación a "DIF ESTATAL" cuando éste se la solicite;
QUINTA. OBLIGACIONES DE "DIF ESTATAL". El "DIF ESTATAL" se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio, se realicen;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la Cláusula Segunda de este Convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, a las UBR, que se señalan en el "ANEXO UNO",
c) Presentar un informe a más tardar durante los primeros veinte (20) días hábiles posteriores a la entrega del equipo de rehabilitación. El informe deberá detallar la dinámica de cómo fue entregado el equipo, así como evidencia fotográfica de cuando al menos 30 fotografías;
d) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación e Inclusión, el instrumento con el cual quedo a resguardo de la UBR el equipo (Acta Entrega de Recepción de Equipo a Municipio)
e) Dar seguimiento, verificar el desarrollo y ejecución de los compromisos contenidos en el objeto del presente Convenio;
f) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente las facilidades que solicite "DIF NACIONAL", y/o los órganos fiscalizadores federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran y
g) Adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y comunicación con "DIF NACIONAL" para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Lo anterior, sin perjuicio de que los órganos fiscalizadores correspondientes lleven a cabo las acciones de vigilancia, control y evaluación a fin de verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de "DIF ESTATAL", en los términos contenidos en el presente Convenio;
h) Previa autorización del "DIF NACIONAL", y siempre que las disposiciones normativas aplicables lo permitan, celebrar convenios de coordinación con los sistemas municipales DIF para la transferencia de los recursos federales señalados en la CLAUSULA SEGUNDA, siempre que dichos convenios contengan los mecanismos de seguimiento y verificación, así como que se cuente con los debidos resguardos de los equipos.
SEXTA. REPRESENTANTES DE "LAS PARTES". Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del "EL PROYECTO", "LAS PARTES "designan al respecto a los siguientes representantes, quienes deberán contar mínimo, con el nivel jerárquico de Director (a) General u homólogo:
"DIF NACIONAL"
LIC. EFRAÍN CRUZ MORALES
DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN E INCLUSIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
"DIF ESTATAL"
LCDA. REBECA QUINTANAR BARCELÓ
DIRECTORA GENERAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE VERACRUZ
 
Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inmediato inferior al del representante titular, cuidando que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
SÉPTIMA. SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS. "DIF ESTATAL" acepta que, en caso de incumplimiento al tercer párrafo de la Cláusula Segunda del presente Convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, "DIF NACIONAL" suspenderá la entrega de los recursos asignados al objeto materia de este Convenio
OCTAVA. RELACIÓN LABORAL. El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio, comenzará a surtir sus efectos legales a partir de la fecha de su firma y hasta el día 28 de febrero de 2023.
DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cualquiera de "LAS PARTES", a voluntad expresa, podrá dar por terminado el presente Convenio, con los datos generales de la parte que así lo exprese, mediante notificación escrita dirigida a la otra, con 30 (treinta) días naturales de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES. Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente Convenio serán pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harán constar por escrito, a través del convenio modificatorio correspondiente, el cual surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA SEGUNDA. CONTROVERSIAS. En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación/o cumplimiento del presente Convenio, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA TERCERA. PUBLICACIÓN. En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación y 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
DÉCIMA CUARTA. USO DE LOGOTIPOS. "LAS PARTES" se obligan a no hacer mal uso o un uso no autorizado de las imágenes, logotipos y tipografías de cada una de ellas por la otra parte, en caso de incurrir en ello, se obligan a retirarlo inmediatamente y a corregir dicho material publicitario a más tardar dentro de los (5) cinco días posteriores al momento en que se solicite por escrito su corrección.
"LAS PARTES" podrán utilizar el logotipo o emblema de la otra, únicamente en los eventos, publicaciones y difusión que sean acordados por las mismas.
Ninguna de "LAS PARTES" podrá utilizar el logotipo o emblema de la otra institución en publicaciones ni programas distintos a los acordados en este instrumento jurídico o derivados del mismo, si antes no está expresamente convenido por escrito entre ellas
DÉCIMA QUINTA. DE LA OBTENCIÓN, TRANSMISIÓN Y VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN. La transferencia de información se realizará tomando en consideración lo establecido en los artículos 16 y 70, fracción II, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
En toda transferencia de datos personales, la persona responsable deberá mostrar y comunicar al receptor de los datos personales, el aviso de privacidad correspondiente, salvo en las excepciones establecidas por la ley aplicable. El responsable deberá adoptar las medidas necesarias para mantener exactos, completos, correctos y actualizados los datos personales en su posesión, a fin de que no se altere la veracidad de éstos.
Asimismo, "LAS PARTES" deberán garantizar directamente el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de los titulares de los datos personales
DÉCIMA SEXTA. COMUNICACIONES Y AVISOS. - "LAS PARTES" convienen que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones derivadas del Convenio, deben realizarse por escrito en los domicilios señalados en el apartado de declaraciones, así como por los medios electrónicos institucionales, de conformidad con lo estipulado en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como medida complementaria de las acciones para el combate de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado por la Secretaría de la Función Pública en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2020.
En caso de que "LAS PARTES" cambien de domicilio, se obligan a dar el aviso correspondiente a la otra, con quince días hábiles de anticipación a que dicho cambio de ubicación se lleve a cabo, de lo contrario se tomará como vigente el domicilio expresado en el apartado de Declaraciones del presente instrumento.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, a los 16 días del mes de enero de 2023.- Por DIF Nacional: Jefa de la Unidad de Asistencia e Inclusión Social, Lcda. Sally Jacqueline Pardo Semo.- Rúbrica.- Asiste: Director General de Rehabilitación e Inclusión del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Lic. Efraín Cruz Morales.- Rúbrica.- Por DIF Estatal: Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz, Lcda. Rebeca Quintanar Barceló.- Rúbrica.
ANEXO UNO. EQUIPOS Y/O MATERIALES ASIGNADOS A LAS UNIDADES BÁSICAS DE REHABILITACIÓN (UBR)
BENEFICIADAS DEL SISTEMA ESTATAL DIF VERACRUZ A TRAVÉS DEL PROYECTO DE "CONTRATACIÓN DEL
SERVICIO DE SUMINISTRO DE LOS EQUIPOS Y MATERIALES PARA UNIDADES BÁSICAS DE REHABILITACIÓN QUE
SE UBICAN EN DIVERSOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA"
1
Municipio:
Vega de Alatorre
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Vega de Alatorre
Domicilio completo:
Av. Miguel Hidalgo S/N, Colonia Centro, C.P. 93960 Vega de Alatorre, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
2
Municipio:
Camerino Z. Mendoza
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Camerino Z. Mendoza
Domicilio completo:
Avenida Fernando Iglesias Calderón No. 1, Colonia Unión y Progreso, Camerino Z. Mendoza, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
1
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
3
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
1
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
1
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
1
PIEZA
10
Set de polainas
1
PIEZA
11
Mancuernas
1
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
3
Municipio:
Carlos A. Carrillo
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Carlos A. Carrillo
Domicilio completo:
Boulevard Miguel Alemán s/n, Colonia Los Pinos, C.P. 95349, Carlos A. Carrillo, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
1
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
1
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
1
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
1
PIEZA
10
Set de polainas
1
PIEZA
11
Mancuernas
1
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
1
PIEZA
 
