CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales para la integración del Proyecto Museo Vivo del Muralismo (2024), que celebran la Secretaría de

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales para la integración del Proyecto Museo Vivo del Muralismo (2024), que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Ciudad de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SEP", REPRESENTADA POR SU TITULAR LETICIA RAMÍREZ AMAYA, CON LA ASISTENCIA DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, OSCAR FLORES JIMÉNEZ, LA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS, DAPHNE RUBIO GONZÁLEZ, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR MARTÍ BATRES GUADARRAMA, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASISTIDO POR LA SECRETARÍA DE GOBIERNO, REPRESENTADA POR SU TITULAR RICARDO RUIZ SUÁREZ, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR BERTHA MARÍA ELENA GÓMEZ CASTRO, LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "SOBSE" REPRESENTADA POR SU TITULAR, JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA Y LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA, A QUIENES CUANDO INTERVENGAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
II.     Con fecha 29 de marzo de 2024, se celebró el Convenio de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos, cuyo objeto fue transferir recursos presupuestarios federales a la "ENTIDAD FEDERATIVA", por la cantidad de $140,000,000.00 (Ciento cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.), para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de "LA SEP", en materia de obras públicas; así como reasignar a aquella la ejecución de funciones, programas o proyectos federales para que la "ENTIDAD FEDERATIVA" lo aplicara en el ejercicio fiscal 2024 ("CONVENIO").
III.    "LA SEP" cuenta con suficiencia presupuestaria con base en el presupuesto autorizado a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios (DGRMyS) en el ejercicio fiscal 2024, para el Proyecto "Museo Vivo del Muralismo (2024)".
IV.   Asimismo, la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP "A") de la SHCP, mediante oficio número 416/DGPyPA/2024/3395 de fecha 26 de agosto de 2024, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SEP", a través de la DGRMyS, reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
l. De "LA SEP":
1.     Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
2.     Que en el ámbito de su competencia le corresponde entre otras atribuciones ejercer las facultades conferidas a la Federación en el artículo 3o. Constitucional, salvo las que se atribuyan expresamente a otro organismo, con la participación de las autoridades de las entidades federativas, municipios y otros actores educativos.
3.     Que su Titular, Leticia Ramírez Amaya, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio Modificatorio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
4.     Que Oscar Flores Jiménez, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, cuenta con facultades necesarias para asistir en la suscripción del presente instrumento, según se desprende de lo previsto en el artículo 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
5.     Que Daphne Rubio González, Directora General de Recursos Materiales y Servicios, cuenta con facultades necesarias para asistir en la suscripción del presente Convenio Modificatorio, según se desprende de lo previsto en el artículo 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
6.     Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Modificatorio, señala como su domicilio el ubicado en la Calle República de Argentina, número 28, Colonia Centro Histórico, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06020, en la Ciudad de México.
II. De la "ENTIDAD FEDERATIVA":
1.     Es una Entidad Federativa integrante del estado mexicano, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano y representativo, cuya administración está a cargo del Poder Ejecutivo, el cual se confiere a una persona denominada jefa o jefe de gobierno, en términos de lo establecido por los artículos 40, 42, fracción I, 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, numerales 1, 3, 28 y 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 7, párrafo primero, 12, 13 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
2.     De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 párrafo primero, 12 y 23, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 15, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Administración Pública de esta Entidad, está a cargo del Poder Ejecutivo, cuya titularidad se le confiere a la persona denominada Jefe de Gobierno, quien entre sus atribuciones cuenta con la facultad de celebrar convenios de coordinación con la Federación; Estados y Municipios.
3.     Que de conformidad con los artículos 11, fracción I, 13 párrafo primero, 16 fracciones I, II, III y XIII, 18, párrafo primero, 20 fracción XXII, 23 párrafo primero, 26, 27, 28 y38, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7° fracciones I, II, III y XIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, este Convenio Modificatorio es también suscrito por el Secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez, la Secretaria de Administración y Finanzas, Bertha María Elena Gómez Castro, el Secretario de Obras y Servicios, Jesús Antonio Esteva Medina y el Secretario de la Contraloría General Juan José Serrano Mendoza.
4.     Que su prioridad para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento es la de coordinar la participación para el Proyecto "Museo Vivo del Muralismo (2024)".
5.     Que, para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Modificatorio, señala como su domicilio el ubicado en Plaza de la Constitución Número 2, Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06000, en la Ciudad de México.
III. De la "SECRETARÍA DE GOBIERNO":
