DOF: 17/03/2026
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y a los entes públicos de unas y otros, el cumpl

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, a los municipios, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y a los entes públicos de unas y otros, el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de seis de octubre de dos mil veinticinco, dictada en el juicio de nulidad 16748/24-17-06-3, promovido por la empresa Gott Und Gluck, S.A. de C.V., por medio de la cual la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, declaró la nulidad de la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, emitida dentro del procedimiento administrativo número SANC.0001/2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía.- Área de Responsabilidades.- Oficina de Representación en el Servicio Geológico Mexicano.- Expediente: SANC.0001/2023.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS, A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y A LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN EL JUICIO DE NULIDAD 16748/24-17-06-3, PROMOVIDO POR LA EMPRESA GOTT UND GLUCK, S.A. DE C.V., POR MEDIO DE LA CUAL LA SEXTA SALA REGIONAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DEL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EMITIDA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NÚMERO SANC.0001/2023.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS
P R E S E N T E S.
Esta autoridad hace de su conocimiento que dentro del juicio contencioso administrativo 16748/24-17-06-3, la Sexta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por sentencia de seis de octubre de dos mil veinticinco, resolvió lo siguiente:
"(...)
RESULTADO
1°. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA. Por escrito presentado ante la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, el 12 de julio de 2024, la C. MARCELA SEPÚLVEDA DÍAZ, en representación legal de GOTT UND GLUCK, S.A. DE C.V., compareció a demandar la nulidad de la resolución de fecha 22 de mayo de 2024, dictada en el expediente administrativo número SANC.0001/2023, emitida por la Titular del Área de Especialidad en Responsabilidades, en el Ramo Economía del Órgano Interno de Control Especializado en Responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública, mediante la cual se le impuso la sanción económica consistente en una multa por la cantidad de $144,330.00 y la sanción administrativa consistente en una inhabilitación por tres meses para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(...)
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV, y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve:
(...)
II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada cuyas características quedaron precisadas en el Resultando Primero de esta sentencia, por los motivos expresados en el último considerando de este fallo.
..." (sic)
En ese sentido, en cumplimiento a lo determinado en la sentencia de mérito, se comunica que, dentro del procedimiento administrativo de sanción a licitantes, proveedores y/o contratistas número SANC. 0001/2023, se emitió un acuerdo en fecha treinta de enero dos mil veintiséis, por el que se dejó sin efectos la resolución del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, mediante la cual se resolvió en definitiva el procedimiento en comento, por lo que ha quedado nula la resolución sancionadora, así como sus efectos.
Atentamente
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, Maestra Marlene Eréndira Jardón Martínez.- Rúbrica.
 

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