 
4
Municipio:
Huatusco
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Huatusco
Domicilio completo:
Avenida 1 Oriente 511, Colonia Centro, C.P. 94100, Huatusco, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
1
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
1
PIEZA
 
5
Municipio:
Pánuco
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Pánuco Veracruz
Domicilio completo:
Calle Ricardo Flores Magón No. 712, Colonia Revolución Mexicana. C.P. 93997 Pánuco Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
6
Municipio:
Jáltipan
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación DIF Jáltipan.
Domicilio completo:
Calle Benito Juárez No. 104, Esquina Ignacio de la Llave, Colonia Centro, C.P. 96200, Jáltipan, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
1
PIEZA
4
Mesa de kanavel
1
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
1
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
1
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
1
PIEZA
10
Set de polainas
1
PIEZA
11
Mancuernas
1
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
 
7
Municipio:
Jesús Carranza
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Jesús Carranza
Domicilio completo:
Calle Benito Juárez s/n, Colonia Centro, C.P. 96950, Jesús Carranza, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
1
PIEZA
4
Mesa de kanavel
1
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
1
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
8
Municipio:
Martínez de la Torre
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Martínez de la Torre
Domicilio completo:
Felipe Carrillo s/n, Ejidal, C.P. 93603, Martínez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
1
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
1
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
1
PIEZA
10
Set de polainas
1
PIEZA
11
Mancuernas
1
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
9
Municipio:
Misantla
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Misantla
Domicilio completo:
Calle Francisco I. Madero s/n, Colonia Emiliano Zapata, C.P. 93821, Misantla, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
1
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
1
PIEZA
 
 
10
Municipio:
Nogales
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Extensión Encinar
Domicilio completo:
Prolongación de Calle Chiapas No. 44, El Encinar, C.P. 94720, Nogales, Veracruz de Ignacio de la Llave
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
1
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
0
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
11
Municipio:
Perote
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Perote
Domicilio completo:
Guadalupe Victoria No. 90, Luis Echeverría, C.P. 91270, Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
0
PIEZA
4
Mesa de kanavel
0
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
0
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
1
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
1
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
1
PIEZA
10
Set de polainas
1
PIEZA
11
Mancuernas
1
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
 
12
Municipio:
San Rafael
Nombre de la Unidad:
Unidad Básica de Rehabilitación Adelante
Domicilio completo:
Carretera Tres Encinos s/n, Colonia Fidelidad, C.P. 93620, San Rafael, Veracruz de Ignacio de la Llave.
 
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1
Equipo combinado de electroestimulación
2
PIEZA
2
Compresero y compresas.
2
PIEZA
3
Parafinero
1
PIEZA
4
Mesa de kanavel
1
PIEZA
5
Barras suecas
0
PIEZA
6
Mesa de tratamiento
1
PIEZA
7
Kit de cilindros y cuñas
0
PIEZA
8
Kit de entrenamiento propioceptivo y balance
0
PIEZA
9
Set de pelotas terapéuticas
0
PIEZA
10
Set de polainas
0
PIEZA
11
Mancuernas
0
PIEZA
12
Bicicleta recumbente
0
PIEZA
13
Espejo móvil
0
PIEZA
14
Caminadora
1
PIEZA
15
Colchoneta
3
PIEZA
16
Escalera con rampa
0
PIEZA
__________________________
 
1     ¹ DOF. ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5055548&fecha=06/08/2008#gsc.tab=0
2     ² CENETEC, Secretaría de Salud. Guía de Equipamiento de Unidades de Rehabilitación. En: http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/biomedica/guias_equipamiento