Que Ricardo Ruiz Suárez, fue nombrado Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, por Martí Batres Guadarrama, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 26 de junio de 2023, designación que no le ha sido revocada a la fecha y con tal carácter cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, conforme a lo establecido por los artículos 16, fracción l,18 y 20 fracciones IX y XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
IV. De la "SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS":
Que Bertha María Elena Gómez Castro, fue designada Secretaria de Administración y Finanzas, por Martí Batres Guadarrama, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 08 de junio del 2024 y cuenta con las facultades para celebrar el presente instrumento, en términos de lo establecido por los artículos 16, fracción II, 18, 20, fracciones IX y XXII y 27, fracción XL de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y suscribe el presente única y exclusivamente para efectos de recibir los recursos que ministre en los términos de este Convenio Modificatorio "LA SEP" a la " ENTIDAD FEDERATIVA", de conformidad con lo previsto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
V. De la "SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS":
Que Jesús Antonio Esteva Medina, fue nombrado Secretario de Obras y Servicios, por Claudia Sheinbaum Pardo, entonces Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 01 de enero de 2019, designación que no le ha sido revocada a la fecha y con tal carácter cuenta con las facultades suficientes para suscribir en asistencia del titular de la Jefatura de Gobierno el presente instrumento, conforme a lo establecido por los artículos 16, fracción XIII, 18, y 20, fracciones IX y XXII y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 20, fracción XVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
VI. De la "SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL":
Que Juan José Serrano Mendoza, cuenta con las facultades para celebrar el presente instrumento, fue designado como titular de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, mediante Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 4 de enero de 2019, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, fracciones, I, II, VII y XVII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 1, 4, 5, 25 y 32 de la Constitución Política de la Ciudad de México y los artículos 3 fracciones I, II y XI, 7, 11 fracción 1, 12, 13, 16 fracciones I, II, III y XIII, 18 párrafo primero, 20 fracciones XI y XXII, 26, 27, 28 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, 7 fracciones I, II, III y XIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Modificatorio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto del presente Convenio Modificatorio, modificar las cláusulas PRIMERA segundo párrafo, SEGUNDA primer párrafo y el Anexo Técnico del "CONVENIO", en los términos del presente instrumento.
SEGUNDA.- "LAS PARTES" convienen en modificar las cláusulas PRIMERA, segundo párrafo y SEGUNDA, primer párrafo del "CONVENIO", para quedar como siguen:
"PRIMERA.- OBJETO.- ...
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SEP" y las aportaciones de la "ENTIDAD FEDERATIVA", a que se
refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio, se aplicarán única y exclusivamente al Proyecto "Museo Vivo del Muralismo (2024)" y hasta por $163,710,165.57 (Ciento Sesenta y Tres Millones Setecientos Diez Mil Ciento Sesenta y Cinco Pesos 57/100 M.N.), I.V.A. incluido, aclarando que la cantidad mencionada ya incluye el 1% al millar correspondiente.
...
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN Y APORTACIONES. - Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, "LA SEP" por conducto de la DGRMyS, reasignará a la "ENTIDAD FEDERATIVA" recursos presupuestarios federales por la cantidad de hasta 163,710,165.57 (Ciento Sesenta y Tres Millones Setecientos Diez Mil Ciento Sesenta y Cinco Pesos 57/100 M.N.), I.V.A. incluido con cargo a su presupuesto autorizado para el presente ejercicio fiscal, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos, mismos que se precisan en el Anexo Técnico de este Convenio.
..."
TERCERA.- "LAS PARTES" acuerdan modificar el Anexo Técnico del "CONVENIO", para quedar como sigue:
...
DATOS POR ACTIVIDAD
2024
ACTIVIDADES
IMPORTE CON I.V.A
Clave
Descripción
Unidad
1
MUSEOLOGÍA
PROYECTO
$19,087,462.72
2
MUSEOGRAFÍA
PROYECTO
$55,623,923.51
3
PROYECTO DE PROTECCIÓN DE MURALES Y MOBILIARIO HISTÓRICO (CENCROPAM)
PROYECTO
$1,200,000.00
4
EJECUCIÓN DE OBRA
OBRA
$60,788,613.77
5
INSTALACIONES OBRA CIVIL
OBRA
6
SEÑALÉTICA
OBRA
7
VISTO BUENO, PERITAJES, CORRESPONSABLES Y DICTÁMENES.
SERVICIO
8
SUPERVISIÓN EXTERNA
SERVICIO
$3,300,000.00
9
DICTÁMENES COMPLEMENTARIOS
SERVICIO
$7,775,281.04
10
AIRE ACONDICIONADO
OBRA
$651,932.73
11
TRABAJOS SALÓN IBEROAMERICANO
OBRA
$12,790,603.03
12
TOLDOS, PUERTAS Y VENTANAS
OBRA
$1,517,280.00
13
AUDITORIO MIGUEL HIDALGO
OBRA
$811,522.15
14
UNO AL MILLAR
%
$163,546.62
 
TOTAL
 
$163,710,165.57
 
...
CUARTA.- "LAS PARTES" acuerdan que, con excepción de las modificaciones a las cláusulas PRIMERA segundo párrafo, SEGUNDA primer párrafo y la tabla del Anexo Técnico del "CONVENIO", a que se refieren las cláusulas PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA del presente Convenio Modificatorio, continuarán rigiendo todas y cada una de las declaraciones y cláusulas del "CONVENIO", mismo que se tiene por ratificado.
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio, surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de diciembre de 2024.
Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance del presente Convenio Modificatorio, lo firman, en 10 (diez) ejemplares originales, a los 4 días de septiembre de 2024.- Por el Ejecutivo Federal: Secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Oscar Flores Jiménez.- Rúbrica.- Directora General de Recursos Materiales y Servicios, Daphne Rubio González.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa: Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez.- Rúbrica.- Secretaria de Administración y Finanzas, Bertha María Elena Gómez Castro.- Rúbrica.- Secretario de Obras y Servicios, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Secretario de la Contraloría General, Juan José Serrano Mendoza.- Rúbrica.